ACTA Nº 1299 TRIGESIMA PRIMERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1299

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1299 TRIGESIMA PRIMERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1299 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintisiete días del mes de Octubre del año dos mil dieciséis, siendo la hora once con diez minutos, da comienzo la Trigésima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2016, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO. —
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Araldo ELENO ARROLA procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
A continuación se pasa a la consideración del Acta Nº 1298, correspondiente a la Trigésima Sesión Ordinaria del Período 2016, la que resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
ASUNTOS ENTRADOS–
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO–
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5515/2016 mediante el cual se sustituye el Artículo 6º, texto aprobado mediante Ordenanza Nº 4983/13, relacionada con Aportes Jubilatorios. Expte Nº 381-1/2005 (HCD).Pasa a Archivo.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5518/2016, mediante la cual se proyecta y dispone la apertura de la calle Emilio Civit en intersección con Avda. Santiago Marzo. Expte Nº 231-1/2011.(HCD). Pasa a Archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 5/2016, S/ Demandas iniciadas al Municipio.- Expte Nº 154-24/1998 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 41/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal la Primera Jornada de Pediatría “Alimentando la Salud”. Expte Nº 219-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 42/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal el proyecto “Octubre Gráfico”. Expte Nº 235-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 43/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “Octava Edición 21 Km. de Kirilan Deportes”. Expte Nº 232-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 44/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “1º Jornada Universitaria sobre Cannabis Medicinal de La Pampa”. Expte Nº 233-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 45/2016, mediante la cual se declara de Interés Municipal el “XV Congreso de Física Estadística y Aplicaciones a la Materia Condensada – TREFEMAC 2017. Expte Nº 234-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.9.- NOTA remitida por la Directora General de Administración, adjuntando informe producido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, de acuerdo a lo solicitado mediante Comunicación Nº 9/16 (HCD) sobre listado de profesionales para el cobro de multas. Se reserva en Secretaría.-
I.10.- NOTA remitida por el Secretario de Hacienda, Abastecimiento y Producción, adjuntando informe mensual de Ejecución Presupuestaria de Recursos de Gastos correspondientes al mes de Septiembre/2016. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.11.- NOTA remitida por el Sr. Secretario de Gobierno y Seguridad, presentando para consideración del Honorable Concejo Deliberante los proyectos del Concejo Deliberante Juvenil Santa Rosa, aprobados en la 2º Sesión Ordinaria del Concejo Juvenil del día 20 de Octubre del corriente año. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
II.1.- Nota presentada por la Dirección General de Educación Secundaria, Colegio Gral. José de San Martín, mediante la cual solicitan se declare de Interés Municipal la “CORRE CAMINATA DEL CENTENARIO”, a realizarse el próximo 13 de Noviembre. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
III. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
III.1.- Nota presentada por la Agrupación Artistas Independientes de La Pampa mediante la cual solicitan se declare de Interés Municipal el “7º FESTIVAL INTERNACIONAL DE CIRCO Y ARTE CALLEJERO SANTA RISA”, a realizarse los días 3, 4 y 5 de diciembre en Plaza San Martín y Salón Malabaryarte Circo. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
IV.-DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
IV.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam, mediante el cual se habilita la instalación de nuevos desarmaderos y depósitos de chatarra en la Zona Industrial de nuestra Ciudad, de acuerdo al Código Urbanístico (Ord. 3274/05). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Villatoro.-
CONCEJAL VILLATORO: Gracias, señor Presidente. La idea de este Proyecto de Ordenanza que vamos a estudiar en la Comisión correspondiente, es erradicar estos establecimientos de la zona urbana, porque después vienen las campañas contra el Dengue y demás, llueve y tenemos allí lugares de acumulación de mosquitos y de cosas que perjudican la salud de las personas. Entonces, vamos a conversarlo en Comisión entre todos los Concejales y tratar de que esto sea ubicado fuera del radio urbano de la ciudad. —
