Facúltese al D.E. a otorgar “permiso de uso” a instituciones de bien público, deportivas y/o dedicadas a la introducción, adaptación y difusión de especies botánicas, en relación a los inmuebles pertenecientes a la Estancia ¨La Malvina¨

Facultando a otorgar permisos de uso a instituciones para introducción de especies botánicas en inmuebles adyacentes a la laguna "Don Tomás" perteneciente a la Estancia "La Malvina".

ORDENANZA N° 1588/95
Sancionada por el H. Concejo Deliberante de Santa Rosa el 31 de Enero de 1995.

ARTICULO 1°.- Facúltase al departamento Ejecutivo a otorgar “permiso de uso” a instituciones de bien público de la Ciudad de Santa Rosa, deportivas y/o dedicadas a la introducción, adaptación y difusión de especies botánicas, en relación a los inmuebles adyacentes a la Laguna “Don Tomás” y pertenecientes a la Estancia “La Malvina” y que serán catastralmente determinados en base a la mensura de subdivisión a ejecutarse.
ARTICULO 2°.- Cada permiso de uso no podrá exceder el plazo de veinte (20) años, recibiendo cada institución el terreno en calidad de “tenencia precaria” y condicionada al oportuno y pleno cumplimiento de las obras y demás obligaciones determinadas en cada convenio a celebrarse.
ARTICULO 3°.- La evaluación y determinación de cada institución será realizada por el Departamento Ejecutivo considerando cada proyecto, su viabilidad, adecuación al diseño general de la zona, adecuación a espacios semi-rurales y diversidad de las actividades a desarrollar, todas aquellas características que lo hagan armónico con el diseño del emprendimiento general y la posibilidad de uso para las actividades del Municipio.
ARTICULO 4°.- Cada institución oferente deberá acreditar en legal forma, personería jurídica vigente y su domicilio en esta ciudad, no tener fines de lucro u otros recursos económicos que no sean aportes voluntarios, donaciones o cuotas de socios o adherentes y reunir los demás requisitos precisados en la reglamentación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5°.- Tanto al fenecer el plazo del permiso como por caducidad anticipada del mismo, por incumplimiento por la institución de las obligaciones asumidas en el respectivo instrumento, todas las mejoras emplazadas, plantaciones, etc., quedarán como integrativas del Patrimonio Municipal sin derecho a indemnizacón o compensación de ninguna índole para la institución.
ARTICULO 6°.- (TEXTO RATIFICADO por ORDENANZA 1.751/96): Quedan expresamente excluidos de estos permisos de uso, el edificio del casco de la Estancia “La Malvina”, el sector circundante al mismo, definido por los siguientes lados: al Este 168,00 metros, al Sur 175,00 metros, al oeste 164,60 metros y al Norte 140,00 metros, conformando una superficie aproximada de 2 has. y 70 áreas. Tal exclusión se fundamenta en la vigencia de la Ordenanza N° 783/90, referida a la preservación del patrimonio arquitectónico de la ciudad, y la Ordenanza N° 936/91, aprobatoria del inventario realizado en su oportunidad. El citado edificio será remodelado, para lo cual el Departamento Ejecutivo elaborará el correspondiente proyecto, el que deberá ser remitido al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación.
ARTICULO 7°.- El Departamento Ejecutivo reglamentará la presente ordenanza, la cual deberá remitirse, al Honorable Concejo Deliberante, conjuntamente con el diseño del emprendimiento general de la zona establecido en el artículo 3° de la presente.
ARTICULO 8°.- Recepcionadas las presentaciones el departamento Ejecutivo Municipal las evaluará, de acuerdo a las pautas anteriormente indicadas y las que contenga la reglamentación de la presente, siendo elemento sustancial la diversidad de las actividades a desarrollar en cada caso, evitándose la duplicidad de disciplinas iguales o similares. Cumplido ello, deberá remitir las actuaciones al Honorable Concejo Deliberante para obtener la autorización individual de los permisos.
ARTICULO 9°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y, cumplido, archívese.
Ricardo Luis CASO Eduardo J. BARTEL
Secretario Presidente
H. Concejo Deliberante H. Concejo Deliberante

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

Twitter Facebook Contáctanos