Servicio Público de Transporte Urbano Colectivo de Pasajeros – Beneficio del Boleto Estudiantil Gratuito

Resolucion Nº 155.- 02-III-15.-

Art. 1º.- El beneficio del boleto estudiantil gratuito del servicio público de transporte urbano colectivo de pasajeros será destinado a los alumnos de nivel primario, secundario y universitario, circunstancia que será debidamente acreditada mediante la “Credencial Estudiantil Única”.-
Art. 2º.- Será Autoridad de Aplicación de la presente LA Dirección General de Servicios Públicos y/o la dependencia que en el futuro la reemplace, a través de la Dirección de Protección Ambiental y Servicios Públicos.-
Art. 3º.- A los efectos de obtener la “Credencial Estudiantil Única”, el interesado deberá presentar la siguiente documentación, indispensable para obtener el boleto estudiantil gratuito:

    1. ” Formulario de Solicitud/Beneficiario” y “Formulario Solicitud/Establecimiento Educativo”, que como Anexo I y Anexo II, correspondientemente, forman parte de esta Reglamentación, completos y rubricados por la Madre/Padre o Tutor Legal y el establecimiento educativo, respectivamente. Dichos formularios se encontrarán a su disposición en la sede de la Autoridad de Aplicación, en la página Web de la Municipalidad de Santa Rosa y en los diferentes establecimientos educativos de la ciudad de Santa Rosa.
    2. Documento de Identidad: Original y Fotocopia.
    3. Una (1) fotografía tipo carnet.
  • 4º.- El trámite deberá realizarse personalmente por el beneficiario y, para el caso de ser menor de 16 años, deberá concurrir acompañado por su padre/madre o tutor legal.
  • 5º.- Los estudiantes de nivel terciario y universitario deberán presentar el “Certificado de Alumno Regular” semestralmente, antes del 31 de Marzo y del 31 de Agosto, respectivamente.
  • 6º.- La Autoridad de Aplicación confeccionará y entregará al beneficiario la “Credencial Estudiantil Única” cuyo color variará conforme al nivel educativo que el beneficiario estuviere cursando.-
  • 7º.- La Autoridad de Aplicación llevará un registro de las Credenciales otorgadas a los alumnos, a fin de permitir la elaboración y entrega de un duplicado, en caso de extravío o que ésta se encuentre en condiciones que no permita acreditar la condición de estudiante al poseedor de la misma.-
  • 8º.- La vigencia de la “Credencial Estudiantil Única” coincidirá con el ciclo lectivo que determine el Ministerio de Educación de la Provincia de La Pampa y/o autoridad competente para ello.-
  • 9º.- La “Credencial Estudiantil Única” se encuentra habilitada para ser usada en el siguiente horario:
      • Nivel Primario y/o Secundario: de Lunes a Viernes de 06:00 horas a 20:30 horas.
      • Nivel Secundario -turno nocturno-: de Lunes a Viernes de 17:00 hs. a 00:30 hs.
      • Colegio EPET: de Lunes a Viernes de 6:30 hs. a 00:30 hs.
      • Nivel Terciario y Universitario: de Lunes a Sábados de 06:00 hs a 00:30hs.-

    Art. 10º.- La “Credencial Estudiantil Única” es el documento de identificación personal e irreemplazable del estudiante a los efectos de obtener el beneficio otorgado por la Ordenanza Nº 5115/2014. En caso de extravío, hurto, o que la misma se encuentre en condiciones que no permita acreditar la condición de estudiante al poseedor, se deberá tramitar un duplicado por ante la Autoridad de Aplicación, debiendo reunir idénticas condiciones y presentar la misma documentación que la prevista para la credencial original.-
    Informacion Tomada de:
    AÑO XX – N° 251 SANTA ROSA, 13 de abril de 2015- MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA – AV. SAN MARTIN 50 BOLETIN OFICIAL – MUNICIPAL CIUDAD DE SANTA ROSA-MARZO

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