ACTA Nº 1387 CUARTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1387

En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con diez minutos, da comienzo la Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1387 CUARTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1387 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con diez minutos, da comienzo la Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.
Conforme una invitación de la Presidencia, el Concejal Jorge Eduardo Rodriguez procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
A continuación se ponen a consideración las Actas Nº 1384, 1385 y 1386 correspondientes a la Primera, Segunda y Tercera Sesión Ordinaria del período 2019. Las mismas son aprobadas por unanimidad sin observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 285/2019 mediante la cual se modifica el Presupuesto de Gastos vigente para el período de Febrero de 2019. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6030/19 mediante la cual se Aprueba el Crédito de Promoción Económica otorgado al Sr. FARRELL ARISTOY, Matías Aníbal. Expte Nº 61-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6031/19 Ratificando la Resolución Nº 267/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se Adhiere a la Ley Nº 3139 (Referente al Financiamiento de Proyectos Productivos). Expte. Nº 2-1/2016 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6034/19 Ratificando la Resolución Nº 091/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se deroga la Ordenanza Nº 5784/18, referente al Crédito de Promoción Económica otorgado al Sr. Alejandro VALVERDE BECERRA. Expte Nº 29-1/2018 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6035/19 Ratificando la Resolución Nº 062/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Alberto Grassi. Expte Nº 25-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6036/19 Ratificando la Resolución Nº 060/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle José Antonio Wilde. Expte Nº 23-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6037/19 Ratificando la Resolución Nº 064/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Jorge Selva Sur. Expte Nº 27-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6038/19 Ratificando la Resolución Nº 058/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Alemania. Expte Nº 21-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6039/19 Ratificando la Resolución Nº 059/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Oscar L: Mussio. Expte Nº 22-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6040/19 Ratificando la Resolución Nº 061/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Juan Ozino Caligaris. Expte Nº 24-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6029/19 mediante la cual se Aprueba la venta al Señor Pablo Aníbal PEREZ BERNARDOU de un sobrante Municipal. Expte. Nº 63/2019-1(HCD).- Pasa a Archivo.
I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6032/2019 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 272/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Adhiriendo al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Automotores (Pro.Na.Com).- Expte. Nº 81-1/2010 (H.C.D).- Pasa a Archivo.
I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6033/2019 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 124/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Prorrogando por 365 días el plazo dispuesto en Artículo 7º del Decreto Nº 176/91, ratificado por Ley Nº 3144.- Expte. Nº 1/1992-2 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6041/2019 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 106/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante declarando de Interés General y Utilidad Pública y autorizando la Obra de Alumbrado Público en calle Curacó. Expte Nº 29-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6042/19 Ratificando la Resolución Nº 065/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Jorge Selva Sur. Expte Nº 28-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.16.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6043/19 Ratificando la Resolución Nº 107/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calles Violeta Parra, Orlando Hernández y Pedro María Imaz Expte Nº 30-1/2019 (HCD).- Pasa a Archivo.
I.17.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6044/19 Ratificando la Resolución Nº 109/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calle Manuel Varela Expte Nº 31-1/2019 (HCD).
Pasa a Archivo.
I.18.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6045/19 Ratificando la Resolución Nº 115/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calle Emilio Civit. Expte Nº 33-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.19 Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6046/19 Ratificando la Resolución Nº 114/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calle Monseñor Seraffini. Expte Nº 32-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.20.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 327/2019 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
II.- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.
II.1.- Nota presentada por el Rectorado de la Universidad Nacional de La Pampa mediante la cual solicita se declare de Interés Municipal la conmemoración de los “70 años de Gratuidad Universitaria” que se celebra este año.-Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
III.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES III.1.- Nota presentada por la Parroquia Sagrado Corazón, mediante la cual solicitan la donación de un terreno en el Barrio Esperanza, ubicado en esquina de calles Toscano Sur y Gentile, para la construcción de la futura Capilla. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
IV.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA IV.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se otorga una excepción a la Ordenanza Tarifaria, Cap. 3º – Artículo 4º, al Sr. LOPEZ, Guillermo, con domicilio calle Valerga Nº 1552, por consumo excesivo de agua potable. Expte Nº 1765/2018/1-1 (DE). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
IV.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 5709/17 relacionada con Estacionamiento Medido. Expte Nº 3035/2010/1-2 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
IV.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque Frepam, mediante el cual se establece sentido único de circulación de Norte a Sur a la calle Rollino entre 20 de Julio y Carlos Gardel. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.
