1444º REUNIÓN- QUINTA SESIÓN ESPECIAL- PERIODO 2020

30 de Octubre a las 10,30 hs

SANTA ROSA, 28 de Octubre de 2020.-
VISTO:
El artículo 14 de la Ley 1597 “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” que establece el período de Sesiones Ordinarias, desde el 1º de Marzo hasta el 30 de Noviembre;
El artículo 49, inciso 4) de la Ley 1597 “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento”, el Concejo Deliberante puede reunirse en Sesiones Especiales, cuando fuere convocado por el Intendente Municipal o por la Presidenta del Concejo Deliberante, por motivos especiales, o lo solicite un mínimo de un tercio del número de sus miembros;
El artículo 58, inciso 2) de la Ley 1597 “Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento” es facultad de la Presidencia de convocar a las Concejalas y Concejales a las reuniones que deba celebrar el Cuerpo, sean estas Preparatorias, Ordinarias, Extraordinarias o Especiales; y CONSIDERANDO:
Que mediante Nota de fecha 26 de Octubre las Concejalas y Concejales del Bloque Frente Justicialista Pampeano, FreJuPa, han solicitado se convoque a Sesión Especial; y
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
POR ELLO:
LA PRESIDENTA DEL CONCEJO DELIBERANTE RESUELVE:
Artículo 1º.- Convocar a las Concejalas y Concejales para el día 30 de Octubre a las 10,30 horas a fin de celebrar las Quinta Sesión Especial del Período 2020.
Artículo 2º.- Es objeto de la Sesión Especial considerar los siguientes Asuntos:

  1. Nota presentada por la Concejala Ana Natalia SUELDO solicitando licencia sin goce de haberes hasta el día 31 de Diciembre del corriente año; y b) Nota Nº 87/2020 del Señor Intendente Municipal solicitando prórroga hasta el 31 de Diciembre de 2020 para la elevación de los Proyectos de Tarifaria y Presupuesto para el Ejercicio 2021.

Artículo 3º.- De aprobarse la Disposición que otorga licencia por razones particulares a la Concejala Ana Natalia SUELDO se tomará Juramento a la Concejala Suplente Jésica Lorena GUAIQUIÁN.
Artículo 4º.- Regístrese. Comuníquese al Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo. Cumplido: archívese.
Resolución Nº 58/2020.-PCD-

Twitter Facebook Contáctanos