ACTA Nº 1191 DÉCIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1191

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1191 DÉCIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1191 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los quince días del mes de mayo del año dos mil catorce, siendo la hora veinte, bajo la presidencia de su Titular la Concejala Liliana Vanesa ROBLEDO, Secretaría a cargo de la Señora Fernanda Gabriela DOLSAN y con la presencia de los Señores Concejales y Concejalas Ángel Ceferino BARAYBAR, Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Elisabet TABOADA, Mariano Alberto SALOMON y Félix VILLATORO. Damos comienzo a la Décima Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante. Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Juan MECCA procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Cecilia Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: gracias, Señora Presidenta. Desde el Bloque de Concejales y Concejalas del FrePam queremos expresar nuestro profundo repudio a las declaraciones anti democráticas y hasta genocidas, vertidas por el Sargento Oscar Andrés Rivero Véliz ex miembro de la Décima Brigada Mecanizada situada en nuestra Ciudad. Es hondo nuestro dolor al encontrarnos con personas que reivindican la tortura, el asesinato, el robo de bebés y la desaparición de personas, sobre todo cuando el ejecutor de estas terribles prácticas es el Estado. Lo repudiable, vale la pena remarcar, no es que piense de una ú otra manera ya que defendemos la libertad de expresión, sino que haga apología del delito y más aún de un Organismo que fue el principal actor y responsable de ese delito. Organismo que lejos de torturar, desaparecer y asesinar a sus ciudadanos, debe defendernos de las posibles acciones externas contra nuestro País. Hoy deben ser los responsables políticos de esas Fuerzas, quienes deben tomar las medidas que correspondan para que aquellos que se dicen defensores del Estado no sigan abogando por esas prácticas tenebrosas. Como ciudadanos pacíficos y democráticos creemos que el ejemplo a seguir es el de Organismos como Madres y Abuelas que buscaron y buscan Justicia a través de los canales formales, canales formales de la Justicia también y en ningún caso tomaron la venganza como método. Hoy a casi 40 años del último golpe Cívico Militar, sostenemos que la Democracia y la tolerancia a la otredad se ésta social, política o de la característica que sea, es la forma en que este País conseguirá salir adelante. Gracias, Señora Presidenta (aplausos en el Recinto)
PRESIDENCIA: continuando con la Sesión en Labor Parlamentaria se acordó la presencia de una vecina que solicitó usar la Ordenanza de la Voz del Vecino, que está estipulada en la Ordenanza 4849/2013, es por eso que invitamos a la vecina Irma Santillán a hacer uso de la palabra.-
VECINA: buenas tardes. Yo venía para pedir (hay algunas palabras inaudibles) de 2011 que es sobre la Trata de Personas, para Mujeres con fines de Explotación Sexual y Prostitución. Esa Ordenanza o sea…nosotras estamos en el área de la Mujer y somos dos chicas que estamos en la Ordenanza, en el Programa y hace tres meses que no estamos recibiendo lo que es el fondo del Programa. Y también quería pedirle a todo el Concejo si podía apoyar la causa porque en realidad es una Ordenanza que consiste en las mujeres que están en riesgo y es una Ordenanza que realmente apoya la situación de cada una de nosotras, o sea si es apta la Ordenanza, si es adecuada para todas nosotras. Por eso pedía a todos los Concejales si nos podían ayudar para que se consigan los fondos para eso. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: muy bien, será tenido en cuenta entonces su pedido y lo evaluarán los Señores Concejales. Muchas gracias.-
ASUNTOS ENTRADOS–
I-DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1 Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 12/2014 (HCD) mediante la cual se Invita a la Universidad Nacional de La Pampa a conformar un espacio común, en el ámbito del Concejo Deliberante, a fin de dar tratamiento a soluciones alternativas a la demanda concreta de un nuevo edificio para la citada Institución. Expte Nº 103-1/2014 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.2 Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 13/2014 (HCD) mediante la cual se Solicita al Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad de la Provincia informe respecto de hechos delictivos ocurridos en ésta Ciudad y medidas de seguridad implementadas y a implementar respecto de dicha problemática. Expte Nº 104-1/2014 (HCD). Pasa a Archivo.-
II-DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES–
II.1 Nota presentada por los señores Adrián Montes y Adrián Melis, Presidente y Secretario de la Asociación de Canaricultores Pampeanos mediante la cual solicitan se Declare de Interés Municipal la muestra en la Isla de los Pájaros del Predio del Parque “Don Tomás” en la que se realizará la selección para el Campeonato Argentino de la Federación Ornitológica Argentina. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.2 Nota presentada por Vecinos y Vecinas de la calle Víctor Lordi mediante la cual solicitan se evalúe la posibilidad de establecer sentido único de circulación a dicha arteria. Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
II.3 Nota presentada por las señoras Silvia Crochetti y María Silvia Di Zitti, Presidenta y Vicepresidenta del Club Italiano de Santa Rosa mediante la cual solicitan se exima del pago de tasas municipales a dicha Institución. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III. DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA–
III.1 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Impone el nuevo Isologotipo Identificatorio de la Municipalidad de Santa Rosa y se Deroga la Ordenanza Nº 4153/2010. Expte Nº 5285/2013/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición IV.1 Proyecto de Resolución presentado por la Concejala Viviana Rodríguez del Bloque Comunidad Organizada mediante el cual se Declara de Interés Municipal la participación del Coral “Médanos y Luna” en el IX Festival Internacional de Coros “Corhabana 2014” y la XXXIV edición del “Festival del Caribe, Fiesta del Fuego”.-
–Transcripción de Resolución: Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la Participación del Coral “Médanos y Luna” en el IX Festival Internacional de Coros “CORHABANA 2014” y en la XXXIV Edición del Festival del Caribe “FIESTA DEL FUEGO”, a desarrollarse durante el mes de Julio de 2014 en las ciudades de La Habana y Santiago de Cuba.- Artículo 2º: Remítase copia de la Presente al Coral “Médanos y Luna” de nuestra ciudad. Artículo 3º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: gracias Señora Presidenta. Aquí en este Concejo muchas veces hemos declarado de Interés acciones del Coral Médanos y Luna, yo hoy no estuve en Labor Parlamentaria si quieren votarlo en acuerdo aquí, sino lo podemos pasar a la Comisión de Acción Social como hacemos con todos los demás.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: gracias Señora Presidenta. Estuvimos mirando la fecha y pediríamos si fuera posible el pase a Comisión para poder analizarlo en Comisión, si bien es cierto que hemos declarado otras veces de Interés Municipal esta actividad.-
PRESIDENCIA: bien, se pone entonces en consideración la moción propuesta primeramente por la Concejala Viviana Rodríguez y después por el Concejal Marcos Cuelle. Puesto a votación resulta aprobado. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
ORDEN DEL DÍA.-

