ACTA Nº 1297 VIGESIMA NOVENA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1297

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1297 VIGESIMA NOVENA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1297 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los trece días del mes de Octubre del año dos mil dieciséis, siendo la hora once con doce minutos, da comienzo la Vigésima Novena Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2016, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO. Se encuentra ausente con aviso la Concejala María Celia IBARGUREN.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Miguel Adolfo BRAVO y los jóvenes Brian MONTERO y María del Rosario MAITIA -integrantes del Programa Educativo “Concejo Deliberante Juvenil” impulsado por la Subdirección de Juventud de la Municipalidad de Santa Rosa y el área de Extensión Legislativa de este Honorable Concejo Deliberante- proceden a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
A continuación, se pasa a la consideración del Acta Nº 1296, correspondiente a la Vigésima Octava Sesión Ordinaria del Período 2016, la que resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
ASUNTOS ENTRADOS–
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO–
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo comunicando S/Inicio de Actuaciones Judiciales “Distribuidora Candy SRL. c/ Municipalidad de Santa Rosa S/ Ordinario”.- Expte Nº 4521/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5506/16, mediante la cual se acepta la donación del Sr. Jorge Zaldarriaga, de tres óleos del pintor Nicolás Toscano al Archivo Histórico Municipal “Hilda Paris”. Expte Nº 207-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5507/16, mediante la cual se acepta la donación de la Fundación del Banco de la Nación Argentina, realizada en el año 2012 a la Dirección de Cultura. Expte Nº 208-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 5508/16, mediante la cual se designa con el nombre de “Rogelio Julio FRIGERIO” al Espacio Verde ubicado en calles Corona Martínez, C. Gaich, Aurora Andreotti y Carlos Di Liscia. Expte Nº 198-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 5509/16, mediante la cual se Modifica la tasa por Red de transporte de Energía Eléctrica y Televisión por Cable. Expte Nº 106-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 4, mediante la cual se crea la Comisión Especial a los fines del análisis, recopilación de datos e informes relacionados con obras y acciones a llevar a cabo en forma conjunta entre los municipios de Santa Rosa y Toay. Expte Nº 206-1/2016 (HCD). Se reserva en Secretaría.-
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 39/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “Campaña de Concientización y Prevención del Cáncer de Mama”. Expte Nº 217-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 40/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “16 Peregrinación en honor a la Virgen SANTA MARIA DE LA PAMPA”. Expte Nº 211-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo, mediante la cual se Veta la Ordenanza sancionada por el HCD con fecha 23 de Septiembre, relacionada con utilizar fondos existentes no comprometidos, para el pago de los salarios y sumas extraordinarias a los agentes municipales. Expte Nº 212-1/2016 (HCD) y 4391/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5510/16, mediante la cual se acepta la donación realizada por el Grupo Asegurador “La Segunda”, de elementos destinados a la Dirección de Educación, para el Proyecto de Educación Vial – Isla de los Niños”. Expte Nº 214-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5511/16, mediante la cual se Modifica el 1º párrafo del Artículo 2º de la Ordenanza Nº 4483/11, relacionada con el adicional por fallo de Caja. Expte Nº 10-6/1984 (HCD). Pasa a Archivo.-
II. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES–
II.1.-Nota presentada por la Asociación Pampeana de Atletas Veteranos, por la cual solicitan se declare de Interés Municipal la “8º Edición de la prueba pedestre 21 K DE KIRILAN DEPORTES” a llevarse a cabo el día 06 de Noviembre del corriente en nuestra Ciudad. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.2.- Nota presentada por Cannabis Medicinal La Pampa – Sembrando Esperanza- por la cual solicitan se declare de Interés Municipal la “I JORNADA ACADEMICA SOBRE CANNABIS MEDICINAL DE LA PAMPA” a realizarse el día 29 de Octubre del corriente en el Aula Magna de la UNLPam. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.3.- Nota presentada por la Sra. Griselda M. Corral – Departamento de Física, Comité Organizador- mediante la cual solicitan se declare de Interés Municipal el XV CONGRESO DE FISICA ESTADISTICA y APLICACIONES A LA MATERIA CONDENSADA – TREFEMAC 2017, a realizarse entre los días 3 y 5 de Mayo/2017. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
