ACTA Nº 1185 CUARTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1185
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1185 CUARTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1185 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil catorce, siendo la hora diecinueve con diez minutos, damos comienzo a la Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa. Bajo la presidencia de su Titular la Concejala Liliana Vanesa ROBLEDO, Secretaría a cargo de la Señora Fernanda Gabriela DOLSAN y con la presencia de los Concejales y Concejalas Ángel Ceferino BARAYBAR, Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO. Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Mariano Salomón procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Mariela Cabreros.-CONCEJALA CABREROS: muchas gracias, Señora Presidenta. Es para referirme ó reflexionar con Ustedes muy brevemente, sobre la conmemoración del 24 de marzo. Durante las últimas décadas nuestra Región ha vivido muchos conflictos violentos y también el fin de los mismos, hemos comenzado el camino que lleva a superar las secuelas de la violencia, sin embargo algunas de sus causas profundas persisten en nuestros países, la pobreza y la falta de inclusión social. América Latina tiene una de las distribuciones de ingresos, más desiguales del mundo y muchos grupos indígenas, mujeres y jóvenes, siguen marginalizados. La reconciliación y la reconstrucción de la Democracia en América Latina han progresado de distintas maneras, hemos confrontado el pasado de diferentes modos, y esto nos señala que no hay una solución ó un único camino, sino varios, para cicatrizar las heridas y avanzar juntos hacia sociedades más justas y más democráticas. Cada país debe enfrentar este reto en base a su propia experiencia histórica, su cultura y sus sensibilidades políticas. El impacto que han producido los conflictos violentos en la sociedad, repercutirá seguramente en varias generaciones y se necesitará tiempo para superar los traumas que han generado, pero el proceso de reconciliación se puede hacer más dinámico y sostenible si se va desarrollando conjuntamente con una visión compartida del futuro y ante todo con la construcción de la Democracia. La sustancia de ambos debe ser la mejoría en la situación de los pobres y la progresiva desaparición de las desigualdades que hoy siguen campeando en la Región. Actualmente hay una necesidad clara de renovar esfuerzos para asegurar que la violencia pasada y las desigualdades actuales, sean tratadas de manera integral fomentando la plena inclusión social, económica y política y en última instancia, la Democracia y los Derechos Humanos. Volviendo a nosotros, tristemente, no estamos construyendo un país reconciliado, tal vez a la verdad y a la Justicia le falta la humildad como ingrediente decisivo, pero no obstante creo que el discurso que estamos construyendo tiene algo de bueno; nos impide en la actualidad negar los horrores de la dictadura, no le deja espacio de consideración a las violaciones de los Derechos Humanos, ni admite concesiones a la desaparición ni a la tortura, ningún intento de legitimar esos actos haya acogida en el debate público, y eso es un acto de Justicia, porque las violaciones a la dignidad humana no admiten licencia alguna, “sin verdad y sin Justicia, no habrá reconciliación” ha dicho Bachelet y tiene toda la razón; lo malo es que estos elementos, salvo por el caso de políticos excepcionalmente íntegros, no son los que dominan el discurso público después del golpe, la verdad es frecuentemente oscurecida con omisiones y con eufemismos y sin ella, la Justicia no resulta posible. Tenemos que tener aún mayor cuidado, de no mutilar nuestra historia, porque la falsificación de las condiciones que hicieron posible una tragedia, nos impide comprenderla y prevenir que se repita. Tal vez la solución, nada fácil, pase a estar dispuestos a pagar el duro costo de mirar con profunda humildad lo que cada uno hizo en el pasado y hacer del Nunca Más la base compartida de una memoria verdaderamente común, muchas gracias.(aplausos en el Recinto).