Prorróguese para el presente ejercicio -2008- el PRESUPUESTO DE RECURSOS Y DE EROGACIONES 2007,

Prorróguese para el presente ejercicio -2008- el PRESUPUESTO DE RECURSOS Y DE EROGACIONES 2007,

SANTA ROSA, 11 DE MARZO DE 2008

VISTO:
El expediente Nº 9070/2007 y la Resolución Nº 21/08 a través de la cual se aprueba el “PRESUPUESTO DE RECURSOS Y DE EROGACIONES 2008 y la TARIFARIA 2008, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 21/08 se aprueba el “PRESUPUESTO DE RECURSOS Y DE EROGACIONES 2008 y la TARIFARIA 2008;

Que, de acuerdo al artículo 37 de la Ley Nº 1597-Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento, se considerará prorrogado el “Presupuesto” y la Ordenanza “Tarifaria” vigente al 31 de diciembre, cuando éste no fuera sancionado por el Concejo Deliberante;

Que, no obstante haberse convocado al Concejo Deliberante a Sesiones Extraordinarias, mediante Resoluciones Nº 1/08 y 95/08, para el tratamiento del “Presupuesto” y la “Tarifaria” dictadas mediante Resolución Nº 21/08, el Cuerpo Deliberativo no cumplimentó la sanción de dichas normas, las que de acuerdo a la Ley Nº 1597-Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento son de su exclusiva competencia;

Que, al no haberse sancionado dichas Ordenanzas, se deben aplicar las vigentes al 31 de diciembre de 2007, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 1597- Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento;

Que, el presupuesto vigente al 31 de diciembre de 2007, tiene como estructura Orgánica del Departamento Ejecutivo, aquellas puestas en vigencia, mediante Resolución Nº 154/08, en coincidencia a la estructura del presupuesto vigente a la fecha referida;

Que, a efectos de reflejar el período comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 7 de marzo de 2008, el crédito presupuestario (comprende todas las etapas del gasto) al 31 de diciembre de 2007, se reestructurará entre las partidas, de acuerdo al Organigrama que estuvo vigente en dicho periodo,

Que, a partir del 8 de marzo de 2008, los créditos presupuestarios deben reestructurarse de acuerdo al Organigrama puesto en vigencia por la Resolución Nº 154/08;
Que, resulta necesario elaborar el convertidor de partidas presupuestaria para el ejercicio 2008;

Que, las tasas puestas al cobro en el marco de la Ordenanza Tarifaria aprobada por Resolución Nº 21/08, se consideraran pagos provisorios hasta que se efectúen las nuevas liquidaciones y el exceso se imputará a cuenta de futuras emisiones de los Servicios Municipales, cuando las circunstancias administrativas y contables lo permitan;

Que, el Comisionado Municipal, ostenta competencia suficiente para el dictado de esta Resolución, en base a los objetivos que fija la Intervención y a las facultades y potestades establecidas en la Constitución Provincial y Ley Nº 1597- Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento;

POR ELLO:

EL COMISIONADO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA
R E S U E L V E :

Artículo 1º: Prorróguese para el presente ejercicio -2008- el PRESUPUESTO DE RECURSOS Y DE EROGACIONES 2007, vigente al 31 de diciembre de 2007, aprobado por Ordenanza Nº 3625/06 en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 1597- Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

Artículo 2º: Prorrógase para el presente ejercicio -2008- la Ordenanza TARIFARIA, vigentes al 31 de diciembre de 2007 aprobada por Ordenanza Nº 3625/06, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 1597 – Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.

Artículo 3º: Apruébese el convertidor de Secretarías y Unidad de Organización, para la ejecución presupuestaria del corriente ejercicio, el que como Anexo I, forma parte integrante de la presente.

Artículos 4º: Los créditos presupuestarios, los que comprenden todas las etapas del gasto, puestos en vigencia por la presente, se reestructurarán en función al convertidor que como Anexo I forma parte integrante de esta Resolución.

Artículo 5º: Aquellas tasas liquidadas en función de la Ordenanza Tarifaria que se derogan por la presente, se considerarán como pago provisorio y a cuenta, de futuras emisiones.

Artículo 6º: La presente Resolución será refrendada por los Secretarios de Gobierno y Acción Social, de Hacienda y Abastecimiento y de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.

Artículo 7º: Regístrese, comuníquese y publíquese. Cumplido, archívese.

Resolución Nº 163/08

Lic. Gustavo FERNANDEZ MENDIA
COMISIONADO MUNICIPAL

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