ACTA Nº 1090 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1090
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1090 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1090 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil once, siendo la hora doce con veinticinco minutos, se da comienzo a la Trigésima Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2011, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Guillermo José DI LISCIA; Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los señores Concejales Sara Inés ALONSO, Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, Marcos Rubén CUELLE, María Alicia IRIBARREN, Gastón MASSARI COPES, Eduardo José María MOLTENI, Silvia Edith PÉREZ ROLDÁN, Angélica Cristina REQUEJO, Rubén Oscar SANTILLÁN y Oscar Antonio VIGNATTI. La Presidencia informa la ausencia por razones de salud de la Concejala Sulma Isabel VALENZUELA.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Alonso procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I – DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 39/2011, mediante la cual se declara de Interés Municipal la 1ª Expo Fiestas Pampeanas. Expte Nº 180-1/2011 (HCD). Pasa a archivo.-
II – DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1) Nota presentada por los Sres. Canoba y Mario por la cual solicitan a los integrantes del HCD imponer el nombre del Ex Presidente NÉSTOR KIRCHNER al acceso Sur de nuestra ciudad. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II – DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se lo autoriza a otorgar subsidios en relación a las tarifas previstas para el servicio de transporte de colectivos urbanos en líneas 1 a 6 y 7 y 8 de nuestra ciudad. Expte Nº 2755/2006/1-12 y 4008/2011/1-3 (DE).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Massari.-
CONCEJAL MASSARI COPES: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar la incorporación sobre tablas y tratamiento del Proyecto, según lo acordado recientemente entre ambos Bloques.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Massari Copes resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Pasa al Orden del Día como punto 2.-
III.2) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se lo autoriza a efectuar el pago de la deuda reclamada por la Empresa Ferroexpreso Pampeana S.A, en concepto de liquidaciones por remuneraciones mensuales desde Abril/2008 a Noviembre/2011. Expte Nº 2294/1994/1-4 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
ORDEN DEL DIA.-
- Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se modifica el artículo 3° de la Ordenanza 3360, relacionada con Reconocimiento Municipal a Comisiones Vecinales. Expte. N° 163/2005 II Cuerpo (HCD) y N° 7302/2004/1-1(DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Modifícase el artículo 3º de la Ordenanza 3360 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 3º: El presente reconocimiento tendrá efectos desde el primer día de entrada en vigencia la presente Ordenanza”.- Artículo 2º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se acepta el veto parcial de la Ordenanza sancionada con fecha 29 de septiembre de 2011 relacionada con la modalidad de entrega de distinciones y reconocimientos a personas y declaraciones de interés a actividades, trayectorias o eventos en nuestra ciudad. Expte. N° 85/2004 I y II Cuerpo (HCD) y N° 5414/2011/1-1(DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: ACEPTASE el veto parcial dispuesto por Resolución Nº 1112/2011 del Señor Intendente Municipal, a la Ordenanza sancionada con fecha 29 de Septiembre de 2011, obrante en Expediente Nº 85/2004 I y II Cuerpo (HCD) y 5414/2011/1-1 (DE), en los artículos 10º, 13º y 14º, conforme los motivos fundados en los considerandos de la Resolución precedentemente mencionada, la que quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo 10º: Las distinciones y reconocimientos mencionados en los artículos precedentes serán acompañadas de un presente representativo de la cultura pampeana siendo creaciones de artistas locales. El gasto que demande la adquisición de dichos presentes será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del Honorable Concejo Deliberante o del Departamento Ejecutivo, de acuerdo a quien emita el acto administrativo a través del cual se otorgue la distinción o reconocimiento. Artículo 13º: Al pedido de declaración de interés efectuado por una Institución deberá agregarse la documentación que el Honorable Concejo Deliberante o el Departamento Ejecutivo estimen pertinente para avalar tal requerimiento. Artículo 14º: Cuando la declaración de interés fuese propiciada por vecinos que no integren una Institución constituida legalmente, deberá presentarse ante el Honorable Concejo Deliberante o el Departamento ejecutivo, además de la documentación que eventualmente se determine conforme al artículo anterior, una nota de solicitud de declaración avalada por un mínimo de veinte (20) firmas de ciudadanos con residencia en nuestra ciudad” Artículo 2º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
