ACTA Nº 1175 TRIGÉSIMA QUINTA SESIâN ORDINARIA REUNIâN Nº 1175
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1175 TRIGÉSIMA QUINTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1175 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil trece, siendo la hora diecinueve con veinte minutos, da comienzo la Trigésima Quinta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa, bajo la Presidencia de su titular Concejal Ángel Ceferino BARAYBAR, Secretaría a cargo de la Prof. Susana Inés GARCÍA, con la presencia de los Concejales y Concejalas Mariela Ethel CABREROS, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther GHIGLIONE, Juan MECCA, Liliana Vanesa ROBLEDO, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON, Elisabeth TABOADA y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Robledo procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: Gracias, señor Presidente. Es para referirme brevemente a la conmemoración del 20 de noviembre próximo, por el Día de la Soberanía. Los hechos significativos en la historia, la política y la cultura, son los que dan sentido de pertenencia y de identidad a un pueblo. Esa acumulación de capital simbólico es la que otorga la posibilidad de tener un pasado, un presente y un futuro; una línea donde discurre el devenir de las instituciones y de la sociedad civil. Estos preceptos de identidad, nación, pueblo; son los que arraigan a través de las ideas en cada uno de nosotros y nos hacen participar de lo colectivo, nos convertimos en sujetos políticos y participamos de la construcción de la comunidad. El 20 de noviembre ha sido instituído como el día de la Soberanía Nacional, en conmemoración a la batalla que tuvo lugar en La Vuelta de Obligado, cuando buques de guerra y mercantes franco-ingleses intentaron avanzar por el Río Paraná y las Fuerzas Argentinas, que habían tendido gruesas cadenas a lo ancho del río, procedieron al ataque y defendieron el territorio nacional. Nos dicen los historiadores que esa batalla, pese a ser una derrota táctica, dio como resultado la victoria diplomática y militar de la Confederación Argentina. Que la resistencia, obligó a los invasores a aceptar la soberanía sobre los ríos interiores. Este hecho histórico es recordado como feriado nacional, a partir de la promulgación de la Ley 20.770 en Septiembre del ´74, por iniciativa del historiador José María Rosa, fue abolido durante la dictadura militar y recientemente en noviembre del 2010, se firmó el Decreto 1.584 declarando el 20 de noviembre, como el día de la Soberanía Nacional con carácter de feriado en toda la República Argentina. El 20 de noviembre de 2010 la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, inauguró en el lugar del monumento de la Batalla de La Vuelta de Obligado, un monumento de la Soberanía Nacional. Cada uno de estos hitos enmarcan el motivo de la conmemoración y además refuerzan las decisiones que se han tomado, tanto respecto de la política exterior en defensa de la Soberanía Nacional, como también la de estos actos que reponen fechas que signan a nuestra historia, jalonan a nuestros héroes, y por sobre todo, concilian el espíritu nacional, esa íntima pero fenomenal fuerza que tienen los pueblos para defenderse de las ofensas y las opresiones.
Hay que destacar la importancia que tuvo, tiene y tendrá, la defensa de la Soberanía y la Democracia, incluso la trascendencia que posee para la región, la creación e integración de organismos que afianzan esta lucha común para la liberación neo-colonialista, como son MERCOSUR, UNASUR y CELAC. El combate de la Vuelta de Obligado, atemperó el perfil de Nación libre e independiente del país, al no permitir su colonización por ninguna potencia y eso concretamente, es un mandato para la dirigencia de cumplimiento irrestricto. Muchas gracias.-PRESIDENCIA: pondremos entonces seguidamente, en consideración de los Señores Concejales y Señoras Concejalas el Acta Nº 1117 correspondiente a la Décimo Novena Sesión Ordinaria del Período 2012 y el Acta N° 1161 correspondiente a la Vigésima Segunda Sesión Ordinaria del período 2013.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle–
CONCEJAL Cuelle: gracias Señor Presidente. En principio voy a pedir que se voten por separado las Actas y quisiera fundamentar que este Bloque no va a acompañar el Acta 1117, en realidad consideramos que por un desperfecto técnico no se pudo generar el Acta y no cargamos las culpas contra nadie, directamente no existió Acta, ó no hay un Acta que refleje lo que sucedió en la Sesión. Hay sí, lo que pudieron aportar algunos Concejales de algunos escritos que habían preparado, para poder traer al debate justo en esa Sesión, que era donde se trataba el proyecto de presupuesto, entonces consideramos que, a nuestro criterio, más allá de lo que se aporte y lo que se diga, nunca va a estar reflejado lo que se produjo dentro del recinto, que eso sería lo importante y no hay forma de volver a reproducirlo, entonces, sin cargar las tintas contra nadie, creemos que, directamente tendría que decir que no hubo Acta de esa Sesión, por un problema técnico. Asique por lo tanto, no vamos a acompañar el Acta 1117, porque entendemos que, no va a reflejar la realidad de lo acontecido. Nada más señor Presidente.-
PRESIDENCIA: pondremos entonces en consideración el Acta N° 1117, correspondiente a la Décimo Novena Sesión Ordinaria del período 2012. Los que estén con la afirmativa, sírvanse levantar la mano. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: gracias señor Presidente (entre risas dice el Concejal “no, no me elogien por favor”). Simplemente, esto hubiese sido bueno que lo charláramos en la labor parlamentaria hoy a la mañana, porque si esa es la idea, y si todos estamos de acuerdo en que el desperfecto técnico existió, y bueno, lamentablemente no podemos materializar lo ocurrido en esa Sesión y transcribirlo en un Acta, que dejemos constancia de esa situación, no hay ningún inconveniente; lo que se trató es de por lo menos dejar sentado que se había tratado ese tema, el proyecto de presupuesto, y bueno, lamentablemente como decía el Concejal CUELLE, que por una cuestión técnica no se pudo plasmar. Entiendo que podemos dejar sin efecto la votación y ver si se puede corregir y si no, dejar sentado, como la moción que propone el Concejal, que quede constancia que por un desperfecto técnico, no se pudo votar y no existe Acta, asique si es una moción la que propone el Concejal (interviene el Presidente)
PRESIDENCIA: ¿Cuál es la moción concreta por favor? Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: gracias, señor Presidente. La moción concreta sería que en el Registro Municipal en el Acta 1117, diga directamente que no se pudo producir por un problema técnico al momento de la Sesión. Nada más.-PRESIDENCIA: ponemos entonces en consideración la moción del Concejal Cuelle. Puesta a votación se aprueba por unanimidad. Acto seguido, se aprueba por unanimidad el Acta N° 1161 sin Observaciones.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza Nº 4954/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LUIS ALBERTO FERRANDO. Expte Nº 259-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4955/2013, mediante la cual se Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta y Pavimento en calle PARANÁ. Expte Nº 270-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4956/2013, mediante la cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle ITALIA. Expte Nº 269-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4957/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en Pasaje EVARISTO CARRIEGO. Expte Nº 268-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4958/13, mediante la cual se Adhiere a la Disposición N° 16/2010 de la Secretaría de Turismo de la Provincia de La Pampa por la cual se aprueba la Normativa Regulatoria de Alojamientos Turísticos para la Provincia de La Pampa en el marco del Decreto N°3291/10. Expte N° 244-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4959/2013, mediante la cual se Aprueba y Declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Pavimento en calle JOSÉ MANUEL ESTRADA. Expte N° 271-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I-7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4960/13, mediante la cual se Adhiere a la Ley Provincial 2717-Cierre Dominical-. Expte N° 248-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4961/13, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALICIA MOREAU DE JUSTO. Expte N° 280-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4962/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ANTONIO CAVERO. Expte N° 275-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4963/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calles TEOFILO DE LA COLINA y JULIO VERNE. Expte N° 276-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4964/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle SIN NOMBRE. Expte N° 277-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-I.12.-Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4965/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle CACIQUE VICENTE PINCEN. Expte N° 278-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-I.13.-Providencia del Departamento Ejecutivo informando promulgación de la Ordenanza N° 4966/2013, mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle MADRE MARÍA. Expte N° 279-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución N° 39/2013, mediante la cual se Declara de Interés Municipal la Jornada de concientización sobre Obesidad, en el marco del “DÍA NACIONAL DE LA LUCHA CONTRA LA OBESIDAD”. Expte N° 291-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución N° 37/2013, mediante la cual se Reconoce la destacada participación de Federico BRUNO, oriundo de la Ciudad, en la Primer Competencia Binacional de Fotografía de Aves “48 Horas Patagonia Photographic Birnig Challenge”. Expte N° 282-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.16.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 38/2013 mediante la cual se Expresa el enérgico repudio de las declaraciones vertidas por el señor Jaime DURAN BARBA. Expte N° 289-1/2013 (HCD). Pasa a archivo.-
I.17.- Providencia del Secretario de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Santa Rosa remitiendo para consideración del Honorable Concejo Deliberante, estructura de costos referidos al Régimen Tarifario del Servicio de Taxis, arrojando el coeficiente de ajuste a la actual tarifa, conforme lo determinado por Ordenanza N° 4226/2010. Expte N° 6770/2007/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II.1.- Nota del Señor Gerardo MORAN solicitando la incorporación a la Ordenanza N° 4226/2010-Servicio Público de Coches Taxímetros- la exhibición de anuncios publicitarios en las unidades del servicio. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
II.2.- Nota presentada por vecinos de Villa Germinal solicitando se realicen las gestiones necesarias para proveer de juegos infantiles, arbolado, iluminación y todo otro mobiliario (bancos, cestos de basura, veredas, etc.), al espacio verde ubicado entre las calles CALLAQUEO, ITALIA, TITO FUERTES y FRANCIA. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.3.- Nota presentada por el Señor Oscar S. Soncini solicitando la construcción frente a su domicilio sito en calle MENDOZA N° 137, un sector de cordón modalidad Discapacitado, exclusivo para el vehículo dominio HCO464, debido a la discapacidad que padece su señora esposa. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.4.- Nota presentada por el Señor Franco O. AYBAR Presidente de la Fundación “Corazones del Sur”, adjuntado el último Estado Contable que refleja la factibilidad económica hasta la fecha del proyecto SKATE-BIKE-AND ROLLER PARK de la ciudad de Santa Rosa. Pasa a archivo.-II.5.-Nota presentada por los Arquitectos TUEROS y MORAN, solicitando la autorización de la relocalización del cine AMADEUS obrante en actuaciones. Expte N° 585/49 (D.E). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
II.6.-Nota presentada por el Señor Carlos Atilio ECHANDIA, transportista escolar con Habilitación N° 24, solicitando se lo exceptúe de la obligación de contar con la Licencia Para Configuración de Modelos (LCM que fija la Res. 276/06 de la Secretaría de Industria Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa) y vigente su aplicación de acuerdo a lo dispuesto mediante Ordenanza N° 1917/97, por el término de 6 meses. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III. 1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba en todos sus términos el modelo de Convenio de Comodato a celebrarse, entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Comisión Vecinal INTI-HUE, de nuestra ciudad. Expte N° 7090/2012/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Exceptúa de lo establecido en el Título 2 Sección 2.2 del Código Urbanístico vigente, a fin de proceder a la instalación de una Heladería con Local Artístico, en el Parque Don Tomás, en el marco de la Ordenanza N° 4681/12 que se adhiere al Decreto del Poder Ejecutivo Nacional denominado “Régimen Nacional de Iniciativa Privada”, reglamentada por Resolución N° 1220/12. Expte N° 7683/2012/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales del Partido Justicialista mediante el cual se modifica la Ordenanza N° 4498/11-Referente a la Declaración de Interés. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba la incorporación de la calle SAN FRANCISCO DE ASÍS, como arteria troncal o primaria de la red circulatoria de la ciudad de Santa Rosa, prevista en el Código Urbanístico 2004, aprobado por Ordenanza N° 3274/05. Expte N° 6494/2013/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones.-
III.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba la incorporación de calle RICARDO BALBIN, como arteria troncal o primaria de la red circulatoria de la ciudad de Santa Rosa, prevista en el Código Urbanístico 2004, aprobado por Ordenanza N° 3274/05. Expte N° 7388/2013/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: gracias, señor Presidente. Es para solicitar el ingreso sobre tablas de un Proyecto de Ordenanza y una vez ingresado, se pase a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones, hoy lo comenté en la reunión de labor parlamentaria, que la idea era que pudiéramos sancionar esta Ordenanza en la última Sesión; es una Ordenanza que hemos venido modificando la N° 4142 del 2010, relacionada con aquellos empleados municipales que pueden acogerse al beneficio de la jubilación, a través de la Ley Nacional N° 24476, a esa Ordenanza la última modificatoria la hicimos con vigencia al 31 de diciembre de este año (2013), y la urgencia es que si no tratamos este proyecto en la última Sesión, ya nos quedaría para Marzo y podríamos estar perjudicando a algunos empleados que quieran beneficiarse con este régimen. Asique lo que voy a solicitar es, a mis pares, que me acompañen en la presentación y el ingreso del proyecto este sobre tablas, y la posterior remisión a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Gracias.-
PRESIDENCIA: Puesto a votación la presentación y el ingreso del proyecto sobre tablas, expuesto por el Concejal Mecca, se aprueba y pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: como tenía otro proyecto el Concejal Mecca, por eso estaba esperando. Gracias por la palabra. He dejado en las bancas de mis pares un Proyecto de Ordenanza, que como todos sabemos y hemos seguimos los medios y demás, estamos teniendo muchos problemas con, no se si nosotros particularmente problemas, pero si los vecinos de la ciudad, problemas para adquirir terrenos, los que han sido sorteados en el PROCREAR, programa a nivel nacional que tiene como finalidad, como todos saben, la construcción de la vivienda propia. Yo he presentado una iniciativa, que me han acompañado mis pares de Bloque, en donde se propone al Ejecutivo Municipal, sacar a la venta los terrenos municipales que tiene la ciudad, con la necesidad de regular en cierta manera al mercado, ó intentar por lo menos hacerlo, en función que los terrenos hoy, por lo que todos sabemos, son inalcanzables para cualquiera de nosotros, inclusive inalcanzables para aquellos que se han incluído en el PROCREAR, que como todos sabíamos, estaban fuera del sistema, porque no calificaban para un banco común porque no tenían los ingresos necesarios y tampoco calificaban para el I.P.A.V. porque tenían demasiado ingreso. Entonces esta propuesta, que a nivel nacional la Presidenta de la Nación ha puesto todo para que en este momento en La Pampa se están construyendo más de 490 viviendas, que son 490 familias, este es el relevamiento del 2012, no tenemos lo que ha sucedido en el 2013, creo que es necesario que el Estado trate este tema y trate de solucionar de alguna manera, la necesidad de generar terrenos a valores normales -digamos- que es lo que prevee el PROCREAR, que tiene para los que no saben, un piso de $100.000 (cien mil pesos) que es lo que otorga el PROCREAR, con la opción de llegar a $140.000 (ciento cuarenta mil pesos) para gastar en el terreno, como la mayoría de acá está en conocimiento, inclusive muchos de nosotros, que ha tenido la posibilidad de hacer su propia casa, sabe que esos montos son irrisorios en lo que hoy muestra el mercado en nuestra Provincia.
