ACTA Nº 1302 TRIGESIMA CUARTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1302
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1302 TRIGESIMA CUARTA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1302 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los diecisiete días del mes de Noviembre del año dos mil dieciséis, siendo la hora once con cinco minutos, da comienzo la Trigésima Cuarta Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2016, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.-
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, la Concejala Claudia Bibiana GIORGIS procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.-
A continuación se pasa a la consideración del Acta Nº 1301, correspondiente a la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria del Período 2016, la que resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.-
CONCEJAL TORRES: Señor Presidente, quería dar lectura de una moción para todo este Cuerpo Deliberativo. Desde el año 2000, cada 19 de Noviembre se conmemora el Día Mundial para la Prevención del Abuso contra los Niños y las Niñas. Este es un problema alarmante que no distingue país, raza, cultura o condición social. Por tal motivo, se ha hecho cada vez más indispensable pronunciarse frente a este tema y tomar las medidas que sean necesarias a nivel familiar, local, nacional e internacional. UNICEF sitúa la incidencia poblacional del abuso sexual infantil en valores pandémicos. Se producen 224 abusos infantiles por hora en América Latina, lo que suma dos millones de niños abusados sexualmente cada año. Este organismo también estima que en América Latina y el Caribe la ocurrencia de una víctima de abuso sexual infantil es de uno cada tres niños. Ello coloca al problema en referencia como una prioridad social. Según la Declaración de los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y, conforme a lo enunciado en el artículo N° 2 de dicho Tratado, es menester la colaboración conjunta de diversas entidades a fin de revertir los indicadores actuales. El flagelo del abuso sexual infantil puede decirse que es la causal patognomónica de muchos males sociales, desde la edad de iniciación sexual y primer embarazo, hasta los diversos cuadros psicológicos y psiquiátricos asociados a la fobia, trastornos de alimentos, somatización, depresión, patologías auto-inmunitarias y las más de cien asociaciones que se han establecido desde diversos abordajes. Las aproximaciones epidemiológicas establecen una tasa de incidencia extremadamente alta y una invariabilidad en el indicador que hace alusión frente a la concientización social. Es por eso que hay muchos organismos que están trabajando, tratando de poder bajar estos índices y nosotros como Estado no podemos quedar de lado. Basados en el concepto de salud humana, el acceso a las medidas pertinentes para la conservación de la misma, constituye un derecho inalienable del ser humano. Y conociendo que el estado de la salud individual y colectiva en una sociedad condiciona de manera profunda e inevitable su desarrollo intelectual, económico, productivo y social de una población, es que debemos intervenir a nivel de la prevención del abuso sexual infantil. Con inversión en prevención se podrían evitar hasta el 80% de los casos de abuso sexual infantil. Es en este marco, señor Presidente, que invito a todos los Bloques para que podamos adherir a esta fecha tan significativa y que el Departamento Ejecutivo pueda a través de la capacitación en prevención, ayudar a disminuir este flagelo. Muchas gracias.-
ASUNTOS ENTRADOS–
I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO–
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando Resolución Nº 1136/16 por la cual se reestructuran y adecuan los Recursos y las Partidas de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando Resolución Nº 1135/16 por la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5523/16 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles Mariano Pascual y Luis Ferrando. Expte Nº 225-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5529/16 mediante la cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle Río de La Plata. Expte Nº 237-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5530/16 mediante la cual se concede hasta el 30 de Noviembre del corriente la prórroga solicitada para la presentación de los proyectos de Presupuesto y Tarifaria, correspondiente al Ejercicio 2017. Expte Nº 236-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5531/16 mediante la cual se libera al Club de Leones HUITRU del cargo impuesto en relación al inmueble donado por este Municipio mediante Ordenanza Nº 969/91 ubicado en calle Magaldi entre C. Fernández y C. Rollino. Expte Nº 179/91. (HCD). Pasa a Archivo.-
