ACTA Nº 1424 QUINTA SESIÓN ORDINARIA REUNIÓN Nº 1424

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los siete días del mes de mayo del año dos mil veinte, siendo la hora diez con ocho minutos, da comienzo la Quinta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2020

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1424 QUINTA SESIÓN ORDINARIA REUNIÓN Nº 1424 En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los siete días del mes de mayo del año dos mil veinte, siendo la hora diez con ocho minutos, da comienzo la Quinta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante correspondiente al período 2020, bajo la presidencia de su titular, concejala Paula Valeria GROTTO, secretaria a cargo del señor Alfredo Eduardo GARCIA y con la presencia de los concejales y concejalas Nancy Fabiana CASTAÑIERA, José Carlos DEPETRIS, Gustavo Abel ESTAVILLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Claudia Bibiana GIORGIS, Marcelo Raúl GUERRERO, Juan Bautista LIMA, Pablo PERA IBARGUREN, Mariano Sebastián RODRIGUEZ VEGA, Ana Natalia SUELDO y Norma Analía TORRES.
Conforme una invitación de la Presidencia, el concejal José Carlos Depetris procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejala Alba Fernández.
CONCEJALA FERNANDEZ: Gracias, señora presidenta. Queremos en el día de hoy recordar y celebrar La Ley de Identidad de Género de la Argentina, sancionada un nueve de mayo del dos mil doce durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Esta ley, que se sancionó bajo el número 26.743 permite que las personas Trans sean inscriptas en sus documentos con el número y el género de elección, además de ordenar que todos los tratamientos de adecuación a la expresión de género sean incluidos en el programa médico obligatorio, garantizando la cobertura en todo el sistema de salud, tanto público como privado. Dicha Ley señora presidenta, es la primera Ley de Identidad de Género del mundo, que no patologiza la condición Trans. Es por eso, que pensamos que debe ser recordada, resaltada y festejada. Porque, es un claro ejemplo de conquistar derechos para las mayorías populares. Siguiendo en esa línea también quiero valorizar y destacar los anuncios realizados por el Intendente Luciano Di Napoli en la apertura de las sesiones ordinarias, principalmente aquellos vinculados a la temática de género; el aumento de la partida presupuestaria la aplicación de la Ley Micaela y en particular la apertura de un registro en la Dirección de Género y Diversidad para hacer efectivo el cupo laboral trans, que desde su aprobación el ocho de junio de dos mil diecisiete, veníamos reclamando por la aplicación de la Ordenanza N°5643/17. Es por eso, señora presidenta, que debemos recordar y celebrar estos logros, que son de suma importancia para el sustrato social y cultural de nuestro pueblo. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejala Alba Fernández.
A continuación la presidenta del Cuerpo, en virtud de lo estipulado por el Artículo 19 inciso 5) del Reglamento Interno del Concejo Deliberante, solicita al vicepresidente del Cuerpo, concejal Pablo Pera Ibarguren, que tome su lugar en el estrado, a fin de poder hacer uso de la palabra.
VICEPRESIDENCIA: Concejala Grotto, tiene la palabra.
CONCEJALA GROTTO: Gracias, señor vicepresidente. Estamos atravesando un contexto único en la historia, enfrentando las consecuencias de una pandemia mundial sin precedentes. Pero, esperanzados y esperanzadas en que nos toca hacerlo con un Estado que asume un rol protagónico, cuidando a la gente, cuidándonos. Nos compararnos con otros países y no podemos más que destacar nuestro sistema sanitario. Es por eso, que mientras pensaba cómo homenajear a Evita al cumplirse el centésimo primer aniversario año de su nacimiento, se me ocurrió recordarla repasando la visión que ella tenía de la salud pública y así entender cómo llegamos al día de hoy. Fue con el peronismo, y con Evita, que la salud pública se convirtió en un derecho humano, irrenunciable e invulnerable. La decisión de crear el primer Ministerio de Salud, bajo el mando del Dr. Carillo, en una Argentina en que valía más la vida de un animal que la humana, y la asunción de Evita en la conducción de la Fundación Eva Perón, fueron los pasos fundamentales que posibilitaron la planificación y ejecución de una política sanitaria profundamente federal y de carácter revolucionario. Desde aquellos espacios, se desplegó toda la política concerniente a la salud, con el criterio de que aquella, no era solo el resultado de la aplicación de terapias específicas, sino la consecuencia de una política integral, donde la buena alimentación, el descanso, la higiene, la vivienda digna y la educación, aportaban tanto como la prevención sanitaria, los hospitales y la investigación. Podemos enumerar un sinfín de logros obtenidos en un plazo de tan solo seis años como; la vacunación que llegó hasta el último niño y niña del país, la reducción de la mortalidad infantil, la ampliación de la esperanza de vida de los adultos, la creación de la primera fábrica de medicamentos en nuestro territorio, la duplicación de la disponibilidad de camas, la realización de campañas preventivas, la puesta en marcha del Tren Sanitario “Eva Perón”, que llegaba a las poblaciones más alejadas con los mayores cuidados e infraestructura de ese momento. Al mismo tiempo, se crearon cursos de formación dirigidos a las y los Auxiliares de Enfermería, Administradores Hospitalarios, Inspectores Administrativos, Médicos Sanitarios, entre otros. La Creación de la Escuela de Enfermería merece un párrafo aparte, ya que transformó la manera de enseñar a cuidar a los enfermos y enfermas, abandonando el sistema caritativo, y adoptando uno humanitario, dotando de profesionalismo a las mujeres que buscaban brindar un servicio social, dejando de ser meras “cuidadoras”. Con Evita, las mujeres no sólo comenzaron a trascender en la política, sino que tomaron protagonismo en distintos ámbitos laborales. En el momento más difícil de su vida, decidió atender su enfermedad en un hospital público, confiando su cuerpo y su alma al sistema sanitario que ella había empoderado. Evita, está presente en cada persona que puede acceder al sistema de salud público de calidad. Evita, está presente en cada trabajador y trabajadora de la salud, primera trinchera ante este enemigo invisible que nos acecha. Evita, está presente también en cada medida que tomamos los gobiernos peronistas, donde priorizamos cuidar la salud y la vida de nuestro pueblo. Evita, está viva en cada una de las conquistas sociales conseguidas durante la década ganada, las que vamos a seguir defendiendo y profundizando. Hoy, podemos decirle; que su renuncia a los honores pero nunca a la lucha, no fue en vano. Nos marcó el camino que seguimos, el que transitamos llevando su nombre como bandera y guía para lograr el sueño de construir una Patria cada día más Justa, Libre, Soberana y Feminista.
Seguidamente, la concejala Paula Valeria Grotto, vuelve a ocupar la Presidencia del Cuerpo, ubicándose nuevamente en el estrado y volviendo a tomar su lugar como concejal, Pablo Pera Ibarguren.
ASUNTOS ENTRADOS.
DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Nota Nº 24/2020 del Señor Intendente Municipal solicitando prórroga hasta el 31 de Mayo de 2020 para la elevación del Proyecto de Tarifaria para el ejercicio 2020. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.2.- Resolución Nº 285/2020 del Señor Intendente Municipal modificando el Presupuesto de Gastos vigente en la Municipalidad de Santa Rosa para el Período Febrero de 2020. Expte Nº35/2020/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 03/2020, mediante la cual se declara el beneplácito por la postulación del EQUIPO ARGENTINO DE ANTROPOLOGIA FORENSE como candidato para el Premio Nobel de la Paz del año 2020. Expte. Nº 58/2020-1(CD). Pasa a Archivo.
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 01/2020, mediante la cual se declara de Interés Municipal la PARTICIPACIÓN DE LA COLECTIVA FEMINISTA HUMANISTA ABOLICIONISTA en el IV Encuentro Internacional Feminista Humanista. Expte. Nº 76/2019-1 (CD). Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 02/2020, mediante la cual se declara de Interés Municipal el DÍA MUNDIAL DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE EL AUTISMO. Expte. Nº 31/2011-1 (CD). Pasa a Archivo.
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº04/2020, mediante la cual se declara de Interés Municipal la “REVISTA MAS INDUSTRIAS”. Expte. Nº 46/2020-1 (CD). Pasa a Archivo.
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6327/2020 mediante la cual se adhiere a la Ley Provincial Nº 3218 que crea el Fondo Solidario para la Emergencia Sanitaria. Expte Nº 68/2020-1(CD). Pasa a Archivo.
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6326/2020 mediante la cual se concede al Departamento Ejecutivo la prórroga para la presentación de los proyectos de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos y Ordenanza Tarifaria para el ejercicio 2020 hasta el 30 de Abril de 2020. Expte Nº 230/2019-1(CD). Pasa a Archivo.
II- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZAS.
II.1 Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se establece el Cuadro Tarifario para el Ejercicio 2020. Expte Nº 5302/2019/1-1 y Expte Nº 5302/2019/1-2 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
II.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual modifican los Artículos 2.1.1, 2.2.3, 2.3.1 y 2.3.3 del Código Urbanístico de la ciudad de Santa Rosa aprobado por Ordenanza Nº 3274/05. Expte Nº 9864/1994/1-10 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se modifica el Artículo 15, 35, 35 Bis, 155, 156 y 157 de la Ordenanza Fiscal Nº 237/1986. Texto Ordenado por Resolución 1463/2019. Expte Nº 378/2010/1-2 y 3 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se sustituyen los Artículos 73, 75, 76 y 58 Bis de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86. Texto Ordenado por Resolución 36/2011. Expte Nº 378/2010/1-2 y 3 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se acuerda lo actuado en Convenio de Rescisión por acuerdo mutuo entre Municipalidad de Santa Rosa y Autobuses Santa Fe S.R.L. Expte Nº 2285/2013/1-33 (DE). Pasa a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones, Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se reduce al 50 por ciento (50%) la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene. Expte Nº 1265/2020/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.7.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se adhiere al Artículo 1º de la Ley Provincial Nº 3222, relacionado con los ingresos por el Régimen de Coparticipación. Expte Nº 1267/2020/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.8.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se modifica la Ordenanza Nº 4203/2010, relacionado con la creación del Ente Municipal de Servicios Urbanos. Expte Nº 4027/2020/1-1 y 2 (DE). Pasa a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones, Planeamiento, Obras y Servicios Públicos; y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.- PROYECTOS DE Resolución – COMUNICACIÓN Y Disposición.-
III.1.- Proyecto de Disposición presentado por la Concejala del Bloque de FREJUPA mediante el cual se dispone en toda papelería oficial del Concejo Deliberante la leyenda “2020 AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO”. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.2.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales y Concejala del Frejupa mediante el cual se declara de Interés Municipal el “30° ANIVERSARIO DEL CENTRO DE VETERANOS DE GUERRA DE LA PAMPA”.
PRESIDENCIA: De acuerdo a lo que dispuesto por el Artículo 56 del Reglamento Interno y lo acordado en la Comisión de Labor Parlamentaria, se va a poner a consideración el Proyecto de Resolución.
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°: Declárase de Interés Municipal el “30 Aniversario del Centro de Veteranos de Guerra de La Pampa”, a cumplirse el próximo 12 de mayo del corriente año, por su valioso aporte social, educativo, histórico y comunitario a la “Causa Malvinizadora” en todo el territorio provincial. Artículo 2°: Remítase copia de la presente al Centro de Veteranos de Guerra de La Pampa, sede ciudad de Santa Rosa, La Pampa. Artículo 3°: Comuníquese. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la concejala Natalia Sueldo.
CONCEJALA SUELDO: Señora presidenta, el Centro de Veteranos de Guerra de La Pampa, significa la unión de todo aquel veterano de guerra de Malvinas, que habita nuestra provincia. Es una institución provincial que se formó para reivindicar la gloriosa gesta, y honrar a los Héroes Pampeanos que dieron su vida, por la defensa soberana de nuestro territorio nacional. El próximo doce de mayo, se cumple el trigésimo aniversario del Centro de Veteranos de Guerra de La Pampa. Esta institución, ha hecho un valioso aporte social, educativo, histórico y comunitario a la causa “malvinizadora” en todo el territorio provincial. “Malvinizar” la provincia, fue una de las primeras acciones sobre la gesta de Malvinas llevadas adelante por el Centro de Veteranos de La Pampa, dando charlas en los establecimientos educativos primarios, secundarios, escuelas para adultos y Universidad, instituciones privadas y del Estado. Los Veteranos que conforman el Centro, vendieron calcos y rifas para juntar fondos, se calcaban remeras con el Logo del Centro. Este Centro, fue uno de los primeros Centros provinciales de Veteranos del país. Con lo recaudado en la Rifa Nacional, se compró la casa, en mil novecientos noventa y siete, actual sede de la institución, ubicada en calle Salta 547 de la capital provincial, llevando a cabo refacciones, para que el día cuatro de abril de mil novecientos noventa y ocho, se inaugurara. Una de las fotos más importantes que tiene el Centro, es cuando desfiló con todos sus integrantes durante la visita del presidente de la Nación a Santa Rosa, en el año mil novecientos noventa y tres. También logró, algo muy importante, que fue la visita del Comandante del glorioso Crucero ARA General Belgrano, Elías Bonzo, que dio charlas en escuelas y visitó localidades de la provincia. Una vez inaugurada la sede, comenzó la construcción del SUM detrás de ella, con sus seis baños para los visitantes, y cocina comedor con parrilla. Finalmente, el Salón se inauguró el veinte de agosto del dos mil con una gran ayuda del Gobierno Provincial y la comunidad pampeana. Por un tiempo el SUM fue usado para salón de fiestas. Pero, hace unos cinco años que los Veteranos decidieron transformarlo en Museo Provincial de Malvinas. Otra tarea muy importante llevada a cabo por el Centro de Veteranos, consiste en visitar y recorrer todas las unidades penitenciarias, dando charlas, compartiendo con los internos y enseñando el no uso de armas. El Centro es visitado en el año, por toda la comunidad en general, además de las instituciones educativas. Está conformado por casi noventa veteranos de guerra de toda la provincia. Además, de toda esta gran tarea “malvinizadora” para que la gloriosa gesta no se olvide, se han realizado muchas actividades solidarias cuando la ciudad y/o la provincia lo han requerido. En todas las inundaciones que han afectado a la capital, el Centro ha sido sede de grandes donaciones, donde los mismos Veteranos salían a repartir por los barrios lo recaudado a quienes lo necesitaran. La sede, fue usada también, para actividades sociales y talleres realizados para niños de diferentes lugares de la ciudad y la región. Se realizaron “Locros Malvineros”, y la recaudación de los mismos fue donada. También ha contado con un puesto de comidas en muchas Ferias realizadas por la Municipalidad de Santa Rosa en el predio de las vías del ferrocarril. Para finalizar, quiero expresar las palabras de un familiar cercano; “ellos, esperan muy contentos las visitas de la comunidad, ya que son un gran “mimo” al alma. Debemos valorarlos como se debe y merecen. Porque, además de haber luchado y dado hasta la propia vida por nuestra patria, siguen trabajando día a día para la sociedad”. Es ésto, algo que vale la pena destacar. Muchas gracias, señora presidenta.