  1. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Establece mano única de circulación obligatoria a la calle Hugo Del Carril. Expte Nº 88-1/2014 (HCD) y 476/2014/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: Artículo 1°.- Establézcase mano única de circulación obligatoria en Sentido Noreste-Suroeste a la calle Hugo DEL CARRIL, entre Avda. Pedro Luro y Avda. Circunvalación Santiago Marzo. Artículo 2°.- Procédase a la colocación de las señales indicadoras de mano única con los correspondientes sentidos circulatorios signados. Artículo 3°.- Comuníquese al S.I.G., para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 4°.- La presente Ordenanza empezará a regir una vez cumplimentado lo establecido en el Artículo 2°. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.-

PRESIDENCIA: se pone en consideración de los Señores Concejales y Concejalas el Proyecto de Ordenanza en General y en Particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con Fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
2.- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra: Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable en calles: CARLOS GAICH, AMBROSIO SANSINANEA, JUAN SAVIOLI y RIO V. Expte Nº 97-1/2014 (HCD) y 554/2013/1-1 (D.E). –Transcripción de Ordenanza: ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable con las conexiones domiciliarias incluidas en calles: CARLOS GAICH entre Río V y Martín Luther king, AMBROSIO SANSINANEA entre Río V y Martín Luther King, JUAN SAVIOLI entre Ambrosio Sansinanea y Alfonso Corona Martínez y RIO V entre Carlos Gaich y Ambrosio Sansinanea, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 554/2013/1-1 (DE). ARTÍCULO 2º: Apruébase el Proyecto y Presupuesto de la obra aludida en el artículo 1º, elaborado por la Dirección de Agua y Saneamiento. ARTÍCULO 3º: La obra aprobada en el artículo 1º podrás ser ejecutada por Administración o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. ARTÍCULO 4º: El costo inicial de la Obra se estima para la Red Distribuidora de Agua Potable en la suma de PESOS: DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON VEINTITRÉS CENTAVOS ($ 227.611,23), a valores del mes de Noviembre/2012. ARTÍCULO 5º: Los materiales y accesorios a emplear responderán las normas vigentes para este tipo de obras. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado frente a la obra a ejecutar, quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la misma, incluidos los inmuebles que cuenten con servicios otorgados en forma provisoria bajo las reglamentaciones y/o situaciones especiales, de la siguiente forma:
1 )Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS ONCE CON VEINTITRÉS CENTAVOS ($ 227.611,23), a valores del mes de Noviembre/2012.
2)El importe total, incluidas las conexiones domiciliarias se dividirá a prorrata entre las sesenta y tres (63) referencias frentistas a la obra, resultando consecuentemente un costo sobre un total previsto ejecutar de sesenta y cuatro (64)servicios domiciliarios, la suma de PESOS: TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS($ 3.556,43) cada una. A la referencia Nº 27963, le serán cargados el costo de DOS (2) servicios domiciliarios, en función de no contar con subdivisión actualizada. Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final.
3) El prorrateo para el pago y ajuste final de las obras se efectuará en base a la fecha de la compra de los materiales para la misma, una vez logrado el 50% de le recaudación total.
ARTÍCULO 7º: Se establece como forma de pago por parte de los vecinos frentistas, las siguientes:

  1. AL CONTADO: Dentro del marco del artículo 29º de la Ordenanza Fiscal vigente.
  2. EN CUOTAS: Hasta en 36 cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35º de la Ordenanza Fiscal vigente.
  3. CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y previo estudio socioeconómico del contribuyente.-
  4. PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes.

ARTÍCULO 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. ARTÍCULO 9º: Los certificados de deuda que extienda el Municipio por los inmuebles afectados por la presente obra, constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. ARTÍCULO 10º: Los escribanos no autorizarán las escrituras de transferencia o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas por la construcción de las mejoras vencidas y exigibles. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencias, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. ARTÍCULO 11º: La Dirección de Agua y Saneamiento procederá al corte de las prolongaciones internas y/o conexiones especiales previa notificación a los interesados a partir de la fecha de habilitación de la obra.- ARTÍCULO 12º: La fecha de pago obligatoria de los servicios se establecerá a partir del tercer bimestre inclusive siguiente a la habilitación de las redes, conforme lo determina la Ordenanza Fiscal vigente. ARTÍCULO 13º: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. ARTÍCULO 14º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS”, llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. ARTÍCULO 15º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. ARTÍCULO 16º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciado, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad. ARTÍCULO 17º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración de los Señores Concejales y Concejalas el Proyecto de Ordenanza en General y en Particular, recordando que los Artículos 4°, 6° y 7° se votarán en forma nominal Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Y los Artículos 4°, 6° y 7° de manera nominal también resultan aprobados por unanimidad. Queda sancionado con Fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
3.- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra: Instalación de Alumbrado Público en calle RIO BERMEJO. Expte Nº 107-1/2014 (HCD) y 4705/2013/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: Artículo 1º: DECLARASE de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: instalación de alumbrado público, en calle RIO BERMEJO entre Uspallata y Suipacha, de esta Ciudad, conforme a documentación obrante en Expediente Nº 4705/2013/1-1 (DE).- Artículo 2º: APRUÉBASE la planificación y presupuesto elaborado Dirección de Obras Públicas, que asciende a la suma total de PESOS: SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y UN CENTAVOS ($ 6.774,81) resultando consecuentemente un costo por metro lineal frente de PESOS: TREINTA Y SIETE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 37,78), con valores referidos al mes de SEPTIEMBRE/2013. Al conocerse los costos definitivos, la municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final.- Artículo 3º: La obra contará con la instalación de (1) luminaria con lámpara a vapor de sodio de 150 W y será ejecutada por Administración con personal de la Dirección de Obras Públicas de la Municipalidad o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal.- Artículo 4º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes para la obra mencionada en el Artículo 1º, las siguientes:–

  1. AL CONTADO: Dentro del marco del art. 29º de la Ordenanza Fiscal vigente.
  2. EN CUOTAS: Hasta en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35º de la Ordenanza Fiscal vigente.
  3. CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socio-económico del contribuyente.
  4. PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes.-