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Comunicación Nº 12/16, por la cual solicitan al Departamento Ejecutivo, a través del EMHSU, analicen la factibilidad de implementar un régimen de estacionamiento nocturno para que las máquinas de barrido público puedan prestar el servicio eficientemente. Pasa a Archivo.-
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 46/16, por la cual se declara de Interés Municipal el “7º Festival Internacional de Circo y Arte Callejero Santa Risa”. Expte Nº 334-1/2012 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 47/16, por la cual se declara de Interés Municipal la “Corre Caminata del Centenario”. Expte Nº 241-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 48/16, por la cual se declara de Interés Municipal la actividad solidaria-familiar “Caminar Ayuda”. Expte Nº 239-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5532/16 mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la Obra de Alumbrado Público en calle Tito Fuertes. Expte Nº 240-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5533/16 mediante la cual se establece mano única de circulación obligatoria en calles comprendidas entre Florentino Ameghino, Bolivia, José Luro y Avda. Santiago Marzo. Expte Nº 131-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5534/16 mediante la cual se crea el “Plan de Capacitación en Derechos Humanos, Perspectiva de Género y No Violencia” en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa. Expte Nº 165-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.-
II.- DE LAS COMUNICACIONES OFICIALES.-
II.1.- Nota presentada por la Sra. Concejala Claudia Giorgis, del Bloque del FrePam, adjuntando nota presentada por la Comisión de Trata de Personas con fines de Explotación Sexual y Prostitución, solicitando una reunión para exponer la posibilidad de destinar un porcentaje de los ingresos públicos a la lucha contra ese tipo de violencia extrema. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
III.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.-
III.1.- Nota presentada por la Asociación Club Atlético All Boys, mediante la cual solicitan se declare de Interés Municipal el “TORNEO GIGANTE DE FUTBOL INFANTIL” a realizarse desde el 8 al 11 de Diciembre/16. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
III.2.- Nota presentada por integrantes de la Organización Barrial “Todas Somos Andrea”, con el fin de solicitar la nominación de ANDREA NOEMI LOPEZ a una calle de nuestra Ciudad. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.-DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.-
IV.1.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle VIOLETA PARRA. Expte Nº 2585/2016/1-1(DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.2.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ÑANDU, MAXIMO ONISCHUK y MOISES LEBENSHON. Expte Nº 2977/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.-
IV.3.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se aprueba el otorgamiento de un Crédito al Señor MARTIN YOEL, destinado a financiar el proyecto productivo “LAVADERO Y LUBRICENTRO”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16, adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Expte Nº 4359/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-