III.-DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA–
III.1.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI. Expte Nº 2331/2016/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.2.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MARIANO PASCUAL y LUIS FERRANDO. Expte Nº 1145/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos..-
III.3.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RUCANELO. Expte Nº 748/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.4.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RIO BERMEJO. Expte Nº 2303/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.5.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MANUEL DORREGO. Expte Nº 3105/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.6.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JAZMINES. Expte Nº 1406/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.7.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam mediante el cual solicitan al DE, a través de la Sec. De Hacienda y Abastecimiento, remita informe trimestral sobre el listado de contribuyentes que adeuden montos superiores al equivalente a dos sueldos Cat. 16 de un empleado público municipal.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para fundamentar brevemente este Proyecto. Hemos discutido, quizás hasta el hartazgo, en este Recinto y en Comisión, la necesidad de analizar las cuestiones por las cuales muchos de los contribuyentes no cumplen sus obligaciones frente a la Municipalidad, para la atención de los servicios públicos. La Municipalidad de Santa Rosa no hace ni más ni menos que administrar los recursos de los vecinos, para poder prestar servicios de calidad. Y si los vecinos no cumplen con ellos, indefectiblemente se van a ver, por lo menos, disminuidos en la calidad y en la utilidad que le pueda redituar al pueblo de Santa Rosa. Por ese motivo, estamos presentando un proyecto que será el puntapié inicial, con miras a construir un observatorio de cumplimiento fiscal, en el cual podamos tener estadísticas, podamos tener encuestas y conocer directamente quiénes no cumplen con sus obligaciones, los motivos que los llevan a no hacerlo. Sabemos que en la ciudad de Santa Rosa hay gente que no tiene para comer y mucho menos va a tener para pagar una tasa. Pero tenemos para eso un sistema implementado por Ordenanza Fiscal. Y también sabemos que hay un montón de vecinos que religiosamente pagan sus tasas a fin de mes o antes del vencimiento, para poder recibir la prestación de los servicios. Lo que nos queda en el medio es esa cantidad de vecinos que, en alguna discusión acá, hablaban de una deuda con la Municipalidad de más de 300 Millones de Pesos. Bueno, necesitamos saber por lo menos quiénes son los grandes deudores para poder analizarlo, para poder hablarlo, para poder dialogar con ellos sobre cuáles son los motivos por los cuales no son solidarios con el resto de los vecinos de la ciudad de Santa Rosa, para poder entre todos tener la prestación de servicios que nos merecemos los santarroseños y las santarroseñas. —
PRESIDENCIA: Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.8.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se autoriza a la Sra. María Estela MIRANDA, a realizar la construcción de un nicho bajo los lineamientos establecidos en la normativa vigente. Expte Nº 781/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitarle al resto de los Concejales, la incorporación como punto III.9 del temario y su posterior transferencia al Orden del Día, de un Proyecto de Ordenanza que tiene que ver con la realización de una obra de gas en el Barrio Escondido. Tenemos antecedentes en la ciudad de Santa Rosa, en la época del ex Intendente Jorge y en la época del ex Intendente Torroba, en los cuales la Municipalidad hacía adelantos de fondos por el sistema de contribución de mejoras, y después los vecinos, en vez de verse obligados a pagarlas en pocas cuotas, les dábamos un poco más de margen para que puedan tener un servicio más en sus barrios. En este caso, al igual que se hizo en alguna oportunidad en Villa Germinal con la obra de gas, o al igual que se hizo en el período del Intendente