ACTA Nº 1269 SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1269
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1269 SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1269 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis, siendo la hora once con quince minutos, da comienzo la Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2016, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Claudia Giorgis procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
ASUNTOS ENTRADOS.-
I. DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5357/16 mediante la cual se Establece un Régimen Especial y Alternativo de Regularización de Deuda. Expte Nº 5-2/1983 (HCD.- Pasa a archivo.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo copia de la Resolución Nº 110/2016 (D.E) mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio.- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo copia de la Resolución Nº 119/2016 (D.E) mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio.-Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo copia de Sentencia dictada en autos caratulados “Rodriguez, Jorge Alberto c/Municipalidad de Santa Rosa s/Demanda Contencioso Administrativa”.-Pasa a sus antecedentes.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Disposición Nº 1/2016 (HCD) mediante la cual se Dispone que toda la papelería a utilizar en el Concejo Deliberante de Santa Rosa deberá llevar la siguiente leyenda: “2016- Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia”. Pasa a archivo.-
II. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
II. 1.- Nota del Centro de Jubilados y Pensionados de Villa del Busto solicitando se Condone la deuda de Tasas Municipales existente en terreno recientemente adquirido por dicha Institución.- Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
II.2.- Nota de la Comisión Vecinal Barrio Sur Plan 5000 invitando a los miembros de este Concejo a visitar el barrio y conocer las problemáticas existentes en el mismo.- Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
II.3.- Nota presentada por el vecino Mario Sáez solicitando se incorpore información en los vehículos del transporte urbano de pasajeros, referida a servicios de emergencia.- Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-II.4.- Nota presentada por los Colectivos integrantes de la Asociación Mundial de Radios Comunitarias solicitando se Declare de Interés Municipal la “1º Asamblea Anual 2016”.- Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
III. DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas de Propuesta Frepam mediante el cual se Establecen Categorías de Licencias de Conducir en lo referente a Motocicletas.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Simplemente, es para hacer la presentación del Proyecto que hemos elaborado. Es de público conocimiento la problemática que se suscita al momento de entregar la licencia para la Primera Categoría. Hoy está previsto que los mayores de dieciséis años y hasta dieciocho, pueden adquirir la licencia de conducir ciclomotores de hasta 50 cc. Y esto está generando un inconveniente. Con gran satisfacción nos hemos percatado de que también el Departamento Ejecutivo ha advertido esta situación y ha estado trabajando en el mismo tema. Y hemos presentado un proyecto para que lo analicemos en Comisión, para que nos avengamos a establecer un rango de categorías que permitan contemplar a los menores de dieciséis a dieciocho años, en las potencialidades que hoy se están ofreciendo en el mercado, que son motocicletas de hasta 110 c.c., porque los ciclomotores de 50 c.c. ya no se están produciendo, o no están ingresando a la Ciudad de Santa Rosa. Nos habilita la propia Ley 24449. Nos habilita la propia Ley de Creación de la Agencia de Seguridad Vial. Entonces, me parece que si coincidimos en la cuestión de fondo, podemos en conjunto ver en Comisión cuál es el mejor marco regulatorio que puede haber para contemplar estas situaciones particulares que se están generando en la ciudad. Nada más, señor Presidente.-
PRESIDENCIA: ¿Alguien más quiere hacer uso de la palabra?… Bueno, pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejales y Concejalas de Propuesta Frepam mediante el cual se Designa con el nombre de Edgar V. Alonso y Hermanos D´Adam a calles de nuestra ciudad.-
PRESIDENCIA: Por la necesidad de contar con urgencia con el nombre de las calles, este Proyecto se trata conjuntamente con el despacho de las Comisiones que está en el punto 14 del Orden del Día. Pasamos al tratamiento del Orden del Día.-
ORDEN DEL DIA.-
- Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 196/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle ALBERTO GRASSI. Expte Nº 10-1/2016 (HCD) y 5625/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 196/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ALBERTO GRASSI, vereda Oeste, desde Clemente J. ANDRADA hacia Baldomero TELLEZ, ALBERTO GRASSI, vereda Oeste desde punto de empalme hacia Clemente J. ANDRADA, 107 metros, incluye cruce por Clemente J. ANDRADA, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 5625/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese.Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 197/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle RIO DE LA PLATA. Expte Nº 11-1/2016 (HCD) y 5394/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 197/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RIO DE LA PLATA, vereda Norte, desde punto de empalme hacia Juan Manuel ESTRADA, 12 metros, frente a parcela 6, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 5394/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 198/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle SAN JOSÉ. Expte Nº 12-1/2016 (HCD) y 3919/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 198/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle SAN JOSE, vereda Norte, desde punto de empalme 84 metros, frente a parcelas 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 3919/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 199/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle VIRGEN DE FATIMA. Expte Nº 13-1/2016 (HCD) y 5597/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 199/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle VIRGEN DE FATIMA, vereda Este, desde punto de empalme hacia APOSTOL JUAN, 65 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 5597/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese a S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
5) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 200/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calle TUPAC AMARU. Expte Nº 14-1/2016 (HCD) y 6434/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 200/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle TUPAC AMARU, entre VICTORICA y TRENEL de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 6434/2015/1-1(DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad,Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
6) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 201/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calle CARLOS ALBERTO GRASSI. Expte Nº 15-1/2016 (HCD) y 6432/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 201/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública y autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle CARLOS ALBERTO GRASSI entre Julio VERNE y Enrique MOSCONI, de esta Ciudad, conforme a documentación del Expediente Nº 6432/2015/1-1(DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. de anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo 3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tantos sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quien deberá responder civil o penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G . -Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 202/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle PEDRO MARIA IMAZ. Expte Nº 16-1/2016 (HCD) y 4664/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 202/2016 del SeñorIntendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PEDRO MARIA IMAZ, vereda Noroeste, desde punto de empalme hacia Ignacia CAYUPAN, 74 metros, incluye cruce por Pedro María IMAZ, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 4664/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G . – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente”. Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”. —
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 203/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle ALFONSINA STORNI. Expte Nº 17-1/2016 (HCD) y 5365/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 203/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe:”Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ALFONSINA STORNI, vereda Norte, desde punto de empalme hacia Enrique FERNANDEZ MENDÍA, 90 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 5365/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2°.- Comuníquese a l Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 204/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle LOPE DE VEGA. Expte Nº 18-1/2016 (HCD) y 4929/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 204/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle LOPE DE VEGA , vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Alberto Luis FERRANDO, 80 metros, frente a parcelas 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 4929/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.”Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 205/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle MAXIMO ONISCHUK. Expte Nº 19-1/2016 (HCD) y 4666/2015/1-1(DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: RATIFICASE la Resolución Nº 205/2016 del señor Intendente Municipal, dictada “Ad-Referendum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe¨: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MAXIMO ONISCHUK , vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Orlando HERNANDEZ, 52 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expediente Nº 4666/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló SRL, corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló SRL, deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros.Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G .-Sistema Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
