ACTA Nº 1100 TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1100
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1100 TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1100 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los quince días del mes de marzo del año dos mil doce, siendo la hora diecinueve con quince minutos, se da comienzo a la Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2012, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los señores Concejales Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRIGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO.-
Se encuentra presente en el Recinto un grupo de personas que, acompañados de bombos y redoblantes, hacen oír sus reclamos respecto a las condiciones en que prestan tareas de reciclado de residuos en el Relleno Sanitario, circunstancia que torna imposible el desarrollo de la Sesión, por lo que unánimemente la Presidencia del Cuerpo y los Presidentes de los Bloques integrantes del mismo, Liliana Vanesa ROBLEDO, Marcos Rubén Cuelle y Viviana Rodríguez por los Bloques del Partido Justicialista, FREPAM y Comunidad Organizada respectivamente, resuelven reunirse con los manifestantes a fin de escuchar sus reclamos. Durante la realización de dicha reunión, los Concejales participantes de la misma se comprometen a realizar gestiones para que el señor Intendente Municipal, Dr. Luis Alberto LARRAÑAGA reciba en audiencia a las personas que se encuentran reclamando.-
A continuación, los miembros del Cuerpo se predisponen a continuar con el desarrollo de la Sesión. No obstante ello, y a pesar del compromiso contraído, continúan incesantemente en el Recinto las manifestaciones de protesta de los presentes, lo que torna imposible el desarrollo de la Sesión de acuerdo a lo previsto.-
En virtud de ello, se pasa a votar un cuarto intermedio hasta el día veintidós de marzo a la hora diecinueve.-
Votan afirmativamente los Concejales Baraybar, Cuelle, Mecca, Roigé, Robledo, Salomón, Villatoro, Rodríguez, Cabreros, Ghiglione y Taboada. El Concejal Di Liscia no realiza la votación por cuanto al momento de votar no se encuentra ocupando su banca.-
Siendo la hora veintiuna, se da por levantada la Sesión.-
–En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a la hora diecinueve del día veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce, se reanuda la Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante, que pasara a cuarto intermedio el día quince de marzo del corriente año, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los señores Concejales Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRIGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Robledo procede a izar el Pabellón Nacional en el mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: Se pone a consideración de los señores Concejales el Acta N° 1098, correspondiente a la Primera Sesión Ordinaria del Período 2012. Los señores Concejales tienen el Acta. No sé si hay que leerla, o si no la ponemos a votación.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: Propongo que se haga la votación por la afirmativa del Acta.-
Puesta a votación, el Acta 1098 resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
PRESIDENCIA: Se pone a votación el Acta 1099, correspondiente a la Segunda Sesión Ordinaria del Período 2012… —
El Acta Nº 1099 resulta, asimismo, aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1) Nota del Secretario de Hacienda y Abastecimiento de la Municipalidad de Santa Rosa, remitiendo la Disposición N° 040/2012 por la cual se emiten las facturas de los períodos desde 2/2012 en concepto de la Tasa por Recolección de Residuos Patológicos que establece el Capítulo Vigésimo Primero de la Ordenanza Tarifaria 2011. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.2) NOTA N° 20/2012 del Departamento Ejecutivo remitiendo copia certificada de la Resolución N° 157/2012, mediante la cual se modifica el Presupuesto de Gastos vigente en la Municipalidad de Santa Rosa, para el período Febrero de 2012.- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.3) Providencia del Tesorero General de la Municipalidad de Santa Rosa, por la cual se elevan las observaciones realizadas por el Cuerpo de Relatores. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.4) NOTA N° 21/2012 del Departamento Ejecutivo remitiendo copia certificada de la Resolución N° 167/2012 mediante la cual se incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente Ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.5) NOTA N° 48/12 remitida por el Sr. Secretario de Hacienda y Abastecimiento, adjuntando el informe mensual de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos correspondiente al mes de Febrero de 2012.- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.6) NOTA N° 23/2012 remitida por el Departamento Ejecutivo adjuntando copia certificada de la Resolución N° 196/2012 mediante la cual se incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.7) Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución N° 1/2012 de Honorable Concejo Deliberante, relacionada con la iniciativa de la Cámara de Diputados sobre la realización de una autovía para la ruta 5. Expte Nº 45-1/2012 (HCD).Pasa a archivo. –.-
I.8) NOTA remitida por el Sr. Secretario de Hacienda y Abastecimiento adjuntando copia de la Disposición 066/2012 en concepto de Tasas por recolección de Residuos Patológicos. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1) NOTA N° 1928/2012 del Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa, solicitando recibir en audiencia al Consejo Directivo del Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa a los fines de abordar temas vinculados a la Ordenanza 4426/2011. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.2) NOTA presentada por el Sr. Oscar Antonio VIGNATTI, con el objeto de solicitar se requiera a las grandes cadenas de supermercados instaladas en la ciudad de Santa Rosa y a los comercios que exploten el rubro pertinente, a elaboración y puesta a la venta de una CANASTA ESCOLAR BASICA a precios de costo para el período lectivo 2012. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.3) NOTA presentada por la COOPERATIVA OBRERA Ltda. de Consumo y Vivienda, invitando a adherir a la Declaración de las Naciones Unidas que instituye al 2012 AÑO INTERNACIONAL DE LAS COOPERATIVAS. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.4) NOTA presentada por el Sr. Héctor Omar CERDA presentando proyecto de modificación de la traza urbana, en la zona donde se están construyendo barrios de viviendas. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
II.5) NOTA presentada por el Sr. Héctor PEREZ SUHURT, solicitando la modificación de la Ordenanza N° 3972/09 en la cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la Ejecución de Pavimento en la calle Juan Bautista ALBERDI, entre UNANUE y SAN LUIS. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
II.6) Nota elevada por la Secretaría del Bloque de Concejales del Partido Justicialista, remitiendo nota del Subdirector de la Subdirección de Economía Social por la cual solicita la intervención del Honorable Concejo Deliberante a los efectos de sugerir modificaciones al Artículo 7° de la Resolución N 537/2011 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.7) Nota presentada por el Secretario General y Secretario Adjunto del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (S.O.E.M), referente al tratamiento de la Resolución Ad-Referéndum 1154/11 que otorgó categorías a los agentes permanentes que subrogaron categorías de superior jerarquía, con una antigüedad de más de 7 años. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.8) Nota presentada por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, solicitando al Cuerpo licencia especial por el término de 17 días, a partir del día 09 de Abril del corriente año.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Señor Presidente, señores Concejales: Simplemente, para poner a votación la petición que ha hecho la Presidencia para tomarse la licencia correspondiente. Así que ésta es una moción para que se ponga a votación y los Concejales aprueben la licencia. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Se pone a votación, entonces, del Honorable Concejo. Sírvanse levantar la mano los que estén por la afirmativa… Aprobado por unanimidad.-
II.9) Providencia del Director General de Administración, referente a lo solicitado por el Ballet Escuela “PAMPA GAUCHA”. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II-10) Nota presentada por la Sra. Susana CABEZAS, Presidenta Provisoria de la Comisión Vecinal del “Barrio ESPERANZA”, para poner en conocimiento del Cuerpo, sobre los inconvenientes que provoca en un amplio sector de vecinos de la Ciudad, el cambio de frecuencias de la Línea 7 del Servicio Público de Pasajeros.- Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
III. – DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales Justicialistas, por el cual se declara a la ciudad de Santa Rosa “CIUDAD LIBRE DE PIROTECNIA”. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.2) Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales Justicialistas, por el cual se declara a todo el ejido de la ciudad de Santa Rosa zona libre de contaminación sonora generada por motovehículos, y prohibiendo en todo el ámbito de la Ciudad la venta y colocación de escapes para motos que puedan generar un sonido que supere los 75 decibeles para motores hasta 50 c.c y los 82 decibeles para motores de más de 50 c.c. de cilindrada. Pasa a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-
III.3) NOTA Nº 22/2012 del Departamento Ejecutivo por la cual se remite proyecto de Ordenanza por el cual se sustituye el texto del Artículo 63 de la Ley 643, Estatuto para los Agentes de la Administración Pública Provincial, publicada en la Separata Nº 1045 del Boletín Oficial a la cual adhirió la Municipalidad de Santa Rosa mediante Ordenanza Nº 53/84 y que fuera sustituido por Ordenanza 4334/2011.Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: Es para incorporar al tratamiento sobre tablas un Proyecto de Ordenanza que tienen todos ustedes, que en realidad está muy vinculado a un Proyecto que tiene tratamiento posterior, tratamiento referido a las Comisiones Vecinales, que por ahí pone solución -por eso le pido el tratamiento sobre tablas- a una alteración que se haría en el Cronograma de las Comisiones Vecinales, porque no se está cumpliendo con las convocatorias en tiempo y en forma por parte del Municipio. El mecanismo que se propone es muy simple, que es que este Concejo vote una modificación de la Ordenanza 4410, ampliando por quince días el plazo establecido en el Artículo 24, con lo cual el Municipio tendría tiempo de hacer las convocatorias a las Asambleas, que por un tiempo físico, o por decisión, no ha realizado. Y ahora sí, tendría tiempo suficiente. Le pido por favor, por Secretaría, si pueden leerse los Fundamentos. Y la razón de urgencia para el tratamiento sobre tablas, es que justamente se estarían venciendo los plazos, y las Comisiones Vecinales entrarían en una zona de ilegalidad, que creo que nadie quiere llegar a eso… Le pediría si se pueden leer los Fundamentos y el articulado, que es muy cortito, y si se puede votar, con lo cual solucionaríamos el problema que está referido en el Proyecto de Comunicación IV.2.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura al Proyecto de Ordenanza, en los siguientes términos: “VISTO Y CONSIDERANDO: Que el 31 de mayo de 2012 se producirá el vencimiento del mandato de las comisiones vecinales de los barrios Salvador Ananía, Aeropuerto I, Aeropuerto II, Congreso, de Las Artes, Empleados de Comercio, Favaloro, Los Hornos, Malvinas Argentinas, San Cayetano, Santa María de La Pampa, Tomás Mason Norte, Villa Alonso Norte, Villa Alonso Centro, Villa del Busto, Villa Germinal, Villa Elisa, 26 de Septiembre y Zona Oeste Quintas, Que el mandato de las comisiones provisorias creadas en la segunda mitad del año 2011 de los barrios Matadero, Inti Hué, Las Camelias y Esperanza tienen vigencia hasta la elección de las autoridades definitivas, razón por la cual la convocatoria a asamblea para lograr su conformación definitiva debe realizarse en forma urgente, Que la ordenanza de comisiones vecinales establece que las asambleas para iniciar el proceso eleccionario deben realizarse entre 90 y 60 días antes de la fecha de finalización del mandato, es decir entre el 2 y el 31 de marzo, Que para llevar adelante las asambleas mencionadas debe realizarse su convocatoria pública a través de un medio gráfico de la ciudad 10 días antes de la fecha de la asamblea, Que al día de hoy se realizaron tres publicaciones que involucran a once comisiones vecinales, que son: René Favaloro, Aeropuerto II, Villa del Busto, Tomás Mason Norte, Villa Elisa, 26 de Septiembre, Esperanza, Malvinas Argentinas, Aeropuerto I, Congreso y Santa María de La Pampa, Que tenemos conocimiento que las comisiones vecinales han dado cumplimiento del trámite de informar y solicitar a la municipalidad publicidad de la fecha para realizar la asamblea en tiempo y forma y sin embargo el municipio no ha realizado la convocatoria de las asambleas de 11 comisiones restantes -cuyo mandato también vence el 31 de mayo próximo, que son: Ananía, De las Artes, Los Hornos, San Cayetano, Villa Alonso Norte, Villa Alonso Centro, Villa Germinal, Zona Oeste Quintas, Las Camelias, Inti Hué, Matadero-, razón por la que el plazo legal para llamar a esas asambleas ha expirado. Que como se trata de modificar una cláusula establecida por una ordenanza municipal para concretarlo es precisa la sanción de una nueva ordenanza. Que la modificación que se impulsa es de carácter extraordinario, válida por única vez, y su justificación se relaciona con el propio espíritu de la ordenanza de vecinales que indica que la tarea del municipio es la de colaborar con la formación, sostenimiento y fortalecimiento de las comisiones vecinales. Por lo expuesto el Bloque de Concejales del Frepam propone el siguiente Proyecto de Ordenanza: Artículo 1º: Amplíese por quince días el plazo establecido en el artículo 24 de la ord 4410/11. Articulo 2º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Estando justificada la cuestión de urgencia, le pido la votación para ingresar al Orden del Día este Asunto, cosa que ha sido charlada en Labor Parlamentaria, que se puedan entrar los proyectos que esta semana tuvieron una tramitación un poco irregular a causa de la fallida reunión de este Concejo el jueves pasado. Es decir, que si se entiende la urgencia del tratamiento de esto para darle un plazo un poquito más amplio al Municipio para que cumpla con lo que dice la Ordenanza, se podría -pido también-… Primero, pido la incorporación al Temario, por una razón de urgencia y para tratarlo posteriormente sobre tablas con una propuesta posterior. Pido la incorporación al Temario.-
Puesta a votación, la moción de incorporación del Proyecto al Temario resulta aprobada por unanimidad, quedando el Proyecto ingresado como punto III.4.-
CONCEJAL DI LISCIA: Le pediría una moción que es un breve cuarto intermedio, probablemente de muy pocos minutos para no retrasarnos, porque la modificación es tan sencilla pero es práctica, para que la Dirección que se ocupa de convocar a las Asambleas de Comisiones Vecinales tenga una fecha tope mucho más holgada. Así que les pido un cuarto intermedio, para ver si los distintos Bloques podemos votar esta Ordenanza y despacharla en el día de hoy.-
Puesta a votación, la moción de pase a cuarto intermedio resulta aprobada por unanimidad siendo la hora diecinueve con veinticuatro minutos. A la hora diecinueve con treinta minutos se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: Acá hemos acordado que se pase a la Comisión de Administrativa y en este mismo acto, por ahorro de trámites, pido que se junte también con el Proyecto de Comunicación IV.2, que es del mismo contenido, y que vayan los dos -porque no tendría sentido hacer el pedido de informes y tratar este Proyecto, porque uno soluciona el otro. Entonces, mociono el pase a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones tanto del Proyecto de Ordenanza referido a la Modificación del Artículo 1 de la 4410/11 como del Proyecto de Comunicación que figura como IV.2 referido a la Convocatoria a Asambleas de las Comisiones Vecinales.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Di Liscia resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Viviana Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Señor Presidente: De acuerdo a lo acordado en Labor Parlamentaria, es para pedir el ingreso al Temario de un Proyecto de Ordenanza que reglamenta el uso de Cuatriciclos, el cual solicito que pase a la Comisión de Obras Públicas, donde ya hay antecedentes.-
Puesta a votación, la moción de incorporación al Temario del Proyecto de Ordenanza sobre Reglamentación del Uso de Cuatriciclos y pase del mismo a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Señor Presidente: Pido también el pase a la Comisión de Administrativa, por tratarse de un tema de Tránsito, del que también se ocupa esa Comisión, por favor.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Sí, no hay ningún problema. Pedimos el pase a las dos Comisiones: a la de Obras Públicas y a Administrativa y Reglamentaciones.-
De acuerdo a lo mocionado, se deriva el Proyecto a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Es para solicitar, como habíamos solicitado en Labor Parlamentaria, el ingreso del Proyecto para imponer la denominación de “Casa Museo” al casco de la Estancia “La Malvina”. Si, por favor, por Secretaría se pueden leer los Fundamentos, para después darle ingreso y pasarlo a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones… Perdón, señor Presidente. Que pase directamente a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones, obviando los Fundamentos, y después lo fundamentamos cuando se trate el Proyecto.-
Puesta a votación, la moción de ingreso del Proyecto y su pase a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones resulta aprobada por unanimidad.-
SECRETARÍA (Leyendo): “III.6) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Comunidad Organizada, mediante el cual se solicita al Departamento…”. (Solicita el uso de la palabra la Concejala Roigé).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Corresponde la lectura del Título IV- DE LOS PROYECTOS DE Disposición-COMUNICACION Y Resolución que quedaron de la Sesión anterior, primero.-
SECRETARÍA: Claro, pero como III.4 le dimos entrada a lo que presentaron ustedes, Cecilia, y entonces sería III.5.-
CONCEJALA ROIGÉ: Correcto, pero estamos hablando de Proyectos de Comunicación…-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para aclarar que ya hicimos el ingreso de todos los Proyectos de Ordenanza. Ahora correspondería entrar al Título DE LOS PROYECTOS DE Disposición-COMUNICACION Y Resolución; arrancar por los que habían quedado de la semana pasada, y después incorporar el que en el nuevo Temario estaba como III.1.-
PRESIDENCIA: Bien. ¿Aclarado, señores Concejales?…-
De acuerdo a lo expresado precedentemente, se pasa al desarrollo del Título IV.-
IV- DE LOS PROYECTOS DE Disposición, COMUNICACION Y Resolución.-