–Nota: Por estar referida específicamente a la sanción de la presente Ordenanza, se hace constar la moción formulada por la CONCEJALA SARA ALONSO y aprobada por unanimidad en la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria, el día 10 de noviembre del corriente año, en los siguientes términos: “Señor Presidente: Es para manifestar que en la Sesión anterior se votó la aceptación del veto en los Artículos 10, 13 y 14 de la Ordenanza aprobada el 29 de septiembre, que trataba del reconocimiento a los vecinos. Por un error de transcripción, dicho despacho salió sólo con los artículos modificados, correspondiendo que en la parte resolutiva se transcribiera el texto completo y ordenado de la Ordenanza, copia que cada Concejal tiene en su banca. Por esa razón, señor Presidente, mociono que se reemplace este despacho por el anterior. Muchas gracias”.-
–Se transcribe el texto de la Ordenanza de acuerdo a la moción que antecede: “Artículo 1º: ACEPTASE el veto parcial dispuesto por Resolución Nº 1112/2011 del Señor Intendente Municipal, a la Ordenanza sancionada con fecha 29 de Septiembre de 2011, obrante en expediente Nº 85/2004 I y II Cuerpo (H.C.D) y 5414/2011/1-1 (D.E), en los artículos 10º, 13º y 14º, conforme los motivos fundados en los considerandos de la Resolución precedentemente mencionada, la que quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 1º: La presente ordenanza tiene por objeto establecer la modalidad de entrega de distinciones y reconocimientos a personas y declaraciones de interés a actividades, trayectorias o eventos en la Ciudad de Santa Rosa instituyéndose las siguientes, conforme a las normas establecidas en la presente: RECONOCIMIENTOS: –Vecino/a destacado/a o Institución Destacada de la ciudad de Santa Rosa. -Ciudadano/a ilustre. -Reconocimiento al valor y/o arrojo. DISTINCIONES: -Visitante Ilustre de la ciudad de Santa Rosa.?–Huésped de Honor de la ciudad de Santa Rosa. DECLARACIONES: -?Declaración de interés municipal. DE LOS RECONOCIMIENTOS. Artículo 2º: Los reconocimientos serán realizados a aquellos vecinos/as de nuestra ciudad, que hayan realizado un aporte a la comunidad destacándose por la obra y la trayectoria desarrollada en el campo de la cultura, el arte, la ciencia, la política, el deporte y la defensa de los derechos sostenidos por la Constitución Nacional y/o por la Constitución de la Provincia de La Pampa. Estos reconocimientos podrán ser otorgados en las siguientes modalidades: Vecino/a Destacado/a, Institución Destacada, Ciudadano/a Ilustre o Reconocimiento al Valor y/o Arrojo. Artículo 3º: El Reconocimiento al Vecino/a Destacado/a o Institución Destacada será otorgado por Resolución del Concejo Deliberante, al menos una (1) vez por año según lo establezca la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario del mismo. La petición para su entrega podrá ser presentada por un/a concejal/a, por una institución o por una organización no gubernamental como así también por un vecino/a con el acompañamiento de cincuenta (50) firmas, como mínimo, de ciudadanos/as que reconozcan su labor debiendo contener la misma, la historia de vida del vecino/a o de la Institución a reconocer y una breve reseña con los fundamentos del petitorio. Artículo 4º: La comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario del Honorable Concejo Deliberante recibirá y analizará las propuestas presentadas y confeccionará una lista de vecinos/as y/o instituciones destacadas. La misma será puesta a consideración de un plenario de comisiones del Honorable Concejo Deliberante con una antelación no menor a 30 días a la fecha de entrega del reconocimiento. El despacho, que deberá ser por unanimidad, será elevado a la Comisión de Derechos Humanos del Concejo Deliberante que requerirá dictamen a la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de La Pampa, o al organismo que la reemplazare, en virtud de la aplicación del artículo 11º de la presente. Cumplimentado este procedimiento, la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario convocará a la entrega del reconocimiento. Artículo 5º: El Reconocimiento al Ciudadano/a Ilustre se realizará mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal o del Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa. Si el reconocimiento fuera post mortem, el mismo será entregado a un familiar directo. Artículo 6º: El Reconocimiento al Valor y/o Arrojo se otorgará mediante Resolución