IV.4.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Crea en el ámbito de la Municipalidad de Santa Rosa la Radio por modulación de frecuencia conforme lo establecido en las Resoluciones Nº 762/14 AFSCA y Nº 5994- ENACOM y cc. Expte Nº 4994/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.5.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba en todos sus términos el modelo de Convenio de Uso y Goce a celebrarse entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Hispano Argentina, Mutual, Social y Cultural. Expte Nº 1802/1997/1-3 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.6. Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del FrePam por el cual se designa con el nombre de “DOCTORA MARIELA CABREROS”, al Espacio Verde ubicado entre calles Santiago del Estero y Pilcomayo. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.7.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del FrePam, por el cual se modifican artículos de la Ordenanza Nº 4410/11 – Reglamento General y Personería Municipal de las Comisiones Vecinales- mediante el cual se incorpora a los vecinos mayores de (16) años, a integrar las Comisiones Vecinales. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.8.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se asigna mano única de circulación obligatoria en sentido Norte – Sur a la calle LAS HERAS, entre Fray Luis Beltrán y Avda. Argentino Valle. Expte Nº 4271/2016/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.-
IV.9.- Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se dona al Gobierno de la Pcia. de La Pampa, una porción del inmueble ubicado entre las calles Tita Merello, General Acha, Hugo del Carril y Luis Ferrando (Barrio Plan 5000), para la construcción de una Escuela en nuestra Ciudad. Exptes Nº 67/2014/1-1 y 909/2016/1-1 (DE).-
PRESIDENCIA: Según lo dispuesto en Labor Parlamentaria, se acordó emitir un despacho de la Comisión, y será incorporado como punto 4 del Orden del Día.-
V.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución, COMUNICACION Y Disposición.-
V.1- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Partido Justicialista por el cual solicitan al DE, establecer mano única de circulación obligatoria en sentido Oeste-Este, a la calle Independencia entre Avda. Pedro Luro y Colectora Avda. Circunvalación Santiago Marzo. —
–Transcripción del Proyecto de COMUNICACION: “El Honorable Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo tenga en consideración establecer como mano única de circulación obligatoria en sentido Oeste-Este a la calle Independencia entre la Avenida Pedro Luro y calle Colectora Oeste de la Avenida Circunvalación Ing. Santiago Marzo”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
V.2.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Partido Justicialista, por el cual el Concejo Deliberante acompaña y respalda el legítimo reclamo del Gobierno de La Pampa en gestiones emprendidas defendiendo los recursos hídricos pampeanos. —
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Araldo Eleno.-
CONCEJAL ELENO ARROLA: Es para pedir, señor Presidente, que se lean por Secretaría los Fundamentos del Proyecto.-
Conforme lo solicitado, por Secretaría se da lectura a los Fundamentos del Proyecto, en los siguientes términos: “Visto y Considerando que la Provincia de La Pampa está defendiendo de manera clara, contundente y sostenida en el tiempo sus derechos hídricos. Que es necesario fortalecer las gestiones del gobierno provincial a través de un posicionamiento y apoyo político fuerte y activo de todos y cada uno de los actores e instituciones pampeanas. La lucha incansable que durante años nuestra provincia lleva adelante visibilizando y reclamando en defensa de los recursos hídricos, garantizando los derechos provinciales. Que los antecedentes respecto a la disputa con Mendoza para garantizar los derechos hídricos de nuestra provincia han sido desfavorables y como consecuencia por más de 60 años La Pampa mantiene su legítimo reclamo. Que el gobierno nacional ha desconocido los argumentos, derechos y perjuicios que el gobierno de La Pampa ha marcado en los diferentes ámbitos creados para resolver la situación hídrica. Que en particular, el estudio de impacto ambiental, las normas de manejo y las del primer llenado de la presa Portezuelo del Viento ubicada sobre la cuenca del Colorado va a permitir un manejo coordinado con las necesidades de todas las provincias que integran dicha cuenca, máxime que la ciudad de Santa Rosa es abastecida por el agua del río Colorado en un 60% del total…”–
SECRETARIA: Voy a dar lectura al Proyecto de Resolución, con las modificaciones propuestas por los Bloques: “Proyecto de Resolución. Artículo 1°: El Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa, acompaña y respalda las acciones que sustentan el legítimo reclamo que realiza el Gobierno de La Pampa en defensa de los recursos hídricos que son de vital importancia para las y los pampeanos. Artículo 2°: Invítase al Departamento Ejecutivo Municipal a adherir a la presente. Artículo 3°: Remitir copia de la presente a todos los Municipios y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa a fin de invitarlos a expedirse en sintonía con esta Resolución. Artículo 4°: De forma”.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Villatoro.-
