ACTA Nº 1386 TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1386

En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con diez minutos, da comienzo la Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con diez minutos, da comienzo la Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.
Conforme una invitación de la Presidencia, la Concejala Cristina Andrea Lezcano procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
PRESIDENCIA: Antes de pasar a los Asuntos Entrados, invito a la vecina Irma Santillán a hacer uso de la Banca, en cumplimiento de la Ordenanza 4849 -La voz del Vecino/a-, recordándole que el tiempo establecido para hablar es de cinco minutos y que los integrantes del Concejo no interactuarán con usted. Tiene la palabra señora.
SRA. IRMA SANTILLAN (Vecina):Muy bien. Bueno, yo hoy venía a hablar por la Ordenanza 4477. Para ver si me pueden ayudar a que le den funcionamiento. En realidad, la necesitamos todas las mujeres que estamos en riesgo de calle. Porque, a través de la Ordenanza se da una salida laboral y un acompañamiento. Y, con eso podemos llegar a lograr salir de la situación de calle todas las mujeres. Actualmente somos más o menos, cincuenta. Entre cincuenta y cincuenta y cinco mujeres de once a sesenta y cinco años. Así, que les quería pedir por favor, que lo tomen en cuenta y que no se cajonee más la Ordenanza. O sea, está vigente pero no la ponen en funcionamiento. Ésa, es la realidad. Muchas Gracias.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Alba Fernández.
CONCEJALA FERNANDEZ: Gracias, señor Presidente. Estamos recordando en estos días, la Semana por la Memoria, la Verdad y la Justicia, como se viene haciendo desde el advenimiento de la democracia en todos los rincones de nuestro país. Esta semana, y más precisamente el veinticuatro de marzo, tienen el claro objetivo de fortalecer el “Nunca Más”, para que no se retroceda en el mantenimiento de los derechos humanos esenciales, independientemente de los vaivenes políticos. En este momento histórico de muchas divisiones y de una creciente fragmentación social, tenemos que reafirmar entre los distintos signos políticos un sendero común a recorrer, el del respeto a las diferencias, el no actuar con violencia contra las legítimas protestas populares, el resolver los conflictos por la vía del debate y la discusión, y nunca por el atropellamiento y la violación de los derechos humanos, como se hiciera en aquella oscura dictadura. En ese sentido, señor Presidente, es que la memoria nos interpela y nos alienta a ser consecuentes con la consolidación de la democracia. Conseguida con la lucha y la convicción necesaria que nos llevó a terminar con los golpes de Estado y las oscuras asonadas militares que nos persiguieron tanto, en el siglo pasado. Por eso, hoy más que nunca, recordemos a aquellos jóvenes que murieron luchando por un mundo mejor, como un ejemplo que llega a nuestros días y que nos seguirá alumbrando hacia el futuro. Así también, festejemos la tarea sin descanso de las heroicas Abuelas y Madres de Plaza de Mayor, las que siguen recuperando nietos y nietas con la persistencia que solo tienen las grandes luchas. En lo más inmediato, señor Presidente, este año finaliza el segundo juicio a Subzona 14, el que condenará a los culpables de la persecución, la detención y el hostigamiento y torturas de pampeanos y pampeanas en este lamentable pasado. Así, que esperamos lleguen las condenas que corresponden al ex militar Luis Enrique Baraldini y sus secuaces, demostrando que en La Pampa, hay Memoria, Verdad y Justicia. En lo particular, y para finalizar, invitamos a todas y todos a participar de la jornada denominada “Pañuelos de la Memoria”, que se va a realizar mañana viernes a partir de las nueve y media de la mañana, acá en la Plaza San Martín, en donde se pintarán baldosas alrededor del monumento con el nombre de los desaparecidos y desaparecidas pampeanas. Son treinta mil. Fue genocidio. Sin represión para todas las luchas populares. Nunca más presos políticos. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Villatoro.
