ACTA Nº 1152 DECIMOTERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1152
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1152 DECIMOTERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1152 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil trece, siendo la hora diecinueve, da comienzo la Decimotercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa, bajo la Presidencia de su titular Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los Concejales y Concejalas Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Ghiglione procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
En primer término, se pasa a la consideración de las Actas Nº 1145 -correspondiente a la Séptima Sesión Ordinaria- y 1146, correspondiente a la Primera Sesión Especial, ambas del Período 2013.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA (Haciendo referencia al Acta Nº 1145): Es una pequeña salvedad, señor Presidente. En la Página 10, el evangelista es “Mateo” y no “Mateos” -que fue citado el Versículo 34 del Capítulo 26-. Me parece que también el Acta refleja una sesión en la que deberíamos reflexionar, que no hubo la iniciativa de la Presidencia para que pudiera realizarse con más comodidad y, como hemos hecho en otros momentos de este Concejo Deliberante, generar un puente para dialogar. Porque veo presente en varias partes del Acta -que está impecable, como siempre- como que había dificultades. Y yo me acuerdo de que había dificultades, por el volumen de la intervención de los vecinos. Lo que no refleja el Acta, es la intervención de la Secretaria en un momento que está en la grabación, con un verdadero insulto hacia los vecinos, que me parece que es bueno que la borremos del Acta, y que no repitamos el hecho. Gracias.-
Puesta a votación, el Acta Nº 1145 (7ª Sesión Ordinaria) se aprueba por unanimidad con la Observación formulada respecto al reemplazo, en la Página 10, del nombre “Mateos” por “Mateo”. Acto seguido, se aprueba por unanimidad sin Observaciones, el Acta Nº 1146, correspondiente a la Primera Sesión Especial del Período 2013.-
PRESIDENCIA. Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señor Presidente. El día 28 pasado, se conmemoró el Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, y a eso me voy a referir. Esto se comienza a conmemorar y se instaura un Día de Acción global en 1988, a instancias de que un año antes, en Costa Rica, la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe -RSMLAC- hizo una propuesta para instaurar un día de acción global a favor de la salud de las mujeres. Al año siguiente, cuando se conmemora este día, la primera Campaña fue para la Prevención de la Morbilidad y Mortalidad Materna. Pero, ¿qué demandamos las mujeres, para que nuestro derecho a la salud integral sea plenamente respetado, y para que los derechos sexuales y reproductivos puedan ejercerse en libertad y dignidad? Demandamos el acceso universal, en todas las etapas de vida, a la información y servicios de atención de la salud gratuitos o de bajo costo y de óptima calidad, para gozar de salud integral y de bienestar. Demandamos el derecho a que nuestra diversidad sea reconocida y respetada en el diseño e implementación de esos servicios. Demandamos el derecho a ejercer una salud sexual y reproductiva sana, libres de violencia y de coerción. Demandamos el derecho a conocer y respetar nuestro cuerpo. Demandamos el derecho a ejercer una sexualidad sin riesgos ni consecuencias indeseables e inoportunas;- el derecho a relacionarnos sexualmente con quien deseemos sin ser presionadas ni violentadas y en el momento que elijamos; el derecho a buscar y sentir el placer sin culpas;- el derecho a no tener sexo;- el derecho a decidir el número de hijos e hijas que queremos tener, cuándo tenerlos, o bien a no tenerlos; el derecho a estar bien informadas para regular nuestra fecundidad con métodos eficaces, seguros y asequibles, o que nuestra pareja los utilice;- el derecho a recibir una atención de salud de la más alta calidad en el embarazo, parto y en todos los otros momentos de nuestra vida sexual y reproductiva; el derecho a compartir las responsabilidades de la sexualidad y la reproducción con la pareja;- el derecho a protegernos de infecciones de transmisión sexual, incluido el VIH/SIDA, en especial cuando se trata de mujeres adolescentes y niñas;- el derecho a una participación igualitaria de las mujeres en las instancias de decisión del área de la salud, para que nuestras demandas reales y urgentes tomen preeminencia. Hoy, las mujeres continuamos siendo uno de los sectores más vulnerados, no sólo por la condición generalizada de desigualdad, sino que esto también se refleja en el sistema de salud, al momento de acceder a los servicios y al negarse muchas veces el pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos. La Pampa, que ha sido pionera en cuanto a la sanción de la Ley 1363 de Procreación Responsable cuando nadie hablaba del tema, aún no ha adherido a la Ley Nacional 25929 conocida como “Parto respetado”, expresión que no es sinónimo de “Parto natural”. Es sinónimo de respetar a la mujer, a su historia, sus tiempos y sus decisiones. Por ello, en esta fecha se constituye un día de promoción y difusión de los derechos sexuales, pero también de la igualdad de trato y de oportunidades, y de lucha -nuevamente- contra la violencia hacia las mujeres. Gracias, señor Presidente.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
