ACTA Nº 1236 DECIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1236
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1236 DECIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1236 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los siete días del mes de mayo del año dos mil quince, siendo la hora diez con veintiocho minutos, da comienzo la Décima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante. Bajo la Presidencia de su Titular la Concejala Liliana Vanesa ROBLEDO, Secretaría a cargo de la Señora Fernanda Gabriela DOLSAN y con la presencia de las Señoras Concejalas y Señores Concejales Fabiana Leticia BALLEJOS, Ángel Ceferino BARAYBAR, Marcos Rubén CUELLE, Guillermo José DI LISCIA, Nilda Esther Ghiglione, Juan MECCA, Viviana Noemí RODRÍGUEZ, María Cecilia ROIGÉ, Mariano Alberto SALOMON y Félix VILLATORO. Y la ausencia con aviso de la Concejala Elisabet TABOADA. Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Guillermo José DI LISCIA procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra la Concejala Viviana Rodríguez.-
CONCEJALA RODRÍGUEZ: gracias Señora Presidenta. Quiero hacer un homenaje por el natalicio de María Eva Duarte de Perón. Hoy es un día muy especial ya que se cumplen 96 años del nacimiento de María Eva Duarte. El 7 de mayo de 1.919 nacía en Los Toldos, Provincia de Buenos Aires, la quinta hija de Juana Ibarguren y Juan Duarte. El destino de esta niña la llevó a ocupar un lugar en los corazones de lo más humildes y en el de Don Juan Domingo Perón, su esposo, a quien tanto amó. Desde su pueblo natal llegó a Buenos Aires cargando sus sueños de actriz y conoció al Coronel Perón en Festival organizado para recaudar fondos para los damnificados por el terremoto de San Juan, en enero de 1.944; jamás se separarían, hasta su muerte prematura. El 17 de octubre de 1.951 cuando Evita recibió de manos del Gral. Perón la gran Medalla Peronista en Grado Extraordinario, estaba muy pálida y había saludado al Pueblo reunido en la Plaza de Mayo, sostenida por Perón. Después de recibir la Medalla, se fundieron en un largo abrazo, y al verla tan emocionada, al comprender que no podía hablar, perón tomó el micrófono y dijo: “Nunca podría haberse resuelto un Homenaje más justiciero, más hondo y más honorable que esta dedicación del 17 de octubre a Eva Perón. Ella no sólo es la guía y la abanderada de nuestro movimiento, sino que también es su alma y su ejemplo. Por eso, como Jefe de este Movimiento Peronista, hago pública mi gratitud y mi profundo agradecimiento a esta mujer incomparable de todas las horas. Ella, durante estos seis años, me ha mantenido informado al día, de las inquietudes del Pueblo Argentino. Ese maravilloso contacto de todos los días en Secretaría de Trabajo y Previsión, donde ha dejado jirones de su vida y de su salud, ha sido en holocausto a nuestro Pueblo, porque ha permitido que a pesar de mis duras tareas de Gobierno, yo haya podido vivir todos los días un rato largo en presencia y contacto con el Pueblo mismo. A parte de todo ello, Ella ha tenido con su tino maravilloso, la guarda de mis propias espaldas en su inteligencia y su lealtad, que son las dos fuerzas más poderosas que rigen el destino y la historia de los hombres.” Considero que estas palabras del propio Perón, resumen quién fue Eva y lo que significó para Él. Pero fundamentalmente para nuestra Argentina. Evita, como le gustaba que llamara su Pueblo, murió el 26 de julio de 1.952 a los 33 años. Pueden amarla, pueden rechazarla, pero nunca podrá ser indiferente. Sin dudas ha marcado la historia de nuestro País y ha sido reconocida en el mundo entero, trascendiendo las cuestiones partidarias. Desde este espacio va mi humilde Homenaje a la querida Evita, alma del Pueblo, llama de la pasión peronista, que a pesar de su corta vida nos dejó tanto. Mi respeto y admiración a Ella, pero fundamentalmente, mi recuerdo. Porque como versa una frase anónima “No muere quien es recordado”, por eso vivirá siempre en nuestros corazones. Muchas gracias. (aplausos en el Recinto).-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I – DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5229/15 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI. Expte Nº 49-1/2015 (HCD).- Pasa a Archivo.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5230/15 mediante la cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a disponer la baja de bienes del Registro de Bienes Patrimoniales del Municipio y se Autoriza a disponer la inmediata compactación de vehículos automotores. Expte Nº 43-1/2015 (HCD).- Pasa a Archivo.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5231/15 mediante la cual se Modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 5211/15 por la que se Concede la excepción al Código Urbanístico a inmueble propiedad de E.Co.P. Construcciones S.R.L. y Grupo Norte S.R.L. Expte Nº 285-1/2013 (HCD).- Pasa a Archivo.-
ORDEN DEL DÍA.-
- Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI. Expte Nº 74-1/2015 (HCD) y 1332/2015/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI entre Antonio Felice y Alelies, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. Nº 1332/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
2. Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle ESMERALDA. Expte Nº 67-1/2015 (HCD) y 773/2015/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ESMERALDA entre Raúl B. Díaz y Pedro Edgardo Giachino, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. Nº 773/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
3. Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la obra: Alumbrado Público en calle UTRACAN. Expte Nº 73-1/2015 (HCD) y 1333/2015/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle UTRACAN entre Telén y Juan Bautista Alberdi, de esta Ciudad, de acuerdo a documentación obrante en Expte. Nº 1333/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Limitada, quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Público de Santa Rosa Limitada., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Deberá tomar conocimiento de la presente Ordenanza el Sistema de Información Georreferenciada, dependiente de la Dirección de Informática de la Municipalidad. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
4. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal el “TORNEO PATAGONICO DE VETERANOS DE PELOTA PALETA – OSCAR “TORO” CHICO-. Expte Nº 76-1/2015 (HCD).-Transcripción de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “TORNEO PATAGONICO DE VETERANOS DE PELOTA PALETA ?OSCAR “TORO” CHICO-” a realizarse en la ciudad de Santa Rosa los días 22, 23 y 24 de mayo del corriente año. Artículo 2º: Remítase copia de la Presente al Club Atlético All Boys, Institución organizadora del evento. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Resolución. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Se harán las Comunicaciones pertinentes.-
5. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal el “XXI TORNEO NACIONAL INFANTO JUVENIL DE KARATE TRADICIONAL” y el “XXXVI TORNEO NACIONAL DE KARATE CATEGORÍA MAYORES”. Expte Nº 72-1/2015 (HCD).-Transcripción de Resolución: “Artículo 1º Declárase de Interés Municipal el “XXIX TORNE NACIONAL INFANTO JUVENIL DE KARATE TRADICIONAL” y el “XXXVI TORNEO NACIONAL DE KARATE CATEGORIA MAYORES” a realizarse en la ciudad de Santa Rosa los días 02, 03 y 04 de Octubre del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la Presente a la Federación Pampeana de Karate Tradicional, Institución organizadora del evento. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Resolución, en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Se harán las Comunicaciones pertinentes.-
6. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal la participación de los profesionales en Ciencias Económicas dependientes de la Municipalidad de Santa Rosa en las “XI Jornadas Nacionales del Sector Público”. Expte Nº 71-1/2015 (HCD).- –Transcripción de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la participación de los profesionales en Ciencias Económicas dependientes de la Municipalidad de Santa Rosa en las “XI JORNADAS NACIONALES DEL SECTOR PÚBLICO”, a desarrollarse en la provincia de Catamarca los días 20, 21 y 22 de mayo del corriente año.- Artículo 2º.- Remítase copia de la Presente al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de La Pampa. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Resolución en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Se harán las Comunicaciones pertinentes.-
7. Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal el “III EXPOCYTAR 2015”. Expte Nº 111-1/2013 (HCD).-Transcripción de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “III EXPOCYTAR 2015″a realizarse en la ciudad de Santa Rosa los días 4, 5 y 6 de Junio del corriente año.- Artículo 2º .- Remítase copia de la Presente al Club de Ciencias y Tecnología AMUN KAMAPU, Institución organizadora del evento.-Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Resolución en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Se harán las Comunicaciones pertinentes.- 8. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Asigna mano única de circulación obligatoria a la calle SUCRE. Expte Nº 79-1/2015 (HCD) y 976/2015/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: “Artículo 1º: Asígnase mano única de circulación obligatoria, en sentido SUR-NORTE, a la calle SUCRE entre Avenida Argentino Valle y calle Fray Luis Beltrán, de esta Ciudad. Artículo 2º: Procédase a la colocación de los correspondientes carteles nomencladores con la indicación de mano única en el tramo referido en el Artículo 1º, en un plazo máximo de 90 días corridos. Artículo 3º: La presente Ordenanza empezará a regir una vez cumplimentado lo establecido en el Artículo 2º.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G. -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
9. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Acepta el Veto dispuesto por el señor Intendente Municipal mediante Resolución Nº 503/2015, al Artículo 1º de la Ordenanza sancionada por este HCD con fecha 09 de Abril de 2015 referida a Inscripción o Transferencia de Títulos de Dominio. Expte Nº 133-1/2011 (HCD) y 4163/2006/1-1 (D.E).-Transcripción de Ordenanza: “Artículo 1º: Acéptase el Veto dispuesto por el Señor Intendente Municipal mediante Resolución Nº 503/2015, al Artículo 1º de la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa con fecha 09 de Abril de 2015.- Artículo 2º: Apruébase como Artículo 1º de la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 09 de Abril de 2015, el siguiente texto:
Artículo 1º: Determínase que es obligación de los Escribanos Públicos, la inscripción en el Departamento de Catastro Municipal, de toda escritura traslativa de dominio que formalicen y protocolicen en relación a inmuebles ubicados en el Ejido de la ciudad de Santa Rosa.
La misma obligación, se establece para todos los herederos declarados y/o adjudicatarios de inmuebles mediante un proceso sucesorio judicial, en relación a inmuebles ubicados en el ejido de la ciudad de Santa Rosa, que se formalicen mediante oficio judicial dirigido al Departamento de Catastro de la Municipalidad de Santa Rosa.
A los efectos de la inscripción en el Catastro Municipal, la petición deberá contener:
1-Identificación del adjudicante/s 2-Identificación del adjudicatario/s.
3-Constitución del domicilio legal.
4- Designación catastral del inmueble.
5- Número de referencia municipal del inmueble.
6- Monto de la operación.
7-Copia certificada de la escritura pública o minuta judicial debidamente inscripta por ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa.
8-Certificado de Libre Deuda de Impuestos, tasas y Servicios Municipales expedido por la Dirección de Rentas de la Municipalidad de Santa Rosa.
9-Declaración Jurada suscripta por el adjudicatario y, en su caso, por el adjudicante, con firma debidamente certificada donde conste en forma expresa y detallada la designación catastral del inmueble y la zona urbanística en la que se encuentre incluido el mismo conforme el Código urbanístico de la ciudad de Santa Rosa. Asimismo, se deberá consignar que es de conocimiento de los suscriptos el alcance legal de los usos permitidos respecto de la zona urbanística a la que pertenece el inmueble referenciado, con la transcripción literal de los artículos correspondientes a misma del Código Urbanístico de la ciudad de Santa Rosa. La omisión de cualquiera de éstas constancias tornará ineficaz la declaración jurada por responsabilidad de sus signatarios.
10- Consignación de la fecha de la resolución judicial que ordene la inscripción catastral y/o modificación dominal del inmueble y la transcripción de la parte pertinente de dicha resolución, para el caso de oficios judiciales, independientemente del cumplimiento de los demás recaudos formales establecidos por el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de La Pampa vigente”.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese..-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
10. Despacho de Mayoría de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Acepta el Veto dispuesto por el señor Intendente Municipal mediante Resolución Nº 499/2015, al Artículo 1º de la Ordenanza sancionada por este HCD de fecha 09 de Abril de 2015 referida a Desafectación como Espacio Verde de Inmueble Municipal donado a la Asociación de Padres Pro-Edificio para el Colegio Santo Tomás . Expte Nº 107-1/2011 (HCD) y 6953/2011/1-1 (D.E).- Transcripción de Ordenanza: “Artículo 1º: Acéptase el Veto dispuesto por el Señor Intendente Municipal mediante Resolución Nº 499/2015, al Artículo 1º de la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa con fecha 09 de Abril de 2015.- Artículo 2º: Apruébase como Artículo 1º de la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 09 de Abril de 2015, el siguiente texto:
Artículo 1º: Desaféctase como Espacio Verde el inmueble de Dominio Público Municipal, identificado catastralmente como: Ejido 047-Circ. III-Rad. J-Mza. 33-Parc. 4, partida Nº 781.191, que fuera donado oportunamente a la Asociación de Padres PRO Edificio para el Colegio Santo Tomás de Santa Rosa, Personería Jurídica Matrícula Nº 2043 (Res. Nº 120/11 DGSPJ y RPC), mediante Ordenanza Nº 4506/11, con fecha 25 de noviembre de 2011, en función a las constancias obrantes en el Expte. Nº 6953/2011/1-1 (D.E)”. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: gracias Señora Presidenta. Voy a volver a solicitar al Cuerpo, como todas las veces anteriores, que me dé la posibilidad de abstenerme de votar este Proyecto, en virtud de lo que ya he manifestado en otras ocasiones, que mantengo una relación ó un vínculo no con la Asociación de Padres, pero sí con el Colegio.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración el pedido del Concejal Marcos Cuelle, quien solicita la abstención. Puesto a votación resulta aprobado. Queda con el permiso concedido Concejal (dirigiéndose al Concejal Cuelle).-
Se pone en consideración el Proyecto de Ordenanza en general y en particular. Puesto a votación resulta aprobado por mayoría. Queda sancionado con fuerza de Ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa.-
PRESIDENCIA: tiene la palabra el Concejal Juan Mecca.-
CONCEJAL MECCA: gracias Señora Presidenta. Es para solicitar, tal lo habíamos acordado en Labor Parlamentaria, que el punto 11, 12 y 13, que tienen que ver con la reestructuración de partidas y respecto al informe que hizo ayer el Contador Miguel De Elorriaga, como depende la cuestión, tal como lo informó él, de los fondos de Co-participación que pudieran ingresar del Gobierno Provincial, lo que pedimos es que vuelva a la Comisión a la espera de ver cómo van evolucionando el ingreso de los fondos al Municipio y ver de esa manera, con los fondos que puedan ingresar, si se puede salvar la cuestión del pago del aguinaldo ó si hará falta más adelante analizar la posibilidad de dictar una nueva Ordenanza ó aprobar esta. Pero la moción concreta es que pasen a Comisión y en última instancia elaborar desde el Bloque ó todo el Concejo, algún pedido de informe al Gobierno Provincial para que también nos den la información que no le están brindando a D.E.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración lo propuesto por el Concejal Juan Mecca, que los puntos 11, 12 y 13 vuelvan nuevamente a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Puesto a votación resulta aprobado por unanimidad.-
11. Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda, presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Modifica el Artículo 142º (bis) de la Ordenanza Fiscal vigente- Tasa Especial de Obras y Servicios-. Expte Nº 44-5/1985 (HCD) y 3011/2012/1-1 (D.E).- (Vuelve a Comisión).-
12. Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a transferir y reestructurar el saldo disponible de la Cuenta Especial para ser afectados a la Partida Presupuestaria 2010-Personal de Planta Permanente-. Expte Nº 321-1/2014 (HCD) y 8577/2009/1-1 (D.E).- (vuelve a Comisión).-
13. Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Modifica el Artículo 53º de la Ordenanza 5182-Tarifaria 2015-. Expte Nº 322-2/2014 (HCD) y 3937/2014/4-2 (D.E).- (vuelve a Comisión).-
PRESIDENCIA: Según lo acordado en Labor Parlamentaria vamos a poner a votación la disposición que por Secretaría se dará lectura a la parte resolutiva.-Transcripción de Disposición: “Artículo 1º.- Convocar a los miembros del Honorable Concejo Deliberante a realizar las Sesiones Ordinarias, a partir del mes de Mayo de 2015, los días Jueves a la hora 11:00.- Artículo 2º.- Regístrese. Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: se pone en consideración la Disposición de Labor Parlamentaria. Puesta a votación resulta aprobada por unanimidad.-
PRESIDENCIA: no habiendo más Asuntos que tratar y siendo la hora diez con cuarenta y cinco minutos, se da por finalizada la Sesión.-