Autorizar la prorroga de los beneficios dispuesto por la Ordenanza Nº 3627/07 modificada por Ordenanza Nº 3712/07, por el termino de 90 días hábiles.

Autorizar la prorroga de los beneficios dispuesto por la Ordenanza Nº 3627/07 modificada por Ordenanza Nº 3712/07, por el termino de 90 días hábiles.

SANTA ROSA, 26 de Mayo de 2008-06-10

VISTO:

El Expediente nº 1914/2007, la Ordenanza 3627/2007 y 3712/2007, y

CONSIDERANDO:

Que, por Ordenanza Nº 3627/2007 se establece un sistema alternativo de cancelación de deudas para las obligaciones definidas en el articulo 2º de la misma;

Que, dicha norma estableció una vigencia de 60 días hábiles a partir de su instrumentación, la cual fue aprobada por Resolución Nº 496/07; con validez del sistema alternativo de cancelación de deudas hasta el 09/08/2007;

Que, por Ordenanza 3712/2007, el Honorable Concejo Deliberante, autoriza al Departamento Ejecutivo a prorrogar los beneficios dispuestos por la Ordenanza 3627/2007, por el termino de 90 días hábiles;

Que, se ha evaluado la necesidad de instrumentar los beneficios de las Ordenanzas antes mencionadas por un nuevo periodo;

Que, por lo antes expuesto se considera necesario solicitar la prorroga por un plazo de 90 días hábiles;

Que, por Resolución nº 749/07, 989/07,49/08, y 216/08, se habilito el sistema alternativo de cancelación fijando como fecha de vencimiento definitivo el día 26/05/2008;

Que, se considera prudente flexibilizar el plazo para el acogimiento a los beneficios establecidos en la Ordenanza antes citada a fin de posibilitar el acceso a los señores vecinos, ampliándose tal plazo por 30 días hábiles, desde el 27/05/2008 hasta el 08/07/2008;

Que, de acuerdo a lo establecido por el articulo 29 de la Ordenanza Fiscal vigente es atribución del Departamento Ejecutivo fijar las formas y plazos para el pago de tasas y derechos municipales;

Que, el Comisionado Municipal, ostenta competencia suficiente para el dictado de esta Resolución, en base a los objetivos que fija la intervención y a las facultades y potestades establecidas en la Constitución Provincial y Ley Nº 1597 – Orgánica de municipalidades y Comisiones de Fomento;

POR ELLO:

EL COMISIONADO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA
R E SU E L VE

Articulo 1º.- Autorizar la prorroga de los beneficios dispuesto por la Ordenanza Nº 3627/07 modificada por Ordenanza Nº 3712/07, por el termino de 90 días hábiles.

Articulo 2º.- Habilitar el sistema alternativo de cancelación de deuda aprobado por Ordenanza Nº 3627/2007 y dentro del marco del articulo 1º de la Ordenanza 3712/07, desde el día 27/05/2008 y por el termino de 30 días hábiles fijando con fecha de vencimiento el día 08/07/2008.

Articulo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Abastecimiento.

Articulo 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y pase a la Dirección de Rentas a sus efectos.

Resolución Nº 338/2008

Lic. Gustavo FERNÁNDEZ MENDIA
Comisionado Municipal

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