ACTA Nº 1280 DECIMOSEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1280

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1280 DECIMOSEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1280 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los dos días del mes de junio del año dos mil dieciséis, siendo la hora once con diez minutos, da comienzo la Decimosegunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2016, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Claudia Bibiana GIORGIS procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5418/16, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la Obra de Alumbrado Público en calles ALFREDO ZITARROSA y PASO DE LOS CARROS. Expte Nº 79-1/2016 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5419/16, mediante la cual se Modifica el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 3466/06, sobre apertura de calles del Molino. Expte Nº 76-1/2016.- Pasa a archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5420/16, mediante la cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago obligatorio la Obra de Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable en calle BLANCO ENCALADA. Expte Nº 88-1/2016 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5421/16, mediante la cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la Obra de Ampliación de la Red Colectora de Desagües Cloacales en calle NICASIO CALLAQUEO. Expte Nº 87-1/2016 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5422/16, mediante la cual se establece con carácter permanente como la “SEMANA DE LA NO VIOLENCIA”, aquella en la que esté comprendido el día 02 de Octubre de cada año. Expte Nº 81-1/2016.- Pasa a archivo.-
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5423/16, mediante la cual se modifican Artículos de la Ordenanza Fiscal Vigente. Expte Nº 44-5/1985 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5424/16, mediante la cual se Fijan las Tarifas para el año 2016. Expte Nº 106-1-1/2016 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 14/2016, por la cual se declaran de Interés Municipal las “XII JORNADAS PAMPEANAS DE CIENCIAS NATURALES”. Expte Nº 29-1/2013 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 15/2016, por la cual se declara de Interés Municipal la “VI JORNADA DE EQUINOTERAPIA, REHABILITACION ECUESTRE Y EQUITACION INCLUSIVA EN LA PAMPA “TEORICO – PRÁCTICO “AL LOMO DE UN CABALLO PARA VOLVER A SONREIR”. Expte Nº 92-1/2016 (HCD).- Pasa a archivo.-
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo copia de la Resolución Nº 544/2016, mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo nota elevada por vecinos de la calle Emilio Mitre, informando sobre los problemas en la recepción de Correo, encomiendas y demás servicios debido a la confusión o similitud del nombre con la calle Bartolomé Mitre.-Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
II.1.- Nota presentada por el Concejal del Bloque del Frepam, Miguel BRAVO, adjuntando Nota enviada por la Biblioteca Popular Miguel Ángel Gómez Drumell, por la cual solicitan en comodato la confitería ubicada en el Recreo La Isla, del Parque Recreativo Don Tomás para el funcionamiento de la misma.-Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.2.- Nota presentada por el Concejal del Bloque del Frepam, Miguel BRAVO, adjuntando Nota enviada por el Presidente Fundación Enqui, Sr. Pablo S. Garro, por la cual solicita un predio del Club Náutico del Parque Recreativo Don Tomás, para la radicación de dicha Fundación.-Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III. – DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles de nuestra Ciudad. Expte Nº 5782/2015/1-1 (DE).-Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Frepam por el cual se asigna mano única de circulación obligatoria en sentido Este-Oeste a la calle 1º de Mayo entre Antártida Argentina y Raúl B. Díaz.-Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Partido Justicialista por el cual se modifica el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 3465/06, relacionada con el Beneficio del premio al Buen Contribuyente. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Partido Justicialista por el cual se Crea y pone en funcionamiento el Sistema de Evaluación Permanente de Conductores en la Ciudad de Santa Rosa.-Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Frepam por el cual se modifica el Artículo 3º del Anexo I de la Ordenanza Tarifaria Nº 5424/2016.- —
PRESIDENCIA: Por acuerdo de Labor Parlamentaria, se emitió un despacho por Mayoría, que se incorpora como punto 17 del Orden del Día… Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-
CONCEJALA GIORGIS: Señor Presidente: Voy a solicitar la incorporación y tratamiento sobre tablas del Proyecto enviado por el Departamento Ejecutivo sobre creación del Espacio INCAA en la Sala Bustriazo Ortiz.-
PRESIDENCIA: Se pone a consideración el ingreso sobre tablas del Proyecto. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
La moción puesta a votación resulta aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los/las Concejales/las Bravo, Cuelle, Domínguez, Fernández, Giorgis, Ibarguren, Torres y Villatoro, votando en forma negativa los/las Concejales/las Eleno Arrola, Galluccio, Lezcano y Rodríguez.-
Por Secretaría se pasa a dar lectura al Proyecto, en los siguientes términos: “Artículo 1º: Créase el “Espacio INCAA” en el Auditorio JUAN CARLOS BUSTRIAZO ORTIZ, del Centro Municipal de Cultura. Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar los convenios necesarios para su implementación. Artículo 3º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Araldo Eleno.-
