Ordenanza Nº 4328/2011
Obra de gas natural de calle SAN PABLO hacia Ambrosio SANSINANEA, incluye cruce por Martín Luther KING y SAN PABLO
SANTA ROSA, 11 DE MARZO DE 2011.Ordenanza N° 4328: Santa Rosa, 11 de Marzo de 2011.
El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Ratifícase la Resolución Nº 88/2011 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:
“Art. 1°.- Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85 y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle SAN PABLO, vereda Norte, entre Martín Luther KING y Juan SAVIOLI, y Juan SAVIOLI, vereda oeste, 50 metros, desde SAN PABLO hacia Ambrosio SANSINANEA, incluye cruce por Martín Luther KING y SAN PABLO, frente a parcelas 6, 7, 8, 9, 10 y 11 de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en Expediente Municipal N° 6421/2010/1-1.-
Art. 2°.- Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A..-
Art. 3°.- Declaráse de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural, comprendida en la Zona mencionada en el artículo 1°, que será ejecutada y inanciada por la Empresa Servicios Subterráneos, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.
Art. 4°.- La Empresa Servicios Subterráneos, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros”.-
Artículo 2º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la base de datos correspondiente.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Exptes. Nº 10-1/2011 (HCD) y 6421/2010/1-1 (DE).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL ONCE.
Guillermo José Di Liscia, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; María Cecilia Roige, Secretaria del Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 15 de Marzo de 2011.-
Exptes. N° 10/2011/2-1 H.C.D y 6421/2010/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 212/2011.-
Francisco Javier Torroba, Intendente Municipal; Ing. Diego Mauricio Bosch, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 15 de Marzo 2011.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil trescientos veintiocho (4328/2011).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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