11) Despacho de Mayoría de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 213/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la obra de Alumbrado Público en calle JUAN OZINO CALEGARIS. Expte Nº 20-1/2016 (HCD) y 6433/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Intendente Municipal, dictada Ad- Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: DECLARASE de Interés General y Utilidad Pública y Autorízase la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle JUAN OZINO CALEGARIS, entre Blanco ENCALADA y Avenida Santiago MARZO, de esta ciudad, conforme al Expediente Nº 6433/2015/1-1 (DE). Artículo 2º: La obra será financiada y ejecutada por la Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., quien deberá dar aviso del comienzo de los trabajos con 24 hs. De anticipación a efectos de implementar las inspecciones respectivas. Artículo3º: La Cooperativa Popular de Electricidad, Obras y Servicios Públicos de Santa Rosa Ltda., deberá adoptar todas las medidas necesarias para un correcto balizamiento, señalización y protección a efectos de evitar accidentes durante la realización de los trabajos, tanto sea de frentistas como de peatones o automovilistas y cualquier otro medio de movilidad o transporte, siendo en caso de ocurrir cualquier accidente exclusiva responsabilidad de la citada Cooperativa, quién deberá responder civil y penalmente. Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G-Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
12) Despacho Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra de Ampliación de la Red Colectora de Aguas Cloacales en calle JORGE SALVEIRE. Expte Nº 8-1/2016 (HCD) y 5180/2014/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Ampliación de la Red Colectora de Desagües Cloacales, con las conexiones domiciliarias incluidas en calle JORGE SALVEIRE, entre Ricardo Oses y Manuel Valerga , de esta Ciudad, conforme a plano y documentación obrante en Expediente Nº 5180/2014/1-1 (DE).-Artículo 2º: Apruébase el Proyecto y Presupuesto de la obra aludida en el artículo 1°, elaborado por la Dirección de Agua y Saneamiento. Artículo 3º: La obra aprobada en el artículo 1° podrá ser ejecutada por Administración o bien por contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipos conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: El costo de la Obra se estima en la suma de PESOS: VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($21.368,35) a valores del mes de Octubre/2014. Artículo 5°: Los materiales y accesorios a emplear responderán a las normas vigentes para este tipo de obras. Artículo 6º: PAGO DE LA OBRA POR LOS VECINOS: Todo inmueble situado frente a la obra a ejecutar, quedará sujeto a la contribución proporcional al costo de la misma, incluidos los inmuebles que cuenten con servicios otorgados en forma provisoria bajo las reglamentaciones y/o situaciones especiales, de la siguiente forma: Inicialmente se estima el costo de la obra en la suma de PESOS: VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($21.368,35) a valores del mes de Octubre de 2014. El importe total, incluidas las conexiones domiciliarias, se dividirá a prorrata entre las SIETE (7) referencias frentistas a la obra, resultando consecuentemente un costo por conexión sobre un total previsto a ejecutar de SIETE (7) servicios domiciliarios, la suma de PESOS: TRES MIL CINCUENTA Y DOS CON SESENTA Y DOS CENTAVOS ($ 3.052,62) cada una. Al conocerse los costos definitivos, la municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final.- El prorrateo para el pago y ajuste final de las obras, se efectuará en base a la fecha de la compra de los materiales para la misma, una vez logrado el 50% de la recaudación total. Artículo 7º: Se establece como forma de pago por parte de los vecinos frentistas, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del artículo 29° de la Ordenanza Fiscal vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en 36 cuotas mensuales y consecutivas con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35° de la Ordenanza Fiscal vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y previo estudio socioeconómico del contribuyente. 4) PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes. Artículo 8º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la Municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 9º: Los certificados de deuda que extienda el Municipio por los inmuebles afectados por la presente obra, constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio. Artículo 10º: Los escribanos no autorizarán las escrituras de transferencia o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas por la construcción de las mejoras vencidas y exigibles. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencias, modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 11°: La Dirección de Agua y Saneamiento procederá al corte de las prolongaciones internas y/o conexiones especiales previa notificación a los interesados a partir de la fecha de habilitación de la obra. Artículo 12°: La fecha de pago obligatoria de los servicios, se establecerá a partir del tercer bimestre inclusive siguiente a la habilitación de las redes, conforme lo determina la Ordenanza Fiscal vigente. Artículo 13°: La obra a que se refiere el artículo 1° de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto los obligados al pago hayan abonado como mínimo el 50% del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible. Artículo 14°: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la Cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS”, llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza. Artículo 15º: Comuníquese al S.I.G. – Sistema de Información Georreferenciado – para la actualización de la Base de Daros correspondiente.