PRESIDENCIA: Gracias, concejala Natalia Sueldo.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
ORDEN DEL DIA.

  1. Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede la prórroga al Departamento Ejecutivo hasta el 31 de Mayo del 2020 para la presentación de la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio Financiero 2019. Expte Nº 60/2020-1(CD) y Expte Nº 915/2020/1-1 (DE).

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Concédese al Departamento Ejecutivo, hasta el 31 de mayo del corriente año, la prórroga solicitada mediante Nota Nº 21/2020, para la presentación de la Cuenta de Inversión correspondiente al Ejercicio Financiero 2019. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2.-Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se acepta la donación de un monitor y una Pc-Shure efectuada por el Instituto de Seguridad Social de la Provincia de La Pampa. Expte Nº 70/2020-1 (CD) y Expte Nº 170/2020/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Acéptase la donación efectuada por el Instituto de Seguridad Social de la Provincia de La Pampa al Departamento Ejecutivo de un (1) monitor 17″ y una (1) Pc Shure, con destino a las oficinas administrativas de la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Santa Rosa. Artículo 2º.- El Departamento Ejecutivo a través de sus áreas técnicas, efectuará las gestiones necesarias para incorporar al inventario de los bienes del municipio, los bienes muebles donados. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3.-Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se dona con cargo al Gobierno de la Provincia de La Pampa inmueble identificado catastralmente: Ejido 047, Circunscripción VI, Radio K, Mza 49, Parcela 1, Referencia Municipal 32048, Partida Nº 662678 para la construcción de un Destacamento Policial en la ciudad de Santa Rosa. Expte Nº 69/2020-1 (CD) y Expte Nº3930/2019/1-1(DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.-Dónase con cargo al Gobierno de la Provincia de La Pampa el inmueble identificado catastralmente como: Ejido 047, Circunscripción VI, Radio K, Mza. 49, Parcela 1, Referencia Municipal N.º 32048, Partida N.º 662678, para la construcción de un Destacamento Policial, obra que deberá ser ejecutada en el período de 8(ocho) años, contados a partir de la promulgación de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- El no cumplimiento del cargo impuesto en el artículo precedente será causal suficiente para dejar sin efecto la presente donación, ejerciendo así la Municipalidad de Santa Rosa el derecho de revisión de la misma, con todo lo plantado. Artículo 3º.- La escrituración e inscripción del inmueble en cuestión será por cuenta y cargo del donatario a través de los Organismos respectivos; autorizándose al Señor Intendente Municipal, en su caso a llevar a cabo toda diligencia de trámite que resulte necesaria a los fines de la regularización dominial del inmueble en cuestión. Artículo 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4.-Despacho de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se concede la prórroga al Departamento Ejecutivo hasta el 31 de Mayo del 2020 para la presentación de Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio Financiero 2020. Expte Nº 230/2019-1 (CD) y Expte Nº 5216/2019/1-1(DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Concedese al Departamento Ejecutivo, hasta el 31 de mayo de 2020, la prórroga solicitada mediante Nota Nº 16/2020 del señor Intendente Municipal, para la presentación del Proyecto de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio Financiero 2020. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 136/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALEJANDRO COLOMBATTO Expte Nº 18/2020-1 (CD) y Expte Nº 6853/2019/1-1 (DE)
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 136/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Alejandro COLOMBATO entre Alberto Grassi y Enriqueta Schmidt, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6853/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 127/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle AMBROSIO SANSINANEA. Expte Nº 10/2020-1 (CD) y Expte Nº 6872/2019/1-1 (DE)
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 127/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Ambrosio SANSINANEA entre Martín Luther King y Virgen de Fátima, de esta ciudad, conforme a documentación obrante en Expediente Nº 6872/2019/1-1 (DE) . Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 126/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en CALLE 10, ESQUINA 5 PARQUE INDUSTRIAL. Expte Nº 9/2020-1 (CD) y Expte Nº 6874/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 126/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle CALLE 10 esquina 5, PARQUE INDUSTRIAL, de esta Ciudad, conforme a documentación obrante en Expediente Nº 6874/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente.”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 128/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle MADRE MARIA. Expte Nº 11/2020-1 (CD) y Expte Nº 6867/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 128/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MADRE MARIA entre Martín Luther King y Constituyentes, de esta ciudad, conforme a documentación obrante en Expediente Nº 6867/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
9.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 129/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle MARTIN LUTHER KING. Expte Nº 12/2020-1 (CD) y Expte N° 6865/2019/1-1 (D.E).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 129/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MARTIN LUTHER KING entre Madre María y San Cayetano, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6865/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
020-1 (CD) y Expte Nº 6865/2019/1-1 (DE).
10.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 130/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ORLANDO HERNANDEZ. Expte Nº13/2020-1 (CD) y Expte Nº 6857/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 130/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Orlando HERNANDEZ entre Pedro BERTON y Timoteo “Dino” SALUZZI, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6857/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
11.- Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 132/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ZENON MARIANI. Expte Nº14/2020-1 (CD) y Expte Nº 6862/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 132/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Zenon MARIANI entre Máximo Onischuk y Colonia Santa María, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6862/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
12.-Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 133/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle MANUEL DORREGO. Expte Nº 15/2020-1 (CD) y Expte Nº 6870/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 133/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Manuel DORREGO entre Misioneros Salesianos y Padre Grezsik, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6870/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
13.- Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 134/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle TELEN. Expte Nº 16/2020-1 (CD) y Expte Nº 6859/2019/1-1(DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 134/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle TELEN entre Alicia Moreau de Justo y Juan Facundo Quiroga, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6859/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
14.- Despacho de la Comisión de Planeamiento Obras y Servicios Públicos. Ratificando Resolución Nº 135/2020 del señor Intendente Municipal “Ad Referéndum” del Concejo Deliberante mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALBERTO GRASSI. Expte Nº 17/2020-1 (CD) y Expte Nº 6854/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Ratifícase la Resolución Nº 135/2020 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º.- Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Alberto GRASSI entre Alejandro Colombato y Avenida Presidente Arturo Illia, de esta ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 6854/2019/1-1 (DE). Artículo 2º.- La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 horas de anticipación, a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º.- La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º.- Comuníquese al G.I.S., Sistema de Información Georreferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
15.- Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal “LA INICIATIVA SOLIDARIA” organizada por las ONGs dedicadas a la actividad musical de la provincia de La Pampa. Expte Nº 76/2020-1 (CD).
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la INICIATIVA SOLIDARIA organizada por las ONGs MAPU (Música Autoconvocadas Pampeanas Unidas), MIPA (Músicos Independientes Piquenses Asociados) y Asociación Coral de La Pampa, sobre ciclos de conciertos virtuales y la creación del Fondo Solidaria destinado a los y las artistas y trabajadores de la música de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la ONGs MAPU (Música Autoconvocadas Pampeanas Unidas), MIPA (Músicos Independientes Piquenses Asociados) y Asociación Coral de La Pampa. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad.
16.- Despacho Conjunto de la Comisión de Hacienda Presupuesto y Cuentas y la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se crea la línea de crédito “CreATE”, créditos para el acompañamiento a Trabajadores en Emergencia. Expte Nº 284/2019-1 (CD) y Expte Nº 1221/2020/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Créase la Línea de Créditos denominada “CreATE”, Créditos de Acompañamiento a Trabajadores en Emergencia, con el objeto de promover el desarrollo de unidades productivas, de servicios y comerciales para aquellos beneficiarios que se encuadren en la Ordenanza Nº 6284/19. Artículo 2º.- La línea de crédito creada por el artículo 1º de la presente, será financiada con: a) El 70% de los recursos provenientes del recupero de créditos otorgados en el marco del Programa de Desarrollo Productivo y del Programa de Desarrollo de Economía Social – Ley Nº 2.461-, los otorgados mediante la Ordenanza Nº 4055/09 y la Ordenanza Nº 4114/10 y aquellos otorgados en el marco de la presente Ordenanza. b) Los recursos que se reciban para este fin desde el Estado Nacional y/o Provincial en el marco de la actual Emergencia Social, Sanitaria y Habitacional. c) Los recursos provenientes de Rentas Generales que autorice la Ordenanza de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos. La misma tendrá vigencia mientras dure la Emergencia Pública en materia social declarada mediante la Ordenanza Nº 6284/2019. Artículo 3º.- La Secretaría de Desarrollo Económico deberá enviar al Honorable Concejo Deliberante informe bimestral sobre el otorgamiento de los créditos.- Artículo 4º.- Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza Nº 4114/10 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 5º: Créase la cuenta de “Recupero de Préstamos” (Cuenta Especial), conformada por el 30% de los recursos provenientes de los recuperos de los créditos otorgados en el marco del Programa de Desarrollo Productivo y del Programa de Desarrollo de Economía Social -Ley Nº 2.461-, los otorgados mediante la Ordenanza Nº 4.055/09 y por aquellos otorgados en el marco de la presente Ordenanza; dichos fondos serán destinados al financiamiento de nuevos micro créditos de la misma clase y concepto, bajo la misma modalidad y reglamentación que los otorgados en el marco del Programa de Desarrollo Social – Ley N.º 2.461″. Artículo 5º.- La modificación que surge del artículo anterior tendrá vigencia mientras dure la Emergencia Pública en materia social declarada por Ordenanza Nº 6.284/2019, concluida la misma, se afectará el 100% a la cuenta “Recupero de Préstamos” (Cuenta Especial). Artículo 6º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a afectar a la línea de créditos creada en el artículo 1º de la presente el 100% de los fondos remanentes de ejercicios anteriores del recurso “Recupero de Préstamos”. Artículo 7º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza en referencia a los lineamientos básicos de otorgamiento de la línea de créditos creada en el artículo 1º, como así también establecer las garantías del mismo. Artículo 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
PRESIDENCIA: Concejal Rodríguez Vega, tiene la palabra.
CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Gracias, señora presidenta. Queremos destacar desde este Bloque oficialista, del Frente Justicialista Pampeano, la decisión del intendente municipal de lanzar esta línea de créditos, denominados créditos CreATE, a tasas cero, destinados a los trabajadores y trabajadoras santarroseñas. Una decisión política, que sin dudas se enmarca en la lógica de un Estado presente, que acompaña a los diferentes sectores que hoy intervienen en la actividad económica. Estos créditos que se van a entregar, apuntan a una entrega con celeridad para llevar una solución, por lo menos una respuesta a aquellos trabajadores que se encuentran en situación de emergencia, son parte de un conjunto más amplio de medidas que fueron tomadas en el Departamento Ejecutivo, para paliar la crisis que enfrenta actualmente nuestra ciudad, la cual es producto de políticas de la gestión anterior, de políticas de ajuste y que se vio profundizada en el último tiempo, en las últimas semanas, con respecto a la consecuencia del aislamiento social, obligatorio, a partir del coronavirus, la pandemia y demás cuestiones que hoy nos complican. De esta manera, lo que se busca con esta iniciativa, es reactivar la economía. Empezar en ese camino, favoreciendo al emprendedor, para que pueda afrontar los costos para que deba mantener, mientras que las ventas actualmente, como consecuencia de aquello que mencionaba, están en retroceso, para salir de la situación de parálisis productiva que atraviesan muchos emprendimientos en la actualidad, para, que el trabajador, en definitiva, pueda adquirir una máquina, sus insumos, y generar sus propios ingresos, y salir adelante. En este sentido, el otorgamiento de créditos a tasa cero, es una forma de contener, sin dudas, esa demanda por parte de los trabajadores que quieren retomar sus actividades, pero no pueden acceder a créditos bancarios, a partir del sistema financiero que hoy tenemos en el país, que solo busca maximizar sus ganancias, favoreciéndose de quienes más lo necesitan. En definitiva, señora presidenta, nuestra bandera, tenemos en claro, es la creación del empleo, un Estado que fomente la creación de puestos de trabajo, que impulse al trabajador a poner en marcha su actividad. No, a obstaculizar su crecimiento. Por ello, pedimos al resto de los Bloques, que acompañen este Proyecto que contribuye a la puesta en marcha de nuestra economía local. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Muchas gracias concejal Rodríguez Vega. ¿Algún otro concejal o concejala va a hacer uso de la palabra?…
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
17.- Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se modifica el Artículo 3 de la Ordenanza Nº 5356/2016 relacionado con el carácter vinculante del Consejo Productivo Local en los trámites correspondientes al financiamiento de proyectos productivos. Expte Nº 2/2016-1 (CD). Expte Nº 593/2016/1-1 (DE) y Expte Nº 7131/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Modifícase el texto del Artículo 3º de la Ordenanza Nº 5356/2016 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3º: El “CONSEJO PRODUCTIVO LOCAL” intervendrá en todos los trámites cuyo objetivo sea el financiamiento de proyectos productivos que se otorguen en el marco de la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Tendrá funciones no vinculantes, y coadyudará en el seguimiento y concreción de cada proyecto productivo que otorgue el Municipio. Será convocado por el Departamento Ejecutivo Municipal y podrá sesionar con la mitad más uno del total de los miembros que la integran. Sus decisiones serán tomadas por simple mayoría de los miembros presentes”. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.