CONCEJAL ELENO ARROLA: Señor Presidente: Es para fundamentar por qué, desde este Bloque, no acompañamos el tratamiento sobre tablas. Hace unos días, también en un trabajo de Labor Parlamentaria hemos solicitado, ante un pedido del Ejecutivo, que por favor se nos brindara el tiempo necesario para poder analizar todo lo que entra al Concejo, por una cuestión de responsabilidad. Tratamos de ser responsables con el mandato que nos dio la gente y creemos que, más allá de haber escuchado al Secretario de Cultura, creemos que es necesario juntarnos con esa información y analizarla. Le preguntamos a él si había alguna pérdida de recursos o algo que tuviera alguna complicación para la Ciudad de Santa Rosa, y al haber manifestado que no, consideramos que debíamos optar por la necesidad de analizar el expediente, de hacer el estudio que correspondía, y de considerar después acompañarlo desde el trabajo en Comisión. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Por supuesto que son más que entendibles las palabras del Concejal Presidente del Bloque Justicialista. La cuestión es que si bien entendemos que se podría tratar dentro de los carriles normales de seguimiento de un Proyecto, la cuestión es que entendemos la responsabilidad de quien me precedió en la palabra, pero venimos justamente a corregir una irresponsabilidad que se cometió cuando se recibió la posibilidad de tener un Espacio INCAA en el corazón de la Municipalidad de Santa Rosa; es decir, en una dependencia municipal. Es por eso que urge, para poder corregir todos los papeles que hay que presentar ante las distintas reparticiones públicas, para poder tener en regla el Espacio INCAA, tan necesario muchas veces en una ciudad, donde no todos pueden acceder a los espacios privados para poder disfrutar del Cine Nacional, o de cualquier otro ciclo de cine que se pueda llegar a realizar. Nada más, señor Presidente.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los/las Concejales/las Bravo, Cuelle, Domínguez, Fernández, Giorgis, Ibarguren, Torres y Villatoro, votando en forma negativa los/las Concejales/las Eleno Arrola, Galluccio, Lezcano y Rodríguez. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
IV.1.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Partido Justicialista mediante el cual le solicitan al DE, que a través de la Secretaría de Hacienda, Abastecimiento y Producción, informe sobre la implementación de las disposiciones de la Ordenanza Nº 237/86 – De las Reducciones y Exenciones – como también la evaluación del sistema durante los primeros 5 meses del 2016.-
PRESIDENCIA: En un acuerdo de Labor Parlamentaria, se resolvió pasar el Proyecto de Resolución a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. —
IV.2.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Frepam, por el cual solicitan al DE, a través del área correspondiente, la posibilidad de establecer en el Salón Azul una guardería para hijos/as menores de empleados municipales, durante el período escolar.-
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa, requiere al Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda, la posibilidad de establecer en el Salón Azul, ubicado en la Municipalidad de nuestra Ciudad, una guardería para aquellos niños y niñas cuyos padres sean empleados municipales, durante el ciclo lectivo escolar, entre la finalización de la jornada escolar y el retiro del padre, madre y/o tutor trabajador.”–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Señor Presidente: Solicito que se le dé lectura a la parte resolutiva.-
Se da lectura por Secretaría, conforme lo solicitado.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. En realidad, quería fundamentar brevemente, y le pido disculpas al autor. Pero son situaciones que se van produciendo en el quehacer de los empleados municipales. Y nos parece oportuno que por lo menos el Estado -el Departamento Ejecutivo- analice la posibilidad de darle una cobertura, o alguna situación; que vea si éste es el camino o hay otro mejor, que pueda atender estas situaciones particulares de muchos empleados que tienen a sus hijos que, desde el momento en que salen de la escuela y hasta que sus padres salen del trabajo, no tienen un lugar donde puedan estar contenidos. Ese es un poco el espíritu del Proyecto, y el sentido en el cual pedimos el acompañamiento del resto de los Concejales.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Eleno.-
CONCEJAL ELENO ARROLA: Sí, señor Presidente. Es para responder que nos hubiese gustado poder analizar esto con mayor tiempo. Realmente somos conscientes y compartimos el espíritu de que se les dé un lugar para que estén contenidos y como corresponde, sobre todo para el cuidado de los hijos e hijas de los empleados del Municipio. Pero también nos preocupa el lugar. Creemos que el Salón Azul no tiene ni la infraestructura ni las condiciones necesarias, desde baños, y no es un lugar óptimo, ni con patio. Y nos interesaría que el Ejecutivo dé una respuesta, pero adaptada a las necesidades de los niños y niñas, y no en este caso, supeditada a un lugar que consideramos no es óptimo para el desarrollo de esta actividad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Entendemos la inquietud del Concejal. Lo que sucede, es que no le estamos diciendo que lo realice. Le estamos diciendo que lo estudie. Es una Comunicación en la cual le pedimos al Ejecutivo que estudie una situación particular, en un lugar que no se utiliza en todo el día, y sí tiene baños, una cocina, y también hay personal a cargo del mismo. Pero bueno, por ahí ese personal no es idóneo para atender a niños o niñas. Pero sí podemos pensar que tenemos personal en la Municipalidad para poder desarrollarlo. Pero vuelvo a insistir: Es simplemente una idea, un pedido que le hacemos al Ejecutivo, que por supuesto deberá dedicarle atención. Y si no es en el Salón Azul, podrá ser en otro lugar. Pero es lo que pensó originalmente el autor del Proyecto.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por mayoría, con el voto afirmativo de los/las Concejales/las Bravo, Cuelle, Domínguez, Fernández, Giorgis, Ibarguren, Torres y Villatoro. Votan en forma negativa, los/las Concejales/las Eleno Arrola, Galluccio, Lezcano y Rodríguez.-
ORDEN DEL DÍA.-

  1. Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ANTONIO CAVERO. Expte Nº 105-1/2016 (HCD) y 4970/2015/1-1(DE).-

–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ANTONIO CAVERO, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Jorge Selva Sur, 12 metros, frente a parcela 12, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte Nº 4970/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza. —