CONCEJALA CLAUDIA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Para, solicitar de acuerdo a lo convenido en Labor Parlamentaria, el ingreso sobre tablas y el pase a la Comisión de Hacienda de un Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a subsidiar hasta el cuarenta por ciento de los servicios sanitarios, en los metros cúbicos, en el caso de jubilados, pensionados y retirados, que superan el beneficio que ya tienen hoy por Ordenanza Fiscal, del cincuenta por ciento y que no superan el ochenta y cinco por ciento de la categoría dieciséis como tope máximo, con varios requisitos y condiciones.
Puesta a consideración la moción de la Concejala, el ingreso sobre tablas y su posterior derivación a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas es aprobado por unanimidad.
IV. 4.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se autoriza de dicho Departamento a subsidiar hasta el 40 % de los servicios sanitarios a jubilados, pensionados y retirados. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
IV.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se a V.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.
V.1.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Partido Justicialista mediante el cual solicita al DE evalúe la posibilidad de crear un nuevo Centro de Gestión Social en la zona comprendida por los Barrios N. Kirchner, Mandela, Esperanza, Pueblos Originarios, Reconversión y el Nuevo Barrio entregado últimamente. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
ORDEN DEL DÍA 1) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crea el Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa. Expte Nº 273-1/2018 (HCD) y 2126/2018/1-1(DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Créase el “Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la Ciudad de Santa Rosa”, que actuará como órgano asesor del Departamento Ejecutivo, con las funciones que le confiere la presente Ordenanza. En dicho Consejo estarán representados el Honorable Concejo Deliberante, el Departamento Ejecutivo, el Gobierno Provincial y las siguientes instituciones intermedias: la Universidad Nacional de La Pampa; la Cámara de Comercio, Industria y Producción de La Pampa; un/a representante de la Central Obrera legalmente reconocida en la Ciudad, la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda.; la Fundación Chadileuvú; la Asociación Civil Movilidad Sustentable La Pampa y el Colegio de Arquitectos de La Pampa.- Artículo 2º: Serán objetivos y atribuciones del Consejo Permanente: a) Aplicar el “Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa”, plasmado en el Estudio 1- EG- 267, que contemple un desarrollo local proyectado y previsible, sustentable y verde, e inclusivo, solidario y participativo, el cual una vez aprobado se remitirá a las distintas dependencias municipales para su conocimiento. El Plan Estratégico, especifica clara y puntualmente cuáles son las áreas, materias y temáticas que abordará, las cuales se constituirán en su área de competencia, a partir de la cual el Municipio pondrá todos sus esfuerzos para adoptar las líneas de acción en base a sus recomendaciones. El Consejo deberá mantener actualizado de manera constante el proceso de planificación, ampliando los estudios técnicos-profesionales y los espacios de construcción colectiva -abiertos o institucionales- de considerarlos necesarios. Todas sus decisiones deben estar enmarcadas dentro del Plan Estratégico vigente. b) Velar por el fiel cumplimiento de los objetivos, ejes estratégicos, proyectos, pautas y lineamientos del “Plan Estratégico para el Desarrollo de la Ciudad de Santa Rosa”, Estudio 1- EG- 267, aprobado por el Ministerio del Interior de la Nación, y estudios complementarios que se deriven. c) En todos los casos el Municipio se reserva la potestad de decidir cuál acción u obra llevar adelante, como así también el momento y forma de su ejecución, o -en su caso- su eventual paralización por razones de oportunidad, mérito y presupuesto. d) Al menos una (1) vez cada año, en el mes siguiente a la apertura de las Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante, el Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la Ciudad de Santa Rosa a través de la Comisión Directiva del Plan Estratégico para el Desarrollo de la Ciudad de Santa Rosa, deberá, en Audiencia Pública, dar a conocer el estado de desarrollo del Plan, su actualización, su grado de cumplimiento y las perspectivas a corto, mediano y largo plazo, como así también informar sobre el tratamiento que han tenido