-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: gracias Presidenta. Para referirnos también al 24 de marzo de 1976, se cumple el lunes un nuevo aniversario de este día, que simboliza una experiencia de todos los argentinos, la experiencia que no debe repetirse. Además de suprimir todas las libertades individuales, de ejercer un poderoso esquema de propaganda, además de realizar la violencia sistemática en todos los órdenes de la vida nacional, la dictadura militar eligió la metodología que desarrolló Hitler en su esquema llamado “Noche y Niebla” es decir, las personas desaparecían, no morían, ni se iban, ni estaban presas, desaparecían; Hitler las hacía desaparecer en los trenes nocturnos que se iban a los Campos de Concentración en la noche, y con la niebla que es característica de Alemania. Acá se hizo, no como un accidente sino como un plan premeditado de exterminio, para aplicar un plan económico que se sigue conservando en muchos aspectos de la vida nacional, sin embargo los argentinos han levantado el principal de los escudos “La Memoria”. Cuando querían dominar los españoles, lo primero que les interesó sacarles de la cabeza eran sus historias, les estaba prohibido mucho a los indígenas, sobre todo en ese momento la transmisión de las experiencias sociales, históricas, era verbal, oral; la consigna que se aplicaba a raja tablas era “no contar historias”, olvídense de lo son y lo que fueron. Lo mismo han intentado muchos hacer en Argentina, que no haya memoria, que nadie cuente estas historias, afortunadamente el pueblo argentino, en nuestra Provincia y en nuestra Ciudad, todos conservamos la memoria y me parece que estamos dando vuelta la hoja sin olvidar, con la consigna de las tres palabras, que sigue siendo la consigna que orienta ante la duda de cómo resolver esta cuestión histórica, la consigna de las tres palabras que queremos repetir acá que es “Memoria, Verdad y Justicia”. Nada más, gracias (aplausos en el Recinto).-
PRESIDENCIA: antes de comenzar con el Temario de la Sesión, se encuentran presentes en este Recinto, beneficiarios de PRO.CRE.AR , tema que hemos estado tratando en esto días en el Concejo Deliberante. Ellos han pedido usar la Banca del Vecino y como es un tema urgente, me permito ponerlo a consideración de Ustedes y es un tema que está teniendo tratamiento en el Concejo, vuelvo a insistirles, lo pongo a consideración de todos Ustedes para que uno de los chicos, la verdad que no recuerdo el nombre, se pueda expresar ante todos nosotros. Puesto a votación es aprobado esto por unanimidad. Prosigue la Presidenta a invitar a la vecina a que ocupe la Banca del Vecino.-
VECINA: Señora Presidenta del Concejo Deliberante, Señoras y Señores Concejales, Autoridades intervinientes, Familias y Amigos del grupo, Vecinas, Vecinos: el 22 de octubre del año pasado, tuvimos la fortuna de salir sorteados en el programa PRO.CRE.AR en la línea de compra de terreno y construcción de vivienda. Para todos los beneficiarios y nuestras familias, fue el comienzo de un gran sueño, el de tener la casa propia, sueño que veíamos muy lejano y que sin esta propuesta era prácticamente inalcanzable ya que somos considerados pudientes para los planes de vivienda provincial, pero tampoco calificamos económicamente para créditos bancarios particulares y somos descriptos como “billeteras flacas” por algunas partes del sector inmobiliario. Con nuestros sueños vinieron aparejados muchos inconvenientes, tales como la especulación y la falta de tierras a precios accesibles, por tal motivo hace más de cuatro meses, decidimos formar un grupo de personas a través de las redes sociales, que estuvieran pasando por la misma situación, grupo que hoy cuenta con 115 miembros, todos bajo la misma modalidad de sorteo. Desde ese momento comenzamos a trabajar unidos en la búsqueda de nuestro gran objetivo, recorrimos todos y cada uno de los terrenos dentro del radio urbano, tanto de la Ciudad de Santa Rosa como así también de la localidad de Toay; terrenos que son inalcanzables económicamente y crediticiamente hablando, ya que superan