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles RICARDO FELGUERAS, ENRIQUE FERNANDEZ MENDIA y ALFONSINA STORNI, 107-1/2016 (HCD) y 1713/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles Dr. RICARDO DANIEL JOSE FELGUERAS, vereda Sur, desde punto de empalme hacia Amílcar Evangelista, ENRIQUE FERNANDEZ MENDIA, vereda Este, entre Dr. Ricardo Daniel José Felgueras y Alfonsina Storni, ALFONSINA STORNI, vereda Norte, desde Enrique Fernández Mendía hacia Amílcar Evangelista, incluye cruce por Enrique Fernández Mendía, 190 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 1713/2015/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra mencionada en el Artículo 1º será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente.- Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza. —
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle NIÑAS DE AYOHUMA. Expte. Nº 108-1/2016 (HCD) y 5537/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle NIÑAS DE AYOHUMA, vereda Oeste, desde punto de empalme, 35 metros, frente a parcelas 29 y 30, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 5537/2015/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra mencionada en el Artículo 1º será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.- Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RAMONA PEREYRA. Expte Nº 109-1/2016 (HCD) y 6229/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RAMONA PEREYRA, vereda Oeste desde punto de empalme hacia Sergio López, RAMONA PEREYRA, vereda Este desde punto de empalme hacia Sergio López, 167 metros, de ésta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 6229/2015/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.- Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SAN ROQUE. Expte Nº110-1/2016 (HCD) y 4215/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SAN ROQUE, vereda Este, desde punto de empalme hacia Padre Ricardo Ermesino, 50 metros, incluye cruce por San Roque, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 4215/2015/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra mencionada en el Artículo 1º será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MARTIN LUTHER KING y MADRE MARIA. Expte Nº 111-1/2016 (HCD) y 519/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MARTIN LUTHER KING, vereda Oeste, desde Madre María hacia San Cayetano y MADRE MARÍA, vereda Sur, desde punto de empalme hacia Mártin Luther King, 115 metros, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 519/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza. —
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Dr. RICARDO FELGUERAS. Expte Nº 112-1/2016 (HCD) y 1047/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles Dr. RICARDO DANIEL JOSE FELGUERAS, vereda Norte, desde punto de empalme hacia León Nicanoff, 30 metros, frente a parcela 7, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 1047/2016/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle MARIO FIORUCCI. Expte Nº 113-1/2016 (HCD) y 1777/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MARIO FIORUCCI entre Nicolás Toscano Sur y Olga Orozco, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1777/2016/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI. Expte Nº 114-1/2016 (HCD) y 1778/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI, entre Orlando Hernández y Curacó, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1777/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO. Expte Nº 115-1/2016 (HCD) y 1776/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO, entre Trenel y Rucanelo, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1776/2016/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
Puesto a votación, el proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle SAN FRANCISCO DE ASIS. Expte Nº 116-1/2016 (HCD) y 1775/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle SAN FRANCISCO DE ASIS, entre Juan Manuel de Rosas y San Roque, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1775/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
12) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle OLGA OROZCO. Expte Nº 117-1/2016(HCD) y 1782/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º:Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle OLGA OROZCO, entre Mario Fiorucci y Juan Carlos Neveu, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1782/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
13) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle SAN JOSÉ. Expte Nº 118-1/2016 (HCD) y 1081/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle SAN JOSÉ, entre Virgen de Fátima y Martin Luther King, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1081/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
14) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle JORGE SELVA. Expte Nº 119-1/2016 (HCD) y 1780/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle JORGE SELVA, entre Avda. Alfredo Luis Palacios y Federico Chopin, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 1780/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
15) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se legisla sobre la obligatoriedad de proyectar, construir y finalizar las obras de infraestructura urbana y edilicia de Interés Comunitario, en conglomerados habitacionales, correspondientes a planes de vivienda, ejecutados por el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal. Expte Nº 66-1/2012 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA (El Anexo I se incorpora al final de la presente Acta):”CAPITULO I: DisposiciónES GENERALES. Artículo 1°: Objeto: La presente Ordenanza tiene como objeto legislar sobre la obligatoriedad de proyectar, construir y finalizar las obras de infraestructura urbana y edilicia de interés comunitario, en conglomerados habitacionales, correspondientes a planes de vivienda de interés social, ejecutados por el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, en forma individual o conjunta, en el ejido urbano de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2: Definición: Se define como vivienda de interés social, a la mínima unidad edilicia construida con fondos estatales, destinada a garantizar la calidad habitacional en cumplimiento del precepto establecido en el Artículo 14 Bis de la Constitución Nacional. Los planes de viviendas de interés social, constituyen conglomerados habitacionales o barrios. Artículo 3: Autoridad de aplicación: Será autoridad de aplicación la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, o la unidad de organización que la suceda. CAPITULO II: DE LA INFRAESTRUCTURA URBANA Y/O EDILICIA DE INTERÉS COMUNITARIO. Artículo 4°: Infraestructura de interés comunitario. Los planes de vivienda de interés social, deberán proyectar, construir y finalizar toda obra de infraestructura urbana y/o edilicia considerada de interés comunitario, de acuerdo a los alcances establecido en el Anexo I que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 5º: Costos. El Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, mandatario de la construcción de planes de viviendas de interés social, asumirá los costos que demande toda obra de infraestructura urbana y/o edilicia, considerada de interés comunitario. Artículo 6°: Contribución de mejoras. Los beneficiarios de obras de infraestructura urbana y/o edilicia considerada de interés comunitario, construidas con fondos aportados por la Municipalidad de la Ciudad de Santa Rosa, serán repetibles por el sistema de contribución de mejoras, para lo cual se instrumentarán posibilidades de pago especiales. Artículo 7°: Habilitación de servicios públicos. La Municipalidad de la ciudad de Santa Rosa habilitará los servicios públicos a su cargo, siempre que las obras de infraestructura urbana y/o edilicia consideradas de interés comunitario se encuentren licitadas y adjudicadas, con un 10% de ejecución. CAPITULO III: DisposiciónES PARTICULARES. Artículo 8º: Servicio público de transporte de pasajeros. La Autoridad de Aplicación deberá planificar y ejecutar el acto administrativo que corresponda, para proporcionar el servicio público de transporte de pasajeros, a los conglomerados habitacionales correspondientes a planes de viviendas de interés social. Los cambios en el servicio público de transporte de pasajeros, deberán ser habilitados en simultáneo con la inauguración de los conglomerados habitacionales. Artículo 9º: Separador físico perimetral. Las propiedades de los beneficiarios de planes de viviendas de interés social, deberán contar con un separador físico perimetral; los proyectos constructivos que utilicen ladrillos deberán provenir de productores inscriptos en el Registro de Ladrilleros de la provincia de La Pampa. Artículo 10°: Sistema de Agua, Cloacal y Pluvial. Los proyectos constructivos de planes de viviendas de interés social, deberán incluir el sistema de provisión de agua potable, el sistema de extracción de líquidos cloacales y el sistema pluvial para tratar los líquidos que escurran en forma superficial, los que deberán estar finalizados y certificadas por la Municipalidad de Santa Rosa las pruebas hidráulicas que garantizan su funcionamiento. Las obras deberán cumplir los lineamientos generales del Plan Director de Agua, Cloacas y Pluviales. Artículo 11°: Veredas accesibles. Los proyectos constructivos de planes de vivienda de interés social, incluirán veredas accesibles, de más de un metro de ancho, a los efectos de garantizar la transitabilidad de personas con discapacidad y/o movilidad reducida. Artículo 12°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Quisiera fundamentar este Despacho que vamos a votar. Quisiera decir algo que no es novedad para nadie: la ciudad ha crecido anárquicamente y sin planificación. El Estado ha dilapidado en ese camino esfuerzos y recursos y lo seguirá haciendo, casi rayano en la situación de un Estado bobo. Luego nos lamentamos por supuesto, por no haber planificado. En el año 2007 se entregó el Barrio Santa María de La Pampa. La primera hoja, la carátula, decía: “zona inundable”. Hicimos un barrio y encima lo hicimos sin cloacas. Y cuando digo “lo hicimos”, lo hago porque me involucro como parte del Estado, con algún espacio del Estado. Por supuesto que en el año 2011 tuvimos que salir a solucionar, por lo menos, el problema de las cloacas. Y nos siguió quedando latente el problema de las dos primeras manzanas, que por falta de pluviales es una zona inundable. Hicimos un barrio, el San Cayetano, y al lado le pusimos un horno pirolítico cancerígeno. Hicimos otro barrio, el Ananía, a escasos metros de los piletones de tratamiento de líquidos cloacales de la zona noroeste. Y no nos quedamos contentos con eso. El San Cayetano también una parte, sobre la Maldonado, la hicimos paralela con el Ananía, a escasos metros de los piletones, y hoy los vecinos sufren problemas por las emanaciones que los piletones realizan al realizarse el tratamiento de los residuos cloacales. Se construyeron dos barrios más en zona inundable: las PyM -Programa Provincia y Municipio-, en el barrio Almafuerte, en la calle Duval y Stieben. Y como si fuera poco, una parte de un Plan 3000 lo hicimos al final de la Santa Cruz, donde sabemos que la Santa Cruz es donde toda el agua de la ciudad -por lo menos un tercio de la ciudad o más- pasa por la calle Santa Cruz. Respecto al barrio San Cayetano, diez años después se entregó la Escuela 243 y el Secundario. Por supuesto, se cerró en Villa Germinal la antigua 243 y se inauguró la 243 nueva, diez años después. En el Santa María de La Pampa, que se entregó en el año 2007, cuatro años después recibió la Escuela 206 y la Secundaria. El “Obreros de la Construcción”, que fuera entregado en el año 2008 con quinientas doce viviendas, recién a finales del 2015 inauguró un jardín de infantes. Y la escuela más cercana para los chicos del barrio Obreros de la Construcción se encuentra a veinte cuadras, que es la 243. Esa es la más cercana que tienen los chicos. Se construyó durante el año 2011 y los anteriores el Barrio Esperanza, el Néstor Kirchner, Pueblos Originarios y en el 2014 se entregó el Nelson Mandela. Se iban a entregar el 25 de mayo -fecha patria- del 2014, la escuela primaria y la escuela secundaria. Nunca llegaron. Recién ahora sabemos que han licitado ya las obras para las dos escuelas, para una población de más de mil setecientas casas -la escuela secundaria y la escuela primaria-. Y con suerte, en el ciclo lectivo 2018, recién van a poder tener una escuela en esa zona. Le decía, señor Presidente, que a las seiscientas del Mandela, a las seiscientas del Esperanza, a las doscientas cincuenta del Néstor Kirchner y a las doscientas cuarenta del Pueblos Originarios, ahora le vamos a incorporar otras mil setecientas casas más en el lugar. Casi le diría que tenemos más población que la localidad de Eduardo Castex, en ese lugar; y recién en el 2018 van a llegar las