en el seno del Consejo las distintas iniciativas abordadas en el Organismo. e) Apoyar, asesorar e informar al Municipio, sobre aspectos del desarrollo local y sus incidencias. Podrá aconsejar acciones o iniciativas dentro de la órbita de su competencia. f) Realizar estudios, implementar auditorías y desarrollar planificaciones de corto, mediano y largo plazo que impacten en el desarrollo de la ciudad -en coherencia con el Plan Estratégico vigente. g) Constituir un registro de datos sobre: estadísticas, normativas, estudios, inventarios de infraestructuras y/o logísticas existentes, sobre la existencia de recursos humanos, de proyectos e iniciativas públicas y privadas que impacten en la sustentabilidad y desarrollo de la ciudad. h) Constituirse en un agente de difusión, comunicación, educación y apropiación sobre las buenas prácticas de planificación estratégica del desarrollo local de la ciudad.- i) Dictar su reglamento interno de funcionamiento, de acuerdo con las facultades y obligaciones establecidas en la presente Ordenanza. j) El Consejo con el voto de las dos terceras (2/3) partes del total de sus miembros, podrá remover a un integrante del mismo, por ausencias injustificadas a las reuniones o mal desempeño de sus funciones. k) Analizar y proponer la figura legal encuadrada dentro del marco normativo municipal, provincial y nacional hacia la cual evolucionará este Organismo, en función de la amplitud de sus incumbencias. l) Llevar a cabo todo otro acto que sea necesario para el cumplimiento de su objeto. ll) Realizar el seguimiento de los objetivos propuestos. Artículo 3º: DE LA CONFORMACIâN: El Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa, estará conformado por: a) El Concejo Deliberante, que estará representado por un (1) Concejal/la de cada partido o alianza política que conforman el Cuerpo Deliberativo; siendo designados en la Sesión Preparatoria, o en su defecto en la primera Sesión Ordinaria que prevé la Ley Nº 1597, Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento. Su designación durará el plazo de su mandato, salvo caso de renuncia, donde corresponderá ser reemplazado por un Concejal/a de su misma procedencia política partidaria, o de una facción que haya integrado su alianza partidaria. b) El Departamento Ejecutivo estará representado por el/la Intendente/a Municipal, quien podrá delegar sus funciones, ya sea de manera permanente o transitoria. Dicha designación podrá recaer en una o varias personas, en este último caso siempre actuará solo un/a representante; quien tendrá voz y voto en las decisiones de la Comisión. c) El Gobierno Provincial estará representado por el/la funcionario/a que designe el/la Gobernador/a oportunamente. d) Las Instituciones intermedias estarán representadas por un/a (1) representante por cada una de ellas, preferentemente su representante máximo; su mandato estará regulado por las normas de la institución a la que representa. No obstante, cada institución, al momento de renovar sus autoridades deberá ratificar ante la Comisión Directiva la designación de su representante. Ello sin exclusión de que a futuro puedan crearse nuevos organismos relacionados con el sector y por lo tanto incluirse en el Consejo, quienes participarán con un/a representante titular y un suplente, debidamente acreditados. Artículo 4º: El Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa será un órgano consultivo, democrático, de característica horizontal, por lo que para su necesaria referencialidad y representatividad, será coordinado por un representante titular y un suplente, además de una Secretaría, de alguno de los organismos involucrados de manera permanente. Sus funciones serán ad-honorem y serán designados en la primera reunión del año, durando un año en sus funciones. Artículo 5º: Se formará quórum con la presencia de los dos tercios (2/3) de la totalidad de los miembros con voz y voto. Las decisiones serán aprobadas por consenso y en caso de ser necesario, se votará, aprobando la moción o propuesta por los dos tercios (2/3) de los miembros presentes; si una votación empatase decidirá la Presidencia quien contará en este caso con doble voto. Artículo 6º: El Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa tendrá carácter de consultivo y propositivo. En caso de ser necesario gestionar aportes de financiamiento para apoyo logístico y/o técnico, el Departamento Ejecutivo creará la Cuenta Especial con destino específico a tal efecto. Artículo 7º: El Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la Ciudad de Santa Rosa, podrá