Créase la Sección Patrulla Ecológica.
Creación Sección Patrulla Ecológica.
ORDENANZA N° 1342/93 Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa el 18 de Noviembre de 1993.
ARTICULO 1º.- Créase en el ámbito del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Rosa la sección “Patrulla Ecológica”, cuya misión será la detección de toda situación que atente contra el medio ambiente.
ARTICULO 2º.- El personal integrante de esta Sección tendrá categoría de Inspector, dependiendo los mismos de la Dirección que a tal fin determine el Departamento Ejecutivo en la reglamentación de la Presente Ordenanza.
ARTICULO 3º.- Serán funciones de la ” Patrulla Ecológica “:
- Verificar situaciones que afecten al Medio Ambiente urbano; constatar, librar actas, efectuar emplazamientos, citaciones, etc.-
- Realizar inspecciones de rutina preventivas, sobre contaminación ambiental e inspecciones especiales que se dispongan.-
- Colaborar en las inspecciones de habilitación de comercios, industrias y servicios, cuando por razones ambientales así lo requieran.-
- Disponer de medidas que tiendan a la prevención y eliminación de la contaminación ambiental.-
ARTICULO 4º.- La intervención de dicha Patrulla será de oficio o a pedido de partes, estando plenamente facultado para hacer cesar la situación o hecho que exceda contra el medio ambiente. En caso que la situación o hecho exceda sus facultades o exista una imposibilidad material de lograr el cese del daño ambiental o la infracción, labrará el acta de infracción e informe pertinente y dentro de las veinticuatro (24) horas elevará los mismos a la repartición Municipal que le corresponde actuar, conforme a la legislación municipal vigente.
ARTICULO 5º.- El Departamento Ejecutivo dispondrá de un plazo de ciento veinte (120) días a partir de la promulgación de la presente Ordenanza para su reglamentación.
ARTICULO 6º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar las reestructuras que sean necesarias para la ejecución de la presentación.
ARTICULO 7º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y; cumplido, Archívese.
Mario Julio GALDIN Nelida LONEGRO de DELAMER
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –