ACTA Nº 1172 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1172
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1172 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1172 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil trece, siendo la hora diecinueve con quince minutos, da comienzo la Trigésima Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa, bajo la Presidencia de su titular Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los Concejales y Concejalas Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabet TABOADA y Félix VILLATORO. —
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Di Liscia procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
En primer término, se pasa a la consideración de las Actas Nº 1157 y 1158 correspondientes respectivamente a las Decimoctava y Decimonovena Sesiones Ordinarias del Período 2013.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Respecto al Acta 1157, en la Página 13 se ha deslizado un error. Donde dice “…el Rey de la selva”, la expresión fue “…la Ley de la selva”. En la Ley de la Selva triunfa el Rey, pero no es lo mismo. Gracias. Era eso, nada más.-
Puesta a votación, el Acta Nº 1157 se aprueba por unanimidad con la Observación formulada por el Concejal Di Liscia. Acto seguido, se aprueba por unanimidad el Acta Nº 1158 sin Observaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Villatoro.-
CONCEJAL VILLATORO: Gracias, señor Presidente. Quería referirme a los treinta años de la Democracia, que ayer transcurrieron y se conmemoraron, se festejaron. Y quería decir unas palabras, siempre desde el punto de vista de cómo lo vi y como lo viví yo a ese año 1983, al 30 de Octubre y a esos días. En ocasión de inaugurar el busto de Raúl Alfonsín en la Galería de los Presidentes en la Casa Rosada y en su presencia, la Presidenta Doctora Cristina Fernández de Kirchner expresó: “Como Presidente, lo quiera o no usted, es el símbolo de la recuperación de la democracia en la República Argentina”. No puedo, señor Presidente, sino hacerme eco de esas palabras, y este homenaje a la democracia incluye al Dr. Alfonsín. Recuerdo ese año 1983. La dictadura se vio forzada a abrir el proceso electoral, obligada por la presión popular que clamaba por libertad, por justicia y por trabajo, junto con la derrota militar en Malvinas. El desafío de las fuerzas políticas, era el de romper el circuito perverso que signaba la Historia Argentina del Siglo XX desde el año 1930, cuando los gobiernos constitucionales eran erosionados por diferentes grupos de poder que les proporcionaban argumentos y condiciones a las Fuerzas Armadas para interrumpir el ciclo constitucional. Luego de cada golpe cívico militar surgía una dictadura, que lejos de superar los problemas que pretendían solucionar, los profundizaban, y desataban sobre la población una represión cada vez más cruenta. Luego de la convocatoria a elecciones, los partidos políticos comienzan a reorganizarse, después de siete años de proscripción, y se desarrollan los procesos internos para la elección de candidatos. La participación ciudadana es inicialmente escasa, temerosa todavía de las consecuencias que podría sufrir luego de tantos años de prohibición y represión a la actividad política. En el otoño de 1983, Alfonsín realiza el primer acto en Santa Rosa como precandidato a Presidente por la Unión Cívica Radical. La convocatoria, es escasa. Un grupo de afiliados nos juntamos en la esquina de Pellegrini y 9 de Julio. Tan pocos éramos, que podíamos refugiarnos de la llovizna debajo de los aleros de los negocios de la esquina. Parados sobre un carro Fama, nos instó a recorrer cada barrio, cada pueblo de la Provincia de La Pampa, como él lo hacía en el país, llevando la propuesta esperanzadora de recuperar la democracia. La campaña fue larga, pero no agotadora. Cada vez se sumaba más gente, sobre todo jóvenes sin experiencia electoral, y con ellos aumentaba el entusiasmo y la alegría, y eso disipaba el cansancio. Tal vez, porque teníamos treinta años menos. Ya como candidato, retornó primero a Anguil y luego a la esquina del Hotel Comercio, que desbordaba de gente y entusiasmo, y donde escuchamos aquel discurso memorable donde convocaba a los argentinos sin distinción de banderías políticas, a marchar juntos, invitando a las distintas fuerzas políticas que se inspiraran en sus próceres, y así recordaba a los ilustres del radicalismo como Alem, Yrigoyen, Illia; del peronismo a Perón y Evita; del socialismo a Palacios y Juan B. Justo. En esa evocación, planteaba el fin de las antinomias que signaron la historia política e institucional de nuestra Patria. Con autoridad moral, fue cofundador de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos. Y como abogado, defensor de presos políticos sin distinción de banderías. Planteaba la caducidad de la ley de autoamnistía que la dictadura militar había promulgado para defenderse de crímenes de lesa humanidad cometidos durante el Proceso, mientras otros candidatos planteaban la imposibilidad legal de hacerlo. Alfonsín prometía investigar las atrocidades. Al asumir su mandato, entre las medidas que toma es la de constituir una Comisión Investigadora integrada por diferentes fuerzas políticas y personalidades de la época -aunque la principal fuerza de la oposición se niega a integrarla- y se constituye la CONADEP, que produce la investigación más exhaustiva y desgarradora sobre los crímenes de la dictadura, y es sintetizada en el “Nunca Más”. Y se prueba la acción sistemática e intencional de la desaparición de personas y la apropiación ilegal de menores. Este informe es el sustento material para condenar a las Juntas Militares, hecho inédito en la Historia Universal, ya que por primera vez se juzgó en la justicia ordinaria a los responsables de los crímenes de lesa humanidad. Esto lo hace en un momento en que estaba intacto el poder represivo de las Fuerzas Armadas, lo que se demostraría después con los diversos levantamientos militares. En ese discurso, reivindica a las mujeres y denuncia el estado de inferioridad y desigualdad que sufren, y anuncia la que sería luego la Ley de Patria Potestad Compartida, que daría inicio a una serie de normas y acciones reivindicatorias del género femenino. “Somos la vida, somos la paz”, cantaban los jóvenes radicales. Alfonsín fue de los pocos políticos que estuvo en contra de la invasión a Malvinas. Mientras dirigentes de diferentes partidos políticos la calificaron de “gesta patriótica” y acompañaron a Galtieri a visitar las Islas, el líder radical la calificó como “una aventura destinada a apuntalar al declinante gobierno militar”. En su discurso, se juramentó abandonar todo intento beligerante y reencauzar las relaciones con los países vecinos, siempre objeto de la hipótesis de conflicto de las Fuerzas Armadas. Basta recordar el enfrentamiento con Chile, que hubiese terminado en guerra de no mediar la intervención papal. En el día de ayer, celebramos los treinta años ininterrumpidos de la democracia. La democracia, no se transmite genéticamente. Es una construcción colectiva y cotidiana, que requiere de un esfuerzo permanente de todos los colectivos sociales. Las pujas de los diversos intereses, son propias de toda la sociedad. Las formas de resolver esos conflictos, definen la democracia. No es con imposiciones de mayorías que son siempre circunstanciales, ni descalificando al que piensa distinto, la manera de superar las diferencias. Decía Alfonsín, en ese homenaje en la Casa Rosada: “La intolerancia, la violencia, el maniqueísmo, la compartimentación de la sociedad, la indisponibilidad para el diálogo, han sido maneras de ser y de pensar que echaron raíces y constituyen todavía hoy, una de las principales rémoras y déficits”. Es nuestra responsabilidad, como representantes del pueblo que nos ha votado, profundizar los logros de estos treinta años, respetando la diversidad; desterrar la intolerancia, la violencia y profundizar el diálogo, para lograr los consensos necesarios para mejorar la vida del conjunto pero, sobre todo, de los más desposeídos; lograr la justicia social y el ejercicio pleno de la ciudadanía. Quiero terminar este homenaje, con esa oración laica que me enseñaran mis maestras del primario y que, emocionado, coreaba hace treinta años, cuando nos invitaba a marchar juntos para “…constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino”. Nada más; y muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. Voy a hacer también una conmemoración, del hecho que se cumplieron ayer los treinta años de democracia, quizás de la visión de alguien más joven y que gracias a personas como “Chacho” (haciendo referencia al Concejal Villatoro) -me voy a permitir llamarlo por ese nombre- he podido disfrutar toda mi vida en democracia. Voy a leer unas palabras que escribió una vez un correligionario amigo. Decía: “Yo conocí a Raúl Alfonsín, siendo un niño. Supe estar cerca de aquel paisano bonachón que nos visitaba en plena pampa, entre tumultuosas masas que lo vivaban en la esquina de Pellegrini y 9 de Julio. Yo los vi a mis padres, emocionados de recibir en esta tierra a aquel hombre de voz profunda que se abrazaba con todos en la esquina del Comité, y en la vereda de la plaza. Yo crecí con Alfonsín. Sentí la angustia de mi madre, que lloraba frente a un televisor, el día que un grupo de desfachatados autoritarios intentaban arrebatarnos la naciente paz que había traído Don Raúl. Pero también vi a mis abuelos saliendo a festejar a las calles cuando “el Gallego” -así le decía mi abuelo- se les plantó, y con firmeza dijo: “Ustedes, nunca más”. Se los dijo cuando aún a los “fierros” los tenían ellos, y nosotros teníamos una Constitución demacrada pero cosida con esperanzas de democracia. Yo entendí, con Alfonsín, que algunos hombres llegan para acomodar las cosas, para construir cimientos que la mayoría de nosotros no estábamos listos para entender; que la vocación por lo público, por la República, por la igualdad y la libertad, existían más allá de los fusiles y el autoritarismo prepotente de quienes no aceptaban la opinión diversa. Y me tocó ver partir a Alfonsín, después de luchas desiguales, de absurdos intentos de denostarlo. Lo vi luchando solo, cuando el resto se preparaba para volver a transar con los autoritarios. Yo lo vi a Don Raúl denostado, agraviado, atacado. Y lo vi luchando, y sosteniendo y poniendo siempre la otra mejilla; nunca perdiendo el horizonte claro de que la democracia era respeto, solidaridad e igualdad”. Sé que hoy conmemoramos los 30 Años de Democracia. Sé que no son sólo fruto de un viejo demócrata, y que habrá miles, quizás millones, que aportaron su grano de arena para que hoy estemos en este Recinto, hablando libremente. Pero la realidad, es que sólo hubo una espalda donde recayó todo el peso de la Historia manchada de sangre de una Nación. Y sólo dos brazos continuaron tirando para sacar la República a flote, cuando ya nadie creía que era posible. Señores y señoras: la Democracia moderna en la Argentina tiene un Padre. Y cada vez que digamos, pensemos, o soñemos la democracia, estaremos rescatando del recuerdo a Alfonsín. Me tomo el atrevimiento de citar lo expresado por Alfonsín en la Casa Rosada en diciembre de 2008: “Democracia es vigencia de la libertad y los derechos, pero también la existencia de igualdad de oportunidades y distribución equitativa de la riqueza. Tenemos libertad, pero nos falta la igualdad. Nuestro compromiso, como hijos de la democracia, y el de todos los ciudadanos, es dejarles a nuestros hijos, por fin, un país hermanado como el que nuestros antepasados soñaron para nosotros”. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Voy a referirme brevemente a un acontecimiento que considero de suma importancia, como lo es el reciente Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en relación a la Ley de Medios. Los argentinos hemos protagonizado una semana que nos debe enorgullecer y aleccionar para continuar generando hechos que involucran al conjunto de la sociedad. Además, esas acciones cimientan el sentido de la Historia y, por sobre todo, el de la política misma. El domingo se ha concretado otro acto eleccionario en donde se manifestó libremente la voluntad popular, consolidando de esa forma, los 30 años de Democracia ininterrumpida, que se cumplieron ayer, 30 de Octubre. También la Corte Suprema de la Nación se expidió sobre una Ley que señalará un antes y un después no sólo en la política argentina y latinoamericana, sino que tendrá sus efectos en la comunicación global. Ante las circunstancias que vivimos, son más que oportunas las palabras del periodista desaparecido Rodolfo Walsh -un modelo para los trabajadores de prensa y para los militantes-, cuando resalta que “Nuestras clases dominantes han procurado siempre que los trabajadores no tengan historia, no tengan doctrina, no tengan héroes y mártires. Cada lucha debe empezar de nuevo, separada de las luchas anteriores: la experiencia colectiva se pierde, las lecciones se olvidan. La Historia parece así como propiedad privada cuyos dueños son los dueños de todas las otras cosas”. La decisión de la Corte reivindica cada una de estas apreciaciones de Walsh, al declarar constitucional la serie de artículos que aún estaban en disputa por las cautelares que amparaban al monopolio Clarín. Con este veredicto, termina de ponerse en vigencia de forma total la Ley 26522, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Esta Ley representa el más claro ejemplo del compromiso y del trabajo colectivo de sindicatos de prensa, universidades, organismos de derechos humanos, de periodistas, locutores y operadores, de dueños de radios comunitarias y canales de televisión local, cooperativas de comunicación y, desde ya, la decisión política de la Presidenta al haberle dado impulso en el 2009 al Proyecto de Ley para que fuera tratado por los diputados y senadores en el Congreso Nacional. Hoy, la propiedad de la Historia vuelve a ser del pueblo, de las organizaciones sociales, políticas, gremiales y culturales, porque se sobrepusieron al mandato de los dueños de todas las cosas, al reducido grupo que decidía desde su poder concentrado los destinos del país. La política, que se halla hace una década otra vez en el centro de la escena, es la herramienta transformadora que se ha vuelto a enraizar en la clase política y en los ciudadanos, dándonos más responsabilidades y un nuevo anclaje para el debate, la acción militante y la gestión del Estado. A veces es necesario apelar a las cifras para contrastar datos, y en este caso particular porque refractan un panorama del poder monopólico frente a la lucha gubernamental por la democratización de la información y de la palabra. La Ley lleva el número 26522 y su Decreto Reglamentario, el 1225/2010. Fue promulgada el 10 de octubre de 2009 por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner y reemplazó a la Ley de Radiodifusión 22285, que regía desde la dictadura cívico-militar. Llevó 29 años la derogación de la Ley de Medios de la dictadura. Los ex Presidentes Alfonsín y De la Rúa habían presentado en sus gestiones proyectos de ley, pero no pudieron ser tratados. Los Veintiún Puntos consensuados por la Coalición por una Radiodifusión Democrática en 2004, fueron esenciales para el desarrollo de este Proyecto de Ley. A lo largo de un año fue discutido en 24 foros, que se desarrollaron en distintos puntos del país. Es la ley más debatida en la historia de la democracia argentina. El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados, luego de que se le realizaran más de 100 modificaciones y contó con 147 votos a favor, 4 en contra y una abstención. En el Senado, fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra. El 28 de agosto de este año, se concretaron dos audiencias convocadas por la Corte para discutir la implementación de la Ley. Y el 29 de octubre de 2013, la Corte Suprema ratificó la constitucionalidad de la misma. En este sentido, al cumplirse en el día de ayer 30 años de la recuperación de la Democracia, hubo muchas opiniones y artículos. El periodista Hernán Brienza tituló su nota de la jornada, respecto de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, como “El mejor regalo para la democracia”. Esta Ley, consolida el proceso democrático argentino y convierte al país otra vez en ejemplo para el resto del mundo, como lo ha sido en el campo de los Derechos Humanos. Muchas gracias.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 32/2013 (HCD) mediante la cual se Declara de Interés Municipal el Evento Religioso denominado “La Pampa Jesús Te Ama”. Expte Nº 98-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4935/2013 mediante la cual se declaran no laborables los días 23 y 24 de Junio “Wiñoy Xipantu” (Comienzo del ciclo Mapuche/Rankülche) en la Municipalidad de Santa Rosa, para los miembros del Pueblo Mapuche/Rankülche. Expte. N° 137-1/2010 (HCD). Pasa a archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de las Ordenanzas N° 4936 y 4937/2013 mediante las cuales se Otorga la Personería Municipal a las Comisiones Vecinales Colonia Escalante Sur y Las Camelias, respectivamente. Expte. N° 163-2/2005 (HCD). Pasa a archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza Nº 4938/2013 mediante la cual se Concede al Departamento Ejecutivo hasta el 30 de Noviembre la prórroga para la presentación del Proyecto de Presupuesto y sus consiguientes Ordenanzas Tarifaria y Fiscal. Expte Nº 252-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza Nº 4939/2013 mediante la cual se Modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4665/2012 (Reserva Natural Urbana). Expte Nº 141-1/2012 (HCD). Pasa a archivo.-
II. DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
II.1.- Nota remitida por el Señor Concejal Juan Mecca del Partido Justicialista elevando nota del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) mediante la cual solicitan la integración de proporcional de sueldo que no contempla la A.R.T, a empleados siniestrados. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
III. 1.- Nota del Sr. Raúl Alberto Necol del Centro de Formación Profesional Nº 1 solicitando se Declare de Interés Municipal la “Semana de la Educación Técnica” a desarrollarse entre los días 11 y 15 de Noviembre del corriente año. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
IV. DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
IV.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle ITALIA. Expte Nº 7564/2012/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
IV.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Cordón Cuneta y Pavimento en calle PARANÁ. Expte Nº 2630/2009/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
IV.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle JOSE MANUEL ESTRADA. Expte Nº 1629/2013/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
IV.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque Comunidad Organizada mediante el cual se Modifica el Artículo 4º de la Ordenanza Nº 4750/2012 (Regulatoria de la distribución de fondos de las ONG´s vinculadas a la atención de personas con discapacidad). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por la Señora Concejala Mariela Cabreros del Partido Justicialista mediante el cual se Modifican los Artículos 14º, 18º, 24º, 25º, 26º, 27º, 29º, 31º, 32º y 38º de la Ordenanza N° 4410/2011 (Regulatoria General de Comisiones Vecinales) y se deja sin efecto el Artículo Nº 28 de la misma. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV. 6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba el Convenio suscripto entre Aguas del Colorado S.A.P.E.M y la Municipalidad de Santa Rosa. Expte N° 515/2007/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.7.-Proyecto de Ordenanza presentado por el Señor Concejal Juan Mecca del Partido Justicialista mediante el cual se Sustituye en el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4315/2011 el texto de su Artículo 72º referido al Adicional por Asistencia Perfecta de los y las Agentes Municipales. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.8.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque Comunidad Organizada mediante el cual se deberá exponer en los palieres o zonas de ingreso en todos los edificios de propiedad horizontal del medio, obras artísticas de autores pampeanos. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.9.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra de Alumbrado Público en Pasaje EVARISTO CARRIEGO. Expte Nº 6481/2013/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
V. DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
V.1.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Comunidad Organizada mediante el cual se declara de Interés Municipal la presentación del disco “A Primera Vista” de Cristian Morales. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
V.2.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas del Partido Justicialista mediante el cual se solicita a las autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad, Distrito La Pampa, arbitren los medios necesarios para dar curso al reclamo realizado por vecinos del Barrio Villa Elisa referido a la apertura de acceso a dicho Barrio sobre la Ruta Nacional Nº 35 a la altura de calle Escuela Normal.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°.- Solicítase a las autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad, Distrito La Pampa, arbitren los medios necesarios para dar curso al reclamo realizado sobre la apertura de acceso al barrio Villa Elisa de la ciudad de Santa Rosa, sobre la Ruta Nacional Nº 35 a la altura de la calle Escuela Normal. Artículo 2°.- Remítase copia de la presente a la Dirección Nacional de Vialidad, Distrito La Pampa, adjuntando copia de las actuaciones referidas a lo solicitado en el artículo precedente, obrantes en expediente Nº 178-1/2012 (HCD).- Artículo 3°.- De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: Gracias, señor Presidente. Simplemente, nosotros recibimos esta semana, conjuntamente con los demás Concejales, la visita de los vecinos de Villa Elisa. Pero también se han comunicado con nosotros los vecinos del Barrio Las Artes, preocupados por el Proyecto de entubamiento que se está realizando sobre la Ruta 35, el cual deja sin conexión a los barrios con el acceso más rápido a la ciudad. Es por eso que desde este Bloque hemos propiciado sacar esta Resolución para enviar a Vialidad Nacional, y que revean la posibilidad de abrir momentáneamente hasta que, en el caso de Villa Elisa, pueda la Municipalidad llevar adelante la obra de apertura de la calle Formosa. Y tendríamos que ver de qué manera solucionamos el Barrio Las Artes, porque la única comunicación que tiene con el resto de la ciudad es a través de la Ruta 35. Así que es simplemente eso: pedirle a mis pares que nos acompañen con el voto positivo. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. En principio, coincidimos con la cuestión de fondo. Estamos convencidos de que Vialidad Nacional se manejó en forma imprudente. Cerró una calle sin dar el aviso correspondiente, sin poner la cartelería correspondiente, que podría haber provocado accidentes en el lugar por la decisión tomada y no haberla comunicado fehacientemente a la comunidad. De lo que sí estamos convencidos es de que, más allá de este error que ha cometido en la forma de conducirse Vialidad Nacional a cargo del Ingeniero Rodríguez en la Provincia de La Pampa, los Fundamentos del Proyecto que estamos por votar se basan en el expediente 178-1. Y este expediente se inició justamente a pedido de los vecinos, no del Barrio Villa Elisa sino del Barrio Malvinas Argentinas -un poquito más arriba-, justamente como lo decía la Concejal preopinante, por la cuestión no solamente del Barrio Las Artes, sino también por el propio Barrio Malvinas Argentinas. Y es llamativo, señor Presidente, porque estamos preocupados… Hoy discutíamos rápidamente en Labor Parlamentaria a quién le teníamos que enviar esta decisión del Concejo, si era directamente a Vialidad Nacional o lo hacíamos a través de las áreas ejecutivas de la Municipalidad, quienes son además los que tienen los conocimientos técnicos y la mejor posibilidad de expresarse de igual a igual con algún par en Vialidad Nacional. Yo tengo aquí el expediente 178-1. Basado en el Considerando anteúltimo del Proyecto, dice que “…en virtud de la Comunicación Nº 14/2012 del Honorable Concejo Deliberante de Santa Rosa, el Departamento Ejecutivo informa que lo referido a la Ruta Nacional Nº 35 es de competencia de la Dirección Nacional de Vialidad.” Y la nota dice eso. Creo que la firma Breser, y dice eso: que es de competencia de Vialidad Nacional, casi como diciendo “nosotros no podemos hacer nada”. Pero tampoco significa que se haya hecho alguna gestión ante Vialidad. Simplemente, se dio por descartado que “no se puede hacer nada, porque es de Vitalidad”. Y si usted mira la traza de la Ciudad de Santa Rosa, señor Presidente, verá que ya muchos tramos de ruta han pasado al ejido municipal. Entonces, me parece muy cómodo decir “no podemos hacer nada, porque es de Vialidad Nacional”. Alguna gestión habría que hacerse, desde la Municipalidad, para que se aceleren los cambios, atento a las necesidades del crecimiento de la ciudad. Por eso, señor Presidente, en esta pequeña intervención, más que un Proyecto de Resolución dirigido a Vialidad Nacional, creo que tenemos que hacer un Proyecto de Comunicación dirigido al Departamento Ejecutivo, para que arbitre a través de Vialidad Nacional los pasos necesarios para garantizar los accesos al Barrio de Villa Elisa. Y la cuestión que también me parece importante resaltar, y que no deberíamos nosotros decirla -por lo menos en lo que emitamos- es de no hacer referencia a la “Ruta 35”, porque ese pedazo de Ruta 35 se llama “Eva Perón”, porque la incluimos dentro del Ejido Municipal. Si ya decimos que es “Ruta 35” y que Vialidad es la que tiene que hacer todo el trabajo, básicamente nos estamos desentendiendo del tema desde la Municipalidad. Entonces, señor Presidente, si fuera posible, me gustaría en algún momento de este debate, consensuar que en vez de ser un Proyecto de Resolución sea un Proyecto de Comunicación dirigida al Departamento Ejecutivo, para que arbitre las medidas para que se garantice la apertura de la calle a la altura del cruce de la calle Escuela Normal, o que se diga en qué tiempo se va a hacer la apertura de la calle Formosa. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Perdón, ¿usted pide un cuarto intermedio?–
CONCEJAL CUELLE: Todavía no.-
PRESIDENCIA: Bien. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Creo que lo que tratamos de hacer con este Proyecto, es darle un poco más de celeridad al reclamo de los vecinos. Y directamente, sin pretender hacer un puente con el Departamento Ejecutivo, enviamos esto como Cuerpo a Vialidad Nacional. A esta inquietud con la que vinieron algunos comerciantes y vecinos del lugar, trasladarla directamente. También nos hemos puesto en contacto con el Departamento Ejecutivo, y ellos tienen intención de abrir la calle Formosa. Por eso lo que le estamos solicitando a Vialidad Nacional no es que en forma definitiva elimine el guarda-rail, sino que lo haga momentáneamente -o que arbitre los medios para hacerlo momentáneamente- y hasta que el Municipio pueda llevar a cabo la obra de la calle Formosa, pueda retirarlo. Pero consideramos que este Proyecto es adecuado de esta manera, para que directamente esto mañana ya sea firmado en la Secretaría y sea remitido al organismo nacional pertinente, y no tener que hacer un proyecto para que vaya al Ejecutivo y que después el Ejecutivo tenga que mandar a Vialidad Nacional una cuestión que ya está debatida y ya está hablada entre el Ejecutivo y Vialidad Nacional. Estamos intercediendo ante este organismo a pedido de los vecinos, y creo que ellos necesitan celeridad. Por lo cual, dar vueltas y generar más burocracia, en este momento lo considero inoportuno. Así que vamos a insistir con este Proyecto de Resolución, que consideramos que está plasmada la inquietud de los vecinos y estamos tratando de resolver el problema a la mayor brevedad posible. O por lo menos, que Vialidad Nacional se expida y nos diga, si no es viable, por qué motivo no lo es. Así que vamos a mantener este Proyecto de Resolución, tal cual como lo hemos presentado. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Sobre este Proyecto, que parece un proyecto menor pero que dio origen a un debate muy interesante hoy en nuestro Bloque, teníamos por lo menos dos consideraciones, o tres. La primera, es que evidentemente hay un problema real, que debe ser solucionado en forma rápida. La segunda, es de tipo técnico. Nosotros sabemos que la zona en que tenemos el problema, es la zona de circulación de transición entre la ruta y la entrada a la ciudad. A todas las ciudades les ocurre esto. La ruta, después de un tiempo, está rodeada de zona urbana, y la velocidad garantizada con seguridad para la ruta no es adecuada para la zona urbana, sobre todo porque en zona urbana aparece la necesidad de los cruces transversales permanentes; es decir, las entradas y salidas a las calles que forman parte de la trama de la ciudad. Frente a esto, la única solución definitiva -si se puede hablar de la palabra “definitiva”, para una solución a largo plazo- es el trazo de la nueva Avenida de Circunvalación, que une la Ruta 5 con la Ruta 35 por fuera del radio urbano. Este diseño, esperemos que esté considerado dentro de los diseños que tienen que resolverse estratégicamente en la ciudad, pero ya es como que el problema se vino encima. Hasta tanto se logre esa Circunvalación, esa vía, nosotros lo que queríamos plantear es que se realice una gestión a nivel municipal, para habilitar la entrada y salida a los barrios que quedan sobre la ruta. Para darle seguridad a esta cuestión, hay que reducir la velocidad de la vía. En su momento, recuerdo que la Concejala Rodríguez había planteado reductores de velocidad, que en realidad son muy desaconsejados por el tipo de zona en que estamos -estamos hablando de la zona de transición, donde vienen autos a mucha velocidad y deben bajar a 40 kilómetros, que es la velocidad urbana-. En la zona, viniendo desde el Norte por la Ruta 35, hay carteles indicativos de “Máxima 80” y luego “Máxima 60” para abordar la Circunvalación de la ciudad, es decir la Santiago Marzo- a una velocidad urbana. La solución que estamos proponiendo, es la apertura de los cierres que se han hecho recientemente y la instalación de semáforos para bajar la velocidad de la vía hasta tanto se pueda dar la solución definitiva. Nos parece que también forma parte de esa solución, la apertura de la calle