ACTA Nº 1420 SEGUNDA SESIâN ORDINARIA REUNIâN Nº 1420

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los doce días del mes de marzo del año dos mil veinte, siendo la hora diez con tres minutos, da comienzo la Segunda Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2020

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1420 SEGUNDA SESIâN ORDINARIA REUNIâN Nº 1420 En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los doce días del mes de marzo del año dos mil veinte, siendo la hora diez con tres minutos, da comienzo la Segunda Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2020, bajo la presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, secretaria a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA y con la presencia de los concejales y concejalas Nancy Fabiana CASTAÑIERA, José Carlos DEPETRIS, Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Claudia Bibiana GIORGIS, Marcelo Raúl GUERRERO, Juan Bautista LIMA, Pablo PERA IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA, Ana Natalia SUELDO y Norma Analía TORRES.
Conforme una invitación de la presidencia, el concejal Rodríguez Vega procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.
A continuación se pone a consideración el Acta Nº 1419 correspondiente a la Primera Sesión Ordinaria del período 2020. La misma es aprobada por unanimidad sin observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS.
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 255/20 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Disposición Nº 1/2020, mediante el cual se Designa el Consejo Permanente del Plan Estratégico para el Desarrollo de la ciudad de Santa Rosa. Expte Nº 273-1/2018 (HCD). Pasa a Archivo.
I.3.- Nota Nº 010/2020 presentada por el Departamento Ejecutivo mediante la cual se solicita una prórroga hasta el 30 de Abril/2020 para la presentación de la Cuenta de Inversión año 2019. Expte Nº 915/2020/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
II.-DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.
II.1.-Nota presentada por la Asociación de Scouts Argentina, mediante la cual solicitan se declare de Interés Municipal la visita de la Sra. María Rustan Jefa de Scout Argentina Asociación Civil. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
II.2.- Nota presentada por la Fundación Madre Teresa solicitando copia oficial de la Ordenanza Nº 6227/19 y del Expediente Nº 5774/19 relacionado con las Cuentas Especiales “Promoción y Reconversión Económica”. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el concejal Pera Ibarguren.
CONCEJAL PERA IBARGUREN: Presidenta. Quería, si es posible, hacer una simple mención o aclaración en relación a este punto que va a pasar a la Comisión respectiva. Este punto en particular, o el pedido, es por una situación ocurrida el año pasado, en relación a las instituciones que realizan trabajos con las personas con discapacidad. Y, se había generado una polémica que por ahí nos interesaría dejar aclarado aquí, en el Recinto. Lo que pide la Fundación, es una fotocopia de una Ordenanza que sancionó este Concejo Deliberante el año pasado, donde se autorizaba al intendente a realizar unas reestructuras presupuestarias, destinando fondos que estaban en principio destinados a instituciones que trabajan con personas con discapacidad, para el pago de sueldos de los trabajadores y trabajadoras municipales. La controversia que se ha suscitado y ha salido en los medios públicos de información, es que se había hablado de que la gestión anterior había desviado fondos o le había quitado fondos a las instituciones relacionadas con la problemática de la discapacidad. En ese sentido, simplemente decir, que se seguramente se aclarará al peticionante de esta Ordenanza que, la Ordenanza en cuestión fue sancionada por unanimidad por este Concejo, acompañada por todos los Bloques políticos que en ese momento integraban el Concejo Deliberante. Y, también dejar en claro, que no ha habido en la gestión anterior una merma de los fondos hacia las instituciones, porque año a año han crecido los fondos que se han distribuido. Y, aclarar también, que en otras oportunidades en que se han realizado estas reestructuras presupuestarias, ello no implicó que en su momento se les distribuyera la totalidad de los fondos, porque estas distribuciones se realizan una vez al año. Y ahora estamos pronto a realizar la nueva distribución. Simplemente esa aclaración. Muchas gracias por permitirme la palabra.
