ACTA Nº 1355 DECIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1355
En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho, siendo la hora diez con cuarenta minutos, da comienzo la Décima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2018
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1355 DECIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1355 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los diez días del mes de Mayo del año dos mil dieciocho, siendo la hora diez con cuarenta minutos, da comienzo la Décima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2018, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO. Se encuentran ausentes con aviso las Concejalas Laura Azucena GALLUCCIO y Claudia Bibiana GIORGIS.
Conforme una invitación de la Presidencia, la Concejala Celia Ibarguren procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Fernández.
CONCEJALA FERNÁNDEZ: Gracias, señor Presidente. No queremos dejar pasar esta trágica situación política y social, para expresar nuestro desagrado contra el nuevo intento del Gobierno Nacional de volver a pedir créditos a quien fuera el verdugo de nuestro pueblo en reiteradas oportunidades; el Fondo Monetario Internacional. Esta medida, es un punto de crisis en este proceso desatado por un Gobierno que prometía un cambio que teóricamente iba a beneficiar a la gente. Y, termina con despidos en varias áreas laborales, en tarifazos de todo tipo contra la gente, los comercios y la pequeña y mediana empresa, degradación de las jubilaciones, endeudamiento desmedido del país, etc. Señor presidente, el crédito al Fondo Monetario Internacional es el símbolo de las peores épocas del país. Nos llevan mentalmente al corralito cambiario, a la gente protestando en las calles y a una brutal represión con la lamentable pérdida de vidas humanas. Es entonces que queremos desde aquí, retomar las consignas con las que las y los humanistas pintamos las paredes en 1984 y 1985, cuando nadie en esa época se animaba a criticar sin tapujos al Fondo Monetario. Esas pintadas decían, señor Presidente, “ni un mango al fondo” y “minga al fondo”. Desde este lugar, señor Presidente, volvemos a decir enfáticamente: “no al Fondo Monetario Internacional, símbolo de pobreza para nuestro país y Latinoamérica”. Muchas gracias.
A continuación se pone a consideración el Acta Nº 1354 correspondiente a la Novena Sesión Ordinaria del Período 2018. La misma es aprobada por unanimidad sin observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.-Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando informe producido por la Dirección de Tránsito y Seguridad de acuerdo a lo requerido mediante Comunicación Nº 25/2017 referente a cebrado, colocación de refugios y postes indicadores en las paradas de colectivo, por la calle México entre Utracán y T. Edison. Se reserva en Secretaría.
I.2.-Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando informe producido por la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano de acuerdo a lo requerido mediante Comunicación Nº 28/2017 relacionada con un plan de obras de asfalto por el sistema de contribución de mejoras para diferentes calles de nuestra ciudad. Se reserva en Secretaría.
I.3.-Providencia del Departamento Ejecutivo elevando a consideración del HCD, expediente sobre CUENTA INVERSIâN/2017. Expte Nº 1218/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.4.-Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 19/2018, Declarando de Interés Municipal el Seminario Nacional de Capacitación Sindical de la Federación Argentina de Trabajadores de Farmacias. Expte Nº 148-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Comunicación Nº 10/2018, referente a las acciones y los plazos para la puesta en funcionamiento de la Unidad Local de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de nuestra ciudad.-Expte Nº 55-1/2018 (HCD). Pasa a Archivo.
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 5805/18, modificando el Art. Nº 1 de la Ordenanza Nº 4982/13mediante el cual se Concede la excepción a la firma Milenium S.R.L. de acuerdo a las normas contenidas en el Código Urbanístico y de Edificación de nuestra ciudad. Expte Nº 299-1/2013 (HCD). Pasa a Archivo.
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 58058/18mediante la cual se Cede en uso precario y se Aprueba el Modelo de Contrato de Comodato con la Federación de Cooperativas de Trabajo Rene Salamanca C.C.C. Ltda., al inmueble correspondiente al Salón de la Biblioteca Pública, ubicada en Barrio Germinal. Expte Nº 226-1/2011(HCD). Pasa a Archivo.