dos primeras escuelas. En el Barrio Obreros de la Construcción -que era del año 2008- y en el Santa María de La Pampa, del año 2007, se les entregaron en el 2015 un salón de usos múltiples vía fondos de Nación -que todavía estamos viendo si llegan- pero recién mucho tiempo después le llegaron unos salones de usos múltiples, lo mismo que al Néstor Kirchner y al San Cayetano. El barrio Esperanza fue entregado en el año 2010. Recibió un playón deportivo. Y la verdad, señor Presidente, es que no se puede creer el estado -los vecinos lo han denunciado- en que se encuentra el salón deportivo, porque tanto el IPAV como la Municipalidad no saben de quién es y nadie hizo ocupación ni uso del playón deportivo. En Villa Germinal, en el 2012 se entregó una biblioteca que fue usurpada varias veces. Recién ahora se ha desalojado y esperemos que se tome posesión prontamente de ese lugar. En el año 2015, de aquellos barrios que se entregaron en el año 2011, recién llegó la primera Posta Sanitaria en la intersección de los barrios Pueblos Originarios y Esperanza. Una dependencia policial en el Barrio Néstor Kirchner, también en el 2015. Para que nos demos una idea, la Seccional Segunda -por ejemplo- tiene, de las vías, hacia el norte de toda la ciudad. Tienen una dependencia en la Río de La Plata y otra en la calle Maldonado. Casi media ciudad, en manos de una Seccional con dos dependencias. La Primera, tiene todos los barrios nuevos; tiene todo lo que seria desde la Gil hacia el Este. La Tercera, tiene lo que le queda. Imaginémonos, señor Presidente, que indefectiblemente el esfuerzo de haber colocado una dependencia policial en el Néstor Kirchner, es un paliativo. Pero indefectiblemente la Ciudad ha crecido y demanda que haya seguridad pública. Yo, señor Presidente, podría seguir citando ejemplos y podría decir cómo el Estado, del cual soy parte, hemos gastado dinero en llevar y transportar chicos a las escuelas y no hemos invertido en la realización de escuelas. El presente despacho, señor Presidente, pretende dejar un mojón. Pretende darle al Estado Municipal y Provincial la posibilidad de planificar en forma conjunta el crecimiento de la Ciudad, el otorgamiento de verdaderas soluciones habitacionales, la posibilidad de que no sean simples dormideros. Es decir, pretende constituirse en una verdadera política pública de Estado. La relación Nación-Provincia-Municipio, no puede estar sujeta al voluntarismo, a que se lleven bien o mal los Ejecutivos. Necesitamos que tomen las previsiones del caso, para después no tener dolores de cabeza. Este despacho de Ordenanza, no es en contra del Gobierno Nacional o del Gobierno Provincial. En todo caso, tenemos que votarlo convencidos de que es a favor de las vecinas y vecinos de la ciudad de Santa Rosa; que es a favor de la Ciudad toda. Este instrumento da por tierra la mala política. Esta es una herramienta que es el remedio para corregir el Estado “bobo”, que gasta sin sentido favoreciendo a las malas prácticas. Esta Ordenanza engrandece a los próximos -o a las próximas- intendentes y gobernadores que lleguen a la Provincia y a la Ciudad, que van a poder planificar juntos sin distinción de banderías políticas, el otorgamiento de soluciones habitacionales y el crecimiento armónico de la Ciudad. Quiero, por supuesto, agradecer a los nuevos miembros de este Concejo que han aportado, que han llevado inquietudes, y que hemos tomado la mayoría de ellas y las hemos incorporado al despacho que vamos a votar. Alguien puede pensar, señor Presidente, que éste es un proyecto utópico. Y yo me pregunto: ¿Para qué sirven las utopías? Y a su vez, me respondo: para marchar hacia adelante. Me parece que las utopías, una palabra que acuñó Tomás Moro, que quiere construir el “Estado Ideal”; como lo hizo Maquiavelo con el “Príncipe Perfecto”, o como lo hicieron otros tantos como Platón en “La República”, nos invita a soñar. Y si no entendemos que tenemos que soñar, no hagamos un Plan Estratégico Participativo para la Ciudad; porque justamente, en un Plan Estratégico Participativo, nos tenemos que poner las metas que queremos alcanzar, y esperamos lograrlas aunque en el camino no lleguemos al ideal. Pero tenemos que marcar al ideal, para poder alcanzarlo. Porque si no buscamos a ese Estado Ideal, seguiremos violando consciente y alevosamente, derechos humanos. Por todo eso, señor Presidente, pido el acompañamiento de todos mis pares.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando aprobado por mayoría en general y en particular. Votan afirmativamente los Concejales y Concejalas Bravo, Cuelle, Domínguez, Giorgis, Fernández, Ibarguren, Torres y Villatoro; y en forma negativa, los Concejales y Concejalas Eleno Arrola, Galluccio, Lezcano y Rodriguez. El Proyecto queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
16) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante le cual se declara de Interés Municipal el “SEGUNDO TORNEO NACIONAL DE NEWCOM (ADULTOS MAYORES) CENTRO DE LA REPÚBLICA – LA PAMPA 2016, a realizarse los días 3 y 5 de Junio/16. Expte Nº63-1/2012 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de Resolución:”Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “SEGUNDO TORNEO NACIONAL DE NEWCOM (ADULTOS MAYORES) CENTRO DE LA REPUBLICA – LA PAMPA 2016″, a realizarse entre los días 3 y 5 de Junio del corriente año en la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º: Enviar copia de la Presente a la Asociación Escuela de Voley 221. Artículo 3º. Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
17) Despacho de Mayoría de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Modifican los Artículos 3º y 4º del Anexo I de la Ordenanza 5424/2016 -Tarifaria 2016-. Expte N.º 106-1-2/2016.-(HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA:” Artículo 1°. Modifícase el Artículo 3° del Anexo I de la Ordenanza 5424/2016, cuyo texto será el siguiente:–
“3 001 ARTICULO 3°

3 001 0 Por la prestación de los Servicios Sani-
tarios de agua y/o cloaca se establece lo siguiente :
3 001 a Valor fijo mensual por categoría de usu-
arios, K : $36,42 3 001 a 1 Usuarios residenciales:
3 001 a 1 1 Casa habitación: 1 K
3 001 a 1 2 Departamento: 1 K
3 001 a 1 3 Departamentos sin estar afectados a ré-
gimen de propiedad horizontal : 1 K
3 001 a 2 Usuarios oficiales. Instituciones Públi-
cas.