Larrañaga en las calles Chacabuco o Santa Cruz, venimos a pedirles por, una cuestión de vencimientos de plazos de la mantención de la obra y de la propuesta por parte de Camuzzi, que se se trate este Proyecto de Ordenanza, se le dé ingreso y se le dé tratamiento, para poder darles el gas un servicio tan esencial y tan necesario- a los vecinos del barrio Escondido, para que justamente no queden en esa historia de ser el barrio que nadie veía, el barrio que estaba oculto. Queremos darle prioridad, queremos darle un tratamiento inmediato. Lamentablemente, por culpa de la burocracia municipal, muchas veces hemos llegado hasta esta instancia; pero necesitamos con urgencia el acompañamiento de todos para poder ingresarlo y para poder darle tratamiento.-
PRESIDENCIA: Se pone a consideración el ingreso sobre tablas. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano…aprobado por unanimidad.-
III.9.-Proyecto de Ordenanza por el que se aprueba y declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la Obra de Gas natural en calles del Barrio Escondido de la ciudad de Santa Rosa.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Apruébase y declárese de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Gas natural en las siguientes calles del Barrio Escondido de la ciudad de Santa Rosa: Calle Av. Brigadier General J.M. DE ROSAS vereda oeste entre M. GANDHI y SAN JOSE. Calle SAN JOSE vereda sur entre Av. Brigadier General J.M. DE ROSAS y VIRGEN DE FATIMA. Calle M. GANDHI vereda norte entre Av. Brigadier General J.M. DE ROSAS y VIRGEN DE FATIMA. Calle M. GANDHI vereda sur entre SAN ROQUE y M. LUTHER KING. Calle SANTA TERESA vereda norte entre SAN ROQUE y M. LUTHER KING. Calle SAN ROQUE vereda este entre M. GANDHI y SAN JOSE. Calle SAN ROQUE vereda oeste entre SANTA TERESA y SAN JOSE. Calle VIRGEN DE FATIMA vereda este entre SANTA TERESA y SAN JOSE. Calle VIRGEN DE FATIMA vereda oeste entre SANTA TERESA y M. GANDHI. Calle M. LUTHER KING vereda este entre SANTA TERESA y M. GANDHI; conforme a documentación obrante en Expediente Municipal Nº 4607/2016/1-1.- Artículo 2º.- Autorizase al Departamento Ejecutivo a ejecutar la obra por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos, conforme la normativa vigente, según presupuesto elaborado por la Dirección de Obras Publicas. Artículo 3º.- Estímese el costo total de la obra a que hace mención el Articulo 1º de la presente Ordenanza, en la suma de PESOS: UN MILLON DOSCIENTOS MIL ($1.200.000,00), valores referidos al mes de Octubre de 2016. Dicho monto podrá ajustarse al que finalmente se determine al momento de ejecutar la obra. Artículo 4º.- Será por cuenta de la Empresa que ejecute la obra, la remoción de cables, cañerías u otras instalaciones. Asimismo, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72hs de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de la obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que se pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5.- Apruébase el sistema de Contribución por Mejoras para la cancelación del costo de la obra de gas autorizada por la presente. El Municipio emitirá los Certificados de Deuda correspondientes a cada contribuyente y comenzara a percibir el tributo en cuestión a partir de la fecha que disponga para el cobro el Departamento Ejecutivo. Artículo 6º.- El costo de la obra que se ejecute, así como también el proyecto, la dirección técnica, los accesorios para su funcionamiento, los trabajos complementarios y/o las redeterminaciones de precios que pudieran corresponder, serán de pago obligatorio para los titulares de dominio de los inmuebles, los usufructuarios o poseedores a titulo de dueño de los inmuebles beneficiados, con exclusión de los nudos propietarios y con los alcances dispuestos por la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 7º.- Estímese la contribución para los inmuebles beneficiados por las mejoras correspondientes al tendido de la red domiciliaria de gas natural en: PESOS: CATORCE MIL CIENTO DIECIOCHO ($14.118,00), por frentista. No incluye provisión de gabinete. Artículo 8º.- Los inmuebles que no tengan proyecto de construcción aprobado abonarán únicamente, en concepto de contribución de mejoras, el importe que resulte de la ejecución de la red de distribución. Artículo 9º.- Determinado el costo definitivo de la obra, la Municipalidad podrá reajustar los valores de las contribuciones de mejoras. Todo pago que efectúen los frentistas será considerado provisorio y a cuenta de la liquidación final. Artículo 10º.