PRESIDENCIA: ¿Algún otro concejal o concejala va a ser uso de la palabra?…si no, continuamos.
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZAS.
III.1.-Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se modifican los Artículos 4º y 5º de la Ordenanza Nº 6264/19, relacionado con mano única de circulación obligatoria a la calle Juan Mecca y Pasaje Real en el Barrio Villa Santillán Oeste. Expte Nº 5333/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Frejupa mediante el cual se “Crea el Mapa de la Memoria de la ciudad de Santa Rosa y el Circuito Histórico de la Memoria”. Pasa a las Comisiones de Derechos Humanos y Administrativa y Reglamentaciones.
III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Frejupa mediante el cual la Municipalidad de Santa Rosa se adhiere a la Ley Provincial Nº 3129 de Regulación del funcionamiento de Residencias de Corta y Larga Estadía y Centros de Días para personas mayores con o sin fines de lucro. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el DE, mediante el cual se modifica el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 5740/17 relacionada con los horarios de carga y descarga para los vehículos de dicha operación en la zona céntrica de la ciudad. Expte Nº 859/2020/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
III.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el DE, mediante el cual se deja sin efecto en todos sus términos la Ordenanza Nº 6092/2019 ? Obra de Gas Natural en calle MALVINAS ARGENTINAS.- Expte Nº 5528/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el DE, mediante el cual se modifica el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 6076/19, relacionado con la Excepción al Artículo 55º de la Ordenanza Nº 4422/11 y sus modificatorias sobre extracción de restos mortuorios en el Cementerio Local. Expte Nº 6286/2017/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
ORDEN DEL DÍA.
PRESIDENCIA: Por acuerdo de Labor Parlamentaria se emitió un Despacho mediante el cual se incorpora el artículo 17 Bis a la Ordenanza Nº 5709, referente al otorgamiento de franquicias sobre el derecho de estacionamiento para los vehículos conducidos por Veteranos de Malvinas, que se incorpora al Orden del día. Tiene la palabra el concejal Depetris.
CONCEJAL DEPETRIS: Señora presidenta. Solicito que se incorpore como punto 9) al Orden del Día. Gracias.
Puesta a consideración, la moción del concejal es aprobada por unanimidad.

  1. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la “Participación de la Colectiva Feminista Humanista Abolicionista” en el IV Encuentro Internacional a realizarse en la ciudad de Arica (Chile). Expte Nº 76-1/2019 (HCD).

Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la “PARTICIPACIâN DE LA COLECTIVA FEMINISTA HUMANISTA ABOLICIONISTA”, en el IV Encuentro Internacional Feminista Humanista a realizarse en la ciudad de Arica, Chile, los días 9, 10, 11 y 12 de Abril del corriente año.- Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la Colectiva Feminista Humanista de La Pampa. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad 2) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal el “Día Mundial de la Concientización sobre el Autismo” el día 2 de Abril de 2020. Expte Nº 31-1/2011(HCD).-
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “DÍA MUNDIAL DE CONCIENTIZACIâN SOBRE EL AUTISMO” el día 02 de Abril del corriente año en la ciudad de Santa Rosa, La Pampa. Artículo 2º.- Remítase copia de la Presente a Punto de Apoyo, organizadores del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
3) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual el HCD expresa su beneplácito por la “Postulación del Equipo Argentino de Antropología Forense” como candidato al Premio Nobel de la Paz de año 2020. Expte Nº 58-1/2020 (HCD).
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa expresa su beneplácito por la “POSTULACIâN DEL EQUIPO ARGENTINO DE ANTROPOLOGÍA FORENSE”, como candidato para el Premio Nobel de La Paz del año 2020.- Artículo 2º.- Remítase copia de la presente al Equipo Argentino de Antropología Forense. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Concejal Pera Ibarguren, tiene la palabra.