conformar Comisiones de Trabajo sobre temas específicos, incluyendo Organismos e Instituciones invitadas que no formen parte integrante del mismo. Ambas instancias deberán contar con un Dictamen técnico elaborado por un equipo coordinado por el Departamento de Planificación y Gestión de la Dirección General de Desarrollo Local, o la repartición que en el futuro la reemplace, y profesionales o técnicos idóneos aportados por cada una de las instituciones participantes Artículo 8º: DE LA COMISION DIRECTIVA. El Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa, estará dirigido por la Comisión Directiva, integrada por el total de los representantes que conforman el “Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa”, quienes tendrán un (1) voto por integrante, a excepción de la Presidencia que contará con doble voto en caso de empate. La Comisión Directiva contará con un/a presidente/a que estará a cargo de el/la Intendente/a Municipal y un/a vicepresidente/a. La Presidencia deberá convocar a reunión a la Comisión Directiva, al menos, una vez por mes durante el período de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa. El funcionamiento de la reunión estará regido por esta norma y por la reglamentación interna que dicte la misma Comisión Directiva. Artículo 9º: DE LAS ATRIBUCIONES DE LA PRESIDENCIA. Son atribuciones y deberes del/la Presidente/a: a) convocar a reunión de la Comisión Directiva; b) presidir sus reuniones y dirigir sus debates; c) firmar, juntamente con el/la Vicepresidente/a o el/la Secretario/a. d) representar a la entidad en todos los actos en que ella pudiera tener interés en sus relaciones con el medio; e) informar a la Comisión Directiva de cuanto tema de interés resulte tanto en su relación con el medio, como en su funcionamiento interno; f) resolver por sí cualquier dificultad que pudiera presentarse, dando cuenta de ello a la Comisión Directiva en la primera reunión que se convoque, para la correspondiente ratificación de lo actuado. Artículo 10º: De la Ausencia Transitoria o Definitiva del/la presidente/a o vicepresidente/a. En caso de ausencia transitoria del/la Presidente/a, será reemplazado por el/la Vicepresidente/a, y en su caso por el/la Secretario/a. En caso de ausencia definitiva del/la Presidente/a, el/la Vicepresidente/a cubrirá, en ese carácter, el cargo hasta la finalización del mandato, si éste también se encontrare ausente en forma definitiva, la Comisión Directiva designará un/a Presidente/a que, en ese carácter, ocupe el cargo hasta la finalización del mandato.- Artículo 11º: De la Vicepresidencia y sus Atribuciones. La elección de el/la Vicepresidente/a será en la misma oportunidad y con las mismas condiciones que el/la Presidente/a. Colaborará con las funciones de éste/a y reemplazo en caso de ausencia. Asimismo, reemplazará en caso de ausencia temporaria a el/la Secretario/a. Artículo 12º: De la Secretaría. La elección de el/la Secretario/a de la Comisión Directiva será realizada por el mismo Cuerpo, y su nombramiento podrá recaer en cualquier miembro de la Comisión, pudiendo ser reelecto en su cargo. En todos los casos el/la Secretario/a continuará en su cargo hasta que la Comisión Directiva designe a su sucesor/a, a quien deberá entregarle bajo recibo toda la documentación de la entidad. Artículo 13º: De las Atribuciones de la Secretaría. Son atribuciones y deberes de el/ la Secretario/a: a) redactar o disponer la redacción de notas, actas, convocatorias, comunicaciones, correspondencias de la entidad y firmarlas juntamente con el/la Presidente/a; b) llevar los libros de actas de las reuniones que celebre la Comisión Directiva y todos aquellos documentos que sean necesarios para el ordenamiento administrativo de la entidad. Artículo 14º: De la Ausencia Transitoria o Definitiva del/de la secretario/a. En caso de ausencia transitoria de el/la Secretario/a, será reemplazado/a por el/la Vicepresidente/a, y en su caso por un miembro designado por la Comisión Directiva. En caso de ausencia definitiva del/de la Secretario/a, la Comisión Directiva designará su reemplazante. Artículo 15º: El Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa deberá redactar su reglamento interno de funcionamiento, dentro de los sesenta (60) días de la promulgación de la presente Ordenanza. Artículo 16º: Derógase la Ordenanza Nº 3859/2008 y su modificatoria. Artículo 17º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 056/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle HUCAL. Expte Nº 82-1/2019 (HCD) y 4502/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 