PRESIDENCIA: Concejal Depetris, tiene la palabra.
CONCEJAL DEPETRIS: Gracias. El tema que nos ocupa puntualmente, es restituir a su estatus original una Ley Provincial, previsto en el artículo 24, respecto del Consejo Productivo Local, que es devolverle el carácter de no vinculante, para atender la batería de situaciones, que se tuvo que poner en funcionamiento por la crisis anterior y por la crisis agravada por el efecto de la pandemia. Entendemos, que son herramientas que van a conformar el mosaico donde vamos, justamente, a poder ir paliando la diversas situaciones que se presentan a los santarroseños. No se trata de lesionar nada. Sino, de tener herramientas que contribuyen hacia adelante, como para ir conformando decisiones del Ejecutivo que son necesarias. Así, que fue discutido en Comisión. Yo, les pido a los Bloques opositores, que acompañen esta visión. Nada más, señora presidenta.
PRESIDENCIA: Muchas gracias concejal Depetris. Concejala Castañiera, tiene la palabra.
CONCEJALA CASTAÑIERA: Gracias, señora presidenta. En este momento, no acompaño este Despacho. Porque, entendemos desde nuestro espacio, que acompañar este Proyecto, nos da como resultado un acto no democrático, desprestigiando la opinión de las instituciones especializadas en el tema, ya que sería una decisión tomada de forma unilateral, pudiendo ésta, no ser equitativa, y siendo un retroceso, a nuestro entender, en los derechos otorgados a las instituciones que componen este Consejo Productivo Local. Nada más, señora presidenta.-
PRESIDENCIA: Gracias concejala Castañiera. Tiene la palabra el concejal Pablo Pera Ibarguren.
CONCEJAL PERA IBARGUREN: Gracias, señora presidenta. En principio para adelantar, que desde el Bloque del Frepam, no acompañamos esta modificación propuesta al Consejo Consultivo en materia de otorgamiento de créditos. Haciendo algunas reflexiones, entendemos que cuando la Provincia legisla en materias que por ahí, tiene alguna repercusión o injerencia en distintas Municipalidades, por lo general, en los últimos artículos, establece una invitación a las Municipalidades a adherir a esas disposiciones provinciales, no?. Entendemos, que esas legislaciones son legislaciones “marco”, que se dan en la provincia de La Pampa. Y, que tenemos que entender que la Provincia, tiene una génesis muy posterior a la ciudad de Santa Rosa. Las ciudades dentro del territorio de lo que hoy es la Provincia de La Pampa, son anteriores a la conformación del Gobierno Provincial. Y, esas invitaciones que se hacen desde la Cámara de Diputados son, exactamente eso, invitaciones. No son imposiciones. Cada Municipalidad, cada Concejo Deliberante, luego tiene que adaptar esa Ley y lo que surge de esa Ley Provincial, a la idiosincrasia y los valores de las instituciones que se han formado y tienen historia dentro de la ciudad. A nosotros nos toca estar aquí, hoy, como vecinos de la ciudad de Santa Rosa. Sabemos de la gran participación, de valor y de la fortaleza histórica que tienen las distintas instituciones en la ciudad de Santa Rosa, que han llevado adelante muchas iniciativas y muchas actividades que han sido trascendentales para el desarrollo y potenciamiento de la ciudad. Demás está decir, el tema de la Cooperativa Popular de Electricidad, la Universidad Nacional de La Pampa, instituciones relacionadas con los trabajadores, con el reconocimiento de los Pueblos Originarios -muy tardíamente reconocido- que forman parte también de este Consejo. Entendemos, que esta Ordenanza que hoy está vigente, y que por esta modificación se va cambiar este artículo, refleja esa posición de este Concejo Deliberante que ha tomado, esa fortaleza demostrada de las instituciones y esa gran participación que tienen en el desarrollo de la vida política en la ciudad. No es menor entonces, que se haya decidido en esta ciudad de Santa Rosa, otorgarle el carácter vinculante a este Consejo, que evalúa los distintos proyectos de los créditos a otorgarse. Este carácter vinculante, viene relacionado con esta histórica posición de las instituciones que lo conforman, que habla de su responsabilidad, que habla de su compromiso con el crecimiento de la ciudad. Entendemos, que ese valor vinculante, realza esas posiciones, las reafirma y les da el impulso y el reconocimiento de decir que las palabras de esas instituciones son escuchadas por esta Municipalidad, y escuchadas con carácter de vinculante. También, debo remarcar que nos sorprende, en cierta medida, la necesidad imperiosa de llevar esta modificación, y la premura de llevar esta modificación, sin haber podido siquiera, llamar a las Comisiones a estas instituciones a las que hoy le vamos a cercenar un poco sus palabras -si se aprueba afirmativamente el Proyecto que propone el oficialismo-, que no hayamos podido esperar para convocarlas y escucharlas. Entendemos, que hubiera sido muy importante la presencia de los integrantes de estas instituciones para que pudieran expresar su opinión en la Comisión que sacó Despacho. También, nos llama la atención, el hecho de necesitar urgentemente esta modificación. El hecho, de que durante esta gestión, el Ejecutivo todavía no ha convocado y no se ha reunido este Consejo para evaluar créditos, y se haya tenido alguna experiencia que haya podido demostrar el entorpecimiento, o una situación que implique, ya no tener el carácter vinculante. Por lo tanto, vemos que hay como intencionalidad subyacente, que es, prácticamente, otorgar un poder de veto al Departamento Ejecutivo sobre las decisiones de este Consejo Productivo, al sacarle el carácter de vinculante. Por eso, entendemos que no es oportuno tener que hacer estas modificaciones. Reafirmamos la autonomía municipal de la ciudad de Santa Rosa. Y, entendemos que las Leyes provinciales cuando hacen estas invitaciones a adherir, son simplemente eso, invitaciones. Porque, son una Ley “marco”. No son imposiciones. Y, desde este Concejo Deliberante no podemos permitir esas imposiciones. Así, que adelanto el voto negativo de este Bloque al Proyecto propuesto.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Pera Ibarguren. Concejal Depetris, tiene la palabra.
CONCEJAL DEPETRIS: No hay una intencionalidad. Simplemente, una mirada. Creemos necesario, repito, volverlo al estatus anterior. No se están desconociendo…las instituciones que nombró el concejal son ampliamente reconocidas, respetadas y valoradas en la comunidad. Pero, vamos a la letra de la Ley Provincial, que le da el carácter no vinculante. No las estamos desconociendo. De hecho, van a seguir funcionando de la misma manera y con la misma alteración. Tampoco obedece, respecto de los dichos de la concejala, a una actitud de fuerza de este Concejo. Sino, que son puntos de vista y de elementos que juzgamos necesarios para proseguir con las políticas, como en su momento, cuando se le dio el carácter a la inversa de la Ley, fueron estrategias necesarias para las políticas que se implementaban en aquel momento. Nosotros queremos, debemos, necesitamos, implementar otras políticas, donde fluyan con mayor rapidez las soluciones para el sector. Nada más, señora presidenta. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Depetris. Concejala Analía Torres, tiene la palabra.