CONCEJAL VILLATORO: Gracias, señor Presidente. Por supuesto que este Bloque FrePam va a seguir apoyando todas las acciones que emprenda nuestro Gobierno Provincial, así como los comportamientos que adopte en tren de proteger el patrimonio natural de la Provincia de La Pampa. Si acompañamos en su momento las gestiones llevadas adelante por el gobierno encabezado por Jorge, donde la problemática hídrica se manejó con incomparable torpeza e inexplicable desinterés, ¿cómo no vamos a sostener las decisiones de la actual administración que exhibe, al menos, un mayor compromiso con una problemática que impacta en la necesidad y urgencia de miles de familias pampeanas y del que depende la expansión y desarrollo productivo de nuestro territorio? No nos olvidamos que aquel gobierno finalizado el 10 de diciembre pasado, decidió promover la demanda ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando la presión social se tornó insostenible y en la Cámara de Diputados avanzaba una proyecto para ordenar al Fiscal de Estado el inicio de las acciones judiciales. Tampoco encuentra justificación la renuncia durante años a reclamar ante la Justicia por la ilegal apropiación de nuestro río Desaguadero-Salado-Chadileuvú de parte de las provincias ubicadas aguas arriba. Condenable omisión que, a pesar de resultar corregida por el actual gobierno provincial, favoreció el avance de la desertificación en nuestro Oeste con los consecuentes perjuicios sociales, productivos y ambientales. Recordamos el sigiloso hermetismo con que se negoció con Mendoza el malogrado Acuerdo Marco del año 2008, que prometieron resolver definitivamente el prolongado diferendo, y cuyo texto sólo se dio a conocer públicamente una vez después de firmado. Y más cerca en el tiempo, nos sorprendimos con un dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, firmado a mediados del año 2015 pero que recién se difundió a comienzos de este año, donde se aconseja el dictado de los actos administrativos necesarios para despojar a la Provincia de La Pampa del 50 % de las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles, que venimos percibiendo de manera ininterrumpida desde 1973. Grueso error de nuestras autoridades su ocultamiento, máxime que si las distintas fuerzas sociales y políticas abocadas al estudio de la cuestión hídrica hubiesen tenido conocimiento sobre la existencia y progreso de este reclamo administrativo iniciado por Mendoza a comienzos de la década pasada, otro hubiera sido el desenlace y no una categórica decisión que amenazaba seriamente con lesionar los intereses pampeanos sobre estos ingresos. Va de suyo que el acompañamiento que exteriorizamos, no implica compartir muchas de las estrategias definidas por nuestro gobierno provincial. En este sentido, creemos que La Pampa debe pronunciarse y accionar con mayor firmeza en lo que respecta a la futura construcción de la Represa Portezuelo del Viento. En el contexto actual, caracterizado por una total anarquía en lo que refiere a la administración de los recursos hídricos interjurisdiccionales, donde las provincias arribeñas disponen a su antojo de los caudales sin medir las consecuencias ni los daños que nos ocasionan a quienes nos encontramos aguas abajo, La Pampa no sólo debe oponerse a su construcción, sino también a la de toda obra de infraestructura que se pretenda realizar en cualquiera de las cuencas en donde resulta condómina. No resulta válido el argumento de que la represa en cuestión, se encuentra prevista en el Tratado del Colorado, toda vez que el citado Acuerdo interjurisdiccional, prevé otras obras de envergadura respecto de las cuales no existe la menor voluntad política de avanzar; por caso, el trasvase de al menos 50 metros cúbicos por segundo desde el río Negro al Colorado, que eso sí beneficiaría considerablemente a nuestra Provincia, además de la zona productiva de Corfo en el sur bonaerense. El Tratado del Colorado de 1976 constituye una pieza indivisible, que