3 001 a 2 1 Hospitales y otros establecimientos asis
tenciales: 50 K
3 001 a 2 2 Dependencias de las Fuerzas Armadas, de
Seguridad y Penitenciarias : 15 K
3 001 a 2 3 Escuelas con internos : 10 K
3 001 a 2 4 Escuelas atendidas por Municipalidad:4 K
3 001 a 2 5 Otros Institutos de enseñanza primaria,
secundaria, terciaria, universitaria o especial: 10 K
3 001 a 2 6 Instituciones religiosas : 2 K
3 001 a 2 7 Oficinas Públicas Nacionales: 4 K
3 001 a 2 8 Oficinas Públicas Provinciales: 4 K
3 001 a 2 9 Asociaciones culturales, profesionales,
sindicales, deportivas, filantrópicas, etc.: 2 K
3 001 a 3 Comercios en general:
3 001 a 3 1 Kioscos y locales de galerías comercia-
les sin servicio individual: 1 K
3 001 a 3 2 Tiendas, zapaterías y otros estableci-
mientos comerciales no especificados en otras subclasificaciones:2K 3 001 a 3 3 Instituciones privadas de educación ,
guarderías y jardines de infantes: 2 K
3 001 a 3 4 Cines, teatros y otras salas de espectá-
culos: 2 K
3 001 a 3 5 Estudios técnicos, profesionales y otras
oficinas: 2 K
3 001 a 3 6 Consultorios médicos, y otros: 2k
3 001 a 3 7 Consultorios odontológicos: 4 K
3 001 a 3 8 Peluquerías: 2 K
3 001 a 3 9 Supermercados: 2 K
3 001 a 4 Comercios especiales:
3 001 a 4 1 Hoteles, hospedajes y otras casas de a-
lojamiento: 5 K
3 001 a 4 2 Clínicas, sanatorios y otros estableci-
mientos asistenciales privados: 50 K
3 001 a 4 3 Gimnasios, casas de baños y otros simi-
lares: 2 K
3 001 a 4 4 Restaurantes, confiterías, bares y otras
casas de comidas: 4 K
3 001 a 4 5 Rotiserías: 6 K
3 001 a 4 6 Lavanderías: 8 K
3 001 a 4 7 Estaciones de servicio y lavaderos de
autos: 15 K
3 001 a 4 8 Clubes sociales y deportivos: 10 K
3 001 a 4 9 Geriatricos: 4 k
3 001 a 5 Usuarios industriales:
3 001 a 5 1 Panaderías, heladerías, fábricas de pas-
tas y otros establecimientos que elaboran alimentos: 2 K
3 001 a 5 2 Soderías y fraccionadoras: 2 K
3 001 a 5 3 Embotelladoras: 10 K
3 001 a 5 4 Industrias que no consumen agua en su
proceso de producción: 5 K
3 001 a 5 5 Fábricas y cualquier clase de estableci-
miento que utilicen total o parcialmente agua para fines industriales 15 k
3 001 a 9 Usuarios exentos:
3 001 a 9 1 Dependencias de la Dirección de Hidraú-
lica: 0 K
3 001 a 9 2 Otras dependencias municipales: 0 K
3 001 a 9 3 Parques, plazas y paseos públicos: 0 K
3 001 a 9 4 Instituciones varias exentas: 0 K
Los usuarios incorporados en esta categoría por diversos motivos están exentos de todo pago por servicios sanitarios.
3 001 a 10 En el caso que el inmueble esté afecta–
do a más de una categoría se considerará la que determine mayor valor.
3 001 a 11 En el caso que el inmueble cuente con un
solo servicio el valor fijo se reducirá al 50% -agua o cloaca-.
3 001 b Monto variable, que se determinará en
base a los metros cúbicos consumidos según lo registrado por el
medidor instalado
en la respectiva conexión (o por la suma de los consumos cuando el
inmueble cuen-
te con más de un aparato de medición), de la siguiente manera:
3 001 b 1 Por los primeros quince metros cúbicos
mensuales :
3 001 b 1 a Agua (el metro cúbico) $ 7,850 3 001 b 1 b Cloaca, 0,70 del valor del m3 de agua consumida
3 001 b 1 c1 Este criterio de un metro cúbico de clo-
aca por cada metro cúbico de agua, no se aplicará en industrias que utilizan agua en el proceso de elaboración del producto, o se les produzca una gran evaporación en la misma. En estos casos se determinará mediante inspecciones técnicas oportunamente solicitadas y realizadas, un coeficiente de proporcionalidad cloaca-
agua.