CONCEJALA TORRES: Gracias, señora presidenta. Ustedes saben que yo vengo de la actividad privada, fundamentalmente. Estoy haciendo un poco, mis primeras armas en lo que es público. En esa actividad privada, he participado en algunas instituciones intermedias. Fui la primera directora mujer de la Asociación Agrícola Ganadera de La Pampa. Participo de otras ONG´s. Con lo cual, conozco bien -incluso en la Universidad Nacional de La Pampa tengo una participación activa allí-, el grado de compromiso que tienen las instituciones intermedias y todas las que participan del Consejo Consultivo, tanto de la Universidad como de la Municipalidad. Estos cargos son ad-honorem. Es decir, son puro voluntarismo social, de un montón de vecinos, que en general se juntan con un objetivo común. Hemos visto la participación de la Asociación Agrícola Ganadera en la parte alimentaria recientemente. Nos han dado una ayuda importante para todos los vecinos en el contexto de la pandemia. Y, así sucesivamente. Están siempre muy comprometidos, con todo el accionar de la ciudad y de la provincia. El tema, es que darle el carácter de vinculante a una decisión de alguien que viene a colaborar, a mi criterio -y es lo que pude aportar en el momento de la reunión de Comisión, donde estaba presente, pero no formo parte de la Comisión-, es cargarlos de un peso de responsabilidad como es el otorgamiento de un crédito, que no siempre tenemos garantía de éxito. Estamos hablando de los créditos de la Ley 2870, donde los emprendedores tienen sus primeras herramientas en la parte de ejercer alguna actividad. Entonces, por ese lugar y desde esa mirada me parecía que estaba bien darles el carácter de no vinculante, para que participen libremente y no tengan una responsabilidad que en realidad es propia del Municipio. No conforme con eso, estuve estudiando un poco más. Y, hablando de la Universidad Nacional de La Pampa, hay una tesis de grado de unos estudiantes que fueron dirigidos por el doctor Adrián Sanchez, que es docente regular de la Casa en Derecho Público Provincial y Municipal. Y, allí hace una disquisición de las facultades que nosotros tenemos como Municipio. Nosotros sabemos que en la Constitución, en el artículo 123, dice concretamente que; las Provincias crean su constitución, y tienen que asegurar la autonomía de los Municipios. Pero, no todos los Municipios -y ahí lo dice en esa tesina-, tienen la misma calidad de autonomía. Y, hace una disquisición de los Municipios que tienen Carta Orgánica Municipal propia, o tienen una Carta Orgánica Municipal genérica. Entonces, cuando es genérica, como es nuestro caso, que es la Ley 1597, que rige para todos los Municipios, nosotros -Municipio, Concejo Deliberante-, no podemos ir por encima de una Ley Provincial, sin contar, lo que jurídicamente conocemos todos como, la pirámide jurídica, donde tenemos arriba del todo la Constitución, y así para abajo, donde el último estamento son los Municipios. Con lo cual, yo estoy absolutamente segura que lo que estamos haciendo los concejales del FREJUPA -y, quizás conociendo esto, a lo mejor puedan acompañar el resto también-, es corregir algo que estaba mal hecho. En realidad, nosotros debemos acatar lo que dice la Ley Provincial, que es no vinculante el trabajo de los Consejos Consultivos. Por eso, estoy muy segura ahora, de que lo vamos a votar, es como nosotros -Concejo, FREJUPA-, estamos aseverando. Y, debemos ser responsables en esto. Así, que yo creo que cabría votarlo. Y, espero que el resto de los concejales, a lo mejor viendo esta mirada, puedan acompañarnos. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejala Torres. Concejal Pablo Pera, tiene la palabra.
CONCEJAL PERA IBARGUREN: Sí, presidenta. Más allá de las expresiones de la concejal preopinante, sabemos del doctor Sanchez, que es docente de la Universidad. Sin perjuicio de ello, se hace un análisis taxativo de ciertas normas jurídicas, desde un punto de vista netamente positivista. Así como la Provincia, por ejemplo, cuando se adhiere a una Ley Nacional, puede hacer observaciones -de hecho en la Ley Nacional de Tránsito se encuentra adherida con algunas observaciones, no en todos sus artículos-, nosotros, como autonomía municipal, y no tenemos que perder de vista eso, que los que legislamos en la ciudad de Santa Rosa, somos vecinos de aquí, somos los que más sabemos la idiosincrasia de nuestra ciudad, de su gente, de sus instituciones, de sus estamentos políticos. No debemos perder de vista eso. Y, en función de esa autonomía municipal, es que estamos facultados, más allá de trabajos académicos, a realizar modificaciones o a legislar por encima de lo que decidan los diputados provinciales. Si no, que sería de los distintos Municipios de la provincia, si estamos atados a las mandas de la Cámara de Diputados de la provincia, que está para otros tipos de cuestiones, constitucionalmente constituida. Nosotros, estamos constitucionalmente y ampliamente, facultados para poder mantener la Ordenanza como actualmente está vigente. Sencillamente, esto se resume, a que cuando haya un conflicto de intereses, tenemos que ver para qué lado se va a inclinar la balanza. Cuando haya un conflicto entre lo que diga el Consejo Productivo y lo que le interese al Departamento Ejecutivo. Hoy por hoy, la balanza, con la Ordenanza tal cual está redactada, se inclina para las decisiones del Consejo Productivo, donde está representado parte del Concejo Deliberante y representadas las distintas instituciones. Si nosotros adecuamos esta Ordenanza a lo que establece la Ley Provincial, esa balanza ya dejará de inclinarse para el lado de las instituciones, y se inclinará para lo que decida el Departamento Ejecutivo. En ese sentido, reforzamos que la balanza, se tiene que inclinar para el lado de las instituciones. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Pera Ibarguren. Sí, concejal Rodríguez Vega, tiene la palabra.
CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Simplemente, dos o tres cuestiones presidenta. Acá queda en claro, que el Consejo va a seguir funcionando como en principio. Y, tengo claro, y tenemos que tener en claro, que siempre la balanza dentro de la gestión municipal actual, va a ser en favor de los emprendedores, en favor de las instituciones, que hoy son escuchadas, y que van a seguir siendo escuchadas. Y, van a seguir teniendo participación en el Consejo Consultivo que sigue en funcionamiento. Gracias, presidenta.
PRESIDENCIA: Sí, concejal Estavilla, tiene la palabra.
