Ordenanza Nº 6893/23

Excepción al CLUB ITALIANO DE SANTA ROSA de lo establecido en la Ordenanza Nº 3218/2004 - Código de Espectáculos Públicos y sus Locales

SANTA ROSA (L.P.), 23 DE JUNIO DE 2023.

El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1º.- Exceptúase al CLUB ITALIANO DE SANTA ROSA de lo establecido en el Capítulo II – Requisitos, Artículo 7º inciso “m” de la Ordenanza Nº 3218/2004 y sus modificatorias.

Artículo 2º.- Establécese que dicha eximición tendrá vigencia por UN (1) año a partir de la fecha de su promulgación y por única vez.

Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. Nº 95/2023 (CD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRÉS.

Alfredo E. GARCÍA, Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abogada Paula V. GROTTO, Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

Twitter Facebook Contáctanos