ACTA Nº 1121 VIGÉSIMA TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1121
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1121 VIGÉSIMA TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1121 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil doce, siendo la hora diecinueve con diez minutos, da comienzo la Vigésima Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2012, bajo la Presidencia del Vice-Presidente del Cuerpo a cargo de la Presidencia, Concejal Juan MECCA, por ausencia justificada de su titular Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los señores Concejales Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Concejal Mariano SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO. —
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Robledo procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I-DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4665/2012, mediante la cual se declara Reserva Natural Urbana al predio municipal denominado Estancia “La Malvina”. Expte Nº 141-1/2012(HCD). Pasa a archivo. —
I.2) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4666/2012, mediante la cual se ratifica la Resolución Nº 1620/2011 del Sr. Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se aprueba el “Convenio de Campaña de Donación a través de vueltos en compras en Supermercados”. Expte Nº 11-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.3) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4668/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle PARANA. Expte Nº 196-1/2012 (HCD). Pasa a archivo. —
I.4) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4669/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Alumbrado Público en calle LOPE DE VEGA. Expte Nº 199-1/2012 (HCD). Pasa a archivo. –
I.5) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4670/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JULIO NERI RUBIO. Expte Nº 200-1/2012(HCD). Pasa a archivo. —
I.6) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4671/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO. Expte Nº 198-1/2012 (HCD). Pasa a archivo. —
I.7) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4672/2012, mediante la cual se adhiere la Municipalidad de Santa Rosa en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26427 de Pasantías Educativas. Expte Nº 116-1/2012 (HCD). Pasa a archivo. —
I.8) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4673/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle BENITO QUINQUELA MARTIN. Expte Nº 194-1/2012 (HCD). Pasa a archivo. —
I.9) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4674/2012, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle UTRACAN y MARIANO PASCUAL. Expte Nº 197-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.10) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4677/2012, mediante la cual se designa con el nombre de ADOLFO MERINGER a la calle paralela hacia el Sudeste de calle Valerio Zocchi desde Antonio Felice en todo su trayecto. Expte Nº 188-1/2012 (HCD). Pasa a archivo. —
I.11) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4678/2012, mediante la cual se Crea el Registro de Bicicletas y Ciclomotores eléctricos y autorizarlos a circular en la ciudad. Expte Nº106-1/2012 (HCD).- Pasa a archivo. —
I.12) NOTA remitida por el Departamento Ejecutivo adjuntando copia certificada de la Resolución Nº 745/2012 mediante la cual se modifica el Presupuesto de Gastos vigente para el período de Julio del corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. —
I.13) NOTA remitida por el Departamento Ejecutivo adjuntando copia certificada de la Resolución Nº 808/2012, mediante la cual se aprueba la afectación de los fondos ejecutados en el 1º semestre/2012, en el marco del Fondo Federal Solidario (FOFESO), con destino a obras. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.14) NOTA remitida por el Sr. Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, Ing. Javier Schlegel, adjuntando copia de la estructura de costos, referidos al Régimen Tarifario del Servicio de Taxis. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.15) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4675/2012 mediante la cual se sustituye el texto del artículo 117º de la Ley 643, referida a Licencia por Descanso Anual de los Agentes de la Municipalidad de Santa Rosa. Expte Nº 10/84 (HCD).-Pasa a archivo.-
I.16) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4676/2012 mediante la cual se faculta al Departamento Ejecutivo en función del informe que emita el EMHSU, y a solicitud de la parte interesada a prestar el Servicio de recolección de Contenedores. Expte Nº 44-4/85 (HCD). Pasa a archivo.-
I.17) NOTA remitida por el Sr. Secretario de Hacienda y Abastecimiento, adjuntando el informe mensual de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos.- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.18) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4679/2012 mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la obra de Alumbrado Público en calle ALAMOS DE PRIMAVERA. Expte Nº 204-1/201(HCD). Pasa a archivo.-
I.19) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4680/2012 mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se autoriza la Obra de Alumbrado Público en calle JUAN BONNET. Expte Nº 203-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.20) Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 4682/2012, mediante la cual se regula el control, transporte y destino final de los Aceites Vegetales Usados (AVU). Expte Nº 67-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
II- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1)Nota presentada por el Sr. Mario Saez, por la cual solicita que un espacio físico, calle, galería de arte, lleve el nombre de su padre, famoso Artista Plástico de nuestra Ciudad Don MARIO ROBERTO SAEZ. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.2) Nota presentada por el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora. Lic. en Recursos Naturales Edgardo ADEMA, por la cual solicita se declare de Interés Municipal el “VI Congreso Nacional, III Congreso del Mercosur y las II Jornadas Técnicas para el Manejo de Pastizales Naturales, a llevarse a cabo en nuestra Ciudad los días 9 al 12 de Abril/2013. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.3) Nota presentada por el Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria de la Carne de La Pampa, a fin de solicitar se arbitren los medios necesarios a fin de lograr la concreción de la donación con cargo dispuesta por este HCD mediante Ordenanza 4509/2010. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.4) Nota presentada por la Unión Industrial La Pampa, por la cual solicitan se declare de Interés Municipal, el Encuentro de Jóvenes Emprendedores y Empresarios denominado “Emprender La Pampa 2012” organizado por FEDAJE (Federación Argentina de Jóvenes Empresarios), a realizarse el día 14 de Septiembre/2012. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
III – DE LOS PROYECTOS DE Resolución – COMUNICACION? Disposición.-III.1) Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales del Partido Justicialista por el cual expresan su repudio a las expresiones del Sacerdote Jorge Luis Hidalgo, con motivo de salutaciones de cumpleaños al dictador Jorge Rafael Videla.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Mariela Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias, señor Presidente. Era simplemente para pedir que se haga lugar a las modificaciones que se nos han hecho llegar, y si se podrían leer ellas por Secretaría.-
PRESIDENCIA: Por Secretaría se va a dar lectura al texto reformulado.-
Por Secretaría se da lectura al Proyecto, conforme lo solicitado.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°: Expresar el enérgico repudio a las expresiones del presbítero Jorge Luis HIDALGO, con motivo de reivindicar la represión sucedida durante la última dictadura militar. Artículo 2°: Reafirmar una vez más nuestras firmes convicciones en defensa de las instituciones democráticas y el estado de derecho, y la lucha de todos los ciudadanos por la memoria, la verdad y la justicia.-Artículo 3°: Dése público conocimiento a lo establecido en los artículos anteriores, en medios de comunicación de la ciudad. Artículo 4º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Quería destacar la reacción del Concejo ante esta situación que nos importa a todos en la ciudad y en el país. Y realmente nos hace pensar, el hecho de que estas personas, todos los domingos, predican la vida -con los sueldos del Estado, porque cobran sueldos del Estado-, predican por la vida y sin embargo comparten otros valores, que han expresado en este momento. Por eso, lo más importante es tener la reflexión y una unidad para que estas cosas no se repitan, en el sentido de continuar la marcha con lo que el pueblo argentino ha trazado desde el ´83 en adelante, por la Justicia, por la Verdad y por la Memoria. Me parece muy importante destacar esto, porque no es normal este tipo de declaraciones, y no es normal que estas mismas personas sigan vistiéndose de corderos todos los domingos para que los escuche un grupo de personas que profesan una fe en un Dios que -supongo- no tiene nada que ver con estos valores. Gracias.-
Seguidamente se pasa a votar el Proyecto de Comunicación, resultando el mismo aprobado por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cecilia Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Gracias, señor Presidente. En forma personal, quiero hacer explícita la coincidencia con la Resolución que en forma unánime acabamos de aprobar ante las expresiones vertidas por el cura Hidalgo. Me reconforta enormemente que este Cuerpo, y en forma unánime, acuerde rechazarlas. Pero no podemos dejar pasar que si un representante de la Iglesia vierte expresiones de ese tenor, es porque hay un Estado que se lo permite. Y se lo permite, a través del sostenimiento de la religión, que está establecido constitucionalmente como oficial. Pero hay instituciones públicas estatales, que permiten que esa Iglesia intervenga y se inmiscuya en esos asuntos. Tal es así, que quiero poner en conocimiento de aquellos Concejales que aún no lo supieran, que este Concejo Deliberante ha puesto a consideración del Obispado de La Pampa la Resolución Nº 43 de este año para que la considere -Resolución de la Presidencia-, para que el Obispo emita opinión, permiso o bendición sobre la misma. Gracias, señor Presidente.-
III.2) Proyecto de Comunicación presentado por el Sr. Concejal Mariano Salomón, del Bloque Radical, por el cual solicita al DE informe en especial el cumplimiento de lo establecido por Ordenanza, respecto de la instalación, habilitación y funcionamiento de la denominada “Feria del Regalo”, en el predio de la Asociación Agrícola Ganadera de la Pampa.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón–
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. Es muy cortito lo que quiero decir; para que se lean los Fundamentos, y después sea tratado por este Cuerpo. La intención de este Proyecto es porque se han acercado muchos vecinos de la ciudad, especialmente comerciantes, para saber qué competencia tenía la Municipalidad con respecto a la instalación de esta Feria del Regalo que se produjo en las instalaciones de la Asociación Agrícola Ganadera. Así que la intención de este Proyecto, es que el Municipio diga qué competencia tuvo en la habilitación y el control de esta Feria, y si realmente hizo los controles y las habilitaciones que correspondían. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Bien. Se van a leer los Fundamentos, entonces, por Secretaría.-