IV.1) Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales del FREPAM por el cual se solicita se declare de Interés Municipal a la Red Federal de Autopistas de la República Argentina, adhiriendo al Proyecto de Ley PROMITT para la construcción de la Red Federal de Autopistas y Rehabilitación de los Ferrocarriles Nacionales.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. Como es ya costumbre desde hace algún tiempo, todos los proyectos de “interés municipal” los pasamos a la Comisión de Acción Social. En este caso, debido a que el jueves pasado no pudimos funcionar normalmente, voy a pedir que se vote en este momento esta Declaración de Interés Municipal, debido a que el próximo día miércoles 28, en este mismo Recinto del Concejo Deliberante va a estar el Dr. Guillermo Laura, que es el autor del Proyecto de las Autopistas y Rehabilitación de los Ferrocarriles Nacionales, explicando a toda la comunidad santarroseña y de la Provincia, de lo que es esta iniciativa que ha sido presentada en el Senado de la Nación. A grandes rasgos, vale decir que ésta es una iniciativa tendiente a la realización de autovías de todas las Rutas Nacionales del país, libres de peajes, que sean uniones interconectadas entre distintas capitales de provincias, y para Santa Rosa sería un proyecto interesante, ya que abarcaría lo que es la Ruta Nacional 35 y la Ruta Nacional 5. Así que pido que se lean los Fundamentos por Secretaría, y luego procedamos a la votación.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “FUNDAMENTOS: El proyecto de ley PROMITT para la construcción de la Red Federal de Autopistas y Rehabilitación de los Ferrocarriles Nacionales que cuenta con estado parlamentario en el Congreso de la Nación propicia la implementación de un programa nacional de largo plazo cuya meta es la modernización del transporte terrestre en nuestro país, y configura una Política de Estado, que como tal requiere del respaldo de todos los sectores políticos para garantizar su persistencia en el tiempo. La infraestructura del transporte terrestre de la Argentina, tanto vial como ferroviaria es deficitaria y ello afecta al desarrollo de las regiones de nuestro país, especialmente las provincias periféricas y alejadas de los centros de exportación y consumo que, además de los impuestos ordinarios, pagan el oneroso “impuesto a la distancia”. La construcción de la Red Federal de Autopistas posibilitará la efectiva integración del territorio Nacional mediante autopistas libres de peaje, vinculando la población total del país interconectando ciudades que incluyen capitales de provincias, puertos de ultramar y centros turísticos, posibilitando mayor rapidez y eficiente comunicación con los países limítrofes mediante la construcción de cuatro corredores bioceánicos (Norte, Transversal, Centro y Sur). Será libre de peaje por lo que constituirá un Servicio Universal de Calidad Uniforme y Uso Gratuito. Esta red de autopistas tiene una elevada rentabilidad social, porque permitirá reducir considerablemente los accidentes mortales, disminuir los costos de fletes y acortar los tiempos de viaje, generando además un impacto positivo en el mercado laboral ya que su construcción generará empleos productivos. La financiación del proyecto no requerirá avales financieros estatales ya que se realizará íntegramente con recurso privados y créditos-puente de los bancos comerciales. Para facilitar el acceso al crédito a las empresas locales, el proyecto contará con la garantía del BID. El repago de las obras a largo plazo se hará con peaje indirecto, a percibirse a través de la Tasa Retributiva de Obras y Servicios de Autopistas (TROSA) que será recaudada por empresas petroleras y depositada directamente en la cuenta de los concesionarios sin ningún tipo de intermediación. Dicha tasa sólo se cobrará cuando cada obra esté terminada y habilitada al uso público por la autoridad de aplicación; evitando el desvío de fondos y garantizando el destino de los fondos que es la forma más eficaz de proteger al usuario. El proyecto de ley PROMITT ha concitado el apoyo unánime de las legislaturas en siete provincias (Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Corrientes y Neuquén) que, en conjunto, representan el 62 % de la población total del país. Consideramos que la Ciudad de Santa Rosa no puede permanecer ajena a esta valiosa iniciativa que implicará un notable progreso en su integración a todo el país con una infraestructura vial de última generación. Reiteramos que en todos los casos el apoyo de las Legislaturas ha sido unánime abarcando todo el arco político. Se ha logrado posicionar este programa como una cuestión no ideológica ni partidista, ya que las autopistas son equipamientos indispensables para acompañar el explosivo crecimiento del parque automotor. El amplio consenso logrado permite alentar la esperanza de que se convierta en una Política de Estado perdurable. En forma directa la provincia de La Pampa y la ciudad de Santa Rosa resultan ampliamente beneficiadas con la conversión en autopista inteligente de las siguientes rutas troncales: a) La RN 5 que la vincula a Buenos Aires; b) la RN 35 que la vincula hacia el Sudeste con Bahia Blanca y hacia el norte con Córdoba (Capital).Estas autopistas son de vital importancia para la eficiente conectividad de la provincia y su integración al resto del territorio nacional. La ciudad de Santa Rosa se convertirá en un importante nodo distribuidor de tránsito con enlace directo a Buenos Aires, al centro del país y, además con salida franca al Océano Atlántico en Bahía Blanca que resulta estratégico para la salida de la producción. El proyecto cuenta con el respaldo técnico de todas las provincias ya que el Consejo Interprovincial de Ministros de Obras Públicas (C.I.M.O.P.) que las representa dio su apoyo por unanimidad según la Resolución 7 de Puerto Deseado, Provincia de Santa Cruz. Por ello es que este Honorable Concejo Deliberante declara de interés este programa y adhiere al proyecto de ley con estado parlamentario en la Honorable Cámara de Senadores de la Nación (Expediente S-28/12), considerando la importancia de contar con esta ley a fin de avanzar en el desarrollo equilibrado de las provincias y regiones de nuestro país y su integración efectiva a toda América Latina. Por ello: El bloque de concejales del FREPAM presenta el siguiente Proyecto de: Resolución: Artículo 1°: Declarar de Interés Municipal a la Red Federal de Autopistas de la República Argentina, adhiriendo al proyecto de ley PROMITT para la construcción de la Red Federal de Autopistas y Rehabilitación de los Ferrocarriles Nacionales que tiene estado parlamentario en la Honorable Cámara de Senadores de la Nación (Expediente S-28/12), solicitando su pronto tratamiento y puesta en marcha. Artículo 2°: Comuníquese por medio fehaciente al Sr. Presidente de la Honorable Cámara de Senadores de la Nación. Artículo 3°: De forma”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad.-
IV.2) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejales del FREPAM solicitando al Departamento Ejecutivo informe sobre los motivos de la demora en dar a publicidad las convocatorias a asambleas realizadas por las comisiones vecinales, cronograma de asambleas solicitado sobre renovación de autoridades vecinales, acciones institucionales que se están realizando para evitar la acefalías y cronograma anual de renovación de autoridades. Conforme la moción aprobada oportunamente, el presente Proyecto fue derivado a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones para ser tratado en forma conjunta con el Proyecto de Ordenanza referido a la Modificación del Artículo 1 de la 4410/11, que por unanimidad fuera ingresado sobre tablas en la presente Sesión como punto III.4.-
IV.3) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de del FREPAM solicitando al Departamento Ejecutivo informe si se ha utilizado maquinaria y personal municipal para realizar tareas de desmalezado y limpieza en el predio ubicado entre calles Onischuk, Orlando Hernández, Mariani y Lebensohn y cuáles son las acciones administrativas y judiciales realizadas ante las expresiones vertidas por el Sr. Luis CURE. Presidencia deriva el Proyecto a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Los Proyectos de Comunicación, Resolución y Disposición son para votar en el momento, excepto que haya alguna consideración importante. Simplemente se pide al Departamento Ejecutivo informe sobre estas cuestiones que están especificadas en el Proyecto de Comunicación. De manera que se debe poner a votación el Proyecto tal cual está. No pasa a Comisión. Según el Reglamento, se votan en el momento.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Establece el Reglamento, que los Proyectos de Comunicación, Disposición y Resolución, puede solicitarse en el Recinto y -si se aprueba- pueden ser remitidos a las distintas Comisiones. La moción, entonces, que estoy presentando, es que este Proyecto pase a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: El Reglamento se refiere a que los Proyectos de Comunicación se votan en el momento. Simplemente, porque son Comunicaciones. En este caso, pedimos que alguien informe, del Departamento Ejecutivo, sobre una serie de trabajos. No sé qué va a solucionar el Concejo en la Comisión, porque el que tiene que contestar no es el Concejo. El que tiene que contestar, es el Departamento Ejecutivo. Lo que yo temo, es que no tenga nunca despacho. Entonces, prefiero que se vote negativo o positivo, teniendo en cuenta que puede quedar en la Comisión y nunca tratarse. Entonces, le solicito que aplique el Reglamento, que directamente dice que se votan los Proyectos de Disposición, Comunicación y Resolución. El caso excepcional es cuando los pasamos a las Comisiones, sobre todo en los casos que hay que declarar de interés municipal, por una averiguación del historial y los antecedentes del evento que se va a declarar de interés municipal. El otro tipo de Proyectos de Resolución se votan directamente, como acabamos de votar recién el Proyecto de Resolución IV.1. Eso está en el Artículo 56 del Reglamento del Concejo Deliberante. Propongo que se vote directamente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Nosotros, cuando solicitamos pasarlo a Comisión, no es para dejarlos enterrados en un cajón, como ellos nos vienen diciendo. Lo hemos comprobado con la solicitud que han pedido por los contratados, de querer saber quiénes son, quiénes somos, los que ocupamos los cargos dentro del Ejecutivo Municipal y del Concejo Deliberante. Y le hemos sacado despacho en forma rápida en una Comisión. Nuestro pedido de pase a Comisión de este tema en particular, es simplemente porque tenemos documentación para agregar a este Proyecto, a esas dudas que tiene el Concejal Di Liscia y el Bloque del Frepam. Y además de eso, porque si tienen alguna cuestión judicial o si ha habido algún delito, creo que tampoco es el Concejo el que debe expedirse. Tienen que ir a la Justicia, y ahí hacer la denuncia como corresponde. Entonces, solicito como una moción concreta, que se aplique el Artículo 56 del Reglamento Interno del Concejo Deliberante y se pase a la Comisión que corresponda. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: El Proyecto de Comunicación solicita un informe. Por ahí no estamos leyendo el mismo. Se trata del Proyecto IV.3. Pide informes de si se ha utilizado maquinaria y personal municipal para un determinado trabajo. No es más que una pregunta. Y se basa en determinadas expresiones de un propio funcionario municipal. Es decir, no me parece que en esto tenga que ver la Justicia ni nadie. Si el Departamento Ejecutivo contesta lo que satisface al Concejo Deliberante, no tiene por qué intervenir la Justicia. Probablemente, si hubiera algo que no fuese satisfactorio, la Justicia tendría que intervenir, si hubiera una denuncia en la Justicia. Lo que estamos simplemente haciendo acá, es que el Departamento Deliberativo -el Concejo Deliberante- le pregunta al Departamento Ejecutivo, es decir al Intendente, si ocurrieron tales cosas. Y se basa en una declaración pública no desmentida por el Departamento Ejecutivo. Si la hubiera desmentido, en todo caso es probable que este Proyecto de Comunicación no hubiera aparecido. Ahora, las denuncias fueron públicas, se trata de una cuestión irregular, y sin embargo durante veinte días sucesivos a la declaración pública del señor Luis Cure, no hubo ninguna voz. Pasaron más o menos cuarenta partes municipales -es decir, dos por día- y sin embargo no hubo ninguna voz del Departamento Ejecutivo aclarando la situación. Por eso es que estamos pidiendo que aclare la situación, nada más. No se trata de una cuestión judicial. Se trata de una cuestión de información pública. Nada más.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. En primer lugar, el Concejal Di Liscia habla de “irregularidades” -o supuestas irregularidades-, con lo cual entonces, si presume que hay irregularidades, por eso creo que la Concejal Robledo le manifestó que, como funcionario público que es, si ha tenido conocimiento, de acuerdo a lo que dice el Pedido de Informes, que hay “testimonios, entrevistas, fotografías”, etc. etc. etc., tiene la obligación de hacer la denuncia, si sospecha. Por lo menos, ante la sospecha, y que después, el Fiscal sea el que investiga. Más allá de eso, entonces no podemos sobrecargar -creo- de esta manera al Ejecutivo, por cada noticia que salga en los diarios o por cada manifestación que haga una persona. Porque me parece que la función del Ejecutivo va por otro lado, ¿no es cierto? Está para gestionar y no para contestar a los medios de prensa sobre cada sospecha, sobre cada entrevista o sobre cada informe que hagan. Propongo como moción de orden entonces, señor Presidente, que pase a la Comisión respectiva -como habíamos solicitado antes- de Obras y Servicios Públicos, para su tratamiento. Porque de todas maneras, señor Presidente, en ningún caso el Reglamento Interno habla de que “en forma excepcional” tiene que pasar a Comisión, sino que si el Concejo así lo determina pasa a estudio de Comisión el Proyecto. Solicito, entonces, que se ponga a votación la moción de orden para que pase a la Comisión de Obras y Servicios Públicos.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Mecca resulta aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada, votando en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro.-
IV.4) Proyecto de Disposición presentado por el Bloque de Concejales del FREPAM solicitando el inmediato cumplimiento de la Resolución N° 17/88, “Creando Asesoría Jurídica del Concejo Deliberante” y el cumplimiento de la Ordenanza N° 3860/2009 de Libre Acceso a la Información Pública.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Señor Presidente: Pido la lectura de los Fundamentos y de la parte resolutiva del Proyecto.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Disposición: “Santa Rosa, 28 de Febrero de 2012.Visto y Considerando: Que el Digesto Municipal es una herramienta invalorable para la labor de las /los concejales, personal y funcionarias/os de este Cuerpo Deliberativo, como también es material de consulta para el Departamento Ejecutivo, y por excelencia de vecinos/as de Santa Rosa; Que el Digesto Municipal es una herramienta de trabajo esencial para las ciudadanas y ciudadanos que desarrollan actividades sociales, económicas, educativas, culturales y de cualquier otra índole, reguladas mediante normativa municipal vigente; Que encarna en sí mismo el principio democrático de la publicidad de los actos de gobierno; Que la Resolución 17/88 crea la Asesoría Jurídica del Concejo Deliberante con el objeto de desarrollar la tarea de actualización permanente del Digesto Municipal; Que la Ordenanza 3860/09 de “Derecho a la Información. Libre Acceso a la misma”, establece pautas para garantizar la difusión de actos de gobierno, e indica en el Artículo 4° las implicancias del acceso a documentos públicos que emanen del Departamento Ejecutivo, Deliberativo y Juzgado de Faltas, y en el artículo 7°, se detallan los medios de publicación, entre los que se incluyen portales digitales; Que el Digesto Municipal que aparece publicado en la página web del Concejo Deliberante carece de la actualización correspondiente; Que ha sido presentado un proyecto de Disposición de similar tenor el 11 de mayo de 2011 obrante en archivo y que debe ser tomado como antecedente; Por ello, el Bloque de Concejales del Frente Pampeano, Cívico y Social FREPAM, presenta el siguiente Proyecto de Disposición: Artículo 1°: Dispóngase el inmediato cumplimiento de la Resolución N° 17/88 “Creando Asesoría Jurídica del Concejo Deliberante”, que preceptúa “…planificar y desarrollar la tarea de actualización permanente del Digesto Municipal…”, como así también de la Ordenanza Nº 3860/2009 de Libre Acceso a la Información Pública, art. 4º y art. 7º.Artículo 2º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señor Presidente. Quienes leyeron esta Disposición, se darán cuenta de que tiene un carácter netamente administrativo. Ahora, ¿por qué una Disposición administrativa -netamente administrativa- adquiere carácter político? Porque habla nada más ni nada menos que del derecho de Acceso a la Información Pública. Tenemos en cuenta que hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos manifiesta que la regla general del acceso a la información reposa en el Estado; es el principio de la máxima divulgación; es una condición fundamental para la existencia del Estado democrático, respetuoso de los derechos de las personas. Pero sin embargo, que alguna información quede en secreto, supone dos razones: puede preservar razones de extrema seguridad -seguridad de Estado-, para lo cual existe un procedimiento debidamente fundado para declarar tal condición y no creo que sea éste el caso. O bien, un ocultamiento malicioso de la información con la intención de no dar a conocer actos de gobierno que pudieran no agradar o afectar negativamente a la ciudadanía. Ahora, yo voy a algo más cotidiano -esto está dentro de otra cuestión-. Los que trabajamos con el Digesto, porque es una fuente de información y de estudio, nos encontramos con que está totalmente desactualizado; situación que se agrava cuando nos es complicado acceder a esa información en papel, y que debiera estar al alcance de cualquier ciudadano o ciudadana. Pero, más aún -yo digo-, este Concejo ha sido fuente de consulta sobre normativas que han servido de ejemplo en otras localidades de La Pampa y en otras provincias. Hoy, si se consulta la página web, la información a la que se accede es parcial o bien está desactualizada, que es lo que decía anteriormente. Además, otra cosa, señor Presidente. Es usted quien debe hacer observar el cumplimiento de la Resolución 17/88, en relación a la competencia de la Asesoría Jurídica del Concejo Deliberante en la actualización del Digesto Municipal. De no hacerlo, estaría usted incumpliendo con los deberes de funcionario público. Ahora, con todos estos Fundamentos expuestos, tanto los leídos por Secretaría, es por eso que pido el acompañamiento afirmativo de esta Disposición a todos los Concejales.-
PRESIDENCIA: Concejal Robledo, tiene la palabra.-
CONCEJALA ROBLEDO: Señor Presidente: En función de nuestra manera de trabajar y de analizar todos los temas -y creemos que es importante el acceso a la información pública, como expresó la Concejal Roigé-, nosotros solicitamos el pase a la Comisión que corresponda, para poder analizar bien este tema y poder sacar despacho -si Dios quiere- la semana que viene en conjunto, porque si hay algo que nosotros no queremos hacer es ocultar, nada. Pero si es una Resolución de 1988, viene bastante… Me parece que tendríamos que profundizar aún más, el cambio. Pero, bueno. Todos esos temas, me parece que los podemos discutir en la Comisión. Por eso es que solicito que se aplique el Artículo 56 del Reglamento Interno.-
CONCEJALA ROIGÉ: Creo que la Concejala propone como moción… Es decir, si bien yo había propuesto la moción de la aprobación, propone la moción del pase a la Comisión, a lo cual estamos dispuestos a acceder; al pase a la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones.-
CONCEJALA ROBLEDO: Perfecto, sí.-
PRESIDENCIA: Perfecto. Pasa, entonces, a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
CONCEJAL MECCA: Disculpe…-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal…-
CONCEJALA ROBLEDO: Hay que votar el pase a Comisión.-
PRESIDENCIA: ¿Cómo?–
CONCEJAL MECCA: La moción de la Concejal Robledo, que fue consentida por la Concejal Roigé, tiene que ponerla a consideración para la votación, para que pase a Comisión posteriormente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Sí, correctamente. En función del Artículo 56 del Reglamento Interno que menciona la Concejala Robledo, los Proyectos de Comunicación, Resolución y Disposición deben ser tratados inmediatamente una vez expuestos, salvo que el Concejo disponga el pase a la Comisión. A eso está. Entonces, si no se tratan -que es lo que no hemos hecho, darle la aprobación- solicitamos el pase a la Comisión poniéndolo a votación.-
PRESIDENCIA: Bien. Ponemos, entonces, a votación de los señores Concejales el pase a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones del punto IV.4… Aprobado por unanimidad.-
