ACTA Nº 1388 QUINTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1388
En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los once días del mes de abril del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con veinticinco minutos, da comienzo la Quinta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1388 QUINTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1388 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los once días del mes de abril del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con veinticinco minutos, da comienzo la Quinta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.
Conforme una invitación de la Presidencia, el Concejal Roberto Eugenio TORRES procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
A continuación se pone a consideración el Acta Nº 1387, correspondiente a la Cuarta Sesión Ordinaria del período 2019. La misma es aprobada por unanimidad sin observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6047/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 132/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., modificando el Art. 4º de la Ordenanza Nº 5872/18 referente al Crédito de Promoción Económica otorgado a la Sra. Mónica Liliana FASSIO. Expte Nº 121-1/2018 (HCD). Pasa a Archivo.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6048/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 145/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., exceptuando de la aplicación del Artículo 7º inc. c) de la Ordenanza Nº 5543 y modificatorias y del Artículo 7º inc. b) de la Ordenanza Nº 2209 y modificatorias, al Servicio Público de Transporte de Pasajeros. Expte Nº 2-1/2015 (HCD). Pasa a Archivo.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6049/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1652/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Tupac Amaru. Expte Nº 7-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6050/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1617/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Floricel Pérez. Expte Nº 4-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6051/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 057/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Isla Soledad. Expte Nº 20-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6052/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 055/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Clemente J. Andrada.- Expte Nº 19-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6053/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1657/2018 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles P: Ermesino, Martin Luther King, San Francisco de Asis y Sin Nombre. Expte Nº 12-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6054/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1656/2018 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Sergio López. Expte Nº 11-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6055/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1655/2018 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Francia. Expte Nº 10-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6056/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 187/2019 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Oscar L. Mussio y Pedro Bertón. Expte Nº 53-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6057/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 175/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle San Roque. Expte Nº 45-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6058/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 176/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Plumerillo, Enriqueta Schmidt y Congreso. Expte Nº 46-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6059/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 177/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Padre Farinatti. Expte Nº 47-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6060/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 188/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Máximo Onischuk. Expte Nº 54-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6061/19 mediante la cual se acepta la donación con cargo efectuada por el Sr. Juan Ernesto DEL VISO. Expte Nº 62-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.16.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6062/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 063/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Cristóbal Colón. Expte Nº 26-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.17.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6063/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 180/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Alejandro Colombato. Expte Nº 50-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.18.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6064/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 179/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Orlando Hernández . Expte Nº 49-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.19.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6065/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 178/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Ricardo Oses. Expte Nº 48-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.20.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6067/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 172/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Luis Alberto Sánchez. Expte Nº 42-1/2019 (HCD. Pasa a Archivo.
I.21.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6068/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 169/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Antonio Felice. Expte Nº 39-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.22.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6069/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 168/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Martin Luther King. Expte Nº 36-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.23.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6070/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 166/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Meringer, D’atri, Zocchi y Fangio. Expte Nº 36-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.24.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6071/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 189/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Fernando Domínguez. Expte Nº 55-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.25.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6072/19 mediante la cual se Crea el Consejo Permanente del Plan Estratégico. Expte Nº 273-1/2018 (HCD) Pasa a Archivo.
I.26.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 1/2019, mediante la cual se declara de Interés Municipal la actividad Pañuelos de la Memoria. Expte Nº 20-1/2018 (HCD). Pasa a Archivo.