- Se establecen las siguientes formas de pago para quienes resulten contribuyentes de la presente Ordenanza: a) AL CONTADO: Dentro del marco del artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86. b) EN CUOTAS: Hasta 24 (veinticuatro) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con más los intereses que deban aplicarse conforme artículo 35 de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86. c) CASOS ESPECIALES: Autorizase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el inciso anterior, hasta en un cincuenta por ciento (%50) en casos especiales y previo estudio socio-económico del contribuyente. Artículo 11º.- Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de recursos presupuestarios “Contribución de mejoras”, llevándose una subcuenta analítica de los ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 12º.- La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 13º.- Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 14º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, con votación nominal -previa lectura- del Artículo 3º. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-CONCEJALA GIORGIS: Si, señor Presidente. También para solicitar -como punto III. 10- el ingreso y tratamiento de un Proyecto de Ordenanza que ingresó recientemente del Poder Ejecutivo Municipal. Fundamentando su urgencia, en la necesidad de dar comienzo a una obra de aumento de la capacidad de reserva de agua en la Escuela 258, que ha hecho el Gobierno Provincial, atento a que el terreno es de orden municipal. Esto lo hemos conversado antes de la sesión con los diferentes bloques, y es por ello que estamos solicitando el ingreso y tratamiento del mismo.-
PRESIDENCIA: Se pone a consideración el ingreso sobre tablas. Los que estén por la afirmativa sírvanse levantar la mano… Aprobado por unanimidad.-
III.10. Proyecto de Ordenanza por el que se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra: “AUMENTO DE CAPACIDAD DE RESERVA DE AGUA EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR EN ESCUELA Nº 258.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Obra: “AUMENTO DE CAPACIDAD DE RESERVA DE AGUA EN EL ESTABLECIMIENTO ESCOLAR EN ESCUELA Nº 258 DE SANTA ROSA- LA PAMPA” de acuerdo a documentación obrante en el Expte. Nº 4496/2016/1-1 (DE). Artículo 2º.- Autorízase al Gobierno de la Provincia de La Pampa, a través del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a ejecutar la obra declarada de Interés General y Utilidad Pública por el Artículo 1º. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
IV.1.- Proyecto de Comunicación presentado por la Concejala María Cristina Lezcano del Bloque del Partido Justicialista, por el cual solicita al DE. informe sobre: Listado de Personal Planta Permanente adscripto/2016, agentes municipales ingresantes en 2016, Programa PIL OE, personal contratado por Resolución 247/93 dados de baja/2016, personal contratado por Resolución 247/93, pasados a planta permanente, agentes de planta permanente dados de baja por renuncia o jubilación. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
ORDEN DEL DIA–

  1. Despacho de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se proyecta y dispone la apertura de la calle EMILIO CIVIT en intersección con Avda. Circunvalación Santiago Marzo. Expte Nº 231-1/2011 (HCD) y 1490/2015/1-1 (DE).-

Por Secretaria se da lectura al Proyecto, de acuerdo a los siguientes términos: “Artículo 1º: Proyéctese y dispóngase la materialización de la obra de apertura de la calle EMILIO CIVIT en intersección con la Avenida de Circunvalación Ingeniero Santiago Marzo Sur. Artículo 2º: Procédase a la colocación de los carteles correspondientes. Artículo 3º: Comuníquese al S.I.G- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”–
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario, Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la PRIMERA JORNADA PAMPEANA DE PEDIATRIA “ALIMENTANDO LA SALUD” a realizarse el día 2 de Diciembre/16. Expte Nº 219-1/2016 (HCD).-
Por Secretaría se da lectura al Proyecto, de acuerdo a los siguientes términos: “Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la PRIMERA JORNADA PAMPEANA DE PEDIATRIA “ALIMENTANDO LA SALUD” a realizarse durante el 2 de diciembre del corriente año en la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º: Remítase copia de la presente a la Asociación Pampeana de Pediatría, organizadora de la mencionada Jornada. Artículo 3º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido. Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
3) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Prohíbe en todo el ámbito de la ciudad de Santa Rosa la fabricación, venta, tenencia, guarda, depósito de cualquier elemento pirotécnico y/o cohetería. Expte Nº 314/1996 (HCD). —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.-
CONCEJAL TORRES: Quiero pedir a los Bloques el acompañamiento de un proyecto que es sumamente importante para nuestra sociedad. Entendemos que hay un montón de circunstancias en que se ven afectadas personas de todas la edades, con distintas circunstancias. En algunos casos con enfermedades, en algunos casos con deficiencias; en algunos casos, simplemente por el hecho de que al ser débiles porque o son recién nacidos o son muy avanzados en edad, o están internados en una condición muy crítica, necesitan que podamos estar prestando atención a aquellas cosas que generan problemas o agudizan aquellas situaciones que están atravesando. He tenido la oportunidad de reunirme con padres de chicos que sufren de trastornos del espectro autista, y la verdad es que al escuchar los testimonios de cada uno de ellos, y ver cómo el tiempo que se supone que es de unión familiar y festejo termina siendo algo que ellos terminan padeciendo, incluso hasta el punto de tener que llevar a sus chicos afuera de la ciudad para que el estallido, las bombas, todo lo que se hace sonar -lo que para muchos es un festejo, como son los fuegos de artificio-, terminan perjudicando gravemente la vida de aquellos que están pasando por esta situación. Es por ello que, sin dejar de pensar en aquellos que no tienen voz, como son nuestras mascotas, pero que a través de ver lo que ellos están viviendo, lo que están sufriendo, aquellas situaciones por las que atraviesan, tenemos que reconocer que nosotros somos la voz de los que no tienen voz. Y es por eso que en este momento yo me quiero levantar y pedir al conjunto de los Bloques que forman parte del Concejo Deliberante de nuestra ciudad, que podamos acompañar esta decisión, de empezar a ponerle límite a este problema que perjudica a muchos. Entiendo que muchas personas van a decir: “Yo tengo derecho a poder divertirme y a poder festejar”. Y es la verdad, todos tenemos derecho a hacerlo. Pero no nos podemos olvidar de que nuestros derechos terminan donde empiezan los de los demás. Y si queremos evolucionar como sociedad, si queremos crecer y queremos dar ese paso que nos lleve al nivel de sociedad que queremos tener, no podemos dejar de pensar en los más débiles. No podemos dejar de pensar en aquellos que sufren a consecuencia de nuestras acciones. Es por eso, que lejos de querer perjudicar a alguien, la idea de este Proyecto de Ordenanza es el poder beneficiar a toda la sociedad. Y que podamos ser sensibles los unos con los otros. Y que podamos, verdaderamente, mirarnos a los ojos sabiendo que estamos respetando a los demás, y sobre todo a aquellos que están de algún modo en inferioridad de condiciones. Por eso es que quiero pedir este acompañamiento, no sin antes recordar la terrible tragedia que en Cromañón se cobró la vida de ciento noventa y cuatro personas, producto del mal uso de la pirotecnia. Este tiene que ser un punto para nosotros de poder pensar, reflexionar y darnos cuenta de que más allá de que algunos puedan disfrutar de esto, trae -su mal uso- consecuencias terribles que son terminales. Entonces, pensando en esto es que quiero invitar a acompañar este proyecto y a que juntos podamos llevar a nuestra sociedad, a través de la normativa, a dar un paso de calidad en la convivencia cotidiana. Es por eso también, que quiero pedir, por favor, que se pueda hacer la lectura del Proyecto. Muchas gracias.-
Por Secretaría se da lectura al Proyecto, de acuerdo a los siguientes términos: “Proyecto de ORDENANZA. Artículo 1º: Prohíbese en todo el ámbito de la ciudad de Santa Rosa, la fabricación, venta, tenencia, guarda, acopio, depósito o cualquier otra modalidad de comercialización mayorista o minorista, así como también la manipulación de cualquier elemento pirotécnico y/o cohetería. Artículo 2º: Se considera pirotécnico o de cohetería todo producto destinado a efectos mecánicos, visuales o auditivos, mediante detonación, deflagración, combustión o explosión, así como aquellos de proyección cuyo efecto secundario produzca explosión y/o detonación. Artículo 3º: La prohibición alcanza aún a todos los artículos de venta libre y los de fabricación autorizada. Artículo 4º: Se excluyen de los términos de la presente