Pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 5626/2017
Pagos a cuenta del Impuesto al Valor Agregado.
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 5626/2017ORDENANZA Nº 95/1980 Sancionada y promulgada por el Intendente Municipal de Santa Rosa el 21 de Noviembre de 1980.
ARTICULO 1º.- Los matarifes, carniceros y/o usuarios del servicio del Matadero Municipal, que realicen matanza de animales de la especie bovina y ovina, deberán ingresar un pago a cuenta en concepto de Impuesto al Valor Agregado, de acuerdo a lo determinado en el artículo 3º de la Resolución General Nº 2287/80 de la Dirección General Impositiva.
ARTICULO 2º.- Los responsables del impuesto, deberán hacer efectivo el pago en el momento de entrega de la carne faenada, en caso contrario ésta no podrá ser retirada.
ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, pase a conocimiento de Contaduría y cumplido: Archívese.
Cr. Irma Nidia MONLEZUN Ing. Juan OSPITAL
Secretario de Gobierno, Intendente Municipal
Hacienda y Acción Social
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