debe concebirse en forma integral. Por tanto, sólo resulta exigible en la medida que exista consenso en avanzar en el conjunto de obras que prevé y no sólo en aquellas que resultan de interés de la provincia de Mendoza. Mucho menos atinada parece la decisión de nuestras autoridades de confiar ciegamente en el manejo futuro de la represa por parte de Coirco. Ni tampoco en su comportamiento ecuánime a la hora de evaluar los estudios de impacto ambiental que presenta Mendoza. La reciente denuncia que nuestro Gobernador dirigió contra el Presidente de Coirco por pretender servirse de un acta trucha no despeja las dudas sobre su parcialidad al momento de adoptar determinaciones de trascendencia. ¿Por qué permitimos que Mendoza realice en soledad los estudios de impacto ambiental de Portezuelo del Viento, siendo que el Río Colorado es tan mendocino como pampeano? No nos contentamos con que Coirco y la Universidad de La Pampa se limiten a analizar los informes ambientales presentados por Mendoza, sino que pretendemos que nuestra Provincia tenga participación directa en el trabajo de campo, así como que reclame injerencia en todas y cada una de las decisiones administrativas que, en adelante, resulten necesarias para la habilitación de Portezuelo del Viento y de cualquier otra represa proyectada aguas arriba. En definitiva, condenamos lo ocurrido en la última reunión del Consejo de Gobierno de Coirco y acompañamos las gestiones emprendidas y las conductas asumidas por nuestras autoridades, pero pretendemos que no se nos relegue al secundario rol de avalar lo actuado, sino que reclamamos de nuestro gobierno la mayor apertura en la toma de decisiones. Como pampeanos, no queremos volver a quedar atrapados por las consecuencias que se derivaron de muchos de los errores cometidos por el accionar inconsulto y unilateral de nuestros gobernantes. Gracias.-
PRESIDENCIA: Bueno. Se pone a consideración el Proyecto de Resolución… Tiene la palabra el Concejal Marcos Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para suscribir las palabras de mi compañero de bancada, pero aparte hacer una pequeña intervención, porque en uno de los considerandos del proyecto -al cual, por supuesto, como lo anticipaba el Concejal Villatoro vamos a acompañar- hace alusión a que el gobierno provincial ha desconocido los argumentos, derechos y perjuicios que el Gobierno de La Pampa ha marcado en diferentes ámbitos creados para resolver la situación hídrica. Y el Concejal Villatoro algo decía en su exposición. Digo, en el año 2008 fue el claro ejemplo del fracaso de la política. Porque ni siquiera un Gobernador de la Provincia de La Pampa, con un Gobernador de la Provincia de Mendoza, ambos del mismo signo político, más una Presidenta del mismo signo político, pudieron resolver esta cuestión, por lo menos en lo que hace al Río Atuel, uno de los tantos ríos reclamados por la Provincia de La Pampa. Y me parece que, ante el fracaso de la política, queda la causa del pueblo. Porque todas las acciones que se llevaron adelante, me atrevo a decir señor Presidente que no surgieron del ámbito político: surgieron del ámbito del pueblo. Porque el disparador del accionar del Gobierno, fue producto del accionar del doctor Palazzani y de Gil Domínguez, que son los que hicieron una acción para que el río vuelva a la Provincia de La Pampa. Entonces, señor Presidente, ¿cómo no vamos a estar de acuerdo, si toda la vida hemos defendido el retorno de los ríos a la Provincia de La Pampa, que sigan su curso natural que no es el curso delimitado políticamente por el hombre, y por supuesto cómo no vamos a acompañar cualquier acción que defienda toda la cuenca hídrica de la Provincia de La Pampa? Pero me parece que hay que insistir en esto: no podemos ser endebles en las acciones que llevemos adelante para reclamar lo que es de la Provincia de La Pampa, porque estamos en presencia nuevamente, si no, del fracaso de la política. Hay que ir a los lugares que corresponda y ejercer las acciones que correspondan y no dejarnos apabullar con esta cuestión de que no tenemos conocimiento del manejo de ríos. Quizás no lo tenemos, porque durante tanto tiempo nos han cercenado el derecho al agua. Vuelvo a insistir, ¿cómo no vamos a acompañar cualquier acción que nuestros gobernantes hagan, que en definitiva ha sido la causa que siempre ha mantenido el radicalismo históricamente en la Provincia de La Pampa, para que los ríos vuelvan a ser cursados en nuestra Provincia? Nada más, señor Presidente.-
