ACTA Nº 1091 TRIGÉSIMA TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1091
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1091 TRIGÉSIMA TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1091 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil once, siendo la hora doce con veinte minutos, se da comienzo a la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2011, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Guillermo José DI LISCIA; Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los señores Concejales Sara Inés ALONSO, Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, Marcos Rubén CUELLE, María Alicia IRIBARREN, Eduardo José María MOLTENI, Silvia Edith PÉREZ ROLDÁN, Angélica Cristina REQUEJO, Rubén Oscar SANTILLÁN, Sulma Isabel VALENZUELA y Oscar Antonio VIGNATTI. La Presidencia informa la ausencia con aviso del Concejal Gastón MASSARI COPES.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Valenzuela procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.-
En primer término se pasa a la consideración del Acta Nº 1087, correspondiente a la Vigésima Novena Sesión Ordinaria, la que resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Sara Alonso.-
CONCEJALA ALONSO: Señor Presidente: Es para manifestar que en la Sesión anterior se votó la aceptación del veto en los Artículos 10, 13 y 14 de la Ordenanza aprobada el 29 de septiembre, que trataba del reconocimiento a los vecinos. Por un error de transcripción, dicho despacho salió sólo con los artículos modificados, correspondiendo que en la parte resolutiva se transcribiera el texto completo y ordenado de la Ordenanza, copia que cada Concejal tiene en su banca. Por esa razón, señor Presidente, mociono que se reemplace este despacho por el anterior. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Se pone a consideración la moción planteada por la Concejala Sara Alonso. Por la afirmativa… Aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Vignatti.-
CONCEJAL VIGNATTI: Gracias, señor Presidente. Es simplemente para manifestar que en el día de hoy, 10 de Noviembre, se conmemora un nuevo Aniversario del nacimiento de Don José Hernández, esto traducido en el Día de la Tradición en la República Argentina. Y creo, simplemente, tal cual lo hice el año anterior, que el mejor homenaje que podemos hacerle es leer algunas estrofas del clásico “Martín Fierro”, si es que ustedes me lo permiten, y de esta manera poder conmemorar todos juntos esta enorme y hermosa obra. Algunas de ellas: “Aquí me pongo a cantar/ al compás de la vigüela/ que el hombre que lo desvela/ una pena extraordinaria/ como el ave solitaria/ con el cantar se consuela/ Pido a los Santos del Cielo/ que ayuden mi pensamiento/ Les pido en este momento/ que voy a cantar mi historia/ me refresquen la memoria/ y aclaren mi entendimiento/ Vengan Santos milagrosos/ vengan todos en mi ayuda/ que la lengua se me añuda/ y se me turba la vista/ Pido a mi Dios que me asista/ en esta ocasión tan ruda./ Yo he visto muchos cantores/ con famas bien obtenidas/ y que después de adquiridas/ no las quieren sustentar/ Parece que sin largar/ se cansaron en partidas./ Cantando me he de morir/ cantando me han de enterrar/ y cantando he de llegar/ al pie del eterno Padre/ Dende el vientre de mi madre/ vine a este mundo a cantar/ Que no se trabe mi lengua/ ni me falte la palabra/ El cantar mi gloria labra/ y poniéndome a cantar/ Cantando me han de encontrar/ aunque la tierra se abra/…Es la memoria un gran don/, calidá muy meritoria/ y aquellos que en esta historia/ sospechen que les doy palo/ sepan que olvidar lo malo/ también es tener memoria/ Mas naide se crea ofendido/ pues a ninguno incomodo/ y si canto de este modo/ por encontrarlo oportuno/ no es para mal de ninguno/ sino para bien de todos”. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Rubén Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Simplemente, para transmitir en nombre del Bloque del FREPAM, un saludo a todos los empleados municipales por conmemorarse el 8 de Noviembre el Día del Empleado Municipal, y agradecer el acompañamiento y el trabajo que han brindado no solamente a esta gestión sino a los vecinos de la Ciudad de Santa Rosa, durante esta etapa que hemos estado a cargo del Ejecutivo Municipal, y por supuesto también a través de los empleados del Concejo Deliberante. Simplemente, para agradecer a todos los empleados municipales.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Molteni.-