I.27.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 2/2019, mediante la cual se establece la adhesión Municipal al Día Mundial del Lupus. Expte Nº 75-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.28.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 1/2019, mediante la cual se Dispone que toda la papelería oficial en el HCD, llevarán las leyendas “El Atuel también es Pampeano” y “1949 ? 2019 ? 70 Años de Gratuidad de la Enseñanza Universitaria, durante el corriente año. Expte Nº 31-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.29.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 2/2019, mediante la cual se Dispone que toda la papelería oficial en el HCD, llevará la leyenda “1979 ? 2019 ? 40 Años de la CEDAW”. Expte Nº 70-12019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.30.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 3/2019, mediante la cual se aprueba la Reserva en Comisión del Expte caratulado “S/Demandas Iniciadas al Municipio”. Expte Nº 154-27/1998 (HCD). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
I.31.- Providencia del Departamento Ejecutivo solicitando una prórroga hasta el 30 de Abril de 2019 para la presentación de la Cuenta Inversión 2018. Expte Nº 1585/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.32.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 292/2019 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.33.- Nota Nº 092/2019 remitida por el Sr. Secretario de Hacienda, Abastecimiento y Producción adjuntando copia del Informe de Horas Extras, realizadas por Agentes de este DE en los meses de Diciembre/2018 y Enero/2019. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.34.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6066/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 233/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., Adhiriendo a la Ley Nacional Nº 25.506 de Firma Digital. Expte Nº 71-1/2019 (HCD) Pasa a Archivo.
I.35.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 359/2019 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.36.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6073/19 mediante la cual se otorga una excepción a los Artículos 41º y 42º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, a la Sra. Fabiana Susvielle. Expte Nº 80-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.37.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6074/19 mediante la cual se otorga una excepción al Artículo 55º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, a la Sra. Miryam Peralta de Pérez. Expte Nº 84-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.38.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6075/19 mediante la cual se Acepta la baja y la devolución de la nichera privada efectuada por la Sra. María Liliana Rico. Expte Nº 83-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.39.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6076/19 mediante la cual se otorga una excepción a los Artículos 72º, 76º y 90º inc.1) de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias, a la Sra. María Teresa Prez. Expte Nº 79-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.40.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 6077/19 mediante la cual se otorga una excepción a los Artículos 55º y 78º de la Ordenanza Nº 4422/11 que regula la Política Mortuoria. Expte Nº 78-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.41.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de Ordenanza Nº 6079/19 mediante la cual se exceptúa la aplicación del plazo de 120 días corridos previstos en el Artículo 32º Bis de la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias a la Sra. Martha BEDIS. Expte Nº 81-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES II.1.- Nota presentada por la Cámara de Propietarios de Taxis y Radiotaxis de La Pampa adjuntando un Proyecto de reforma del cálculo de la Tarifa del Servicio de Taxis y Radiotaxis de nuestra ciudad. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II.2.- Nota presentada por el Sindicato de Peones de Taxis de La Pampa por la cual solicitan la modificación del Artículo 30 de la Ordenanza 4226/2010 y sus modificatorias relacionada con las licencias otorgadas a los choferes de taxis. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II-3.- Nota presentada por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales, adjuntando un Proyecto de Ordenanza modificatoria de la Ordenanza 4412/2011 que regula los concursos de oposición y antecedentes para los Agentes municipales. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
II.4.- Nota presentada por el Sr. Carlos F.ANTON y la Sra. Gabriela M. SOMOVILLA, por la cual solicitan por vía de excepción la aprobación de la construcción según croquis adjunto. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II.5.- Nota presentada por el Sr. Néstor O. Fernández por la cual solicita se declare de Interés Municipal la 9º Edición del Festival Anual de Danza y Canto “Esperando el 9 de Julio”, organizada por Agrupación Estrella Sureña. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
II.6.- Nota presentada por el Sr. Secretario General del S.O.E.M, Omar Rojas, mediante la cual adjunta Proyecto de Ordenanza, modificatorio de la Ordenanza Nº 5859/18, que regula el Ingreso a Planta Permanente de los contratados mediante Resolución Nº 247/1993. Pasa a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
II.7.- Nota presentada por el ROTARACT Santa Rosa, mediante la cual solicita se declare de Interés Municipal la presentación del Proyecto “MAR DEL SURF”, a cargo del instructor Sr. Lucas Rubiño, a realizarse en La Caleta el Domingo 14 del corriente.
PRESIDENCIA: De acuerdo a Labor Parlamentaria, se emite un despacho que pasa como punto 30) del Orden del día.