IV.2.-Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle TITO FUERTES. Expte Nº 3814/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.3.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se lo Autoriza a incorporar como personal de Planta Permanente de este Municipio, a la agente VEGA, Lucrecia Valeria, leg, Nº 7986, contratada mediante Resolución 247/93. Expte Nº 5579/2012/1-3 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.4.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se establece sentido único de circulación obligatoria a las calles comprendidas en el cuadrante entre AMEGHINO, BOLIVIA, JOSE LURO y Avda. SANTIAGO MARZO. Expte Nº 2812/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Es para solicitar el ingreso y tratamiento, de acuerdo a lo conversado en Labor Parlamentaria, de un proyecto del Departamento Ejecutivo ingresado en el día de la fecha referido a una Ordenanza, que aprobamos en este Concejo, de un crédito de promoción económica en el marco de la Ley 2870, que el Ministerio de Desarrollo Territorial hizo algunas observaciones. Por lo tanto, lo que está ingresando es la Ordenanza con esas aclaraciones.-
Seguidamente se pone a consideración la moción de la Concejala Giorgis de dar ingreso al Proyecto, resultando la misma aprobada por unanimidad. Por lo tanto, el mismo queda incorporado como punto IV.5.-.-
IV.5.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Deja sin efecto la Ordenanza N.º 5501/16. Expte Nº 4000/2016/1-1 (D.E).-
Por Secretaría se da lectura al Proyecto, de acuerdo a los siguientes términos: “Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1°: Déjase sin efecto en todas sus partes la Ordenanza N° 5501/16, sancionada con fecha 8 de septiembre del año 2016, habiendo sido promulgada el día 9 de septiembre del corriente año 2016. Artículo 2°: Aprobar el otorgamiento de un crédito de pesos quinientos mil pesos, al señor Riestra, Marcelo Fabián, D.N.I. N° 24.199.957, CUIT 20-24199957-3, domiciliado en calle Emilio Zola N° 797, de esta Ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “Fábrica de Mármoles” en el marco de la Ordenanza Nº 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2780 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto N° 266/16 y de la Resolución Municipal Nº 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial N° 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3°: El préstamo otorgado será reintegrado en ochenta y cuatro cuotas mensuales y consecutivas, en un plazo de 7 años, con un periodo de gracia de veinticuatro meses. Artículo 4°: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el 50% de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%). Artículo 5°: El crédito otorgado, se respaldará con garantía hipotecaria que se constituirá -previo al desembolso de los fondos- sobre un inmueble de titularidad registral del beneficiario señor Riestra, Marcelo Fabián D.N.I. N° 24.199.957, CUIT 20-24199957-3, Partida N° 564.173, inscripto por ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa N° Entrada 14212/2003 Matrícula II 44586, por un monto total de mercado de $ 625.000,00. Artículo 6º: El beneficiario Riestra, Marcelo Fabián D.N.I. N° 24.199.957, CUIT 20-24199957-3, deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía hipotecaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo y c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual. Artículo 7°: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa, con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio. Artículo 8°: Exímase al titular del proyecto del cumplimiento del requisito establecido en el Inc. d) – Requisitos Generales – Anexo I de la Resolución N° 624/2016, reglamentaria de la Ordenanza 5356/2016. Artículo 9º: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas. Artículo 10º: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizados por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto. Artículo 11º: De forma.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
ORDEN DEL DIA–

  1. Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RIO DE LA PLATA. Expte Nº 237-1/2016 (HCD) y 1366/2016/1-1 (D.E).-