Puesto a votación, el Proyecto de Resolución resulta aprobado por Unanimidad.-
V.3.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam, mediante el cual se Declara de Interés Municipal el Balance Social Cooperativo del Banco Credicoop correspondiente al Ejercicio Económico cerrado al 30 de Junio de 2016. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.-
ORDEN DEL DIA–
- Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles: ALICIA MOREAU DE JUSTO, EMILIO CIVIT, LOPE DE VEGA y UTRACAN. Expte Nº 255-1/2016 (HCD) y 3505/2016/1-1 (DE).-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles: ALICIA MOREAU DE JUSTO, vereda Noreste, desde punto de empalme hacia Emilio Civit; EMILIO CIVIT, vereda Sureste desde Alicia Moreau de Justo hacia Utracán; LOPE DE VEGA, vereda Sureste, desde Alicia Moreau de Justo hacia Utracán; LOPE DE VEGA, vereda Noreste, desde Alicia Moreau de Justo hacia Utracán y UTRACAN, vereda Suroeste desde Lope de Vega hacia Luis Pasteur, 885 metros, incluye los cruces por calles Luis Pasteur y Lope de Vega, de esta Ciudad, conforme a memoria descriptiva y plano operativo, obrantes en el Expediente Nº 3505/2016/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La obra mencionada en el Artículo 1º será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S. R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 horas de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G – Sistema de Información Georreferenciado- para la actualización de la base de datos correspondiente. Artículo 6°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
2) Despacho de Mayoría de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar aperturas de Cuentas Corrientes o Cajas de Ahorro en distintas entidades financieras regidas por la Ley Nº 21.526.- Expte Nº 96/90 (HCD) y 4259/2016/1-1(DE). —
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Deróganse las Ordenanzas Nº 399/1977; Nº 744/1990 y su modificatoria Ordenanza Nº 4518/2011. Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar aperturas de cuentas corrientes o cajas de ahorro en cualquier entidad financiera regida por la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras, dando prioridad a las siguientes entidades: Banco de la Provincia de La Pampa, Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario S.A. y Banco Credicoop Coop. Ltdo..- Artículo 3º: La apertura de cuenta deberá ser realizada por Resolución Municipal y la cuenta corriente abierta deberá informarse a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas del Honorable Concejo Deliberante en el plazo de 10 días corridos con copia al Jefe del Cuerpo de Relatores. Junto con la resolución de apertura de la cuenta deberá incluirse un considerando donde se explique la forma en que se va a operar con dicha cuenta y en caso de ser necesario deberá acompañarse con el respectivo proyecto de modificación del marco vigente de rendición de cuentas (Ordenanza 2830/01 y sus modificatorias). Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a efectuar colocaciones de fondos disponibles en inversiones que tengan por fin primordial el mantenimiento del poder adquisitivo de los recursos. Artículo 5º: Los fondos a que se refiere el artículo anterior podrán canalizarse a través de cualquier entidad financiera regida por la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras en las cuales el municipio tenga cuenta habilitada. Artículo 6º: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reglamentar la aplicación del Artículo 5º previendo que en colocaciones de inversiones a ” plazo fijo” se deberá priorizar por canalizar las mismas a través de las siguientes entidades, y en el orden que se detalla: Banco de la Provincia de La Pampa, Banco de la Nación Argentina, Banco Hipotecario S.A. y Banco Credicoop Coop. Ltdo. siempre, que la tasa ofrecida por dicha institución sea igual o superior a la del resto de las instituciones consultadas. Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
