Ordenanza Nº 4633/2012
Tránsito. Licencia de Conducir o el Carnet Habilitante provisional a quienes registren deudas
Ordenanza N° 4633: Santa Rosa, 08 de Junio de 2012.El Honorable Concejo Deliberante sanciona con fuerza de Ordenanza.
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a expedir la Licencia de Conducir o el Carnet Habilitante provisional a quienes registren deudas por multas superiores a las 400 U.F., siempre que reùnan las siguientes exigencias:
- Celebración de un compromiso de pago suscripto con la Direcciòn de Rentas de la Municipalidad de Santa Rosa, que deberà acreditarse acompañando una copia del mismo debidamente certificada.
- Declaración Jurada suscripta por el interesado, que indique la utilizaciòn del vehìculo como medio de movilidad para el desempeño o funciòn; y la situaciòn social del mismo, denunciando sus ingresos aproximados.
Artículo 2°.- El Carnet Habilitante provisional serà otorgado por ùnica vez, y tendrà validez por un plazo igual al de la duraciòn del convenio de pago, no pudiendo superar el tèrmino màximo de doce (12) meses.
Artículo 3º: La Comisiòn de una nueva infracciòn durante la vigencia del Carnet provisional implicarà la revocaciòn del mismo.-
Artículo 4º: No se encuentran comprendidos en los alcances establecidos en el artìculo 1º, aquellos que registren deudas por faltas graves y/o sean reincidentes.
Artículo 5º: Las unidades fijas (U.F.) seràn las que establece la Ordenanza Tarifaria vigente para las infracciones de trànsito.
Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo reglamentarà la presente Ordenanza dentro de los noventa (90) dìas, a partir de su promulgación.-
Artículo 7°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.
Expte. N° 132/2012 (HCD).
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DOCE.
Susana G. de Vistarop, Secretaria Honorable Concejo Deliberante; Angel Baraybar, Presidente Honorable Concejo Deliberante.
Santa Rosa, 27 de Junio de 2012.-
Exptes. N° 132/2012/2-1 HCD y 3061/2012/1-1 DE.-
Por tanto:
Téngase por Ordenanza de la Municipalidad de Santa Rosa, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.
Resolución N° 601/2012.-
Dr. Luis Larrañaga, Intendente Municipal; Cr. Miguel Angel de Elorriaga, Secretario de Hacienda y Abastecimiento; Ing. Javier Fernando Schlegel, Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano.-
Dirección General de Administración: 27 de Junio de 2012.
Registrada la presente Ordenanza bajo el número cuatro mil seiscientos treinta y tres (4633/2012).
María Andrea Torales, A/C Despacho General.-
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