SECRETARÍA (Leyendo): “FUNDAMENTOS: Considerando la instalación en nuestra ciudad de un evento denominado ” Feria del Regalo” o ” Expo del Regalo” , que congrega comerciantes provenientes del noroeste de nuestro país. Que dicha instalación ha provocado el reclamo de sectores productivos locales. Que es menester del Concejo Deliberante velar por el resguardo de las fuentes laborales en nuestra ciudad, y aun más, corresponde a todo gobierno incentivar y asegurar el desarrollo del comercio, principal generador de empleo y de movilidad social. Que los miles de empleados de comercio de Santa Rosa deben ser protegidos por el Estado a través del cuidado de sus fuentes laborales, por intermedio de políticas claras y asegurando la igualdad de condiciones en el sector. Que sobre la instalación de este tipo de ferias inciden competencias compartidas entre las autoridades municipales y las provinciales, siendo esta ultima a través de la Dirección de Comercio Interior y Exterior que tiene a su cargo la aplicación en todo el territorio de la provincia las leyes de Defensa del Consumidor (Nº 24.240), la ley de Lealtad Comercial (Nº 22.802) y la Ley de Metrología legal (Nº 19.511); correspondiendo al municipio las habilitaciones de los locales comerciales, acorde a las exigencias normadas, como así también la aplicación de las ordenanzas respectivas a cada tipo de evento en particular.Que es prerrogativa del gobierno local informar a la población, aclarar la situación y dejar a resguardo la actuación de la municipalidad de la ciudad de Santa Rosa frente a la circunstancia expuesta. Es por ello que: EL BLOQUE RADICAL presenta el siguiente Proyecto de:COMUNICACION: El Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa solicita al Departamento Ejecutivo que a la brevedad posible informe a través de la repartición competente, sobre las acciones desarrolladas en el marco de su competencia, en especial el cumplimiento de lo establecido por las ordenanzas especificas, respecto de la instalación, habilitación y funcionamiento de la denominada “Feria del Regalo” ò “Expo del Regalo” en el predio de la Asociación Agrícola Ganadera de la Pampa, sito en la Avenida A. Spinetto de la Ciudad de Santa Rosa”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad.-
III.3) Proyecto de Comunicación presentado por la Sra. Concejal Mariela Cabreros del Bloque Justicialista por el cual solicita al D.E. a través de la Secretaría correspondiente, informe sobre la factibilidad técnica y presupuestaria para la instalación de separadores de carriles sobre calle 1º de Mayo en intersección con Raúl B. Díaz, y Avda. Ameghino con calle Chile.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Mariela Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Gracias. Este Proyecto de Comunicación tiene por objetivo continuar en la tarea de reordenamiento del tránsito vehicular, en las principales arterias de nuestra ciudad. En esta ocasión, estamos planteando dos intersecciones: 1º de Mayo y Raúl B. Díaz, y Ameghino y Chile. En las dos, se repite idéntica situación. Son estaciones de servicio donde hay un gran tránsito vehicular y, para retomar los carriles, una y otra vez se transgrede la doble línea amarilla. Entonces lo que se ha pedido, nada más, es que exista un separador de carriles, y de esta manera un reordenamiento más seguro del tránsito.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para manifestar que sí; la verdad es que es interesante el Proyecto, y es nuestra intención acompañarlo. Lo único, que en virtud de que la reunión del Bloque la tuvimos posterior a la reunión de Labor Parlamentaria, nosotros habíamos debatido internamente que esta situación no solamente sucede en estas dos estaciones de servicio que ha planteado la Concejal hace un instante, sino también sucede -por ejemplo- en la estación de servicio que está en la calle Entre Ríos y Spinetto, en la cual, viniendo del Norte, doblan y cruzan la doble línea amarilla para ingresar a la estación de servicio. Entonces, en vez de individualizar, ¿por qué no dejamos como norma, que hagan el estudio en todas las estaciones de servicio? Y el segundo punto, era que creo que sería mucho más productivo que, en vez de pedirle que nos informe de la factibilidad técnica y presupuestaria, solicitarle que analice la posibilidad de hacerlo. Digo, si existe esta posibilidad presupuestaria y técnica, que lo haga y no que nos informe. Porque si no, nos van a devolver un informe y -digo- tranquilamente podrían avanzar en la tarea. Si están de acuerdo, en dos minutos redactamos cómo quedaría, y lo votamos afirmativamente. No hay ningún inconveniente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Sí. El problema es que en realidad, en estos dos puntos de la ciudad hemos hecho nosotros todas las consultas pertinentes, y sabemos que realmente no hay ningún obstáculo en que esto pueda realizarse. Sabemos que en otras estaciones de servicio, es cierto que se repiten situaciones análogas. Pero habría que hacer un estudio cuidadoso de cómo resolver el tránsito vehicular, y la verdad es que ignoro si tiene que ser con el mismo procedimiento. Es decir, de estas dos estaciones de servicio -de estas dos intersecciones en particular- estamos seguros, porque nos hemos entrevistado con quienes tienen la responsabilidad de decidir y sabemos que esto es viable y es posible; sin perjuicio de que nos pongamos en la tarea de averiguar de esa otra esquina y ver. Podrá dar lugar, después, a otro Proyecto.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. La pregunta que voy a hacer es: si ya han hecho la averiguación, ¿para qué le pedimos que nos manden un informe al Concejo Deliberante? Si ya han hecho las averiguaciones de que esto es factible y es posible, ¿para qué le pedimos que “…considere e informe a este Concejo la factibilidad técnica y presupuestaria para la instalación de un separador de carriles…” en las calles “tales” y “tales”? Si ya se hicieron las consultas, si ya está averiguado, si ya está todo en vías de poder hacerlo, no entiendo para qué le pedimos el informe hacia este Concejo. Hay que decirles que lo hagan, si lo tienen que hacer y si lo pueden hacer, y me parece que no cuesta nada generalizar y que ese estudio se haga para todas las estaciones de servicio de la ciudad.-
CONCEJALA CABREROS: Bueno. Entonces, podríamos hacer un cuarto intermedio para discutir este tema puntualmente, a ver qué forma le damos. —
Puesta a votación, la moción de pase a cuarto intermedio resulta aprobada por unanimidad siendo la hora diecinueve con treinta y un minutos. A la hora diecinueve con cuarenta minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Se va a dar lectura al texto, tal cual ha quedado redactado con las modificaciones.-
SECRETARÍA (Leyendo): “Proyecto de COMUNICACION: Solicítese al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos, considere la instalación de separadores de carriles que no permitan el traspaso de la doble línea amarilla por parte de los automotores, en todas las estaciones de servicio de la ciudad, evitando situaciones riesgosas para los conductores, transeúntes y demás usuarios de dichas calzadas”.-
Puesto a votación, el Proyecto de Comunicación resulta aprobado por unanimidad con el texto precedente.-
III.4) Proyecto de Comunicación presentado por el Sr. Concejal Guillermo J.Di Liscia, del Bloque Frepam, por el cual solicita al Sr. Intendente Municipal declare nula la Asamblea Extraordinaria de renovación de Autoridades de la Comisión Vecinal del Barrio Sur. Por Secretaría se da lectura al Proyecto.-
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “Visto y considerando: Que un grupo de vecinos del Barrio Sur ha denunciado públicamente serias irregularidades cometidas durante el desarrollo de la asamblea extraordinaria convocada para el día 6 de agosto con el objetivo de iniciar el proceso de renovación de autoridades de la Comisión Vecinal Del Barrio Sur. En esa ocasión los veedores designados por la Dirección Municipal de Asuntos Vecinales no sólo hicieron caso omiso de los reclamos de los vecinos del barrio, sino además formaron parte de las irregularidades que ocurrieron. Que vecinos presentes en la asamblea fueron testigos del atropello perpetrado por un grupo de personas ajenas al Barrio Sur, llegados al salón municipal en un colectivo conducido por un conocido dirigente vecinal, con bombos y banderas del Partido Justicialista y por allegados al Intendente municipal (tal como ellos mismos lo decían), que se incorporaron a la asamblea, participaron activamente en ella, e incluso llegaron al extremo de votar las mociones presentadas en la misma. Que vecinos participantes de la asamblea solicitaron al delegado municipal explicaciones, cuartos intermedios para poder aclarar la situación y finalmente la suspensión de la misma frente a tan obvias y serias irregularidades. Que como fue claramente documentado, los vecinos reclamantes solicitaban algo tan elemental y básico como que hubiera silencio para expresar, debatir y votar las mociones, y que todos los participantes acrediten estar domiciliados en el Barrio Sur. Que un hecho similar al que se describe ocurrió en ocasión de realizarse una asamblea con el mismo propósito en el Barrio Obreros de la Construcción el 3 de mayo de 2012. Que la asamblea de marras fue conducida por el personal municipal, en franca actitud intervencionista y parcial, además de violar la normativa (ord.4410) que expresa que en el caso de una Comisión Vecinal con mandato vigente como la del Barrio Sur la reunión debe ser conducida por el Presidente de la comisión directiva según el artículo 12 de la 4410/11. Que corresponde al empleado delegado por la Dirección de Asuntos Vecinales la función de veedor de la asamblea, según artículo 14 de la 4410/11, ello con la finalidad de dar garantía que la realización de la asamblea se concrete de acuerdo con las normas establecidas en el reglamento general de comisiones vecinales y nunca para intervenir en ella, y menos en beneficio de una parcialidad. Que no ha habido hasta el momento ni aclaración ni desmentida por parte de los funcionarios responsables, es decir, director de gobierno relaciones institucionales y comisiones vecinales, secretario de Gobierno y/o Intendente municipal, entendiéndose de este silencio que consideran que no hay razón para dar explicaciones o aplicar correcciones a esta forma de proceder. Que ante la gravedad y evidencia de las irregularidades denunciadas, la necesidad de dar respuesta a los vecinos peticionantes y cumplimiento a la normativa vecinal, el Bloque de Concejales del Frepam presenta el siguiente Proyecto de COMUNICACION: El Concejo Deliberante de Santa Rosa se dirige al Intendente Municipal solicitándole que declare nula la asamblea extraordinaria de renovación de autoridades de la Comisión Vecinal del Barrio Sur, procediendo a realizar una nueva convocatoria de acuerdo a la normativa vigente y garantizando el funcionamiento democrático de la misma. Fdo.: Concejal Guillermo J. Di Liscia”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Quería pedir el acompañamiento al Proyecto, fundamentalmente porque en este caso… Ustedes saben que las Comisiones Vecinales, son instituciones estatales pero de composición popular, de vecinos. Y su funcionamiento está