CONCEJAL ESTAVILLA: Gracias, señora presidenta. En realidad, para afirmar las palabras de mi compañero de Bloque. La verdad, yo no entiendo por qué cambiar algo que hasta el momento venía funcionando muy bien. Desde la implementación de esta línea de créditos, estamos hablando de la línea de crédito más importante con la que cuenta la Municipalidad para trabajar en favor de emprendedoras y emprendedores. Se institucionalizó la opinión vinculante de la opinión de las instituciones, el Concejo Deliberante y el Departamento Ejecutivo, a favor de la entrega de estos créditos. Y, la verdad, es que ha funcionado muy bien. Porque, si comparamos a la Municipalidad de Santa Rosa con otros Municipios de la provincia, se ha hecho un estudio pormenorizado de la entrega de estos créditos. Si nos fijamos en los últimos informes de Santa Rosa, prácticamente no tiene morosidad. Creo, que de todos los créditos entregados, hay uno solo que está en situación de cobro judicial. Y, se ha trabajado en un acompañamiento al resto de las personas que han accedido a estos créditos. Muchos dirán, que Santa Rosa entregó pocos créditos durante la etapa pasada. Y, en realidad nosotros lo que vemos, es una entrega cierta y certera, decidiendo democráticamente dentro de este Consejo, a favor de qué emprendedora o emprendedor va a ir esa cantidad de dinero. Así, que vuelvo a decir, sinceramente, y respetando la opinión de los concejales y concejalas del Bloque oficialista, que no entiendo la necesidad de modificar algo que en la práctica, estaba funcionando muy bien, y que generaba una participación genuina, y se le daba la importancia que las instituciones de la ciudad de Santa Rosa merecen. Nada más, y gracias, señora presidenta.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Estavilla. Concejala Torres, tiene la palabra.
CONCEJALA TORRES: Sí. Lo vamos a modificar, porque legalmente no corresponde. Es decir, en la Ley Provincial dice que no es vinculante. Y, nosotros tenemos que aceptar eso, porque tenemos una autonomía relativa como Municipio. No tenemos una autonomía plena. Sino, tendríamos que tener nuestra propia Ley como Municipio. Y, cada Municipio tener su propia Ley. Tenemos una Carta Orgánica Municipal, para todos los Municipios, reitero. Entonces, estamos siendo más democráticos que nunca, cumpliendo lo que corresponde por Ley. Y, no me cabe ninguna duda que las instituciones intermedias se van a hacer escuchar, y van a ser escuchadas. Porque, tienen un ejercicio muy pleno en sus funciones más genuinas de participación. Así, que eso no se va a alterar bajo ningún aspecto. Con lo cual, yo insisto, tenemos que apegarnos a las Leyes. Y, cumpliendo con las Leyes, debemos sacarle el carácter de vinculante. Gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejala Torres. Concejala Giorgis, tiene la palabra.
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señora presidenta. No pensaba intervenir. Pero, el elemento que se trae a colación en el Recinto, justamente no se pudo analizar en Comisión. Creo, que producto del apuro que nosotros señalábamos. Es decir, justamente, si hay un impedimento legal, como el que aquí se está planteando, de continuar la Ordenanza como existe, bueno, es un elemento más que serio como ponerlo en la mesa de la Comisión. Con lo cual, más que reforzada nuestra postura de que no había ninguna urgencia en su modificación, además de los argumentos que ya dieron los concejales preopinantes de mi Bloque, respecto de la importancia de la participación de las instituciones. Pero, como aquí se plantea un tema, del que hemos estado trabajando en la ilegalidad, yo creo que merecerían, entonces, una revisión todas las Ordenanzas de este Concejo Deliberante, que han dado más derechos que una Ley Provincial; que también estarían en la ilegalidad. Creo, que el sentido común nos indica, que a lo que está haciendo referencia ese trabajo, seguramente…no la he visto a la tesina, pero, por ejemplo, por no tener una Carta Orgánica Municipal, cosa de la que estaría totalmente de acuerdo, por ejemplo un Municipio no puede convocar a elecciones municipales si no se hace en el marco de la Ley Provincial. Es decir, hay cuestiones sobre las cuales los Municipios no pueden avanzar. Ahora, que en la adhesión a una Ley Provincial, nosotros no podamos mejorar…el sentido común de cualquier cátedra de Derecho, indica que no podemos legislar a la baja. Es decir, no podemos adherir y legislar a la baja. Pero, tenemos toda la autonomía, así como la Provincia la tiene respecto a la adhesión a las Leyes Nacionales. Nos ha tocado en la Cámara adherir a la Ley de Violencia contra las Mujeres, a la Ley de Financiamiento Educativo, a la Ley de Niñez y Adolescencia. Y, en todas, fueron incorporados artículos, si quieren, que mejoraban esos derechos, o los adecuaban a la situación provincial. Lo que no podemos hacer, es adherir y legislar a la baja. Pero sí, a la alta, que fue lo que se hizo en esa Ordenanza que hasta hoy estará vigente en este Municipio. Es decir, si hay un cuestionamiento de este tipo, bueno, yo diría que el Concejo se aboque a revisar todas las Ordenanzas ilegales que estamos aplicando en la Municipalidad de Santa Rosa. Y, en otros Municipios, obviamente.
PRESIDENCIA: Gracias concejala Giorgis. Tiene la palabra el concejal Rodríguez Vega.
CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Sí, señora presidenta. Gracias. Lo único que quiero reiterar, es que las instituciones van a seguir participando. Que, el Consejo va a seguir funcionando. Que, se va a seguir analizando la cuestión del trámite de los créditos. Y, en el marco de la Ley Provincial, cuando se debatió, recuerdo que todos los Bloques, del oficialismo y de la oposición, aprobaron aquella normativa provincial, que otorgó en su momento, esta cuestión del carácter no vinculante de los Consejos en cada uno de los Municipios. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodríguez Vega. Tiene la palabra el concejal Estavilla.
CONCEJAL ESTAVILLA: Gracias, presidenta. La verdad, que nosotros no somos una escribanía de lo que se decida en la Cámara de Diputados. Creo, que concejales y concejalas de este período y de períodos anteriores, entiendo que fuimos elegidos para legislar a favor de las vecinas y vecinos de Santa Rosa. Y, como dijo la concejala Giorgis, siempre pensando en legislar a favor. Así, que tomando las palabras del concejal preopinante, no concuerdo en absolutamente nada. Porque, si eventualmente diputados y diputadas de mi Partido, de mi Bloque, han votado una Ley que dice que los Consejos Consultivos Productivos tienen que ser no vinculantes, más que nunca, reafirmo la independencia de criterios que tuvieron las concejalas y concejales que votaron la Ordenanza en esta casa en ese momento, que hicieron del Consejo Productivo Económico algo vinculante. Vuelvo a repetir, realzo esa independencia de criterios. Y, valoro mucho que se legisle a favor de las vecinas y vecinos de Santa Rosa, sin tener que funcionar como una escribanía de lo que decidan en la Cámara de Diputados o en el Gobierno Provincial. Nada más presidenta.-
PRESIDENCIA: Gracias concejal Estavilla. Concejal Juan Lima, tiene la palabra.