II.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.
II.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Prorroga la vigencia del Artículo 6 de la Ordenanza 4447/11 y modificatorias (Régimen Especial de Compensación para los Agentes Municipales en Edad Jubilatoria) hasta el 31/12/2018.- Expte. Nº 9821/2005 (DE).
PRESIDENCIA: Pasa como Punto 12) del Orden del Día.
II.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Deroga la Ordenanza 3710/07 de adhesión al Artículo 177 de la Ley 643 (Estatuto para los Agentes de la Administración Pública Provincial).- Expte Nº 1575/2018/1-1 (DE). Pasa a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y Reglamentaciones.
III.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución ? COMUNICACIâN Y DISPOSICIâN III.1.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam solicitando al DE, interceda ante Dirección Nacional de Vialidad para que instaure las herramientas necesarias o lo que considere viable a fin de salvaguardar la seguridad de vecinas/os en diferentes lugares de nuestra ciudad.
Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa ve con agrado la posibilidad de que el Departamento Ejecutivo Municipal interceda ante la Dirección Nacional de Vialidad para que se instaure las herramientas necesarias de señalización, iluminación, construcción de descansos para descensos de vehículos, semaforización o lo que considere viable a los fines de salvaguardar la seguridad de las/ los vecinos/usuarios de los siguientes lugares de la ciudad: a.- Acceso a los Barrios Escondido y Los Fresnos, sobre las calles Gandhi y Madre María, que desembocan en la Ruta Nacional Nº 35. b.- Sobre la calles Sergio López, en intersección con la Avda. Circunvalación , para derribar el cordón jersey y habilitar el cruce. c.- Reiteramos los pedidos realizados a través de las Comunicaciones Nº 26/2017 (Carnes Pampeanas), Nº 24/2016 (Club Deportivo Mac Allister), Nº 25/2016 (Cruce Ruta Nacional Nº 5 y km 606). d.- Reiteramos pedido de construcción de descanso para descensos para el acceso a la Facultad de Agronomía sobre la Ruta Nacional Nº 35, Resolución Nº 27/2016. e.- Solicitamos obras de acceso a los Barrios Villa Elisa y Malvinas desde la Ruta Nacional Nº 35.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
III.2.-Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam solicitando al DE, la posibilidad de aplicar la Ordenanza Nº 5518/16, sobre apertura de la calle Emilio Civit en intersección con Avda. Santiago Marzo Sur.
Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa ve con agrado la posibilidad de que el Departamento Ejecutivo establezca, instaure y disponga todas las herramientas necesarias para aplicar la Ordenanza Nº 5518/2016 sobre la obra de apertura de la calle Emilio Civit en intersección con la Avda. Circunvalación Ing. Santiago Marzo Sur.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
III.3.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam solicitando al DE instruya a la correspondiente unidad de organización para que concrete las tareas necesarias a fin de recuperar el Espacio Verde de Avda. Pilcomayo y Santiago del Estero, para alcanzar el espacio integrador por el cual trabajó la Comisión Vecinal de Tomás Mason Norte.
Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “Solicitar al Departamento Ejecutivo instruya a la correspondiente unidad de organización, para que imprima celeridad en la concreción de las tareas necesarias para recuperar el espacio verde de Avda. Pilcomayo y Santiago del Estero, restableciendo los juegos que existían y emplazando los juegos recibidos en donación por la empresa Pampetrol, para alcanzar el espacio integrados que se propuso como objetivo la Comisión Vecinal de Tomás Mason Norte.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
ORDEN DEL DÍA 1) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ADOLFO CESAR MERINGER. Expte Nº 64-1/2018 (HCD) y 1328/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ADOLFO CESAR MERINGER, entre Isla Soledad y Fernando Domínguez, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1328/2018/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALBERTO DURERO. Expte Nº 65-1/2018(HCD) y 1329/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALBERTO DURERO entre Francisco Goya y Antonio Ortiz Echagüe, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1329/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle UTRACÁN. Expte Nº 66-1/2018 (HCD) y 1333/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle UTRACÁN entre Pasteur y José Antonio Wilde de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1333/2018/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle SANTIAGO ALVAREZ. Expte Nº 67-1/2018 (HCD) y 1334/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle SANTIAGO ALVAREZ entre César Rodríguez y Dolores Brígida Bertera de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1334/2018/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle PADRE FARINATTI. Expte Nº 68-1/2018 (HCD) y 5332/2016/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle PADRE FARINATTI entre Raúl B. Díaz y Pedro Edgardo Giachino de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 5332/2016/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle OLGA OROZCO. Expte Nº 69-1/2018 (HCD) y 5330/2016/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle OLGA OROZCO entre Poblador Desconocido y Juan Carlos Neveu de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 5330/2016/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos .Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calles 6 y 12 del PARQUE INDUSTRIAL. Expte Nº 70-1/2018 (HCD) y 5331/2016/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calles 6 y 12 del PARQUE INDUSTRIAL de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 5331/2016/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle SAN FRANCISCO DE ASIS. Expte Nº 71-1/2018 (HCD) y 1330/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle SAN FRANCISCO DE ASIS entre Virgen de Fátima y San Roque de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1330/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle CONSTITUYENTES. Expte Nº 72-1/2018 (HCD) y 1331/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle CONSTITUYENTES entre Madre María y San Cayetano de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1331/2018/1-1 (DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle IGNACIA CAYUPAN. Expte Nº 73-1/2018 (HCD) y 1332/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorizase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle IGNACIA CAYUPAN entre María Elena Walsh y Timoteo “Dino” Saluzzi de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 1332/2018/1-1 (DE).Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quién deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada ? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
11) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza Aprobando la venta a la Sra. Karina DI NAPOLI, del sobrante municipal individualizado con la nomenclatura catastral: Ejido 047; Circ. I; Radio ñ; Manzana 66; Parcela 1, Partida Nº 663.963 y Referencia Nº 19.131. Expte Nº 76-1/2018(HCD) y 3411/2016/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Apruébase la venta a la Señora KARINA DI NAPOLI, D.N.I. Nº 22.490.472, del sobrante municipal individualizado con la nomenclatura catastral: Ejido 047 ?Circunscripción I- Radio ñ- Manzana 66-Parcela 21, Partida Inmobiliaria Nº 663.963 y Referencia Nº 19.131. Artículo 2º.- Autorízase al Escribano Leonardo DE PAZ, titular del Registro Notarial Nº 22, con domicilio en calle Juan B. Justo Nº 16, de esta ciudad de Santa Rosa, a la confección de la escritura Traslativa de Dominio del bien referido en el Artículo 1º de la Presente. Artículo 3º .- Autorízase al Señor Intendente Municipal a suscribir la documentación necesaria para el cumplimiento de la presente. Artículo 4º.- Notifíquese en el domicilio constituido sito en calle Toscano Nº 696 de esta ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa. Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
12) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Prorroga la vigencia del Artículo 6 de la Ordenanza 4447/11 y modificatorias (Régimen Especial de Compensación para los Agentes Municipales en Edad Jubilatoria) hasta el 31/12/2018.- Expte. Nº 9821/2005 (DE).