del Departamento Ejecutivo o del Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa. DE LAS DISTINCIONES. Artículo 7º: La distinción de Visitante Ilustre de la ciudad de Santa Rosa será otorgada a las máximas jerarquías del Estado, de las diferentes confesiones religiosas y demás personalidades que representen instituciones de reconocimiento nacional e internacional que se encuentren de visita oficial en la ciudad de Santa Rosa. Artículo 8º: La distinción de Huésped de Honor de la ciudad de Santa Rosa, será otorgada a visitantes nacionales y extranjeros que se hayan destacado en la cultura, la ciencia, la política, el deporte o hayan prestado relevantes servicios a la humanidad, haciéndose merecedores al reconocimiento general. Artículo 9º:El otorgamiento de las distinciones mencionadas en los artículos 7º y 8º se realizará mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal o del Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa. La vigencia de las mismas será durante el lapso en el cual el homenajeado permanezca en la ciudad. “Artículo 10º: Las distinciones y reconocimientos mencionados en los artículo precedentes serán acompañadas de un presente representativo de la cultura pampeana siendo creaciones de artistas locales. El gasto que demande la adquisición de dichos presentes será imputado a la partida presupuestaria correspondiente del Honorable Concejo Deliberante o del Departamento Ejecutivo, de acuerdo a quien emita el acto administrativo a través del cual se otorgue la distinción o reconocimiento. Artículo 11º: Estarán excluidos de las distinciones y reconocimientos instituidos en la presente ordenanza, todas aquellas personas que hayan cometido o participado en crímenes de lesa humanidad en cualquier parte del mundo, o quienes hayan impartido órdenes de represión durante las dictaduras militares en nuestro país, debiendo estas excepciones ser debidamente fundadas. DE LAS DECLARACIONES DE INTERES. Artículo 12º: Los proyectos de declaración de interés podrán estar referidos al reconocimiento y/o promoción de las actividades o proyectos desarrollados por una institución, organización intermedia, organización no gubernamental o grupo de vecinos. Artículo 13º: Al pedido de declaración de interés efectuado por una Institución deberá agregarse la documentación que el Honorable Concejo Deliberante o el Departamento Ejecutivo estimen pertinente para avalar tal requerimiento. Artículo 14º: Cuando la declaración de interés fuese propiciada por vecinos que no integren una Institución constituida legalmente, deberá presentarse ante el Honorable Concejo Deliberante o el Departamento Ejecutivo, además de la documentación que eventualmente se determine conforme al artículo anterior, una nota de solicitud de declaración avalada por un mínimo de veinte (20) firmas de ciudadanos con residencia en nuestra ciudad.-” Artículo 15º: Las declaraciones de interés serán otorgadas mediante Resoluciones del Honorable Concejo Deliberante o del Departamento Ejecutivo Municipal.
Artículo 16º: Déjase sin efecto la Disposición Nº 4/04 y su modificatoria Nº 1/05. Artículo 2º: De forma”.-
3) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar certificados de libre deuda condicionales a inmuebles incluidos en el PRO.ME.BA. ubicados en Zona Norte Germinal. Expte. N° 265-1/2009 (HCD). Por Secretaría se da lectura.- –Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar certificados de libre deuda condicionales, en el marco de la Obra INFRAESTRUCTURA PUBLICA, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO Y OBRAS DE MITIGACION – BARRIO ZONA NORTE GERMINAL -CIUDAD DE SANTA ROSA -, del Programa Mejoramiento de Barrios II, en relación a los inmuebles que se enumeran a continuación: a) Sección II, Fracción D, Lote 12, – Nom. Catast. Ejido 047, Circ.I , Radio “j”, Qta. 4, Parcela 8, Ref 20.331. b) Sección II, Fracción D, Lote 12, – Nom. Catast.. Ejido 047, Circ. I,Radio “j”, Qta. 4, Parcela 6 Ref 20.330. c) Sección II, Fracción D, Lote 12, – Nom. Catast.. Ejido 047, Circ. I, Radio “j”, Qta. 4, Parcela 5, Ref. 20.329. d) Sección II, Fracción D, Lote 12, -Nom Catast.. Ejido 047, Circ I, Radio “j”, Qta. 4 Parcela 9. Ref. 35.197. Artículo 2º: Las deudas existentes en las Referencias de cada uno de los inmuebles citados en el Artículo 1º, se asignarán en forma proporcional, conforme la mediación de cada lote, a las Referencias que surjan de las subdivisiones en trámite. Artículo 3º: Previo a la suscripción del acto por el cual los poseedores se constituirán en propietarios de los inmuebles correspondientes, quienes sean los futuros adjudicatarios deberán firmar un convenio de pago con la Municipalidad de Santa Rosa, con el fin de cancelar las deudas de las referencias emergentes de las respectivas subdivisiones. Artículo 4º: De Forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar un breve cuarto intermedio, para dilucidar un párrafo del presente Proyecto de Ordenanza que estamos por aprobar.