III.- DE LOS PROYECTOS DE COMUNICACIâN ? Resolución Y DISPOSICIâN.-
III.1.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Partido Justicialista mediante el cual se repudian las medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional sobre la reducción presupuestaria del I.N.T.A, como también las acciones tomadas por el Consejo Directivo del I.N.T.A, que implican el cierre de las Agencias de Extensión Rural. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
ORDEN DEL DÍA Por Secretaría se indica que los puntos 1) a 4) se pondrán a consideración de manera conjunta por tratarse de Proyectos de Ordenanza ratificando Resoluciones del señor Intendente Municipal dictadas Ad Referéndum del Concejo Deliberante referentes a Obras de Alumbrado Público en distintas calles de la ciudad.
- Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 116/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la Obra de Alumbrado Público en calle EMILIO CIVIT. Expte Nº 34-1/2019 (HCD) y 6060/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 116/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle EMILIO CIVIT, entre Utracán y Alicia Moreau de Justo, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6060/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3 º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 117/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la Obra de Alumbrado Público en calle JUAN MANUEL FANGIO. Expte Nº 35-1/2019 (HCD) y 6062/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 117/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle JUAN MANUEL FANGIO, entre María Elena Walsh y Timoteo “Dino” Saluzzi, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6062/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas Artículo 3 º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 181/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la Obra de Alumbrado Público en calle NICOLAS TOSCANO Sur. Expte Nº 51-1/2019 (HCD) y 6060/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 118/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle NICOLAS TOSCANO Sur, entre Liberato Rosas y Mario Fiorucci de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5361/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3 º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 182/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública y Autorizando la Obra de Alumbrado Público en calle BALDOMERO TELLEZ. Expte Nº 52-1/2019 (HCD) y 5362/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 182/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle BALDOMERO TELLEZ, entre Nicolás Toscano Sur y Olga Orozco de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 5362/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3 º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
A continuación, por Secretaría se informa que los puntos 5) a 23), serán tratados de manera conjunta al igual que los anteriores, por tratarse en todos los casos de Proyectos de Ordenanza ratificando Resoluciones del señor Intendente Municipal dictadas Ad Referéndum del Concejo Deliberante relacionadas con obras de gas natural en distintas calles de la ciudad.
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1597/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle VIRGEN DE FÁTIMA. Expte Nº 2-1/2019 (HCD) y 4248/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1597/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle VIRGEN DE FÁTIMA, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia San Francisco de Asís, 65 metros, de esta ciudad, de acurdo a documentación obrante en Expte. N° 4248/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1598/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle VICTOR LORDI. Expte Nº 3-1/2019 (HCD) y 4615/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1598/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles VÍCTOR LORDI, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia Hugo Del Carril, HUGO DEL CARRIL, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Avenida Pedro Luro, 86 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 4615/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1650/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles ORLANDO HERNANDEZ, ENRIQUE LUCERO e IGNACIA CAYUPÁN Expte Nº 5-1/2019 (HCD) y 4110/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1650/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ORLANDO HERNANDEZ, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Enrique Lucero, ENRIQUE LUCERO, vereda Sureste, entre Ignacia Cayupán y Orlando Hernández, IGNACIA CAYUPAN, vereda Noreste, entre Pedro Bertón y Enrique Lucero, PEDRO BERTON, vereda Noroeste, entre Ignacia Cayupán y Orlando Hernández, incluye cruce por Pedro Bertón, 424 metros, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 4110/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1651/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles LUIS ALBERTO SANCHEZ, IGNACIA CAYUPÁN, ORLANDO HERNANDEZ y ENRIQUE LUCERO. Expte Nº 6-1/2019 (HCD) y 4018/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1651/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles LUIS ALBERTO SANCHEZ, vereda Sureste entre Ignacia Cayupán y Orlando Hernández, IGNACIA CAYUPAN, vereda Noreste, entre Luis