ampliamente el límite impuesto por el Programa de Crédito Argentino que es de hasta $150.000 (ciento cincuenta mil pesos) de valor de tasación, mientras más buscábamos, más se caía nuestro sueño, pero tanta fue la búsqueda que conseguimos una oferta de un privado, quien nos ofrece un terreno soñado a un valor justo al alcance de nuestro crédito, o sea 660 m² a $100.000 (cien mil pesos), con la forma de pago que realiza el Banco Hipotecario Nacional y exclusivamente reservado para los beneficiarios de esta línea de crédito, algo que nos posibilitaría acelerar los trámites pertinentes. Dicho proyecto fue presentado en el Poder Ejecutivo, siendo objetado en primera instancia por no poseer los servicios básicos esenciales como agua ó cloacas, recibiendo como recomendación de parte del Ejecutivo, presentarlo en el Poder Legislativo; antes de presentar la nombrada presentación, obtuvimos las factibilidades de los servicios de tendido eléctrico y gas natural, por intermedio de las empresas prestatarias del servicio, las que se comprometieron por escrito a realizar las obras si se aprobara el loteo en cuestión. En distintas reuniones con la Secretaría de Gobierno y la Dirección de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Santa Rosa, se nos expuso que estas alternativas no eran suficientes para habilitar las tierras, nos pedían que el loteo contara con agua corriente de red y cloacas, por lo que el grupo incansablemente trabajó para tratar de dar soluciones a dichas trabas. Logramos conseguir también los fondos para llevar el troncal de agua corriente de red, ubicado en la calle Robustelli, a 600 metros de las parcelas, que sería costeado por el vendedor de los terrenos. Ante el impedimento de provisión de cloacas hallamos de la mano de Técnicos y especialistas del área, una interesante alternativa para tratar este tema, que es el uso de Bio-digestores y otro sistema de tratamiento de excretas. Recorrimos infatigablemente cada uno de los Bloques en los cuales fuimos atendidos y escuchados deferentemente por todos los Concejales, que se comprometieron en su totalidad a buscar una solución factible a nuestro problema, y llega el día en el que luego de 4 meses de búsquedas, gestiones y trabajo intensos, queda nuestra problemática confiada en sus manos y a su juicio. Acudimos a Ustedes con la esperanza de lograr acceder, no reclamamos dádivas, sino accesos. A través del programa PRO.CRE.AR pudimos acceder a un Crédito Hipotecario, al cual no podríamos haber accedido de otra manera. Acudimos a Ustedes para que tengan a bien considerar el acceso a comprar tierras en una de las localidades donde la valuación de las tierras, pretende parecerse a otras ciudades turísticas ó petroleras, en una de las ciudades donde la valuación de las tierras, se traduce paulatinamente en la concentración de éstas, por parte de un sector pudiente, mientras la gran mayoría no puede soñar con dejar de pagar el alquiler, pero también acudimos a Ustedes para que nos ayuden a acceder a tener un vivienda propia, a poder educar y criar a nuestros hijos, a poder trabajar y vivir en la Ciudad que todos nosotros elegimos, sin necesidad de pensar en irnos. Les pedimos ahora que podemos tener casa propia, nos ayuden a seguir eligiendo Santa Rosa. Hoy nuestro pedido tiene carácter de urgencia, los plazos crediticios nos apremian y corremos el riesgo de no poder aprovechar las facultades del programa PRO.CRE.AR para la adquisición de una vivienda. Recurrimos a Ustedes con premura, pero sabiendo que esta búsqueda que hoy conllevamos 90 familias es también un pequeño paso para un logro mucho más complejo y superador, la democratización del acceso a la vivienda. Muchas gracias (aplausos en el Recinto).-
PRESIDENCIA: pasamos al tratamiento de la Orden del Día.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I – DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo comunicando inicio de actuaciones judiciales caratuladas: “MONTES DE OCA, Marcela c/ Municipalidad de Santa Rosa s/ Ordinario”. Expte Nº 1117/2014/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.