–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RIO DE LA PLATA, vereda Norte, desde punto de empalme hacia Jujuy, 52 metros, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 1366/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S. R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede al DE. la prórroga solicitada hasta el 30 de Noviembre, para la presentación de los Proyectos de Presupuesto y Tarifaria correspondientes al Ejercicio financiero 2017. Expte Nº 236-1/2016 (HCD) y 3768/2016/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: CONCEDESE al Departamento Ejecutivo, hasta el 30 de Noviembre del corriente año, la prórroga solicitada mediante Nota Nº 124/2016, para la presentación de los Proyectos de Presupuesto y Tarifaria correspondiente al Ejercicio Financiero 2017. Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-3) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Disposición mediante el cual se rechaza la Cuenta Inversión correspondiente al año 2015. Expte Nº 47-1/2016 (HCD) y 1303/2016/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Disposición: “Artículo 1º : RECHAZASE la Cuenta de Inversión correspondiente al año 2015. Artículo 2º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Es para fundamentar el rechazo a la Cuenta de Inversión 2015. En primer lugar, decir que la recaudación municipal por todo concepto fue del 86,6 % del Presupuesto 2015 -de lo presupuestado-. Analizando la recaudación de origen municipal, se observa que ingresó el 73 % de lo estimado, lo que muestra un exceso en la estimación del 27 %. De Los Recursos Corrientes, el 35 fue de origen municipal y el 65 provincial. Desde Provincia se obtuvo un financiamiento de 32 Millones en concepto de Anticipos de Coparticipación. De los Recursos de Capital recaudados, sólo el 7% fueron de origen municipal y el 93 de origen provincial -Fofeso y Regalías-. En cuanto a los Gastos Corrientes, el Presupuesto 2015 se ejecutó en un 90 %, de los cuales el 79% fue en Personal y el 10% se destinó a Erogaciones de Capital. Se recaudaron 665 millones y se comprometieron 674, lo que generó un déficit de 8,4 millones. Habiendo analizado también las rendiciones mensuales del año 2015, podemos decir que de las observaciones efectuadas a esas rendiciones por parte del Cuerpo de Relatores -si bien hay observaciones varias-, en particular se destaca a lo largo de todas la mismas del año 2015… Que aclaro que tuvo dos jefes de relatores diferentes: hasta mitad del año 2015 fueron controladas por el Contador Evangelista, y de allí en adelante -que empezaron a venir las rendiciones de mitad del 2015 en enero de 2016- por el Contador Julio Torres, y ambos sostuvieron el mismo criterio de observación general, que tiene que ver básicamente con la imposibilidad de la conciliación de las cuentas bancarias. Textualmente, para no dejar dudas, por ejemplo en la rendición de enero 2015, el Cuerpo de Relatores planteaba: “…se reitera lo recomendado con la rendición mensual de ejercicios anteriores: depurar tanto depósitos, débitos, créditos y cheques emitidos y no presentados al cobro, cuya fecha es anterior al inicio del presente ejercicio 2015, dado que ya ha transcurrido un tiempo considerable desde ocurrido el hecho económico y aún siguen sin estar conciliados los importes entre el Libro Banco Municipal y los extractos bancarios respectivos, como así también los del corriente ejercicio 2015. Al respecto informo que al cierre de Enero del 2015 existen más de 1200 movimientos, entre débitos y créditos, sin contabilizar, por un importe de $31.398.113,00.- Asimismo, se observan importes de cierta magnitud del corriente ejercicio que se encuentran sin conciliar, situación ésta que debe normalizarse”. Esta situación continuó a lo largo del tiempo. En febrero teníamos 1190 movimientos de estas características que representaban 19 millones, en marzo 41 millones, en junio 55 millones y así sucesivamente -están al alcance de todos los concejales y concejalas las rendiciones-. Este es un tema que inclusive ha venido trayendo problemas y hasta la actualidad sigue trayéndolos. Motivo por el cual, hay un arrastre en esa falta de conciliación. Si bien esta gestión municipal ha trabajado mucho en esa depuración, realmente el tiempo que lleva es importante, y habrá que tomar alguna determinación al respecto. Por otro lado, también debemos destacar como otra de las cuestiones centrales, la falta de contabilización presupuestaria de un monto importante de erogaciones que la gestión nuestra encontró al 10 de diciembre. Esto es, gastos que se habían realizado sin la correspondiente contabilización presupuestaria. Para el común, serían proveedores que se presentaban a cobrar pero que no existía presupuestariamente ni siquiera la afectación preventiva, no respetando los pasos que por Ley debemos dar en la contabilidad pública. Esto fue también en los primeros veinte días de gestión, que son los que atañen a nuestra gestión en esta Cuenta de Inversión. Se trató de contabilizar lo más posible, pero yo no sé si ustedes recuerdan que en varias oportunidades cuando vino el Secretario de Hacienda, nos manifestaba esta situación de que todos los días aparecía alguien a traer un servicio o un bien que había facturado al municipio, pero no existía contablemente el mismo. Esto se está reflejando, de alguna manera, en esta Cuenta de Inversión. Por eso, todo ese descalabro administrativo y contable que todavía está costando ordenar, es lo que legal y formalmente se está traduciendo en esta Cuenta de Inversión. Por esos motivos fundamentales, aunque existen otros auxiliares, es que nosotros vamos a rechazar esta Cuenta de Inversión. Porque además, tiene que ver con la responsabilidad de fiscalización que -todos sabemos- tenemos por la Ley Orgánica, donde los Concejales -el Concejo Deliberante, pero los Concejales también individualmente con nuestro patrimonio- respondemos como corresponsables de lo que hace a la fiscalización, que en el caso de la Provincia lo hace el Tribunal de Cuentas. Aquí, el Tribunal de Cuentas somos nosotros. Nada más.