Ordenanza N° 6979/23:

Excepción a la prohibición establecida en el artículo 41° inciso 3) de la Ordenanza N° 4422/2011

Santa Rosa (L.P.), 23 de Noviembre de 2023.

El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.

Artículo 1°.- Excepciónase al señor Alberto Mario BLANCO, D.N.I. N° 10.074.794 titular de la nomenclatura MA – TA – SEM 001 – 008, Referencia C 5078, ubicada en el Cementerio Local de esta Ciudad, correspondiente a un nicho de carácter privado, de la prohibición establecida en el artículo 41° inciso 3) de la Ordenanza N° 4422/2011 y sus modificatorias, a fin de proceder oportunamente a efectuar la transferencia de aquél a favor de sus hijos Misael María Victoria BLANCO D.N.I. N° 30.876.571, Yael María de Jesús BLANCO, D.N.I. N° 31.942.765 y Lisandro Nicolás BLANCO, D.N.I. N° 34.632.696, todas las partes domiciliadas en calle Ceferino Namuncurá N° 431 de esta Ciudad, a excepción de la señora Yael María de Jesús BLANCO, D.N.I. N° 31.942.765 que reside en el país de España, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente y demás constancias obrantes en el Expediente N° 423/2023/1-1 (DE).
Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.

Expte. N° 238/2023-1 (CD) y Expte. N° 423/2023/1-1 (DE).


DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS.
GARCÍA Alfredo E., Secretario Honorable Concejo Deliberante; Abog. GROTTO Paula V., Presidenta Honorable Concejo Deliberante.

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