I.2.-Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 1/2014 (HCD) mediante la cual se Solicita a la Secretaría de Recursos Hídricos de La Pampa y a la Administración Provincial del Agua (APA) presenten a este Cuerpo un estado de situación del conocimiento hidrogeológico y del aprovechamiento del agua subterránea en el Área del Acuífero Santa Rosa-Toay y Santa Rosa-Anguil. Asimismo convocando a una reunión pública en el lapso de 60 días. Expte Nº 11-1/2014 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Disposición Nº 1/2014 (HCD) mediante la cual se Dispone que toda la papelería oficial a utilizar en el Honorable Concejo Deliberante deberá llevar en el margen superior derecho la leyenda: “2014-Año de las letras Argentinas”. Expte Nº 16-1/2014 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Disposición Nº 2/2014 (HCD) mediante la cual se Dispone que toda la papelería oficial a utilizar en el Honorable Concejo Deliberante deberá llevar en el pie de página la leyenda: “2014-Año Internacional de la Agricultura Familiar”. Expte Nº 17-1/2014 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 2/2014 (HCD) mediante la cual se Declara de Interés Municipal la “1º Fecha del Campeonato Argentino de Bicicross y Campeonato Open”. Expte Nº 140-1/2008 (HCD). Pasa a Archivo.-
II. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1.- NOTA presentada por la Señora María Angela Vinacua mediante la cual Solicita excepción a lo establecido en Ordenanza Nº 1917/97-Reguladora del Servicio de Transporte Escolar. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III. DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Modifica el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 4872/2013-Asignación de Sentido de Circulación a la calle Maestros Pampeanos-. Expte Nº 3985/2013/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Otorga a la Comisión Vecinal “Néstor Carlos Kirchner” la Personería Municipal establecida en el Capítulo II, Artículo 48º de la Ordenanza Municipal Nº 4410/2011-Regulatoria General de las Comisiones Vecinales-. Expte N° 7535/2013/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Modifica el Artículo 23º de la Ordenanza Nº 4170/10-Regulatoria del Sistema de Derechos de Estacionamiento General para la ciudad de Santa Rosa-. Expte N° 7191/2013/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Modifica el Artículo 2° de la Ordenanza N° 3994/09-Señalamiento Horizontal-. Expte N° 113/2014/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
III.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Partido Justicialista mediante el cual se Adhiere a las Resoluciones N° 20/13 y 2/14 de la Secretaria de Recursos Hídricos de la Provincia de La Pampa. Pasa a la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-
ORDEN DEL DÍA.-
- .- Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 17/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle CRISTOBAL COLON. Expte N° 21-1/2014 (HCD) y 5322/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 17/14 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CRISTOBAL COLON, vereda Suroeste, desde Rucanelo hacia Trenel, 125 metros, incluye cruce por Cristóbal Colón, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 5322/2013/1-1 (D.E). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables , cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/ó daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Luego de comentar que se salteó la votación de este Despacho (Gas en Calle Colón), se realiza la votación correspondiente y se procede a continuar con el Orden del Día.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
2) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 123/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle TULIPANES. Expte N° 22-1/2014 (HCD) y 5172/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 123/14 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TULIPANES, vereda Suroeste, 25 metros, frente a parcelas 5 y 6 de esta Ciudad, según plano operativo y memoria descriptiva obrantes en el Expediente Nº 5172/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Servicios Subterráneos, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa Servicios Subterráneos, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/ó daños que pudiera ocasionar a terceros.- Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
3) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 35/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles LUIS ALBERTO FERRANDO y JOSÉ ANTONIO WILDE. Expte N° 23-1/2014 (HCD) y 4866/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 35/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LUIS ALBERTO FERRANDO, vereda Suroeste entre Pasaje Dalmacio Vélez Sarsfield y José Antonio Wilde, JOSÉ ANTONIO WILDE vereda Sureste desde Luis Alberto Ferrando hacia San Luis, incluye cruce por Luis Alberto Ferrando, 100 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 4866/2013/1-1 (D.E)- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
4) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 136/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle VICTOR MANUEL ARRIAGA. Expte N° 24-1/2014 (HCD) y 5965/2012/1-1 (D.E).-Transcripción de Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 136/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: instalación de Alumbrado Público en calle VÍCTOR MANUEL ARRIAGA entre Jorge Selva y Dr. César Carman de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 5965/2012/1-1 (D.E). Artículo 2º: Apruébase la planificación y presupuesto elaborado por la Dirección de Obras Públicas, que asciende a la suma total de PESOS: VEINTIDOS MIL CIENTO TRES CON DIECISIETE CENTAVOS ($22.103, 17), con valores referidos al mes de JUNIO/13. Artículo 3º: La obra contará con la instalación de (3) luminarias con lámpara a vapor de sodio de 150 W y será ejecutada por Administración con personal de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
5) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 30/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle BENITO QUINQUELA MARTIN. Expte N° 25-1/2014 (HCD) y 6954/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 30/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle BENITO QUINQUELA MARTÍN, vereda Este, desde Cacique Vicente Pincén hacia Cacique Payné Norte, 35 metros, incluye cruce por Benito Quinquela Martín, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 6954/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la obra de gas natural, comprendida en la zona mencionada en el Artículo 1º, que será ejecutada y financiada por la Empresa BK Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/ó daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
6) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 24/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle JUSTO FERREYRA. Expte N° 26-1/2014 (HCD) y 6953/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 24/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JUSTO FERREYRA, vereda Este, desde Convención Provincialista hacia José Torres, 42 metros, incluye cruce por Convención Provincialista, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 6953/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la obra mencionada en el Artículo 1º que será ejecutada y financiada por la Empresa BK Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/ó daños que pudiera ocasionar a terceros.- Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
7) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 18/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle MARCO POLO. Expte N° 27-1/2014 (HCD) y 6727/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 18/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CARLOS MARCO POLO, vereda Norte, desde Amílcar Evangelista hacia Poetas Pampeanos, 50 metros, incluye cruce por Carlos Marco Polo, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 6727/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-8) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 33/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle MARÍA ROBOTTI. Expte N° 28-1/2014 (HCD) y 6877/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 33/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MARÍA ROBOTTI entre Avenida República Oriental del Uruguay y Luis Denegri de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 6877/2013/1-1 (D.E). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
9) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 26/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle LAS HERAS. Expte N° 29-1/2014 (HCD) y 6922/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 26/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LAS HERAS, vereda Este, desde Sargento Juan Bautista Cabral hacia Avenida Argentino Valle, 65 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 6922/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la obra mencionada en el Artículo 1º que será ejecutada y financiada por la Empresa BK Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.- Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
10) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 34/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle JUAN SCHMIDT. Y CLEMENTE ANDRADA. Expte N° 30-1/2014 (HCD) y 6881/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 34/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle JUAN SCHMIDT y CLEMENTE ANDRADA de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 6881/2013/1-1 (D.E). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-11) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 31/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle MÈXICO. Expte N° 31-1/2014 (HCD) y 6879/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 31/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MÉXICO entre Luis Alberto Ferrando y Santiago Álvarez de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 6879/2013/1-1 (D.E). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
12) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 22/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle GENERAL ENRIQUE MOSCONI. Expte N° 32-1/2014 (HCD) y 6878/2013/1-1 (D.E).-Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 22/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle GENERAL ENRIQUE MOSCONI entre Alberto Grassi y Enriqueta Schmidt de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 6878/2013/1-1 (D.E). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
13) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 32/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle SAN FRANCISCO DE ASIS. Expte N° 33-1/2014 (HCD) y 6880/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 32/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle SAN FRANCISCO DE ASIS entre San Roque y Brigadier Juan Manuel de Rosas de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 6880/2013/1-1 (D.E). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
Concejal MECCA: gracias, Señora Presidenta. Es para solicitar que el Despacho que se va a poner a votación, vuelva a la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas, sacamos Despachos de la Comisión Planeamiento de Obras y Servicios Públicos pero está referido alguno de sus artículos al pago y a la modalidad de pago, así que omitimos el paso administrativo de pasarlo a la Comisión de Hacienda, pido que vuelva a la Comisión para ser estudiado en la semana.-
PRESIDENCIA: se pone a consideración la moción del Concejal Mecca. Puesta a votación es aprobada por unanimidad. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas (el punto 14 que está a continuación).-
14) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 128/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle JORGE LUIS BORGES. Expte N° 34-1/2014 (HCD) y 5996/2013/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
15) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 125/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle PADRE RICARDO ERMESINO. Expte N° 35-1/2014 (HCD) y 8097/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 125/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle PADRE RICARDO ERMESINO entre San Roque y Vírgen de Fátima de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 8097/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
16) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 29/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle TELÈN. Expte N° 36-1/2014 (HCD) y 7804/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 29/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle TELÉN entre Alicia Moreau de Justo y Utracán de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7804/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado-para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
17) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 41/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle BRIGADIER JUAN MANUEL DE ROSAS. Expte N° 37-1/2014 (HCD) y 7803/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 41/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle BRIGADIER JUAN MANUEL DE ROSAS entre San Francisco de Asís y Padre Ricardo Ermesino de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7803/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad ó transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
18) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 180/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calles ANTONIO CAVERO, JORGE SELVA y RAMONA PEREYRA Expte N° 38-1/2014 (HCD) y 7802/2013/1-1 (D.E).-
Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 21/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALBERTO GRASSI entre General Enrique Mosconi y Julio Verne de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7075/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
19) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 127/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle TEÒFILO DE LA COLINA. Expte N° 39-1/2014 (HCD) y 7801/2013/1-1 (D.E).