A solicitud del interesado se pondrán a consideración de la
Dirección de Agua y Saneamiento el sistema de medición adoptado
para efectuar la determinación de dicho coeficiente.
3 001 b 1 c2 Esta posibilidad queda condicionada a
que los planos de las instalaciones sanitarias estén aprobados y la obra inspeccionada durante su construcción. La existencia y/o posibilidad de by-pass con la provisión de agua a los artefactos y accesorios sanitarios, canillas surtidoras, etc., o la simple presunción de su existencia, dará lugar a la aplicación de
multas y/o clausuras, según corresponda, cesando automáticamente el beneficio acordado, el que será renovado solo cuando exista una fehaciente seguridad en las instalaciones.
3 001 b 1 c3 Quedando obligado el responsable de la
industria y/o comercio a renovar las mismas por este hecho, o efectuar las pruebas necesarias que demuestren la no existencia de tal interconexión.
3 001 b 2 Por los excesos en los consumos mensua-
les se recargaran los siguientes porcentuales a las tarifas del punto b-1.
Dichos recargos se aplicarán, una vez determinado el nivel del consumo, a la totalidad de los metros cúbicos.
3 001 b 2 a Para los usuarios del inciso a-1 y a-3:
> 0 a 15 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 %
> 15 a 20 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 %
> 20 a 30 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 %
> 30 a 45 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50 %
> 45 a 60 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 %
> 60 a 100 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .120 %
más de 100 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 240 %
3 001 b 2 b Para los usuarios del inc. a-2-2-al 2-9
> 0 a 15 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 %
> 15 a 50 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 %
> 50 a 100 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 %
> 100 a 200 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40 %
> 200 a 500 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 %
> 500 a 1000 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 90 %
> 1000 a 1500 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .130 %
> 1500 a 3000 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .180 %
más de 3000 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .240 %
3 001 b 2 c Para los usuarios del inc. a-4-3.-
> 0 a 15 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 %
> 15 a 30 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 %
> 30 a 60 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60 %
> 60 a 100 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 %
> 100 a 200 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .160 %
> 200 a 300 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .240 %
mas de 300 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .300 %
3 001 b 2 d Para los usuarios del inc. a-4-6 y 4-7.-
> 0 a 15 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 %
> 15 a 100 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 %
> 100 a 200 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 %
> 200 a 300 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .200 %
> 300 a 400 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .240 %
> 400 a 500 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .300 %
mas de 500 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .400 %
3 001 b 2 e Para los usuarios del inc. a-4-8.-
> 0 a 15 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 %
> 15 a 100 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 %
> 100 a 300 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .100 %
> 300 a 600 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .200 %
> 600 a 1000 m3. . . . . . . . . . . . . . . . . . .300 %
mas de 1000 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .400 %
3 001 b 2 f Para los usuarios del inc.a-2-1; 4-1; 4-
-2; 4-4; 4-5; 4-9; 5-1 al 5-5.-
> 0 a 15 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0 %
> 15 a 100 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 %
> 100 a 300 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 %
> 30O a 600 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 100 %
> 600 a 1000 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 150 %
mas de 1000 m3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200 % .”
Artículo 2°. Modifícase el Artículo 4° del Anexo I de la Ordenanza 5424 /2106, cuyo texto será el siguiente:–
3 002 ARTICULO 4°
3 002 1 Se fija como consumo mínimo por inmueble, con aparato de medición instalado, un volumen mensual de 15 m3.
Si el consumo fuera inferior al indicado, se considerará para la facturación el consumo mínimo establecido precedentemente.
En aquellas conexiones sin medidor,en sectores con red distribuidora se considerará la tarifa del radio obligatorio, con un volumen asignado de 15 m3.
3 002 2 Cuando el medidor haya sufrido rotura,
desperfectos, se encuentre paralizado o se detecte consumo elevado y posteriormente se regularize a valores normales el consumo se estimará, de acuerdo al consumo promedio registrado en 6 meses consecutivos de consumos anteriores. De no ser
posible, se tomará el promedio de los meses o períodos registrados. Es responsabilidad de la Dirección de Agua y Saneamiento el mantenimiento de instalación de las conexiones hasta la “línea municipal”.
3 002 3 Previa solicitud, por nota o reclamo del usuario, si se registra un consumo elevado en el inmueble y el mismo se regulariza posteriormente a consumos normales, se aplicará por analogía y excepcionalmente, el punto anterior.
3 002 4 Se establece un lapso máximo en las reconsideraciones por servicios sanitarios originados por los puntos antes indicados, por un término no mayor a seis meses consecutivos de consumo anteriores a la última emisión puesta al cobro.”