CONCEJAL PERA IBARGUREN: Gracias, señora presidenta. Para, expresar que el Bloque del FREPam ha presentado este Proyecto que ha tenido despacho favorable desde la Comisión. El motivo de este Proyecto, es acompañar institucionalmente, y expresar el beneplácito de este Concejo Deliberante, por la designación del Equipo Argentino de Antropología Forense como candidato a Premio Nobel de la Paz para el año dos mil veinte. Los argentinos debemos sentirnos orgullosos de esta nominación, y latinoamérica toda, porque el Equipo Argentino de Antropología Forense, es un equipo que fue constituido con el objeto de poder identificar a las víctimas de la última dictadura militar, a los treinta mil desaparecidos argentinos que ha dejado la sangrienta dictadura que le tocó vivir y padecer a todo el pueblo argentino. El trabajo que ha realizado, es un trabajo muy serio, con un profesionalismo muy destacado. Ha colaborado también, en la identificación de los nietos apropiados. También en otros países, como en cuestiones de matanzas étnicas, motivadas en cuestiones étnicas o religiosas. Así, que entendemos que es una obligación de todas las instituciones que tienen un compromiso democrático, apoyar esta postulación, para que podamos tener como Premio Nobel de la Paz a este referente de la Nación Argentina toda. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias, concejal. Concejal Lima, tiene la palabra.
CONCEJAL LIMA: Gracias, señora presidenta. Como bien decía el concejal Pablo Pera, el Equipo Argentino de Antropología Forense viene trabajando desde el año ochenta y cuatro, prácticamente desde el retorno de la democracia, aplicando las ciencias forenses a las investigaciones de violaciones de derechos humanos. Quiero adelantar el acompañamiento de este Proyecto presentado por el Bloque FREPam. También, manifestar como Bloque, el beneplácito y el acompañamiento. Cómo no hacerlo en un Equipo Argentino de Antropología Forense que viene realizando una tarea, que como bien decía él, es reconocida en el mundo. Lo que también quiero resaltar, es que a partir del del año dos mil cinco, en el Gobierno de Néstor Kirchner, y después continuando en los dos períodos de la Presidencia de Cristina Fernández, el Equipo Argentino de Antropología Forense, suscribió convenios de cooperación y asistencia financiera. Y, es en el marco de ese acuerdo, que el Equipo de Antropología Forense empieza a trabajar en la búsqueda de la verdad y la justicia. Porque, este Equipo de Antropología Forense nace por iniciativa de organizaciones sociales de derechos humanos. Entonces, cómo no expresar el beneplácito por esta declaración, cuando como Bloque siempre hemos estado alineados a un Gobierno que ha hecho fuertes apuestas y acompañando con recursos a la ciencia. Y, han hecho también, de la defensa de los derechos humanos, una bandera. Y, han tenido un reconocimiento por esas políticas a nivel mundial. Entonces, claro que expresamos beneplácito por esta declaración, también. Claro que acompañamos. Porque, hay que reconocer que estas banderas en defensa de los derechos humanos, estas banderas de mantener viva la memoria, estas banderas de apostar a la ciencia, tienen que ser políticas de estado que acompañen siempre. Y con mucha satisfacción, podemos decir como Bloque, que acompañamos porque siempre hemos estado alineados a Gobiernos que han apoyado fuertemente estas banderas que acabo de mencionar. Y, celebro también, que los concejales y concejala del Bloque FREPam hayan hecho esta declaración. Y, que realmente puedan seguir levantando las banderas de apoyo a la ciencia y la bandera en defensa de los derechos humanos. Fueron banderas, que durante los cuatro años del Gobierno anterior fueron pisoteadas. Y, por eso celebro esta declaración que hicieron mis pares del Bloque FREPam. Así, que nada más señora presidenta.