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 127/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle TEOFILO DE LA COLINA entre Avda. Alfredo Luis Palacios y Federico Chopin de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7801/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.-Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
20) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 27/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle ENRIQUETA SCHMIDT. Expte N° 40-1/2014 (HCD) y 7540/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCAS la Resolución Nº 27/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ENRIQUETA SCHMIDT, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Rufino Guido, 14 metros, de esta Ciudad conforme a memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 7540/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada., corriendo por su cuenta toda remoción de cables , cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.- Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
21) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 28/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calle TEÒFILO DE LA COLINA. Expte N° 41-1/2014 (HCD) y 7503/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 28/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TEOFILO DE LA COLINA, vereda Este, desde Federico Chopin hacia Avenida Doctor Alfredo Luis Palacios, 65 metros, de esta Ciudad conforme a memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 7503/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada., corriendo por su cuenta toda remoción de cables , cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada , deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.- Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
22) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 20/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle ALBERTO GRASSI SUR. Expte N°42-1/2014 (HCD) y 7076/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 20/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALBERTO GRASSI SUR entre Clemente J. Andrada y Manuel Ávila de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7076/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
23) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 21/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle ALBERTO GRASSI entre Gral. Mosconi y Julio Verne. Expte N°43-1/2014 (HCD) y 7075/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 21/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALBERTO GRASSI entre General Enrique Mosconi y Julio Verne de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7075/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
24) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 23/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en calle LIBERTAD. Expte N°44-1/2014 (HCD) y 7074/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 23/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra; Alumbrado Público en calle LIBERTAD entre Chaco y Formosa de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expediente Nº 7074/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: La obra será financiada y Ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-25) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 157/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Proyecta y Dispone la materialización del acceso al Barrio Villa Elisa sobre Avda. Circunvalación Ing. Stgo Marzo a la altura de calle Luis O. GARELLO. Expte Nº45-1/2014 (HCD) y 442/2014/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 157/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Proyèctase y dispóngase la materialización del acceso al Barrio Villa Elisa sobre Avenida Circunvalación Ing. SANTIAGO MARZO a la altura de la calle Luis O. Garello, de conformidad con los croquis obrantes a fs. 9/11, del expediente Nº 442/2014/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Procédase a materializar la señalización correspondiente.- Artículo 3º: La presente Resolución comenzará a regir cuando se haya cumplimentado lo establecido en el artículo 2º.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
26) Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 24/2014 (D.E) dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante mediante la cual se Prorroga hasta el 28 de Marzo de 2014 la vigencia del Régimen Especial Alternativo de Cancelación de Deuda. Expte Nº 309-1/2013 (HCD) y 7593/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción Proyecto de Ordenanza: Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 24/2014 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
Artículo 1º: Prorrógase el plazo de vigencia del régimen especial y alternativo de cancelación de deuda hasta el día 28 de Marzo de 2014, en las condiciones establecidas en la Ordenanza 4988, promulgada con fecha 23 de diciembre de 2013.- Artículo 2º: Para el caso de presentación de planos por los que corresponda tributar derechos se establece que el plazo para presentar los croquis correspondientes será hasta el 14 de Marzo de 2014, para presentar los planos en dos copias el plazo hasta el 28 de marzo de 2014 para presentar las copias definitivas con las correcciones el plazo será el 9 de mayo de 2014. En caso de incumplimiento se perderá el derecho al beneficio establecido en la Ordenanza mencionada.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-PRESIDENCIA: se pone a votación el Proyecto de Ordenanza en general y particular, resultando aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
Concejal CUELLE: gracias, Señora Presidenta. En virtud de la presencia de los vecinos que se han acercado por una inquietud particular, creo que están demandando una respuesta de parte de los Concejales, por supuesto que no le tenemos que escapar a nuestras responsabilidades, simplemente para pedirle a los interesados que se quieran quedar después de la Sesión para charlar con los Concejales que lo deseen, así podemos explicarles si tenemos ó no intenciones de trabajar en lo que nos están solicitando que nos aboquemos y que lo hagamos, asique simplemente para invitar a los vecinos que se quieran quedar un rato después de la Sesión y los Concejales que deseen también se queden a charlar con los vecinos. Nada más Señora Presidenta.-
PRESIDENCIA: no habiendo más asuntos que tratar y siendo la hora diecinueve con cincuenta y cinco minutos, se da por terminada la Sesión.-