Artículo 16°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Seguidamente se pasa a la votación del Proyecto, el que resulta aprobado por unanimidad en general y en particular en sus Artículos 1º a 15º, votándose en forma nominal -previa lectura- los Artículos 2º y 4º. Con el Artículo 16º, de forma, el Proyecto queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-13) Despacho Conjunto de las Comisiones de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos y de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 076/2016 dictada Ad-Referéndum del HCD, por la cual se declara de Interés General, Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra Instalación de Alumbrado Público en calle GABRIEL ANZA, CHILE y pasaje NICETO BRAZAL. Expte Nº 9-1/2016 (HCD) y 3670/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 076/2016 del Señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: DECLARASE de Interés General y Utilidad Pública, y Pago Obligatorio la ejecución de la Obra: Instalación de Alumbrado Público en calle: GABRIEL J. ANZA, entre Chile y Pasaje Niceto Brazal de esta Ciudad, conforme a documentación obrante en el Expediente Nº 3670/2015/1-1 (D.E). Artículo 2º: APRUEBASE la planificación y presupuesto elaborado por Dirección de Obras Públicas, que asciende a la suma total de PESOS: CUATRO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 4435,80) resultando consecuentemente un costo por metro lineal de frente de PESOS: CINCUENTA CON TREINTA CENTAVOS ($ 50,30) con valores referidos al mes de Noviembre/15. Al conocerse los costos definitivos, la Municipalidad podrá reajustar este valor inicial, por lo que los pagos serán considerados provisorios y a cuenta de la liquidación final. Artículo 3º: La obra contará con la instalación de (1) luminaria con lámpara a vapor de sodio de 150 W y será ejecutada por Administración o bien por terceros o contratación total o parcial de la mano de obra y/o equipo conforme la normativa vigente en el ámbito municipal. Artículo 4º: Se establecen como formas de pago por parte de los vecinos frentistas, contribuyentes para la obra mencionada en el Artículo 1º, las siguientes: 1) AL CONTADO: Dentro del marco del art. 29º de la Ordenanza Fiscal vigente. 2) EN CUOTAS: Hasta en DOCE (12) cuotas mensuales y consecutivas, con un interés mensual equivalente al establecido en el artículo 35º de la Ordenanza Fiscal Vigente. 3) CASOS ESPECIALES: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ampliar el plazo previsto en el punto anterior, hasta en un cincuenta por ciento (50%) en casos especiales y en los casos de manifiesta imposibilidad de pago en razón de ser inmuebles con dimensiones mayores a las normales convenir con los vecinos frentistas la cantidad de cuotas necesarias para hacer accesible el pago, todo previo estudio socio-económico del contribuyente. 4)PAGO DIFERIDO: Autorízase al Departamento Ejecutivo a diferir el pago de la presente, en el marco de las reglamentaciones vigentes.- Artículo 5º: La mora en el pago de las cuotas determinará que la municipalidad pueda exigir el pago íntegro de la deuda, con más los intereses correspondientes conforme a las normas vigentes. Artículo 6º: Los certificados de deuda que extienda la Municipalidad por los inmuebles afectados por la presente obra constituirán títulos ejecutivos a los efectos de su cobro por vía de apremio.- Artículo 7º: Los Escribanos no autorizarán las escrituras de transferencias o modificaciones de dominio, ni constituirán derechos reales sobre los inmuebles afectados por la presente obra, sin la fidedigna comprobación de haberse abonado las deudas vencidas y exigibles por la construcción de las mejoras. No podrán, sin análoga comprobación, ordenarse judicialmente anotaciones de transferencia o modificaciones de dominio o constitución de derechos reales sobre los mismos inmuebles. Artículo 8º: La obra a que se refiere el artículo 1º de la presente, será financiada con recursos aportados por los vecinos frentistas y no tendrá comienzo hasta tanto hayan abonado como mínimo el 50 % del valor total de la misma. No obstante, el Municipio podrá dar inicio a los trabajos siempre que el financiamiento anticipado de la obra fuera presupuestariamente factible.-Artículo 9º: Los fondos de la contribución de los vecinos frentistas ingresarán a la cuenta de Recursos Presupuestarios “CONTRIBUCION DE MEJORAS” llevándose Sub-Cuenta Analítica de ingresos generados por la presente Ordenanza.- Artículo 10º: La Presente se regirá por la Ordenanza Fiscal vigente de la Ciudad de Santa Rosa. Artículo 11º: Comuníquese al S.I.G- Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.” Artículo 2°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