PRESIDENCIA: Gracias, concejal Lima. ¿Algún otro concejal o concejala va a hacer uso de la palabra?…
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
4) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Adhiere la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley Nacional Nº 26.862 de Reproducción Medicamente Asistida. Expte Nº 54-1/2020 (HCD).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley Nacional Nº 26.862, de Reproducción Médicamente Asistida, cuyo objeto es garantizar el acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de Reproducción Médicamente Asistida. Artículo 2º: Las personas agentes laborales de la Municipalidad de Santa Rosa que acudan a procedimientos y técnicas de Reproducción Médicamente Asistida, conforme a lo establecido por Ley Nacional Nº 26.862, tendrán derecho a una licencia especial, con goce de haberes, de acuerdo a los siguientes tratamientos: a) De Baja Complejidad: hasta nueve (9) días corridos por vez, b) De Alta Complejidad: hasta quince (15) días corridos por vez. En ambos casos no se podrá exceder los treinta (30) días por año calendario. Artículo 3º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación a las situaciones en curso de ejecución, debiendo adecuarse en cada caso a los derechos establecidos en el presente régimen, siempre que resulte más beneficioso para la trabajadora o el trabajador. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Discúlpeme concejal, le doy primero la palabra al autor del Proyecto. Si?. Gracias. Tiene la palabra el concejal Depetris.
CONCEJAL DEPETRIS: Gracias, señora presidenta. Simplemente para marcar, la circunstancia de que estamos reconociendo y ampliando derechos a todas las personas empleadas en el estado municipal. Con la adhesión a la Ley Nacional para la reproducción médicamente asistida, votada favorablemente allá por el año dos mil trece y con la adhesión a la Ley Provincial votada oportunamente, se daba cobertura y asistencia para todos los empleados provinciales que tuviesen que someterse a este tratamiento. Con esta adhesión, estamos extendiendo derechos de reproducción. En definitiva, derechos humanos. Es, un poco toda la mirada y la línea ideológica que nos guía en esta gestión, para ampliar e incorporar derechos donde no los hay. Estamos incorporando, como decía, para todas las personas empleadas en el estado municipal, una licencia con goce de haberes para que puedan conllevar los tratamientos necesarios, ya sea de baja o alta complejidad. Así, que por lo tanto, solicito a los pares del resto de los Bloques, que nos acompañen en este Proyecto con el voto favorable para esta adhesión. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejal. Concejal Estavilla, tiene la palabra.
CONCEJAL ESTAVILLA:Gracias, señora presidenta. Era, para adelantar el lógico acompañamiento de nuestro Bloque al Proyecto que está en tratamiento. Compartimos plenamente las palabras del concejal preopinante en cuanto a que este Concejo Deliberante, tiene la obligación de tratar Proyectos que generen nuevos derechos. Éste, y otros que también estamos tratando en varias Comisiones. Así como adelantaba recién el acompañamiento de nuestro Bloque positivamente para este Proyecto, queríamos dejar sentado en el Acta de la Sesión de hoy, y tal cual lo manifestamos en la reunión de Comisión, que compartimos el otorgamiento de las licencias a aquellas empleadas y empleados que se sometan a este tipo de tratamiento. Pero, no veíamos necesario la adhesión a una Ley Nacional que tiene un perfil claramente sanitarista, y que apunta a una órbita en el que el municipio, por el momento, no tiene actuación, que es la cuestión de salud. Sí vemos, que la Provincia ha adherido a esta Ley. Con lo cual, entiendo que, la actividad en salud pública provincial está cubierta. Pero, vuelvo a repetir, acompañamos el Proyecto, con la salvedad de que no vemos de manera correcta, que como municipio adhiramos a una Ley Nacional que habla específicamente del tema sanitario. Nada más, señora presidenta. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias, concejal Estavilla. ¿Algún otro concejal o concejala va a hacer uso de la palabra?…
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 089/2020 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, la cual se prorroga por 365 días el plazo dispuesto en el Art.7º del Decreto 176/91 sobre Convenios Colectivos. Expte Nº1/1992-2 (HCD) y 1465/1992/1-3 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 89/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad- Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Prorrógase por 365 días el plazo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto 176/91, ratificado por Ley Nº 3211, a partir de la fecha de finalización de la prórroga dispuesto por la Ley Nº 3144 de acuerdo a lo prescripto en el Artículo 37 de la Ley Nº 3211. Artículo 2º.- Ratifícase en todos sus términos el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1016/92″. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Concejala Giorgis, tiene la palabra.