CONCEJAL MOLTENI: Quiero dejar constancia de que hoy estamos aprobando el Acta 1087 -o sea, que vamos cuatro Actas atrasados-, para que se tomen los recaudos y que para la última Sesión -que faltan dos sesiones- se puedan aprobar todas las Actas, porque se termina el Período Ordinario. Nada más.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I – DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4487/2011, mediante la cual se concede la prórroga para la presentación de los Proyectos de Presupuesto y Ordenanza Tarifaria para el ejercicio 2012. Expte Nº 203-1/2011 (HCD). Pasa a archivo.-
I.2) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4488/2011, mediante la cual se otorgan subsidios en relación a las tarifas para el Servicio de Transporte de Colectivos Urbanos de nuestra ciudad. Expte Nº 306/1992 IV Cuerpo (HCD). Pasa a archivo.-
I.3) NOTA remitida por el Departamento Ejecutivo adjuntando copia certificada de la Resolución Nº 1210/2011 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de Santa Rosa. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II – DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1) Nota presentada por el Centro de Jubilados y Pensionados Cinco Barrios, comprendida entre Zona Norte y Villa Germinal, por la cual solicitan la donación de un terreno para la construcción de su sede. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.2) Nota presentada por el Sr. Presidente del Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas, por la cual solicitan se les done la muestra fotográfica “Malvinas” para ser exhibida en su sede ubicada en calle Salta 547, de nuestra ciudad. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III – DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se acepta la donación de una hidrolavadora de alta presión POWER TOOLS H -1200 – u para el Teatro Español, dependiente de la Dirección de Cultura. Expte Nº 5911/2011/1-1 (DE).- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III. 2) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Padre Jorge SALVEIRE. Expte Nº 5265/2011/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III.3) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se aprueba y declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles del Barrio VILLA GERMINAL. Expte Nº 2750/2011/1-1 (DE). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.4) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se aprueba el Contrato de Locación suscripto entre el EMHSU y la ASOCIACION AGRICOLA GANADERA DE LA PAMPA. Expte Nº 019/2011 (DE). Pasa a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y Reglamentaciones.-
III.5) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales del Frepam por el cual se crea en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa el Programa de COMEDORES INTEGRALES. Pasa a las Comisiones de Acción Social y Desarrollo Comunitario y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.6) Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se sustituye el inciso b) del artículo 30 de la Ordenanza 4226/10 relacionada con la norma regulatoria del Servicio Público de Coches Taxímetros. Expte Nº 5666/1998/1-2 (DE).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Tal lo acordado en la Comisión de Labor Parlamentaria, voy a solicitar que este Proyecto sea tratado sobre tablas, en virtud de que se ha hecho la convocatoria para el sorteo de licencias para personas con discapacidad, y teniendo en cuenta que esta reforma que se propone amplía el espectro de personas que pueden ser beneficiarios de prestar el servicio de taxis en la Ciudad de Santa Rosa. —
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el tratamiento sobre tablas propuesto por el Concejal Cuelle. Por la afirmativa… Aprobado por unanimidad. Se pasa a tratar el Proyecto en cuestión.-
Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Sustitúyase el inciso b) del artículo 30 de la Ordenanza Nº 4226/2010 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera: “b) el cuarenta por ciento (40) de las licencias podrán ser destinadas a grupos específicos de la comunidad que presenten algún tipo de necesidad o características que definirá el Departamento Ejecutivo. Si el Departamento Ejecutivo dispusiera este porcentaje, o uno menor, para personas con algún grado de discapacidad, el mismo deberá estar certificado por la Dirección de Discapacidad del Ministerio de Bienestar Social de la Provincia de La Pampa. En este caso, los aspirantes a obtener la licencia deberán ser mayores de dieciocho (18) años al momento del sorteo, y no se les exigirá que acrediten la posesión de carnet de conductor categoría profesional para transporte de pasajeros”. Artículo 2º: Establézcase que la modificación de la Ordenanza Nº 4226/2010, introducida por el artículo 1º de la presente, será también de aplicación en el proceso de adjudicación de licencias dispuesto por las Resoluciones del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Santa Rosa Nº 922/2011 y Nº 1260/2011.