La Presidenta de la Nación también, tomó como decisión política, donar a la ciudad de Santa Rosa, 60 hectáreas del Servicio Penitenciario Federal, fue una decisión política que obviamente acompañamos, celebramos, y por eso creemos que el Estado Municipal debe trabajar y debe garantizar, q esos créditos no se devuelvan ni estén en espera, como sucede ahora por el alto costo que tienen los terrenos, y regularizarlos a través de esta iniciativa, que por supuesto está a consideración de todos. Se presentó sobre tablas, voy a fundamentar la urgencia, debido a que se están devolviendo algunos de estos créditos por no conseguir los terrenos, en los precios que marca el PROCREAR y obviamente voy a pedir que se pase a la Comisión correspondiente, asique a través de esta iniciativa, quiero que los demás Concejales me acompañen, para ver si podemos legislar sobre esto que es tan importante, que es la vivienda unifamiliar, núcleo fundamental del tejido, base fundamental del tejido social de nuestra sociedad. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: gracias, señor Presidente. Por supuesto que vamos a acompañar el ingreso del Proyecto presentado por el Partido Justicialista, me parece que es interesante empezar a debatir esta cuestión, hubiera sido también interesante que, esta propuesta llegara del Ejecutivo Municipal, porque en definitiva el problema de Santa Rosa hoy, es que nadie sabe para donde va a crecer, y si saben para donde va a crecer, nadie sabe cómo van a proveer los servicios que hacen falta para que la ciudad crezca. Yo adhiero a la necesidad de que se empiece a debatir esta cuestión, no me gustaría pensar, por lo que he leído en este Proyecto rápidamente, de que hay vecinos con diferentes categorías, porque estoy pensando qué pasa con el pobre vecino que no entró ni en el PROCREAR, ni tiene un plan de vivienda social, ni ha podido obtener un crédito pero quiere también tener, un terreno municipal, para construir su vivienda, en qué categoría ingresa. Y después creo que, por supuesto que está para debatirlo cuando se trate oportunamente, creo que hay algunas colisiones con la 1597, si bien acabo de leer el Artículo 97 que hacía referencia, porque no lo tenía demasiado fresco, si recordaba qué, no podemos delegar la posibilidad que el Ejecutivo venda las tierras municipales, sin que pase por este Concejo. Por lo tanto nos parece interesante, que se empiece a debatir, lástima que estamos sobre las últimas Sesiones, podríamos prorrogar las Sesiones hasta diciembre y poder tratar este tema durante todo el mes de diciembre, y de esa forma poder avanzar en esta cuestión y por supuesto darles una solución, a quienes hoy están reclamando una necesidad de que el Municipio intervenga para poder dirimir esta cuestión que tiene que ver, con la alza de precios y la inaccesibilidad a poder lograr tener un terreno para poder construir su primera vivienda. Asique por todo lo demás, creo que sí, que vamos a acompañar el ingreso de este Proyecto y el pase a la Comisión, entiendo que, de Hacienda por lo menos y no sé si de alguna otra más.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Robledo.-
CONCEJALA ROBLEDO: si, señor Presidente. Lejos está de mi espíritu, clasificar a los ciudadanos ni de primera, ni de segunda, ni de tercera, para mí todos tienen los mismos derechos, y apunté principalmente a los beneficiarios del PROCREAR, porque son hoy, los que tienen el dinero en mano para comprar; y además nosotros hemos tratado en más de una oportunidad, cesiones de terrenos acá, no solamente para asociaciones, religiosas ó clubes y demás, sino también, se han dado viviendas y algunos terrenos a particulares, donde han hecho sus propias viviendas. Además de eso creo que nosotros estamos tratando particularmente éste programa, como le dije anteriormente, hay gente que no clasificaba para ningún tipo de banco, en mi caso particular me pasó, alguna vez cuando quise construir mi vivienda, no clasifiqué nunca para el I.P.A.V porque tenía demasiado sueldo y para el banco tampoco, porque no podía pagar la cuota, entonces creo que eso es lo que nos sucede a la mayoría de la clase media, y es donde también necesitamos legislar, sin ánimo de dejar a nadie afuera, sino de contener todo el mundo adentro y que cada cual pueda tener lo básico que es para una familia, que es el lugar común y que es la vivienda familiar. Gracias.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: muchas gracias. Nosotros en realidad también, hace mucho tiempo que estamos trabajando en esto, pero quisiera dejar señalado, quizás, una arista ó un costado diferente, ideológico. Nosotros nos hemos reunido inclusive en Buenos Aires, con el Doctor Perito, con una concepción de la tierra como bien social, desde la idea de hábitat, desde la idea de que el lugar para habitar nos pertenece como bien social, y no como bien de mercado, de modo tal que vamos a trabajar y vamos a colaborar en enriquecer este Proyecto, pero sin perder de vista esta cuestión central ¿no? La tierra como bien social, hay que adosarle a lo que está dicho, una serie de parámetros, para que esto sea también, una realidad y no nos quedemos en una propuesta más amable, pero solo en una propuesta de mercado, asique bueno, creo que es muy bueno lo que propone Cuelle, de que sigamos trabajando, creo que hay mucho que debatir y hay mucho que enriquecer, para hacer esto realmente posible, y enmarcarlo en lo que realmente Presidencia de la Nación plantea, cuando habla de la Ley de Tierras. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: si, simplemente una aclaración: la próxima vez que vayan a hablar con alguien en Buenos Aires sobre la Ley de hábitat, que me parece muy interesante, también he leído algo al respecto, no se olviden de invitarlo al Señor Gobernador, para que entienda el concepto de “hábitat” , y no genere los barrios que están generándose en la ciudad de Santa Rosa. Nada más señor Presidente.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Taboada.-
CONCEJALA TABOADA: gracias, señor Presidente. Yo he trabajado muchos años en vivienda y lo que quería decir, que uno de los ítems que menos se tiene en cuenta, es el aspecto económico, o sea de lo que ganan las familias. En realidad cuando se trató la modalidad OAFI, que es para las personas que tienen terreno, en realidad no se consideró si la persona tenía mucho ó menos dinero, ni si eran ciudadanos de primera ó de segunda, sino que tardó mucho en llegar el dinero, y cuando llegó ya realmente, no alcanzaba para construir. Ahora nuevamente se está reactivando esa operatoria, que yo creo que junto con el PROCREAR, son dos cosas muy importantes, no solamente para esta ciudad, sino para todo el país, y con respecto a las viviendas sociales, por supuesto que la parte económica, de lo que ganan las personas, no es un ítems que se considera. Se considera si es una persona sola, si tiene hijos, si tiene problemas de discapacidad, entre otros. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Di Liscia.-