CONCEJAL VILLATORO: Gracias, señor Presidente. Quería solicitar, recordando siempre la semana de la Memoria, si podemos incluir dentro del Acta de hoy, las palabras que expresé ayer en la inauguración de la Semana de la Memoria. Gracias.
De acuerdo a lo solicitado por el Concejal, se incluye el discurso dado por él, en el marco de la inauguración de la Semana de la Memoria, de acuerdo a los siguientes términos: “Me preguntaron qué significaba la fecha del 24 de Marzo de 1976, y no tuve que pensarlo. Desde lo profundo de mí surgió la palabra Oscuridad. Una profunda oscuridad. Y miedo. Y dolor. El dolor mas grande que puede sufrir el pueblo, la falta de libertad. El 24 de Marzo sólo tiene un recuerdo: el sufrimiento de todo el pueblo argentino. Me incitan a buscar en mi memoria y mi corazón cómo viví aquél nefasto día. Recuerdo entonces que a Pacheco (Berhongaray) le habían informado que iban a ir por mí. Me dijo entonces, rajá. Antes de proseguir con mis recuerdos, quiero recordar y resaltar el rol que Pacheco y otros, como Copete Di Nápoli y Pérez Funes tuvieron, en aquéllos años de miedo, donde muchos abogados y dirigentes políticos se hicieron los distraídos. Fueron ellos quienes recorrieron las cárceles de La Pampa, asistiendo legal y humanamente a varios presos políticos. Hoy hay una placa con su nombre en el Parque Don Tomás, que recuerda su histórico proceder. No lo pensé y busqué refugio en mi provincia natal, directo a la casa de un familiar. Pero fueron a buscarme. Cuántos padres, hermanos, familiares, vivieron aterrados tratando de proteger a sus seres queridos. Entonces corrí a la casa de un buen vecino que me permitió esconderme allí. Esconderme de qué?. Nunca lo sabremos. De perseguir ideales, de vivir honesta y apasionadamente. Como a tantos otros, me fueron a buscar. Viene a mí el recuerdo de correr entre medio de las fincas, escapando, y la incertidumbre de cómo explicarle a mi vecino que no pasaba solo un rato a tomar mate, sino que me tenía que quedar allí un tiempo. Falté largo tiempo, no podía venir a La Pampa. Todos estábamos horrorizados. En aquél momento tenía 24 años, trabajaba en el comedor de la universidad , estudiaba Ciencias Económicas y militaba en Franja Morada. En ese entonces, nuestro histórico comité de la calle Pellegrini había sido usurpado por las fuerzas militares. Ni bien lo recuperamos, nos afiliamos nuevamente al radicalismo. Recuerdo con emoción ese momento, junto al Vasco Altolaguirre, Pacheco Berhongaray, José Milner, Vasco Hernandorena, Don Gambulli, entre otros. Mi militancia se remonta a 40 años, pero fue mas activa desde que me vine a vivir a Santa Rosa. Me preguntan qué les digo a los jóvenes de hoy, a los que no vivieron ese horror. Le diría a mis compañeros que nunca renuncié a la lucha que llevábamos adelante por los derechos humanos, por la libertad. Por los ideales. Nunca me arrepentí, ni un segundo. Y siento que volvería a hacer exactamente lo mismo. Solo pienso que debemos valorar la democracia que tenemos, no olvidar que Argentina pasó por esa oscuridad y por eso mismo seguir luchando por la libertad de pensar, de elegir, de militar. Mi recuerdo siempre a nuestros desaparecidos, a nuestros torturados, a nuestros muertos, a nuestros perseguidos. Argentina en democracia, somos libres. Memoria Verdad y Justicia , y parafraseando al doctor Strassera,” Quiero utilizar una frase que no me pertenece , porque pertenece ya a todo el pueblo Argentino, NUNCA MAS”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.