- Artículo 3º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar también, en virtud de lo acordado en Labor Parlamentaria, el ingreso de dos Proyectos de Ordenanza para que sean remitidos a las Comisiones correspondientes. El primero tiene que ver con un Acuerdo -un Acta Compromiso- a celebrar en la Municipalidad para poder recibir fondos que llegan desde el exterior, para un Curso de Capacitación en Archivo; y el segundo tiene que ver con la Ordenanza 4168, haciéndole una modificación en el Artículo 10 cuando habla de las Incompatibilidades, para poder permitir que cuatro Jefas y Jefes de Hogar que todavía no han podido ingresar a las vacantes creadas por la misma Ordenanza puedan hacerlo, en virtud de la restricción que existe por tener una pensión por más de siete hijos, en tres de los cuatro casos.-
PRESIDENCIA: Se van a poner a consideración los dos Proyectos por separado. El III.7, Proyecto de Ordenanza por Carta Compromiso con Cooperación Iberoamericana Iberarchivos Programa ADAI, para pasar a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y Reglamentaciones. Se pone a votación la incorporación y la derivación a las Comisiones. Por la afirmativa… Aprobado por unanimidad. El III.8, Modificación del Artículo 10º de la Ordenanza 4168/10 y su incorporación y derivación a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Por la afirmativa… Aprobado por unanimidad.-
ORDEN DEL DIA.-
- Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución, mediante el cual se declara de Interés Municipal la “I Jornada Pampeana de Nutrición” a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el día 12 de Noviembre de 2011. Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la “I Jornada Pampeana de Nutrición” a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el día Sábado 12 de Noviembre de 2011. Artículo 2º: Remítase copia de la presente Resolución al Colegio de Nutricionistas de La Pampa, entidad organizadora del evento. Artículo 3º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
2) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo el pago de deuda reclamada por la Empresa Ferroexpreso Pampeano S.A. Expte. Nº 68/91 (HCD) y Nº 2294/1994/1-4 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal al pago de la deuda reclamada por la empresa Ferroexpreso Pampeano S.A., en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($570.000,00), suma que será cancelada en un ÚNICO PAGO, dentro del mes de noviembre del corriente año, en concepto de liquidaciones por remuneraciones mensuales de los meses de ABRIL de 2008 hasta NOVIEMBRE de 2011, por los agentes Martín Rene ALFONSO y Jorge Omar LABARRERE, e indemnizaciones por despido de los citados agentes en un 100% y 50%, respectivamente, conforme los considerandos precedentes. Artículo 2º: La Empresa Ferroexpreso Pampeano S.A. asume la obligación de realizar todos los trámites administrativos a efectos de materializar en forma documentada la indemnización por despido de los agentes nombrados Martín Rene ALFONSO y Jorge Omar LABARRERE. Artículo 3°: DEJASE establecido que la Empresa Ferroexpreso-Pampeano, una vez cumplido el pago asumido por la Municipalidad, no tendrá nada más que reclamar al Municipio por obligaciones emergentes de las siguientes Actas: Acta Acuerdo del 27 de agosto de 1993, Acta Acuerdo de fecha 14 de octubre de 1993, Acta Acuerdo Complementaria de fecha 21 de octubre de 1994, Addenda de fecha 1 de junio de 1995 y Acta Acuerdo del 14 de diciembre de 2005.- Artículo 4º: APRUEBASE el Acuerdo de Pago y su respectivo Anexo que como Anexo I forma parte de la presente. Artículo 5º: De forma.- ANEXO I-ACUERDO DE PAGO.-Entre la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA (La Pampa), representada en este acto por su Intendente Municipal, Don Francisco Javier TORROBA D.N.I., en adelante LA MUNICIPALIDAD, constituyendo domicilio en Avenida San Martín Nº 50 de esta ciudad y la firma FERROEXPRESO PAMPEANO S.A., representada en este acto por el Sr. Daniel Omar De Battista, argentino, D.N.I. N° 12.963.343 y Eduardo Alberto RUSSO D. N. I. 20251422, argentino, quienes comparecen en carácter de Apoderados, en adelante LA EMPRESA, constituyendo domicilio en Conesa N° 1073 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en virtud del Acta Acuerdo firmado entre LA EMPRESA y la MUNICIPALIDAD en fecha veintisiete de agosto del mil novecientos noventa y tres, Acta Acuerdo de fecha catorce de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, Acta – Acuerdo Complementaria de fecha veintiuno de octubre de mil novecientos noventa y cuatro, y Addenda de fecha primero de junio de mil novecientos noventa y cinco, las PARTES celebran el presente acuerdo de pago de deuda según las cláusulas que se detallan a continuación: PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD reconoce adeudar a LA EMPRESA, la suma total de PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($ 570.000,00) cuyo origen corresponde a: 1) liquidaciones mensuales pendientes de los meses Abril de 2008 hasta Noviembre de 2011, de los agentes Jorge Omar Labarrere y Martín Rene Alfonso, conforme los términos del artículo 6° del Acta-Acuerdo del 27 de agosto de 1993 y Addenda del 1° de Junio de 1995; 2) indemnización por despido en un 100% del agente Martín René Alfonso, conforme al art. 8° del Acta-Acuerdo del 27 de agosto de 1993, quedando a cargo de LA EMPRESA realizar todos los trámites administrativos a efectos de materializar en forma documentada la indemnización del mencionado agente y 3) indemnización por despido en un 50% del agente Jorge Omar Labarrere, conforme al art. 8° del Acta-Acuerdo del 27 de agosto de 1993, quedando asimismo a cargo de LA EMPRESA el 50% restante de la indemnización y realizar todos los trámites administrativos a efectos de materializar en forma documentada la indemnización del mencionado agente. SEGUNDA: El importe total adeudado por LA MUNICIPALIDAD que asciende a PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($570.000,00), el cual no incluye intereses por mora ni punitorios, será abonado en un ÚNICO PAGO a LA EMPRESA, una vez aprobada la Ordenanza Municipal de autorización por el Honorable Concejo Deliberante. Cumplido el pago asumido por LA MUNICIPALIDAD, FEPSA no tendrá más que reclamar a LA MUNICIPALIDAD por obligaciones emergentes de las Actas mencionadas en el exordio. TERCERA: Las partes dejan establecido que por cualquier tipo de controversias que surjan de la interpretación del presente, éstas se dirimirán en los Tribunales de la ciudad de Santa Rosa de la Provincia de La Pampa, renunciando a cualquier otro fuero que les pudiera corresponder, incluso el Federal.- En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares del presente de un mismo tenor, en la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, a los … días del mes de noviembre del año 2011”.-
–Nota: La Planilla de detalle de las Liquidaciones Mensuales, que forma parte integrante del ANEXO I del presente Proyecto, se incluye como ANEXO ACTA Nº 1091 (33º SESION ORDINARIA- 10-11-11).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Requejo.-
CONCEJALA REQUEJO: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar un pequeñísimo cuarto intermedio, a efectos de hacer una corrección en el despacho.-
Puesta a votación, la moción de la Concejala Requejo resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a un breve cuarto intermedio, finalizado el cual se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar que se modifique el Acta Acuerdo y se incorpore cono Cláusula Tercera la siguiente redacción: “Las partes, de común acuerdo, dejan sin efecto el Contrato firmado por ellas a los veintisiete días del mes de agosto de 1993, sin nada más que reclamar”. Y que la Cláusula que actualmente figura como Tercera, sea establecida como Cláusula Cuarta, y así se vaya haciendo el corrimiento.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Molteni.-
CONCEJAL MOLTENI: Solamente tengo una duda: si es un Acta Acuerdo, ¿uno modifica el Acta en forma unilateral? O sea, ¿entre quiénes modificamos el Acta?…-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Recién, en el cuarto intermedio, hablando con los Asesores y con Concejales, respecto al Anexo I que habla del Acuerdo de Pago, no se desprende ni de la Ordenanza ni del Acta Acuerdo de Pago, que se resuelve el Contrato con Ferroexpreso. Entonces, creíamos oportuno y por eso habíamos convocado al Secretario de Hacienda, para que se rescinda el Contrato entre las partes, en virtud de que el mismo se va prorrogando automáticamente cada diez años. Por eso es que incorporamos esta propuesta de una Cláusula en la cual las dos partes acuerdan finalizar el mismo.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Molteni.-
CONCEJAL MOLTENI: Señor Presidente: A mi criterio, esto se tendría que resolver de la siguiente manera: la Ordenanza, tiene que salir que en el Acta Acuerdo figure la rescisión del Contrato, y ya le daríamos un corte definitivo. O sea, que le daríamos al Departamento Ejecutivo la posibilidad de hacer un nuevo Acta Acuerdo con la Cláusula que estamos pidiendo en la Ordenanza. Nosotros trabajamos sobre la jurisdicción nuestra. O sea, me parece que lo tendríamos que dejar claramente definido en la Ordenanza, a través de un artículo, donde en este Convenio -o este Acta Acuerdo- tiene que figurar la definitiva caída del Convenio.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Requejo.-