PRESIDENCIA: Se pone en consideración en general y en particular, con votación nominal… Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Estaba advirtiendo que es un Proyecto ad-referendum enviado por el Departamento Ejecutivo, por lo cual habría que votar el Artículo 1º, y propongo que el mismo se haga en forma nominal para que esté contemplado todo el resto de la Ordenanza.-
SECRETARÍA: Exactamente. Así estaba dispuesto. Se pasa a votar en forma nominal. Voy a leer el Artículo 2º -de ese Artículo 1º-, que es el que aprueba los costos.-
Previa lectura por Secretaría conforme lo indicado, se pasa a la votación del Proyecto, resultando el mismo aprobado por unanimidad en general y en particular en votación nominal, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
14) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza por el cual se designa con el nombre de EDGAR V. ALONSO, y HERMANOS D’ADAM a calles ubicadas al Noreste de nuestra Ciudad. Exptes Nº 11/84 IX y XI Cuerpos (HCD) y 198-1/2014 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Desígnase con el nombre de “EDGAR V. ALONSO” a la calle paralela ubicada entre las calles César Carman Norte y Jorge Selva Norte, con sentido Sur-Norte en toda su extensión, según consta en el plano que, como Anexo I, se adjunta a la presente.- Artículo 2º: Desígnase con el nombre de “HERMANOS D’ADAM” a la calle paralela ubicada entre las calles Eliseo Tello Norte y Julio Nery Rubio Norte, con sentido Sur-Norte y en toda su extensión, según consta en el plano que, como Anexo I, se adjunta a la presente.- Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo procederá a la colocación de los carteles indicadores de las calles en un plazo no mayor a sesenta (60) días de promulgada esta Ordenanza.- Artículo 4º: Comuníquese al S.I.G -Sistema de Información Georreferenciado- a efectos que actualice la base de datos. Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Ibarguren.-
CONCEJALA IBARGUREN: Señor Presidente: Es muy grato para mí pronunciar unas palabras para fundamentar la Ordenanza por la cual se reconocen a vecinos de nuestra ciudad con la designación de sus nombres en la nueva urbanización generada a partir del Plan Procrear. El señor Edgar Viriato ALONSO nació en Alpachiri y se radicó en Santa Rosa para realizar sus estudios secundarios. Conoció en su juventud a Fernando Altolaguirre, con quien compartió los años de militancia. Formó sus familia con Mabel Holgado, con quien tuvo dos hijos, mujer y varón que alegraron su vida con cuatro nietos muy cercanos. Mientras trabajaba en el Ministerio de Obras Públicas, estudió libre la carrera de Derecho en la Universidad Nacional de La Plata. Hombre participativo, fue Presidente del Centro de Jubilados y Pensionados de La Pampa. En el año 2003 asumió como Concejal de la Ciudad representando a la Unión Cívica Radical. Su presencia serena y firme en sus convicciones, enriqueció las Comisiones en las que participó. Así es como un empleado de esta Casa, el señor Leonardo Avendaño, solicitó recordarlo dando su nombre a una calle, que, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, constará en el Sistema de Información Georreferenciado como calle “Edgar V. ALONSO”. En cuanto a la segunda propuesta, señor Presidente, quiero decir que los señores Rodolfo y Antonio D’ADAM, nacidos en Italia, llegaron a nuestra Patria, como la mayoría de nuestros antepasados, para hacer su vida con esfuerzo y entrega a la nueva Nación. De hecho se nacionalizaron, integrándose en pleno a la vida social, siendo parte fundacional de las primeras instituciones de bien público (único lugar de asistencia a las colectividades en nuestra Pampa aún territoriana). Su formación como constructores y carpinteros quedó plasmada en edificios emblemáticos de nuestra ciudad, como es el Palacio de Justicia (actual sede del Ministerio de Bienestar Social), Colegio Nacional, la Escuela Hogar, el cine teatro Marconi, entre otros, como este edificio municipal donde desarrollamos nuestra actividad en los espacios que ellos construyeron. Fácil es imaginarlos trajinando por aquí. La calle con la que se los recordará, señor Presidente, pasará a formar parte del Catastro Municipal con la denominación “HERMANOS D’ADAM”. Muchas gracias.-