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Cuelle resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora doce con treinta y cinco minutos. A la hora doce con treinta y nueve minutos se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar el cambio de una palabra en el Artículo 2º. Donde dice “…conforme la mediación de cada lote…”, debe decir “…conforme la medición de cada lote…”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto con la modificación propuesta por el Concejal Cuelle para el Artículo 2º, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular con dicha modificación. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar que los puntos 4 y 5 del Orden del Día vuelvan a la Comisión de Hacienda, en virtud de que a priori parecería que estamos aprobando lo mismo que recién terminamos de aprobar, para poder salvar si hay alguna diferencia o error en la confección, cuando se realizó el Proyecto.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Cuelle resulta aprobada por unanimidad.-
4) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar certificados de libre deuda condicionales a inmuebles incluidos en el PRO.ME.BA. Ubicados en Zona Norte Germinal. Expte. N° 264-1/2009 (HCD). Conforme la moción aprobada anteriormente, vuelve a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.- 5) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar certificados de libre deuda condicionales a inmuebles incluidos en el PRO.ME.BA. Ubicados en Zona Norte Germinal. Expte. N° 263-1/2009 (HCD). Conforme la moción aprobada anteriormente, vuelve a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
6) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza la venta de sobrante municipal a los Señores Leiva y Riesco. Expte. N° 200-1/2011 (HCD) y N° 2871/2007 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Autorízase la venta a los señores Luis Alberto LEIVA y José Rubén RIESCO del sobrante municipal identificado catastralmente como: Ejido 047; Circunscripción I; Radio l; Manzana 56,; Parcela 41, Partida Inmobiliaria Nº 758.385, por la suma de PESOS: DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 10.950) en los términos del artículo 95º de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento. Artículo 2º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular en forma nominal, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle Juan SAVIOLI. Expte. N° 201-1/2011 (HCD) y N° 5294/2011/1-1 (DE).- –Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle Juan SAVIOLI entre calle Ambrosio SANSINANEA y Carlos GAICH de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expediente N° 5294/2011/1-1(DE).- Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente.-Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de base de datos correspondiente. Artículo 5º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles TOSCANO Y GENTILE. Expte. N° 202-1/2011 (HCD) y N° 3540/2011/1-1 (DE). —
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Nicolás TOSCANO, vereda oeste, entre Domingo GENTILI y Juan OZINO CALIGARIS, y calle Domingo GENTILI, vereda norte, 60.94 metros, desde Nicolás TOSCANO hacia Julio Nery RUBIO, frente a la parcela 14, de la manzana 5ª, de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación del Expediente Nº 3540/2011/1-1(DE).- Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK CONSTRUCCIONES S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa BK CONSTRUCCIONES S.H. deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CURACO. Expte. N° 206-1/2011 (HCD) y N° 5272/2011/1-1 (DE). —
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CURACO, vereda Noreste, 36 metros, desde Pedro María IMAZ hacia Juana AZURDUY frente parcela 24, de la manzana 11, conforme a memoria descriptiva y plano operativo demás documentación del Expediente Nº 5272/2011/1-1(DE).- Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se establece sentido único de circulación a las calles Colectora Este Avda. Luro, Pascual, Anza, Varela y doble sentido de circulación a la calle José Ingenieros. Expte N° 204-1/2011 (HCD) y N° 4326/2010/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Establézcase mano única de circulación obligatoria en sentido aaNorte – Sur a la calle colectora Oeste de la Avenida Pedro Luro entre México y calle colectora Noreste de la Avenida de Circunvalación Ingº Santiago Marzo. Artículo 2º: Establézcase mano única de circulación obligatoria en sentido Sur-Norte a la calle colectora Este de la Avenida Pedro Luro entre calle colectora Noreste de la Avenida de Circunvalación Ingº Santiago Marzo y calle Poblador Desconocido. Artículo 3º: Establézcase mano única de circulación obligatoria en sentido Noreste a Suroeste a la calle Mariano Pascual entre calle Delfín Gallo y colectora Noreste de la Avenida de Circunvalación Ingº Santiago Marzo. Artículo 4º: Establézcase mano única de circulación obligatoria en sentido Suroeste a Noreste a la calle Gabriel Anza entre calle colectora Noreste de la Avenida de Circunvalación Ingº Santiago Marzo y calle José Ingenieros. Artículo 5º: Reasígnese doble mano de circulación obligatoria a la calle José Ingenieros, entre calle colectora Oeste de la Avenida Pedro Luro y calle Gabriel Anza. Artículo 6º: Establézcase mano única de circulación obligatoria en sentido Noreste a Suroeste a la calle Manuel Varela entre calle colectora Oeste de la Av. Pedro Luro y colectora Noreste de la Avenida de Circunvalación Ingº Santiago Marzo. Artículo 7º: Procédase a colocar los postes indicadores de mano única con los correspondientes sentidos circulatorios asignados. Artículo 8º: Comuníquese al S I G – Sistema de Información Georeferenciado, para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 9º: La presente Ordenanza comenzará a regir cuando se haya cumplimentado lo establecido en el artículo 7º. Artículo 10º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de las Obras de Sectorización de ramales de alimentación de Gas Natural a través de la Instalación de cuatro válvulas de bloqueo en calle Delfín GALLO y otra en Avda. LURO. Expte. N° 205-1/2011 (HCD) y N° 4558/2011/1-1 (DE).- –Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárese de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de las obras de sectorización de ramales de alimentación de Gas Natural a través de la Instalación de cuatro válvulas de bloqueo de Ø 6″ y Ø 8″ con sus respectivas cámaras, de acuerdo a planos de anteproyecto y documentación presentada por la Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A.: dos válvulas de bloqueo ubicadas en Avenida Dr. Alfredo Luis PALACIOS esquina Eliseo TELLO, vereda Sur, según plano a fs. 3; una válvula de bloqueo ubicada en calle Delfin GALLO esquina colectora Avenida Pedro LURO, vereda Noreste; y una válvula de bloqueo en Avenida Pedro LURO esquina Delfin GALLO sobre espacio verde ubicado entre Colectora Oeste y Vía Principal, según plano de fs. 4 y demás documentación obrante en el Expediente Nª 4558/2011/1-1 .-Artículo 2º: Autorízase, la realización de las Obras de sectorización de ramales de alimentación de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resulte necesario, como así también la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimentos, veredas o espacios públicos donde se realicen las obras.- Artículo 4º: La Empresa Camuzzi Gas Pampeana S.A. deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Vamos a tratar el punto 12, que fue incorporado al Orden del Día.-
12) Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar subsidios en relación a las tarifas previstas para el servicio de transporte de colectivos urbanos en líneas 1 a 6 y 7 y 8 de nuestra ciudad. Expte Nº 2755/2006/1-12 y 4008/2011/1-3 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo, a partir de la promulgación de la presente, a otorgar los siguientes subsidios en relación a las tarifas previstas para el servicio público de transporte de colectivos urbanos en la ciudad de Santa Rosa: a) Líneas 1 a 6: 90/100 CENTAVOS DE PESO ($0,90), por boleto, para escolares, alumnos que cursen estudios universitarios y terciarios (en cuyo caso se establece un cupo de 175 pases), jubilados, pensionados que perciban haberes mínimos, y excombatientes de Malvinas. b) Líneas 7 y 8: b1) 30/100 CENTAVOS DE PESO ($0,30),por boleto, para la categoría general. b2) PESO UNO CON 20/100 CENTAVOS ($1,20), por boleto, para escolares, alumnos que cursen estudios universitarios y terciarios (en cuyo caso se establece un cupo de 175 pases), jubilados, pensionados que perciban haberes mínimos, y excombatientes de Malvinas. Artículo 2º.- Los subsidios establecidos en el artículo anterior serán atendidos con recursos del presupuesto, siempre que se mantenga el Balance Financiero Preventivo. Contaduría General realizará las reestructuras necesarias al presupuesto vigente a efectos de atender las erogaciones previstas en el artículo 1º.Artículo 3º.- Derógase la Ordenanza Nº 3910/2009, la Ordenanza Nº 4847/2011, y toda otra norma que se oponga a la presente. Artículo 4º.- De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular con votación nominal del Artículo 1º, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar se da por finalizada la Sesión siendo la hora doce con cincuenta minutos.-