CONCEJALA REQUEJO: Gracias, señor Presidente. Estaba escuchando al Concejal preopinante con atención. Entiendo cuál es la idea, y si él me lo permitiera, ordenaría la idea a ver si es ésta: que en el cuerpo de la Ordenanza figure un artículo donde se indicaría -o se ordenaría, por este Concejo- al Departamento Ejecutivo que rescinda… A ver, en el Acta Acuerdo se puede poner la rescisión por acuerdo del Contrato, porque es para eso. Es decir, es un Acta Acuerdo que se refiere al Contrato antiguamente firmado y lo resuelve. Hasta ahí, está todo bien. Pero no entiendo, entonces, cuál es el artículo de la Ordenanza que se pretende. Esa es la duda. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Molteni.-
CONCEJAL MOLTENI: No, lo que pasa es que el Acta Acuerdo… Lo que dicen acá, es que en el Acta Acuerdo no se dice en ningún lado que este Contrato se resuelve. O sea, que en ningún momento dice que de acá en más esto no figura. Entonces, nosotros le estamos pidiendo que en el Acta Acuerdo…, estamos reformando el Acta Acuerdo. Lo que tendríamos que hacer nosotros es, en la Ordenanza -en la parte resolutiva-, poner que se aprueba todo lo que dice la Ordenanza, y en un artículo decir que este Contrato no tiene más vigencia -lo que está firmado por la Municipalidad-. En el Acta Acuerdo y en la Ordenanza, lo que dice acá, es del año 2003, 2005 y 2007. Porque nosotros, en realidad, no podemos cambiar un Acta Acuerdo cuando nosotros unilateralmente lo estamos haciendo. O sea, nosotros al firmar un artículo de la Ordenanza, donde decimos “Bueno, nosotros, a la Municipalidad le autorizamos a pagar todo esto, a indemnizar todas estas cosas, pero de acá en más tiene que quedar explícitamente expresado que la Municipalidad no tiene ningún tipo más de relación con Ferroexpreso Pampeano.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Sí, señor Presidente. Quisiera pedir un nuevo cuarto intermedio, a ver si podemos redactar un documento final, pero antes manifestar que más de una vez se nos ha achacado que funcionábamos como una escribanía del Departamento Ejecutivo. En este caso, estamos buscando de modificar un Acuerdo que va a tener que celebrar el Departamento Ejecutivo con -en este caso- Ferroexpreso. Por eso creemos que no hay ningún inconveniente en incorporarlo en el Acuerdo al que tendrá que llegar la Municipalidad con Ferroexpreso, para poder alcanzar el Acuerdo de Pago. —
PRESIDENCIA: Quería solicitar a la Concejala Sulma Valenzuela si puede ocupar el lugar de la Presidencia, para hacer uso de la palabra. —
Conforme lo solicitado, la Concejala Vice-Presidenta del Cuerpo procede a hacerse cargo de la Presidencia, pasando el Concejal Di Liscia a ocupar su banca.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señora Presidenta. Quería agregar una cuestión técnica. Recién nos decía el Secretario de Hacienda en consulta, que el espíritu del Acuerdo es que termina el Contrato firmado en 1993, por extinguirse de hecho el servicio de guardabarreras, ya que han sido indemnizados y han cesado en su contratación, los trabajadores que estaban en cabeza de Ferroexpreso, y que la Municipalidad había asumido su costo laboral. Sin embargo, leyendo el Contrato firmado en el año 1993 por el Intendente y Ferroexpreso, la Municipalidad se compromete en forma genérica, en el Artículo 5º, a abonar el servicio de atención de las barreras, sin especificarse que la Empresa pudiera en el futuro -después de este Acuerdo que se hace ahora y que se indemnizan los trabajadores y que ya el servicio no se presta más-, pudiera en el futuro la Empresa contratar nuevamente el servicio, a prestar por sí o por lo que fuera, y el día de mañana se apareciera con una nueva factura, ya que el Contrato firmado en el año 1993 sigue vigente. Yo creo que nosotros podríamos solucionarlo, desde el punto de vista técnico, introduciendo en la Ordenanza un artículo que diga simplemente que el Acuerdo alcanzado va a entrar en vigencia únicamente con la simultánea cancelación del aspecto retributivo del Acuerdo de 1993, es decir de toda obligación monetaria por parte de la Municipalidad hacia Ferroexpreso, ya que en el Acuerdo se expresa también que Ferroexpreso va a mantener abierto un paso a nivel. Y hay también nombrados otros pasos a nivel. Esa parte del Convenio tendría que seguir