regido por una Ordenanza. Fundamentalmente, establece esa Ordenanza las relaciones con el Municipio, ciertas reglas de juego para asegurar el funcionamiento uniforme y democrático; y el Municipio, luego interactúa con las Comisiones que se hacen cargo, con mandato para realizar diversas actividades en los barrios, cosa que es muy positiva. Y entendemos que el movimiento vecinal tiene que tener independencia, y que el Municipio debe ser un custodio de esa independencia, en el sentido de que puedan moverse en forma democrática las asambleas, las elecciones y las decisiones. En este caso, quienes fueron delegados por la Dirección de Vecinales a formar parte de la Asamblea como veedores, condujeron la Asamblea. No sólo eso: en la Asamblea, a pesar de que se pidió, porque era evidente que había… -para algunos vecinos, por supuesto-, era llamativa la presencia de vecinos que no eran de ese barrio y que se iban a tomar decisiones por vecinos de otros barrios, se les solicitó a los delegados municipales veedores que tuvieran en cuenta esto. Y sin embargo, no tuvieron reparos en seguir adelante conduciendo la Asamblea y sin ofrecer a los integrantes de la Comisión, la necesidad de documentar que las decisiones fueran tomadas por vecinos que de alguna forma acreditaran la pertenencia al barrio. Entonces, me parece que como esto es la segunda vez que ocurre -ya ocurrió en otro barrio, en el Barrio Obreros de la Construcción- de manera muy parecida a ésta, el Concejo Deliberante tiene una tarea de… Ustedes, fíjense que es curioso lo particular de esta Ordenanza que tiene Santa Rosa. En realidad, es particular la forma del vecinalismo en Santa Rosa, porque no son asociaciones civiles totalmente independientes, ni son delegaciones municipales. Es un sistema en cierto modo mixto, que es el sistema de la Ordenanza original del año 1990, que me parece que ha sido provechoso para la ciudad. Pero el Municipio en este caso dejó de cumplir la tarea de veedor y de estimulador de la democracia, y terminó realmente permitiendo que una Asamblea que no era Asamblea, funcionara y resolviera. Ustedes fíjense que en la Ordenanza 4.410 está prevista la intervención del Concejo Deliberante como una alzada ante cuestiones vinculadas al funcionamiento de la Junta Electoral. En cierto modo, la Ordenanza no previó todo un sistema de intervención, ni del Intendente ni del Concejo, para otros asuntos. Por eso es que esta situación de esta Comunicación es un poco extraordinaria, porque no estamos apelando a un artículo de la Ordenanza, sino a que porque no se cumplieron artículos de la Ordenanza, habría que apelar a un mecanismo extraordinario, con una reconvocatoria y la garantía de que la Asamblea se realice en forma correcta. No es porque es una Asamblea cualquiera, sino porque es la Asamblea que eligió la Junta Electoral. Y la Junta Electoral es la que fija las condiciones del tipo de elección vecinal, la fecha y otra serie de condiciones. Así que, con estas consideraciones, quería pedirles a los Concejales que apoyen la Comunicación, sobre todo para que el Concejo Deliberante cumpla un rol de facilitar lo que no está previsto en la Ordenanza, en una tarea de mejorar el mecanismo democrático, permitiendo en este caso la realización de una nueva Asamblea. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Liliana Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Desde este Bloque, nosotros hoy nos pusimos a tono con este tema. En realidad, veníamos observándolo, como hemos hecho con todas las asambleas de las Comisiones Vecinales. Y desde este Bloque no vamos a acompañar este Proyecto, porque hemos discutido bastante el tema y hemos encontrado que las cosas se han hecho de la manera en que se debían hacer. Con respecto a la Asamblea, que fue realizada el día 6 de agosto, yo pedí una copia del Acta. Ningún vecino firmó en disconformidad. Ningún vecino presentó un reclamo ante la Junta Electoral, formal. Se ha presentado una nota en los diarios -que no tengo la fecha acá-, de una vecina que se quejaba pero tampoco hizo una presentación formal ante la Junta Electoral, como para corroborar si esas irregularidades fueron ciertas. Lo cierto es lo que está documentado. Y lo que está documentado, es que el Acta fue realizada y fue firmada por todos los vecinos presentes. Y además, como bien dijo el Concejal Di Liscia, se eligieron las autoridades de la Junta Electoral. Y si bien no fue presidida por el Presidente, que no se encontraba presente, creo que algo más legítimo que un grupo de vecinos que tiene ganas de trabajar por el barrio, me parece que le da la validez suficiente como para llevar adelante la Asamblea, como la llevaron adelante. Hemos tenido, en el transcurso de este año, varias reuniones con respecto a reclamos de Comisiones Vecinales.Y siempre fue la postura, tanto de este Bloque como del Bloque del Frepam en su Presidente, de que todos los vecinos participen y se legitimen con el voto de los vecinos. Entonces, consideramos que este pedido realmente no tiene asidero. E inclusive, jurídicamente el Intendente no tiene la autoridad para anular la Convocatoria. Eso estaba previsto en la Ordenanza anterior, en el Artículo 30, y fue derogada por esta nueva Ordenanza que está vigente ahora, que es la 4410. Además de eso, acá dice en una parte de los Fundamentos, que se reglamente por -valga la redundancia- el Reglamento General del Comisiones Vecinales. Ese Reglamento, fue derogado también por la Ordenanza que está vigente a la fecha. Por lo tanto, hay un desconocimiento total de la Ordenanza. Y me extraña en el Concejal Di Liscia, que siempre es muy atento a la hora de escribir los proyectos, con respecto a la normativa vigente. Nosotros -vuelvo a insistir- desde este Bloque vamos a rechazar este pedido de Proyecto, porque consideramos que los vecinos han tenido la posibilidad de presentarse ante la Junta Electoral, e inclusive ante este Concejo Deliberante, para presentar la nulidad del mismo, o solicitar la nulidad del mismo. Y -como bien dije al principio- el Acta fue rubricada por la conformidad de todos los vecinos presentes. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias. Sí. Es una de las posibilidades, no considerar la cuestión de reconvocar. Conozco la normativa. En realidad, lo que se cambió es que antes, la alzada, para un problema de la Junta, era el Intendente. Y el Concejo Deliberante, por unanimidad, resolvió que la Comisión de Acción Parlamentaria del Concejo sea la alzada para problemas no dirimidos por completo en la Junta Electoral. De manera que lo que se cambió fue eso, y no lo que dice la Concejala; que me parece que es mucho mejor de este modo, porque en la Parlamentaria del Concejo Deliberante siempre da, una composición múltiple, la posibilidad de llegar a acuerdos que favorezcan a los vecinos, y no ponerlo al Intendente en la tarea ésta. Por eso es que yo decía al principio que no sabía si competía totalmente al Intendente o al Concejo Deliberante, pero que de alguna manera nosotros tenemos que expresar, dar un canal de solución a esta cuestión. Y en defensa de los vecinos -que por ahí les pido que presenten alguna nota, ya que se han expresado a través de los medios-, mal podrían los vecinos reclamarle a la Junta, que ellos dicen que ha sido resuelta en una Asamblea formada por vecinos que ellos cuestionan que no son del barrio. Es decir, estarían avalando -si reclaman a la Junta Electoral-, la resolución de la Asamblea que ellos impugnan. Por eso es que recurrieron a la alzada, y me parece que hay notas en el Concejo Deliberante que todavía no han entrado en esta Sesión -no sé por qué-, pero estoy seguro de que entraron a nivel de la Dirección de Vecinales. Si a ustedes les parece no se aprueba, pero -bueno- por ahí puede quedar esto pendiente en Parlamentaria por si aparece algún reclamo formal, que me parece importante que el Concejo Deliberante lo resuelva, porque nosotros somos también garantes del funcionamiento democrático de las Vecinales. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Liliana Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Sí, señor Presidente. Simplemente, para agregar una cuestión más, que acaba de decir el Concejal que me antecedió en la palabra: que “la Junta Electoral fue conformada por vecinos que no son del barrio”. Bueno, acá tenemos corroborados todos los domicilios, y la Presidenta de la… Yo escuché eso (ante manifestaciones vertidas, fuera de micrófono)… ¿o yo estoy mal? Bueno, en realidad, la Junta Electoral está conformada por vecinos del Barrio. Por lo tanto, vuelvo a considerar lo mismo: que si hay vecinos que se tienen que quejar, por más que… Supongamos que fue hecha en forma irregular, la Asamblea, ¿por qué no presentaron en ese momento, una nota manuscrita quejándose o presentando algo, aunque sea a los veedores de Comisiones Vecinales? Dos semanas después, venimos a hacer el reclamo. Si estaban todos mirando -supuestamente- que se estaban violando todas las normativas, me extraña que nadie haya dicho nada en esa Asamblea. O sea, creo que tuvieron todas las herramientas necesarias, inclusive presentándolo a esta Junta Electoral, que estaban en disconformidad. Porque acá están todas las firmas de los vecinos, y en ninguna dice “firmo en disconformidad” o “creo que se hizo mal”. Todos avalaron lo que sucedió en esa Asamblea. Por lo tanto, vuelvo a insistir en lo mismo. Me parece que no podemos tomar un reclamo, si los vecinos propios del Barrio Sur no han expresado el mismo. Han tenido todos los medios. Y yo calculo que si realmente hubiese sucedido así, antes de ir a los medios de comunicación hubiesen pasado por la Junta Electoral o hubiesen venido al Concejo Deliberante. Pero, bueno. Son posiciones distintas, y nosotros consideramos que fue hecho todo dentro del marco de la legalidad, y así lo corroboran todas estas firmas de vecinos que avalaron esa Asamblea. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Lo que se trataba de manifestar, en palabras del Concejal Di Liscia, era que si realmente no comparto lo que se hizo, yo no la firmaría al Acta que abona una Junta Electoral ungida por -supuestamente- los vecinos de un barrio. Entonces, no les pidamos tampoco a los vecinos que tengan la cultura de participación democrática que tiene la Concejala preopinante, para decir: “Firmo en disconformidad lo que se ha hecho”. Generalmente, uno en un barrio se enoja porque no cree que las cosas se están haciendo bien, y se termina yendo, ante la impotencia de no poder resolverlo, máxime cuando se le ha manifestado -tengo entendido- al funcionario Veedor, que se estaba trabajando de manera irregular. Me parece que sí, es cierto: nosotros tenemos que garantizar la participación de los vecinos. Las asambleas son soberanas. Por lo tanto, mal podría presidirla un Veedor de la Municipalidad. Si las Asambleas son soberanas, y entendemos que quienes tienen que tomar las decisiones son los vecinos del barrio en el cual se está eligiendo, en ese caso lo que se tendría que hacer es permitir que se elija un Presidente y un Secretario de Actas para llevar adelante la Asamblea, dentro de los vecinos que son del barrio. Y no quisiera dejar pasar dos cuestiones: “Nadie dijo nada, nadie se quejó formalmente”. Hace unos minutos, acabamos de votar una Comunicación al Ejecutivo pidiéndole información sobre un hecho que se conoció también públicamente, que fue lo de la “Expo-Feria del Regalo”. Acá la Cámara de Comercio no presentó ninguna nota formal a este Cuerpo, pidiendo que se investigue la situación. Sin embargo, nosotros tomamos una decisión para poder dilucidar cuál fue la participación de la Municipalidad en la habilitación de la Feria del Regalo. Es decir, aún sin el reclamo de nadie formalmente dentro de este Cuerpo, nosotros avanzamos en la solicitud de una Comunicación hacia el Ejecutivo. Y por último, pareciera que nos estamos olvidando de algo muy importante. Recién manifestaban que no es facultad del Intendente resolver esto. No está previsto en la norma. La norma no dice nada. La norma tiene un vacío. Esto es un poco como ir en contra de lo que recién acabamos de repudiar. Recién acabamos de repudiar las palabras del cura Hidalgo. Y acá estamos haciendo un poco lo que se decía en aquella época: “No están ni vivos ni muertos, están desaparecidos”. Como no hay norma legislada, entonces, acá se puede tratar. Y lo que estamos diciendo es que lo tratemos, que tomemos parte. Es preferible equivocarnos, decir que estamos equivocados en lo que estamos solicitando, pero que hay que actuar. Porque si no está previsto, no lo podemos dejar pasar. No podemos permitir que siga habiendo desapariciones por falta de norma que pueda cubrir lo que se está planteando en esta Comunicación del Concejal Di Liscia. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Mariela Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Sí, muchas gracias, señor Presidente. Creo que esta discusión se está saliendo de cauce, que estamos tomando por carriles que no deberíamos estar transitando. Me parece que vamos a tener que llamarnos a la reflexión, y me parece que ideológicamente también convendría que nos empezáramos a situar. Yo creo que acá se ha venido explicitando, desde el Bloque opositor, el poder como dominación. Es decir, es bien claro que en la figura del señor Intendente Municipal, ellos quieren ejercer una franca dominación sobre la expresión libre de la participación ciudadana. Nosotros, los del PJ, tenemos entendido el poder como servicio. Es decir, ahí tenemos el primer problema de antinomia. Pero además, yo creo que acá, en este Recinto, nosotros los del PJ estamos diciendo que estamos jugando al ajedrez y la gente del Frepam viene a jugar a las damas. Entonces, cuando las reglas del juego son diferentes, es imposible entenderse. Cuando se trata de un trabajo en una Comisión Vecinal, estamos hablando de “democracia participativa”. Cuando uno dice “democracia participativa”, está diciendo que está ponderando la participación. Y para que la participación tenga el valor que necesita el juego de la democracia, cuantas más voces se escuchen, mayor riqueza. Cuando yo digo “democracia participativa”, digo que tiene las reglas de la democracia participativa. Es decir, que no le puedo dar las reglas de la democracia representativa. Y ahí hay un error de concepto, que se viene sosteniendo y se dice ligeramente. ¿Cómo se soluciona? Cuando el pueblo está opinando, los vecinos libremente están opinando, es obvio que va a haber situaciones de conflicto. No es un problema, el conflicto, en absoluto. El conflicto es inherente a la participación, es inherente al disenso, es inherente a la construcción de consensos. Lo que tenemos que hacer es un buen procesamiento del conflicto; y llegar al consenso si se consigue. Pero los consensos, de ningún modo tienen que ser impuestos, ni por el Intendente Municipal, ni por nadie. El consenso, en una democracia participativa, se construye entre todos. Y si no se puede construir, no hay ningún problema. No es imprescindible, el consenso. Es imprescindible que las individualidades den lugar a un espacio de reflexión colectiva. Eso sí es imprescindible. Pero esa es una construcción que se va haciendo. Quiero decir con esto, que la herramienta legítima para solucionar este conflicto, es atravesarlo, con las herramientas que la participación tiene. Lo que le pasa a esta gente, es que descree de la capacidad cívica, de la participación ciudadana. Todos sabemos -todos sabemos- que en América Latina, y en la Argentina -y me llama la atención, porque el gobierno socialista de Rosario ha sido pionero en la participación ciudadana-… Y todo el mundo sabe, que la participación ha sido una herramienta muy importante, en la construcción de las nuevas democracias. Entonces no entiendo, realmente, por qué se nos dice que para mejorar el mecanismo democrático hay que hacer una medida excepcional, y esta medida excepcional no es nada más ni nada menos que ir a buscar que una sola persona, unilateralmente, establezca unidireccionalmente una forma de actuar, y esa sea la correcta. Ideológicamente, me parece -con todo respeto y sin querer entrar en confrontaciones con el señor Cuelle, porque está lejos de mi ánimo-, esta manera de pensar está más cerca de la del cura Hidalgo que lo que él supone. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Coincido en un 90% con lo que ha dicho la Concejal preopinante, salvo que si realmente creemos que la democracia participativa no se tiene que regir por las reglas de la democracia representativa, que me explique por qué el Veedor fue el Presidente de la Asamblea. Porque él sí metió la injerencia de la Municipalidad -de la democracia representativa- en la democracia participativa de los vecinos. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Sí. Por ahí, se ha ido el debate muy lejos. Simplemente, el planteo está hecho en el sentido de que hay un gran respeto… Justamente, el impulsor del vecinalismo en Santa Rosa… Fue el nacimiento en el año 1990, pero cobró gran impulso en la gestión anterior, y eso fue resguardando una participación de los vecinos de cada barrio. Por eso simplemente el Proyecto éste, es destinado a garantizar que en las Asambleas de los barrios participen los vecinos de cada barrio. Eso es lo que estamos diciendo, y que el Veedor Municipal cumpla la función de Veedor y no conduzca la Asamblea. Creo que no es necesario ni elogiar ni denostar la participación popular, ni decir quién está de acuerdo o no. Simplemente, que la participación vecinal tiene ciertas reglas, y la mínima es que la jurisdicción vecinal se respete en la participación de cada jurisdicción, de cada asamblea y de cada Comisión Vecinal. Eso es lo que dice el Proyecto. Me parece que la discusión se fue muy lejos. Y como no está previsto estrechamente ni se justifica una intervención, simplemente me parecía que la forma más adecuada era que entre el Concejo y el Intendente resolvieran una asamblea de mejor calidad, e instruyeran a los Veedores -por si no los han instruido-, de que no pueden conducir la Asamblea. Simplemente, tienen que resguardar que la Asamblea conduzca al destino para el que fue el temario, y es fundamental que participen los vecinos del barrio. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Sí, muchas gracias. Creo que nuevamente estamos frente a una disyuntiva: si entendemos o no, lo que estamos diciendo por “democracia local” o “democracia de proximidad”, según la teoría. Es la idea de la participación democrática, lo que acá estamos discutiendo; y estas formas, las nuevas formas de deliberación, de decisión y de control. Hay mucha democracia en todo esto. Es decir, yo siempre digo que entre elección y elección, la democracia está viva. Y acá está muy viva, la democracia. Lo que ocurre, es que se expresa de un modo que lo podemos ver quienes podemos tener cierta idea progresista y cierta confianza en la expresión popular. Yo siempre creo que a la democracia hay que repensarla, que es una construcción colectiva, que no la ganamos definitivamente y para siempre, que la estamos reconstruyendo, la estamos repensando. Yo la homologo a la visión que uno tiene del horizonte. Uno se va acercando al horizonte, y el horizonte se le aleja. Es decir, la democracia es lo mismo: está siempre inconclusa, siempre está incompleta, es una construcción permanente. Yo creo que la mayor contribución que podemos hacer los políticos a nuestros vecinos, es justamente esto: contribuir al afianzamiento del protagonismo del vecino en la construcción de la democracia. Y no hacer -digamos- esta cuestión de dejar aspirar a una sociedad controlada. Un gran autor -que acá seguramente lo conoce mucha gente-, Josu Gómez, que es un pensador del socialismo ha dicho, criticando al Socialismo -hablando del nuevo Socialismo, es un libro de fines del 2011-, en la discusión del nuevo Socialismo, él califica como un error de la izquierda aspirar a una sociedad civil controlada. Al contrario -dice- tenemos que reivindicar una sociedad civil independiente, participativa, activa. No es otra cosa que esto, lo que está pasando en las Comisiones Vecinales, barriales. No le tenemos que tener miedo -creo- a la participación ciudadana, sino ponernos a la par y -vuelvo a decir- construir esta nueva democracia. Que además, América Latina, en este momento, se está mostrando en estos movimientos como modelo para el mundo. No entiendo por qué tenemos que quedarnos fuera.-
PRESIDENCIA: Si ningún otro Concejal va a hacer uso de la palabra, vamos a poner a votación el Proyecto de Comunicación.-
Votan afirmativamente los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro, y en forma negativa los Concejales Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. No reuniendo la mayoría requerida para su aprobación, el Proyecto resulta rechazado.-
ORDEN DEL DÍA.-
- Despacho Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio y se Autoriza la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MANUEL DORREGO y RICARDO JONES. Exptes. N° 211-1/2012 (HCD) y 8819/98 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º:Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio y Autorízase la ejecución de la obra de Gas Natural, en las calles MANUEL DORREGO, vereda Este, desde punto de empalme hasta Ricardo Jones, y RICARDO JONES, vereda Sur, 55 metros desde Manuel Dorrego hacia Melvin Jones, de esta Ciudad, de acuerdo a planos, fs. 227, del Expediente Nº 8819/1998/1-1 y agregado 504/2001/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a proceder a la contratación de una Empresa del medio, a fin de llevar a cabo la Obra de Gas Natural en las calles mencionadas en el Artículo 1º, en el marco de la Ley Provincial Nº 38 General de Obras Públicas Artículo 3º: La Empresa designada, deberá tener en cuenta la remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa designada, además deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Conforme lo dispuesto por la Comisión de Labor Parlamentaria se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de Mayoría de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se dispone la prohibición en los términos que fija esta Ordenanza, de todo tipo de envase plástico con destino a contener mercadería o productos despachados en todo tipo de comercio. Expte Nº 207-1/2012 (HCD).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Viviana Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. En principio, voy a argumentar lo que ya dije en la Sesión en la cual presenté el Proyecto, pero este Proyecto pretende establecer que saquemos del mercado las bolsas plásticas para la entrega de mercaderías. A esto lo queremos realizar en un plazo de un año, y que por supuesto sea el Departamento Ejecutivo, que es quien lleva adelante las acciones de este Municipio, el encargado de reglamentar -para eso le daríamos la facultad- y que encuentre la mejor manera de concientizar, de hacer acuerdos con los distintos hipermercados y grandes supermercados para ir reemplazando progresivamente las bolsas; y que tomemos esto como una medida muy importante, ya que en el mundo, en la Argentina, en pequeñas y grandes poblaciones de nuestro país, cada vez se toma más a menudo esta medida de cuidar el medioambiente, sacando de circulación la bolsa plástica de cualquier tipo. Nos queda, obviamente, la posibilidad de seguir usando el plástico para el caso del envasado al vacío, para el caso del envasado de los productos elaborados que así lo requieran, y por supuesto que también será el Departamento Ejecutivo quien determine de qué forma se va a hacer el uso y la determinación del sacado de la basura. Y, por supuesto -y yo estoy al tanto, porque hemos tenido una reunión hace poco-, donde nos han manifestado que van a seguir con la separación. Entonces, seguramente ellos tendrán proyectado cómo será el mejor destino final de los residuos. También quiero pedir que por Secretaría se lea una modificación que se le ha hecho al Proyecto, porque decía “envases” y son “bolsas plásticas”. Y en el último artículo, en vez de derogar, que la Ordenanza actual se derogue, pero solamente cuando esté en vigencia ésta que votaremos en breve. Gracias, señor Presidente.-