Artículo 3°:La presente tendrá vigencia desde el 1 de junio de 2016.Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”–
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Además de los fundamentos expuestos en el Proyecto, que dieron origen al Despacho de Labor Parlamentaria del día de hoy -por mayoría-, brevemente quisiera manifestar que esto fue adelantado por nosotros el día viernes cuando tratamos la Ordenanza Tarifaria, como un punto que nos parecía importante, en lo que nosotros llamamos el cobro justo del agua, y que indefectiblemente lo vinculamos a que queremos una ciudad con cobro justo, pero también con pérdida cero. Entonces, decíamos la semana pasada que no nos podíamos seguir engañando, con respecto a que no ha habido una política sostenida, durante muchos años, de reposición de medidores en la ciudad. Esto ha sido ya manifestado por el Intendente, por el Gobernador, por todas las órbitas de la Provincia vinculadas al tema del agua: la necesidad de incorporar lo más rápido posible la micromedición en la ciudad, como la tiene cualquier servicio sanitario que funciona. Saben todos que esto no es fácil. Se han proyectado ahora seis mil medidores, con el aporte de la Provincia, y con el plan conjunto entre la Provincia y la Nación -de Saneamiento- que ha sido presentado ayer en Nación, y que ronda los Ciento Ochenta Millones de Pesos. No solamente para medidores -obviamente-, sino para reposición de cañerías, estaciones de bombeo y una serie de cuestiones que hacen a la emergencia sanitaria. Mientras eso ocurra, que va a ser durante este año y el año que viene, nosotros seguimos -como decía el Concejal en el proyecto anterior- con el Estado “bobo”. Seguimos presuponiendo algo que ocurría hace muchos años, cuando se establecieron en la Tarifaria nueve metros cúbicos promedio para una familia tipo de cuatro personas, cuando existía un sistema de medición. Hoy, como todos sabemos, por las razones que todos sabemos, prácticamente es inexistente el sistema. Tenemos un diez por ciento de medición. Tenemos, de veintiocho mil quinientos medidores, cuarenta y seis por ciento trabados, que significan “consumo cero”; aproximadamente el cuarenta y cuatro por ciento con consumo disminuido, porque tienen treinta años, o veinte, o tres -como en los barrios nuevos, por la muy mala calidad que el IPAV coloca en esas casas-. Esto hace un consumo disminuido, que también se parece bastante a los nueve metros cúbicos. Entonces, la realidad es que -con suerte, y entre comillas- se está midiendo en la ciudad, desde hace mucho tiempo, solamente el diez por ciento. Nosotros queremos llevar un poquito más de justicia entre el vecino cuyo medidor funciona, y paga veinte, veinticinco -lo que consume- y la inmensa mayoría, que nos viene “cero” en el consumo, pero que todos sabemos que es una irrealidad. Entonces, nosotros sabemos que podemos mejorar esta propuesta, que podemos seguir trabajando en la Tarifaria. Pero nos parece urgente el tema de tener más justicia con esto, porque en definitiva lo terminamos pagando todos. O sea, hoy, esto, ¿qué significa?… Que nos endeudamos, o que no tenemos los recursos suficientes, y el conjunto lo estamos también sosteniendo. Nosotros hacemos hincapié en “pérdida cero”, porque realmente es una obsesión de nuestra gestión, de nuestro Bloque, que esto se revierta lo más urgente posible, por el agua que estamos perdiendo en la ciudad, que no facturamos pero que sí pagamos a Aguas del Colorado, o pagamos todos por el costo que tiene el agua y por la medición fuera de la realidad. Tratamos de ser lo más responsables y cautelosos posible, teniendo en cuenta las declaraciones de los propios funcionarios provinciales a principios de año, cuando hablaban de que cada familia, cada habitante de Santa Rosa, consume quinientos litros diarios -decían los funcionarios-, cuando la media mundial -decían los propios funcionarios provinciales vinculados al tema del agua- es de doscientos. Nosotros, lo que estamos haciendo aquí, es pasar de setenta y cinco litros diarios que presumimos en aquella Tarifaria vieja, de los nueve metros cúbicos cuando todo estaba medido, a ciento veinticinco litros diarios -eso es lo que estamos haciendo con esta modificación- por persona, lo cual es muy por debajo de esa media mundial de doscientos que han expresado todos lo funcionarios vinculados al agua. Creemos que es un paso. Entendemos que esto tiene que ser hasta tanto tengamos la micromedición, por supuesto, o hasta tanto encontremos alguna otra fórmula mejor de acá a fin de año, cuando volvamos a tratar la Tarifaria, por otras razones que también se han expresado como el tema de la rezonificación de los baldíos, etcétera. Esta es una propuesta para llevar un poquito más cerca de la realidad, el promedio del consumo de agua que tenemos en las familias santarroseñas.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando aprobado por mayoría en general y en particular. Votan afirmativamente los Concejales y Concejalas Bravo, Cuelle, Domínguez, Giorgis, Fernández, Ibarguren, Torres y Villatoro; y en forma negativa, los Concejales y Concejalas Eleno Arrola, Galluccio, Lezcano y Rodriguez. El Proyecto queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar y siendo la hora once con cuarenta y cinco minutos, se da por finalizada la Sesión.-
–OBSERVACIONES:–
–Conforme lo resuelto en la Decimocuarta Sesión Ordinaria (Reunión Nº 1182) realizada el día dieciséis de junio del corriente año, la presente resulta aprobada por unanimidad con las siguientes Observaciones:–
–Del Concejal Cuelle, quien solicita que en referencia a la expresión “… En el Santa María de La Pampa, que se entregó en el año 2007, cuatro años después recibió la Escuela 206 y la Secundaria… (pág. 14)”, donde dice “Escuela 206” debe decir “Escuela 252”.-
–DEPARTAMENTO ACTAS DE SESIONES, 17 de Junio de 2016.-

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