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por mayoría con el voto afirmativo de los/as Concejales/as Bravo, Cuelle, Fernández, Domínguez, Giorgis, Ibarguren y Villatoro, votando negativamente los/as Concejales/as Eleno Arrola, Galluccio, Lezcano, Rodriguez y Torres.-
4) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza por el cual se libera al Club de Leones HUITRU del cargo impuesto en relación al inmueble donado por este Municipio mediante Ordenanza Nº 969/91 ubicado en calle Magaldi entre C. Fernández y C. Rollino. Expte Nº 179/91 (HCD) y 7127/2013/1-1 (DE). Por Secretaria se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Libérese al Club de Leones Huitrú del cargo impuesto en relación al destino del inmueble oportunamente donado por este Municipio mediante Ordenanza Nº 969/91, e identificado catastralmente como Ej. 047 – Circ. I- Rad. F – Mza. 38B – Parc. 2, Ref. Munic. Nº 14.842, Partida Nº 662.968, Sup. 2420 m2 originaria. Artículo 2°: Acéptase la oferta de donación efectuada por el Club de Leones Huitrú del inmueble identificado catastralmente como Ej. 047 – Circ. I -Rad. f – Mza. 38B – Parc. 15, Sup. 1714 m2, Referencia Municipal Nº 43.159, Partida Nº 755.337, ubicado en la calle A. Magaldi entre C. Fernandez y C. Rollino de esta Ciudad, según plano mensura y subdivisión obrante a fjs. 75 tramitado por Expte Nº 10598/15. Artículo 3º: Procédase a la Inscripción a favor de la Municipalidad de Santa Rosa en el Registro de la Propiedad Inmueble conforme lo establece el Artículo 1553 del Código Civil y Comercial, a cuyo fin remítase estas actuaciones. Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar toda diligencia de trámite que resulte necesaria a los fines mencionados en los Artículos precedentes, y en su caso, se giren las presentes actuaciones al Registro de la Propiedad Inmueble para que, con las constancias administrativas, proceda a realizar la inscripción correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza al DE. a suscribir el Contrato de Comodato con el Sr. José Antonio SARASOLA, en relación a una parcela de terreno de 2 hectáreas en la intersección de las calles Tita Merello y Utracán. Expte Nº 238-1/2016 (HCD) y 3981-/2016/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Contrato de Comodato con el señor José Antonio SARASOLA, DNI 7.358.129, en relación a una parcela de terreno de 2 hectáreas en la intersección de las calles Tita Merello y Utracán, correspondiendo: 200 metros sobre calle Tita Merello y 100 metros sobre calle Utracán, que forma parte del inmueble delimitado por las calles Tita Merello, Utracán, México y Ricardo Balbín y que se identifica bajo la nomenclatura catastral: Ej. 047-Circ. III- Ext.1- Chacra 0029- Parc. 1- Subp. 000- Secc. 002-Fracc. D- Lote 19, Partida Nº 552.698-Referencia Municipal Nº 31.872, de la ciudad de Santa Rosa, que como Anexo I, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crea el “Plan de Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia” en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa. Expte Nº 165-1/2016 (HCD). —
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Créase el “Plan de Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia” en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa. Artículo 2º: El Plan al que hace referencia el Artículo 1º abordará los siguientes temas: Derechos Humanos: de Primera Generación (civiles y políticas), de Segunda Generación (económicos, sociales y culturales), de Tercera Generación (derechos a la paz, calidad de vida, derechos humanos en relación con las nuevas tecnologías, medio ambiente, derechos a la comunicación), Perspectiva de Género: Violencia de género. Desigualdades y discriminación. Legislación. Derechos sexuales y reproductivos. Políticas públicas. Lenguaje no sexista. No Violencia: Desnaturalización de la violencia. Diferentes tipos de violencia y ámbitos en el que se desarrolla. Violencia laboral e institucional. Herramientas para la No Violencia Activa. Artículo 3º: El citado Plan estará dirigido a todos los empleados/as y Funcionarios/as de la administración municipal a partir de la puesta en funcionamiento de la presente Ordenanza. Artículo 4º: El Plan de Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia será estructurado, organizado, proyectado y desarrollado por personal capacitado en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia del que disponga el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Educación, Cultura, Turismo y Empleo, o la que en el futuro la reemplace. Podrá también organizar dichas capacitaciones con el apoyo de Organismos y/o Instituciones que posean cátedras especializadas en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia. Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo tendrá sesenta (60) días para reglamentar la presente Ordenanza. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido:Archívese.”.-
