Convenios de prestaciones recíprocas con instituciones intermedias.

Convenios de prestaciones recíprocas con instituciones intermedias.

ORDENANZA N° 911/91
Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa
el 20 Agosto de 1991.-

ARTICULO 1º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a propiciar la celebración de convenios de prestaciones recíprocas con Instituciones intermedias de la ciudad de Santa Rosa, de conformidad con las condiciones generales que se establecen en los artículos siguientes.-

ARTICULO 2º.- Las Instituciones intermedias cederán el uso de sus instalaciones para ser utilizadas por la Municipalidad en la ejecución de programas comunitarios propios o de otras Instituciones sociales, educativas, culturales, deportivas, etc.

ARTICULO 3º.- Los convenios a celebrarse tendrá un plazo de un (1) año contando a partir de su vigencia y serán prorrogados automáticamente por períodos iguales, salvo voluntad expresa de las partes de dejarlos sin efecto puesta de manifiesto con una antelación no menor a noventa (90) días.-

ARTICULO 4º.- Por cada año de vigencia del convenio, a la finalización de período y como contraprestación por la utilización de las instalaciones, la Municipalidad condonará el período anual adecuado más antiguo, anterior a la vigencia de la presente Ordenanza, en concepto de tasas retributivas de servicios municipales y sanitarios de los inmuebles cuyos números de referencia deberán ser especificados en el convenio.-

ARTICULO 5º.- De conformidad con las circunstancias particulares de cada convenio y como contraprestación por la utilización señalada, la Municipalidad podrá eximir, a partir de la vigencia del convenio respectivo, el pago de las tasas retributivas de los servicios municipales y sanitarios de los inmuebles sujetos al presente.-

ARTICULO 6º.- Los acuerdos que se logren en el marco de la presente ordenanza serán elevados, con todos los antecedentes pertinentes, para su consideración y aprobación particular por el Concejo Deliberante.

ARTICULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y, cumplido: Archívese.

Angel Ceferino BARAYBAR Pedro FREIDENBERGER
Concejal Secretario
Vice-Presidente H. Concejo Deliberante
H. Concejo Deliberante

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