vigente. Porque si no, el día de mañana cae el Convenio de 1993, y también Ferroexpreso adquiriría el derecho de cerrar los pasos a nivel. Esto parece surrealista, por la sencilla razón de que desde el año 2001 no circula el tren. Estamos hablando de vías de tren y servicios de guardabarreras de tren, cuando no circula el tren. Entonces, simplemente, la cosa adecuada, desde nuestro punto de vista sería un artículo, como lo expresaba el Concejal Cuelle, directamente incorporado a la Ordenanza, y que diga que cualquier pago por parte del Municipio, de ahora en adelante, no sería factible de reclamar por la Empresa en ningún carácter. Es decir, no sólo los derivados de las Actas que se enumeran, sino en ningún carácter por parte de la referencia al Contrato de 1993. Es decir, que si ese punto de la Ordenanza -ese Artículo- no se cumple, tampoco se llega al acuerdo del Acta Acuerdo que se ha firmado con la Empresa, que yo entiendo, en otro orden de cosas, que es un buen Acuerdo para un mal Contrato que se firmó en 1993. La verdad, que nadie pensaba que se firmaba un contrato contratando cosas que no se realizaban. Desde el año 1993 se paga este servicio, que no se presta. Automáticamente -de acuerdo al Artículo 11- en el año 2003 se renovó el Contrato, y automáticamente se renovaría el Contrato, si no lo hacemos caer por Ordenanza hoy -u otro día- en el 2013. Es decir que en rigor, de acuerdo a la Ordenanza que vamos a votar, si no ponemos el artículo que haga caducar el Acuerdo de 1993, seguiría vigente el potencial pago de la prestación del servicio de atención de las barreras, a pesar de que las barreras nunca se levanten porque no pasa ningún tren. En síntesis, sugiero que se incorpore directamente un artículo -el mismo Artículo que hoy incorporamos al Acta-, se incorpore a la Ordenanza, con lo cual el Ejecutivo simplemente, si no llega a un acuerdo por la cancelación del Contrato, no pondrá en marcha el Acuerdo alcanzado por la cancelación de las indemnizaciones y las liquidaciones mensuales acumuladas de los agentes que se enumeran en el Acta Acuerdo. No sé si queda claro. Es decir, incorporar directamente un Artículo a la Ordenanza, que haga operativa la Ordenanza del Acuerdo de Pago únicamente si cae en el mismo acto el Acuerdo suscripto entre la Municipalidad de Santa Rosa y Ferroexpreso Pampeano, en cuanto a la obligación de que la Municipalidad pague sueldos de guardabarreras. Nada más.-
Finalizada su exposición, el Concejal Di Liscia retoma el ejercicio de la Presidencia, pasando la Concejala Valenzuela a ocupar su banca.-
CONCEJAL MOLTENI: Vamos a pedir un cuarto intermedio, para redactar el Artículo.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Molteni resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a un cuarto intermedio a los fines indicados, cumplidos los cuales se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Se reanuda la Sesión.-
SECRETARÍA: Voy a dar lectura a las modificaciones propuestas durante el cuarto intermedio en el Artículo 1º, y a un nuevo artículo que ingresa como Artículo 5º: “Artículo 1°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal al pago de la deuda reclamada por la empresa Ferroexpreso Pampeano S.A., en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL ($570.000,00), suma que será cancelada en un ÚNICO PAGO, dentro del mes de noviembre del corriente año, en concepto de liquidaciones por remuneraciones mensuales de los meses de ABRIL de 2008 hasta NOVIEMBRE de 2011, por los agentes Martín Rene ALFONSO y Jorge Omar LABARRERE, e indemnizaciones por despido de los citados agentes en un 100% y 50%, respectivamente”. El Artículo 5º, que se incorpora -y el Artículo 5º de forma, pasa a ser 6º-, dice lo siguiente: “Establécese que a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, el Departamento Ejecutivo no asumirá ningún costo monetario que pudiere derivar del Acuerdo celebrado entre Ferroexpreso Pampeano S.A. y la Municipalidad de Santa Rosa el 27 de Agosto de 1993”.-
PRESIDENCIA: Si ningún Concejal o Concejala va a hacer uso de la palabra, se pone a votación en general el despacho de la Comisión, con las modificaciones leídas por la Secretaría. Por la afirmativa… Aprobado por unanimidad. Se pasa a votar en particular, con votación nominal en el Artículo 1º.-
El Artículo 1º resulta aprobado por unanimidad en forma nominal con las modificaciones leídas por la Secretaría. Asimismo, se aprueban por unanimidad los Artículos 2º a 5º -incorporado con el texto leído por la Secretaría-. Con el Artículo 6º, de forma, el Proyecto queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora trece con quince minutos.-