Por Secretaría se da lectura al Proyecto de acuerdo a los siguientes términos: “Artículo 1º.- Sustitúyase el Artículo 6º del texto aprobado por Ordenanza Nº 5746/17, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 6º.- VIGENCIA: La presente Ordenanza tendrá vigencia desde su promulgación hasta el 31 de Diciembre de 2018, con efectos retroactivos al 1º de Enero de 2018″. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. En virtud del trabajo de la Comisión de Labor Parlamentaria, que ha propuesto la aprobación sobre tablas de un Proyecto de Ordenanza que la verdad si uno lo lee a simple vista, es simplemente la prórroga de la finalización de una vigencia de un plazo. Pero, la 4447, señor Presidente, no fue una ordenanza menor. Hoy en su alocución inicial, la concejala Alba decía, que volver a golpear las puertas del Fondo Monetario Internacional retrotraía a las peores épocas de la República Argentina. Yo puedo coincidir en cierta manera, porque justamente la Ordenanza 4447, es una Ordenanza que se tuvo que hacer para poder saldar el abuso del Estado sobre los empleados que tenía la Municipalidad de Santa Rosa. En el año 2008, la Municipalidad de Santa Rosa tenía, por ejemplo, empleadas que trabajaban en los Comedores a las que les pagaban trescientos cincuenta pesos. Ésas, eran las personas que se encargaban de hacer la comida en los Comedores. Ese mismo año, se consiguió de Nación un programa de inclusión laboral público. Y, se consiguieron otros trescientos cincuenta pesos. Con lo cual, en el año 2008, llegaron a ganar setecientos pesos. Con un esfuerzo más de los vecinos de Santa Rosa, llegaron a ganar mil pesos. Después de la lucha que tuvieron, conquistaron entrar a Planta Permanente en una jornada reducida de cuatro horas. Y, finalmente en el mandato de Larrañaga, conquistaron la plenitud de la 643. Pero eso, es una parte de trabajadoras de la Municipalidad que estuvieron durante mucho tiempo sujetas a cobrar una suma diferente al resto de los otros compañeros que estaban bajo el régimen de la 643. Desde el año 1992 hasta el 2007, habían novecientas personas en la Municipalidad de Santa Rosa, que estaban contratadas por 247 o por un Plan. Y, por supuesto que eso retrotrae a las peores épocas de la Argentina. Porque estas personas durante quince años, estuvieron en negro. Y, no sólo que estuvieron en negro, sino que muchas de ellas ingresaron con una edad que superaba los límites que establece la propia Ley 643. Entonces, cuando llegó el momento de entrar en la edad jubilatoria, nos encontramos con la sorpresa de que no tenían los aportes suficientes para poder jubilarse. Entonces, se ideó esta Ordenanza, en la cual entendíamos, que estos trabajadores que tranquilamente le podrían haber iniciado un juicio al Gobierno Municipal, Provincial y hasta Nacional. Y, posiblemente el resultado de los juicios los cobrarían los nietos. Pensamos, que se podrían jubilar por el régimen de Nación conocido vulgarmente como el régimen de las Amas de Casa, y a su vez, la Municipalidad pagar la diferencia, para compensar el mínimo que pagarían si se hubieran jubilado como empleados plenos de la 643 en el Estado Municipal o Provincial. Y es así, como nace esta Ordenanza para tratar de cubrir esa injusticia que se había generado durante quince años. Y, que hoy todavía hay repercusiones. Porque, tenemos muchas personas que tienen la edad jubilatoria y que no tienen hechos los años de aportes. Es decir, que la Municipalidad, el Gobierno Provincial y el Gobierno Nacional tendrían que hacer una Caja Compensadora para reconocerles los quince años que estuvieron en negro trabajando en el Estado. Por eso, señor Presidente, en cada gestión, en cada período se va modificando -simplemente-, la fecha de vencimiento. Y, se han ido incorporando algunas otras modificaciones, como por ejemplo, que la diferencia se transforme en vitalicia. ¿Por qué?. Porque, en la primera etapa lo podíamos hacer por los primeros cinco años. Y, después por otro proyecto bastante similar, se pasó a darles el régimen de vitalicio a la diferencia que tiene que poner la Municipalidad de Santa Rosa. Fue la forma que se encontró de poder -si que quiere de alguna forma-, reparar el grave daño que había provocado el Estado al haberlos tenido más de quince años en negro trabajando en la Administración Pública. Ésa, es un poco la reseña de esta Ordenanza que coincido, nos retrotrae a las peores épocas del Estado. Y, es mucho más que el cambio de la vigencia y del Artículo seis. Es un botón de muestra de lo que ocurre cuando no hay responsabilidad en el manejo de la cosa pública. Nada más, señor Presidente.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con diez minutos.