Ordenanza N° 3882/2009

Organigrama Municipal - Modificación de las Ordenanzas Nº 3867/2009 y Nº 3857/2009. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4336/2011

Santa Rosa, 20 de Marzo de 2009.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente Ordenanza.

Artículo 1º. Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 3867/2009, que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 3º. Compete al Secretario de Gobierno y Acción Social asistir al Intendente en todo lo inherente al gobierno político, seguridad, preservación de la tranquilidad y orden público, al tránsito en cuanto a las cuestiones administrativas , de documentación y a las acciones de prevención y control, a las relaciones públicas, políticas y sociales, como así también lo relativo a la acción social, salud, vivienda, cobertura de riesgo, protección a la familia , a las personas con discapacidad, la mujer, ancianidad, minoridad, juventud, deportes, turismo social, y demás manifestaciones comunitarias que requieran el esfuerzo, la asistencia y protección del municipio”.

Artículo 2º. Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 3867/2009, que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 4º. Compete al Secretario de Hacienda y Abastecimiento asistir al Intendente en todo lo inherente a la orientación, coordinación y concentración de las tareas y datos relativos a la administración de recursos humanos, financieros y materiales de la Municipalidad.
Le corresponde entender en la elaboración, modificación y ejecución del presupuesto de gastos y cálculo de recursos, cuentas de inversión, política tributaria, percepción y distribución de las rentas municipales; en lo relativo al patrimonio, al crédito, la deuda, contrataciones y suministros; personal municipal; organización y métodos”.

Artículo 3º. Modifíquese el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 3867/2009, que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 5º. Compete al Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano asistir al Intendente en la orientación, regulación, planificación, dirección , ejecución y control de planes, programas y actividades relacionadas con las obras públicas y privadas, la prestación de servicios públicos, el catastro municipal, la planificación vial e ingeniería de tránsito, el saneamiento y protección ambiental y todo lo atinente al ordenamiento y control del desarrollo armónico e integral de la ciudad”.

Artículo 4º. Modifíquese el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 3867/2009, que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 6º. Compete al Secretario de la Producción fomentar, apoyar y promover la producción agropecuaria, actividad industrial, comercial y de servicios; fomentar y promover las acciones que tengan que ver con el aprovechamiento económico de las actividades turísticas en la ciudad; promover la mplementación de microemprendimientos productivos y empresas juveniles.
Impulsar el desarrollo de las actividades económicas mediante la adopción de una política tendiente a promover una creciente producción de bienes y servicios . Asistirá al Intendente en lo relativo a la habilitación y control de las actividades comerciales, industriales y de servicios; y al control bromatológico en general”.

Artículo 5º.Modifíquese el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 3867/2009, que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 7º. Compete al Secretario de Cultura, Comunicación y Educación, llevar adelante políticas culturales, educativas y comunicacionales para la integración comunitaria con diferentes sectores sociales; promover relaciones culturales intra y extraciudad, instando a la creación de redes de acción que permitan recibir intercambios y nutrirse de la perspectiva nuclear de la ciudad; elaborar un plan estratégico del Municipio en esta materia; llevar a cabo la planificación y puesta en funcionamiento de toda acción que tienda a garantizar la comunicación institucional del Municipio; imprenta, publicaciones, y desarrollar toda actividad ceremonial del municipio.
Comunicar y difundir normas, planes, servicios, ordenanzas, decisiones y actos de gobierno a través de los medios de comunicación social, archivar informaciones de interés municipal, ejecutar la programación que apruebe el Intendente sobre publicidad municipal”.

Artículo 6º. Modifíquese el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 3867/2009, que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 8º. En la órbita del Intendente existirá la Dirección General de Administración a quien le competen las siguientes funciones: Asistir al Intendente en el análisis e información de su despacho, llevar el Registro Oficial de Ordenanzas y Resoluciones y sus publicaciones oficiales, entender sobre la Mesa General de Entradas y Salidas, registro de expedientes, archivo general del Municipio, comunicar resoluciones, directivas y acciones por el Intendente dentro de la Administración Municipal. Le corresponde además lo relativo a servicios generales, centros de comunicaciones y además debe comunicar al Honorable Concejo Deliberante de todas las Resoluciones emanadas del Departamento Ejecutivo, ya sea en soporte digital y/o papel.
Bajo la órbita del Intendente funcionará también el área que asesore e intervenga en los asuntos jurídicos, judiciales y/o extrajudiciales en los que se ve involucrado el interés municipal”.

Artículo 7º. Modifíquese el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 3857/09, el que quedará redactado de la siguiente manera:


Artículo 4º. Fijase en un mil seiscientos ochenta y cuatro (1.684) el número de cargos de la planta de personal según el detalle indicado en la Planilla Nº 3 y Planilla Nº 3 1 continuación, que como Anexo, forma parte de la presente Ordenanza”.

Artículo 8º. Sustitúyanse la Planilla Nº 3 y Planilla Nº 3 continuación, que como Anexo forman parte de la Ordenanza Nº 3857/09, por las que como Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 9º. El Departamento Ejecutivo realizará las reestructuras presupuestarias necesarias a los efectos de adecuarse a lo dispuesto por el Artículo 7º.
Artículo 10º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo.Regístrese.Publíquese.Cumplido: Archívese.

Exptes. Nº 175/91 (HCD) y 9521/1991/ II Cuerpo (DE).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL NUEVE.-
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Presupuesto Año 2009 Planta de Agentes Ley 643 CARGO – CATEGORIA – CANTIDAD Departamendo Deliberativo Presidente 1 Secretario 1 Concejales 11 Secretarios Bloques 2 Asesores 13 Jefe Cuerpo de Relatores 1 Secretario Administrativo 1 Auxiliares 6 Categoría 1 – 4 Categoría 2 1 Categoría 3 1 Categoría 5 8 Categoría 7 5 Categoría 10 1 Categoría 14 6 Categoría 15 1 Categoría 16 4 Total Departamento Deliberativo 67 Departamento Ejecutivo Intendente 1 Secretarios 5 Juez de Faltas 1 Contador General 1 Tesorero General 1 Subcontador General 1 Directores 24 Asesores 4 Sub-Directores 18 Sec. J. de Faltas 1 Sec. privado 1 59 Categoría 1 1 Categoría 2 4 Categoría 3 28 Categoría 4 11 Categoría 5 62 Categoría 6 5 Categoría 7 132 Categoría 8 41 Categoría 9 64 Categoría 10 78 Categoría 11 83 Categoría 12 48 Categoría 13 13 Categoría 14 212 Categoría 15 133 Categoría 16 566 1508 Subtotal Dpto. Ejecutivo 1567 Convenio Colectivo 57/75 P 7 7 R8 2 C5 2 A1 2 A3 1 A14 2 C1 1 C14 10 D1 2 I1 4 I3 2 I5 1 I8 1 I12 2 L3 1 L4 1 M6 2 P3 2 S3 1 T3 4 Subtotal Convenio 50 Total Dpto. Ejecutivo 1617 Total Municipalidad de Santa Rosa 1684 Santa Rosa, 23 de Marzo de 2009.-
Exptes. N° 175/91 H.C.D y 9521/91 II Cuerpo D.E. .-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 291/2009.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Dr.Pedro José Salas, Secretario de Gobierno y Acción Social; C.P.N. Luis A. Evangelista, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano y Elida Noemí Deanna, Secretaria de La Producción.-
Dirección General de Administración: 23 de Marzo de 2009.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil ochocientos ochenta y dos (3882/2009).
Alicia Gomez de Roveda A/C Despacho General.-

Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente.

Twitter Facebook Contáctanos