Por Secretaría se da lectura con las modificaciones, de acuerdo a lo solicitado.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Disponer la prohibición en los términos que fija esta ordenanza, de todo tipo de bolsas plásticas con destino a contener los productos o mercaderías despachados en todo tipo de comercios, sean estos mayoristas o minoristas. Artículo 2°: Las bolsas que autoriza la Ordenanza N° 3840/08 serán progresivamente reemplazadas por aquellas que no tengan en su composición material plástico o similar y que resulten de fácil degradación. Artículo 3°: Sólo se admitirán ese tipo de envases para los productos alimenticios y para los que por razones de salubridad y/o seguridad del producto, admitan solo ese tipo de envase. Articulo 4°: Facúltase al Departamento Ejecutivo para la realización de campañas tendientes a que los negocios mayoristas y minoristas del medio eliminen y reemplacen progresivamente las bolsas a que refiere la presente. Artículo 5°: Determínase que la presente Ordenanza entrará en vigencia en el plazo de un (1) año luego de su promulgación.- Articulo 6°: Sin perjuicio de lo que surge del Artículo 4°, se faculta al Departamento Ejecutivo para que notifique por medio fehaciente a los comercios y público en general de la promulgación de esta Ordenanza. Artículo 7°: A partir de la fecha de la promulgación de la presente, y cumplido el plazo de 1 año, y estando en vigencia la presente, se derogará la Ordenanza 3840/08.Articulo 8º: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias. Me parece muy importante haber eliminado el Artículo 7, porque íbamos muy para atrás con esto. En realidad, me parece que no tiene mucha coherencia la Ordenanza, ni tiene mucha coherencia la eliminación de la bolsa. Es decir, el plástico, por definición no es una cosa mala. Es un material que permite formar distintos objetos para servirse de ellos. Hay plásticos reciclables que se clasifican y se reciclan, hay plásticos reusables y hay plásticos biodegradables. Me parece que disponer la prohibición… Yo quería fundamentar. Nosotros vamos a votar negativamente. Primero, por el contenido de la Ordenanza. Y también por la forma. Por el contenido: nosotros tenemos una estrategia en la Municipalidad de Santa Rosa hasta ahora, que está marcada por le Ordenanza 3840/08, que en realidad coincide mucho con la Ley Provincial vigente la -2454- pero la mejora, porque elimina la bolsa oxidegradable, que en realidad trae más problemas que soluciones, en la cuestión ambiental. Me parece que realmente, votar hoy una Ordenanza para que dentro de un año haya una prohibición, no tiene ningún sentido sino simplemente hay que seguir aplicando la Ordenanza 3840 y hacer coincidir una acción sostenida en el asunto ambiental, con el reuso de elementos. Es decir, con la bolsa de los mandados o el reuso de las bolsas, si estamos hablando de las bolsas. Nosotros hemos presentado un proyecto integral para la cuestión ambiental, de “las tres erres”: de reusar, reducir y reciclar. Y el concepto de reusar, es el que se aplicaría en este caso. En realidad, la verdadera sustitución se va a dar en la medida en que se sustituya la costumbre, de comprar por la entrega de la bolsa. Ahora, la bolsa esa no es maligna. La bolsa -ustedes fíjense, y perdonen que me va a llevar unos minutos-… En todo el país, se ha desarrollado el concepto de la bolsa biodegradable. Yo tengo todas las bolsitas de los supermercados de Santa Rosa y de varios comercios. La mayoría trae la leyenda “Según la Ley 1.368”. ¿Por qué? Porque la mayoría de las bolsas que se usan en Santa Rosa están fabricadas en la Provincia de Buenos Aires -casi todas en 9 de Julio-, y adhiere a la Ley, que es una bolsa biodegradable. Este concepto de “biodegradable”, entrando un poco en profundidad, es una Norma Iram -la 29.421- y en este momento están en estudio las dos Normas que le siguen -la 22 y la 23-, que son el estudio de cómo se aplican al compostaje, estas bolsas. Y todo esto tiene una lógica. De alguna manera, hay un porcentaje de basura orgánica que es húmeda y que se elimina de los domicilios en bolsas. Es decir, la existencia de la bolsa de por sí no es una cosa mala. Parece que es un demonio, la bolsa… No. Si es una bolsa biodegradable, probablemente… Porque acá, de acuerdo a la Ordenanza que se va a votar, será reemplazado por materiales “…que no tengan en su composición material plástico o similar -no sé qué significa “o similar”- y resulten de fácil degradación”. ¿De qué estamos hablando, en concreto? De papel o cartón, cuando el impacto ambiental de utilizar papel o cartón, fabricarlo y tirarlo a la basura, es mucho mayor, sobre todo teniendo en cuenta que hasta el polietileno común y silvestre -no el biodegradable- se recicla. Es decir, en este momento la Municipalidad de Santa Rosa compra las bolsas que utiliza el EMHSU y paga parte de la bolsa entregando polietileno usado. Es decir, hay un reciclado. Entonces, no tiene mucho sentido. Simplemente, vamos a complicar mucho las cosas, pudiendo aplicar la normativa vigente. Nosotros estuvimos analizando esta cuestión de las bolsas. En general, en todo el país, las leyes y ordenanzas se refieren a sustituir por materiales que sean biodegradables y que sean compatibles con la minimización del impacto ambiental. Es decir, un impacto ambiental va a haber. El asunto es que sea mínimo. Y el asunto es que se resuelva de la mejor manera posible, que es con el compostaje. Es decir, hoy día, decir que no va a haber bolsas dentro de un año es crear un problema, cuando tenemos la solución que es que haya bolsas que se degraden. Ahora, si queremos reducir la cantidad de bolsas en la ciudad es otro tema, para lo cual no hay que prohibir nada. Hay que estimular el uso de la “bolsa de los mandados”. Es decir, una de las “tres erres”: estimular el uso de la bolsa, del carrito, etc., en los supermercados. Me parece que eso es clave. Yo tenía acá muchos Fundamentos, que por ahí son muy técnicos, que no tienen mucho sentido. Pero me parece que estamos creando un problema con una ordenanza que estamos haciendo, que la vamos a usar dentro de un año. Y afortunadamente no vamos a dejar de usar la 3840, que andaba bien. Pero hay que profundizarla a la 3840. Digamos, en vez de prohibir, hay que estimular el uso de la bolsa de los mandados. No me parece que sea verdad, que sea en todo el mundo común prohibir las bolsas. Estaba viendo que en Europa es muy común la bolsa reusable -de polietileno, pero reusable-. Es decir, si la prohibimos, vamos a prohibir todas. Y en distintos lugares del mundo, se han hecho distintas estrategias, en las ciudades más diversas. Y con respecto a la forma, en las ciudades más diversas, ustedes fíjense: en los Emiratos Árabes Unidos, uno de los estados con mayor reserva de petróleo en el mundo, a partir del año 2013 se prohibirán las bolsas plásticas tradicionales y deberán ser reemplazadas por bolsas biodegradables reutilizables. Alemania, Suecia, etc., imponen a los clientes el costo de las bolsas plásticas. Irlanda y Dinamarca, un impuesto. Bangladesh: prohibición. Estamos, más o menos, como Bangladesh. En Italia, en la región del Piemonte: bolsas reutilizables. Se premia en los comercios la utilización de la bolsa, con una bonificación. Son distintas estrategias. Lo que quiero decir, es que no me parece prudente, teniendo una norma, abandonar este camino de la gradualidad y del sostenimiento de la cuestión en materia ambiental. Me parece que hay que mantener la norma, y si es prudente dentro de un año prohibir algo, hacerlo. No me parece que hoy tengamos necesidad de prohibir las bolsas para que dentro de un año se aplique. Sí trazar un camino de aplicación de la Ordenanza 3840, sobre todo en el reuso, y de la Ordenanza que está en Comisión, de las “tres erres”. Con respecto a la forma, el artículo 1º dice: “Disponer la prohibición…”, pero lo que no dice es si es la prohibición de fabricación, de entrega, de uso, de disponerlas en la vía pública o de qué. Dice “…en los términos que fija esta ordenanza…”. En cambio, las ordenanzas de otras ciudades dicen “…la entrega en los comercios”. La Ordenanza que teníamos dice:”…la entrega en los comercios para que se lleve la mercadería”, etc. El Artículo 3º habla de la expresión: “…de este tipo de bolsas”. No se sabe bien a qué se refiere. Me parece que es innecesaria esta prohibición, y muy genérica. Y en realidad, va a estimular el uso de bolsas de papel cartón, y el que tenga plata va a ir y va a comprar esas de polietileno de las comunes -ni siquiera de las biodegradables-, que las van a vender en los comercios, y va a sacar la basura en una bolsita de plástico de las de antes, ni siquiera en las que son biodegradables. Así que nosotros viendo esto, planteamos la inconveniencia en la Comisión. Y en realidad, la que tiene la norma más moderna en esto es la Ciudad de Buenos Aires, que tiene un gran volumen de generación de residuos plásticos. Y también ha adoptado, la Ciudad de Buenos Aires, la estrategia de la biodegradable. Y por último, me parece que tendríamos que hacer coincidir todas estas estrategias individuales o particulares -la semana pasada votamos lo de los aceites, hoy lo de las bolsas- con una cuestión integral de la cuestión de la basura en la ciudad, que me parece que no está ocurriendo. Es decir, a nosotros nos dijeron que eso estaba. En la Comisión nos iba a explicar el Director que está a cargo de Residuos Sólidos cuál era el proyecto integral que estaban trabajando, y finalmente lo que dijo es que han hecho dos iniciativas: una es firmar un convenio con la Universidad para la cuestión de los Patológicos -lo hemos visto al convenio, ya hablaremos de ese tema- y una cuestión de mejora -cosa que es correctísima- del relleno sanitario. Pero, digamos, nada integral. De nuevo nos estamos ocupando de cosas particulares. Así que en ese sentido, por todas estas razones, nosotros vamos a votar en contra, en el sentido de que esto no agrega nada, complica, y se aparta de mantener una política ambiental sostenida en la ciudad, sobre todo con los antecedentes de otros municipios, y con los mismos antecedentes de la ciudad de Santa Rosa, que cuando se les planteó a los supermercados la sustitución de las bolsas, inmediatamente la realizaron. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Lo primero que voy a lamentar es que el Concejal Di Liscia, a todos estos planteos y estas modificaciones, no las haya hecho en la Comisión correspondiente, para poder haberlas analizado e incorporado al texto de la Ordenanza, y hoy sería una Ordenanza aprobada por unanimidad. Porque, como siempre he planteado, los proyectos son abiertos. Por supuesto, no voy a discutir, ni tampoco hubiéramos permitido, que fuera parte de este Proyecto su proyecto personal, que así lo ha planteado aquí en el Recinto. Su proyecto personal tiene otro tenor. Convocamos a alguien del Departamento Ejecutivo que explicó las medidas que estaban llevando adelante, que tenía que ver con su proyecto. Este era un proyecto separado. También creo que a pesar de que debería haber un proyecto integral, y así lo hemos manifestado en la Comisión, también tenemos que empezar a tomar medidas unitarias que nos lleven después al proyecto en general. Con respecto a las bolsas biodegradables, voy a acordar en parte con lo que ha dicho. Es cierto que se han reemplazado, y tienen menos impacto ambiental. Y por supuesto también comparto lo que dijo, de que hay que lograr el mínimo impacto ambiental -siempre van a tener un porcentaje de impacto-. Pero igualmente, las bolsas biodegradables tardan cinco años en degradarse. Y también vemos a menudo, a pesar de que se reusen y se reutilicen, como en el caso de las del EMHSU, o en el caso de las que llegan al relleno sanitario que podrían ser obviamente reutilizadas, hay muchas otras bolsas que no son reutilizadas. Entonces, lo que vamos a lograr con esta Ordenanza, es que en el plazo de este año las vayamos renovando, a través de la concientización. Y seguramente dentro de un año, estaremos usando, probablemente, muchas menos de las que usamos hoy, que ese es el fin. Y voy a dar una estadística: Utilizando una bolsa de tela, ahorramos 24 bolsas al mes, 288 al año y 22.176 en una vida promedio. Si sólo una de cada 5 personas en nuestro país hiciera esto, ahorraríamos 133.570 millones de bolsas en nuestras vidas. Yo creo que éste es un dato por demás elocuente, para el proyecto que he presentado. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Creo que todos coincidimos en la necesidad de darle tratamiento a las cuestiones medioambientales. Lo que sí, de la cuestión formal de la norma que se está por votar, yo creo que lo importante, y lo fundamental, y lo que no va a traer las complicaciones a que hacía referencia recién el Concejal Di Liscia, es el Artículo 4º, en el cual lo facultamos al Departamento Ejecutivo para realizar las campañas tendientes a que los negocios mayoristas y minoristas del medio eliminen y reemplacen progresivamente. No sé lo de “eliminen”, pero sí que se haga la concientización sobre la necesidad de que se utilicen menos bolsas, en lo que justamente recién acababa de marcar la Concejal preopinante. Ahora, esta ordenanza, que va a tener aplicación dentro de un año recién, es una ordenanza de tipo declamativa. Y no lo digo peyorativamente. Es una ordenanza que no tiene sanciones. Es decir, que si dentro de un año todo el mundo usa bolsas, no va a pasar nada, porque no dice en ninguna parte qué pasa si alguien usa bolsas dentro de un año. Digo, me parece que le falta una cuestión formal que resolver, porque es una buena expresión… -estamos todos de acuerdo en que hay que avanzar en el tratamiento-; estaría mucho mejor si hubiera un tratamiento integral de toda la basura en la ciudad, y es lo que venimos reclamando. Pero me parece que esta Ordenanza va a ser una expresión de deseos de este Cuerpo, complicando con la derogación de la Ordenanza 3840. Era, simplemente, hacer esa aclaración. Y creo que sí es importante, no sé si “facultarlo”, pero sí indicarle al Departamento Ejecutivo que haga las campañas pertinentes para empezar a reducir la cantidad de bolsas que se utilizan. Es más, podríamos proponerles a los supermercados que den solamente cinco bolsas por cliente en cajas, y no que cada cliente se lleve cantidades de bolsas importantes para poder sacar la basura de su hogar. Me parece que en estas condiciones, va a ser una expresión de deseos de este Cuerpo, de prohibir la utilización de bolsas en la ciudad, cuando lo que tenemos que hacer es generar conciencia, ya que -vuelvo a insistir- no tiene sanciones para quien dentro de un año -es decir, todo el tiempo que tiene el Departamento Ejecutivo para poder avanzar sobre el Plan Integral de Tratamiento de los Residuos en la ciudad-, para que dentro de un año recién se ponga en vigencia. Y coincido en que una vez llegado el año, muchos van a poder comprar bolsas negras no biodegradables, y muchos van a sacar sus residuos como puedan de sus domicilios, sobre todo los residuos húmedos, si es que volvemos a tener la implementación de la clasificación de residuos en origen, como se había planteado originalmente. Es un fundamento más por el cual me parece que no va a aportar a solucionar, sino que va a aportar a la confusión, la derogación de la 3840. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Viviana Rodríguez.-CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Vuelvo a reiterar lo que dije antes: me hubiera gustado que si tan preocupados están por resolver esta problemática, de la misma manera en que estamos preocupados nosotros, todos estos aportes los hubieran hecho, para que la Ordenanza hubiera salido por unanimidad, ya que es un tema tan importante. Y creo también, que respecto a la facultad del Departamento Ejecutivo de reglamentar esta Ordenanza, sin duda, creo firmemente que la van a reglamentar para resolver el tema de las bolsas negras, y el tema de las multas seguramente también. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Guillermo Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: No es mala voluntad; es que no estamos de acuerdo. Es decir, simplemente nos parece innecesario, en una estrategia ambiental, prohibir algo que es de uso común, sin ofrecer la alternativa y desarrollarla a lo largo del tiempo. Simplemente, no estamos de acuerdo con la norma. Además de la imprecisión -la imprecisión de la norma es terrible-… Por lo menos, yo había leído las normas de otros municipios, y prohíben la entrega, o prohíben… Acá “se prohíbe”. Y me parece que… ¿Qué, uno va a sacar una bolsita y va a ir “en cana”?, ¿al que saque una bolsita a la vereda le va a llegar una multa?… ¿Cómo es el tema? Va a estar prohibido, porque va a estar prohibido el plástico. Me parece que es una cosa innecesaria crear esa situación. Realmente va a ser enojosa, porque o se viola sistemáticamente la norma municipal, porque todos van a tener bolsas y van a sacar las bolsas a la calle. ¿En qué van a sacar las cosas? Se sacarán en cajas…, está bien, se sustituye una gran cantidad. Bueno, pero es una estrategia de reducción y de reuso. No es la estrategia de prohibición. Es decir, esto se promulga la semana que viene. A partir de agosto del 2013, ¿el que saque una bolsita va a tener una multa? ¿Cómo es “el baile”? No sé si se entiende. Y no es prohibir por prohibir. Hay que prohibir lo que es grave, y hay que dar soluciones para lo que tiene solución. Y la solución, es la bolsa biodegradable, que ya está normatizada. Y la otra solución, es la reducción del número de bolsas, la reutilización del plástico, con el reuso de la bolsa de los mandados. Eso es lo que se nos ha ocurrido a nosotros hasta ahora. Ahora, reemplazar la bolsa de polietileno por una bolsa de papel o cartón, no me parece una solución ambiental adecuada. Simplemente, no vamos a ver bolsitas en el relleno sanitario, pero el impacto ambiental va a ser todavía mucho más importante. Es decir, no se trata de ver o no ver las bolsitas. Se trata de hacer una estrategia de reducción de las bolsitas, y de que haya ciertas bolsas biodegradables, para cuando es inevitable el uso. Nada más.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Viviana Rodríguez.-
CONCEJAL RODRÍGUEZ: Gracias. El Artículo 1º es bien claro: “Disponer la prohibición, en los términos que fija esta Ordenanza, de todo tipo de bolsas plásticas, con destino a contener los productos o mercadería despachados en todo tipo de comercios, sean éstos mayoristas o minoristas”. No habla de que se le va a cobrar una multa al que saque una bolsita en su casa, ni mucho menos. Y de hecho, tenemos el ejemplo de Mendoza, donde uno va a comprar y le entregan una bolsa de cartón, que por supuesto es reciclado también y con muy bajo costo. Y además de eso, si va al mercado, lleva la bolsa del mercado. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Me refería a que la palabra “prohibición”, no habla de la prohibición de entregar, o de fabricar, ni siquiera… Entonces, dice: “…con destino a contener los productos”. Es decir, la prohibición de entregar, podría ser, por parte de los comercios. Yo digo, por si quieren perfeccionar el texto. De todas maneras, no estamos de acuerdo nosotros con el objetivo, de esta Ordenanza. Pero, bueno. Prohibir que las entreguen -a los comercios-, podría ser una solución a lo que ustedes quieren. Pero la prohibición “…con destino a contener los productos”… Pero la prohibición, ¿de qué?, ¿qué es lo que se prohíbe?, ¿qué es el acto que se prohíbe?…O se prohíbe un objeto…, no se entiende el sentido de la norma. Y por supuesto que estamos de acuerdo con la reducción, en general, de todos los materiales. Por eso es una de las “tres erres”, eso. La reducción, es el uso y el reuso de cosas.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por mayoría con el voto afirmativo de los Concejales Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez, Salomón y Taboada, votando en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
3) Despacho de Mayoría de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Proyecto de Ordenanza por el cual se establece la obligatoriedad de limpieza y desinfección anual de tanques, cisternas y cañerías que almacenen agua. Expte Nº 206-1/2012 (HCD).-
SECRETARÍA: De acuerdo a lo pautado hoy, se cambió el Artículo 1º del Proyecto que todos tienen en sus bancas. Así que voy a proceder a su lectura.-