Santiago Marzo hacia la Formosa. Y esa es una obra en la que tiene incumbencia la Municipalidad y la puede realizar la Municipalidad. Tenemos una experiencia de hace dos años y medio, de haber realizado gestiones en Vialidad Nacional respecto de una vía que es la Avenida de Circunvalación. Esa avenida fue construida con un diseño que, ya al momento de construirse, no coincidía con la zona de la ciudad. Tiene esa baranda que ese llama “New Jersey”, que es la baranda de hormigón, y terminó siendo una obstrucción dentro de la ciudad para el tránsito transversal. La forma de solucionarlo en ese momento -solucionarlo parcialmente o atenuar el efecto negativo del aislamiento que produce esa avenida-, fue gestionar en Vialidad Nacional la posibilidad de instalar catorce cruces semaforizados. Es decir, sumar a los que había, unos cuantos. Y eso fue lo que se hizo, e inclusive se gestionaron cuatro cruces peatonales más, con semáforos, ya que en la práctica, como todos sabemos, el cruce de ese tipo de vías por los puentes peatonales es prácticamente una obra bastante poco práctica; y en realidad el peatón no tiende a usar el cruce de esa vía en forma peatonal, por el puente, y sí con un cruce a la altura del piso. Entonces, como no existe la otra posibilidad en la zona, que sería hacer la curva y contracurva para bajar la velocidad, que es también otra de las estrategias que se podría haber usado -no existe espacio para realizar esa obra, excepto que se utilizara una buena porción del predio del Aeropuerto-, estamos planteando que existe la posibilidad de abordar simultáneamente la baja de la velocidad de la ruta -para lo cual podría tener incumbencia en el control de velocidad el Municipio, y sin tocar una obra ya que se trata de jurisdicción nacional-, y mientras tanto realizar la apertura de la calle Formosa. Nos parece que ese sistema daría fluidez y seguridad a la zona, hasta tanto se construya la nueva Circunvalación que uniría -seguramente por muchos kilómetros más afuera- la Ruta 35 y la Ruta 5. Esa es la cuestión técnica que estamos ofreciendo. Nosotros estuvimos en Vialidad Nacional, y en realidad nos mostraron un diseño de obra muy moderno -una construcción nueva de toda la ruta-, que abarca desde donde está ubicado el ingreso al campo de la Facultad de Agronomía -lo que será el Campus en el futuro- hasta el límite Norte de la Provincia de La Pampa, la Ruta 35. Sin embargo, eso no abarca justamente la zona que tenemos ahora en conflicto. Esto que queremos decir, es que es posible intervenir en los cruces y en bajarle la velocidad, a pesar de que sea una vía nacional. Y es posible gestionar con Vialidad Nacional la apertura de los cierres de los guarda-rail, y la apertura de la calle Formosa simplemente por acción propia de la Municipalidad. Y ahora venimos entonces a la tercera cuestión, que es la cuestión política. En realidad, como está redactado el Proyecto de Resolución, es como que estamos aceptando que el representante político del Municipio en la gestión con Vialidad Nacional, no es el Intendente sino que es el Concejo Deliberante. Sin embargo, desde el punto de vista institucional, el que tiene que realizar la gestión ante Vialidad Nacional, más allá de las charlas que podamos tener y las resoluciones que podamos sacar, el único que es el representante de la Ciudad frente a una jurisdicción nacional, es el Intendente de la Ciudad, que es el que se tiene que poner -me parece- con estos elementos y muchos más elementos técnicos que debe tener, a la cabeza de este problema. La verdad es que nosotros podríamos apoyar -creo que hay un consenso de apoyar la Resolución-, pero nos parece inadecuado desde el punto de vista institucional. Porque estamos desconociendo que el Intendente es quien debe realizar la gestión, o estamos suponiendo que no la realizó, o no sé… Digamos que la voluntad del Bloque fue, llegando a la conclusión, de que vamos a apoyar esta Resolución, pero insistir en que el único que puede llevar adelante y para eso tiene la potestad de representar a la Ciudad, es el Intendente, frente a la Dirección Nacional de Vialidad del Distrito La Pampa. Estas gestiones, ya las han realizado otros Intendentes. Han sido, por supuesto, complejas, pero han sido posibles. Es decir, que nosotros colaboraríamos en aportar elementos técnicos y visiones del problema, para que el Intendente aborde con Vialidad Nacional la cuestión, y estamos predispuestos a votar positivamente. Si no cede el Bloque del Justicialismo en cambiar la forma de la Resolución, votaríamos como está, con esta salvedad que acabo de desarrollar. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es cierto que los vecinos necesitan celeridad. Pero ser “efectista”, es muy distinto a ser “efectivo”. Coincido con lo que dijo el Concejal Di Liscia. Nosotros podemos hacer miles de resoluciones, pero quien tiene los fundamentos técnicos para poder abordar un debate de igual a igual, es el Departamento Ejecutivo. Nosotros vamos a hacer una expresión de deseos: “Vialidad Nacional, nos gustaría que vuelva a abrir de vuelta el paso a la altura de la calle Escuela Normal”. Por eso, si no hay -como dijo el Concejal Di Liscia- cambio en el parecer, por supuesto que no fue una moción pero levanto la posibilidad de que sea una Comunicación y adhiero a que se vote el Proyecto presentado por el Partido Justicialista. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Bien. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Ya como para terminar el debate, más allá de cuestiones políticas o de la connotación que se le quiera dar a esta cuestión, acá los vecinos plantearon que por lo menos -más allá de ser efectistas, o efectivos, o pongámosle la palabra que quieran-, plantean una solución temporaria, más allá de cualquier otra conversación que a nivel técnico pueda elaborar el Ejecutivo con Vialidad. Acá el tema que estamos pidiendo, puntualmente, es la eliminación momentánea, hasta que el Municipio abra la calle Formosa. Todas las apreciaciones que hizo el Concejal Di Liscia respecto a los límites de velocidad, si hay que poner semáforos, si hay que poner un puente, esas cuestiones creo que van a dilatar la cuestión, y son situaciones técnicas que, por cuestiones de competencia, llevarán un tiempo razonable con este organismo nacional. Por lo cual, creemos que no estamos acá desconociendo la autoridad política del Intendente, sino que estamos diciendo que más allá de situaciones técnicas, es una situación puntual, donde hay que resolver el problema; y decirle a Vialidad Nacional que momentáneamente arbitre los medios para solucionarles el problema a los vecinos. Después, paralelamente, podrá discutir del Ejecutivo con el organismo nacional y con los departamentos técnicos pertinentes, cuál es la mejor solución para que todos los barrios tengan el acceso seguro y más rápido posible a la Ruta 35. Pero no es que estemos encaprichados con mantener un Proyecto, sino simplemente buscar la manifestación para que ante esta situación puntual que reclamaron los vecinos, se les dé la solución lo más rápido posible y en forma momentánea. Después, con el tiempo, los organismos técnicos correspondientes, las partes técnicas, los ingenieros y quienes tengan competencia en el tema, podrán buscar una solución definitiva si es que la hay, hasta tanto pueda llegar a realizarse la obra de la que hablaba Di Liscia, respecto al ingreso a la ciudad hasta el campo de Agronomía. Así que no es por capricho, sino para ver si podemos realmente satisfacer el pedido de los vecinos que vinieron preocupados por esta situación, e interceder ante un organismo nacional como representantes de ellos que somos. Así que mantenemos, otra vez, el criterio de que se vote tal como está el Proyecto. Gracias.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando la Resolución aprobada por unanimidad.-
ORDEN DEL DIA.-
- Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales en el marco de la Ley Provincial Nº 2461 (Creación del Consejo Provincial de Descentralización). Expte Nº 49-1/2008 (HCD) y 6573/2013/1-1 (D.E).-
Por Secretaría se comienza a dar lectura al enunciado del punto 1º del Orden del Día, ante lo cual solicita el uso de la palabra el Concejal Cuelle.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Se había acordado en Labor Parlamentaria, que se incorporara como punto 1 del Orden del Día, un Proyecto de Ordenanza tendiente a adherir al Decreto Reglamentario, o a la Ley 2717.-
PRESIDENCIA: Como quedamos en Labor Parlamentaria, se iba a solicitar. Levanten la mano los señores Concejales que estén de acuerdo en que pasemos al punto 1º, el despacho dado por la Comisión de Labor Parlamentaria… Aprobado por unanimidad, se va a tratar.-
Por Secretaría se da lectura al Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria, en los siguientes términos: “1) Despacho de la Comisión Parlamentaria. 31 de octubre de 2013. Honorable Concejo Deliberante: Habiendo analizado las actuaciones obrantes en el Expte. 248-1/2013 (HCD), agregado Nº 6472/2013/1-1 (DE), vuestra Comisión de Labor Parlamentaria aconseja aprobar el siguiente Proyecto de ORDENANZA: Artículo 1º: Adhiérase a la Ley Provincial Nº 2717 y su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 721/2013. Artículo 2º: La Autoridad de Aplicación será la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Local o la que en su futuro la reemplace. Artículo 3º: Créase la Cuenta Especial “Multas Ley 2717″, compuesta por el 25% (Veinticinco por ciento) de los fondos que se perciban por la aplicación de las sanciones establecidas en el Artículo 6º del Anexo I del Decreto mencionado en el Artículo 1º de la presente, que se afectará presupuestariamente y se destinará a la atención de las erogaciones que resulten de las tareas de control dentro de la órbita de la Dirección de Sanidad y Control de Actividades Económicas. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese, publíquese y, cumplido, archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Después de haber acordado este texto de Adhesión a la Ley de Cierre Dominical, con el cual estamos acogiendo un pedido del Poder Ejecutivo, que es el que mandó el Proyecto para adherir, estuvimos hace un ratito, antes de comenzar la Sesión, con el Vice-Presidente de la Cámara de Comercio, quien nos pidió la posibilidad de venir el día martes a la Comisión por una noticia que ha salido en los medios, respecto de… Sí, se habló de una posible comunicación y una reunión que han mantenido con comerciantes de Castex. Siempre la idea nuestra -por lo menos, en la Comisión que yo presido- es escuchar a todos. Si bien estuvo presente Ortiz Echagüe y los miembros del Centro Empleados de Comercio, creo que no modificaría en nada aguardar una semana más para poder votar este despacho que -reitero- es un Proyecto que originariamente vino del Ejecutivo. Y también nos queda pendiente una reunión con representantes del culto adventista, que quieren hacer un planteo respecto de la implementación de la Ley. Entonces, en honor a esta apertura que siempre hemos tenido y de tratar de escuchar a todos los vecinos, más allá de que estamos de acuerdo con el objetivo de la Ley y con el beneficio a los pequeños comerciantes -aquellos que tienen Pymes familiares-, y vemos que se han incrementado notoriamente los ingresos de estas pequeñas empresas, debido a que las grandes superficies han cerrado y han perdido un 10% de sus ventas, que repercute obviamente en el mercado local, consideramos con el Bloque, aguardar una semana más para escuchar a estas dos campanas que faltarían, y dar por cerrado este Proyecto que ha estado en Comisión durante un tiempo, y al cual se le han encontrado algunas cuestiones de gramática -o de redacción-, en relación a los porcentajes y a lo que tiene que ir a Rentas Generales y que tiene que tener la Secretaría de Desarrollo Local. Así que, si bien acordamos hoy traer el despacho al Recinto, pedimos a los Concejales que han firmado el mismo remitirlo a la Comisión, para poder escuchar al Culto Adventista y al Vice-Presidente de la Cámara, y de esa manera por lo menos darle la posibilidad a todos los vecinos que quieran expresarse y quieran opinar respecto a este tema. Así que la moción que planteo es que vuelva a Comisión, para que en Administrativa sea tratado el martes, cuando viene esta persona que ha sido invitada: a las once el Culto Adventista, y a las once y treinta el Vice-Presidente de la Cámara de Comercio, que nos va a informar también respecto a la opinión que tienen los comerciantes de las distintas localidades del interior de la Provincia, y cómo está funcionando la aplicación de la Ley a nivel de la Ciudad de Santa Rosa. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Por supuesto, por la propia naturaleza que involucra a este Bloque, no nos vamos a negar a escuchar todas las voces y a escuchar todas las palabras. Y a propósito -hago un paréntesis-, estaría muy bueno que con la plena vigencia de la Ley de Comunicación, se democratice la palabra en Canal 3. Cierro paréntesis. Ahora bien, teniendo en cuenta estas invitaciones que se han realizado, en principio que venga el Culto Adventista a expresar su opinión no va a cambiar la Ley, porque la Ley es Provincial. En todo caso, si quieren que la Ley se modifique, deberán ir a ver a los diputados para que hagan la modificación correspondiente. Muy poco podemos hacer nosotros desde la Municipalidad de Santa Rosa. Y esta Ley, señor Presidente, también ha sido una Ley debatida y discutida. Y es una de las pocas veces en las cuales se ponen de acuerdo nada más y nada menos que -institucionalmente- la patronal y los empleados -o los sindicatos-. Y en ese sentido, señor Presidente, me parece que no habría que dilatar la adhesión porque, más allá de las reformas que se propongan, no creo que esté en la mente de la Cámara de Comercio ni de los trabajadores, derogar la Ley. La Ley va a seguir su curso, más allá de las modificaciones que sufra. Y lo único que nos ha pedido el señor Gobernador a través del Decreto, es que las municipalidades adhieran a ese Decreto. Por supuesto que si el día de mañana se cambian los metros cuadrados, lo van a hacer los diputados en el texto de la Ley. Por supuesto que si hay incorporaciones, las van a hacer los diputados en el texto de la Ley. Lo único que se les ha delegado a las municipalidades es la tarea del control, porque evidentemente no la puede hacer el Gobierno Provincial. Entonces, se la ha delegado a los municipios. Y mientras adherimos a la Ley y ganamos tiempo, y damos celeridad a los procesos, no nos olvidemos que después de la adhesión tendrá que venir el Convenio entre la Municipalidad y la Provincia, para poder hacernos de los fondos que posiblemente se puedan producir, producto de las multas que se impongan a aquellos comercios que abran los días domingo y tengan más de lo que establece la propia Ley. Ahora, honestamente no veo necesidad de volverlo a Comisión, porque simplemente es la adhesión, y seguirá el curso de la propia Cámara de Diputados, porque creo que desde acá todavía no podemos derogar leyes provinciales nosotros, ni modificarlas. Así que me parece que no hay por qué plantear la vuelta a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones, para debatir nuevamente y escuchar más voces. Creo que tranquilamente se puede escuchar a todas las voces que sea necesario, pero nosotros no vamos a hacer el cambio de la Ley. Nosotros, lo que estamos haciendo, es una modesta Ordenanza adhiriendo a una Ley, o -en su caso- al Decreto Reglamentario, que es lo que tendríamos que discutir, honestamente. Por lo tanto, señor Presidente, yo voy a adelantar el voto negativo a la intención de volverlo a Comisión, y sí voy a plantear una moción de orden para que se vote este Proyecto de Ordenanza que ha sido redactado y aprobado por la Comisión de Labor Parlamentaria. Muchas gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Bien. Hay una moción de orden del Concejal Mecca, por lo cual… (Interviene la Secretaría).-
SECRETARÍA: No…, del Concejal Cuelle. El Concejal Cuelle hizo la moción de orden, no Mecca.-
PRESIDENCIA: ¿No hizo una moción concreta de que volviera a Comisión?–
CONCEJAL MECCA: No era una moción de orden, señor Presidente, sino una moción para que volviera a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: Por eso, primero es la moción del Concejal Mecca.-
SECRETARÍA: Primero se vota la de Cuelle.-
PRESIDENCIA: Bueno. Ponemos, entonces, en consideración, la moción de orden del Concejal Cuelle, para votar la Ordenanza. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… Bueno, vamos entonces a dar un voto… Aprobada por mayoría.-
CONCEJAL MECCA: Señor Presidente: la moción de orden ha tenido seis votos afirmativos (haciendo referencia a los votos emitidos por los Concejales y Concejalas Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón, Villatoro y Rodríguez), y seis votos negativos (de los Concejales y Concejalas Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo y Taboada). Habría que definir esa situación, porque estamos empatados, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-CONCEJAL CUELLE: Señor Presidente: Para acomodar la Sesión, voy a pedir que la votación sea nominal.-
PRESIDENCIA: Bueno, haremos entonces la votación en forma nominal.-
Conforme lo indicado por la Presidencia, por Secretaría se procede a invitar a los Concejales a votar nuevamente -esta vez en forma nominal- la moción del Concejal Cuelle.-
Votan afirmativamente los Concejales y Concejalas Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón, Villatoro y Rodríguez, y en forma negativa los Concejales y Concejalas Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo y Taboada.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Entiendo que se abre nuevamente el debate legislativo. Quiero advertir, señor Presidente, que si este Proyecto es rechazado, no puede volver a tener tratamiento en el transcurso del año. Así que, señor Presidente, advirtiendo eso, pido que se vuelva a poner en consideración.-
PRESIDENCIA: Bien. Se reabre el debate, entonces. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Lo que estamos votando negativamente, es la moción de orden del Concejal Cuelle. —
CONCEJAL CUELLE: No, es el Proyecto.-
CONCEJAL MECCA: No, lo que estamos votando negativamente es la moción de orden. No pidió la votación, sino lo que… (Se producen algunas acotaciones, fuera de micrófono)… Bueno. Lo que estamos tratando de coordinar, es el debate. Por eso queríamos que se abriera nuevamente el debate, y está pendiente la moción de que vuelva el expediente… La moción que presenté yo, solicitando que vuelva a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones, no fue puesta a votación. Con lo cual, tiene que haber votaciones, con respecto al planteo que hice yo en la primera oportunidad, y después lo que manifestó el Concejal Cuelle. Pero quería referirme respecto a las apreciaciones que hizo el Concejal preopinante, en relación a que “hay que votar, más allá de la apertura que podamos tener con los vecinos”. Entiendo que no tenemos que citar a nadie más, entonces. Si la idea va a ser aprobar el Proyecto hoy, entonces no sigamos invitando a la gente, porque me parece que es una falta de respeto invitar a alguien que quiere dar una opinión, cuando la decisión del Cuerpo está tomada y se vota una adhesión a una Ley Provincial -con la cual, reitero, no estamos en desacuerdo-; pero es una falta de respeto a alguien que venga a plantear alguna inquietud, respecto de una situación en que nosotros ya tenemos la decisión tomada. Por lo menos, creo que mínimamente, por respeto a esas personas que, debido a la asistencia que hubo en la Comisión, no solamente por el tema de la adhesión sino por otras cuestiones que han sido de tratamiento en la misma, no pudimos invitar a todos en el mismo día. A medida que fueron desarrollándose las distintas Comisiones -o la misma Comisión, pero semana a semana-, vinieron a pedir la posibilidad de hablar. Y entonces, entiendo -reitero- que es necesario, antes de tomar una resolución, por lo menos escucharlos y darles la posibilidad de que planteen sus inquietudes. Si ya va a estar la decisión tomada, no invitemos a más nadie. Si no tenemos la posibilidad de modificar la Ley -obviamente, que estoy de acuerdo en que no podemos modificar una ley por ordenanza-, digámosle eso a la gente, no recibamos a nadie y tomemos las decisiones en forma inconsulta porque, bueno, también el pueblo nos votó para tomar decisiones. Pero creo que si nos jactamos de que estamos representando a los vecinos, y nos piden usar la palabra, en el Recinto, y quieren venir a la Comisión y los vamos a hacer venir con una decisión tomada…, tomemos la decisión de no invitarlos, de decirles que no vengan el martes y que ya hemos optado por adherir a la Ley y que a cualquier aporte que ellos puedan hacer no lo vamos a tener en cuenta, porque ya tenemos el convencimiento de que hay que adherir a esta Ley Provincial. Con lo cual, queda pendiente la moción que presenté de que el expediente con el despacho vuelva a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones, que no fue votada.