IV.5) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejales del FREPAM solicitando al Departamento Ejecutivo lleve adelante acciones dentro del Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de Energía – PRONUREE.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para pedir la lectura por Secretaría, y después volver a tomar la palabra.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “Santa Rosa, Marzo de 2012. VISTO: El PROGRAMA NACIONAL DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA -PRONUREE- y CONSIDERANDO: Que el programa está destinado a paliar la crisis energética del país, propendiendo un uso eficiente de la energía, ya que la misma proviene de recursos naturales no renovables. Que propender a la eficiencia energética no es una actividad coyuntural y mucho menos para realizar una campaña partidaria con fondos públicos como lo ha implementado el actual ejecutivo municipal, sino de carácter permanente de mediano y largo plazo. Que los alcances del PRONUREE no se reducen a repartir y remplazar domiciliariamente lámparas de bajo consumo, por lámparas incandescentes, utilizando merchandising político partidario. Que el PRONUREE necesita para su éxito la generación de profundos cambios estructurales basados en la modificación de las conductas individuales mediante programas y planes que deben ser conducidos por organismos altamente especializados y que deben contemplar una estrategia cultural-educacional cuyo objetivo último sea el cambio hacia una cultura de uso eficiente de la energía. Que el PRONUREE demanda que el sector público asuma una función ejemplificadora ante el resto de la sociedad, implementando medidas orientadas a optimizar el desempeño energético en sus instalaciones. Que el PRONUREE se debería implementar en todos los edificios públicos de la administración municipal. Que el PRONUREE considera necesaria la participación de las instituciones públicas y privadas, y de las vecinas y vecinos en general, en el marco de esquemas de participación público-privada adecuados, para el logro de resultados en materia de uso eficiente de la energía. Que la actual administración municipal ha omitido incluir a importantes actores sociales como son las comisiones vecinales, poniendo palos en la rueda al PRONUREE y lesionando esquemas de participación, imposibilitando la construcción de lazos interinstitucionales entre la comuna y las entidades del medio. Que las acciones en el corto plazo involucran el desarrollo de una campaña masiva de educación, concientización e información a la población en general y a los niños en edad escolar en particular, a fin de transmitir la naturaleza de la energía, su impacto en la vida diaria y la necesidad de adoptar pautas de consumo prudente de la misma. Que el organigrama municipal incluye una Dirección de Educación. Que las acciones en el mediano y largo plazo incluyen evaluar la conveniencia de la implementación de equipos y sistemas economizadores de energía de los sistemas de alumbrado público y semaforización. Que el organigrama municipal incluye una Dirección de Servicios Públicos y una Subdirección de Planificación e Ingeniería del Tránsito. Que es necesario controlar el etiquetado de eficiencia energética de máquinas y/o artefactos consumidores de energía, fabricados y/o comercializados en el país, para que las vecinas y vecinos puedan contar con información adicional relevante, al momento de decidir sobre la compra de un equipo energético. Que el organigrama municipal incluye una Dirección y Subdirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas. Que la vigencia del PRONUREE es mucho más que una puesta en escena, debiendo adoptarse por parte de la administración municipal la mayor cantidad de los objetivos previstos a corto, mediano y largo plazo. Que la actual administración municipal contaría con la ayuda necesaria del Gobierno Provincial y Nacional para implementar en mayor profundidad los objetivos propuestos por el PRONUREE. POR ELLO: El BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE PAMPEANO CÍVICO Y SOCIAL (FrePam) presenta el siguiente PROYECTO DE COMUNICACION: Solicitar al Departamento Ejecutivo que lleve adelante las siguientes acciones dentro del Programa Nacional de Uso Racional y Eficiente de Energía-PRONUREE-: a) Propiciar la participación de las Comisiones Vecinales, Clubes y otras instituciones intermedias en la distribución y sustitución de lámparas incandescentes por otras de mayor eficiencia, a los fines de alcanzar los objetivos propuestos en el PRONUREE. b) Instruir a la Secretaría de Cultura y por su intermedio a quien corresponda, para que desarrolle campañas masivas de educación, concientización e información a la población en general y a los niños en edad escolar en particular, sobre el uso racional y eficiente de energía. c) Instruir a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y por su intermedio a quien corresponda, para que se planifique la implementación de equipos y sistemas economizadores de energía en los sistemas de alumbrado público y semaforización. d) Instruir a la Secretaría de Desarrollo Local y por su intermedio a quien corresponda, para que controle en los comercios, el real cumplimiento del etiquetado de eficiencia energética de máquinas y/o artefactos consumidores de energía. e) Implementar acciones para fomentar el uso racional y eficiente de la energía en edificios municipales y espacios públicos. f) Implementar acciones para apagar las luces ornamentales de todos los edificios municipales a las cero horas. g) Implementar acciones para establecer en veinticuatro grados centígrados (24° C) la temperatura de los equipos de aire acondicionado en todos los edificios municipales. h) Invitar a toda dependencia del Estado (provincial y nacional) con sede en la ciudad de Santa Rosa, a implementar las acciones de los incisos e), f) y g)”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. La verdad es que cuando leí la Resolución 140 sobre los alcances del PRONUREE, una Resolución de la Presidencia de la Nación con una interesante propuesta para la Argentina en la cual se pueden alcanzar objetivos importantes para la ciudad -estaba por acá rescatando que en Venado Tuerto, por ejemplo, llegaron a un acuerdo para que a través del PRONUREE se financie todo el alumbrado público con lámparas de bajo consumo, y se hizo lo mismo con los semáforos-, me parece que son herramientas muy útiles para los municipios, que por ahí no pueden financiarlos. Lo que me molestó, en la forma en que se implementó en la Ciudad de Santa Rosa, es la utilización de merchandising político para poder llevarlo adelante. Por eso creo que este Proyecto tiende a engrandecer al Ejecutivo Municipal, porque puede hacer muchísimo respecto al uso racional y eficiente de la energía en la ciudad. Y podemos dar el ejemplo desde la propia Municipalidad, e invitar a otros estamentos. Creo que sí, que cambiar las lámparas incandescentes por lámparas de bajo consumo -50.400, dice acá el Intendente…, “cien voluntarios cambiarán 50.000 lámparas en casas de Santa Rosa…”, me parece que es una acción; es la acción en el corto plazo, que es lo primero que hay que hacer, sobre todo porque la Cooperativa y la APE han mostrado que hay elevadísimos consumos de energía, sobre todo en el verano, acá en la ciudad. Y es por ese motivo que me parece que podríamos pasarlo a Comisión -no habría drama-… No creo que sea ofensivo en la propuesta la parte resolutiva, por lo cual voy a pedir el acompañamiento de los Concejales para sacar esta Comunicación en este momento, sobre todo teniendo la experiencia de lo que recién reflejaba la Concejala Robledo -si me permite mencionarla-, de que salió un despacho, un Pedido de Informes sobre los “Contratados” en la Municipalidad. Sí. Bajó a Comisión, no se le cambió una coma de lugar y salió. Digo, si hubiesen, por lo menos, trabajado…; decir “mirá, me parece que hay que cambiar esto o aquello…” Bueno, podría haber sido razonable pedir el pase a la Comisión. Lo que pasa es que así dilatamos una semana más un Pedido de Informes. En este caso, me parece que no tiene sentido pasarlo a Comisión -si nos imponen la mayoría, vamos a aceptar el pase a Comisión-. Y quisiera rescatar que no me parece conveniente que hagamos utilización de merchandising político. Todas las fotos que emitió Prensa Municipal en la página oficial de la Municipalidad, muestra a los voluntarios con camisetas que dicen “Cristina + Jorge + Luis”; los voluntarios que salieron a recorrer la ciudad con camisetas que dicen “Cristina + Jorge + Luis”. Otra vez el Intendente, acá, con los voluntarios. Muchos trabajan acá, muchos de las fotos son compañeros nuestros acá en el Concejo, que dicen “Cristina + Jorge + Luis”… Por acá lo veo al Vice-Presidente del Concejo, con el Intendente Larrañaga, cambiando una lamparita, que tiene una remera que dice “Prendete al Cambio. Cristina + Jorge + Luis”…-
PRESIDENCIA: Perdón, ¿a quién, dijo?–
CONCEJAL CUELLE: …al Vice-Presidente Mecca…, que dice “Cristina + Jorge + Luis”.Acá veo a la Secretaria de Políticas de Género -Montañez- también, con una remera que dice “Cristina + Jorge + Luis”. En realidad, me parece que es abusivo. Me parece que es un programa interesante para la ciudad, y me parece que podríamos haber hecho todo esto sin la necesidad de mostrarnos con propaganda político-partidaria. Avalo el proyecto, avalo la Resolución de la Presidenta. Me parece que estamos en condiciones de implementar, porque tenemos las Direcciones para poder llevarlo adelante. Por tal motivo, pido que se vote en este momento este Proyecto de Comunicación.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Voy a ser breve, en realidad, porque no voy a entrar en las chicanas y en las menudencias. En realidad, por ahí los escucho, y veo el Proyecto de Comunicación, y digo: “¡Qué bueno que haya políticos tan comprometidos con el medioambiente! Y me pregunto, digo, ¿será gente nueva, que está empezando a gestionar?… ¿Qué hicieron durante tres años anteriores?, porque lo que tengo entendido es que ellos también implementaron el Programa, pero con una diferencia: los dejaron en las Comisiones Vecinales, a los foquitos, y ni siquiera fueron a tocar la puerta de los vecinos para preguntarles cómo era su situación. Que también es otra manera de hacer política; y seguramente eran Comisiones Vecinales con algún signo político también. No vamos a desconocer que las Comisiones Vecinales son instituciones políticas, en el fondo. Con respecto a si estuve, no voy a negar que estuve. Me sacaron una foto y, la verdad, complacido de poder ir a los barrios a visitar a la gente. Nadie me obligó a ponerme una camiseta ni a hacer propaganda a nadie. Los voluntarios que fueron, fueron en los días de enero y febrero fundamentalmente, con muchos grados de calor. Fueron invitados todos, salieron en los diarios. Algunos leen los diarios para hacer denuncias, nada más. Podrían haber leído los diarios para ver dónde nos juntábamos, en qué plaza estábamos, y nos podrían haber acompañado -posiblemente era más lindo estar en la pileta, o estar bajo el aire acondicionado-con lo cual, simplemente lo que quiero decir es que vamos a pedir otra vez la Comisión. Si ellos entienden que fue una manera de hacer política…, todo acto que hace una persona -y más los que estamos involucrados con la sociedad- son actos políticos. Nos preocupamos por ir a la gente y les cambiamos las lamparitas. No dejamos los focos en las Comisiones Vecinales, ni tampoco esperamos que la gente venga a buscar los focos. Fuimos a ver a los vecinos, damos la cara. Hubiese sido bueno, también, que quienes hace poco se sometieron a un acto eleccionario, con algún resultado que por ahí no les gusta, hubiesen vuelto al barrio, hubiesen visto cómo reaccionaba la gente. Nosotros estamos en gestión, con aciertos y errores, vamos a los barrios, nos exponemos, charlamos con la gente a ver si podemos recabar información. Hubiese sido más cómodo -les vuelvo a reiterar- estar en mi casa, en la pileta, o estar con el aire acondicionado. Para terminar esto y no seguir dilatando la cuestión, entonces, voy a solicitar otra vez, “imponiendo la mayoría” -como no le gusta al Concejal Cuelle-, y además porque son falaces, otra vez, los Fundamentos que pone en el Proyecto de Comunicación. Nadie le obligó a nadie a ponerse una camiseta. Si salió en esa foto, está bien; pero nadie obligó a ninguna persona. Somos todos grandes, adultos, conscientes, con libre albedrío como para decir “me pongo una camiseta” o “no me la pongo”. Compartimos el proyecto nacional y popular. Compartimos el criterio de Cristina Fernández de Kirchner y, bueno, fuimos a visitar a los vecinos del barrio. Para concluir, entonces, pido que se ponga a consideración la moción de que pase a la Comisión respectiva, básicamente también para corregir algún tipo de Fundamentos, y la cuestión de oportunidad también del inciso g), que casualmente ayer empezamos el otoño -por el tema de los aires acondicionados, que se pide que se pongan a 24º-. Entonces, creo que tampoco es… Tenemos un tiempito, como para poder analizar esa cuestión, ¿no? Podrían haberse acordado antes, y darse cuenta de que en verano hace calor, que ahora empieza el otoño y que los aires acondicionados están apagados. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Ojalá pueda decir “La imaginación al poder”. Lo de los 24º se refiere a todas aquellas áreas que tienen equipos informáticos y trabajan a determinada temperatura todo el año. Sea invierno o verano, trabajan a esa temperatura: 24º. No es que se pasa a mayor o menor temperatura porque estamos en invierno o en otoño. ¡Mire en qué se fija! No leí en ninguna parte de los Fundamentos que dice “que obligaron a alguien”. ¿Dónde, digo?… Voy a pedir lectura, pero no dice. Y tampoco -quiero aclarar- nosotros, desde esta función, tenemos que hacer política partidaria como la propone el Concejal Mecca. Hacemos política, pero política de Estado en beneficio de los vecinos de la Ciudad, no política partidaria. Me llama la atención cómo vierte los conceptos el… Y la verdad, también me llama la atención este apego al gobierno nacional y popular. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Pido que se ponga, entonces, a consideración, la moción de que pase a Comisión.-
Presidencia pone a votación la moción de pase a las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Ambiente y Desarrollo Sustentable, resultando la misma aprobada por mayoría con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada, votando en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro.-
IV.6) Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Comunidad Organizada, mediante el cual solicita al D.E. sentido único de circulación de la calle Liberato Rosas de Oeste – Este a partir de Avda Circunvalación–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Según lo acordado en Labor Parlamentaria -que así había sido con todos los Proyectos de Disposición- va a pasar a la Comisión de Obras Públicas. Pido la votación correspondiente.-
Puesta a votación, la moción de la Concejala Rodríguez resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Proyecto pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Quería solicitar el tratamiento sobre tablas de tres Proyectos de Resolución y un Proyecto de Disposición. Por cuestión de mecánica le propongo -si no les parece mal a los señores Concejales-… Hay un proyecto referido al Agua Potable, hay otro proyecto referido a la Resolución 32 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia, y otro proyecto referido a la obra llamada “MEDASUR”. Si a ustedes les parece, propongo fundamentar -uno por uno, en ese orden- las razones de urgencia, para su tratamiento. Y posteriormente, el Proyecto de Disposición que se refiere a la Libre Circulación de los Concejales en el Edificio Municipal. Así que les propongo tratar primero el Proyecto de Resolución referido al Agua Potable. Yo sugerí algo en la Comisión. Con el Concejal Salomón sugerimos algo en la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Concejo, en la reunión del lunes, que era la posibilidad de que el Concejo tuviera un informe del Departamento Ejecutivo. Por eso es que hicimos este Proyecto de Resolución. Sería-entendemos nosotros- muy importante que con alguna urgencia se dé respuesta a esto desde el punto de vista técnico. En la cuestión que ocurrió en los nueve días que van del 11 al 19 de marzo, que son dos roturas sucesivas del aprovisionamiento de agua potable del Acueducto del Río Colorado, la ciudad quedó en las dos ocasiones casi sin agua, a pesar de que no estamos en el período de consumo pico de 45 millones por día, sino en un consumo menor, que podría haber sido abordado con una operación eficaz de la batería de pozos, de los 72 pozos entre Santa Rosa y Catriló. La gravedad de este evento…, es el más grave de los últimos años. Si bien tuvimos mucha suerte, que no se rompió el Acueducto durante el verano, esos días de tanto calor, sí la ciudad se quedó sin agua esta última semana. Y está pendiente -decíamos en la Comisión- un replanteo del Convenio que tiene la Municipalidad de Santa Rosa con la Empresa Aguas del Colorado, Convenio que está vencido y que se viene operando como una extensión, en este momento, el aprovisionamiento. Pero la Ciudad de Santa Rosa no tiene posibilidad de multar, o sancionar a la Empresa, cuando ésta no le provee de agua en forma adecuada. Sin embargo, está obligada a comprar una determinada cantidad de agua excesiva, que es el agua -curiosamente- que necesita la Empresa para llenar el acueducto, porque si no el acueducto es no operativo. Entonces, sin ir a este fondo de la cuestión, que sería motivo de charla y discusión para llegar a un buen acuerdo de la Municipalidad con SAPEM, sí nos parecía importante invitar a integrantes del Departamento Ejecutivo Municipal para que asistan a la reunión habitual de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos del Concejo el lunes 26 -el próximo lunes- a las 9.45 hs. El horario es tentativo y está puesto en relación a una cierta agenda de trabajo que se da en la Comisión, y que tiene que ver también con otro Proyecto de Resolución -que es el segundo que quiero fundamentar-, que es la cuestión de la Resolución 32.- Por eso les solicito el ingreso sobre tablas de este Proyecto a los Concejales, y posteriormente la aprobación.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Señor Presidente: En función a lo charlado en la Comisión de Obras Públicas con el Concejal Di Liscia y el Concejal Salomón, ellos nos informaron que iban a presentar este Proyecto. Nosotros, con el Concejal Mecca, hicimos las gestiones correspondientes y queremos confirmar que el día lunes van a asistir los funcionarios encargados del área para informarnos sobre toda la situación que expresó el Concejal Di Liscia con antelación, así que vamos a votar en forma positiva el ingreso. Más allá de que ya está resuelto, estaría bueno que les llegue la Comunicación más formal a los funcionarios, para que estén en autos de lo que tienen que venir a exponer el día lunes. Pero, bueno, quería confirmarles que ya están confirmados para la Comisión del día lunes. Así que vamos a aceptar el ingreso sobre tablas, la discusión sobre tablas y posteriormente la aprobación. Muchas gracias.-
Puesta a votación, la moción de ingreso del Proyecto de Resolución referido al Agua Potable resulta aprobada por unanimidad, quedando el mismo incorporado como punto IV.7 de los Asuntos Entrados. Por Secretaría se da lectura al Proyecto.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución:”Visto: Las fallas graves en el aprovisionamiento de agua potable que sufrió la ciudad de Santa Rosa durante el período que va del 11-03 al 19-03 del 2012; y considerando: Que la gravedad del evento lo sitúa entre los más graves de los últimos años; Que el evento refleja la necesidad de un análisis pormenorizado de las fuentes de abastecimiento de agua de la ciudad y su gestión; Que este Concejo Deliberante debe estar informado al detalle sobre tan importante servicio público, en especial por su relación con la Salud Pública, y con esos elementos poder cumplir un rol activo frente a la problemática que se presenta; Por ello el Bloque de Concejales del FREPAM presenta el siguiente proyecto de Resolución: 1) Invitar a integrantes del DE Municipal para que asistan a la reunión habitual de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos de este Concejo Deliberante, el lunes 26 del corriente a la hora 9.45, para brindar un informe sobre la situación de abastecimiento de agua potable de la ciudad de Santa Rosa, dificultades que atraviesa y posibles soluciones. 2) De forma”.-
Puesto en consideración el Proyecto, solicita el uso de la palabra el Concejal Mecca.-
PRESIDENCIA: Concejal Mecca, tiene la palabra.-
CONCEJAL MECCA: Con respecto al horario, el horario de la Comisión es a partir de las nueve de la mañana, con lo cual pediría que se modifique el horario. Veo ahí que también hay una invitación a integrantes de la Cooperativa Popular de Electricidad para el mismo día a las nueve horas. Me parece que se van a superponer. Ese día tenemos Comisiones a las nueve, y después a las once. Por ahí no podemos agotar todos los temas ni todas las dudas. Entonces, les pediría que arranquemos a las nueve con el representante de Hidráulica de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos. En ese sentido, entonces pido que se modifique el horario.-
PRESIDENCIA: Está en consideración lo propuesto por el Concejal Mecca, de que se modifique el horario para las nueve de la mañana.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad con la modificación propuesta por el Concejal Mecca. —