056/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle HUCAL, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Emilio Civit, 74 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en Expte. N° 4502/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se otorga una excepción a los Artículos 72º, 76º, y 90º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, autorizando a la Sra. María Teresa PREZ a la cremación de los restos de sus familiares. Expte Nº 79-1/2019 (HCD) y 6286/2017/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Otórgase la excepción a los Artículos 72º, 76º y 90º inc. 1) de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, que regula la Política Mortuoria de la Ciudad, autorizando a la Autoridad de Aplicación a permitirle a la Señora María Teresa PREZ D.N.I. N.º 11.805.504 domicilio en calle : España 2046 de Toay La Pampa, a llevar a cabo la cremación de los restos de quien en vida fueren sus bisabuelos maternos el señor: José Ignacio ORMAECHEA y la Señora: Josefa J. De OLARRIAGA, no identificados y depositados en la bóveda con nomenclatura: MA TA ESE- 001 001 Ref. C 1625, perteneciente a la familia DE ORMAECHEA, ubicada en el Cementerio Local de esta ciudad; según consta en el Expediente Nº 6286/2017/1-1 (DE). Artículo 2º: Otórgase la excepción al Artículo 55º de la Ordenanza 4422/11 y sus modificatorias y habiéndose publicado edicto respectivo para su reconocimiento a la Sra. PREZ, María Teresa, D.N.I. 11.805.504, autorizando a retirar el ataúd pequeño no identificado que se encuentra depositado en la nomenclatura: MA ? TA- ESE ? 001 ? 001 Ref. C 1625, perteneciente a la familia DE ORMAECHEA, ubicada en el Cementerio Local de esta ciudad, los que serán depositados en el osario ubicado en el Cementerio Local; con en el fin de desocupar dicha referencia para su devolución al Municipio. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se otorga una excepción a los Artículos 41º y 42º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, a transferir la titularidad de la nichera de carácter privado a la Sra. Fabiana Zoraya SUSVIELLE, con domicilio en calle Payró Nº 1198 (B. Aeropuerto I). Expte Nº 80-1/2019 (HCD) y 958/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Otórgase la excepción a lo establecido en los Artículos 41º y 42º de la Ordenanza N.º 4422/11 y sus modificatorias a la señora Fabiana Zoraya SUSVIELLE, D.N.I. N.º 22.027.634, con domicilio en calle Payro N.º 1198 Barrio Aeropuerto I de esta ciudad; transfiriéndose la titularidad de la nichera, de carácter privado, identificada como Nomenclatura: MA- TA- SE H ? 005 – 021 referencia C 2305, ubicado en el Cementerio Local de esta ciudad a su favor, según consta en el Expediente N.º 958/2018/4-1, dejando a salvo la posible presentación de terceros que se consideren con mejor derecho y quedando sujeta a los lineamientos de la Ordenanza vigente. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5).- Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se exceptúa la aplicación del plazo de 120 días corridos previstos en el Artículo 32º Bis de la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias a la Sra. Martha BEDIS, a realizar el cambio de titularidad de la Licencia de Taxi Nº 05 a favor de su cónyuge Sr. RAMOS Roberto. Expte Nº 81-1/2019 (HCD) y 5764/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Exceptúase la aplicación del plazo de ciento veinte (120) días corridos previsto en el Artículo 32º bis de la Ordenanza N.º 4226/2010 y modificatorias a la Sra. BEDIS, Martha, D.N.I. N.º 12.194.450, a fin de poder hacer uso de la opción de realizar la transferencia de titularidad de la licencia de taxi N.º 05 a favor de su cónyuge Sr. RAMOS, Roberto Ricardo, D.N.I. N.º 11.485.019, por haberse acogido a la jubilación ordinaria y conforme a las constancias en el Expediente N.º 5764/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: El Sr. RAMOS, Roberto Ricardo, deberá acreditar, en forma previa a la transferencia definitiva de la titularidad de la licencia solicitada, el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos en el artículo 5º y demás contemplaciones citadas en la Ordenanza N.º 4226/2010 y sus modificatorias. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se otorga una excepción al Artículo Nº 55º de la Ordenanza Nº 4422/2011 y sus modificatorias, permitirle a la Sra. Miryam Ana PERALTA de PEREZ a retirar el ataúd pequeño, ubicado en el Cementerio Local para ser depositados en el osario dentro del mismo. Expte Nº 84-1/2019 (HCD) y 5728/2017/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Otórgase una excepción al Artículo 55º de la Ordenanza N.