CONCEJAL LIMA: Gracias, presidenta. He estado, como todos ustedes, escuchando atentamente este debate. Y, escucho frases que se dicen por ahí, con mucha ligereza. Hablar de decisiones no democráticas. Hablar de cercenamiento de la palabra a las instituciones. Hablar de interpretaciones que le queremos dejar a la sociedad en cuanto al funcionamiento de este Consejo Productivo Local. Yo creo, que hay que ser cuidadoso cuando se emiten estas frases. Porque, primero, en éste, que es el ámbito de la democracia local, llegamos a un dictamen en el ámbito que corresponde discutirlo y debatirlo, donde lógicamente se van a dar las diferencias de opiniones. Sobre todo, las diferencias de miradas ideológicas, que muchas veces son, las que marcan las decisiones. Y, en ese camino nosotros nos dirigimos. Y, en esa línea, es que se toma esta decisión. No es un capricho del Poder Ejecutivo hacer esta modificación. Porque, parecería ser que ustedes están aseverando que el Ejecutivo es irresponsable. Yo creo, que ninguna gestión quiere ser irresponsable en el manejo de la cosa pública, en el manejo de los fondos públicos. Ninguna gestión municipal, quiere tener discrecionalidad en la entrega de créditos. Porque, lógicamente como sabemos, todos estos fondos comprometen la coparticipación municipal. Y, ninguna gestión quiere hacer esto. Entonces, esto tiene que ver con una decisión política. Una decisión de miradas. Y, se discute en el lugar y en los ámbitos de la democracia. Se ha discutido en las Comisiones que corresponden. Y, bueno, como Bloque hemos emitido. Y, nos parece que es una herramienta que necesita el Ejecutivo para seguir, sobre todo en un contexto de profunda crisis, para que pueda otorgar estos créditos, para poner lo más rápidamente posible en funcionamiento, el trabajo y los pequeños emprendimientos productivos. Entonces, acá pareciera ser que el Consejo Consultivo -eso es lo que me parece haber interpretado-, no va a tener participación. Esta modificación, en ningún momento dice que el Ejecutivo Provincial, además de que el Consejo Productivo Local, va a seguir funcionando como lo venía haciendo. Tampoco en ningún lado dice esta modificación, que el Ejecutivo no se va a regir por las opiniones que emita este Consejo. En ningún lado dice, que no va a acatar esas decisiones. Entonces, seamos cuidadosos en el lugar que estamos, de emitir frases como las que se están diciendo, de hablar de decisiones no democráticas y de cercenamiento de la palabra. Porque, caemos en errores que no le hacen bien, precisamente, a este ámbito de la democracia. Gracias. Nada más, señora presidenta.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Juan Lima. Concejal Pablo Pera, tiene la palabra.
CONCEJAL PERA IBARGUREN: Sí, presidenta. Gracias. Nosotros hemos entendido bien el Proyecto de modificación de Ordenanza. Éste, es justamente el ámbito democrático para decir todas las cosas que estamos diciendo. Lo que propone el Departamento Ejecutivo con ese Proyecto de Ordenanza, es que la palabra de esas instituciones no le sea vinculante. Es decir, que esas palabras, de esas instituciones, quedan en la facultad del intendente decir si las va a escuchar o no las va a escuchar. Es, sencillamente eso. Con este Proyecto de Ordenanza, lo que nos pide el intendente, es que las va a escuchar, pero puede o no, tomar esos consejos. Por eso, este Consejo Consultivo debe mantenerse en la tesitura que está hoy, que es, la de que sus opiniones y sus palabras van a ser vinculantes para las decisiones que tome el Ejecutivo. Lo que nos pide el intendente, es que esas palabras y esos dictámenes de ese Consejo, él las pueda escuchar, porque va a seguir funcionando el Consejo, porque en ningún momento nosotros dijimos que este Consejo Consultivo iba a ser derogado o va a dejar de reunirse, va a escuchar la opinión del Consejo, pero puede hacerle caso o no hacerle caso, de acuerdo a la intención que tenga el intendente. Si van con su política o no van con su política las decisiones del Consejo. En un tema de los fondos públicos, donde los fondos deben ser manejados, no por el intendente del Partido que haya ganado las elecciones. Sino, que son fondos que tienen que ser controlados y destinados en función de todas las representaciones políticas. Entendemos, que como viene funcionando hasta el día de hoy, viene funcionando de manera acertada, como dijo el concejal Estavilla, viene funcionando bien. No ha habido conflictos. Lo que sí no entendemos, por qué esta propuesta del intendente de tener esa facultad de decidir en función de lo que le diga el Consejo o no, ya que durante esta gestión, digamos, todavía no se ha reunido el Consejo, no ha habido ningún conflicto que pueda…algún, de lo que comúnmente se denomina “palos en la rueda”, ninguna cuestión de esa, que haya impedido la entrega de algún crédito, que haya impedido la celeridad que amerita la situación como la que estamos viviendo. Entonces, reafirmo las expresiones de la banca que ocupamos y del Bloque del FREPam. Entendimos bien cuál es la intención del Ejecutivo, que es, no verse obligado a aceptar las palabras de las instituciones. Quedamos a la buena voluntad, de si el intendente decide escucharlas y aplicarlas, o decide escucharlas y no aplicarlas. Porque, le estamos sacando justamente, el carácter vinculante. Gracias.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Pera Ibarguren. Concejal Rodríguez Vega, tiene la palabra.-
CONCEJAL RODRIGUEZ VEGA: Simplemente, para volver a reiterar ante el Cuerpo Deliberativo y los concejales y demás, esta cuestión de que el Consejo va a seguir funcionando, que el Consejo va a seguir teniendo la misma participación, y el Consejo va a seguir siendo escuchado. Se trata ésto, en definitiva, de una cuestión de diferencia de posiciones, que como bien se decía, el tema fue debatido en la Comisión del martes. Entonces, lo que digo es, el tema fue tratado, fue analizado, se llegó hoy al Recinto con una postura de cada uno de los Bloques que hoy se está llevando adelante, digamos. Entonces, lo que digo es, tengamos en cuenta que se trata de una cuestión de que el Consejo Productivo Local tiene la participación de las instituciones. Y, esas instituciones van a seguir participando, van a seguir con el trámite de los créditos. Se trata, en el fondo, de una decisión política del intendente municipal. Y, a mí me parece que ya llegamos a un momento donde, si se me permite presidenta, tendríamos que votar. Es, lo que pido.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Rodríguez Vega. Tiene la palabra el concejal Depetris.
CONCEJAL DEPETRIS: Simplemente, para dejar sentado finalmente, antes de proceder a la votación, que nuestra posición no parte de una mirada autoritaria, respecto a lo que dijo la concejala. Sino, simplemente, es ejercer un derecho que nos ofrece la democracia y el ámbito, con un interesante debate de ideas, con el respeto que nos merecemos como representantes de la ciudadanía, procedemos a una votación cuando no hay acuerdo en las miradas. Son dos puntos de vista. Son necesidades para la gestión. Y, en eso estamos. De ninguna manera, creemos que sea un acto de fuerza. Simplemente, quería dejar sentado eso.
PRESIDENCIA: Gracias concejal Depetris. Si ningún otro concejal o concejala va a hacer uso de la palabra, vamos a poner a votación del Proyecto.
Puesto a votación, el Proyecto es aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de las/os concejalas/es Depetris, Fernández, Grotto, Lima, Rodríguez Vega, Sueldo y Torres; votando en forma negativa los/as concejales/as Castañiera, Estavilla, Giorgis, Guerrero y Pera Ibarguren. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.
18.- Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones aconsejando el Pase a ARCHIVO del Expte Nº 74/2020-1 y Expte Nº 73/2020-1 del Concejo Deliberante.
Puesto a consideración, el Despacho es aprobado por unanimidad.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con veinticinco minutos.

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