CONCEJAL DI LISCIA: El Proyecto referido a la Resolución 32 del Poder Ejecutivo Provincial -del Ministerio de Obras y Servicios Públicos-, ustedes se habrán enterado por la prensa; y en realidad nos preocupaba -por eso está en los Fundamentos- que hay antecedentes donde esto intentó llevarse con un contenido… En ese momento el Intendente era Oscar Mario Jorge, e intentó llevarse las cosas por el mismo lugar por donde se quieren llevar ahora. Es decir, que el Gobierno Provincial se hace de la propiedad de lo que en realidad es de las Cooperativas. Y entendemos que no somos expertos en esta situación. Por eso, veíamos adecuado citar a integrantes de la Cooperativa para que expliquen al Concejo. ¿Por qué, que vengan a explicar, y eventualmente también en algún momento gente del Ministerio si es que no se resuelve con claridad esto? … Por lo siguiente: La Municipalidad tiene una historia con la Cooperativa Popular de Electricidad muy importante, a tal punto que han sido llamadas “Las Dos Hermanas”. Es decir, son instituciones prestigiadas en la Ciudad, para brindar servicios públicos. No sólo eso es la Cooperativa Popular de Electricidad, sino que ustedes saben que es un actor económico muy importante, y es un brindador de servicios públicos, no sólo de energía eléctrica sino ahora en sus cuestiones de telecomunicaciones. Entonces, nos parece que la presencia de miembros de la Cooperativa, nos daría conocimientos a cada uno de nosotros y la posibilidad de preguntar a fondo sobre esta Resolución y sus consecuencias. También podría ser que ante la situación planteada, que -ustedes saben- han sido presentados en sede administrativa recursos por parte de las Cooperativas solicitando la anulación, nos parece que el conocimiento a fondo de esta situación podría evitar como terminó resolviéndose la vez pasada, que era ir a la Justicia, con complicaciones para ambas partes: tanto para el Estado como para la Federación de Cooperativas y cada una de las Cooperativas. Por eso es esta Resolución de invitar a representantes de la Cooperativa. Si los integrantes del Concejo en este momento están de acuerdo, cambiaríamos -en vez del “lunes 26 del corriente a la hora 9.00” puede ser a otra hora, o eventualmente en otro momento-, pero que no pase tanto tiempo porque están corriendo plazos. La idea es que el Concejo Deliberante sea un lugar donde se discute esa problemática tan importante para la ciudad. Por eso pido el tratamiento sobre tablas.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: Vamos a acompañar. Más allá de la urgencia -o no-, ya habíamos acordado que iban a ingresar todos estos asuntos. Lo que sí, tendríamos que modificar -creo- el día; o por lo menos, que sea en horario de la tarde. O que sea en el transcurso de la semana, constituir la Comisión igual e invitarlos.-
PRESIDENCIA: ¿Hay alguna propuesta, o quieren que pasemos a un cuarto intermedio?… Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: propongo modificarlo en el sentido de que sea el día lunes a las 17.00 hs.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto correspondiente al punto IV.8 con la modificación propuesta por el Concejal Mecca, resultando el mismo aprobado por unanimidad con el texto que se transcribe a continuación: “Artículo 1°: Invitar a representantes de la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda. (C.P.E.) para que asistan a la reunión habitual de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos de este Concejo Deliberante, el lunes 26 del corriente a la hora 17.00, para brindar un informe de su punto de vista sobre la Resolución 32/12 del M.O.S.P. Artículo 2º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: El Proyecto de Resolución que estamos proponiendo, se refiere a la Audiencia Pública de “MEDASUR” que, desafiando el convencimiento de la Concejala Liliana Robledo de que las cosas que son pasadas a la Comisión se resuelven, fue tratado el 22 de diciembre de 2011 y todavía está sin resolver una cosa tan simple como pedirle al Intendente que fije la fecha para la realización de la Audiencia Pública referida al tema del “MEDASUR”. Se han agregado algunos elementos, todos positivos para la pertinencia de esta Audiencia Pública. La Jueza Fernández, el 12 de marzo, hace pocos días, ha extendido por noventa días más la medida de -no innovar’, e invitado a las partes a acercar posiciones. Tengo entendido que hoy se ha recibido en el Concejo la solicitud de Audiencia Pública por parte de un montón de vecinos. Es decir, que estaría coincidiendo la voluntad de la Justicia, en este caso, que tiene que resolver en cierto modo una cuestión urticante cuando hay intereses que no se han puesto de acuerdo y -como decíamos la vez pasada, al tratar este tema- a la Justicia le va a costar resolver lo que los poderes públicos y los vecinos no quieren resolver. Entonces, la idea de la Audiencia Pública es destrabar esta situación, llegar a un acuerdo, tanto sea de realizar ahí la obra o no, o relocalizarla; o al menos, sugerirle a quienes intervienen en estas cuestiones -que son los poderes públicos municipal y provincial-, sugerirle líneas de acción y eventualmente soluciones a este diferendo. Es decir, que no se trata de nada muy complicado y-repito lo de la vez pasada- no se trata de que alguien gane y otro pierda. Lo que se trata, es de aprovechar esos 19 Millones que están para realizar una obra importantísima en un Centro Cultural -o, eventualmente, en obra pública- que están en este momento inmovilizados por decisión de la Justicia; utilizarlos con racionalidad, con consenso, con confianza en los poderes públicos y en los vecinos. Es decir, que lo único que pido es la incorporación sobre tablas de este Proyecto de Comunicación, para posteriormente pedir la aprobación. Muchas gracias.-
Puesta a consideración la moción del Concejal Di Liscia, solicita el uso de la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: Como acordamos en Labor Parlamentaria, le vamos a dar ingreso para el tratamiento y posterior envío a la Comisión. Los Fundamentos, ya loa hemos dado. Y creo que la prolongación de la medida de ‘no innovar’ por parte de la Jueza, afirma lo que yo vengo sosteniendo: no es que no se quiera hacer la Audiencia, sino que está el tema judicializado, por lo tanto… Ya hablé del carácter vinculante que tiene una Audiencia Pública-que no lo tiene, en realidad-, y sí las decisiones judiciales. Entonces, preferiría pasarlo otra vez a Comisión, debatirlo ahí; no obstante eso, pido que se ponga a consideración el ingreso sobre tablas del Proyecto.-
PRESIDENCIA: ¿A qué Comisión, dijo?–
CONCEJAL MECCA: Primero, que se trate el ingreso sobre tablas. Y después -posteriormente-, a la de Acción Social, donde estaba ingresado un proyecto similar, en realidad. Los que cambian son los Fundamentos -algunos, porque van agregados algunos Fundamentos-.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para disentir en la opinión del Concejal Mecca, porque la Jueza, que instó a las partes a dialogar… Digo, lo tiene que resolver la Justicia, es cierto. Pero instó a las partes a dialogar. Si dentro de noventa días las partes no dialogaron, ella no va a tener elementos suficientes para poder tomar una decisión. ¿Y qué va a hacer? Va a volver a prorrogar. Digo, me parece que estamos dilatando los tiempos, cuando lo que tenemos que hacer es, justamente, juntarnos a debatir esto. Pero está bien, si tienen la convicción de que no es necesario, veremos cómo sale la votación, y se seguirán los pasos del Concejo. —
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: No tengo claro si ya estamos en tratamiento del Proyecto, o estamos hablando de si ingresa.-CONCEJAL MECCA: No. Pedí que se vote el ingreso sobre tablas, como habíamos acordado en Labor Parlamentaria, como primera moción.-
PRESIDENCIA: Perfecto. Se vota, entonces, el tratamiento sobre tablas de este Proyecto… Aprobado por unanimidad. Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: Quería agregar un elemento. Yo ya hablé del “casamiento”, la vez pasada; que si alguien tiene voluntad de casarse, tiene que poner fecha. Acá se agrega otra cosa. Insistentemente, se está diciendo que esto está “judicializado”. Justamente. Pero la medida de ‘no innovar’, se refiere a que el Ejecutivo no puede hacer la obra. Y no la puede hacer, porque no ha cumplido con una serie de cosas. Nosotros estaríamos facilitando esa situación. Es decir, ‘no innovar’ se le dice al que estaba haciendo la obra, que parece que tiene información para hacer un edificio, pero no tiene información para discutir si puede hacer -y dónde- el edificio. Eso es lo más curioso que he visto en los últimos tiempos de la Administración Pública. Es decir, yo me acuerdo los Fundamentos de la Resolución 64/11 del Intendente: “…hasta tanto se cuente con elementos concretos para el análisis, que permitan a los participantes opinar en base a preceptos ciertos y claros”. ¿Qué tiene?, ¿un electroencefalograma de cada uno de los vecinos que pueden venir a participar, para saber si tienen o no la información y los “preceptos ciertos y claros” en sus cabezas, y entonces en ese momento él va a llamar a la Audiencia Pública?… No. La Audiencia Pública es un instrumento democrático, propio de la democracia participativa, que justamente hace ahorrar trabajo inútil al Estado y a la Justicia -en este caso-, acerca a las partes, esclarece, escucha opiniones, y en última instancia quien tiene que tomar la resolución no está atado, sino que tiene un panorama de las opiniones; estas opiniones desplegadas públicamente, y seriamente, en una Audiencia Pública que tiene su reglamentación, etcétera. Se van a cansar de ver este Proyecto, porque no me gusta la…, “digo una cosa y hago otra”. Y este Proyecto va a seguir apareciendo hasta que se convoque la Audiencia Pública. Ahora, si ustedes me dicen “No, no estamos de acuerdo en la Audiencia Pública”, bueno, discutimos otra cosa. Ahora, lo que no comprendo, es cómo estamos de acuerdo con la Audiencia Pública y votamos en contra de la Audiencia Pública, por segunda o tercera vez. En la Comisión, tuvimos la gentileza de que el Proyecto que había entrado el 22 de diciembre de 2011, después de dos meses y medio, en la reunión de Comisión del 12 de marzo les preguntamos a los Concejales si habían podido tomar posición sobre esto que habíamos quedado en sacar despacho -como dice la Concejala Robledo que las cosas no quedan en Comisión sino que se despachan-, en realidad no había tanta facilidad de hacerlo porque la sesión había sido tres días antes y a estas cosas hay que convenirlas con el Intendente, y a eso lo entendimos razonable. Así que tuvieron tiempo hasta la próxima reunión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, que fue el día 19 de marzo. Sin embargo, tampoco han decidido despachar, para votar en esta Sesión, este Proyecto. Por eso es que se presentó de nuevo. Y me parece muy importante salir de ese círculo vicioso de decir: “No, en esto no podemos hacer nada porque está en la Justicia”, porque la Justicia en realidad está esperando que nosotros lo resolvamos. Y la Justicia no va a resolver lo que nosotros no resolvamos, y lo que no tengamos claro. La Justicia, lo único que hace, es interrumpir la obra. Porque parece que, por alguna justicia, los vecinos han interpuesto un Recurso y les ha dado la razón, por lo menos hasta ahora. Se agregó un elemento nuevo: que la propia Provincia, a través de una presentación de su Fiscal, con documentación municipal, prueba lo que no quería probar, que es que ése se trata de un espacio verde. Entonces, más allá de que nos pongamos de acuerdo en todas estas cosas que son bastante complejas, la Audiencia Pública creo que es un instrumento adecuado, y no existe ninguna razón para no convocarla. Así que les pido a los Concejales que acompañen con el voto positivo este Proyecto de Comunicación.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente. Como manifesté precedentemente, que íbamos a votar favorablemente el ingreso sobre tablas, y después solicito el pase a Comisión del Proyecto de Comunicación del Concejal Di Liscia.-PRESIDENCIA: ¿A la Comisión Administrativa, puede ser?–
CONCEJAL MECCA: No. A Acción Social, y Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, como el anterior Proyecto que fuera presentado.-
A continuación se pasa a votar la moción de pase a Comisión del Proyecto. La misma se aprueba por mayoría, por cuanto votan afirmativamente los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada, y en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro.-
PRESIDENCIA: Bien. Pasa, entonces, el Proyecto, a la Comisión de Obras y Servicios Públicos.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente: Quería fundamentar la Disposición de Libre Circulación de los Concejales, para el ingreso sobre tablas… Me parece que el ruido de los bombos (refiriéndose a manifestaciones que se escuchan en el Recinto, provenientes de la planta baja del edificio) es una noticia positiva, en este caso, porque creo que se estaba a punto de firmar el Convenio por la Operación de la Planta de Reciclado. Así que es probable que esto sea un festejo, y no una protesta.-
SECRETARÍA: Si puedo hacer una aclaración fuera de la sesión, sí, se firmó el Convenio con la Coopeplus.-
PRESIDENCIA: Bueno. ¿Pidió usted (dirigiéndose al Concejal Di Liscia) el ingreso sobre tablas del Proyecto?–
CONCEJAL DI LISCIA: Sí, el ingreso sobre tablas. Si se pueden leer los Fundamentos por Secretaría…-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura al Proyecto, en los siguientes términos: “FUNDAMENTOS: El presente proyecto tiene por objeto manifestar el desagrado por un hecho de autoritarismo generado por el intendente municipal sobre los concejales/as y resguardar al Concejo Deliberante de las decisiones unilaterales y ajenas al cuerpo.- Los fundamentos se encuentran en la esencia misma del sistema democrático y se refieren a que su funcionamiento requiere la ejecutividad de los departamentos ejecutivos, y el debate -con sus consensos y disensos- en el departamento deliberativo. Y por supuesto, la independencia entre ellos. La actividad de los legisladores locales, provinciales y nacionales es propia del sistema democrático. La Constitución Nacional art. 68, la Constitución Provincial de La Pampa en su art. 63, y la ley 1597 de La Pampa en su art. 60 protegen a los legisladores destacando su libertad de expresión y de acción. También la ley 1597 indica en su artículo 58 la responsabilidad del Presidente del Concejo Deliberante con respecto a la administración del cuerpo. En particular el inciso 9 indica: “Disponer de las dependencias del Concejo Deliberante.” Es de conocimiento público que en el edificio municipal está transcurriendo una protesta activa por parte de personas integrantes de la cooperativa COOPEPLUS, por los desacuerdos con el DE municipal en la operación de la planta de reciclado ubicada en el predio del relleno sanitario de Santa Rosa. Ante el conflicto entre el Departamento Ejecutivo Municipal y la COOPELUS del que en este proyecto no se emite juicio, varios/as concejales y concejalas se han reunido a cualquier hora para dialogar y aportar fórmulas de acercamiento entre las partes, como contribución a la solución del diferendo. Así es que a diferentes horas de distintos días se han reunido los/as concejales/as Robledo, Cuelle, Roigé, Salomón y Di Liscia. El día sábado 17 en horas del mediodía el personal policial afectado a la vigilancia del edificio municipal impidió el acceso al concejal Di Liscia aduciendo una orden escrita del intendente.- El hecho fue registrado en el libro de novedades de la guardia policial (se acompaña fotocopia). Ante el grave hecho el citado concejal intentó comunicarse con el presidente del CD concejal Baraybar, pero sólo pudo hacerlo con su esposa quien informó atentamente que el Sr. Presidente del CD se encontraba en un almuerzo de bochófilos y si lo hallaba le comunicaría que lo buscan. Entonces Di Liscia intentó comunicarse con el concejal Juan Mecca (vicepresidente del CD) a su teléfono móvil. La llamada no fue atendida ni devuelta y la voz de la operadora informó “lo siento…la casilla de mensajes está llena”… Un tercer intento telefónico fue realizado a la secretaria Susana Garcia por parte de la concejala Roigé. Esta vez se logró el contacto obteniendo como respuesta que “estará cerrado hasta el lunes, pero veré que puedo hacer”… El mismo sábado 17 a la hora 18.30 los concejales Cuelle y Di Liscia pudieron ingresar al edificio municipal y a sus oficinas, aunque con alguna dificultad.- Debieron insistir al personal policial (a esa hora evidentemente con órdenes diferentes a las del mediodía) para poder llegar a sus despachos. Es de conocimiento público que desde el 10 de diciembre de 2011 el acceso a las instalaciones del CD se realiza por la entrada principal del palacio municipal (San Martín 50) ó las cocheras, subiendo al primer piso por la escalera ó el ascensor hasta las oficinas de los ediles a través de la sala “Alfredo Olivo”. La entrada directa al CD se realiza por San Martín 26, aunque sólo está disponible en horario administrativo. Al menos una de las entradas debe estar disponible libremente para los/as concejales y concejalas. Los hechos consignados permiten afirmar que el intendente abusó de su autoridad al impedir el acceso de los miembros del Concejo Deliberante a sus oficinas, lo cual constituye un hecho repudiable y grave en la historia institucional de la Municipalidad de Santa Rosa. Con el objetivo de cumplir con “no molestar” a los legisladores y “disponer de las instalaciones” que manda la ley, y con el objeto de permitir libertad de trabajo de los concejales/as, el FREPAM propone este PROYECTO DE Disposición: Art. 1: Provéase a cada integrante del Concejo Deliberante de todos los elementos para asistir a sus oficinas y a las instalaciones del CD en el día y a la hora que cada concejal ó concejala disponga, sin limitaciones ni necesidad de autorización de ninguna índole.- Art. 2: Diríjase una nota al Sr. Intendente Municipal aclarando los alcances de sus resoluciones con respecto a los doce concejales/as integrantes del este CD e indicando la conveniencia y pertinencia del libre tránsito de las autoridades electas y sus colaboradores dentro de las instalaciones municipales.-Art. 3: Diríjase comunicación al personal municipal ó policial contratado con los nombres de las autoridades municipales y quienes ellas autorizan para ingresar al edificio municipal.- Art 4: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Señor Presidente, solicito el ingreso sobre tablas para el tratamiento de este Proyecto.-
PRESIDENCIA: Hay una solicitud del Concejal Di Liscia, de que se vote para ser tratado sobre tablas el Proyecto presentado… Aprobada por unanimidad.-
CONCEJAL DI LISCIA: Sí, los Fundamentos, simplemente creo que están claros, ahí. No quería extenderme más, en razón del horario. Me parece que la clave está en el Artículo1º, en lo práctico. Es decir, que no tengamos nosotros que hacer ningún trámite, como autoridades municipales electas, para entrar a nuestras oficinas; ningún tipo de trámite, que se prevea por dónde entrar. Y por otro lado, la nota al Intendente entiendo que debe ser respetuosa, en el sentido de que a pesar de que pensamos muy distinto en los distintos sectores políticos, siempre es pertinente el libre tránsito de las autoridades electas. Y ninguna está por encima de otra, para cuando quiere abocarse a su trabajo, a cualquier hora. Y es conveniente que así sea, así todos se abocan a solucionar y a trabajar sobre las cuestiones de la Ciudad. Así que propongo el tratamiento del Proyecto de Disposición. Gracias.-
PRESIDENCIA: La Concejal Robledo tiene la palabra.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Nosotros, desde este Bloque, ayer en Labor Parlamentaria explicamos los porqués del cerramiento del Concejo, del cerramiento de la puerta de arriba, de los actos de vandalismo que ha sufrido el Concejo… Pero eso no interfiere con el libre tránsito de los Concejales, con lo cual estamos de acuerdo. Pedimos el pase a Comisión de este Proyecto, simplemente para informar a los demás Concejales -que le informamos al Concejal Cuelle, y la señora Susana García, Secretaria de este Cuerpo, hizo mención del porqué-, y explicarles a todos los Concejales, el porqué de que generalmente están cerradas todas las puertas. Solicito que se pase a la Comisión correspondiente, así durante la semana lo podemos analizar, le podemos enviar la nota al señor Intendente, y obviamente en su caso… No sé, resolveríamos hacer un juego de llaves para cada uno, así pueden ingresar, o ver con la guardia, o -no sé- ver la solución que le podemos encontrar. Pero no está en nuestra parte, de ninguna manera, coartarle la libertad a nadie para que ingrese a este Concejo, a este Cuerpo Deliberativo que es la casa del pueblo. Así que nosotros pedimos que se pase a Comisión, y poder resolverlo en esta semana. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. En virtud de lo mocionado por la Concejal Robledo, voy a pedir que pase a la Comisión de Labor Parlamentaria, y que cuando se convoque a Labor Parlamentaria se haga una extendida, con todos los Concejales sean o no Presidentes de Bloques, para poder tratarlo entre todos.-
