Creación del Departamento de Acción Social de la Municipalidad de Santa Rosa. DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

Creación del Departamento de Acción Social de la Municipalidad de Santa Rosa.


DEROGADA POR LA ORDENANZA Nº 6273/2019

ORDENANZA N° 162/1981 Dictada por el Poder Ejecutivo Provincial el 28 de Septiembre de 1981.
ARTICULO 1º.- Créase en la Municipalidad de Santa Rosa el Departamento de Acción Social dependiente de la Secretaría de Gobierno, Hacienda y Acción Social.
ARTICULO 2º.- Apruébase el Organismo y Manual de Funciones del Departamento de Acción Social que como Anexo I y II, forman parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º.- La presente Ordenanza será refrendada por el señor Ministro de Gobierno, Educación y Justicia.
ARTICULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Oficial, comuníquese y pase al Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia a sus efectos.
Dr. Otto L. ELIZALDE Cr. Ricardo Jose TELLERIARTE
Ministro de Gobierno, Gobernador de La Pampa
Educación y Justicia A N E X O I ORGANIGRAMA DE FUNCIONES
Intendente Municipal:
I.- Secretaría de Gobierno, Hacienda, y Acción Social

  1. Departamento Acción Social

-Sección Acción Comunitaria
-Sección Asistencia Directa
-Sección Programación A N E X O II MANUAL DE FUNCIONES
Misión del Departamento:
Es el Departamento de carácter técnico-administrativo encargado de instrumentar acciones de asistencia, promoción, motivación individual y comunitaria, a fin de lograr una efectiva participación en la vida comunitaria, dirigida hacia el logro del bienestar social.
Funciones:

  1. Programar y ejecutar las acciones tendientes al cumplimiento de las políticas que fije el Gobierno Municipal, destinadas al logro de los objetivos de bienestar social.
  2. Arbitrar los medios necesarios para brindar sistemas de ayuda directa a grupos familiares en estado de carencia debidamente comprobados.
  3. Detectar iniciativas e inquietudes comunitarias, evaluarlas y elevarlas a la superioridad, a efectos de mejorar el nivel de vida de los sectores poblacionales con mayor problemática socio-económica.
  4. Efectuar las coordinaciones intersectoriales que correspondan para optimizar las prestaciones del sector.
  5. Organizar y proponer actividades de promoción socio cultural, deportivas y/o recreativas, como parte integrante del Programa de Desarrollo Comunitario.
  6. Supervisar el trabajo técnico que se desarrolle en cumplimiento de los objetivos generales.
  7. Coordinar y compatibilizar las acciones a desarrollar, tomando en cuenta los objetivos generales y específicos de cada sección.

Objetivos por Secciones:
Sección Asistencia Directa:
– Brindar atención directa, orientación y seguimiento de los casos individuales que se detecten.
– Instrumentar sistemas de atención concreta de estados carenciales: subsidios en efectivo, materiales de construcción, medicamentos, víveres, etc.
– Efectuar los estudios socio-económicos y de antecedentes necesarios, para certificar estados carenciales, para lo cual afectará personal especializado.
Sección Programación:
– Efectuar las investigaciones sociales a nivel comunitario que corresponda, para proponer
programas de desarrollo.
– Evaluar el grado de avance de las acciones.
– Instrumentar sistemas de contralor económico, financiero y estadístico.
– Organizar y ejecutar sistemas de capacitación interna.
– Coordinar con la superioridad y otras reparticiones la ejecución de proyectos y
programas.
– Elaborar proyectos y programas de mejoramiento social.
Sección Acción Comunitaria:
– Ejecutar acciones concretas de trabajo en terreno, mediante la aplicación de técnicos
sociales.
– Detectar, analizar y proponer a la superioridad, inquietudes comunitarias.
– Detectar, atender, orientar y seguir los casos individuales detectados en el ejercicio de
la función en terreno.
– Organizar, fortalecer y/o promover trabajo comunitario a través de grupos formales o
informales.

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