Conforme lo indicado, por Secretaría se procede a dar lectura al Artículo 1º.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA (con las modificaciones): Artículo 1°: Establécese la obligatoriedad de limpieza y desinfección anual de tanques, cisternas y cañerías que almacenen agua, ubicados en los inmuebles sometidos al régimen de la Ley 13512 de Propiedad Horizontal, en casas de barrio con tanque común y en lugares de consumo público o de elaboración de alimentos. Los inmuebles sometidos al régimen de la Ley 13512 que no posean tanque común no quedan contemplados dentro de la presente reglamentación. Artículo 2°: Fíjase como obligatoria la clorinación semestral de las perforaciones particulares, en caso que las mismas sean la fuente de provisión de agua para consumo humano.- Artículo 3°: El responsable del establecimiento, los consorcistas y los propietarios de inmuebles con tanque común deberán monitorear, cada seis meses, que los tanques y cisternas indicadas en el artículo 1° no presenten roturas, falta de tapa, ni excrementos de animales. Sin perjuicio de otros parámetros que fije la reglamentación con referencia a las condiciones de higiene y salubridad.- Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo a través de la Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace creará un registro en el que deberá inscribirse toda aquella persona física o jurídica interesada en realizar la tarea de limpieza y desinfección de tanques, cisternas y cañerías que esta Ordenanza declara obligatoria.- Cada uno de los inscriptos deberá designar un Director Técnico, que será responsable ante la Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en futuro la reemplace. Al formalizar la inscripción, los interesados recibirán el “Instructivo de desinfección de pozos, cisternas, tanques y cañerías” y “de clorinación de perforaciones”, confeccionado y publicado por la Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace.- Artículo 5°: Los productos a utilizar en la limpieza y desinfección de tanques, cisternas y cañerías, y clorinación de perforaciones, deberán estar aprobados por el Ministerio de Salud de la Provincia de La Pampa, y contar con formularios que declaren la composición cualitativa y cuantitativa de las sustancias activas o inertes.- Artículo 6°: Los responsables de los inmuebles a que hace referencia el artículo 1°, deberán presentar anualmente ante la Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace, un certificado del estado de higiene e integridad del tanque o cisterna ubicado en su propiedad o establecimiento a su cargo, firmado por el Director Técnico que hubiera intervenido en la tarea de limpieza y desinfección; así como la constancia de clorinación de las perforaciones si correspondiera.- La Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace llevará un listado actualizado de cada uno de los establecimientos alcanzados por la presente disposición.- Artículo 7°: A los fines de determinar el estado del agua, deberá adjuntarse al certificado de estado de higiene e integridad del tanque o cisterna, un certificado elaborado a partir de dos muestras: una tomada de la válvula de limpieza del tanque de reserva, y otra de canillas de la instalación interna del inmueble. En ambos casos, la toma de muestras deberá realizarse una vez efectuadas la limpieza y desinfección, y transcurridos al menos 7 días de las mismas. El certificado de estado del agua deberá ser confeccionado y suscripto por profesionales matriculados: Licenciados en Ciencias Químicas, Bioquímicas u otra profesión afín, que sea aceptada por el Departamento Ejecutivo.-Artículo 8°: La Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación, deberá inspeccionar anualmente el estado del agua de los inmuebles y/o consorcios de Propiedad Horizontal a que se refiere la presente Ordenanza.- Artículo 9°: Los consorcistas de edificios de propiedad horizontal, sus administradores, los propietarios de inmuebles con tanque común y los propietarios y/o encargados de lugares de consumo público o elaboración de alimentos, quedan obligados a permitir el ingreso de los inspectores de la Dirección de Agua y Saneamiento debidamente acreditados, a los efectos de que efectúen las verificaciones previstas en la presente Ordenanza; o cuando por reclamo de particulares sea necesario tomar muestras de agua en distintos puntos de las instalaciones. En todos los casos, los inspectores deberán remitir un informe de lo actuado a la Autoridad de Aplicación.- Artículo 10°: Constituye un incumplimiento a las disposiciones de la presente Ordenanza la omisión de presentar los certificados requeridos en los artículos 6° y 7°. Asimismo, en aquellos casos que por informe de inspección, se detectaran fallas de mantenimiento o limpieza; o que resulte probada la no potabilidad del agua en el sistema de provisión de agua potable de la propiedad, los consorcistas, propietarios de inmuebles con tanque común, y propietarios de lugares de consumo público o elaboración de alimentos, serán pasibles de las sanciones que determine la Autoridad de Aplicación en base a la normativa vigente.-Artículo 11°: Verificadas las anomalías, la Autoridad de Aplicación, intimará al responsable de limpieza y desinfección y al responsable o propietario del inmueble con tanque común, consorcio de copropietarios, o propietarios de lugares de consumo de uso público o donde se elaboren alimentos, según corresponda, a realizar las mejoras necesarias para cumplimentar los requisitos exigidos por la normativa vigente, en un plazo de Quince (15) días corridos, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones que a continuación se detallan: a) Multa de 200 UF (Unidades Fijas) por falta de limpieza o desinfección de tanques o cisternas de agua en edificios de Propiedad Horizontal. b) Multa de 300 UF (Unidades Fijas) por falta de limpieza o desinfección de tanques o cisternas de agua en lugares de consumo público o donde se elaboren alimentos. c) Multa de 1000 UF. (Unidades Fijas) a los sujetos que, habiendo sido intimados de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo, no regularizaren su situación dentro del plazo fijado.-Artículo 12°: Incorpórase el párrafo 50 al artículo 002 capítulo 18 del Artículo 94° del Anexo I de la Ordenanza Tarifaria 2012 vigente, el que quedara redactado de la siguiente manera:”Artículo 94° Cap. 18 art.002 par. 50: Los responsables o propietarios de inmuebles con tanque común, consorcio de copropietarios, o propietarios de lugares de consumo de uso público o donde se elaboren alimentos, según corresponda, serán sancionados con: Cap18 art 002 par 50a Multa de 200 UF (Unidades Fijas) por falta de limpieza o desinfección de tanques o cisternas de agua en edificios de Propiedad Horizontal y barrios con tanque común. Cap18 art 002 par 50b Multa de 300 UF (Unidades Fijas) por falta de limpieza o desinfección de tanques o cisternas de agua en lugares de consumo público o donde se elaboren alimentos. Cap18 art 002 par 50c Multa de 1000 UF. (Unidades Fijas) en caso de no haber regularizado la situación, previo requerimiento de la Dirección de Agua y Saneamiento, dentro del plazo fijado.” Artículo 13°: Derógase la ordenanza 1100/1992.-Artículo 14°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Mariela Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Habiendo consensuado ya, y establecido las modificaciones, que fueron realmente provechosas y que agradecemos al Bloque Radical, es simplemente para pedir el acompañamiento.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Este despacho es nuevamente un despacho de Mayoría. Estuvimos buscando los antecedentes sobre este tema, y no encontramos todo, pero había un Proyecto que presentó en su momento el Concejal Massari Copes; más o menos lo mismo. La diferencia radica en algunos artículos. Por ejemplo, se va a crear, o va a existir la posibilidad de que personas se inscriban en un registro para poder salir a limpiar tanques en la ciudad; que tiene que tener un Director Técnico; que ese Director Técnico responde ante la Dirección de Aguas; que se van a hacer semestralmente los controles en los edificios de Propiedad Horizontal y luego -acá viene la primera cuestión- tienen que tener la certificación de un laboratorio químico. Es decir, alguien vinculado a la Química o a la Bioquímica en la ciudad, tiene que certificar el resultado del estudio del agua, con lo cual le vamos a decir a los vecinos, que tienen que abonar. ¿O es gratuito esto? Porque no sé si es gratuito esto, o es remunerado. No queda claro en el Proyecto, y yo no soy parte de la Comisión, y la verdad es que lo hemos estado discutiendo hasta el cansancio, a este Proyecto. Pero si fuera gratuito, no sabemos si vamos a licitar un Laboratorio para que haga los análisis, se van a hacer en la Municipalidad o dónde se van a hacer. Pero, alguien va a tener que certificar que efectivamente esas personas que se inscriban para limpiar los tanques con un Director Técnico responsable que responda ante la Dirección de Aguas, tenga la venia del análisis por parte de un profesional que sepa del tema. Si no fuera gratuito, ya entraríamos en algún tipo de contradicción. La segunda cuestión, es que cada seis meses lo van a realizar estas personas que se van a inscribir, que van a tener un Director Técnico que va a responder ante la Dirección de Aguas, pero una vez por año todo eso que hicieron los otros, lo va a hacer la Municipalidad. El Artículo 8º dice: “La Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación, deberá inspeccionar anualmente el estado del agua de los inmuebles y/o consorcios de Propiedad Horizontal a que se refiere la presente Ordenanza”.- Es decir, o estamos buscando la posibilidad de darle trabajo a alguien en la ciudad ante la carencia de trabajo y de esta forma lo estamos avalando, y al profesional o los profesionales que van a hacer los estudios químicos, o no se entiende por qué la Municipalidad una vez por año va a hacer lo mismo que van a hacer las personas que se inscribieron en el Registro con un Director Técnico que responda ante la Dirección de Agua. No se entiende tampoco por qué -que sí lo preveía el Proyecto del que recién hablaba- cuando se llega a la parte de las Sanciones, hay sanciones para todos, menos para los que se inscribieron en el Registro, que tienen un Director Técnico que responda ante la Dirección de Aguas sobre los que están llevando adelante la limpieza y clorinación de los tanques de los edificios de Propiedad Horizontal. La verdad es que es muy extraño. Creemos que son innecesarias muchas partes de la Ordenanza, y bien sí podría la Municipalidad, como una tarea más, gratuitamente -como ha propuesto otras cosas, que sean gratuitas en la ciudad- realice una vez por año el análisis de los PH de la ciudad, o de los barrios que tengan tanques comunes. Por lo tanto -posiblemente habrá otros fundamentos- voy a adelantar el voto negativo al presente Proyecto.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Bien. En primer lugar, esto tiende a mejorar la situación sanitaria y evitar enfermedades transmisibles por el agua. La ciudad de Santa Rosa no contaba con un control fidedigno de los tanques de agua de uso común. Voy a tratar de ser clara. Si uno tiene un hijo y lo manda a un club a practicar un deporte, a concurrir a una pileta cubierta, no tiene dadas las garantías de que el agua que vaya a consumir sea agua microbiológicamente en condiciones de ser consumida. Si bien es cierto lo que dice Cuelle de que el pH del agua puede ser importante, que nosotros tenemos aguas duras, generalmente alcalinas, no estamos en este problema, porque suponemos que teniendo un riñón que funcione bien, a esto lo vamos a poder solucionar. Pero lo que no vamos a poder solucionar es si el agua que nosotros tomamos, porque es de uso común -vamos a un club, vamos a un cine, vamos a la escuela, vamos a la Universidad y decidimos tomar agua-…, bueno, esa agua puede estar contaminada y puede ser que nosotros quedemos con una diarrea, un cuadro gastroenteral u otros más graves. Creo que el hecho de que una vez al año, por los tanques de uso común, el responsable del edificio, el responsable legal, el consorcista, tenga que decirle a toda la gente que está en ese edificio que el agua ha sido examinada y que reúne las condiciones sanitarias para el consumo, de ninguna manera es una erogación que ponga en riesgo las finanzas del consorcio. Y además, si uno piensa que hacer un análisis puede prevenir un sinnúmero de dificultades, entonces me parece que realmente es innecesario hablar de costos. De cualquier manera, si la gente resuelve traer el agua a la Dirección de Agua y Saneamiento, obviamente va a obtener el resultado sin necesidad de erogaciones particulares. La idea del “Director Técnico”, es una idea que hace tiempo estamos trabajando y perfeccionando con Agua y Saneamiento y con Bromatología, y que tampoco es un invento nuestro. Es una idea de las ciudades más desarrolladas, y hacen responsable a una persona que tiene capacitación universitaria. Los Directores Técnicos no van a ser vecinos de buena voluntad. Van a ser gente formada, capacitada, ingenieros, ingenieros en agua, puede ser un bioquímico en el caso del análisis. Es decir, va a haber un registro de Directores Técnicos que a la brevedad se va a conocer, y se va a conocer también cómo está constituido, que es corresponsable -digamos- de que todo esté perfectamente. No hay ninguna contradicción en que los responsables de los edificios, de los clubes, de los bancos, de las escuelas, anualmente tengan que dar cuenta de que realmente han controlado el saneamiento del agua, con el hecho de que desde la autoridad de aplicación pueda ir a requerirse ese control. No tiene nada de malo que antes del inicio de las clases, por ejemplo, nuestra autoridad de aplicación recorra todas las escuelas y las escuelas puedan -deban- entregar la certificación. Si la certificación es correcta y está dentro de los plazos, Agua y Saneamiento no necesitará rehacerla. Pero si no, estará en toda su potestad de hacerlo. Pasa lo mismo con los clubes en el verano, y en cada ocasión que pueda haber algún riesgo, porque no quiere decir que sólo va a ser un control estacional. De modo que apunta a eso, a preservar la salud de la población, a cuidar que todo esté en regla y a evitar que por descuido o por olvido se propaguen enfermedades por el agua.