CONCEJALA ROBLEDO: Perfecto, sí.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Cuelle resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. La verdad que no sé si es el momento indicado, porque ya me mareé con el Orden del Día anterior, éste, los Proyectos de Ordenanza… Tenemos mucho trabajo sobre el escritorio. En el día de hoy -y ya lo habíamos acordado en la Comisión de Derechos Humanos, con todo el pleno del Concejo Deliberante, poder sesionar el día 24 de marzo en conmemoración de la “Semana de la Memoria, la Verdad y la Justicia”. Esto lo acordamos hoy en Labor Parlamentaria, que todo el pleno solicita. Y asimismo, en esa Sesión, tratar un Proyecto de Disposición que vamos a pedir que se le dé lectura por Secretaría. Queda a disposición de los señores Concejales.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Sí, señor Presidente. En realidad, corresponde la nota para que el Presidente emita un acto administrativo por el cual llame a la Sesión Especial. Es decir, todos los Concejales -podríamos haberlo hecho con cuatro Concejales-… Todos los Concejales acordamos pedir esta Sesión Especial y el Proyecto de Disposición adjuntado. Es la Presidencia del Concejo quien debe emitir el acto administrativo en un lapso no mayor a cinco días. Dadas las circunstancias, seguramente será el 24 a las diez de la mañana -supongo yo-, para lo cual usted convoca. Directamente, no hay que darle ni entrada ni aprobación.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Sí. Es para que se le dé ingreso a la Nota, entonces, y por Presidencia se fije la hora de la Sesión del día 24.-
PRESIDENCIA: Vamos a dar, primero, aprobación a la entrada de la Nota firmada por todos los Concejales. Sírvanse votar…-
Por unanimidad, el Cuerpo aprueba el ingreso de la Nota a que se está haciendo referencia.-
PRESIDENCIA: Se cita, entonces, si me permiten hacerlo desde aquí, a todos los señores Concejales para el sábado a las diez de la mañana, a una Sesión Especial en relación a esta Nota. Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Insisto, señor Presidente. Tiene que emitir el acto administrativo: una Resolución convocando a tal efecto. Es correcto lo que Usted hace, ya adelanta y convoca. Pero debe estar hecho eso. —
PRESIDENCIA: Perfecto, ya les llegará entonces la Resolución. Pasamos ahora al Orden del Día.-
ORDEN DEL DIA .-
- Despacho conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Derechos Humanos, aconsejando el Pase a Archivo del Expediente N° 76-1/2007 relacionado con el “Paseo de la Memoria”. El despacho es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad.-
- Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario, aconsejando el Pase a Archivo de los Expedientes N°: 228/97 (HCD) relacionado con limpieza de cuenco que se encuentra en el barrio Malvinas Argentinas, y 40-1/2012 (HCD) relacionado con declarar de Interés Municipal el VI Campamento de adolescentes y jóvenes denominado “En las Alturas”. El despacho es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad.-
- Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución, mediante el cual se declara de Interés Municipal el “Curso de Salvataje y Rescate Acuático con perros” a realizarse los días 31 de marzo y 1° de Abril del corriente año.Expte N° 44-1/2012(HCD).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Lo que acordamos en Labor Parlamentaria, era votar sin lectura las obras, pero en este caso tiene que leer la Resolución que vamos a votar, y luego pedir que lo votemos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRIGUEZ: Tiene que leer la parte resolutiva, señor Presidente, para que podamos votar. Porque lo estamos votando, al Proyecto, para que salga.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°: Declarar de Interés Municipal el “Curso de Salvataje y Rescate Acuático con perros” organizado por la Asociación Civil Escuela Canina de Catástrofe (ACECC) de nuestra ciudad, en conjunto con la Escuela Canina de Salvamento Acuático de la Ciudad de Mar del Plata (E.A.C.S.A.), que se llevará a cabo los días 31 de Marzo y 1º de Abril en el Parque Don Tomás. Artículo 2º: Remítase copia de la presente Resolución a la Institución Organizadora del mencionado evento. Artículo 3º: De forma”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando la Resolución aprobada por unanimidad.-
4) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución, mediante el cual se declara de Interés Municipal la 2° Fecha del “Campeonato Argentino de Bicicross 2012” a realizarse en las instalaciones del Club General Belgrano los días 30 y 31 de Marzo y 1° de Abril de 2012.Expte N° 140-1/08 (HCD). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°: Declárase de Interés Municipal la 2º Fecha del “Campeonato Argentino de Bicicross 2012″ , a realizarse en las Instalaciones del Club General Belgrano de la ciudad de Santa Rosa durante los días 30 y 31 de Marzo y 1º de Abril de 2012. Artículo 2º: Remítase copia de la presente Resolución a la Institución Organizadora del evento. Artículo 3º: De forma”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando la Resolución aprobada por unanimidad.-
5) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Disposición, mediante el cual se aprueba la Reserva en Comisión del Expediente N° 154-20/98 (HCD) caratulado “S/Demandas iniciadas al Municipio” y la devolución al Departamento Ejecutivo de los Expedientes N° 7373/2011/1-1; 468/2012/1-1; 1029/2012/1-1 (REF-DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Disposición: “Artículo 1º: Apruébase la Reserva en Comisión del Expte. N° 154-20/98 (HCD), caratulado “S/Demandas iniciadas al Municipio”, y la devolución al Departamento Ejecutivo de los Expedientes que se detallan a continuación: “Expte Nº 7273/2011/1-1 (DE): “S/Comunica Actuaciones Judiciales caratuladas Alvares C. Manuel C/ Molina M. Marcela y otro S/Daños y perjuicios” Expte Nº 468/2012/1-1 (DE): S/ Inicio de Actuaciones Judiciales s/ autos Caratulados “Remises Santa Rosa S.R.L. Y otro C/ M.S.R. S/ amparo”. Expte Nº 1029/2012/1-1 (DE): S/ Inicio actuaciones Judiciales”Díaz, Claudio David C/ EMSHUy otro S/ despido”. Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo remitirá copia autenticada y oportuna de la sentencia que se dicte en autos una vez haya adquirido firmeza. Artículo 3°: De forma”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando la Disposición aprobada por unanimidad.-
6) Despacho por Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se rechaza la Resolución N° 1574/2011 del Señor Intendente Municipal dictada “Ad-Referéndum” del HCD de fecha 06 de diciembre de 2011. Expte. N° 287-1/2010 (HCD). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RECHAZASE la Resolución Nº 1574/2011 del Señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante de fecha 06 de Diciembre de 2011.Articulo 2º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Señor Presidente: Simplemente, es para informar que este Despacho de Mayoría que nosotros hemos sacado de la Comisión de Administración y Reglamentariones, es simplemente por el incumplimiento de la Ordenanza 4112, en la que se prevén los Concursos de las Categorías. Asimismo, tenemos el compromiso del Departamento Ejecutivo, de llamar a Concurso inmediatamente se dé de baja esta Resolución, para aquellas vacantes que existan dentro del Municipio, más que nada en estos empleados que seguramente en su legajo consta su capacidad para llevar adelante las tareas, pero sin omitir lo que indica la Ordenanza del Llamado a Concursos. Así que es por eso que solicitamos que nos acompañen con la votación.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias. El tema es muy complejo, y yo quería hacer una pequeña historia. Hace tres años, la situación de la Administración Pública Municipal era muy compleja, porque teníamos 55 personas con un sueldo de Ciento Cincuenta Pesos, que eran las Jefas de Hogar, que trabajaban en los comedores con contratos precarios. Teníamos 227 contratados cuando comenzamos a gobernar hace algunos años; la mayoría, por la Resolución 247, que es una contratación de tipo precario. Teníamos aproximadamente 1.700 empleados de carrera, de Ley, y teníamos -dentro de esos 1.700- 11 que son los que nos ocupan en esta Ordenanza. Lo que yo quería pedir -y ya voy adelantando los Fundamentos- es la vuelta a la Comisión de este Proyecto, para que sea reanalizado. Y eventualmente, si va a ser rechazado, se rechace simultáneamente con la puesta en marcha de los Concursos. ¿Por qué digo esto?, porque si nosotros en el año 2008 teníamos esta situación, esta situación es fruto de la administración de los últimos veinte o veinticinco años del 2008. Y esa situación fue reparada con un plan. Ustedes probablemente no sepan, pero uno de los planes más importantes que se hizo dentro del Municipio, era que los agentes que habían ingresado a la Administración Pública, completaran su escuela. Es decir, había muchos agentes que no tenían escuela primaria, y otros no tenían la secundaria. Este plan contempló atender la urgencia más grave, que eran las 55 personas -la mayoría, o todas, mujeres-, que transformamos en ese momento, acoplando un programa municipal creado por nosotros con un programa nacional, en un régimen especial; creamos un régimen especial, y se pasó a estas 55 personas -que la mayoría atienden comedores- de este Contrato precario a un Contrato de Ley, con lo cual se reparó la injusticia más importante. Posteriormente, vinieron una serie de negociaciones dentro de una crisis financiera muy importante, pero se trazó un plan de incorporación de los Contratados de la Resolución 247 y otros… Yo hablo de los Contratados de la Resolución 247 porque son, dentro del lote de los 227 agentes contratados, los más numerosos, pero hay también de otros regímenes. Y el plan fue con una doble acción, que era el Concurso de los que ya estaban en Planta, y el Concurso de los que no estaban en la Planta, pero que podían pasar en lotes de 35 cada seis meses aproximadamente, que eran los cálculos que nos daban de Presupuesto. Dentro de esa estrategia, estuvo la de solucionar un lote pequeño de empleados muy jerarquizados, que es a lo que nos aboca esta Ordenanza de ahora. Ustedes fíjense que en este momento nosotros hemos llegado, de esa situación, a una situación donde tenemos los 227 agentes precarios en condiciones de incorporarse, porque existe una Ordenanza que es la 4413 que les permite cierta estabilidad e incorporación gradual -el Concurso es para un cierto mérito, que en realidad meritúa el orden en que van entrando- y la articulación de los Concursos. Sin embargo -yo tengo acá comunicaciones que se tuvieron con el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM)-, la estrategia se bloqueó cuando el mismo gremio SOEM, a pesar de reconocer la pertinencia e importancia de las Ordenanzas 4412 y 4413, contesta el 28 de octubre de 2011, ante la invitación a constituir los tribunales para los Concursos, que no. Y “…fundamenta la medida -estoy leyendo textualmente- la circunstancia de que el Licenciado Larrañaga prometió públicamente el ingreso sin concurso de los empleados contratados que actualmente se encuentran laborando en el Municipio. En virtud de ello, la realización de los concursos en estas instancias, crearía conflictos de carácter institucional”. Firmado por Lucas Díaz, Ernesto Omar Rojas y Gustavo Montiel. Es decir, que lo que yo vengo acá a pedir, es que se reconsidere este rechazo, porque en realidad hay un montón de otros fundamentos muy positivos que permitirían afirmar que este lote de personas, de las cuales tenemos alguna opinión sobre algunos, como hemos escuchado a la Concejala Viviana Rodríguez hablar de uno o de otro, y cada uno tenemos opinión de cada uno, la realidad es que son once empleados jerárquicos que, lo único que se está solicitando, es que se consolide por una medida excepcional, la Categoría que habitualmente subrogan. Hemos leído un Dictamen muy interesante del Director General de Asuntos Jurídicos actual, el Dr. Juan Carlos Chirino, sobre la cuestión de las Resoluciones Ad-Referéndum, que está muy bueno, y acordamos. Y posteriormente, sobre la cuestión de la consolidación de las categorías para estas once personas que estamos tratando. Y él ahí…, opinamos en forma diferente. En realidad, desde el Derecho se podría opinar de la misma forma; no desde la realidad. Por eso quería ir a esa cuestión. Ustedes fíjense que el Dictamen -que creo que está en el expediente del Concejo Deliberante- habla de que “…un ascenso automático sin la verificación de la idoneidad del empleado y sobre todo sin establecer generalidad e igualdad para todos los empleados de la Administración Pública, no merece más que considerarse ilegítima”. Tendría razón, sobre todo en un Estado que no tuviera 227 personas a punto de ingresar sin concurso -prometido esto por el Intendente-, cientos de personas -o miles, tal vez todos los empleados que están en el Municipio ingresaron sin concurso-, los Jefes y Jefas ya los consideramos: 55 personas que les “sacaron el jugo” bastante, porque cuando nosotros llegamos les pagaban Ciento Cincuenta Pesos por cuatro horas de trabajar en el Comedor. Nosotros primero les mejoramos el sueldo y después las incorporamos a la Planta. Y la verdad, que tendrían razón, si hubieran hecho otra cosa. La realidad es que toda la Administración Pública está cubierta de irregularidad en el ingreso y la promoción de los agentes, y estos once parece que son destinados de un castigo de no poder consolidar su situación laboral de categorías. Pero hay más. Hay más, por lo siguiente. Estas once personas, varias de ellas -tenemos comprobado tres- han solicitado al Estado, repetidas veces, la realización de los Concursos. Y nunca se los dieron. Pero hay otra cosa más. Porque acá dice… Y está bueno esto del Asesor Chirino, porque… Está muy bueno. Pero no es lo que hacen, es lo que se dice, ¿no? Dice: “…la verificación de la idoneidad del empleado”. Acá tengo un caso, de una empleada que forma parte de este lote de once personas, que el Intendente Jorge en el año 1992, el Intendente Alcala posteriormente, el Intendente Tierno, el Interventor Fernández Mendía, el Intendente Torroba…, lo han conservado en la Categoría que están reclamando. Yo sé que eso no es un “concurso” según lo prevé la Ley 643. ¿Pero no es mucho más “concurso” que los 227 que van a entrar sin ningún concurso, y que los cientos y cientos que han entrado estos años sin ningún tipo de concurso, ni nada? Más, no contemos ahora las probablemente 60 personas incorporadas también por contratos precarios. Entonces, me parece que hacemos caer sobre estos agentes, que tienen una trayectoria… Y la verdad, por supuesto no los incorporó el Frepam a la Administración Pública. Se incorporaron en las sucesivas administraciones, todas del Justicialismo. Y la verdad es que rindieron seis concursos, porque seis Intendentes los ratificaron en las categorías. Y la verdad es que ellos pidieron hacer los concursos, y el Estado no se los dio. Entonces, ¿no estaremos pecando de “igualitarios”…, que todos son iguales para rendir concursos, menos los que dice el Intendente -que son 227- y otros cientos que hay en toda la Administración Pública, y estos once sí tienen que cumplir concurso? Es más, acá tengo, del año 1993, un lote interesante de empleados -no tengo por qué hacer una evaluación de las características, lo que sí es un lote de como treinta empleados, que han entrado el 16 de marzo de 1993 por Resolución del Intendente, entraron y les dieron la categoría. Entonces, a nosotros nos parece que, por lo menos, una vuelta a la Comisión y armonizar este esquema de Concursos Municipales, sería lo menos que podríamos hacer. Porque yo no me creo que el Justicialismo, que prometió ingresar 227 sin concurso, que ya ingresó muchísmos sin concursos -cientos- y que ahora están estos instrumentos que son muy buenos, que son las Ordenanzas 4412 y 4413, que habría que ponerlas en marcha… Entonces, los concursos se paran porque el Intendente hace el anuncio de la incorporación sin concurso. Si no, ya hubiera ingresado toda esta gente. Entonces, me parece que, por lo menos, tendría que volver esto a Comisión. Porque a mí me parece que estas personas… Yo conozco muy bien a tres de ellas, que son Jefes de Despacho, son personas de la carrera de la Municipalidad. Me parece que tienen consolidado un derecho. Y el derecho ese, es muy superior al de otras personas, por su antigüedad, su idoneidad, de ponerse la camiseta del Municipio, que han estado en distintas administraciones. Entonces yo quería pedir, con estos fundamentos -los fundamentos jurídicos, que son discutibles, pero también la historia de todo esto, que no es la de los concursos por parte del Justicialismo-, por ahí, sin ofender a nadie, rever esto. Porque me parece que se está entrando en una injusticia. Es más, agrego una cosita más, para terminar. Acá el Sindicato SOEM dice que “…empleados de planta permanente solicitan la regularizción de la situación de revista, y desde el año 1991/1992 el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de distintas gestiones, no ha efectuado los llamados a concursos para cumplir las vacantes de los cargos jerárquicos que se producían por retiros, jubilaciones o fallecimientos”. Entonces, en la parte más alta del escalafón municipal, hay un grupo de personas que viene subrogando permanentemente, que seis Intendentes los han ratificado diciéndoles “ustedes, está bien lo que hacen”, y que nosotros decimos: “No. Está bien lo que hacen, pero me tienen que rendir un concurso”. Ahora, ese mismo concurso… ¡Ni la sombra de ese concurso!, le pido a un montón de otras personas. Entonces, me parece que se está haciendo una injusticia, curiosamente, con el argumento de la justicia y de la igualdad. Y por último… Ya creo que dije “por último” varias veces, pero me falta un dictamen muy interesante de otro Asesor, porque los Asesores Jurídicos… Claro, por ahí te asesoran para un lado, y por ahí te asesoran para el otro. El Asesor Jurídico Municipal de otra etapa, no el que está actualmente en funciones pero también un Doctor que ha estudiado esta parte de la Administración, “…analiza las presentes actuaciones, etc. etc…” -todo como escriben los abogados, y después dice: “que es de mencionar que dentro de la misma normativa se contemplan situaciones que no son de estricta aplicación en la práctica, porque la realidad supera en ocasiones las previsiones de las normas que han nacido en un contexto distinto y que requieren una adaptación paulatina, a saber: el mismo ascenso automático cuando se permanece determinado tiempo en una categoría y se reúnen los requisitos de idoneidad y calificación”. Y esto, la verdad, después de que pasan cinco Intendentes y siempre te ratifican en que hagas ese trabajo porque lo hacés bien, me parece que está muy interesante. En este caso, el dictamen es del año 1993, del Abogado Director de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Santa Rosa Marcos Paz -también un dictamen respetable-, y está acompañado de un montón de…, digamos de pruebas, que consolidan su posición. Es decir, que si bien dice que literalmente en la Ley 643 los ingresos son por Concursos, y las categorías también, en la realidad -y sobre todo en este caso minúsculo, de los once agentes jerárquicos que seis Intendentes los han ratificado- parece mucho más razonable ratificarlos en las categorías en este momento. O al menos, en simultáneo con la puesta en marcha de unos concursos municipales en forma masiva; concursos -repito- que han sido frustrados por la promesa electoral del Licenciado Larrañaga, que prometió públicamente el ingreso sin concurso de los empleados contratados. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: En principio, es para contestar un poco lo que se charló en la Comisión. Yo lo dije en la Comisión y lo sostengo. Me pareció que tratar el pase de categorías de los empleados en conjunto era una falta de respeto a los empleados que trabajaban y a los que no. También creo que durante tres años de gestión en los cuales ustedes fueron oficialismo, tuvieron el tiempo suficiente para que el Intendente Torroba por Resolución hiciera este cambio de categorías, y sin embargo esperó al último día de diciembre para irse y dejarlo para que lo tratara la gestión que seguía, entendiendo que en ese listado había cinco personas que antes no podían pasar a la categoría porque eran funcionarios municipales. Entonces, de la misma manera que lo planteé en la Comisión lo digo acá: si la lista se trata desglosada, comparto totalmente con el Concejal Di Liscia que hay muchos empleados que se merecen la categoría, porque vienen de años de trabajo -de verdadero trabajo- como Jefes de Despacho. Lo comparto totalmente a eso, y son seguramente merecedores de la categoría. Pero habría que haber tratado la lista desglosadamente. También es cierto que la categoría -o el concurso- se podría haber hecho en los tres años de gestión municipal anterior, porque les dio el tiempo suficiente. De hecho, el Proyecto estuvo aquí en el Concejo Deliberante, y se decidió por unanimidad que era potestad del Intendente otorgar las categorías. Nada más. Muchas gracias. —
