ORDENANZA Nº 3900/2009

Modificación de la Ordenanza Nº 3883/2009. Libreta sanitaria. DEROGADA POR ORDENANZA Nº 4043/2009

Santa Rosa (L. P.), 7 de Abril de 2009.

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA.

Artículo 1°: Modifícase el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 3883/2009, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4º: Durante el período previsto por el artículo que precede, la evaluación y certificación de la aptitud física será efectuada de acuerdo a la actividad desarrollada por el solicitante, por el personal médico de la Municipalidad de Santa Rosa, debiendo informar diariamente a la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas la nómina de las Libretas Sanitarias firmadas como aptas.”.-
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. Nº 182/94 (HCD).-
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.-
Santa Rosa, 14 de Abril de 2009.-
Exptes. N° 182/94 H.C.D y 11663/94 D.E. .-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 386/2009.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Elida Noemí Deanna, Secretaria de la Producción.-
Dirección General de Administración: 14 de Abril de 2009.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número tres mil novecientos (3900/2009).
Alicia Gomez de Roveda, A/C Despacho General.-

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