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Para ordenarnos un poco. Primero, el Proyecto es un Proyecto que nos pide el Departamento Ejecutivo. Ante la consulta con el Departamento Ejecutivo, el Ejecutivo dice que está en condiciones de fiscalizar. Y lo que estamos haciendo, es adherir a una Ley para su fiscalización. Nada más que eso. Es el acuerdo que hicimos en Labor Parlamentaria. Yo, obviamente, respeto lo que acordamos y por eso es que estoy votando positivamente. Y además de eso, creo que sí hay que escuchar a todos los vecinos. De hecho, lo podemos hacer. No va a cambiar en nada el tema de la fiscalización. De hecho, creo que deben venir el martes y escucharlos, como escuchamos a todas las personas que vienen aquí. Solamente que, por más que escuchemos y traigan sugerencias, no vamos a poder modificar absolutamente nada de la fiscalización, que va a estar a cargo del Departamento Ejecutivo. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. La primera reflexión que quiero hacer, es que hoy, además de 30 años de Democracia -dos años de gestión-, celebro que el Bloque oficialista quiera escuchar a todas las partes, sobre todo cuando sistemáticamente sobre temas puntuales en la ciudad, nos han negado a la oposición la posibilidad de la Audiencia Pública. ¿Qué mejor que eso, para poder escuchar a todas las voces disonantes, o las que estaban a favor? Así que también celebro esa oportunidad de que hoy finalmente quieran escuchar a todas las partes. Y celebro, y espero que lo sigan aplicando en el futuro. Hay una moción de orden que fue muy clara, que hay que definir. El Concejal Cuelle, dijo para que el despacho sea tratado hoy, por la afirmativa o la negativa. Me parece que esa es la cuestión que debemos resolver, y se había abierto el debate para eso. Eso es lo que yo entiendo, por lo menos. Muchas gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Esa moción de orden que, puesta a votación, fue empate, es lo que posibilitó -ese empate- la apertura del debate. Por eso, una vez que hemos debatido -vuelta a poner a discusión-, si hay nuevamente empate deberá desempatar el señor Presidente. Eso es lo que quería dejar aclarado.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Creo que se nos ha acusado de que nosotros no queremos dar la palabra. Y celebro la memoria que tiene el Concejal Salomón para recordar las veces que se ha cercenado la palabra en este Recinto. Pero más allá de eso, creo que el Concejal del Bloque oficialista se olvida, o desconoce, la dinámica de los procesos dentro del Concejo. Porque si los vecinos que vengan nos traen alguna alternativa que mejora lo que dice la norma -por ejemplo, que en vez del 25% afectemos el 100% a la Cuenta Especial y se la demos para microemprendimientos, que es una propuesta de este Bloque-, si los vecinos que vienen nos traen esa propuesta, por supuesto que como toda norma, vamos a proponer la reforma de la norma y seguirá en vigencia la norma dentro de la Municipalidad. Así que simplemente haciéndome eco de los que han votado afirmativamente, considero que lo único que nos están pidiendo es que hagamos la adhesión a la Ley, y que de esa forma el Municipio pueda fiscalizar lo que establece la propia Ley. Muchas gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Bien. Ponemos en consideración, en forma nominal, del Honorable Concejo, el Proyecto de Ordenanza… ¿Pidió la palabra? (dirigiéndose al Concejal Mecca).-
CONCEJAL MECCA: Es, simplemente, para recordar también que yo planteé una moción para que el expediente vuelva a la Comisión, y que esa moción no fue tratada, tampoco.-
PRESIDENCIA: Sí. Yo la puse a votación, pero me dijeron que correspondía la otra moción.-
CONCEJAL MECCA: Creo que tengo la misma jerarquía que todos los pares que están acá, así que la moción que yo planteaba también tendrá que ponerse a votación.-
CONCEJAL CUELLE: Señor Presidente: Se debe poner a votación, en todo caso, después de que esta moción sea aceptada o rechazada. Digo, no creo que ya tenga después alguna posibilidad de avanzar. Pero es la misma moción que hizo el Concejal Mecca cuando quiso cortar la palabra para que no se debata algún tema en el Recinto, y se le respetó esa moción de orden. Esa moción de orden, tiene que ser votada por los Concejales. Para eso está así, en el Reglamento, especificado.-
PRESIDENCIA: Bien. Ponemos, entonces, en consideración, la moción de orden del Concejal Cuelle, de que la Ordenanza… Es decir, si se rechaza la moción de orden, se pone la suya a consideración, Mecca. Pero yo tengo que poner la moción de orden, en consideración. ¿O no?…, ¿no es así?–
CONCEJAL MECCA: A mí lo que me interesa saber, señor Presidente, es en qué consiste la moción de orden que pidió el Concejal Cuelle. Porque en realidad, dijo “voy a proponer una moción de orden”, pero el objeto de la moción no quedó claro. No sé que estamos votando. Una “moción de orden”, pero…, ¿en qué consiste, cuál es el objeto de la moción de orden que estamos tratando y que se está votando? Porque lo que interpreté, es que estaba pidiendo que se cerrara el debate y se pusiera a votación, pero la moción era el cierre del debate, no la aprobación o desaprobación del Proyecto. Entonces, lo que pido que se aclare, es cuál es la moción de orden que está proponiendo.-
PRESIDENCIA: Sí…, tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: A ver si podemos decirlo despacio, para que nos podamos entender. Cuando se inició el debate de este punto, el Concejal Mecca propuso que vaya a Comisión. Cuando intervine, hice una moción de orden para que se vote este Proyecto. Cuando fuimos a la votación, terminamos empatados. El Reglamento dice que una vez que se está en medio de un empate, se vuelve a abrir el debate, para ver si se puede cambiar alguna posición. Y nuevamente se pone a consideración la moción de orden original. No es que hay una nueva moción de orden. Por eso, no sé qué es lo que no entiende el Concejal de lo que debemos votar como moción de orden. Lo que debemos votar, es si aceptamos o no el punto 1 como una Ordenanza de este Municipio, que eso es lo que se propuso como moción de orden.-
PRESIDENCIA: Está, entonces, en consideración, la Ordenanza. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano. O no…, nominal pidieron.-
Por Secretaría se invita a los Concejales y Concejalas a emitir su voto en forma nominal, resultando la misma en idénticos términos a las dos votaciones realizadas en instancias anteriores -la primera vez por signo y la segunda en forma nominal-, por lo que vuelve a registrarse un empate.-
PRESIDENCIA: Como Presidente del Concejo, doy mi voto negativo, y por lo tanto es rechazado por mayoría… Si ustedes me perdonan, aquí hay una confusión de orden técnico, que a lo mejor algunos no lo tenemos claro. Pero hubo una moción del Concejal Mecca, de que volviera a Comisión, anterior a lo que, digamos… Yo le di la palabra al Concejal Cuelle, porque ya había levantado la mano antes de que él hablara. Ahora, quedó la moción del Concejal Mecca, pendiente… ¿Se rechaza la Ordenanza?… Bien, pasemos al Orden del Día, entonces… Sí, tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Sí. La moción mía respecto a la solicitud de que vuelva a Comisión el despacho, no fue votada. Solicito que se vote el pedido que hice, de que el despacho de Labor Parlamentaria vuelva a Comisión.-
PRESIDENCIA: ¡Si está rechazada la Ordenanza, por mayoría!…-
CONCEJAL CUELLE: ¡Está rechazado el Proyecto!…-
PRESIDENCIA: Está rechazada la Ordenanza por mayoría, lamentablemente.-
CONCEJAL MECCA: Solicito, yo, que se ponga a votación la moción que he planteado.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Salomón.-
CONCEJAL SALOMON: Gracias, señor Presidente. Entiendo que el despacho ha sido rechazado. Es decir, que el despacho no está para que vuelva a Comisión. Ha sido rechazado por mayoría del Cuerpo. Entonces, no podemos votar para que el despacho vuelva a Comisión, cuando el despacho ha sido rechazado. Es lo que yo entiendo. Muchas gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Eso es lo que entiende Presidencia: que cuando un Proyecto está rechazado, queda afuera de toda moción. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Sí, señor Presidente. Voy a pedir un cuarto intermedio, a ver si podemos ordenar un poco esta cuestión.-
Puesta a votación, la moción del Concejal Mecca resulta aprobada por unanimidad, por lo que el Cuerpo pasa a cuarto intermedio siendo la hora veinte con treinta y un minutos. A la hora veinte con cuarenta y cinco minutos, se reanuda la Sesión.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: Gracias, señor Presidente. Me parece que en la etapa anterior del debate, a partir del Orden del Día, se ha desordenado un poco el funcionamiento, o no hemos llegado a una conclusión que refleje realmente la voluntad del Cuerpo. Quisiera pedir una Reconsideración, que está prevista en el Artículo 69 del Reglamento. Si por Secretaría se puede leer, más allá de lo que piense cada uno del asunto de fondo, creo que ordenaríamos el debate para que quede clara la voluntad del Cuerpo. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Está en consideración del Honorable Cuerpo la moción del Concejal Di Liscia para reconsiderar la… ¡Ah!, perdón. Le vamos a dar lectura al Artículo 69, primero.-
CONCEJAL DI LISCIA: Sí, como no es tan usual que el Cuerpo utilice ese Artículo, quería -para refrescarnos la memoria- si se lo puede leer por Secretaría, y si contamos con el apoyo de por lo menos ocho Concejales, podemos volver al Orden del Día en el punto 1. Gracias.-