- 1) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza N° 4836/2013, designando con el nombre de RODOLFO DANIEL ELIAS, al espacio verde entre calles Carman, Torres, Convención Provincialista y Selva. Expte. N° 11-11/1984 (HCD). Pasa a archivo.-
- 2) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza N° 4841/2013, modificando el Anexo A, de la Ordenanza 4179/2010, relacionada con la Reglamentación para Institutos Geriátricos. Expte Nº 238-2/1992 (HCD). Pasa a archivo.-
- 3) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 07/2013, mediante la cual se declara de Interés Municipal la Exposición de Canarios Roller de la Asociación de Canaricultores Pampeanos. Expte Nº 103-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 4) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 08/2013 mediante la cual se declara de Interés Municipal la “I Expociencias de Ciencias y Tecnología de Argentina EXPOCYTAR 2013”.Expte Nº 111-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 5) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 09/2013 mediante la cual se manifiesta el desacuerdo con el pago de publicidad a medios que no contarían con la habilitación de AFSCA. Expte Nº114-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 6) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 04/2013, mediante la cual se solicita la presencia del Presidente del HCD, a fin de informar sobre la contratación a distintos medios de comunicación. Expte Nº 114-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 7) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Comunicación Nº 15/2013 mediante la cual se solicita al Sr. Intendente Municipal, reúna a la Comisión Promotora del Plan Estratégico a fin de informar sobre las diferentes actividades a partir del mes de Enero/2013. Expte Nº 128-1/2008 (HCD). Pasa a archivo.-
- 8) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4837/2013, dejando sin efecto en todos sus términos la Ordenanza Nº 4515/2011 y Aprobando y Declarando de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles MAIPU y CATAMARCA. Expte Nº 101-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 9) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4838/2013, declarando de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable en calle JULIO VERNE. Expte Nº 99-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 10) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4839/2013, declarando de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Ampliación de la Red Cloacal en calles NICOLAS TOSCANO, ALBERTO GRASSI, ENRIQUETA SCHMIDT y MANUEL AVILA. Expte Nº 100-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 11) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4840/2013, declarando de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra Instalación de Alumbrado Público en calles ALEMANIA Y FRANCIA. Expte.N° 98-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
- 12) NOTA Nº 65/2013 del Departamento Ejecutivo remitiendo copia certificada de la Resolución Nº 439/2013 mediante la cual se Modifica el Presupuesto de Gastos vigente en la Municipalidad de Santa Rosa. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
PRESIDENCIA: Quiero expresar también que en el punto I.6 sobre la interpelación al señor Presidente, pasa también a sus Antecedentes, y que quedamos en que el lunes se va a realizar la reunión con la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
II.1) Nota presentada por la Señora Concejal Viviana Rodríguez (CO), adjuntando nota presentada por el Sr. Director del Coral MEDANOS Y LUNA Alberto Carpio, solicitando se declare de Interés Municipal el 1º E.M.I. (Encuentro de Música Interreligioso) en La Pampa, el día 6 de Julio en el Club Español. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario–
III.-DE LOS ASUNTOS PARTICULARES.-
III.1) Nota presentada por el Sr. Juan Manuel Abascal, proponiendo los nombres de ALEJANDRO ABASCAL e INMIGRANTES ESPAÑOLES a dos calles cedidas al Municipio, paralelas al acceso al Cementerio Parque. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.2) Nota presentada por el Presidente de “Comunidad Organizada” Sr. Juan Carlos Tierno, adjuntando texto de Declaración Pública realizada a partir de la votación sobre Transporte Público de Pasajeros de nuestra Ciudad. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos para agregar a sus antecedentes.-
IV- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
