16 de septiembre: Día de la Juventud

El Bloque del PJ presenta proyecto de ordenanza

El Bloque del PJ ha presentado, a través del Concejal Juan Mecca, el proyecto de Ordenanza para que se instituya el 16 de septiembre como el “Día de la Juventud”, en conmemoración de la denominada “Noche de los Lápices”; y además quede incorporada en el calendario de actividades y programas de la Municipalidad de Santa Rosa.
Fundamentos:
La presente iniciativa tiene su origen en un proyecto de Ley presentado por el ex Presidente de la Nación Néstor Kirchner ante la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y que obtuviera media sanción en el año 2006. Actualmente ha sido reiterado su tratamiento a comienzos del año en curso por el Bloque Frente para la Victoria-PJ;
En aquella oportunidad, Néstor Kirchner hacía referencia a la Resolución 54/120 del año 1999 de la AGNU, que recomendaba declarar el 12 de agosto como Día Internacional de la Juventud. De esta manera, la ONU buscaba reafirmar y promover políticas supranacionales e influir en las locales, para salvaguardar a la juventud, como bien más preciado de la sociedad;
Sin embargo, pese al indudable valor de dicha resolución, nuestro país no hizo eco a la recomendación de Naciones Unidas, tal como señalara el ex Presidente: “Más allá de un día internacional, hay que establecer un espacio de memoria. Un día en particular en el cual en la República Argentina los jóvenes puedan reflexionar a partir de ellos y de nuestra historia, saber quiénes fueron, quiénes son y quiénes quieren ser. Sólo así podremos llenar de significado este día internacional”;
En este orden de ideas, y en consonancia con distintas iniciativas planteadas a nivel nacional, provincial y municipal, el Bloque de Concejales del Partido Justicialista entiende conveniente establecer una fecha propia, simbólica desde lo histórico y desde nuestra experiencia como país, que represente el rol de la juventud, su compromiso y su fuerza, como motor de cambio y de lucha por la solidaridad y la justicia social;
Al indagar en nuestro pasado común, recordamos el trágico suceso ocurrido el día 16 de septiembre de 1976, en la ciudad de La Plata, hito imborrable en la memoria colectiva nacional, recordado por todos los argentinos como “La Noche de los Lápices”, en el que fueran secuestrados y perdieran la vida jóvenes de entre dieciséis y dieciocho años, que formaban parte de agrupaciones estudiantiles que reclamaban a las autoridades por un boleto secundario estudiantil;
En conmemoración de ese trágico episodio y en honor de todos aquellos jóvenes que supieron enarbolar sus banderas, haciendo frente a las adversidades de la época; y teniendo en cuenta que desde 2003 a la actualidad, nuestra sociedad ha comenzado a atravesar un proceso de transformación que tiene como protagonistas, nada más y nada menos, que a los jóvenes. Este Bloque considera que es justo fijar una fecha para homenajear a todos los jóvenes argentinos;
En palabras de nuestra Sra. Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, en conmemoración del 32° aniversario de “La Noche de los Lápices”, resaltaba que “no es un día de tristeza, al contrario, de alegría, porque en aquellas épocas duras de enfrentamiento había alegría porque se quería cambiar un mundo, una sociedad a la que vivíamos como injusta”;
En virtud de todo lo expuesto, y motivados por la firme convicción de que tenemos que ser capaces de fomentar en nuestros jóvenes de hoy ese espíritu de lucha por la Justicia Social, por la Educación, por la movilidad social y la igualdad de derechos para todos. Por una Juventud movilizada y dinámica, motivada por la inclusión y la integración. Una Juventud comprometida. Una Juventud que se reconozca como protagonista de su propia historia, como parte integrante e indispensable en la construcción de una Patria para todos;
Por ello:
El Bloque de Concejales del Partido Justicialista presenta el siguiente proyecto de Ordenanza:
Artículo 1: Institúyase el día 16 de septiembre de cada año como “Día de la Juventud”, en conmemoración a la denominada “Noche de los Lápices”.-
Artículo 2: Incorpórase dicha fecha al calendario de actividades y programas de la Municipalidad de Santa Rosa.-
Artículo 3: Remítase copia de la presente Ordenanza con sus fundamentos a las Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa.-
Artículo 4: De forma.-

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