º 4422/11 y sus modificatorias y habiéndose publicado edicto respectivo para su reconocimiento y autorizando a la Autoridad de Aplicación a permitirle a la Señora: Miryam Ana PERALTA de PEREZ, a retirar el ataúd pequeño no identificado que se encuentra depositado en la Nomenclatura: MA- TA- ESD- 013- A- Referencia C 1589, perteneciente a la familia PEREZ, ubicada en el Cementerio Local de esta Ciudad, los que serán depositados en el osario ubicado en el Cementerio Local; con el fin de desocupar dicha referencia para su devolución al Municipio. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se acepta la baja y devolución de la nichera privada efectuada por la Sra. María Liliana RICO, ubicada en el Cementerio Local de nuestra ciudad. Expte Nº 2103/2017/4-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Acéptase la baja y devolución de la nichera privada, efectuada por la Señora: María Liliana RICO D.N.I. N.º 12.194.609, con domicilio en calle: 22 Nº 990 Norte en General Pico La Pampa; con relación a la nichera privada nomenclatura: MA ? TA- SE F ? 002 – 014, Referencia Nº C 1791, ubicada en el Cementerio Local de esta ciudad según consta en el Expediente Nº 2103/2017/41 (DE). Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se otorga una excepción a los Artículos 55º y 78 de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias sobre Cremación de Restos Mortuorios. Expte Nº 78-1/2019 y 864/2014/4-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Otórgase una excepción al Artículo 55º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias y habiéndose publicado edicto respectivo para su reconocimiento y autorizando a la Autoridad de Aplicación a retirar los seis (6) ataúdes que se encuentran depositados en la Nomenclatura: MA-TA-ES-D-005-019 Ref: C 1266, ubicada en el Cementerio Local de esta ciudad; con el fin de desocupar dicha referencia para su devolución al Municipio. Artículo 2º: Otórgase una excepción al Artículo 78 inc) 1 de la Ordenanza N.º 4422/11 y sus modificatorias, que regula la Política Mortuoria de la ciudad, autorizando a la Autoridad de Aplicación a desocupar la bóveda, con Nomenclatura: MA- TA- ES D – 005 ? 019 Ref. C 1266, ubicada en el Cementerio Local de esta Ciudad, según consta en el Expediente N.º 864/2014/4-1 (DE). Artículo 3º: Otórgase una excepción al Artículo 78º inc) 2 de la Ordenanza N.º 4422/11 y sus modificatorias que regula la Política Mortuoria de la ciudad, autorizando a la Autoridad de Aplicación a llevar cabo la cremación de los restos no identificados y depositados en la bóveda, con nomenclatura: MA- TA ? ES- D- 005- 019 Ref: C 1266, ubicada en el Cementerio Local de esta ciudad, según consta en el Expediente Nº 864/2014/4-1 (DE). Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
Por Secretaría se indica que a continuación se dará lectura al Punto 9) del Orden del día, incorporado como tal en la reunión de la Comisión de Labor Parlamentaria, siendo el mismo proveniente de la Comisión de Acción Social.
9) Despacho de la Comisión de Acción Social. Proyecto de Resolución mediante el cual se establece la adhesión del día 10 de mayo de cada año, como el Día Mundial del Lupus. Expte Nº 75/2017/1-1 (HCD).
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Establécese la adhesión Municipal al “DÍA MUNDIAL DEL LUPUS” el día 10 de Mayo de cada año. Artículo 2º.- Tómense las previsiones para que el día 10 de Mayo de cada año a las 21 horas, se ilumine de color violeta el frente de la Municipalidad, el monumento a San Martín de la Plaza General San Martín, la fuente ubicada en la intersección de Avda. Pedro Luro y Avda. San Martín y se mantenga dicha iluminación durante el transcurso de una semana. Artículo 3º.- Invítanse a todos los vecinos y vecinas adherir a la campaña iluminando su casa de violeta a partir del 10 de mayo de cada año y durante una semana, conmemorando el “DÍA MUNDIAL DEL LUPUS”. Artículo 4º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad .
Antes de finalizar, por Secretaría se informa que con motivo de la Conmemoración por el día de los Caídos en Malvinas el dos de abril, no se realizarán las reuniones de las Comisiones Permanentes de dicho Cuerpo correspondientes a esa semana; y que no se celebrará Sesión Ordinaria hasta el día jueves once de abril.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con cuarenta y cinco minutos.

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