IV.1) Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle PEDRO BERTON. Expte Nº 2408/2013/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.2) Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MARTIN LUTHER KING. Expte Nº 2406/2013/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.3) Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Dr. RICARDO BALBÍN. Expte Nº 2409/2013/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.4) Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ESCUELA NORMAL. Expte Nº 2410/2013/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.5) Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Gas Natural en calle ANTONIO CAVERO Expte Nº 1796/2013/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.6) Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo, mediante el cual presenta el Organigrama del Gobierno Municipal. Expte Nº 7080/2011/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.7) Proyecto de Ordenanza presentado por Concejales de los Bloques Radical y Frepam, por el cual se modifica la redacción del Artículo 2º de la Ordenanza 1307/93, relacionada con la información del Boletín Oficial Municipal. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
V.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.- V.I) Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales del Partido Justicialista mediante el cual manifiestan la preocupación que genera la prestación de los servicios de tránsito aéreo en el Aeropuerto de nuestra Ciudad.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “ARTICULO 1º: Manifestar la preocupación que genera la prestación de los servicios de tránsito aéreo en el Aeropuerto de la ciudad de Santa Rosa y la intención de trabajar, conjuntamente con la Cámara de Diputados de La Provincia de La Pampa, a fin de avanzar en el conocimiento de la problemática y colaborar en las posibles soluciones. ARTICULO 2º: Envíese copia de la presente a la Cámara de Diputados de La Provincia de La Pampa y a la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial, dependiente de la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte. ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Quería, simplemente, traer al Recinto una preocupación que comparto con muchos vecinos de la ciudad, en torno al funcionamiento de nuestro Aeropuerto. Nosotros sabemos que el Aeropuerto cumple un servicio estratégico hacia el desarrollo de las economías regionales; sin perjuicio, obviamente, de que su finalidad última -o primera- es la conectividad. Nosotros necesitamos en Santa Rosa, un Aeropuerto que cumpla con las frecuencias de vuelo, con los horarios. Lo hemos vivido últimamente, por ejemplo, cuando tuvimos la inauguración del Monumento a Pincén: no pudimos contar con todas las personalidades que queríamos, porque el vuelo se demoró. Lamentablemente, quiere decir que influye en los trabajos no sólo económicos, comerciales, sino también culturales y -por qué no- en la vida cotidiana de los santarroseños. Sabemos que hay un problema de personal. También sabemos que hay gente de la Ciudad que se ha formado, con un enorme esfuerzo, para cumplir con este objetivo de dotar a la Ciudad de un Aeropuerto en plena funcionalidad; por lo que queremos -sabemos que el Concejo Deliberante no tiene una incumbencia directa-, pero sí queremos trasladar esta inquietud a los cuerpos legislativos provinciales, y para que juntos podamos hacer una presentación que lleve a buen puerto a nivel nacional, para regularizar el transporte aéreo. Muchas gracias.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto de Resolución, resultando el mismo aprobado por unanimidad.-
ORDEN DEL DÍA.-
- Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se fijan las tarifas para el Servicio de Coches Taxímetros. Expte Nº 277-4/1997 (HCD) y 6770/2007 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Fíjase el siguiente cuadro tarifario para el Servicio de Coches Taxímetros en la Ciudad de Santa Rosa en base a lo dispuesto por la Ordenanza 4226/2010: Bajada de Bandera $ 7,60.- Por cada 90 m. de recorrido – 1 ficha – $ 0,44.- Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo 1º, entrará en vigencia a partir del 1º de Junio del corriente año. Artículo 3°: Remítase copia de la presente a la Cámara de Propietarios de Taxis y Radio Taxis de la Ciudad de Santa Rosa (CATARATA) y al Sindicato Peones de Taxis y Radio Taxis (SIPETAX). Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, con votación nominal del Artículo 1º, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza declarando de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RICARDO DANIEL JOSE FELGUERAS. Expte Nº 116-1/2013 (HCD) y 1090/2013/1-1 (DE).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente: Me quedé pensando en el Proyecto que acabamos de votar. En el Artículo 2º, dice: “Lo dispuesto en el artículo 1º, entrará en vigencia a partir del 1º de Junio del corriente año”. En realidad, las ordenanzas entran en vigencia cuando son promulgadas por el Departamento Ejecutivo. Si el Departamento Ejecutivo no la promulga antes del 1º, por más que diga esta Ordenanza lo que queremos que diga, no va a tener sentido. Por lo tanto, apelaría a que antes del 1º el Departamento Ejecutivo la promulgue, para poder darle sentido a ese Artículo 2º. Es decir, que no se demore la promulgación por parte del Departamento Ejecutivo.-
