Ratificando convenios sobre remodelación de la Avda. Spinetto y ejecución del Sistema Pluvial de calle Gobernador Duval.
Ratificando convenios sobre remodelación de la Avda. Spinetto y ejecución del Sistema Pluvial de calle Gobernador Duval.
ORDENANZA N° 375/87
Sancionada por el Honorable Consejo Deliberante de Santa Rosa
el 7 de Mayo de 1987.
ARTICULO 1º.- Ratifícanse los Convenios suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Rosa y el Gobierno de la Provincia de La Pampa, de fecha 30 de diciembre de 1986 y fecha 21 de enero de 1987, que como Anexo I y Anexo II respectivamente forman parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a designar un representante técnico que cumplirá funciones ante el Poder Ejecutivo de la Provincia de La Pampa a los efectos de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese. Cumplido. Archívese.
Nilda A. VALCARSEL Elma Ernestina OROSCO DE MORETE
Secretario Presidente
Honorable Consejo Deliberante Honorable Consejo Deliberante
ANEXO I
Entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA, representado en este acto por el señor Ministro de Obras y Servicios Públicos ingeniero Carlos Alberto VERNA, en adelante llamado “EL GOBIERNO”, por una parte y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA, representado en este acto por el señor Intendente Municipal señor Eduardo Feliz MOLTENI, llamado en adelante “EL MUNICIPIO” por la otra parte, acuerdan celebrar el presente Convenio, “ad- referendum” del Poder Ejecutivo Provincial y el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa.
PRIMERO:” EL GOBIERNO” procederá a la ejecución de la obra denominada “SISTEMA PLUVIAL DE
LA CALLE GOBERNADOR DUVAL DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”, comprendiendo el
término “ejecución” la elaboración delPliego Licitatorio, el llamado a Licitación Pública
correspondiente, la adjudicación y firma del Contrato con el oferente adjudicatario y la
Inspección y recepción de los trabajos en el plazo establecido.
SEGUNDO: Por su parte “EL MUNICIPIO” presta su total aprobación a la ejecución de las obras por
parte de “EL GOBIERNO”, las que serán realizadas con sujeción a los términos de la
documentación licitatorio.
TERCERO: Finalizadas las obras y producida su recepción por su parte de “EL GOBIERNO”, “EL
MUNICIPIO” se hará cargo de la operación y mantenimiento de la misma.
CUARTO: “EL GOBIERNO” se reserva el derecho de supervisar el normal funcionamiento del
sistema, comprometiendo su colaboración y asesoramiento técnico en los casos en que
sea necesario.
En prueba de conformidad se firman cinco ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis.
Ing. Carlos Alberto VERNA Eduardo Feliz MOLTENI
Ministro de Obras y Intendente Municipal
Servicios Públicos
CONVENIO AMPLIATORIO ANEXO II
Entre el Gobierno de la Provincia de La Pampa representado en este acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos Ing. Carlos Alberto VERNA, en adelante llamado “EL GOBIERNO”, por una parte y la Municipalidad de la Ciudad de Santa Rosa, representada en este acto por el Señor Intendente Municipal Señor Eduardo Feliz MOLTENI, llamada en adelante “EL MUNICIPIO” por la otra parte, acuerdan celebrar el Presente Convenio Ampliatorio del acuerdo que se suscribiera entre las mismas partes con fecha 30 de diciembre de 1986 y que fuera aprobado por Decreto N° 3.661/86 del Poder Ejecutivo Provincial, sujetando también la validez del presente ad-referendum~ de este último y del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa.
PRIMERO: “EL GOBIERNO”, ampliando las obligaciones contraídas en el punto PRIMERO del
Convenio originario, procederá a la ejecución de la obra denominada “REMODELACION
DE LA AVENIDA SPINETTO DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”, comprendiendo el término
ejecución la elaboración del Pliego Licitatorio, el llamado a licitación Pública
correspondiente, la adjudicación y Firma del contrato con el oferente adjudicatario y la
Inspección y, recepción de los trabajos en el plazo establecido.
SEGUNDO: Por su parte “EL MUNICIPIO” presta su total aprobación a la ejecución de las obras
mencionadas, en el punto precedente por parte de “EL GOBIERNO”, las que serán
realizadas con su ejecución a los términos de la documentación licitatoria.
TERCERO: Finalizadas las obras y producidas su recepción por parte de “EL GOBIERNO”, “EL
MUNICIPIO” se hará cargo del mantenimiento de las mismas.
CUARTO: “EL GOBIERNO” se reserva el derecho de supervisar el normal funcionamiento del
sistema, comprometiendo su colaboración y asesoramiento técnico en los casos en que
sea necesario.
QUINTO: Como consecuencia de lo pactado en el presente y de lo establecido en el Convenio
originario, denomínase globalmente a las obras a cuya ejecución se obliga “EL GOBIERNO”
como “PRIMERA ETAPA: SISTEMA DUVAL “D” DE LOS DESAGUES PLUVIALES Y
REMODELACION DE LA AVENIDA SPINETTO DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA”.
En prueba de conformidad se firman cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiún días del mes de enero de mil novecientos ochenta y siete.
Ing. Carlos Alberto VERNA Eduardo Feliz MOLTENI
Ministro de Obras y Intendente Municipal
Servicios Públicos
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