CONCEJAL TORRES: Gracias, señor Presidente. En diciembre de dos mil once, la Asamblea General de la ONU, designó el veintiuno de marzo como el día Mundial del Síndrome de Down. El síndrome de Down es una combinación cromosómica natural que siempre ha formado parte de la condición humana. Existe en todas las regiones del mundo y habitualmente tiene estilos variables en los aprendizajes, las características físicas o la salud. El acceso adecuado a la atención de la salud, a los programas de intervención temprana y a la enseñanza inclusiva así como a la investigación adecuada, son vitales para el crecimiento y el desarrollo de la persona. Con esta celebración, la Asamblea general de la ONU quiere generar una mayor conciencia publica sobre esta cuestión; y recordar la dignidad inherente, la valía y las valiosas contribuciones de las personas con discapacidad intelectual como promotores del bienestar y de la diversidad de sus comunidades. Asimismo, quiere resaltar la importancia de su autonomía e independencia individual, en particular la libertad de tomar sus propias decisiones. Este dos mil diecinueve, la celebración del Día Mundial del Síndrome de Down, se centra en la lema “No dejar a nadie atrás”. Todas las personas con síndrome de Down deben tener la oportunidad de disfrutar de vidas plenas, tanto en igualdad de condiciones con las demás como en el resto de aspectos de la sociedad, como se recoge en la agenda dos mil treinta de desarrollo sostenido de la ONU. El plan de acción en favor de las personas del planeta y la prosperidad, que promete que nadie se quedara atrás. Todas estas palabras fueron tomadas de la redacción de la ONU. Pero, lamentablemente, desde hace varios años, países como Islandia ya no tienen nacimiento de chicos con síndrome de Down. Dinamarca y Holanda van transitando por el mismo camino. En España, solo el cinco por ciento de los niños con esta discapacidad, logra ver la luz. La razón es simple. Se considera que el síndrome de Down es una enfermedad y como tal hay que erradicarla. Es, lo que pasa en países donde el aborto está legalizado. Después de un examen de rutina, con un simple análisis de sangre -al menos en España-, cualquier embarazada puede abortar a la semana catorce y hasta la veintidós, por si el feto tiene alguna anomalía como el síndrome de Down. El doctor José Ramón Amor Pan, doctor en bioética en La Coruña, lo dice de la manera más técnica que encuentra “en España el noventa y cinco por ciento de los fetos diagnosticados con síndrome de Down, son abortados. Las autoridades sanitarias y muchos colectivos sociales lo consideran una conquista. Pero, con la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad en la mano, digo que ésto, es una discriminación. Ya no entro a valorar la ética -aclara-. Lo que digo, es que el artículo diez de la Convención reafirma el derecho a la vida de la persona con discapacidad. Estos fetos abortados por su condición, el síndrome, son discriminados”, remarca. Según el doctor Amor Pan, “todavía existe en el imaginario social, la imagen de la persona con síndrome de Down de hace cuarenta años atrás, cuando no tenía una buena calidad de vida. Hoy, pueden aprender a leer, a escribir, a montar a caballo, a tocar instrumentos musicales como cualquier persona. Claro, que también tienen deficiencias. Pero, no creo que eso signifique no tener una vida digna de ser vivida. Por el contrario, estas personas son felices y su esperanza media de vida puede llegar ahora, a los cuarenta años. Antes llegaba hasta los veinte porque no le brindábamos asistencia sanitaria”, explica. “En mi país, hay ginecólogos que en vez de informar a la embarazada sobre el síndrome de Down, intentan persuadirla para que aborte. Cómo podríamos calificar a esa sociedad, se pregunta. Nuestra sociedad en contra de lo que parece -democrática y progresista, no respeta las diferencias. En ese sentido, es arcaica. El doctor Amor Pan, piensa que la tendencia a descartar los fetos defectuosos, es modelo ético que no le hace justicia al ser humano. Deja en la periferia a todo aquel que la sociedad considera que no aporta nada al conjunto. El modelo es el utilitarismo, afirma. Podemos decir que nuestras sociedades se están convirtiendo en sociedades totalitarias. Donde la mayoría toma decisiones por encima de los individuos concretos en función del beneficio de la mayoría, y no del individuo. Ésta, es una tendencia global. Una tendencia que nos la imponen organismos internacionales como la ONU, que irónicamente por un lado, saca la celebración y dice que no debemos dejar a nadie afuera. Pero, por otro lado lo que hace a través de la llamada “salud sexual”, es instar a las Naciones a legalizar el aborto, como un derecho y como parte del programa de salud. Es necesario, que la sociedad en su conjunto se comprometa a cuidar de todos y cada uno de sus integrantes, empezando por los más débiles, que claramente son los niños por nacer. Es por eso, que invito a toda nuestra comunidad santarroseña, a que este sábado veintitrés de marzo a las diecisiete horas, marchemos juntos desde a la Plaza a Casa de Gobierno, en memoria del “Día Nacional de los Derechos de los Niños por Nacer”, establecido en nuestro país desde el año mil novecientos noventa y ocho, para el veinticinco de marzo de cada año.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Nota Nº 070/19 remitida por el Sr. Secretario de Hacienda, Abastecimiento y Producción, adjuntando copia del Informe Mensual de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos correspondientes al mes de Febrero de 2019. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 236/2019 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda,. Presupuesto y Cuentas.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6027/19 Ratificando la Resolución Nº 011/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara en estado de emergencia el Servicio Público de Transporte de Colectivo de Pasajeros de nuestra ciudad. Expte Nº 306-7/1992 (HCD). Pasa a Archivo.
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6028/19 Ratificando la Resolución Nº 221/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se modifica la Ordenanza Nº 5456/2016 Sobre sorteo de Buen Contribuyente-. Expte. Nº 10/04 (HCD). Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Inicio de Actuaciones Judiciales caratuladas: “García, Manuel Omar c/Municipalidad de Santa Rosa s/demanda Contencioso Administrativa”. Expte. Nº 1275/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES II.1.- Nota presentada por la Comisión Vecinal Barrio 26º de Septiembre en reclamo de prevención sobre una vivienda ubicada en Unanue Nº 1135, y un Comercio sobre calle Telén de dicho Barrio. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
II.2.- Nota presentada por vecinos de Barrio Fitte, por la cual solicitan se los convoque a una reunión a fin de explicar la problemática que les causa la redefinición del área de estacionamiento medido.
PRESIDENCIA: Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Tiene la palabra el Concejal Eleno.
CONCEJAL ELENO ARROLA: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar, el pase también, a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
PRESIDENCIA: Se concede el pase.
En virtud de lo solicitado por el Concejal Eleno Arrola, el Punto II de los Asuntos Entrados pasa a las Comisiones de Acción Social y Desarrollo Comunitario; y Administrativa y Reglamentaciones.
II.3.- Nota presentada por el Sr. Luis Ariel Chamorro mediante la cual solicita por vía de excepción se autorice el proyecto de vivienda unifamiliar, propiedad de la Srta María Victoria ZAPPA, ubicada en Mariano Moreno Nº 235. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.
III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se otorga una excepción a los Artículos 55º y 78 de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias sobre Cremación de Restos mortuorios. Expte Nº 864/2014/4-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se otorga una excepción a los Artículos 72º, 76º, y 90º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, autorizando a la Sra. María Teresa PREZ a la cremación de los restos de sus familiares. Expte Nº 6286/2017/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se otorga una excepción a los Artículos 41º y 42º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, a transferir la titularidad de la nichera de carácter privado a la Sra. Fabiana Zoraya SUSVIELLE, con domicilio en calle Payró Nº 1198 (B. Aeropuerto I). Expte Nº 958/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 132/19, dictada “Ad-Referéndum” del HCD mediante la cual se Modifica el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 5872/2018 relacionado con el Préstamo de Promoción Económica otorgado a la Sra. Magdalena HAYMAL. Expte Nº 135/2018/1-1 (DE).
PRESIDENCIA: Según lo acordado en Labor Parlamentaria, se emitió un despacho que pasa como punto 29 del Orden del Día.
