Ordenanza Nº 4408/2011

Canon por ocupación y/o uso de espacios públicos

Ordenanza N° 4408: Santa Rosa, 01 de Julio de 2011.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Las personas físicas o jurídicas que ocupen espacio público con redes subterráneas, debidamente autorizadas, estarán exentas del canon por ocupación y/o uso de espacios públicos sobre las obras que anualmente realicen, por el término de cuatro (4) años, a partir del año en que se declaren las obras.
Artículo 2º: Las personas físicas o jurídicas deberán presentar al 31 de Diciembre de cada año, declaración jurada al Departamento Ejecutivo, sobre las obras realizadas en materia de redes subterráneas a los efectos de acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza.
Artículo 3º: Las obras en redes subterráneas realizadas hasta la fecha de la promulgación de la presente Ordenanza, estarán exentas durante los años 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015.
Artículo 4º: Modifícase el Artículo 33º del Anexo I de la Ordenanza Tarifaria, el que quedará redactado de la siguiente forma:
40017 1 al por cada acometida de usuario$ 0,40 40017 1 bl por cada acometida de usuario$ 0,80 Artículo 5º: Los importes tarifarios consignados en el artículo anterior serán retroactivos al mes de enero del año 2011.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. Nº 352-3/2010 (HCD).

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL ONCE.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.

Santa Rosa, 04 de Julio de 2011.-
Exptes. N° 352/2010/2-3 HCD y 2749/2011/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 553/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Evangelista Luis A, Secretario de Hacienda y Abastecimiento.
Dirección General de Administración: 04 de Julio 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil cuatrocientos ocho (4408/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-

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