Alberto Sánchez y Enrique Lucero, ORLANDO HERNANDEZ, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Luis Alberto Sánchez, ENRIQUE LUCERO, vereda Noroeste, entre Orlando Hernández e Ignacia Cayupán, incluye cruce por Enrique Lucero, 395 metros, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 4018/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1653/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ELISEO TELLO. Expte Nº 8-1/2019 (HCD) y 4617/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1653/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ELISEO TELLO, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Doctor Juan Ozino Caligaris, 26 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 4617/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1654/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle Monseñor MIGUEL ANGEL ALEMAN. Expte Nº 9-1/2019 (HCD) y 4267/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1654/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Monseñor MIGUEL ANGEL ALEMAN, vereda Suroeste desde Punto de Empalme hacia Trenel, 93 metros, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 4267/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1660/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JUAN CARLOS NEVEU. Expte Nº 13-1/2019 (HCD) y 3732/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1660/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JUAN CARLOS NEVEU, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Nicolás Toscano Sur, 42 metros, de acuerdo a documentación obrante en el Expte. N° 3732/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza 12) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1673/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle MONSEÑOR SERAFFINI. Expte Nº 14-1/2019 (HCD) y 4614/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1673/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Monseñor SERAFFINI, vereda Oeste desde Punto de Empalme hacia Cacique Pincén, 15 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 4614/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
13) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1674/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI. Expte Nº 15-1/2019 (HCD) y 4737/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1674/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles TIMOTEO “DINO” SALUZZI, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Curacó, CURACO, vereda Suroeste, desde Timoteo “Dino” Saluzzi hacia Pedro Bertón, 190 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 4737/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
14) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1700/2018, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle HUCAL. Expte Nº 16-1/2019 (HCD) y 4926/2018/1-1 (DE)
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 1700/2018 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle HUCAL, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Emilio Civit, 25 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 4926/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
15) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 053/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JUAN OZINO CALIGARIS. Expte Nº 17-1/2019 (HCD) y 4616/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 053/2019del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JUAN OZINO CALIGARIS, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Nicolás Toscano Sur, 12 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 4616/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
16) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 054/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle TULIPANES. Expte Nº 18-1/2019 (HCD) y 4927/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 054/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TULIPANES, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Juana Azurduy, 55 metros, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 4927/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
17) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 167/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle MALVINAS ARGENTINAS. Expte Nº 37-1/2019 (HCD) y 5528/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 167/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MALVINAS ARGENTINAS, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Salta, 20 metros, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 5528/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa EMSA Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa EMSA Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
18) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 170/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle LUIS PASTEUR. Expte Nº 40-1/2019 (HCD) y 5040/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 170/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LUIS PASTEUR, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Utracán, 50 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte. N° 5040/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa BK.Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK. Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
19) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 171/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles UTRACAN y EMILIO CIVIT. Expte Nº 41-1/2019 (HCD) y 5504/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º. RATIFICASE la Resolución Nº 171/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles UTRACAN, vereda Noreste, desde Emilio Civit hacia Lope de Vega, UTRACAN, vereda Suroeste, entre Emilio Civit y Lope de Vega, EMILIO CIVIT, vereda Sureste, desde Utracán hacia Alicia Moreau de Justo, 268 metros, incluye cruce por Utracán, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en Expte. N° 5504/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa ILKA Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa ILKA Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
20) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 173/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JORGE LUIS BORGES. Expte Nº 43-1/2019 (HCD) y 5015/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 173/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JORGE LUIS BORGES, vereda Suroeste desde Punto de Empalme hacia Victorica, 136 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte. N° 5015/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
21) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 174/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle POSTA DE YATASTO. Expte Nº 44-1/2019 (HCD) y 4738/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 174/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle POSTA DE YATASTO, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Pilcomayo, 27 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte. N° 4738/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
22) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 190/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles ALICIA MOREAU DE JUSTO, EMILIO CIVIT y JUAN BAUTISTA ALBERDI. Expte Nº 56-1/2019 (HCD) y 5399/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 190/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ALICIA MOREAU DE JUSTO, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia Emilio Civit, EMILIO CIVIT, vereda Noroeste, desde Utracán hacia Alicia Moreau de Justo, UTRACAN, vereda Suroeste, entre Juan Bautista Alberdi y Emilio Civit, JUAN BAUTISTA ALBERDI, vereda Sureste, desde Alicia Moreau de Justo hacia Utracán, 421 metros, incluye cruce por Juan Bautista Alberdi, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 5399/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
23) Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 191/2019, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle PAUL P. HARRIS. Expte Nº 57-1/2019 (HCD) y 5919/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- RATIFICASE la Resolución Nº 191/2019 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles P. HARRIS, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Enriqueta Schmidt Sur, ENRIQUETA SCHMIDT, vereda Oeste, desde Paul P. Harris hacia Congreso, 112 metros de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. N° 5919/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra mencionada en el Artículo 1º, será financiada y ejecutada por la Empresa ILKA Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa ILKA Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
24) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas, Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al DE. a subsidiar por períodos anuales el 40% de la Tarifa de Servicios Sanitarios a jubilados, retirados, pensionados y personas con discapacidad que no se encuentren alcanzados dentro de las reducciones establecidas en los Artículos 47º y 48º de la Ordenanza fiscal Nº 237/86 y modificatorias. Expte Nº 90-1/2019 (HCD) y 1634/2019/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a subsidiar por períodos Anuales, el 40 % de la tarifa se Servicios Sanitarios a aquellos jubilados, retirados, pensionados y personas con discapacidad acreditada mediante certificado previsto en el Artículo 4º de la Ley 2226 (Ordenanza Nº 5242/2015) que no se encuentren alcanzados dentro de las reducciones establecidas en los Artículos 47º y 48º de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86 y modificatorias, cuando sus ingresos no superen el doble de los haberes de la asignación de la Categoría 16 del agente comunal, sean propietarios de vivienda única, habiten en ella, con un máximo de hasta dos personas, y el consumo de agua no exceda un volumen mensual de 15 m3. A los efectos del otorgamiento del presente subsidio, los beneficiarios deberán contar con libre deuda municipal por tasas y Servicios Municipales correspondiente al inmueble de su propiedad o con plan de regularización de deuda al día. Artículo 2º.- El subsidio referido se otorgará a solicitud del interesado, previo estudio socio-económico que cumplimente los datos mínimos establecidos en el Artículo 49º de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86 y modificatorias. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Giorgis.