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Adhiero profundamente a lo planteado por la Concejal Cabreros en cuanto a prevenir las situaciones de la salud de la ciudad. Yo voy a contar dos historias. Una, es este Recinto. A finales del 2008 tomábamos agua, como estamos tomando ahora, y decíamos: “Che, ¡qué gusto raro!”. Levantamos la tapa del tanque, y había dos palomas muertas. Acá, en la Municipalidad. Y también pasó en el viejo Palacio Judicial. “¡Qué gusto tiene el agua!”, y había palomas muertas adentro del tanque de agua. Y está bien que el Estado tome intervención si es que cree que esto va a traer soluciones -que las va a traer a las soluciones- a la sociedad, en el control de la posibilidad de alguna enfermedad por consumo de agua en mal estado. Y está bien la preocupación de las escuelas y de los clubes. Ahora, sigo insistiendo. ¿Para qué va a haber un Director técnico?, salvo que en las ciudades más evolucionadas sean profesionales que sean intachables y no sean pasibles de cometer errores o tener equivocaciones. Y aún así, si las tuviera, en esta Ordenanza no son sancionados. Es decir, ni el Director Técnico ni los que limpian el tanque, son sancionados. Ese es el primer punto. Y como segundo punto, si hace unos meses se votó en este Recinto para que los medidores de agua de esta ciudad sean de vuelta gratis -gratis, en el sentido figurado, pero que vuelvan a ser gratis para los vecinos de la Ciudad-, ¿por qué no tomamos el toro por las astas y que sea la Municipalidad, con personal de la Municipalidad y con el Laboratorio de la Municipalidad la que controle, sin necesidad de que haya un grupo de personas que se inscriban en un Registro, con un Director Técnico que sea responsable ante la Dirección de Agua, que en definitiva no van a ser sancionados? Esa es la preocupación. No creo que vayamos en contra de lo que está planteando el Bloque del oficialismo respecto a la Ordenanza. Sí es llamativo, esto de introducir personas que se van a inscribir y que van a tener un Director Técnico, que nunca van a ser sancionados. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Sí, en este caso por supuesto adherimos -diferente a la Ordenanza que se votó recién-, nosotros adherimos globalmente a la necesidad de que haya agua de calidad en los lugares adonde llegan las personas. Y es verdad que si bien el agua es clorada en la toma del Acueducto del Río Colorado, y hay cloración a lo largo del Acueducto y en las cisternas, podría ocurrir que las cisternas de algunas escuelas, clubes o edificios de Propiedad Horizontal -por “PH” se refiere a eso el Concejal…, no habla de la cuestión química sino de “Propiedad Horizontal”- es correcto. Lo que sí vemos nosotros -por eso en este caso nosotros…, en mi caso, lo rechazo por la forma-, a la Ordenanza que se ha confeccionado, yo no sé si ustedes la han consultado con el Departamento Ejecutivo, pero realmente el mecanismo que se impone al Departamento Ejecutivo, de generar un Registro de Directores Técnicos que cada seis meses -que además no son sancionados, que no se sabe bien si son profesionales, que son los responsables ante la Dirección de Agua, que después tienen que llevar a cabo certificar, que después en realidad la Dirección de Agua y Saneamiento tiene que controlar lo que ya certificó el profesional, que a esto hay que hacerlo por año y el profesional cada seis meses… Pero además hay imprecisiones muy complejas, porque por ejemplo dice: “Artículo 7º: …a los fines de determinar el estado del agua”… ¿Qué es “determinar el estado del agua”?… “Líquida”, le va a salir. Acá no se habla de hacer ningún análisis. A pesar de que todos estamos hablando de análisis -que es justo la materia nuestra- en ningún lado se habla de qué se trata el análisis, si es fisicoquímico, bacteriológico, si se trata de determinar si es agua potable… Es decir, no hay ningún parámetro técnico certero para decir el trabajo que hay que hacer. Dice: “…a los fines de determinar el estado del agua”… ¿Qué es eso? Una Ordenanza no puede decir semejante imprecisión. Y dice que va a ser un certificado elaborado de dos muestras. Será de dos estudios de dos muestras. Porque no se entiende, en ningún momento habla de qué va a hacer con las dos muestras. Me parece que eso… Repite, después: “certificado del estado del agua”. No dice si es un estudio bacteriológico, de cloro, de minerales… Después nos llamó la atención el artículo 11 y el artículo 12 porque son contradictorios. El Artículo 11 establece las sanciones, y el Artículo 12 establece las sanciones. Es decir que sería una norma que tendría duplicadas las sanciones, y en el caso de que se modifique por Tarifaria… Digamos, supongamos que en el 2013 alguien va a modificar la multa, que en vez de ser 300 UF sean 400 ó 200, va a quedar en una norma que va a ser la Tarifaria ese valor, y en la norma original que se va a votar hoy va a quedar el Artículo 11, donde hay otra escala. Realmente, puedo haberlo leído mal, pero me parece que no debería incorporarse, o la mitad del Artículo 11 o el Artículo 12. Por otro lado, con la modificación que se leyó recién del Artículo 1º -por ahí, por estética, también- estamos hablando de “la presente reglamentación”. Me parece que podría decir “Ordenanza”, mejor. Porque esto es una Ordenanza y si no después, cuando hagan la Reglamentación, no va a estar bien. Y me parece que en general está bien asegurar un cierto mecanismo de la calidad del agua, y me parece que en gran medida Hidráulica lo garantiza, porque ha entregado agua de calidad desde el punto de vista de su potabilidad. Y me parece que hay que asegurar algún mecanismo para que los lugares donde se estaciona -algunas cisternas, etc., tanques comunes- tengan un control mayor. Así que nosotros adherimos a que haya un control y una cloración, pero no parece un mecanismo realmente feliz este sistema de esta Ordenanza, que yo sinceramente espero que lo hayan chequeado con el Departamento Ejecutivo, porque va a tener que montar otra Dirección de Hidráulica para hacer y controlar todo lo que hay que hacer, que dice esta Ordenanza. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: Bueno, en primer lugar, llevar tranquilidad a los que están escuchando, porque este ha sido un trabajo conjunto de varios meses con la Dirección de Agua y Saneamiento, con Daniela Bejar y con toda la gente que tiene que ver con esto, del Departamento Ejecutivo. Pienso que como toda norma es perfectible, como toda norma es opinable, pero también entiendo que es necesario darle curso a las iniciativas y que siempre se pueden mejorar en el hacer. Y como hay cuestiones que no creo que hoy podamos, a estas diferencias, resolverlas, yo le pediría, señor Presidente, que pasemos a votar.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Si me permite, antes de pasar a votar, la funcionaria Daniela Bejar pertenece a la Dirección de Comercio, no de Agua y Saneamiento. O, por ahí, estoy equivocado. Y en segundo lugar, el Artículo 2º dice: “Fíjase como obligatoria la clorinación semestral de las perforaciones particulares, en caso que las mismas sean la fuente de provisión de agua para consumo humano”. Las “perforaciones particulares”, ¿de qué?, ¿de cada ciudadano de la ciudad, de las que hace referencia el Artículo 1º, las que están declaradas en el APA, que es en definitiva quien autoriza las perforaciones, o todas las que encontremos en algún lugar donde veamos una perforación? Realmente es complicada la presentación de la norma. Y -sigo insistiendo- no está respondida la cuestión de por qué no se sanciona al Director Técnico ni a los que van a hacer la limpieza de los tanques, y por qué no puede hacer todo eso la propia Dirección de Agua una vez por año, dos veces por año o las que crea conveniente para garantizar la salud de la población.-
PRESIDENCIA: Si ningún otro Concejal hace uso de la palabra, vamos a poner a votación el despacho de la Comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por mayoría con el voto afirmativo de los Concejales Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez, Salomón y Taboada, votando en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la “7º Edición del Certamen Nacional de la Huella”. Expte Nº 201-1/2012 (HCD). Por Secretaría se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°: Declárase de Interés Municipal La “7º Edición del Certamen Nacional de la Huella”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el 1º de Septiembre de 2012. Artículo 2°: Remítase copia de la presente al Ballet Folklórico “Amancay” y a la Asociación Civil Unión Pampeana Solidaria, Instituciones Organizadoras del Certamen mencionado precedentemente. Artículo 3°: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.-
Puesto a votación, el Proyecto se aprueba por unanimidad.-
5) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se aprueba el Convenio de Padrinazgo celebrado entre la Municipalidad de Santa Rosa y el Rotary Club Santa Rosa Norte. Expte Nº 212-1/2012 (HCD) y 4359/2011/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Apruébase el Convenio de Padrinazgo que se adjunta a la presente como Anexo 1º, celebrado entre la Municipalidad de Santa Rosa y el Rotary Club Santa Rosa Norte. Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. En virtud de que el día lunes es feriado nacional, voy a solicitar que se ponga a consideración del Cuerpo que las Comisiones se reúnan, como es habitual, el día martes, para poder darle tratamiento a los temas que han entrado del Departamento Ejecutivo.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Cuelle resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Si después nos quedamos unos minutos, para ajustar el trabajo de Comisiones, que podría ser mañana viernes y el martes, antes de que nos dispersemos. Gracias.-
PRESIDENCIA: De acuerdo.-
No habiendo más asuntos que tratar, s e da por finalizada la Sesión siendo la hora veintiuna con cinco minutos.-