LEY Nº 2505: INSTITUYENDO COMO “DÍA DE LOS HEROICOS TRIPULANTES DEL CRUCERO A.R.A. GENERAL BELGRANO” EL DÍA 2 DE MAYO DE CADA AÑO
LEY Nº 2505: INSTITUYENDO COMO “DIA DE LOS HEROICOS TRIPULANTES DEL CRUCERO A.R.A. GENERAL BELGRANO” EL DIA 2 DE MAYO DE CADA AÑOLA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Instituir como “Día de los Heroicos Tripulantes del Crucero A.R.A. General Belgrano”, el 2 de mayo de cada año, en conmemoración a quienes ofrendaron su vida en defensa de nuestra soberanía territorial sobre Islas Malvinas, Sándwich del Sur y Georgias del Sur.-
Artículo 2°.- Disponer en todos los establecimientos públicos que la bandera permanezca izada a media asta como expresión del duelo del pueblo de la provincia de La Pampa.-
Artículo 3°.- Incluir en el calendario escolar la realización de actividades vinculadas al hundimiento del Crucero durante la guerra de las Malvinas, con el objeto de favorecer un espacio de conocimiento y reflexión.-
Artículo 4°.- Invítase a los Municipios y Comisiones de Fomento a adherir a la presente Ley.-
Artículo 5°.- Encomendar a los señores Legisladores Nacionales de la provincia de La Pampa impulsen proyectos destinados a establecer en la República Argentina similar recordación.-
Artículo 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los ocho días del mes de julio de dos mil nueve.-
C.P.N. Luis Alberto CAMPO – Vicegobernador –
Presidente Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.- Lic. Pablo Daniel MACCIONE – Secretario Legislativo – Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 7609/09.-
Santa Rosa, 22 de Julio de 2009 POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 1683/09.-
C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ – Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.- Néstor Anselmo TORRES – Ministro de Cultura y Educación.-
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 22 de Julio de 2009 Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL QUINIENTOS CINCO (2.505).-
Raúl Eduardo ORTIZ – Secretario General de la Gobernación.-