III.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se exceptúa la aplicación del plazo de 120 días corridos previstos en el Artículo 32º Bis de la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias a la Sra. Martha BEDIS, a realizar el cambio de titularidad de la Licencia de Taxi Nº 05 a favor de su cónyuge Sr. RAMOS Roberto. Expte Nº 5764/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 056/19, dictada “Ad-Referéndum” del HCD mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle HUCAL. Expte Nº 4502/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.7.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se acepta la baja y devolución de la nichera privada efectuada por la Sra. María Liliana RICO, ubicada en el Cementerio Local de nuestra ciudad. Expte Nº 2103/2017/4-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.8.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se otorga una excepción al Artículo Nº 55º de la Ordenanza Nº 4422/2011 y sus modificatorias, permitirle a la Sra. Miryam Ana PERALTA de PEREZ a retirar el ataúd pequeño, ubicado en el Cementerio Local para ser depositados en el osario dentro del mismo. Expte Nº 5728/2017/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.9.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque Radical en Cambiemos, mediante el cual se suprime el inc. 4º, Artículo 76º e incorpórese el Artículo 76º Bis a la Ordenanza 4422/2011 referente a la Cremación de Cadáveres. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.10.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque del Partido Justicialista mediante el cual se establece sentido único de circulación para las calles de los Barrios “Villa Navarro Sarmiento y Villa Amalia” de nuestra ciudad. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
III.11.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque Frente para la Victoria mediante mediante el cual se establece la adhesión Municipal al Día Mundial del Lupus el día 10 de Mayo de cada año. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición IV. 1.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque del Partido Justicialista mediante el cual se declara de Interés Municipal la “Bienal de Tipografía Latinoamericana” que se llevará a cabo del 12 al 28 de Abril en el Centro Provincial de Cultura MEDASUR. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
ORDEN DEL DÍA.
Por Secretaría se informa que los Proyectos de los puntos 1) a 21) del Orden del Día serán puestos a votación en forma conjunta en virtud de tratarse de Proyectos de Ordenanza referidos a obras de gas natural en distintas calles de la ciudad.

  1. Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1617/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle FLORICEL PEREZ SUR. Expte. Nº 04/2019-1 (HCD) y 4065/2018/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1617/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle FLORICEL PEREZ Sur, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Plumerillo, 80 metros, de ésta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expte.N° 4065/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1652/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle TUPAC AMARU. Expte Nº 07-1/2019 (HCD) y 4437/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1652/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TUPAC AMARU, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Quemú Quemú, 146 metros, de ésta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expte.N° 4437/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1655/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle FRANCIA. Expte Nº 10-1/2019 (HCD) y 4343/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1655/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle FRANCIA vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Misioneros Salesianos, 25 metros, de ésta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en el Expte.N° 4343/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1656/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle SERGIO LOPEZ. Expte Nº 11-1/2019 (HCD) y 4606/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1656/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SERGIO LOPEZ, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Constituyente, 64 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte.N° 4606/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1657/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles PADRE RICARDO ERMESINO, MARTIN LUTHER KING, SAN FRANCISCO DE ASIS y SIN NOMBRE. Expte Nº 12-1/2019 (HCD) y 4203/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1657/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles PADRE ERMESINO, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Martin Luther King, PADRE ERMESINO, vereda Norte, entre Martin Luther KING Y Sin Nombre, MARTIN LUTHER KING, vereda Este, entre Padre Ermesino y San Francisco de Asis, SAN FRANCISCO DE ASIS, vereda Sur, desde Martin Luther King hacia Sin Nombre, SIN NOMBRE, vereda Oeste, desde Padre Ermesino y San Francisco de Asis, 609 metros, de ésta Ciudad, de acuerdo a documentación obrantes en Expte. N° 4203/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 055/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle CLEMENTE J. ANDRADA. Expte Nº 19-1/2019 (HCD) y 4582/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 055/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CLEMENTE J. ANDRADA, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Olga Orozco, vereda Sur, 36 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte.N° 4582/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 057/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ISLA