PRESIDENCIA: Bien. Hay una moción del Concejal Di Liscia… (Interviene el Concejal Di Liscia).-
CONCEJAL DI LISCIA: Quería agregar una cosita más. No sé si hay otro… (La Secretaría manifiesta que existe un pedido anterior del uso de la palabra, por parte del Concejal Cuelle).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Justamente en virtud de las palabras recién vertidas por la Concejal preopinante, creo que es apropiado devolverlo a Comisión, para analizar si es posible analizarlo por separado, para analizar si esperamos hasta que se hagan los concursos y lo rechazamos… Yo también leí el informe del Director de Asuntos Jurídicos, y hace referencia al Artículo 16 de la Constitución Nacional, que pide que pra ingresar al Estado se necesita idoneidad. No dice que tiene que entrar “el más idóneo”; “idoneidad” pide, nada más. Y, tal como opinaba el Concejal Di Liscia, si seis Intendentes los ratificaron en su cargo, creo que han demostrado esa idoneidad que pide la Constitución Nacional. Pero, bueno. Avalo la postura del Concejal Di Liscia de, si fuera posible, votar el pase a Comisión y análisis en profundidad, para efectivamente hacer justicia en su máxima palabra. Si me dicen qué es lo que yo haría: sí, concursos, no me cabe ninguna duda. Pero el caos que había en esta Municipalidad, con tres años de gestión hubiese sido imposible poder resolverlo. Y creo que se avanzó bastante. Se avanzó con las Jefas de Hogar -55 personas que cobraban $ 150, como dijo el Concejal Di Liscia-, se avanzó con los 247 -puede gustar o no la solución, pero se avanzó en el ingreso por concurso-, y si bien es cierto que se podía haber promovido por Resolución, como lo dijo la Concejal preopinante, una Resolución se deroga con otra Resolución. Es decir, viene un Intendente y dice “no me gusta lo que hiciste y lo doy de baja”. Por eso nos pide que tomemos una decisión política, una decisión como Cuerpo. Es cierto, lo correcto hubiese sido ir a la Ley -más allá del dictamen de Marcos Paz en el cual promueve el ascenso automático-, que se haga por concurso. Ahora, lo que nos está pidiendo es que tomemos una decisión política. Estas personas, ¿se merecen, después de seis Intendentes -han demostrado idoneidad, después de seis Intendentes- que los promovamos a las categorìas que han subrogado? Yo estoy convencido de que sí. Ahora, puedo entender los reparos sobre algunas personas. En ese caso, vuelvo a sugerir por qué no lo volvemos a Comisión, lo analizamos un poco más y vemos si podemos sacar algo que les sirva también a los empleados de la Municipalidad, que en este caso es un lote -como dijo el Concejal- de once agentes municipales.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Escuchando todas las expresiones vertidas de todos mis pares, acá, nosotros lo único que solicitamos -y escuché con atención todos los antecedentes que nombró el Concejal Di Liscia-, pero la Ordenanza fue votada en el 2011. O sea, todo lo que se hizo para atrás, se hizo. Pero si se hizo una Ordenanza, donde se estipula cómo tienen que ser los concursos de las recategorizaciones de los empleados municipales, me parece que la tenemos que cumplir. Simplemente, eso. Nadie está atacando a los empleados. Pero, ¡por supuesto, que necesitamos jerarquizar los empleados!…, pero cumpliendo las ordenanzas que se dictan en este Cuerpo. Porque si no, seguimos haciendo Resoluciones Ad-Referéndum, y hacemos y hacemos y hacemos, y a las Ordenanzas las dejamos guardadas en el cajón. Entonces, me parece que lo más lógico -nosotros ya lo hemos conversado a este tema dentro del Bloque, en varias oportunidades-… Nuestros funcionarios -nuestros Secretarios- han hablado con sus Jefes de Despacho por esta situación. Y en el caso de Obras Públicas, está totalmente de acuerdo en que tiene que concursar. Entonces, si nosotros tenemos el aval del Poder Ejecutivo Municipal, que va a llamar a concurso para dar cumplimiento a la Ordenanza que dictó este Cuerpo, no entiendo qué estamos discutiendo. O sea, nadie está cercenando la posibilidad de jerarquizar a nadie. Simplemente, queremos dar cumplimiento a la Ordenanza que dictó este Cuerpo Deliberativo. Nada más que eso. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Es para hacer una aclaración. Parece que es tan fácil… Ahora, ustedes fíjense. Estoy totalmente de acuerdo con la Concejala de hacer cumplir la Ordenanza, ¿no? Fíjense ustedes, que había una ley -la Ley que dice que los agentes debían ingresar por concurso. Y nunca ingresaron. Nos hemos puesto “recumplidores”, y justo en este caso, que podría ser una excepción muy merecida, no en los otros que entraron por la ventana y sin concurso -inclusive, algunos con categorías-, nos hacemos la vista gorda. Entonces, es por eso que viene esto, que viene a poner un parche en una situación, como pusimos el parche en la situación más urticante, que eran las 55 mujeres que trabajaban precariamente en el Municipio, como pusimos dos normas para los dos grupos importantes, parecería adecuado consolidar esta situación, y además que eso promueve las categorías para los prudentes concursos que se supone que se van a hacer. Todo esto -recordemos-… Por eso escucho a la Concejala Viviana Rodríguez. Ella vivió con nosotros varias experiencias en el Concejo Deliberante, y recordará que el Justicialismo se opuso a estas dos normas. Se opuso, y se fue del debate. Es decir, las normas resultaron aprobadas por unanimidad porque se fueron del debate. Y el debate se desarrolló en condiciones hostiles, por grupos que se oponían a que se hicieran los concursos, y se hiciera ingreso automático. La verdad es que lo del ingreso automático hubiera sido en cierto modo un retroceso, no porque estas personas no hubieran merecido estar en la Planta Municipal. Después de tantos años, lo merecen. Simplemente, el concurso estaba destinado un poco a capacitación y otro poco a definir el orden de prioridad mediante el cual iban entrando, según una sustitución de vacantes; y eso permitía un cierto tránsito de, entre dos años y dos años y medio, incorporar este personal a Planta. Parece ser -por eso yo digo, una cosa es el dicho y otra cosa es el hecho-… La Ordenanza 4412 y la Ordenanza 4413, son un sistema de ingreso de las personas que están, a los seis meses de empleadas contratadas, para que se incorporen al Municipio. Pero la política municipal de Personal, es contraria a seguir incorporando personas contratadas. Porque entonces esto no terminaría nunca. Entonces, por eso, me parece una irracionalidad… Está muy bien lo que dice la Concejala. Pero primero le aclaro que el Justicialismo se opuso a esas normas, en segundo lugar le aclaro que el principal obstáculo fue que no se pudieron constituir los tribunales para los concursos porque el Gremio se hizo de la promesa del Intendente de incorporar sin concurso, y en tercer lugar ya la política de estos meses nos está anunciando que hay una incorporación de una forma distinta a la que dice la propia Ley 643, que es por concurso. Entonces, del dicho al hecho hay mucho trecho. Y le agrego una información a la Concejala Viviana Rodríguez, que me parece que está en conocimiento de todas estas cosas que digo yo, pero lamentablemente creo que todos sabemos que el gobierno de tres años y medio que tuvimos -anterior- hizo muchas cosas en Personal, sentó las bases de la carrera, limitó las contrataciones -no pudo llegar a cero contrataciones pero las limitó-, que de hecho en ese período, tomado a los tres años, disminuyó el número de empleados simplemente por una cuestión de jubilaciones y esas cosas. Es decir, que hubo una política de no incorporación de más personal, sino de hacer más eficaz la acción municipal con los agentes que se tenían. Y la verdad, con una gran situación de precariedad financiera. Porque ustedes recordarán que en ese período, la Municipalidad de Santa Rosa fue salvada por los vecinos, que pagaron una actualización de tasas razonable, y eso permitió mantener la actividad municipal. Entonces, por eso digo: no es lo único que había que hacer en esos tres años. Se hizo lo más urgente -que yo lo detallé- y se sentó las bases de lo importante que atañe al grueso de los empleados. Nos parecía, sinceramente, que quedaba un resto de empleados no precarios jerarquizados, y a los cuales se les ha reiterado su capacidad y su eficacia en el cargo, con la subrogación permanente de las categorías por seis Intendentes, y nos parecía que esa era una de las cosas que también se podían reparar, para llegar al sistema de concursos, que funcionara normalmente como nunca debió haber dejado de funcionar en la Administración Pública. Gracias.-
A continuación, la Presidencia pone a votación la moción de vuelta a Comisión del despacho formulada por el Concejal Di Liscia. Votan afirmativamente los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro y en forma negativa los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada, por lo que la moción resulta rechazada. A continuación se pone a votación el Despacho de Mayoría, resultando el mismo aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, por lo tanto, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se Ratifica la Resolución N° 23/2012 de DE, dictada “Ad-referéndum”del Honorable Concejo Deliberante. Expte. N° 1/1992 (HCD) y N° 1465/92 II Cuerpo (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 23/2012 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Prorrógase por 365 días el plazo dispuesto en el artículo 7º del Decreto Nº 176/91, ratificado por Ley Nº 1375, a partir de la fecha de finalización de la prórroga dispuesta por Ley Nº 2607 de acuerdo a lo prescripto en el artículo 16º de la Ley 2564.Artículo 2º: Ratíficase en todos sus términos el artículo 2º de la Ordenanza Nº 1016/92″. Articulo 2º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Comunicación, mediante el cual se solicita al DE envíe al HCD la nómina de Empleados y Funcionarios que revisten en los Dptos. Ejecutivo y Deliberativo de la Municipalidad de Santa Rosa. Expte. N° 46-1/2012 (HCD). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “Solicitar al Departamento Ejecutivo envíe a este Concejo Deliberante el detalle de la totalidad de la nómina de Empleados y Funcionarios que revisten en los Departamentos Ejecutivo y Deliberativo de la Municipalidad de Santa Rosa, por unidad de organización, encuadrados en la Ley 643, Ordenanza 579, locación de servicios, Resolución Nº 247/1993 o bajo cualquiera de las modalidades de contratación vigentes, como así también fecha de inicio de la relación laboral, funciones asignadas, categorías, adicionales si los tuvieran y remuneración mensual. Los datos consignados deberán estar actualizados a la fecha en que se remita a este Concejo el informe que por esta Comunicación se requiere”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PILCOMAYO. Expte. N° 1-1/2012 (HCD) y N° 5486/2011/1-1(DE).-
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PILCOMAYO, entre Maipú y Antártida Argentina, vereda sur, 24 metros, frente a parcelas 6 y 7, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el expediente Nº 5486/2011/1-1 (D.E.). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TEOFILO DE LA COLINA. Expte. N° 2-1/2012 (HCD) y N° 5913/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TEOFILO DE LA COLINA, vereda Este, 30 metros, desde punto de empalme hacia Adolfo Doering, frente a parcelas 9 y 10, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el expediente Nº 5913/2011/1-1 (D.E.).Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. – Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle BALDOMERO GONZALEZ. Expte. N° 3-1/2012 (HCD) y N° 5666/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de a Obra de Gas Natural en calle BALDOMERO GONZALEZ, vereda Sureste, 36 metros, desde punto de empalme hacia Avenida Pedro LURO, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el expediente Nº 5666/2011/1-1 (D.E.). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. En virtud del tiempo que llevamos deliberando, y dado que son todas obras, si bien no está acordado en Labor Parlamentaria propongo que se inscriban en el Acta las Ordenanzas, pero que se voten en Bloque todas las Ordenanzas que son de Obras Públicas, para poder adelantar el tiempo de la Sesión.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Cuelle resulta aprobada por unanimidad, por lo que se procede a la votación en Bloque de los puntos 12 a 36, correspondientes a los Proyectos de Ordenanza que se detallan a continuación:–
12) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CHACABUCO. Expte. N° 4-1/2012 (HCD) y N° 5513/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CHACABUCO, vereda Oeste, desde punto de empalme hacia RÍO BERMEJO, 18 metros conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el expediente Nº 5513/2011/1-1 (D.E.).Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
13) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CHILE. Expte. N° 5-1/2012 (HCD) y N° 5442/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CHILE, vereda Noreste, 12 metros, desde punto de empalme hacia Gabriel J. ANZA, frente a parcela 14, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el expediente Nº 5442/2011/1-1 (D.E.).Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
14) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85 y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92 al consorcio formado por los vecinos de las calles JULIO NERY RUBIO y DOMINGO GENTILI. Expte. N°7-1/2012 (HCD) y N° 5094/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Roconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calles Julio Nery RUBIO, vereda este, entre Domingo GENTILI y Antonio CAVERO y Domingo GENTILI, vereda sur, desde punto de empalme hacia Julio Nery RUBIO, 110 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación del Expediente Nº 5094/2011/1-1 (D.E.).- Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista enel artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural, comprendida en la zona mencionada en el articulo 1º, que será ejecutada y financiada por la Empresa BK CONSTRUCCIONES S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa B.K. CONSTRUCCIONES S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
15) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 80/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle UTRACAN. Expte. N° 15-1/2012 (HCD) y N° 7007/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 80/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público encalle UTRACAN, entre Lope de Vega y Luis Pasteur, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 7007/2011/1-1.-Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.-Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.-Articulo 4º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Informacion Georreferenciado) para la actualizacion de la base de datos correspondiente.” Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
16) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 81/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALELIES. Expte. N° 16-1/2012 (HCD) y N° 7135/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 81/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público encalle ALELIES, entre Juana AZURDUY y Fernando José ALTOLAGUIRRE, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 7135/2011/1-1.-Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.-Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Articulo 4º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
17) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 82/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle ALBERDI. Expte. N° 17-1/2012 (HCD) y N° 7134/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 82/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público encalle JUAN BAUTISTA ALBERDI, entre Santiago ALVAREZ y Colectora Avenida Circunvalación Ingeniero Santiago MARZO, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 7134/2011/1-1 (DE).Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.-Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Articulo 4º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
18) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 83/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SUIPACHA. Expte. N° 18-1/2012 (HCD) y N° 5899/2011/1-1 (DE). —
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 83/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SUIPACHA, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Neri Guillermo ACUÑA, incluye cruce por Suipacha, conforme a documentacion obrante en el Expediente Nº 5899/2011/1-1.Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Articulo 5º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
19) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 90/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LOPE DE VEGA . Expte. N° 19-1/2012 (HCD) y N° 3796/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 90/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LOPE DE VEGA, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia San Luis, 20 metros, conforme a documentacion obrante en el Expediente Nº 3796/2011/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Servicios Subterráneos, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa Servicios Subterráneos deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Articulo 5º: Comuniquese al SIG (Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
20) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 91/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle AVDA. CIRCUNVALACION SANTIAGO MARZO. Expte. N° 20-1/2012 (HCD) y N° 3193/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 91/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Avenida Circunvalación SANTIAGO MARZO, vereda Noreste, 40 metros desde punto de empalme hacia Hugo del Carril, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en Expte Nº 3193/2011/1-1 (D.E.). Artículo 2º: Autorizase, la realización de la obra de gas natural prevista en el articulo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra sera financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butalo S.R.L., corriendo por su cuenta toda remocion de cables, cañerias u otras instalaciones que resultare necesario, como asi la obtencion de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentacion. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butalo S.R.L. deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la via pública con 72horasde anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvios del transito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Articulo 5º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente. Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
21) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 92/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en PASAJE COLONIA BARON . Expte. N° 21-1/2012 (HCD) y N° 5321/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 92/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en Pasaje Colonia BARON, vereda Noreste, 16 metros, desde Punto de Empalme hacia VICTORICA, frente a parcela 11, de esta Ciudad conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrante en el Expediente Nº 5321/2011/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Articulo 5º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
22) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 93/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CRISOLOGO LARRALDE. Expte. N° 22-1/2012 (HCD) y N° 4464/2011/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 93/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle Crisólogo LARRALDE, vereda noroeste, desde punto de empalme hacia ÑANDÚ, 127 metros, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrante en el Expediente Nº 4464/2011/1-1.(D.E.)-Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural, comprendida en la zona mencionada en el artículo 1º. La Obra será Financiada y Ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuarlas reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Articulo 5º: Comuníquese al SIG (Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente”.Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
23) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 94/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en AVDA. INGENIERO SANTIAGO MARZO . Expte. N° 23-1/2012 (HCD) y N° 6546/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 94/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en Avenida Santiago MARZO, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Pestalozzi, 30 metros, incluye cruce por Emilio Zola, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrante en el Expediente Nº 6546/2011/1-1.Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido de ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Articulo 5º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
24) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 95/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles SIN NOMBRE, CAYUPAN, PEDRO IMAZ Y ORLANDO HERNANDEZ. Expte. N° 24-1/2012 (HCD) y N° 5054/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 95/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, formado por los vecinos de calle SIN NOMBRE, vereda Sureste, desde Ignacia CAYUPAN, hacia Orlando HERNANDEZ, IGNACIACAYUPAN vereda Suroeste, entre Pedro Maria IMAZ y SIN NOMBRE, IGNACIA CAYUPAN vereda Suroeste, desde Pedro Maria IMAZ hacia Juana AZURDUY, IGNACIA CAYUPAN, vereda Noreste, entre SIN NOMBRE y Pedro Maria IMAZ, IGNACIA CAYUPAN, vereda Noreste desde Pedro Maria IMAZ hacia Juana AZURDUY, PEDROMARIA IMAZ, vereda Noroeste, entre Ignacia CAYUPAN y Orlando HERNANDEZ, PEDRO MARIA IMAZ, vereda Noroeste, desde punto de empalme hacia Orlando HERNANDEZ, ORLANDO HERNANDEZ, vereda Suroeste desde Pedro Maria IMAZ hacia Juana AZURDUY, incluye cruce por Orlando HERNANDEZ, Pedro Maria IMAZ e/ Ignacia CAYUPAN, 1070 metros, de esta Ciudad, conforme a documentación obrante en el Expediente Nº 5054/2011/1-1.(D.E.)- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Toay Limitada (C.O.T.O.), corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa de Obras y Servicios Públicos de Toay Limitada (C.O.T.O.) deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. De anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Articulo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
25) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 96/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CURACO. Expte. N° 25-1/2012 (HCD) y N° 2499/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA:: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 96/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LOPE DE VEGA, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Avenida Santiago MARZO, 15 metros, de esta Ciudad, según plano operativo y memoria descriptiva obrantes en el Expediente Nº 2499/2011/1-1. Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Servicios Subterráneos, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa Servicios Subterráneos deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
26) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 97/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle DONATI. Expte. N° 26-1/2012 (HCD) y N° 7136/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 97/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público encalle Francisco Marcos DONATI, entre Nicasio Callaqueo y Tito Fuertes, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 7136/2011/1-1.-Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.-Artículo 4º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
27) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 102/11 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85 y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92 al consorcio formado por los vecinos de la calle JULIO NERY RUBIO. Expte. N° 27-1/2012 (HCD) y N° 6505/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 102/11 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Reconocese dentro de los terminos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle Julio Nery RUBIO, vereda oeste, entre Sergio Lopez y Antonio Cavero, 95 metros, conforme a documentación obrante en el Expediente Nº 6505/2011/1-1.-Artículo 2º: Autorízase y declárase de Interés General y Utilidad Pública la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los terminos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Servicios Subterraneos, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa Servicios Subterraneos deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
28) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 35/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle CALLAQUEO. Expte. N° 29-1/2012 (HCD) y N° 7244/2011/1-1 (DE)–
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución 35/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público encalle Nicasio CALLAQUEO, entre Francisco Marcos DONATI y ANTARTIDA ARGENTINA, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 7244/2011/1-1 (DE).-Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.- Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.- Articulo 4º: Comuniquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Articulo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
29) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 36/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MARQUEZ Y ANDRADA.Expte. N° 30-1/2012 (HCD) y N° 4087/2011/11(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 36/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles Florentino MARQUEZ, vereda Oeste, desde punto de empalme hacia Clemente J, ANDRADA, Clemente J, ANDRADA, vereda Norte, desde punto de Empalme hacia Florentino MARQUEZ, 80 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 4087/2011/1-1.- Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L. deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
30) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 37/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ALELIES y ALTOLAGUIRRE. Expte. N° 31-1/2012 (HCD) y N° 3746/2011/11(DE.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 37/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calles ALELIES, vereda Suroeste, desde punto de empalme hacia SIN NOMBRE, Fernando Jose ALTOLAGUIRRE, vereda Noroeste, desde punto de Empalme hacia Antonio FELICE, 105 metros, incluye cruce por Fernando Jose ALTOLAGUIRRE y demás documentación del Expte. Nº 3746/2011/1-1.-Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.- Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L. deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
31) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 38/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CURACO. Expte. N° 32-1/2012 (HCD) y N° 5934/2011/11(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 38/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CURACO, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Pedro María IMAZ, 36 metros, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 5934/2011/1-1.Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
32) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 39/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SALTA. Expte. N° 33-1/2012 (HCD) y N° 6851/2011/11(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 39/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SALTA, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia SANTA CRUZ, 30metros, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 6851/2011/1-1.Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
33) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 40/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle BERTERA. Expte. N° 34-1/2012 (HCD) y N° 6689/2011/11(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 40/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Dolores Brígida BERTERA, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia José LURO, 30 metros, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expediente Nº 6689/2011/1-1.Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Artículo 5º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
34) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 49/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85 y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92 al consorcio formado por los vecinos de las calle CAVERO . Expte. N° 35-1/2012 (HCD) y N° 6043/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 49/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calle Antonio CAVERO, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Nicolás TOSCANO, 80metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 6043/2011/1-1.-Artículo 2º: Autorízase, la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al Plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A.-Artículo 3º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural, comprendida en la Zona mencionada en el artículo 1º, que será ejecutada y financiada por la Empresa BK Construcciones S.H.,corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H. deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro la Contribución de mejora al vecino “no adherente” en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.-Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente los fondos que se recauden en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior. Artículo 7º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
35) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 74/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se reconoce dentro de los términos de la Ordenanza N° 204/85 y su modificatoria Ordenanza N° 1108/92 al consorcio formado por los vecinos de las calles ACUÑA Y SUIPACHA. Expte. N° 36-1/2012 (HCD) y N° 6892/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 74/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Reconócese dentro de los términos de la Ordenanza Nº 204/85 y su modificatoria Ordenanza Nº 1108/92, al consorcio formado por los vecinos de calles Neri Guillermo ACUÑA, vereda Sur, entre SUIPACHA y POSTA DE YATASTO y SUIPACHA, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Neri Guillermo ACUÑA, 135 metros, y demás documentación del Expediente Nº 6892/2011/1-1.-Artículo 2º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. -Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.-Artículo 4º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs.de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo incorporará al cobro la Contribución de mejora al vecino “no adherente” en la forma y condiciones que determine el Consorcio respectivo.-Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo transferirá periódicamente los fondos que se recauden en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior.Artículo 7º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
36) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 52/12 del DE dictada “Ad.Referéndum” del HCD, mediante la cual se autoriza y se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Alumbrado Público en calle EVANGELISTA. Expte. N° 38-1/2012 (HCD) y N° 7304/2011/1-1(DE)–
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución 52/12 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad. Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Autorízase y Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra: Alumbrado Público encalle Guillermo EVANGELISTA, entre Julián Armando MUÑOZ y ÑANDU NORTE, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 7304/2011/1-1.-Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas.-Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente.-Artículo 4º: Comuníquese al SIG ( Sistema de Información Georreferenciado) para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2º: De forma”.-
El Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
37) Despacho por Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se ratifica la Resolución N° 14/2012 del DE, dictada “Ad- referéndum”, relacionada con la Estructura Orgánica del Municipio. Expte. N° 175/1991 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: RATIFICASE la Resolución N° 14/2012 del Departamento Ejecutivo, dictada “Ad-Referendum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1°: El despacho de los negocios de la Municipalidad de Santa Rosa estará a cargo de las siguientes Secretarías: I. De Gobierno y Desarrollo Social. II. De Hacienda y Abastecimiento. III. De Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano. IV. De Desarrollo Local. V. De Cultura y Derechos Sociales. ARTICULO 2º.- El Intendente será asistido en sus funciones por los Secretarios en forma individual, de acuerdo con las responsabilidades que esta ordenanza les asigna como competencia, teniendo en consideración lo siguiente: a) Los Secretarios refrendarán con su firma los actos del Intendente en los temas de su competencia. Aquellos que competan a la Dirección General de Administración, serán refrendados por el Secretario de Gobierno y Desarrollo Social. b) En caso de duda o cuando se planteare cuestiones de competencia entre los Secretarios la situación será resuelta por el Intendente, quien determinará la Secretaría que tendrá a su cargo la consideración del asunto. c) Los asuntos originados en una Secretaría pero que tenga relación con las funciones especificas atribuidas por esta ordenanza a otra, son de competencia de esta última. d) Los asuntos que por su naturaleza tengan que ser atribuidos y resueltos por dos o más Secretarias, serán refrendados con la firma de todos los Secretarios que intervengan en ello. e) En caso de licencia, impedimento, ausencia o vacancia en el cargo de alguno de los Secretarios, estos serán sustituidos automáticamente por el siguiente en el orden establecido en el artículo 1º de esta Ordenanza. f) Los secretarios representarán a la Municipalidad en la celebración de los contratos que autorice el Intendente. g) Los trámites, mensajes y proyectos de Ordenanzas que el Intendente presente al Honorable Concejo Deliberante serán suscriptos por los Secretarios de acuerdo a su competencia. h) Proyectarán el contenido de las resoluciones del Intendente, así como las instrucciones y reglamentos que este debe expedir para facilitar y asegurar el cumplimiento de las Ordenanzas. ARTICULO 3º.- Compete al Secretario de Gobierno y Desarrollo Social asistir al Intendente en todo lo inherente al gobierno político, seguridad, preservación de la tranquilidad y orden público, relaciones públicas, políticas y sociales, como así también lo relativo a acción social, salud, educación, vivienda, cobertura de riesgo, protección a la familia, de las personas con capacidades diferentes, la mujer, ancianidad, minoridad, juventud, la cultura, deportes, turismo y demás manifestaciones comunitarias que requieran el esfuerzo, la asistencia y protección del municipio. ARTÍCULO 4º.-: Compete al Secretario de Hacienda y Abastecimiento asistir al Intendente en todo lo inherente a la orientación, coordinación y concentración de las tareas y datos relativos a la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Municipalidad. Le corresponde entender en la elaboración, modificación y ejecución de presupuesto de gastos y cálculo de recursos, cuenta de inversión, política tributaria, percepción y distribución de las rentas municipales; en lo relativo al patrimonio, al crédito, la deuda, contrataciones y suministros; personal municipal; organización y métodos. ARTICULO 5º.- Compete al Secretario de Obras Servicios Públicos y Planeamiento Urbano asistir al Intendente en la orientación, regulación, planificación, dirección, ejecución y control de planes, programas y actividades relacionadas con las obras públicas y privadas, la prestación de servicios públicos, el catastro municipal, el tránsito y todo lo atinente al ordenamiento y control del desarrollo armónico e integral de la ciudad. ARTICULO 6º.- Compete al Secretario de Desarrollo Local fomentar, apoyar y promover el desarrollo de los diferentes sectores que conforman la economía local. Fomentar y promover las acciones que tengan por fin impulsar el turismo en la ciudad. Promover y asistir a la micro, pequeña y mediana empresa productiva y/o de servicios. Propiciar la creación de empresas juveniles. Promover el desarrollo de la economía social sustitutiva de importaciones extraterritoriales de productos destinados a la alimentación de la población. Asistir al intendente en lo relativo a la habilitación y control de las actividades comerciales, industriales y de servicios, saneamiento ambiental y bromatológico en general. Fortalecer la oficina de empleo municipal, integrante de la red de servicios de empleo (MTEySS). ARTICULO 7º.- De la Secretaría de Hacienda y Abastecimiento dependerán la Contaduría General y la Tesorería General: 1.- La Contaduría General funcionará bajo la dirección del Contador General, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado legalmente por el funcionario o agente que determine la reglamentación. Dicho funcionario o agente podrá compartir con el Contador General la atención del despacho diario, la suscripción de las órdenes de pago, cheques u otras libranzas bancarias, como asimismo la Dirección Administrativa de la Contaduría General de acuerdo con la reglamentación interna, sin que esto signifique subrogar al Contador General en las atribuciones específicas que esta Ordenanza le acuerda. Corresponderá a la Contaduría General: a) Registrar las operaciones económico-financieras de la administración municipal, llevando la contabilidad de la ejecución del presupuesto, de movimientos de fondos y valores, gestión del patrimonio y responsables. b) Ejercer el control interno de la hacienda municipal. c) Asesorar al Departamento Ejecutivo en la materia de su competencia. d) Preparar la cuenta general del ejercicio. e) Intervenir las entradas y salidas del Tesoro y arquear sus existencias. f) Intervenir en la emisión y distribución de los valores fiscales. g) Intervenir en la elaboración del anteproyecto de Ordenanza Tarifaria y Cálculo de Recursos y Presupuestos de Erogaciones anual del Municipio. h) Liquidar y ordenar el pago contra el Tesorero de las erogaciones aprobadas por autoridad competente. i) Ejercer todas las demás funciones que se le adjudiquen por vía reglamentaria. 2.- La Tesorería General funcionará bajo la Dirección del Tesorero General, quien en caso de ausencia o impedimento será reemplazado legalmente por el funcionario o agente que determine la reglamentación. Dicho funcionario o agente podrá compartir con el Tesorero General la atención del despacho diario, la suscripción de las órdenes de pago, cheques u otra libranzas bancarias, como asimismo la dirección administrativa de la Tesorería General de acuerdo con la reglamentación interna, sin que esto signifique subrogar al Tesorero General en las atribuciones especificas que esta Ordenanza le acuerda.- Corresponderá al Tesorero General: a) Centralizar el movimiento de la recaudación de los recursos generales del Municipio. b) Cumplir los ordenamientos de pago emitidos por la Contaduría General. c) Custodiar los títulos y valores de propiedad del Estado y terceros que se pongan a su cargo. d) Ejercer todas las demás funciones que se le adjudiquen por vía reglamentaria.ARTICULO 8º.- Compete al Secretario de Cultura y Derechos Sociales asistir al Intendente en todo lo concerniente a la elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, planes y programas para la promoción de todas las expresiones artísticas con el fin de generar que las diferentes temáticas tengan su espacio de manifestación dentro de del ámbito municipal. Asimismo deberá asistir al Intendente en el diseño y ejecución de políticas, planes y programas tendientes a promocionar y difundir los derechos sociales y de inclusión en el espacio público local utilizando diversas estrategias y herramientas comunicacionales que hacen centro en temáticas como discriminación, violencia, problemáticas de género, diversidades, derechos de los niños y niñas, etc. Asimismo, deberá coordinar su accionar con el Instituto Nacional Contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). ARTICULO 9º.