ORDENANZA Nº 1535/1994

Animales en la vía pública. Secuestro y sanciones. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4099/2009

Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 30 de Noviembre de 1994.

ARTICULO 1º.- Procédase al secuestro de animales equinos, lanares, porcinos, vacunos y/o similares, cuando estos sean encontrados sueltos, sin cuidado y vigilancia, en calles, caminos vecinales y rutas ubicadas dentro del ejido municipal o en inmuebles de propiedad del Municipio.

ARTICULOS MODIFICADOS POR ORDENANZA Nº 3215/2004 ARTICULO 2º.- .Modificado por Ordenanza nº 3215/2004,el que quedarà redactado de la siguiente manera:
Artículo 2º.- El propietario podrá retirar el/los animales secuestrados dentro de los dos -2- días hábiles siguientes al secuestro, previo pago de la multa que reglamenta la Ordenanza Tarifaria y los gastos de traslado y manutención que determine con carácter general el Departamento Ejecutivo. Transcurrido el plazo indicado los animales quedaran definitivamente decomisados. Modificado por Ordenanza nº 3213/2004,el que quedarà redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 3º.-Modificado por Ordenanza nº 3215/2004, el que quedara redactado de la siguiente manera: Los animales secuestrados conforme el Artículo 1º, que no registren propiedad según lo establecido en la Ley Provincial Nº 1601, o que no sean reclamados conforme el Artículo 2º, quedaran definitivamente decomisados y serán vendidos en remates feria o a particulares, en el modo y forma que reglamente el Departamento Ejecutivo.
Asimismo, se autoriza al Departamento Ejecutivo a la firma de convenios con instituciones de bien público, para la donación de los animales decomisados.

ARTICULO 4º.- El Departamento Ejecutivo ingresará a Rentas Generales los importes recaudados por la aplicación de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º.- Derogase la Ordenanza nº 564/88 y toda otra disposición que se oponga a la presente.
ARTICULO 6º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y, cumplido, archívese.-

Ricardo Luis Caso Eduardo J. BARTEL
Secretario Presidente H. CONCEJO DELIBERANTE

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