Permisos de tendido de redes de radiodifusión y televisión.

Permisos de tendido de redes de radiodifusión y televisión.

ORDENANZA N° 28/1984
Sancionada por el Honorable Consejo Deliberante
el 15 de Marzo de 1984.

ARTICULO 1º.-La utilización de espacios públicos para el tendido de redes exteriores, (aéreas y subterráneas) para servicios complementarios de radiodifusión y televisión será autorizado en cada
caso por el Departamento Ejecutivo Municipal, a requerimiento de las personas físicas o jurídicas interesadas.

ARTICULO 2º.-Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, y cuplido, archívese.

Maria Teresa R. DE MAYER Nestor Mario BOSIO
Secretaria Presidente
Honorable Consejo Deliberante Honorable consejo Deliberante

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