SOLEDAD. Expte Nº 20-1/2019 (HCD) y 4734/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 057/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ISLA SOLEDAD, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Crisólogo Larralde, 20 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte.N° 4734/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 063/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle CRISTOBAL COLON. Expte Nº 26-1/2019 (HCD) y 4732/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 063/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CRISTâBAL COLâN, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Victorica, incluye cruce por Trenel, 383 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte.N° 4732/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 166/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles ADOLFO CÉSAR MERINGER, RAÚL I. D’ATRI, VALERIO ZOCCHI y JUAN MANUEL FANGIO. Expte Nº 36-1/2019 (HCD) y 4401/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 166/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ADOLFO CESAR MERINGER, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Raúl Isidoro D’atri, RAÚL ISIDORO D’ATRI, vereda Noreste, entre Valerio Zocchi y Adolfo César Meringer, VALERIO ZOCCHI, vereda Sureste, desde Raúl Isidoro D’atri hacia Oscar Mussio, JUAN MANUEL FANGIO, vereda Suroeste, desde Adolfo César Meringer hacia Valerio Zocchi, 451 metros, incluye cruce por Adolfo César Meringer y Juan Manuel Fangio, de ésta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte Nº 4401/2018/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 168/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle MARTIN LUTHER KING. Expte Nº 38-1/2019 (HCD) y 3867/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 168/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MARTIN LUTHER KING, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Corona Martínez, 26 metros, de ésta ciudad de acuerdo a documentación obrante en Expte.N° 3867/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 169/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ANTONIO FELICE. Expte Nº 39-1/2019 (HCD) y 5943/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 169/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ANTONIO FELICE, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia Pedro Bertón,70 metros, de ésta ciudad de acuerdo a documentación obrante en Expte.N° 5943/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
12) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 172/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle LUIS ALBERTO SANCHEZ. Expte Nº 42-1/2019 (HCD) y 4344/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 172/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LUIS ALBERTO SANCHEZ, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Ignacia Cayupan, incluye cruce por Luis Alberto Sanchez, 104 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte.N° 4344/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
13) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 175/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle SAN ROQUE. Expte Nº 45-1/2019 (HCD) y 4764/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 175/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles SAN ROQUE, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Padre Ricardo Ermesino, SAN ROQUE, vereda Este, entre San Francisco de Asís y Padre Ricardo Ermesino, 199 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 4764/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
14) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 176/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles PLUMERILLO, ENRIQUETA SCHMIDT y CONGRESO. Expte Nº 46-1/2019 (HCD) y 4301/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 176/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles PLUMERILLO, vereda Sur, desde Punto de Empalme hasta Enriqueta Schmidt, ENRIQUETA SCHMIDT, vereda Oeste, entre Plumerillo y Paul P. Harris, ENRIQUETA SCHMIDT, vereda Oeste entre Paul P. Harris y Congreso, CONGRESO, vereda Norte, desde Alberto Grassi hasta Enriqueta Schmidt, 550 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 4301/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
15) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 177/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle PADRE FARINATTI. Expte Nº 47-1/2019 (HCD) y 4761/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 177/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PADRE FARINATTI, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Antártida Argentina, 28 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 4761/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
16) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 178/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles RICARDO OSES y FORTINERAS. Expte Nº 48-1/2019 (HCD) y 4503/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 178/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles RICARDO OSES, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Fortineras, FORTINERAS, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Ricardo Oses, 120 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 4503/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
17) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 179/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ORLANDO HERNANDEZ. Expte Nº 49-1/2019 (HCD) y 5424/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 179/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ORLANDO HERNANDEZ, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Violeta Parra, 68 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 5424/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
18) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 180/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ALEJANDRO COLOMBATO. Expte Nº 50-1/2019 (HCD) y 5525/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 180/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ALEJANDRO COLOMBATO, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Enriqueta Schmidt, 72 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 5525/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
19) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 187/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles OSCAR L. MUSSIO y PEDRO BERTON. Expte Nº 53-1/2019 (HCD) y 4581/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 187/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles OSCAR L. MUSSIO, vereda Suroeste, desde Pedro Bertón hacia Enrique Lucero, PEDRO BERTâN, vereda Noroeste, desde Oscar Mussio hacia Raúl D’atri, PEDRO BERTâN, vereda Sureste desde Punto de Empalme hacia Raúl D’atri, incluye cruce por Juan Manuel Fangio, 314 metros, de ésta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 4581/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
20) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 188/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle MÁXIMO ONISCHUCK. Expte Nº 54-1/2019 (HCD) y 5593/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 188/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MAXIMO ONISCHUK, verda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Nelson David Festa, de ésta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 5593/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
21) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 189/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle FERNANDO DOMINGUEZ. Expte Nº 55-1/2019 (HCD) y 4426/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 189/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle FERNANDO DOMINGUEZ, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hasta Luis Alberto Sánchez, FERNANDO DOMINGUEZ, vereda Noreste, desde Luis Sánchez hacia Enrique Lucero, incluye cruce por Luis Alberto Sánchez, 149 metros, de ésta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 4426/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
22) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se acepta la donación con cargo efectuada por el Sr. JUAN ERNESTO DEL VISO, al Departamento Ejecutivo. Expte Nº 62-1/2019 (HCD) y 5558/2018/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículos 1º.- Acéptase la donación con cargo efectuada por el Sr. Juan Ernesto DEL VISO al Departamento Ejecutivo de Cuatro (4) valijas de diferentes formatos y composición material, de las décadas del ?60, ?70 y ?80 y de una (1) radio tipo Nobleza onda larga y onda corta de 1954, con el fin de ser depositadas para su exposición permanente en el Museo de la Casa del Fundador de la Ciudad de Santa Rosa, denominada “Estancia La Malvina”. Artículo 2º .- El Departamento Ejecutivo, a través de sus áreas técnicas, efectuará todas las gestiones necesarias para dar cumplimiento al cargo que impone la donación que se acepta en el Artículo 1º de la presente. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
23) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 145/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, exceptuándose la aplicación del Artículo 7º inc. c) de la Ordenanza Nº 5543 y modificatorias y del Artículo 7º inc. b) de la Ordenanza Nº 2209 y modificatorias, referente al Servicio Público de Transporte de Pasajeros. Expte Nº2-1/2015 (HCD) y 287/2018/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículos 1º.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 145/2019 del Sr. Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º .- Exceptúase de la aplicación del Artículo 7º, inciso c) de la Ordenanza Nº 5543 y modificatorias, y del Artículo 7º, inciso b) de la Ordenanza Nº 2209 y modificatorias, a los vehículos comprendidos en dichas normativas que se encuentren habilitados al 31 de Diciembre de 2018, los cuales podrán continuar prestando el servicio correspondiente hasta el 31 de Diciembre de 2019, debiendo contar con la Revisión Técnica Obligatoria (R.T.O.) en vigencia”. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
24) Despacho de la Comisión de Derechos Humanos. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la actividad “PAÑUELOS DE LA MEMORIA”, a desarrollarse el día 22 de Marzo/2019, en Plaza San Martín. Expte Nº 20-1/2018 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la actividad “PAÑUELOS DE LA MEMORIA”, a desarrollarse el día 22 de Marzo del corriente año, a partir de la hora 9:30, en la Plaza San Martín, en el marco de la Semana de la Memoria. Artículo 2º: Remítase copia de la presente al Movimiento Popular Pampeano de DDHH. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad .
25) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Disposición mediante el cual se dispone que toda la papelería oficial a utilizar en HCD, deberá llevar sobre el margen derecho la leyenda “1979-2019 40 AÑOS DE LA CEDAW”. Expte Nº 70-1/2019 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Disposición: “Artículo 1º: DISPONESE que en toda la papelería oficial a utilizar en el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa durante el corriente año, deberá llevar en el margen superior derecho la siguiente leyenda “1979 ? 2019 40 Años de la CEDAW”.- Artículo2º: Invítase al Departamento Ejecutivo Municipal a adherir a la presente Disposición.-Artículo 3º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Publíquese, Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad .
26) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Disposición mediante el cual se dispone que toda la papelería oficial a utilizar en HCD, deberá llevar sobre el margen izquierdo la leyenda “EL ATUEL TAMBIEN ES PAMPEANO” y sobre centro del margen inferior la leyenda “1949-2019 70 AÑOS DE GRATUIDAD DE LA ENSEÑANZA UNIVERSITARIA”. Expte Nº 31-1/2017 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Disposición: “Artículo 1º: DISPONESE que en toda la papelería oficial a utilizar en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa durante el corriente año, deberá llevar en el margen superior izquierdo la siguiente leyenda “El Atuel también es Pampeano”.- Artículo 2º: DISPONESE que en toda la papelería oficial a utilizar en el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa durante el corriente año, deberá llevar en el centro del margen inferior la siguiente leyenda “1949 ? 2019 70 Años de Gratuidad de la Enseñanza Universitaria”. Artículo 3º: Invítase al Departamento Ejecutivo Municipal a adherir a la presente Disposición.- Artículo 4º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Publíquese, Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad .
27) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 233/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, adhiriéndose a la Ley Nacional Nº 25.506 de Firma Digital. Expte Nº 71-1/2019 (HCD) y 603/2019/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 233/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Adhiérase a la Ley Nacional Nº 25.506 de Firma Digital. Artículo 2º: Autorízase el uso de la tecnología informática de firma digital en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa, tanto a nivel del Departamento Ejecutivo como del Honorable Concejo Deliberante, como así también de todo organismo dependiente del Estado Municipal. Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal y el Honorable Concejo Deliberante, en el ámbito de sus competencias reglamentarán su utilización y dispondrán la implementación gradual de los expedientes electrónicos garantizando su eficacia. Artículo 4º: Facúltase al Departamento Ejecutivo, en el marco de la Ley Provincial Nº 1597 “Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, a firmar convenios para efectivizar la implementación de la Firma Digital en el ámbito Municipal”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
28) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Disposición mediante el cual se Aprueba la reserva en Comisión del Expediente Nº 154/27/1998 (HCD) caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio” y la devolución al DE de los Exptes Nº 1047/2019/1-1 y 1046/2019/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Disposición: “ARTÍCULO 1º: Apruébase la Reserva en Comisión Administrativa y Reglamentaria del Expte Nº 154-27/1998 (HCD), caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio” y la devolución al Departamento Ejecutivo de los Expedientes que se detallan a continuación: Expte Nº 1047/2019/1-1 (DE) caratulado “S/Comunica Inicio Actuaciones Judiciales caratuladas “RIZZO, Adriana c/Municipalidad de Santa Rosa S/Daños y Perjuicios”. Expte Nº 1046/2019/1-1 (DE) caratulado “S/Comunica Inicio Actuaciones Judiciales caratuladas “BRAUN, María T. c/Municipalidad de Santa rosa S/Ordinario”. ARTÍCULO 2º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo Publíquese, Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
29) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 4 de la Ordenanza 5872/18 relacionado con el otorgamiento de un Préstamo de Promoción Económica a la Sra. Magdalena Haymal. Expte Nº 135/2018/1-1 (D.E). Por Secretaria se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículos 1º.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 132/2019 del Sr. Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º .- Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 5872/2018 el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 4º.- El Crédito otorgado, se respaldará mediante la constitución previo desembolso de los fondos de una fianza solidaria siento garante personal la Sra. MâNICA LILIANA FASIO, D.N.I. Nº 29.283.070, CUIL Nº27-29283070-5, quién presenta recibo de haberes actualizados y la documentación requerida por la normativa mencionada”. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con cuarenta y cinco minutos.

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