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Para, agregar a los fundamentos originales de este Proyecto de Ordenanza del Departamento Ejecutivo Municipal que hoy estamos aprobando y al texto mismo de la Ordenanza, algunas consideraciones. Esto forma parte de seguir manteniendo y profundizando la política de subsidios a los más débiles. En este caso, a los jubilados y jubiladas de la ciudad. Que, además de haber mantenido los beneficios para estos sectores más vulnerables que ya tiene la Ordenanza Fiscal de por sí. En este caso ampliar la escala de beneficiarios. También, decir que el Proyecto viene a colación de una medida que tuvimos que tomar al principio de la gestión, cuando nos encontramos con un sistema de medición prácticamente nulo. Es decir, no había habido durante muchos años una política de recambio de cañerías, ni de recambio de acometidas domiciliarias, ni de recambio de medidores. Entonces, realmente era inexistente la medición del servicio. Tampoco encontramos al inicio de la gestión, ningún tipo de planificación al respecto. Es decir, no se habían hecho las obras. Pero, tampoco había planes de hacerlas. Por lo tanto, de ahí partimos. La verdad, que el Municipio hizo las gestiones y lo puso como un punto realmente muy prioritario en lo que fue el acuerdo con el Gobierno Provincial en el Plan de Mitigación. A comienzos del dos mil dieciséis, una de las prioridades que estableció la Municipalidad fue justamente ésta. Teniendo en cuenta la enorme perdida de agua de red que tan cara es a la Municipalidad y a los vecinos desperdiciada por las calles de la ciudad. El fin, fue justamente darle prioridad junto con el Gobierno de Provincia. Se está cumpliendo. Se está desarrollando este Plan de recambio de acometidas domiciliarias. Se van a completar unas once mil. Realmente la ciudad y nosotros en particular desde la gestión municipal estamos agradecidos de esto. En particular con el Ministerio de Obras Públicas, que en persona el Ministro Bargero se ha ocupado de algunos inconvenientes. Porque, como todos sabemos, las obras se diseñan, se planifican y después cuando se llevan a la práctica ocurren inconvenientes. Hemos entablado una relación para que esos inconvenientes se vayan solucionando. Y, también de formular soluciones a cuestiones que por ahí no fueron tenidas en cuenta originalmente en los pliegos licitatorios, y que van a ayudar a mejorar la práctica de estas obras para que redunden en beneficio para el vecino, a futuro. Éstas, son un conjunto de obras que tienen que servir para muchos años en la ciudad. Así que ésa, es la perspectiva que tiene este Proyecto. Y éste, es el contexto de beneficiar a estos jubilados que realmente no llegan a consumir, porque viven solos, los quince metros cúbicos. Entonces, se les da la autorización al Ejecutivo Municipal para que pueda reducirlos a nueve. Teniendo en cuenta, además, que es una franja de contribuyentes que realmente tiene voluntad de pago y que se preocupan mucho cuando no pueden llegar a pagar sus tasas.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
25) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la “BIENAL DE TIPOGRAFIA LATINOAMERICANA”, a realizarse entre los días 12 y 28 de Abril del corriente. Expte Nº 86-1/2019 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la “BIENAL DE TIPOGRAFÍA LATINOAMERICANA”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa entre los días 12 y 28 de Abril (MEDASUR). Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la Asociación de Diseñadores Pampeanos (ADIPA), organizador del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
26) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal el “III ENCUENTRO INTERNACIONAL FEMINISTA HUMANISTA” a realizarse los días 18, 19 y 20 de Abril del corriente año. Expte Nº 76-1/2019 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés INTERNACIONAL FEMINISTA HUMANISTA”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa entre los días 18, 19 y 20 de Abril del corriente año en el Albergue Municipal (Parque Don Tomás). Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la Colectiva Feminista Humanista de La Pampa, organizadora del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por mayoría con el voto afirmativo de los/as Concejales/as Bravo, Cuelle, Dominguez, Eleno Arrola, Fernández, Galluccio, Giorgis, Ibarguren, Rodriguez y Villatoro; y el voto negativo de la Concejala Lezcano y del Concejal Torres.
27) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal el “II CONGRESO DE LA RED DE ENFERMERÍA EN EMERGENCIA Y DESATRES ? REEDA -; II CONGRESO PROVINCIAL DE LA RED DE ENFERMERÍA FAMILIAR Y COMUNITARIA ? REDAEFIC – y I CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIâN EN ENFERMERÍA” a realizarse entre los días 30/07 y 02/08 del corriente año. Expte Nº 75-1/2019 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “II CONGRESO DE LA RED DE ENFERMERÍA EN EMERGENCIA Y DESASTRES ?REEDA-, II CONGRESO PROVINCIAL DE LA RED DE ENFERMERÍA FAMILIAR Y COMUNITARIA ?REDAEFIC-, I CONGRESO INTERNACIONAL DE INVESTIGACIâN EN ENFERMERÍA”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa entre los días 30 y 31 de Julio y 01, 02 de Agosto de corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la “Red de Enfermaría en Emergencia y Desastres de las Américas (Reeda La Pampa), Red de Enfermería en Emergencia y Desastres de las Américas (Reeda Nacional) y a Redes Nacionales de Enfermería de las Américas (Enfa Américas)”, organizadoras del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
28) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 5107/2014 designando nombre de barrios y calles de nuestra ciudad. Expte Nº 198-2/2014 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 5107/2014 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º: Desígnase con el nombre de “NELSON R. MANDELA” al Barrio ubicado entre calles J. B. Calo, vereda Norte; L. Rosas, vereda Sur; Hortensia Maggi, vereda Este y Oscar Carlos Di Liscia, vereda Oeste de la ciudad de Santa Rosa”. Artículo 2º: Desígnase con el nombre de “ARA SAN JUAN” al barrio ubicado entre calles J. B. Calo, vereda Sur; Padre Ermesino, vereda Norte; Toscano Sur, vereda Este; Hortensia Maggi, vereda Oeste de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 3º: Desígnase con el nombre de “PADRE NICOLAU” a la calle paralela ubicada entre calles J. B. Calo y Madre María desde Avda. Brigadier Gral. Juan M. De Rosas hasta el fin del Ejido Municipal de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 4º: Desígnase con el nombre de “PADRE DEVITO” a la calle paralela ubicada entre calles Madre María Y San Cayetano desde Avda. Brigadier Gral. Juan M. De Rosas hasta el fin del Ejido Municipal de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 5º: Desígnase con el nombre de “PADRE HOLZMAN” a la calle paralela ubicada entre calles San Cayetano y San Francisco de Asís desde Avda. Brigadier Gral. Juan M. De Rosas hasta el fin del Ejido Municipal de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 6º: Desígnase con el nombre de “PADRE VALLA” a la calle paralela ubicada entre calles San Francisco de Asís y Padre Ermesino desde Avda. Brigadier Gral. Juan M. De Rosas hasta el fin del Ejido Municipal de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 7º: Desígnase con el nombre de “HORTENSIA MAGGI OESTE” a la calle paralela ubicada entre calles San Francisco de Asis y Madre María desde Avda. Brigadier Gral. Juan M. De Rosas hasta el fin del Ejido Municipal de la ciudad de Santa Rosa Artículo 8º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
29) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se designa con el nombre de “PROCREAR” al Barrio ubicado entre Avda. Circunvalación Santiago Marzo Este, y calles Entre Ríos, C. Carman Norte, P:Torroba, N: Rubio Norte y M: Duarte de nuestra ciudad. Expte Nº 198-2/2014 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Desígnase con el nombre de “PROCREAR” al Barrio ubicado entre Avda. Circunvalación Santiago Marzo Este y calles Entre Ríos, C. Carman Norte, P. Torroba, N. Rubio Norte y M. Duarte de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
30) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la presentación del Proyecto “Mar del Surf”. Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la presentación del proyecto “MAR DEL SURF”, a cargo del Sr. Lucas Rubiño, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el día 14 de Abril del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente al Rotaract Club Santa Rosa, organizador del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. ¿Ha concluido los temas de la Sesión?. Sí. Si me permite, quisiera hacer un pequeño homenaje. Y, aprovecho el final de la Sesión, justamente para no ponerle algún condicionamiento a la charla que tuvimos con los trabajadores del área de Cultura precio al inicio de la Sesión. Quisiera hacer, si me permiten, un humilde homenaje. Porque, ustedes saben que en Argentina la Ley 13010 de 1947, constituyó un hito en la República Argentina al otorgarle el voto a la mujer en nuestro país. Pero, sin embargo hace dos días, se conmemoran los noventa y un años de la primera vez que se institucionaliza el voto en la República Argentina. Que, se produce en la provincia de San Juan. Donde, la Unión Cívica Radical Bloquista forma la Constitución a través de los hermanos Cantoni. Aldo era el gobernador, y Federico era Convencional. Ahí, se institucionaliza que la mujer puede votar. De hecho, sufragó un nueve de abril de mil novecientos veintiocho. Me parece que, para que no se transforme en un anacronismo esto de quien ha visibilizado el derecho a la mujer, hay que recorrer toda la historia. Posiblemente desde las primeras luchadoras, allá por principio del Siglo XX, hasta llegar a la Ley 13010. Me parece que es importante rescatar ésto en la memoria. Me parece que es una cuestión que tampoco debemos pasar, sobre todo teniendo en cuenta que en elecciones posteriores no sólo podían votar, sino ser votadas. Hubo Intendentas. Hubo Diputadas. Me parece, reflejar que en la primera elección del ocho de abril, votó el noventa y siete por ciento del padrón de mujeres de la provincia de San Juan. Por supuesto, en el año mil novecientos treinta, la misma Corte Suprema de Justicia que avaló el Golpe del Treinta, fue la que dio de baja la Constitución de la provincia de San Juan, y otra vez las mujeres tuvieron que volver a fojas cero. Pero ésa, es otra historia que en algún otro momento tocaremos. Simplemente, era hacer y rendir un humilde homenaje a quienes tuvieron la visión de garantizar derechos a quienes se les estaban negando en el año mil novecientos veintiocho. Nada más, señor Presidente.
Por Secretaría se informa que debido al feriado de Semana Santa, la Sexta Sesión Ordinaria se realizará el próximo jueves veinticinco de abril.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con cincuenta minutos.