Artículo 5º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 6°: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 7°: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles.
Artículo 8°: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible.- Artículo 9°: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente ordenanza. Artículo 10º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 11°: Comuníquese al S.I.G.- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la Base de Datos correspondiente. Artículo 12º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Públiquese. Cumplido: Archívese.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración de los Señores Concejales y Concejalas el Proyecto de Ordenanza en General y en Particular, recordando que los Artículos 2° y 4° se votarán en forma nominal. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Y los Artículos 2° y 4° de manera nominal también resultan aprobados por unanimidad. Queda sancionado con Fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
4.- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Uso Precario con los señores Alberto Ricardo Pico, Alberto Omar Pico y Pedro Juan Novaretto. Expte Nº 229-1/2011 (HCD) y 646/1998/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio de uso precario con los propietarios del inmueble Referencia Nº 1613, que se designa catastralmente como: Ejido 047 -Circ. I – Radio p -Mza. 18 – Parcela 34; conforme los términos y alcances del Acuerdo que como Anexo I integra la presente Ordenanza. Artículo 2º: Apruébase el modelo de Convenio de Uso Precario, que como Anexo I integra la presente Ordenanza. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en General y en Particular, resultado aprobado por unanimidad. Queda sancionado con Fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
5.- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Uso Precario con el señor Jorge Alberto Bertolotto y la señora Mirtha Lidia Marzoli. Expte Nº 227-1/2011 (HCD) y 7269/1993/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio de uso precario con los propietarios del inmueble Referencia Nº 1939, que se designa catastralmente como. Ejido 047 – Circ. I – Radio q – Mza. 10 – Parcela 11; conforme los términos y alcances del Acuerdo que como ANEXO I integra la presente Ordenanza. Artículo 2º: Apruébase el modelo de Convenios de Uso Precario, que como Anexo I integra la presente Ordenanza. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Regístrese. Cumplido: archívese.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en General y en Particular, resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con Fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias Señora Presidenta. Quisiera hacer una moción si fuera posible de pedir un Cuarto Intermedio y poder realizarle algunas consultas a la vecina que utilizó la Banca del Vecino, me parece que ha planteado una cuestión que no es menor sobre un Programa que tampoco es menor, me gustaría hacerle algunas preguntas junto con todos los Concejales y si fuera posible si hay plafón, emitir algún Comunicado porque es un Programa que me parece que es importante que se mantenga vigente. Entonces pediría…digo hoy fue un temario rápido, no hemos discutido casi. Nos podríamos dar por ahí un margen de diez minutos para charlar un poco con la vecina y si fuera posible si es que después de la charla surge, en todo caso emitir alguna Comunicación para poder tratar esta cuestión que debo insistir no es menor, que ha planteado una vecina de la Ciudad de Santa Rosa.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: es para coincidir, no para discutir. Se me ocurre también que podría ser importante en este cuarto intermedio por ahí que establezcamos la posibilidad de citar a los responsables del Programa a Derechos Humanos, que nos reunimos el lunes, sería un momento óptimo para escucharlos y para ver. Por lo que acuerdo con el cuarto intermedio para ordenar todo esto.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración la moción del Concejal Marcos Cuelle de solicitar un cuarto intermedio. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Siendo la hora veinte con veinte minutos se da comienzo al cuarto intermedio.-
PRESIDENCIA: se retoma la Sesión siendo la hora veinte con veinticinco minutos. Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: gracias Señora Presidenta. Hemos coincidido los Concejales en invitar para el día martes a las diez de la mañana a los funcionarios de área correspondiente y esperamos que se haga la invitación por Secretaría para asistir a la Comisión de Derechos Humanos y también invitamos a las vecinas que participen de esa Comisión para poder entre todos ver si podemos alcanzar una solución al planteo que han realizado en este Recinto.-
PRESIDENCIA: por Secretaría se hará la invitación correspondiente a los funcionarios del área.-
6.- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba el Modelo de Convenio de Prestaciones Recíprocas entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Club Rucalén. Expte Nº 101-1/2014 (HCD) y 3536/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción de Ordenanza: Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos el Modelo de Convenio de Prestaciones Recíprocas a suscribir entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Club Rucalén , respecto de los predios con domicilio en José Muñoz Nº 350, con Referencias Municipal Nº 28.883 y Nº 28.876. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en General y en Particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con Fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
Como último punto de la Orden del Día queda un Proyecto que salió de Comisión de Labor Parlamentaria, que se dará lectura por Secretaría declarando de Interés Municipal el 6° Encuentro Interprovincial y el 5° Seminario Patagónico de Aikido.-
Santa Rosa, 15 de mayo de 2014. Honorable Concejo Deliberante. Por las razones que se han dado en el Recinto en la Sesión de Labor Parlamentaria aconseja aprobar el siguiente Proyecto de Resolución. Artículo 1°: Declárase de Interés Municipal el 6° Encuentro Interprovincial y el 5° Seminario Patagónico de Aikido La Pampa 2014, a desarrollarse en nuestra Ciudad los días 17 y 18 de mayo del corriente año. Artículo 2°: elévese copia de la presente a la Asociación Kobukai de Aikido. Artículo 3°: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido, Archívese. Lleva la firma de los Presidentes de Bloque conjuntamente con la de la Presidenta Liliana Robledo.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración el Proyecto de Resolución. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Se harán las Comunicaciones pertinentes.-
No habiendo más Asuntos que tratar y siendo la hora veinte con treinta y cinco minutos, se da por finalizada la Sesión.-

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