PRESIDENCIA: Bien. Luego de la aclaración del Concejal Cuelle, seguimos entonces con el punto 2º del Orden del Día.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RICARDO DANIEL JOSÉ FELGUERAS, vereda Sur, desde punto de Empalme hacia Enrique Fernández Mendía, 90 metros, frente a parcelas 2, 3, y 4, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 1090/2013/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G . -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”. —
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
3) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle 2 DE ABRIL. Expte Nº 115-1/2013 (HCD) y 1686/2013/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle 2 DE ABRIL, vereda Este desde Punto de Empalme hacia calle Tito Fuertes, 33 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 1686/2013/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L.., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable en calles NERI GUILLERMO ACUÑA y POSTA de YATASTO. Expte Nº 117-1/2013 (HCD), 941/2012/1-1 y 726/2013/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable, con las conexiones domiciliarias incluidas en calles NERI GUILLERMO ACUÑA, entre Diego Armando Maradona y Suipacha y POSTA DE YATASTO, entre Pilcomayo y Juan Bonnet, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente Nº 941/2012/1-1 y Agregado 726/2013/1-1 (DE). Artículo 2º: Apruébase el Proyecto y Presupuesto de la obra aludida en el artículo 1°, elaborado por la Dirección de Agua y Saneamiento. Artículo 3º: La obra aprobada en el artículo 1° podrá ser ejecutada por Administración o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: El costo inicial de la obra se estima para la Red Distribuidora de Agua Potable en la suma de PESOS: SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS ONCE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($71.911,48), a valores del mes de Octubre/2012. Artículo 5º: Los materiales y accesorios a emplear responderán a las normas vigentes para este tipo de obras. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado frente a la obra a ejecutar, quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la misma, incluidos los inmuebles que cuenten con servicios otorgados en forma provisoria bajo las reglamentaciones y/o situaciones especiales, de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS ONCE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($71.911,48), a valores del mes de Octubre/2012. 2) El importe total, incluidas las conexiones domiciliarias se dividirá a prorrata entre las TREINTA Y TRES (33) referencias frentistas a la obra de Ampliación de la Red Distribuidora de Agua Potable, resultando consecuentemente un costo por referencia de PESOS: DOS MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE CON CATORCE CENTAVOS ($2.179,14). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de las obras, se efectuará en base a la fecha de la compra de los materiales para la misma, una vez logrado el 50% de la recaudación total. Artículo 7°: Se establece como forma de pago por parte de los vecinos frentistas, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en 36 cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el Plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda el Municipio por los inmuebles afectados por la presente obra, constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencia o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas por la construcción de las mejoras vencidas y exigibles. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencias, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º: La Dirección de Agua y Saneamiento procederá al corte de las prolongaciones internas y/o conexiones especiales previa notificación a los interesados a partir de la fecha de habilitación de la obra.- Artículo 12°: La fecha de pago obligatoria de los servicios se establecerá a partir del tercer bimestre inclusive siguiente a la habilitación de las redes, conforme lo determina la Ordenanza Fiscal vigente.- Artículo 13°: La obra a que se refiere el artículo 1° de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 14º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza”. Artículo 15º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 16º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 17º : Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular en sus Artículos 1º a 17º, votándose en forma nominal -previa lectura- los Artículos 4º, 6º y 7º. Con el Artículo 17º, de forma, queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diecinueve con treinta minutos.-