SECRETARIA: Previo a la lectura del Proyecto y tal lo solicitado oportunamente por la Concejala Fernández, voy a dar lectura a los fundamentos del Proyecto que dieron origen a su presentación: “VISTO Y CONSIDERANDO: Que es necesario concientizar cada vez más sobre el tema Derechos Humanos en todas las áreas que en los hechos son abarcadas por ese concepto. Que, esta concientización es vital y necesaria para ir generando condiciones hacia una sociedad más tolerante y menos violenta, sin discriminación de ningún tipo y donde la diversidad humana sea incorporada y respetada en todas sus facetas. Que, en las sociedades en general, pese a incorporarse el concepto de los Derechos Humanos, se observa en la realidad concreta que la conflictividad ambiente sigue imperando en las relaciones personales, interpersonales y sociales, demostrando en los hechos que el camino de la ampliación y consolidación de esos derechos exige a todos los ámbitos estatales el máximo esfuerzo para concientizar y efectivizar los mismos. Que, bajo un enfoque de Derechos Humanos, los Estados están obligados a proporcionar Leyes, marcos regulatorios, programas y políticas que fortalecerán la capacidad de los hogares para manejar los riesgos y mejorar sus estándares de vida, y que los Estados deben respetar los Derechos Humanos -es decir, no violarlos- y proporcionar protección contra las violaciones por terceros. Que, todo análisis vinculado a los diversos aspectos de los Derechos Humanos debe tener siempre presentes las desigualdades de género, desigualdades étnicas, raciales, de clase y diversidad sexual, entre otras, que a la vez impactan de manera negativa para el logro de la igualdad de oportunidades. Que, atendiendo a estas premisas reafirmamos enfáticamente que existe actualmente desigualdad entre las mujeres y los varones y que ha existido a lo largo de la H historia, y que cada uno o una de nosotros o nosotras puede dar cuenta desde su lugar en la sociedad, de innumerables situaciones donde se pone en evidencia y se reproduce la subordinación de género. Que, la perspectiva de género es un tipo de mirada que apunta a investigar, revisar, interrogar y analizar los roles, los espacios y los atributos socialmente asignados tanto a las mujeres como a los varones, haciendo foco en las marcadas desigualdades que observamos entre ellos. Que, esta perspectiva permite reconocer las relaciones jerárquicas entre varones y mujeres y provee una herramienta de análisis y acción que contemple a las mismas con el objetivo de generar igualdad real.”. —
A continuación, por Secretaría se pasa a dar lectura al texto resolutivo del Proyecto, en los términos transcriptos al inicio.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Fernández.-
CONCEJAL FERNANDEZ: Sí, señor Presidente. Simplemente es para agradecer a los Concejales y Concejalas el acompañamiento en la aprobación de esta Ordenanza, la primera en la Provincia de La Pampa que promueve la capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia. Sabemos que esto es un pequeño y escaso aporte y que no alcanza para detener la violencia contra las mujeres. Y menos, para detener la violencia en general. Pero, abre esta alternativa que es coincidente con un pedido de la Organización de las Naciones Unidas, para que todas las administraciones públicas incorporen la capacitación en Derechos Humanos. Es entonces, señor Presidente, que se incorpora esta capacitación para los empleados y empleadas municipales de la ciudad de Santa Rosa; capacitación que ojalá se haga extensiva a otros lugares de la Provincia de La Pampa. Muchas Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Estaba leyendo el Proyecto de Ordenanza, y en el Artículo 4º se establece la Autoridad de Aplicación. Y me gustaría proponer, si fuera posible -es un tecnicismo nada más, pero es simplemente al efecto de que no tengamos dentro de tres años, o cinco años, que cambiar la norma-, que se agregue: “…o la unidad de organización que en el futuro la reemplace” al final de la mencionada Secretaría.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular con la modificación propuesta por el Concejal Cuelle, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar y siendo la hora once con cuarenta minutos, se da por finalizada la Sesión.-

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