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señora presidenta. En el tratamiento de este punto, que es un Proyecto de Ordenanza dictado Ad referéndum por el intendente municipal, es una Ratificación, consideramos oportuno hacer unas breves consideraciones respecto de la postura del Bloque del FREPam en la necesidad de que este Concejo Deliberante pueda continuar, y debería continuar, con el debate del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo para los trabajadores y trabajadoras de Obras Sanitarias Municipal. Y también, una nueva forma de organización de ese servicio. Ésto, fue un pedido de los trabajadores, cuyos Proyectos están aquí, en el Concejo. Y también, una necesidad de la ciudad. Nosotros queremos despojar a esta temática de oficialismo y oposición. Porque, de hecho, estemos del lado en que estemos sentados, hemos planteado las mismas cosas. Estamos convencidos y convencidas que son temáticas de Estado. Es decir, el tema de la emergencia sanitaria, la problemática de agua y cloacas en la ciudad, ya va trascendiendo la tercer gestión, y alternando colores políticos. Quiere decir, que es una temática que la tenemos que ver desde esa concepción, ¿no?. Por lo tanto, nosotros propiciamos poder continuar con este debate. El tema de la emergencia sanitaria, a nuestro entender, tiene por un lado una problemática de recursos y de conseguir dinero para grandes obras. Pero, también tiene una problemática cotidiana que no tiene tanto que ver con los recursos y con las grandes obras. Pero, sí tienen que ver con problemáticas de funcionamiento, que nosotros entendemos, mejoraría mucho el hecho de que haya un Convenio Colectivo acorde. Digamos, la Ley 643, que es una Ley que los ha amparado hasta ahora, es una Ley que es administrativa y no es acorde a la función que realizan estos trabajadores. Con ésto, y hablando de ampliación de derechos, además de recuperar derechos por un Convenio Colectivo muy bueno que fue suspendido en la década del noventa, no solo restituiríamos derechos, sino que también, estaríamos produciendo un gran beneficio al estado municipal. Porque mejoraría la calidad del servicio que se brinda a quienes son los destinatarios más importantes de nuestra labor como Estado Municipal en su conjunto, que son los vecinos y vecinas de la ciudad. Para que reciban una mejor calidad en este servicio que es tan esencial, nosotros consideramos que es un tema para seguir dialogando, para consensuar y para sancionar por unanimidad.
PRESIDENCIA: Gracias, concejala Giorgis. ¿Algún concejal o concejala quiere hacer uso de la palabra?…
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6.) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 1706/18 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se modifica el Artículo 17º de la Ordenanza Nº 5709/2017, referente al otorgamiento de franquicias sobre el derecho de estacionamiento para los vehículos conducidos por personas con discapacidad. Expte Nº 55/85 (HCD).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 1706/18 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Modifícase el Artículo Nº 17 de la Ordenanza Nº 5709/2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 17º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar franquicias sobre el derecho de estacionamiento exclusivamente para los vehículos automotores que transporten o sean conducidos por personas con discapacidad que tuvieran licencia para conducir, debiendo a tal efecto acreditar previamente esta circunstancia ante la Municipalidad de Santa Rosa, para la extensión del correspondiente certificado de excepción”. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 119/2020 dictada “Ad-Referéndum” del HCD, mediante la cual se sustituye el Art. 6º aprobado por Ordenanza 4447/2011 y sus modificatorias relacionado con el Régimen Especial de Compensación para Agentes municipales en Edad Jubilatoria. Expte Nº 381-1/2005 (HCD) y 9821/2005 (DE).