Ordenanza los artificios pirotécnicos destinados a señales de auxilio y aquellas destinadas al uso de las Fuerzas Armadas de seguridad y defensa civil. Artículo 5º: Autoridad de aplicación. La autoridad de aplicación será la Secretaría de Hacienda, Abastecimiento y Producción a través de la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas o la unidad de organización que en el futuro la reemplace. Artículo 6º: A la venta de pirotecnia, tal infracción será sancionada con decomiso y multas de entre un 40% y 200% de la remuneración fijada para la categoría 16 del escalafón municipal, además se procederá a la inhabilitación por 3 años del comercio. Artículo 7º: Al almacenamiento y distribución, la infracción será sancionada con decomiso y multas de entre un 60% y un 300% de la remuneración fijada para la categoría 16 del escalafón municipal, además se procederá a la inhabilitación por 3 años del comercio. Artículo 8º: Establézcase un plazo de 60 días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza para la reglamentación y puesta en vigencia. Artículo 9º: A partir de la puesta en vigencia de la presente Ordenanza, deróguese la Ordenanza 4259/10 y sus modificatorias. Artículo 10: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido archívese.”–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Voy a adelantar el voto positivo al Proyecto de Ordenanza, pero me gustaría hacer algunas consideraciones para no pasar por hipócrita. Por supuesto, que si nos ponemos en el lugar del Concejal preopinante, ¿quién podría estar en contra con todos los argumentos que él dio en este Recinto sobre el avance de la prohibición de la pirotecnia? Pero usó una expresión que tiene una claridad meridiana, señor Presidente. Dijo: “Los derechos de uno terminan donde comienzan los derechos de otros”. Entonces, señor Presidente, estamos en una dicotomía entre qué derecho vale más. Porque así como está el derecho de las personas y de los animales, está también el derecho de ejercer un comercio lícito. Entonces, ¿cuál de los dos derechos vale más? Yo creo -lo tengo que decir, lo dije en la Comisión y lo tengo que seguir sosteniendo- que lamentablemente vamos a ir a un juicio desde la comuna, porque esto no va a ser inocuo. Esto va a despertar en quienes se encargan de ejercer el comercio, de avanzar sobre esta Ordenanza como lo han hecho en otros lugares del país. Pero me parece importante, primero, recorrer un camino de experiencia. Digo, yo soy autor del Proyecto de la Ordenanza que está vigente, en la cual -basado en un principio del Mayo francés- sosteníamos que estaba prohibido prohibir, que reguláramos, que pusiéramos las condiciones. Puede ser que alguno quiera la prohibición y la salida sea la prohibición. Ahora, si la salida es la prohibición por la prevención… Muchachos, prohibamos los autos, porque seguimos teniendo muchas víctimas por accidentes de autos. Por eso, no creo que vaya por ahí el camino. El camino va por la educación. Y el camino va siempre por regular las cosas que hacen a la convivencia ciudadana y democrática. Y al final del camino, puede ser que esté equivocado y que no haya ningún juicio hacia la Municipalidad. Pero si lo hubiera, y nos damos cuenta a fin de año de que aún con toda la buena fe puesta, con toda la buena voluntad puesta no alcanzare, indefectiblemente, así como hoy avanzamos en un sentido, espero que si nos damos cuenta todos de que estamos equivocados avancemos en otro sentido, para volver a regular y no prohibir. Yo creo, señor Presidente, que nos falta una cobertura. Si existiera una Ley Provincial, sería una buena cobertura para todas las Municipalidades de la Provincia de La Pampa. Si hubiera una ley provincial que prohíba, nos da a todos garantías de que nos adherimos a esa Ley y estamos todos protegidos. Si existiera una Ley Nacional, mucho mejor. Nos daría cobertura no solamente a todas las Municipalidades, sino a todas las Provincias. Pero en honor de la palabra empeñada -y nosotros somos de cumplir la palabra-, vamos a acompañar el Proyecto de Ordenanza.-PRESIDENCIA: Se pone a consideración el Despacho de la Comisión en general y en particular, con las modificaciones propuestas en Labor Parlamentaria. Los que estén por afirmativa, sírvanse levantar la mano… Aprobada por unanimidad. Queda sancionada con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
No habiendo más asuntos que tratar y siendo la hora once con cuarenta minutos, se da por finalizada la Sesión.-

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