- Autorizar al Intendente a establecer las unidades de organización que secundaran a las contempladas por la presente Ordenanza y reglamentar las misiones y funciones de las mismas. El Departamento Ejecutivo realizará las reestructuras presupuestarias necesarias a los fines de la aplicación de la presente. Asimismo se autoriza al Intendente a disponer la creación de los cargos necesarios que demande el funcionamiento del presente organigrama. ARTICULO 10º: Derogase la Ordenanza 4541/11 y toda otra Ordenanza y/o Resolución que se oponga a lo dispuesto por la presente”. Artículo 2°: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: Es para solicitar que se lea el Artículo 1º que es el que ratifica la Resolución. Todos los Concejales estamos al tanto del contenido de la misma, así que para evitar la dilación solicito que se lea el Artículo 1º y se vote.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Mecca resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Nos parece que todo tiene un poco de historia, porque el Justicialismo se opuso al Organigrama del Frepam en el año 2008 y 2009. Sin embargo, nosotros entendemos que es el instrumento adecuado para que decida el gobierno para gobernar, la forma de organizarse. Nosotros pretendemos votar -esto es un intríngulis difícil de resolver-… Entendemos que hay que votarlo a favor, porque se trata del Organigrama. Se podría votar en general, y después en particular hacer las observaciones, que son varias, y al ser la Ordenanza de un solo Artículo porque el primer Artículo es todo el Organigrama, después, es un poco difícil de implementarlo, a esto. De todas maneras, nosotros queríamos aclarar varias cosas antes de que se vote. Primero, la verdad, no sabemos para qué se votó la Ordenanza 4511/2011. Hicieron un Organigrama, y ahora es otro Organigrama, que no sé para qué hicieron el Organigrama -lo hicieron votar por el Concejo anterior-. Allí hubo un debate muy importante. Nosotros en ese momento votamos en forma negativa, porque decíamos que era pertinente que este Concejo votara el Organigrama que se daba el gobierno para gobernar. Por eso es que pensamos que hay que tratarlo y votarlo, porque es competencia de este gobierno, de este período, de este Concejo. Aún así, nosotros vemos unas cuestiones que queremos decir y que aparecen en el Artículo… Primero, en ningún lado están las funciones de Informática, de la Dirección de Prensa, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y de la Dirección General de Administración -nada menos-, lo que nos llama la atención, porque no están en el Organigrama. No sé qué piensan hacer. Lo curioso es que la Dirección de Asuntos Jurídicos, supuestamente -según nos ha dicho el Asesor Jurídico- está creada por la Resolución Nº 7. Si ustedes se fijan en el Boletín Oficial de diciembre de 2011… Pero, ¡vos sabés que le saltó la máquina, justo!… Está la Resolución Nº 6 y la Resolución Nº 8. Y no está, la Resolución Nº 7 -no sé qué ha pasado, ahí-. Entonces, después se verá cómo se soluciona eso, porque la verdad es que un Boletín Oficial que informa de algunas cosas y de otras no, no parece un Boletín muy Oficial. Y me parece que al derogarse -ustedes fíjense el Artículo 10- la Ordenanza 4541/11, en ningún lado quedan descriptas en la Ordenanza actual que se está probablemente a punto de aprobar, la función de Informática, la función de la Dirección de Prensa, la de la Dirección de Asuntos Jurídicos y nada menos que la Dirección General de Administración, que es uno de los núcleos claves de la Administración. Así que no sé… Bueno, lo derogan pero se quedan sin esas cosas. Y acá hay otra de esas cosas que yo digo…, siempre acá decimos que no hay que ponerlas nunca, pero las siguen poniendo: “…y toda otra Ordenanza y/o Resolución que se oponga a lo dispuesto por la presente”. Eso es una pésima técnica legislativa -yo creo que copian una cosa y después la ponen de nuevo en otra Ordenanza-, porque esto es lo que desaconsejan todos los técnicos en legislación, ya que si se ponen este tipo de sentencias, con precisión no se sabe cuál Ordenanza y Resolución se deroga, con lo cual finalmente hay que hacer toda una revisión, en vez de decir precisamente “Derógase… tal Ordenanza, tal Resolución…”, etc. Es una especie de simplificación, perjudicial desde el punto de vista de la técnica legislativa. Queríamos llamar la atención, en el Artículo 3º. De nuevo aparece la cosa ésta tan… -yo no sé si lo hacen a propósito o descuidado-: “personas con capacidades diferentes”. Esta misma Municipalidad tiene una normativa, y hay una Ley, que indica que es peyorativo y discriminatorio dirigirse a las personas con discapacidad, como “personas con capacidades diferentes”. Sin embargo, de nuevo aparece en esta norma, en el Artículo 3º. En el Artículo 8º aparece otra cosita, así, de éstas que ustedes sabrán, también de técnica legislativa: se ocupará de esto, esto otro, “etcétera”. Nunca una norma utiliza la palabra “etcétera”, porque quiere decir: se ocupará de lo que dice esta norma y de todo lo que sea. Para eso es “etcétera”. Y sin embargo, lo más serio… Hay varias cosas más, pero lo más serio está en el Artículo 9º. El Artículo 9º se contradice con la facultad del Concejo Deliberante, ya que de acuerdo a este Artículo “…se autoriza al Intendente a disponer la creación de los cargos necesarios que demande el funcionamiento del presente organigrama”. Los cargos, por definición y por Ley -Artículo 37 de la 1597- se aprueban por Presupuesto. Es decir, una cosa es que se cree el cargo, pero no “disponer la creación de los cargos necesarios” Entonces, me parece que una cosa es decir “Fulano de tal va a ser” y decir quién va a ser y darle las funciones, y otra cosa es disponer la creación de los cargos. Porque si fuera así, el Concejo Deliberante estaría suprimido de una facultad que le da la Ley, que es votar el Presupuesto, donde claramente dice los cargos que tiene la Municipalidad. Así que nosotros tenemos esas observaciones. Pero entendemos que hay que acompañarlo en general, porque es el instrumento que ha elegido el Justicialismo para gobernar la Ciudad de Santa Rosa. Había elegido otro instrumento hace algunos meses -la Ordenanza 4541/11-, pero…, bueno. Ahora la derogan, junto con un montón de otras cosas que no sabemos qué se deroga -porque dice “todo lo que se oponga”, y se sancionaría esta norma. Por eso, con todas estas observaciones y recomendaciones, nosotros vamos a votar en general positivamente. Lo que pasa es que es imposible votar en particular esta norma, porque es de un solo artículo, así que estamos en un intríngulis complicado de resolver. Yo le pediría, señor Presidente, la posibilidad de hacer un cuarto intermedio para ordenar la votación y que sea muy sintética y no requiera trabajo, dada la hora de la Sesión. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para agregar un último Considerando a los que manifestó el Concejal Di Liscia. En el Artículo 10 dice: “Derógase la Ordenanza 4541/11 -que era el anterior Organigrama que se había votado en este Concejo por mayoría-…y toda otra Ordenanza y/o Resolución…”. Las Resoluciones, son las Resoluciones que hace el Intendente. Nosotros no podemos derogar las Resoluciones del Intendente, porque son los actos administrativos que lleva adelante el Intendente. Pero aún así, si lo hiciéramos, significaría que cuando promulgue esta Ordenanza, le va a tener que volver a tomar juramento al Secretario de Gobierno, al Secretario de Obras Públicas, al Secretario de Cultura… Digo, les tiene que tomar Juramento de vuelta a todos, o hacer el acto administrativo por el cual les vuelva a dar el cargo, que hoy lo estamos derogando. Cuando se ponen estas expresiones “…todo lo que se oponga a la presente”, estamos -digo- poniendo “en grande”, y creo que estamos dejando sin el instrumento que realmente está necesitando el Departamento Ejecutivo. Nada más, señor Presidente.-
CONCEJAL DI LISCIA: Había pedido un cuarto intermedio, por favor.-
PRESIDENCIA: Perfecto. Ponemos a votación, entonces, el pedido de cuarto intermedio de parte del Concejal Di Liscia… Aprobado por unanimidad.-
Conforme la moción aprobada, el Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora veintiuna con cincuenta minutos… A la hora veintidós con diez minutos se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Hemos estado conversando con los integrantes de los otros Bloques, y hemos acordado pasar a Comisión otra vez el Proyecto, para tratar de zanjar algunas cuestiones, o ver algunas dudas respecto de la redacción. Así que lo que acordamos es la vuelta a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
A continuación, la Presidencia pone a votación la moción de vuelta a Comisión del Proyecto, resultando la misma aprobada por unanimidad.-
38) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario aconsejando el pase a Archivo de los Expedientes Nº 329/2004; 260/2005; 333/2012; 12/2011, Ref. HCD.- Previa lectura por Secretaría el Despacho es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad.-
39) Despacho de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable aconsejando el pase a Archivo del Expte Nº 65/2009 (HCD). Previa lectura por Secretaría el Despacho es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad.-
40) Despacho por Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza, mediante el cual se establece una Tasa Especial del Deporte con destino específico a la satisfacción de requerimientos propios atinentes a los distintos lugares para la práctica deportiva y diversas actividades físicas. Expte Nº 44-4/1985 (HCD).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Voy a poner como moción de orden, que el Proyecto vuelva a la Comisión para hacerle una modificación.-
Puesta a votación, la moción de la Concejala Rodríguez resulta aprobada por unanimidad por lo que el Proyecto vuelve a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
4) Despacho por Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se ratifica la Resolución Nº 128/2012 DE, dictada Ad-Referéndum del HCD, relacionada con cesión de una fracción de terreno al Gobierno de la Provincia de La Pampa. Expte Nº 126-1/2010 (HCD) y 5468/2009/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución Nº 128/2012 del Sr. Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Cédese al Gobierno de la Provincia de La Pampa, la fracción de terreno propiedad de la Municipalidad de Santa Rosa, que se identifica como Ejido 047, Circunscripción I, radio o, Quinta 3, Parcela 31, según plano protocolizado al Tº 379, Fº81 D.G.P.I. y registrado al Nº 37565/10 D.G.C., correspondiente al emplazamiento del Centro Cívico. Artículo 2º: La totalidad de los gastos que demande la cesión referido en el artículo anterior, serán soportados íntegramente por el Gobierno Provincial. Artículo 3º: Suscríbase toda la documentación que sea necesaria para el cumplimiento de la presente.Artículo 4º: Dése intervención al Honorable Concejo Deliberante, en los términos del artículo 67, inciso 9, de la Ley 1597 -Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento.” Artículo 2º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. En realidad, analizando las actuaciones y el expediente que teníamos en la Comisión, consideramos que es el paso final que habría que dar para poder regularizar una situación que viene de larga data. Hay una Ley -la Nº 45, Ley de Expropiación, estoy hablando del año 1954- en la cual se expropiaron los terrenos donde hoy está emplazada la Casa de Gobierno, pero se omitió en esa expropiación también expropiar lo que iba a ser el trazado de las calles, sino que específicamente la Ley aludió a las manzanas en particular, dejando de lado -como decía recién- las calles que, como todos sabemos, son propiedad del Municipio. Analizando las actuaciones judiciales, hay un dictamen del Director de Asuntos Jurídicos de la gestión anterior, donde aconsejaba específicamente lo mismo que se ha plasmado en esta Resolución de la cual hemos sacado Despacho de Mayoría, diciendo que primero había que desafectar como calle, inscribir a nombre de la Municipalidad, y posteriormente ceder al Gobierno Provincial. Una cuestión que cae de madura: está emplazada la Casa de Gobierno; el trazado de las calles que tienen continuación en la zona donde está ubicada. Con lo cual, entonces, el dictamen del Director de Asuntos Jurídicos plasmaba eso. La Resolución Ad-Referéndum del Intendente anterior, cumplió con todos los pasos, menos hacer la cesión. Es decir, desafectaron el espacio público e inscribieron a nombre de la Municipalidad, pero no se concretó esta cesión, con lo cual ese espacio aún sigue siendo municipal, a pesar de estar emplazada hoy la Casa de Gobierno. Simplemente, entonces, para regularizar una situación que -como digo- viene de larga data, solicitamos que se apruebe este Despacho de Mayoría. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Efectivamente, como lo manifestaba el Concejal preopinante, hay un expediente creado, que se inicia con un pedido del ex Ministro de Obras Públicas Paulo Benvenuto, en el cual le pide a esta Municipalidad que “en virtud de la traza de Casa de Gobierno, que han quedado calles que son de propiedad municipal…” -lo reconoce-, nos pide que las desafectemos del dominio público, las pasemos al dominio privado y se las donemos a Casa de Gobierno. A fs. 5 hay una copia que dice que en realidad, lo que están pidiendo -32.000 m2 de calles- lo quieren para colocar la Agencia del Banco de La Pampa. Es decir, tienen que sacar la Agencia que está dentro de Casa de Gobierno, porque no encuadra dentro de las normas de seguridad del Banco Central de la República Argentina, y por lo tanto quieren construir un edificio del Banco de La Pampa en una de las calles que son propiedad de la Municipalidad. El expediente sigue. Le pregunta Mazzaferro -que es el Director General de la dirección de Catastro- dónde lo va a emplazar. Y le dicen: “Mire, lo vamos a emplazar entre las dos rotondas, ahí seguiría la continuación de la Avenida San Martín y…, bueno, eso es Municipal. Precisamos que la Municipalidad nos lo done”. Comienza a recorrer los caminos administrativos por la Municipalidad, va pasando por las diferentes dependencias y llega a la Dirección de Asuntos Jurídicos, como lo manifestaba el Concejal Mecca. En ese momento, Montalvo hace un Proyecto de Ordenanza en la cual comienza desafectando al dominio privado, y después recomienda efectivamente que se le cedan al Gobierno Provincial las tierras. Hasta ahí, serían los pasos administrativos. Por supuesto que después vienen las decisiones políticas. Entonces, el Intendente Francisco Torroba pregunta: ¿por qué le tengo que dar a la Provincia, las tierras que son de los vecinos de la Ciudad de Santa Rosa?, ¿con qué objetivos se lo vamos a dar a la Provincia? Si el Gobierno Provincial, cuando quisimos hacer el EMHSU, nos negó la plata de adelanto de Coparticipación para poner en funcionamiento el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana. Si cuando le fuimos a pedir al Banco de La Pampa que nos dé un crédito para poder implementar el EMHSU, nos dijeron: “No, no corresponde”, y no nos dieron bolilla para llevar adelante el Ente Municipal de Higiene y Salubridad Urbana. Entonces, ¿por qué, en esta relación donde “el sexo fuerte” parece que es Casa de Gobierno -es quien tiene los recursos-, nosotros íbamos a cederle tierras municipales, tierras de los vecinos de la Ciudad de Santa Rosa, al Gobierno Provincial? Este cuerpo político representa a un sector de la sociedad, y defiende los intereses de todos. Por lo tanto, creemos improcedente cederle gratuitamente al Gobierno de la Provincia de La Pampa, tierras que son de los vecinos de la Ciudad de Santa Rosa. Es como dice el Concejal Mecca: acá hay una nota que entró en el expediente, enviada por el Gobernador -dudo que la haya escrito el Gobernador, por los términos que usa; sé que es Contador Público y los términos son más bien de Abogado-. Cita la Ley 45 y -bien lo dice- la Ley 45 expropia manzanas. No expropia las calles, porque no las pueden expropiar; hay que dejarlas para la traza de la Ciudad. Se construyó sobre esas calles, la Municipalidad lo aprobó -la construcción sobre esas calles- y creo que sí, hay que regularizarla. Hay cosas que ya se caen de maduro, que hay que normalizarlas y regularizarlas. Ahora, ¿32.000 m2 gratis? Quiero referirme al Artículo 98 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que dice: “Los bienes municipales podrán ser donados cuando lo fueran a favor del Estado Nacional, Provincial…” -éste es el caso, tendríamos que donarlo a favor del Estado Provincial-… Y en la parte final del Artículo dice: “…El Concejo Deliberante autorizará, con los votos de dos tercios del total de sus miembros, la donación mencionada”. Me voy adelantando, que el Bloque oficialista tiene siete votos. Por lo tanto, no llega a ocho votos, con lo cual les pedimos que revean la medida. Y advertimos que se atengan a las consecuencias, en caso de proseguir con la sanción y con la promulgación de esta Ordenanza, de las acciones que pueda conllevar tomar una decisión que va en contra de la Ley Orgánica de Municipalidades. Vuelvo a repetir: creemos que en este caso el Gobierno de la Provincia de La Pampa le tiene que hacer un ofrecimiento a los vecinos de la Ciudad de Santa Rosa, para que la Ciudad de Santa Rosa efectivamente le termine cediendo tierras al Gobierno de la Provincia de La Pampa. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. En realidad, no desconocemos el artículo. Sabemos que se necesitan los dos tercios. Por eso pedimos el acompañamiento. Tampoco me parece procedente, en realidad, solicitar un canje de tierras, de una por otra, por una cuestión de que ya está… No es que la Casa de Gobierno ahora se vaya a construir, o que tengamos que realizar algunas obras, sino que ya está emplazada la Casa de Gobierno, el trazado de la calle está. Son muchos los metros -tal como lo sostiene el Concejal Cuelle-, pero bueno. La idea era simplemente solucionar una cuestión, y que no quede como un mamarracho -porque la verdad que es un mamarracho, si me permite la expresión- que la Casa de Gobierno esté emplazada en una arteria de Santa Rosa, un espacio que es calle -a pesar de que ha sido desafectada como tal-, y es propiedad del Municipio. De otro modo, si no le correspondería al Estado Provincial arbitrar otras medidas. Queríamos allanar el camino, y solucionar un problema que -como les dije- viene da larga data. Si no están de acuerdo, están en todo su derecho. Propongo que se ponga a consideración el Despacho de Mayoría, y se pase a votación. Gracias, señor Presidente.-.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Por ahí no me escuchó el Concejal Mecca. Dije que estábamos de acuerdo en regularizar las áreas que ya están emplazadas. O si quiere mañana el Departamento Ejecutivo enviar un Proyecto de Ordenanza para que la calle que pasa por arriba del Despacho del Gobernador sea desafectada y donado, lo donamos, no hay drama. Lo que no estamos dispuestos a donar, son 32.000 m2 a cambio de nada para los vecinos de Santa Rosa. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: No me había percatado de esa manifestación respecto de las calles -no sé puntualmente cuántos son los metros-. Siendo así, podríamos pasar a Comisión y analizar cuáles serían los espacios que se pueden ceder, y sacamos ese por la mayoría que requiere la Ley Orgánica. Entonces, voy a proponer al señor Presidente que vuelva a Comisión el despacho para seguir analizándolo y ver si podemos hacer una propuesta superadora.-
La Presidencia pone a votación la moción del Concejal Mecca, resultando la misma aprobada por unanimidad, por lo que el Despacho vuelve a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
5) Despacho conjunto de las Comisiones de Acción Social y Desarrollo Comunitario y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se ratifica la Resolución Nº 1621/2012 DE, dictada Ad-Referéndum del HCD, relacionada con eximir del pago de Tasas a la Filial Santa Rosa de la Cruz Roja Argentina. Expte Nº 238-1/2011 (HCD) y 6628/2011/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: RATIFÍCASE la Resolución Nº 1621/2011 del Sr. Intendente Municipal, dictada “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Exímase a la Filial Santa Rosa Cruz Roja Argentina del Pago de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene, prevista en el Capítulo Decimoprimero de la Ordenanza Fiscal Nº 237/86, en relación al inmueble sito en calle Almirante Brown Nº 568 de la ciudad de Santa Rosa. Artículo 2º: La exención establecida en el artículo primero regirá a partir de la firma de la presente y durante la vigencia de la habilitación Comercial Nº 21.458 otorgada por Disposición Nº 1105/2011 de la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas.” Artículo 2º: De forma”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas aconsejando el pase a Archivo de los Exptes Nº 11-1/2012 (HCD) y 7143/2011 (DE). Previa lectura por Secretaría se pasa a la votación del Despacho, resultando el mismo aprobado por unanimidad.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora veintidós con treinta minutos.-