CONCEJAL DI LISCIA: gracias, señor Presidente. Simplemente para aportar un poco, no pensaba intervenir, me parece que el tema es muy importante, como para, hasta diríamos constituir una Comisión Especial, que se avoque a esto para estudiarlo durante diciembre. Nosotros tenemos algunas ideas que todavía son casi iniciativas legislativas, pero quisiéramos aportarlas. Da la impresión que podría el Concejo Deliberante fijar las bases de lo que es la apropiación de la plusvalía urbana -digamos- da la impresión de hay grandes terrenos en la zona, rodeando a Santa Rosa y sobre todo en el fenómeno de generación del conurbano con Toay, que tienen grandes valores y esos valores provienen de la ciudad, es decir, de todos nosotros. La nueva concepción, que me parece es a la que apunta la Concejala Cabreros, es que el Estado intervenga, la sociedad a través del Estado intervenga en una regulación positiva, haciendo que la plusvalía urbana, es decir, el valor agregado que la ciudad da a los terrenos lindantes a la zona urbana, sea repartido en muchas personas y no solo sea el negocio de unos pocos. Me parece que el tema es muy profundo y muy importante. Coincide que en el órden provincial hay una Ley que sintoniza con esta preocupación, hay un Proyecto, perdón, de Ley y en la provincia de Buenos Aires, se votó hace más de un año, una Ley que apunta a este contenido aunque la problemática ahí es diferente. Yo le agregaría algo más, habíamos generado una estrategia democrática, que se llamaba Plan Estratégico, que parece abandonada por el Gobierno, pero sin embargo el Concejo Deliberante por ahí podría tomar algunos ejes de trabajo de esa iniciativa, y concretar marcos jurídicos, es decir Ordenanzas con un doble fin: primero repartir en forma justa la renta generada por la urbanización, es decir la plusvalía urbana. Y en segundo lugar, que me parece que a veces nosotros no lo tenemos en cuenta, es captar el ahorro interno, que me parece que es a dónde va la iniciativa de la Concejala Robledo, y todo el plan y operatoria PROCREAR, es captar ahorros de cierto sector que no meritúa para ir al I.P.A.V , ni meritúa para meter la mano al bolsillo y comprarse una casa. Pero hay en la ciudad además, por lo menos cuatro (4) operadores financieros importantes, que son las Cajas Previsionales, que en realidad en la concepción de plan estratégico además de los actores que ya están en plan estratégico, hay inversores interesados en participar de todas estas operatorias, que son las cajas de ahorros profesionales del Instituto de Seguridad Social, es decir, La Caja Médica, La Caja Forense, La Caja Profesional y el Instituto de Seguridad Social. Son cuatro (4) operadores financieros que les interesa invertir en la ciudad y recuperar, porque todos ellos cuidan la generación de la jubilación de sus socios; de manera que combinando esas cuestiones, me parece que podemos dar origen a iniciativas concretas, por eso aceptando un poco…esto se ha transformado un poco en un debate, pero la coincidencia sería que si estamos todos interesados, le demos entrada al Proyecto que estamos tratando y generemos un trabajo en Comisión durante diciembre para llegar lo más rápido posible a dos (2) ó tres (3) normas que den marco a iniciativas que permitan que personas, con algún tipo de poder adquisitivo puedan canalizar la inversión, en lo que se llama acceso al suelo urbano, en los próximos meses en la ciudad de Santa Rosa. Esa es una idea que simplemente la vuelco como parte del debate, y me parece que habría que dar ingreso a los Proyectos y tratarlos en Comisión. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bien, vamos entonces a poner en consideración del Honorable Cuerpo la entrada al tratamiento de tablas del Proyecto. Puesto a votación fue aprobado por unanimidad.-
La moción de la Concejala de pasarla a Planeamiento, yo pienso que también se debería pasar a Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Puesta la moción a votación, fue aprobada. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
Tiene la palabra la Concejala Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: señor Presidente, corresponde pasarla solamente a Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
PRESIDENCIA: ¿A Hacienda solamente? Como ella había pedido a Planeamiento…por eso. Bueno, entonces pasaría a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
IV.1.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejales del FREPAM solicitando al Departamento Ejecutivo analice las tareas a desarrollar en los eucaliptos ubicados sobre calle TOSCANO SUR entre Avda. Palacios y Congreso, a fin de disminuir el riesgo que los mismos representan sobre las propiedades ubicadas sobre la vereda Este de la mencionada arteria.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: gracias, señor Presidente. Este es un Proyecto sencillo, no pide grandes cosas, pero si atiende al reclamo de vecinos que viven en la calle Toscano, quienes han andado por ahí, se habrán dado cuenta que lo que era la ex Quinta de las Monjas ó lo que hoy es el Club San Martín, tiene parte de su ocupación sobre lo que sería aparentemente la calle, y sobre la misma tiene unos eucaliptus de unas dimensiones importantes, los vecinos temen por sus propiedades, es natural, todo el mundo sabe los problemas que tienen este tipo de especies cuando se producen fuertes vientos, y nos han solicitado la intervención. Nosotros hemos hablado oportunamente con la Dirección de Espacios Públicos, nos han manifestado que habían realizado algunos trabajos, efectivamente constatamos que habían realizado algunos trabajos menores de cortar algunas ramas que daban hacia la calle, pero eran ramas inferiores y lo que piden los vecinos por ahí, es alguna solución de fondo, incluso hasta nos habían manifestado que han estado juntando plata para poder sacarlo ellos por sus propios medios, cosa que no consideramos razonable, lo que si consideramos una intervención oportuna del área correspondiente que tiene los conocimientos técnicos, para ver si se le puede dar alguna disminución en la altura y preservarlos porque indudablemente son una gran barrera protectora contra los vientos, los días que éste pasa por Santa Rosa. Asique simplemente voy a pedir que se lea la parte resolutiva y el acompañamiento del resto de los Concejales de la ciudad.-
PRESIDENCIA: bien, por Secretaría se le da lectura al Proyecto de Comunicación.-
SECRETARÍA: Por eso, el Bloque de Concejales del Frente Pampeano Cívico y Social, presenta el siguiente Proyecto de Comunicación. Solicítese al Departamento Ejecutivo que analice las tareas a desarrollar en los eucaliptus ubicados en las calles Toscano Sur entre Avenida Palacios y Congreso, a fin de disminuir el riesgo que los mismos representan sobre las propiedades ubicadas sobre la vereda Este de la mencionada arteria.-
PRESIDENCIA: bien, ponemos en consideración entonces del Honorable Cuerpo, este Proyecto de Comunicación. Puesto a votación, fue aprobado por unanimidad.- Tiene la palabra la Concejala Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: gracias, señor Presidente. Es para solicitar el ingreso sobre tablas de un Proyecto acordado hoy en Labor Parlamentaria y su posterior tratamiento, después de la lectura de la parte resolutiva. Gracias.-
PRESIDENCIA: si, los señores Concejales tienen el Proyecto de Resolución, salió hoy en Labor Parlamentaria, lo vamos a poner a votación para el tratamiento en Sesión. Puesto a votación fue aprobado por unanimidad.
Tiene la palabra la Concejala Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: gracias, señor Presidente. El ingreso y la votación, el ingreso primero y después el tratamiento.-
PRESIDENCIA: si, el tratamiento ya está, el ingreso del Proyecto.
Tiene la palabra la Concejala Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: gracias, señor Presidente. Ya hemos votado el ingreso, yo voy a solicitar que se lea la parte resolutiva, para que se sepa que es lo que estamos votando, por favor, este Proyecto de Resolución que ahora le damos el tratamiento.-
PRESIDENCIA: bien, vamos entonces a dar por Secretaría, lectura a la parte resolutiva. “Resolución: Artículo 1°: Solicítase a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa y a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, analice el uso de pirotecnia y la posibilidad de su prohibición en todo el Territorio Argentino. Artículo 2°: Remítase copia a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa y a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, cumplido, archívese y lleve a la firma de los cuatro Presidentes de Bloque y el Presidente del Concejo Deliberante”.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: gracias, señor Presidente. Tiene un error en la redacción, bueno, solicito un cuarto intermedio para solucionar un tema de redacción, por favor.-
PRESIDENCIA: ponemos en consideración del Honorable Cuerpo, el cuarto intermedio. Puesto a votación se aprueba por unanimidad. Siendo la hora veinte, se entra en cuarto intermedio. Siendo la hora veinte con cinco minutos, se da por terminado el cuarto intermedio. Se dará lectura….Tiene la palabra la Concejala Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: gracias, señor Presidente. Es para que además, quede constancia que junto con la Resolución se van a enviar los fundamentos del motivo del pedido. Gracias, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: por Secretaría se dará lectura al Proyecto, de acuerdo a como quedó con las correcciones hechas. “Proyecto de Resolución: Artículo 1°: Solicítase a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, analice el uso de pirotecnia y la posibilidad de su prohibición en todo el Territorio de la Provincia y, al Congreso de la Nación, analice el uso de pirotecnia y la posibilidad de su prohibición en todo el Territorio Argentino. Artículo 2°: Remítase copia a la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa y al Congreso de la Nación. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, cumplido, archívese”.-
PRESIDENCIA: bien, ponemos en consideración del Honorable Cuerpo el Proyecto de Resolución. Puesto a votación, se aprueba por unanimidad.-
Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
CONCEJAL MECCA: gracias, señor Presidente. Es para solicitar el ingreso sobre tablas también, del Proyecto de Resolución, por el cual estamos solicitando la Declaración de Interés Municipal de la Tercera Fase de la Feria Nacional de Educación, Arte, Ciencia y Tecnología del 2013. El motivo de la urgencia, para justificar el ingreso sobre tablas y la posterior votación, es la inminencia de la realización de la misma, que estaría dada entre el 26 y el 29 de noviembre próximo, fecha en la cual ya estaría pasando la próxima Sesión, con lo cual solicito entonces, que se lean por Secretaría los fundamentos del pedido y que posteriormente se vote el ingreso.-
PRESIDENCIA: bien, ponemos en consideración el ingreso sobre tablas y tratamiento del Proyecto de Resolución. Puesto a votación, se aprueba por unanimidad. Le vamos a dar lectura por Secretaría. “Santa Rosa, 21 de noviembre de 2013. Fundamentos: que el Subsecretario de Coordinación del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de La Pampa, Profesor Hernán Ochoa, ha remitido una nota a la Presidencia de este Bloque, solicitando se declare de Interés Municipal la Feria Nacional de Educación, Arte, Ciencias y Tecnología, a realizarse la semana próxima en nuestra ciudad. Que la Señora Ministra de Cultura y Educación de la Provincia de La Pampa, ha declarado dicho evento de interés educativo y cultural, mediante Resolución N° 1797/2013. Que en el marco de Programa Nacional de Ferias de Ciencia y Tecnología, el Ministerio de Educación de la Nación, promueve el mejoramiento de la enseñanza de las ciencias naturales y matemática, estimulando la realización de muestras y/ó exhibiciones en todos los establecimientos educativos del País, donde se presentan a la comunidad los trabajos realizados por los estudiantes de distintos niveles y modalidades educativas, como resultado de la enseñanza científica, tecnológica ó artística, en sus diversas etapas. En función de la cantidad de trabajos presentados este año, fue necesario dividir en tres (3) etapas la realización de la Feria de Ciencias: la primera se realizó en Paraná (Entre Ríos), donde se presentaron trabajos de Nivel Inicial y Educación Primaria. La segunda tuvo lugar en Guaymallén (Mendoza) sobre trabajos de Educación Secundaria. Y la tercera y última, tendrá lugar la semana próxima en nuestra ciudad. Que tal como surge de la información publicada en página oficial del Gobierno de La Pampa, en esta oportunidad se expondrán más de 140 trabajos de Nivel Superior, de todo el País, estimando la participación de alrededor de 650 asistentes. Entre ellos habrá 190 evaluadores, 393 expositores y 55 organizadores de Nación de la Provincia, ya que es una actividad conjunta. Que se presentarán dos (2) trabajos provenientes del Instituto de Formación Docente de nuestra ciudad y dos (2) provenientes del Instituto de Formación Docente de Victorica, todos orientados hacia las Ciencias Naturales, la Tecnología y la Lengua. Que desde este Bloque celebramos la realización de acontecimientos públicos y nacionales de esta índole, reivindicando estos espacios, y su aporte al Sistema Educativo. Por ello el Bloque de Concejales del Partido Justicialista, presenta el siguiente Proyecto de Resolución: Artículo 1°: Declárese de Interés Municipal la Tercera Fase de Feria Nacional de Educación, Arte, Ciencia y Tecnología 2013, a realizarse los días 26 al 29 de noviembre del corriente años, en las instalaciones del Club Estudiantes de nuestra ciudad. Artículo 2°: Remítase copia de la presente a la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de La Pampa y a la Coordinación Nacional del Programa Nacional de Ferias de Ciencias y Tecnología del Ministerio de Educación de la Nación. Artículo 3°: De forma.”–
PRESIDENCIA: bien, se pone en consideración del Honorable Cuerpo el Proyecto de Resolución. Puesto a votación, es aprobado por unanimidad.-
ORDEN DEL DÍA.-
Tiene la palabra la Concejala Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: si, es para pedir a mis pares, porque veo miembros del Club Italiano, si nos permitirían alterar el orden, y poder pasar el punto cinco (5) primero, tratarlo y luego que ellos puedan retirarse, si lo desean.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración del Honorable Cuerpo la solicitud de la Concejala Cabreros, de tratar primeramente el punto quinto (5°). Puesto a votación, se aprueba por unanimidad.-
ORDEN DEL DÍA.-
5).- Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés Municipal en los términos y con los alcances de la Ordenanza Nº 783/90, a los inmuebles ubicados en esta ciudad de Santa Rosa propiedad del CLUB ITALIANO. Expte Nº 294-1/2013 (HCD) y 7631/2012/1-1 (D.E).-
Tiene la palabra la Concejala Cabreros.-
CONCEJALA CABREROS: bueno en realidad, de lo que se trata, es de declarar de Interés Municipal el inmueble propiedad del Club Italiano de la Ciudad de Santa Rosa, los inmuebles. Esta declaración de Interés Municipal teniendo como marco la Ordenanza 783 / 1990, que dice “Serán calificados y declarados como de Interés Municipal, a aquellos bienes inmuebles naturales ó arquitectónicos, cuyos valores intrínsecos, los constituyan en irremplazables por sus características excepcionales y que tengan relevancia comprobada, como componentes de la herencia espiritual ó intelectual de la comunidad dentro de los límites físicos de la ciudad de Santa Rosa.” Esta declaración de Interés Municipal de los inmuebles del Club Italiano, mereció la consulta con la Comisión Honoraria de Defensa del Patrimonio Arquitectónico y Natural, y tuve la suerte de participar el 8 de mayo, en la reunión donde se trabajó este tema y donde se llegó por unanimidad a la declaración de Interés Municipal. Nadie puede dejar en duda el valor histórico social, testimonial, que tienen las estructuras del Club Italiano. Sabemos todos que fue muy inmediata, a posteriori de la fundación de la ciudad de Santa Rosa la presencia de los italianos en la ciudad y la construcción de lo que fue primero la Sociedad de Socorros Mutuos. El tema de la mutualidad, un tema caro al sentir de la comunidad italiana que llegó a nuestro País, yo pertenezco a ella, pero en la provincia de Buenos Aires y también mis abuelos llegaron muy tempranamente, y también lo primero que se hacía era tratar de integrarse en una Sociedad de Socorros Mutuos, que por supuesto, a demás del tema de la salud, socorría realmente en montones de contingencias, se que en la ciudad de Santa Rosa fue así y que con el correr del tiempo, no solo socorrió a la familias italianas sino que lo hizo con muchas familias originarias de nuestro país. Bueno, habría muchísimo para decir, porque la Sociedad de Socorros Mutuos inmediatamente después, abre el primer biógrafo, que en realidad más tarde, tengo entendido que sufrió cambios edilicios y a posteriori crean el cine Marconi. También hay que decir que en ese lugar se alquilaba, y que por ejemplo, la Unión Cívica Radical, históricamente, comenzó a reunirse en ese sitio, es decir que se comienza a entrelazar con la historia de nuestra ciudad de un modo increíble. También lo hace la Cooperativa Popular de Electricidad, era su sede inicial, digamos, para las reuniones cooperativas. Bueno, lo hizo el Círculo de Ajedrez, en fin, creo que es una Institución con larguísima trayectoria, que son inmuebles de enorme valor arquitectónico, sobre todo la fachada del cine, es una las tres (3) obras de art decó que tiene nuestra ciudad, y no hay más, y que es una de las cuestiones a preservar, que ha dicho la gente de Patrimonio que es de invalorable valor, asique bueno, poner a consideración esta Ordenanza, que obviamente descuento que va a ser acompañada por la totalidad, es un acto de justicia. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: ponemos entonces en consideración, general y particular el Proyecto de Ordenanza. Puesto a votación, es aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa. (aplausos en el recinto)–
Tiene la palabra la Concejala Roigé.-
CONCEJALA ROIGÉ: dada la importancia de la Ordenanza señor Presidente, yo voy a solicitar que sea leída en su articulado, porque creemos que así lo merece, gracias.-
PRESIDENCIA: bien, se da lectura por SECRETARÍA a la Ordenanza.-
“Proyecto de Ordenanza”: Artículo 1°.- Declárese de Interés Municipal en los términos y con los alcances de la Ordenanza 783/90, a los inmuebles ubicados en esta ciudad de Santa Rosa, Departamento Capital, Sección II, Fracción D, Lote 12 de la Provincia de La Pampa, protocolizados en el Registro de Propiedad Inmueble con NE 100/78, Matrícula II 25713 la Parcela 14, y al T° 328 F° 108, la Parcela 29. Designados catastralmente como : Ejido 147- Circunscripción I – Radio P -Manzana 18- Parcela 14 y Ejido 147 -Circunscripción I – Radio P- Manzana 18 – Parcela 29, con una superficie cubierta de 1348,56 M2. Artículo 2°.- Extiéndase el alcance de la presente declaración de Interés Municipal por su carácter de inmueble por accesión y destino a todo asentamiento original. Artículo 3°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo a celebrar con las autoridades del Club Italiano, los convenios que permitan especificar las facilidades, exenciones y estímulos a otorgar. Artículo 4°.- Comuníquese al Colegio de Escribanos de La Pampa, al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa y al Club Italiano de Santa Rosa. Artículo 5°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido, archívese.-
PRESIDENCIA: Pasamos entonces al punto 1 de la Orden del Día.-
- .-Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Santa Rosa, 19 de noviembre de 2013. Honorable Concejo Deliberante: habiendo analizado las actuaciones obrantes en el Expte N° 286-1/2013 (HCD) y su agregado 4491/2012/1-1 (D.E) , relacionadas con la Obra de Cordón Cuneta y Pavimento en calle ANTONIO CAVERO, vuestras Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas en Despacho Conjunto y de Mayoría, aconsejan aprobar el siguiente Proyecto de Ordenanza.-Transcripción de Ordenanza: Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta y Pavimento en calle ANTONIO CAVERO entre Jorge Selva Sur y Eliseo Tello Sur, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra podrá ser ejecutada por Administración, ó bien por terceros conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra se estima en la suma de PESOS: CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 169.537,50), con precios básicos referidos al mes de Junio/2013. Artículo 5º: El Cordón Cuneta a construir será de hormigón simple de piedra y el pavimento de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obras de Cordón Cuneta y Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de las obras y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de las obras en la suma de PESOS:CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 169.537,50); resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON TREINTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 998,34). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias ó modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º: En caso de roturas del pavimento y/ó cordón cuneta con motivo de obras particulares ó expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración del Honorable Cuerpo, en general y particular, haciendo la aclaración que los Artículos 4°, 6° y 7° se hacen en forma nominal. Puesto a votación es aprobado por unanimidad. Los Artículos 4° y 6° se aprueban por mayoría en forma nominal con el voto afirmativo de los Concejales: Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez, Taboada y Baraybar. Votan en forma negativa los Concejales: Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Artículo 7° en forma nominal, es aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa-
2).- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta en calle RIO COLORADO. Expte N° 287-1/2013 (HCD) y 1001/2013/1-1 (D.E) –Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1º: Declárese de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta en calle RIO COLORADO entre Raúl B. Díaz y Juan Vaira, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébese el estudio y planificación de la obra aludida en el artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra podrá ser ejecutada por Administración ó bien por terceros conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra se estima en la suma de PESOS: OCHENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 87.049,20), con precios básicos referidos al mes de AGOSTO/2013. Artículo 5º: El Cordón Cuneta a construir será de hormigón simple de piedra y el pavimento de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obras de Cordón Cuneta y Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de las obras y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de las obras en la suma de PESOS:OCHENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 87.049,20); resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 299,50). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorícese al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorícese al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias ó modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º: En caso de roturas del pavimento y/ó cordón cuneta con motivo de obras particulares ó expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada -para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-PRESIDENCIA: se pone en consideración del Honorable Cuerpo, en general y particular, haciendo la aclaración que los Artículos 4° , 6° y 7° se hacen en forma nominal. Puesto a votación es aprobado por unanimidad. Los Artículos 4°, 6° y 7° se aprueban también por unanimidad en forma nominal. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa–3).- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta en calle ANTONIO CAVERO entre Azucena Villaflor y Ramona Pereyra. Expte N° 284-1/2013 (HCD) y 5539/2012/1-1 (D.E).-Transcripción del Proyecto de Ordenanza: “Artículo 1º: Declárese de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra de Cordón Cuneta y Pavimento en calle ANTONIO CAVERO entre Azucena Villaflor y Ramona Pereyra, de esta Ciudad. Artículo 2º: Apruébase el estudio y planificación de la obra aludida en el artículo primero, elaborado por la Dirección de Vialidad y Logística de la Municipalidad. Artículo 3º: La Obra podrá ser ejecutada por Administración, ó bien por terceros conforme la normativa vigente en el ámbito municipal, fijándose un plazo de aproximadamente de (30) días para la ejecución de los trabajos, a partir de la fecha de replanteo de la obra. Artículo 4º: El costo inicial de la obra se estima en la suma de PESOS: CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($ 163.548,70), con precios básicos referidos al mes de Julio/2013. Artículo 5º: El Cordón Cuneta a construir será de hormigón simple de piedra y el pavimento de los llamados flexibles con carpeta de concreto asfáltico en caliente y en un todo de acuerdo con la documentación técnica elaborada por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado con frente a las Obras de Cordón Cuneta y Pavimento a ejecutar quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de las obras y sus respectivos frente y ancho de calzada de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima el costo de las obras en la suma de PESOS:CIENTO SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON SETENTA CENTAVOS ($ 163.548,70); resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: MIL VEINTINUEVE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 1.029,25). Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 2) El importe de la totalidad de la cuadra incluida las bocacalles, se dividirá a prorrata entre las propiedades frenteras a la obra, de acuerdo con la extensión lineal de frente y ancho de calzada. 3) El prorrateo para el pago y ajuste final de la obra, se efectuará en base a las mediciones definitivas parciales o totales efectuadas por la Dirección de Vialidad y Logística. Artículo 7º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas contribuyentes de la obra mencionada en el artículo 1º las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del Artículo 29º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en CIEN (100) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el Artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50 %) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias ó modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º: En caso de roturas del pavimento y/ó cordón cuneta con motivo de obras particulares ó expresas, las mismas serán por cuenta y cargo de quien las origine, debiendo hacer las reparaciones pertinentes de acuerdo con lo que al respecto establezca la Municipalidad por intermedio de su oficina técnica. Artículo 12º: La obra a que se refiere el Artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas, y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 13º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 14º: La presente se regirá por la Ordenanza Fiscal Vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciada- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-PRESIDENCIA: se pone en consideración del Honorable Cuerpo, en general y particular, haciendo la aclaración que los Artículos 4° , 6° y 7° se hacen en forma nominal. Puesto a votación es aprobado por unanimidad. Los Artículos 4° y 6° se aprueban por mayoría en forma nominal con el voto afirmativo de los Concejales: Cabreros, Ghiglione, Mecca, Robledo, Rodríguez, Taboada y Baraybar. Votan en forma negativa los Concejales: Cuelle, Di Liscia, Roigé, Salomón y Villatoro. El Artículo 7° en forma nominal, es aprobado por unanimidad. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa–4).- Despacho Conjunto y de Mayoría de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza Declarando de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra Ampliación de la Red Cloacal, con conexiones domiciliarias incluídas en calles SAN ROQUE, COLECTORA DE RUTA NACIONAL Nº 35 (Juan Manuel de Rosas), SAN FRANCISCO DE ASIS y PADRE RICARDO ERMESINO. Expte N° 288-1/2013 (HCD) y agregado 2291/2012/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la obra: Ampliación de la Red Cloacal con las conexiones domiciliarias incluídas en calle SAN ROQUE entre San Francisco de Asis y San José, COLECTORA de RUTA NACIONAL N° 35 (Juan Manuel de Rosas) entre San Francisco de Asis y San José, SAN FRANCISCO DE ASIS entre Colectora de Ruta Nacional N° 35 (Juan Manuel de Rosas) y San Roque; PADRE RICARDO ERMESINO entre Colectora de Ruta Nacional N° 35 (Juan Manuel de Rosas) y San Roque, de esta ciudad, conforme a plano y documentación obrante en Expediente N° 2291/2012/1-1 (D.E). Artículo 2º: Apruébase el Proyecto y Presupuesto de la obra aludida en el Artículo1º, elaborado por la Dirección de Agua y Saneamiento. Artículo 3º: La obra aprobada en el artículo 1º podrá ser ejecutada por Administración o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: El costo inicial de la Obra se estima para la Red Distribuidora de Agua Potable con las conexiones domiciliarias incluidas en la Suma PESOS: CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON TREINTA Y DOS CENTAVOS ($ 4.899,32) y para la red Colectora Cloacal y conexiones domiciliarias la suma de PESOS: DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 231.197,70) a valores del mes de Agosto/2013. Artículo 5º: Los materiales y accesorios a emplear responderán a las normas vigentes para este tipo de obras. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado frente a la obra a ejecutar, quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la misma, incluidos los inmuebles que cuenten con servicios otorgados en forma provisoria bajo las reglamentaciones y/o situaciones especiales, de la siguiente forma: 1) Inicialmente se estima que el costo de la obra en la suma de PESOS: DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 231.197,70), a valores del mes de Agosto/2013. 2) El importe total, incluidas las conexiones domiciliarias, se dividirá a prorrata entre las (61) SESENTA Y UN referencias frentistas a la obra, resultando consecuentemente un costo por referencia de PESOS: TRES MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 3.728,99). Al conocerse los costos definitivos, la municipalidad podrá reajustar el valor inicial por que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. 3) La Referencia Nº 32.198 de Alberto PAZ y Roberto CHIRINO, abonará DOS (2) servicios domiciliarios en función de la superficie de la parcela afectada. 4) El prorrateo para el pago y ajuste final de las obras, se efectuará en base a la fecha de la compra de materiales para la misma, una vez logrado el 50% de la recaudación total. Artículo 7º: Se establece como forma de pago por parte de los vecinos frentistas, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del artículo 29º de la Ordenanza Fiscal vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en 36 cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35º de la Ordenanza Fiscal vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda el Municipio por los inmuebles afectados por la presente o constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los escribanos no autorizarán las escrituras de transferencia ó modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas por la construcción de las mejoras vencidas y exigibles. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencias, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11º: La Dirección de Agua y Saneamiento procederá al corte de las prolongaciones internas y/ó conexiones especiales previa notificación a los interesados a partir de la fecha de habilitación de la obra. Artículo 12º: La fecha de pago obligatoria de los servicios se establecerá a partir del tercer bimestre inclusive siguiente a la habilitación de las redes, conforme lo determina la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 13º: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 14º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS”, llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 15º: Comuníquese al SIG -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. ARTICULO 16º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-PRESIDENCIA: se pone en consideración del Honorable Cuerpo, en general y particular, haciendo la aclaración que los Artículos 4° , 6° y 7° se hacen en forma nominal. Puesto a votación es aprobado por unanimidad. Los Artículos 4°, 6° y 7° se aprueban también por unanimidad, en forma nominal. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa–
5).-TRATADO EN PRIMER LUGAR.-
6).- Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución Declarando de Interés Municipal el evento musical denominado “AYER, HOY Y SIEMPRE” a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el día 29 de Diciembre del corriente año. Expte Nº 293-1/2013 (HCD).-Transcripción de Proyecto de Resolución: “Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal el evento musical denominado “AYER, HOY y SIEMPRE” a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el día 29 de diciembre del corriente año. Artículo 2º: Remítase copia de la presente Resolución al Sr. Rodolfo Oscar Roldan. Artículo 3º: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-PRESIDENCIA: Puesto a consideración el Proyecto es aprobado por unanimidad.-7).- Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal la “FERIA PROVINCIAL DE LECTURA”, organizada por el Plan Provincial de Lectura, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Cultura y Educación del Gobierno de La Pampa, a desarrollarse el día 29 de Noviembre del corriente año. Expte N° 333-1/2012 (HCD)–Transcripción de Resolución: “Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la “FERIA PROVINCIAL DE LECTURA”, organizada por el Plan Provincial de Lectura, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación del Ministerio de Cultura y Educación del Gobierno de La Pampa, a desarrollarse el día 29 de noviembre del corriente año. Artículo 2°: Remítase copia de la Presente a la Entidad Organizadora. Artículo 3°: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido. Archívese.-PRESIDENCIA: Puesto a votación el Proyecto de Resolución es aprobado por unanimidad por el HCD. Tiene la palabra el Concejal Mecca.-
Concejal MECCA: gracias, Señor Presidente. Es para solicitar, debido al Feriado Nacional decretado para el próximo lunes y visto que la semana que viene va a ser la última Sesión que tiene este Cuerpo, lo que voy a solicitar es que las Comisiones que se realizan el día lunes pasen para el día martes, las Comisiones que tendrían que estar el día martes, se realicen el día miércoles, y que la Sesión en vez de ser el jueves, para que puedan trabajar los empleados y hacer los Despachos como corresponde, sea el viernes en horario de la mañana, puede ser a partir de las 9 ó 10 de la mañana, lo he consultado con los Presidentes de los distintos Bloques y no han tenido objeciones al respecto, pero bueno, solicito se vote esta moción para trasladar las Comisiones y que la Sesión en vez del jueves, sea el día viernes en horario de la mañana.-
PRESIDENCIA: ponemos en consideración del Honorable Cuerpo la moción del Concejal Mecca. Puesto a votación es aprobado por unanimidad. La próxima Sesión del Concejo será el viernes a la hora 9:00.-
Concejal MECCA: respecto a la presentación de Proyectos también, (una observación que hace la Concejala Roigé), se extienda hasta el día miércoles al medio día.-
PRESIDENCIA: está bien, no habiendo mas temas que tratar y siendo la hora veinte con treinta minutos, se da por terminada la Sesión.-