PRESIDENCIA: Vamos a dar lectura por Secretaría.-
SECRETARÍA (Leyendo): “Artículo 69: Es moción de Reconsideración, toda proposición que tenga por objeto rever una sanción del Concejo, sea en general o en particular. Las mociones de reconsideración sólo podrán formularse mientras el asunto se encuentre pendiente o en la sesión en que quede terminado y requerirán para su aprobación los dos tercios de los votos emitidos, no pudiendo repetirse en ningún caso. Las mociones de reconsideración se tratarán inmediatamente de formuladas”.-
Puesta a votación, la moción de Reconsideración se aprueba por unanimidad.-
SECRETARÍA (Leyendo): “Punto Nº 1…” (Solicita el uso de la palabra el Concejal Cuelle).-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-CONCEJAL CUELLE: No, señor Presidente. Ya lo hemos leído, al punto Nº 1, y lo hemos tratado. En virtud de que entendemos que esta norma tiene que salir, y no podemos esperar al año que viene a que vuelva a ingresar para su tratamiento, hemos acordado entre los Presidentes de Bloques que se tome la postura de pasarlo a Comisión, como había sugerido el Concejal Mecca.-
PRESIDENCIA: Bien. Entonces, pondríamos en consideración lo propuesto por el Concejal… Tiene la palabra la Concejal Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: Quiero dejar aclarado, señor Presidente, que había una disposición hoy, a través de la Comisión de Labor Parlamentaria, de adherir a este Decreto Reglamentario y después a la Ley, y que se ha retrasado una semana en virtud de escuchar a vecinos. Pero quiero dejar aclarado puntualmente, que los vecinos que vinieron y que se van a escuchar, no fue esto una invitación que salió de la Comisión de Labor Parlamentaria sino que ha sido una resolución de último momento; al solo efecto de que se sepa realmente que en la Comisión de Labor Parlamentaria no hubo pedidos de nadie para venir a hablar. Eso solamente, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: Gracias, señor Presidente. Reafirmando el trabajo de Labor Parlamentaria, -porque para eso trabajamos en Labor y acordamos las cosas, y para eso los cuatro Presidentes acordamos -y yo respeto lo que se acuerda y cuando doy mi palabra no la cambio-, es por eso que de la misma forma ahora hemos acordado la Reconsideración, para que no se pierda la voluntad del Proyecto, que es tan importante y que la verdad es que abarca a la mayoría de los vecinos de la ciudad. No por esto vamos a perder escuchar la palabra de ningún vecino, porque siempre se ha hecho en este Concejo y seguiremos con ese curso, sin duda. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: Bien. Ponemos en consideración, entonces, lo propuesto por el Concejal Mecca… Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Quiero manifestar que no es intención del Bloque ni mía -haciéndome eco de las expresiones de la Concejala Rodríguez- faltar el respeto a lo acordado en la Comisión. Simplemente, y como lo dijo la Concejala Roigé, estuvo el Vice-Presidente de la Cámara, y fue una cuestión de último momento. Estaba acordado prácticamente, e inclusive el texto fue… Hubo una propuesta del Frepam, hubo modificaciones de este Bloque. Reitero: no fue intención del Bloque del PJ modificar las circunstancias. Habíamos acordado que pasara al punto 1 del Orden del Día, pero entiendo que es bueno que abramos el debate, más allá de que podamos o no modificar la norma provincial. Pero, bueno, mostrar esa voluntad por lo menos de que estamos escuchando a los vecinos, y ver qué propuesta nos traen. Nada más que eso. Así que agradezco también la moción de Reconsideración para ordenar un poco la cuestión, y que finalmente la semana que viene podamos tratar este Proyecto. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien. Ponemos en consideración, entonces, la moción del Concejal Mecca de que el Proyecto de Ordenanza vuelva a Comisión. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano… Aprobada por unanimidad. Pasaría a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
2) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales en el marco de la Ley Provincial Nº 2461 (Creación del Consejo Provincial de Descentralización). Expte Nº 49-1/2008 (HCD) y 6573/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” ARTICULO 1º: Apruébase en todos sus términos la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, por el monto establecido en el Acta N° 8, dictada por el Consejo Provincial de Descentralización para el año 2013, en el marco de la Ley Provincial N° 2461.- ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio que haga la ejecución del Programa mencionado en el Artículo 1°.- ARTICULO 3º: Finalizada la ejecución del Programa Soluciones Habitacionales, remítase copia al Honorable Concejo Deliberante del listado de beneficiarios de las obras realizadas por el monto afectado.- ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
3) Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Otorga a la Comisión Vecinal Almafuerte la Personería Municipal establecida en el Capítulo II, Art. 4 de la Ordenanza Nº 4410/2011 (Regulatoria General de las Comisiones Vecinales). Expte Nº 163-2/2005 (HCD) y 5417/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Otórgase a la Comisión Vecinal Almafuerte la Personería Municipal establecida en el Capitulo II, Artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 4410/2011 Regulatoria General de Comisiones Vecinales-. Articulo 2º: La Comisión reconocida se denominará “Almafuerte”, nombre con el cual deberá actuar a partir de la entrada en vigencia de la presente y tendrá su ámbito de actuación en la Jurisdicción establecida en el punto 39 de la Resolución Municipal N° 1790/2004 y sus modificatorias. Artículo 3°: El presente reconocimiento tendrá efectos desde el día de entrada en vigencia de la presente. Artículo 4°: La Personería Municipal otorgada por la presente no implica asunción por parte de la Municipalidad de Santa Rosa de mas funciones y/o responsabilidad sobre las Comisiones Vecinales que las establecidas por Ordenanza N° 4410/2011 y normas que puedan modificarla en el futuro.- Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Dispone la Apertura de las calles SAN ROQUE y VIRGEN DE FATIMA entre San Cayetano y Padre Ricardo Ermesino. Expte Nº 241-1/2013 (HCD) y 1185/2011/1-1 (D.E).-
SECRETARÍA: En este despacho, en Labor Parlamentaria, hubo algunas salvedades en el Artículo 1º y el Artículo 2º.-
Por Secretaría se da lectura al Proyecto con las modificaciones citadas, las que se incluyen en el texto que se transcribe a continuación.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Dispóngase la apertura de la calle SAN ROQUE en el tramo comprendido entre las calles San Cayetano y San Francisco de Asís, conforme al plano inscripto T° 386 F° 52 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley N° 1597-Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento-. Artículo 2º: Dispóngase la apertura de la calle VIRGEN DE FÁTIMA en el tramo comprendido entre las calles San Cayetano y San Francisco de Asís, conforme al plano inscripto T° 386 F° 52 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, en los términos de la Ley N° 1597-Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento-. Artículo 3º: Decláranse de Utilidad Pública los inmuebles que, en virtud de lo dispuesto en los artículos precedentes, se afectan al dominio público del Estado Municipal. Artículo 4º: Apruébanse las Actas obrantes a fojas 16, 37, 57 y 60 del Expte N° 1185/2011/1-1 (D.E).- Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.- Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular con el texto leído por Secretaría de acuerdo a las modificaciones introducidas en Labor Parlamentaria. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal la presentación de la película “Carlos Fuentealba, camino de un maestro”. Expte Nº 266-1/2013 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°.- Declárase de Interés Municipal la presentación de la película “CARLOS FUENTEALBA, CAMINO DE UN MAESTRO”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el 1º de Noviembre del corriente año.- Artículo 2°.- Remítase copia de la presente Resolución a la Unión Trabajadores de la Educación de La Pampa y a la Señora Sandra Rodríguez.- Artículo 3°.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese”. —
Puesto a votación, el Proyecto de Resolución resulta aprobado por unanimidad.-
6) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles SIN NOMBRE, CURACO y DINO SALUZZI (Barrio El Faro). Expte Nº 262-1/2013 (HCD) y 3617/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles: SIN NOMBRE, vereda noroeste, desde punto de empalme hacia Haití, SIN NOMBRE, vereda noroeste, entre Haití y Curacó, SIN NOMBRE, vereda noroeste, desde Curacó hacia Zenon Mariani, CURACO, vereda suroeste, entre Sin Nombre y Dino Saluzzi, CURACO, vereda noreste, entre Dino Saluzzi y Sin Nombre, DINO SALUZZI, vereda sureste, entre Curacó y Haití 380 metros, incluye por Haití y Curacó, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte N° 3617/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L. , deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles LUIS ALBERTO FERRANDO y MANUEL VARELA. Expte Nº 259-1/2013 (HCD) y 3677/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en LUIS ALBERTO FERRANDO, vereda noreste, desde punto de empalme hacia Gabriel J. Anza y MANUEL VARELA, vereda noroeste, desde Luis Alberto Ferrando hacia Santiago Alvarez, 96 metros frente a parcela 4, incluye cruce por Manuel Varela, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte N° 3677/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L. , deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles MARTIN LUTHER KING y JOSE B. CALO. Expte Nº 256-1/2013 (HCD) y 4471/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la obra de Gas Natural en calles MARTIN LUTHER KING, vereda oeste, desde punto de empalme hacia José B. Calo y JOSE B. CALO, vereda sur, desde Martin Luther King hacia Constituyentes, 115 metros, frente a las parcelas 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de esta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte N° 4471/2013/1-1 (D.E).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación.- Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L. , deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
9) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones Administrativa y Reglamentaciones y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Desafecta como Espacio Verde y se Dona al Estado Provincial un inmueble, Propiedad Municipal ubicado en el Barrio Escondido, para la construcción del “Centro de Salud Nivel 1”. Expte Nº 255-1/2013 (HCD) y 6995/2010/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Desaféctase como Espacio Verde el inmueble identificado catastralmente como Ejido 047, Circunscripción II, radio M, Manzana 44, Parcela 3, Referencia Municipal N° 49.645, Partida Inmobiliaria N° 782.870.-Artículo 2º: Dónase al Estado Provincial la parcela mencionada en el Artículo 1°, cuyo Plano de Mensura obra a fojas 63 del Expte N° 6995/2010/1-1 (D.E), para la construcción del “Centro de Salud Nivel I” en el Barrio Escondido de la ciudad de Santa Rosa.-Artículo 3º: Correrá por cuenta y cargo del donatario los trámites y gastos tendientes a formalizar la escritura traslativa de dominio a su favor y su posterior inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa.-Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo toda diligencia de trámite que resulte necesaria a los fines de la regularización dominial del inmueble identificado en el Artículo 1°.Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle REALICO. Expte Nº 257-1/2013(HCD) y 2207/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle REALICO, entre General Acha y Unanue, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el Artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 170.456,00) con precios básicos referidos al mes de Septiembre/2013. Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 170.456,00), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ( $ 774,80). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º:En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada – para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”. —
SECRETARÍA: Hoy, en Labor Parlamentaria, se acordó que los artículos que son nominales no se van a leer, sino que solamente se va a mencionar el Artículo y se va a pasar a la votación.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º a 3º, 5º y 7º (nominal) a 16. Los Artículos 4º y 6º se aprueban por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle CONHELO. Expte Nº 258-1/2013(HCD) y 7735/2009/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle CONHELO, entre General Acha y Utracán, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el Artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 758.548,50) con precios básicos referidos al mes de JUNIO/2013. Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 758.548,50), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: SETECIENTOS TRECE CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ( $ 713,39). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º:En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º a 3º, 5º y 7º (nominal) a 16. Los Artículos 4º y 6º se aprueban por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
12) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle RUCANELO. Expte Nº 261-1/2013(HCD) y 1790/2012/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle RUCANELO, entre General Acha y Hucal, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el Artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: CIENTO SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS ($ 167.226,00) con precios básicos referidos al mes de Agosto/2013. Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: CIENTO SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS ($ 167.226,00), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ( $ 776,64). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º:En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”. —
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º a 3º, 5º y 7º (nominal) a 16. Los Artículos 4º y 6º se aprueban por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
13) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle JOAQUIN FERRO. Expte Nº 260-1/2013(HCD) y 4745/2012/1-1 (D.E). —
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle JOAQUIN FERRO, entre Río Bermejo y Paraná, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el Artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($ 147.348,00) con precios básicos referidos al mes de Agosto/2013. Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($147.348,00), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ( $ 754,39). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º:En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º a 3º, 5º y 7º (nominal) a 16. Los Artículos 4º y 6º se aprueban por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
14) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calles CHACABUCO y TACUARI. Expte Nº 264-1/2013(HCD) y 3352/2013/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle CHACABUCO, entre Asunción del Paraguay y Neuquén, y TACUARI, entre Caseros y Yapeyú, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el Artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: Exceptúase de lo establecido en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 204/85 y modificado por Ordenanza Nº 1108/92, respecto del porcentaje mínimo de adhesión de vecinos residentes, autorizando al Departamento Ejecutivo a llevar a cabo la obra aprobada en el Artículo 1º.- Artículo 4º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 5º: Apruébase el presupuesto elaborado por el Departamento Ejecutivo y determínase el costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: UN MILLON CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 1.164.373,50) con precios básicos referidos al mes de Agosto/2013. Artículo 6º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística Artículo 7º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a la Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: UN MILLON CIENTO SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES CON CINCUENTA CENTAVOS($ 1.164.373,50), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: OCHOCIENTOS CUARENTA CON VEINTICUATRO CENTAVOS ( $ 840,24). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 8º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 9º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 10º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 11º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 12º:En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 13º: La obra referida en el Artículo 1º de la presente, será iniciada siempre que su financiamiento fuera presupuestariamente factible. Artículo 14º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 15º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 16º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 17º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”. —
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º a 4º, 6º y 8º (nominal) a 17. Los Artículos 5º y 7º se aprueban por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
15) Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra de Pavimento en calle EDUARDO CASTEX. Expte Nº 263-1/2013(HCD) y 2629/2009/1-1 (D.E).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Apruébase y Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle EDUARDO CASTEX, entre Trenel y Avenida Juan Domingo Perón, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el Artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración, o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra de pavimento se estima en la suma de PESOS: SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 719.968,50) con precios básicos referidos al mes de JUNIO/2013. Artículo 5º: El pavimento a construir será de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obra de Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la obra y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: SETECIENTOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 719.968,50), resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ( $ 894,77). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º:En caso de roturas del pavimento con motivo de obras particulares o expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada? para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”. —
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general. En particular, se aprueban por unanimidad los Artículos 1º a 3º, 5º y 7º (nominal) a 16. Los Artículos 4º y 6º se aprueban por mayoría en forma nominal, con el voto afirmativo de los Concejales Baraybar, Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez y Taboada. Votan en forma negativa los Concejales Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Proyecto queda, así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Villatoro.-
CONCEJAL VILLATORO: Gracias, señor Presidente. Quería expresar mi posición con respecto a la aprobación de la Ley de Medios, que el Concejal Mecca hizo referencia. Quiero expresar que yo me encuentro totalmente de acuerdo con la resolución que tomó la Corte Suprema de Justicia, que dio como válida la Ley. Nosotros debemos respetar las decisiones que dice la Justicia, y me pareció que está bien, y estoy de acuerdo con todo lo expresado por todos con respecto a esa norma. Lo que me gustaría también, es que los funcionarios del gobierno que están a cargo de medios, también lean lo que dice la Ley: que esa Ley es para democratizar la palabra. “Democratizar la palabra”, y que todos tengamos por igual la posibilidad de expresarnos en los medios del Estado, no del gobierno. Del “Estado”. Que tengamos, todos, esa posibilidad. Entonces, tanto Radio Nacional, como la Televisión Pública, como el Canal del Estado Provincial -del Estado Provincial, no del Gobierno Provincial- que pagamos todos los pampeanos, que tengamos todos la misma posibilidad. Y a eso lo dice la Ley. Como consecuencia, por eso, estoy de acuerdo y también me alegro. Ojalá que puedan leerlo y cumplirlo. Gracias. —
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora veintiuna con veinte minutos.-