Previa lectura por Secretaría el Proyecto es puesto a votación, resultando aprobado por unanimidad en general y en particular, con lo que queda sancionado con fuerza de Ordenanza.-
15) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se establece la creación de una etiqueta adhesiva de “Comunicación de Remoción”, en relación a Ordenanza de Estacionamiento Medido. Expte Nº 55/85 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º:Establécese la creación de una Etiqueta Adhesiva de COMUNICACION DE REMOCION”, que se colocará por la autoridad municipal de tránsito en lugar visible.-Artículo 2º: Establécese como “Comunicación de Remoción” una notificación fehaciente, en donde se brindará información sobre dirección del depósito a donde fue acarreado el vehículo automotor y la documentación necesaria para presentar ante las autoridades pertinentes.- Artículo 3º: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de los noventa (90) días de promulgada y publicada la misma.- Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
16) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Ratifica la Resolución Nº 224/2016 dictada Ad- Referéndum del HCD, por la cual se Aprueba el Convenio de Comodato suscripto con el Ministerio de Educación de la Provincia de La Pampa, referente a la autorización para el funcionamiento de un aula de la Escuela Nº 38 en las instalaciones del predio, propiedad de este Municipio, ubicado en Chile y Peyregne. Expte Nº 36-1/2016 (HCD) y 756/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Ratíficase la Resolución Nº 224/2016 del señor Intendente Municipal, dictada Ad-Referéndum del Honorable Concejo Deliberante, la que a continuación se transcribe: “Artículo 1º: Apruébase el Convenio de Comodato suscripto con el Ministerio de Educación de la Provincia de La Pampa que, como ANEXO I forma parte de la Presente.”Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
17) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Establece mano única de circulación obligatoria a la calle Gral. MANUEL SAVIO. Expte Nº 35-1/2016 (HCD) y 5872/2015/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Establécese mano única de circulación obligatoria en sentido Oeste-Este a la calle GENERAL MANUEL SAVIO entre Teófilo de la Colina y Blanco Encalada.- Artículo 2º: Procédase a colocar las señales indicadoras de mano única con los correspondientes sentidos circulatorios asignados, dentro de los sesenta (60) días a partir de la promulgación de la Presente.-Artículo 3º: Comuníquese al S.I.G.?Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente.- Artículo 4º: La presente Ordenanza comenzará a regir una vez cumplimentado lo establecido en el Artículo 2º.- Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
18) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución por el cual se declara de Interés Municipal el “8º ENCUENTRO INTERPROVINCIAL Y 7º SEMINARIO PATAGONICO DE AIKIDO – SANTA ROSA LA PAMPA 2016″. Expte. Nº 113-1/2014 (HCD).-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: ” Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “8º ENCUENTRO INTERPROVINCIAL Y 7º SEMINARIO PATAGONICO DE AIKIDO-SANTA ROSA- LA PAMPA 2016”, a desarrollarse los días 21 y 22 de mayo del corriente año en la ciudad de Santa Rosa.- Artículo 2º.- Remítase copia de la Presente a la Asociación Kobukai de Aikido.- Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Cumplido: Archívese.-
Puesto a votación, el Proyecto de Resolución resulta aprobado por unanimidad.-
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con cuarenta y cinco minutos.-