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 119/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Sustitúyase el Artículo 6º del texto aprobado por Ordenanza Nº 4447/2011 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 6º: VIGENCIA: La presente Ordenanza tendrá vigencia desde el 1º de Enero de 2020 hasta el 31 de Diciembre de 2020″. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de Derechos Humanos aconsejando el Pase a Archivo de los Exptes Nº 150/04; 238/05; 240/05; 256/05; 280-1/05; 309-1/05; 311-1/05;312-1/05; 322-1/05; 323-1/05; 417-1/05; 56-1/06; 59-1/06; 106-1/06; 133-1/06; 165-1/06; 195-1/06; 16-1/11; 143-1/12; 79-1/13; 245-1/13; 227-1/13; 37-1/96; 325-1/14; 33-1/16; 146-1/18; 147-1/18; 215-1/18 y 281-1/18 – Referencia HCD.
PRESIDENCIA: ¿Algún concejal o concejala quiere hacer uso de la palabra?…Sí, concejala Alba Fernández, tiene la palabra.
CONCEJALA FERNANDEZ: Gracias, señora presidenta. Bueno, como presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, nos hemos tomado el trabajo de depurar los expedientes pendientes, los que nombró el secretario. De todos los que pasan a archivo, hemos rescatado el del nietas y nietos recuperados, que estaba hasta el número ochenta y ocho. Hemos agregado hasta los ciento treinta nietas y nietos aparecidos hasta el día de hoy. Quedan en archivo, a disposición de los empleados y empleadas municipales; y de los vecinos y vecinas de Santa Rosa que, cuando quieran acercarse a este Honorable Concejo Deliberante, puedan hacerlo y consultar. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias, concejala. ¿Algún concejal o concejala va a hacer uso de la palabra?.
Puesto a consideración, el Despacho es aprobado por unanimidad.
9) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se incorpora el Artículo 17 Bis a la Ordenanza N.º 5709/2017 referido al otorgamiento de franquicias sobre el derecho de estacionamiento para los vehículos conducidos por Veteranos de Malvinas. Expte Nº 55/85 (HCD).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Incorpórese el Artículo 17 Bis a la Ordenanza Nº 5709/17, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 17 Bis: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar franquicias sobre el derecho de estacionamiento para los vehículos automotores que transporten o sean conducidos por Veteranos de Malvinas con licencia de conducir. Los beneficiarios exhibirán la oblea en la cara interior del parabrisas, en un lugar visible del vehículo automotor que los transporte o sean conducidos por ellos”. Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo establecerá la Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La Autoridad de Aplicación establecerá los requisitos de acreditación de la condición de “Veterano de Malvinas” y llevará un registro de sus integrantes. Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Concejala Natalia Sueldo, tiene la palabra.
CONCEJALA SUELDO: Señora presidenta, es nuestro deber como miembros del Estado, mantener viva la memoria de quienes lucharon por recuperar la soberanía de nuestras Islas Malvinas. Es un deber institucional, brindar un merecido reconocimiento por la tarea de educación, memoria y reparación histórica llevada a cabo por nuestros veteranos, dentro de un marco “malvinizador” en diferentes espacios, tanto sociales como culturales. Es por ello, que creemos necesario otorgarles un lugar en nuestra historia local con acciones concretas, como la que desde nuestro espacio político estamos impulsando, lo cual facilitará la circulación y el estacionamiento de nuestros honorables “Veteranos de Malvinas”, a través del otorgamiento de franquicias de libre estacionamiento en la ciudad de Santa Rosa. De esta manera, solicitamos al resto de los concejales y las concejalas que acompañen esta iniciativa, cuyo espíritu es, que nuestros héroes sean reivindicados a través de las políticas públicas locales. Para finalizar, desde nuestro espacio manifestamos que “Las Malvinas son argentinas” y que nuestros veteranos locales, no se olvidan. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Muchas gracias concejala Sueldo. ¿Algún concejal o concejala va a hacer uso de la palabra?…
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con treinta y siete minutos.

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