–Transcripción de los Fundamentos, conforme una solicitud en tal sentido de la Concejala Giorgis: “Que la Ordenanza 399/1977(N.J.F) dictada por el Poder Ejecutivo Provincial se halla descontextualizada siendo necesario dotar al Departamento Ejecutivo de una norma actualizada a la situación operante para el municipio. Por otro lado es necesario también adecuar la Ordenanza Nº 744/1990 y su modificatoria Nº 4518/2011 al contexto económico y financiero actual. Asimismo en la práctica por la vía de organismos nacionales se nos exige la apertura de cuentas en otras instituciones bancarias nacionales. Que es conocido por el Departamento Deliberativo que la Municipalidad tiene desde hace años cuentas corrientes en el Banco de la Nación Argentina, en el Banco Credicoop Cooperativo Limitado y en el Banco Hipotecario Nacional. Que es necesario continuar facultando al Departamento Ejecutivo a efectuar colocaciones de fondos disponibles en inversiones que tengan como fin primordial el mantenimiento del poder adquisitivo de los recursos. Que en contextos de altas tasas de interés el mantenimiento del poder adquisitivo de los fondos es independiente del destino de los fondos. Que es necesario utilizar no solo colocaciones a plazo fijo, sino todas las formas disponibles de colocaciones de fondos a los efectos de poder hacer uso de las alternativas actuales de inversión. Que a su vez es necesario y conveniente para el municipio que haya competencia entre las distintas entidades financieras del mercado a los efectos de conseguir la alternativa más beneficiosa para el municipio. Por ello…”–
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. En primer lugar, para solicitar que los Fundamentos de este Proyecto de Ordenanza proveniente del Departamento Ejecutivo Municipal, sean agregados al Acta del día de la fecha. Fundamentos que están en la nota 137/2016 del Departamento Ejecutivo. Y brevemente, para plantear también lo que ya se ha planteado en la Comisión de Hacienda donde inclusive contamos con la participación del Tesorero del Municipio, quien se acercó a brindar las explicaciones de esta normativa y a evacuar las dudas que pudieran presentarse en los diferentes Bloques. Como bien dice la fundamentación, estamos hablando de una actualización de una norma al contexto económico financiero vigente. Básicamente, es primordial en este caso mantener el poder adquisitivo de los escasos recursos con los que cuenta el Municipio; y fundamentalmente apuntando a colocaciones con herramientas financieras que por allí no todos los Bancos las poseen, tratando de mantener, como digo, el valor de los recursos fundamentalmente para el pago de sueldos. Todos sabemos que más del 100 % del Presupuesto Municipal se consume en la masa salarial. Y, bueno, cobra mucho más sentido no tener de manera ociosa -aunque sea en el término de los veinte días en que se van juntando los recursos para pagar los sueldos-, de ninguna manera. Por otro lado, esta norma blanquea una situación que se había producido ya en la anterior gestión, de aperturas de cuentas en otros bancos que no fueran el Banco de La Pampa o el Banco Nación, para cuentas específicas de recursos nacionales que el Municipio está obligado a hacerlo, sin haber sido informadas en su momento al Concejo Deliberante y al Cuerpo de Relatores. Esto fue observado en su momento por el anterior jefe del Cuerpo de Relatores y actual Secretario de Hacienda. Entonces, esta norma también viene a blanquear esa situación sin dejar de lado las prioridades que el Estado Municipal tiene en cuanto a la apertura de sus cuentas, que es en primer lugar el Banco de La Pampa, con el que siempre se ha trabajado, salvo en algún caso donde el Banco no ha ofrecido la alternativa que el Municipio requería, como fue en su momento el leasing para la compra de las maquinarias y camiones del EMHSU, que fueron adjudicadas al Banco Credicoop Cooperativo. Y las prioridades que el municipio tiene son las que se plantean aquí en la norma. Esto es lo que se hace habitualmente, que es trabajar con el Banco de La Pampa, el Banco Nación, el Banco Hipotecario y el Banco Credicoop Cooperativo. Por eso, la norma que estamos sancionando de alguna manera le pone un marco legal a algo que se viene realizando en el municipio.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Alba Fernández.-
CONCEJALA FERNANDEZ: Señor Presidente: El Bloque del Partido Humanista en el Frente para la Victoria va a rechazar esta propuesta del señor Intendente donde se habilita la Apertura de Cuentas, la constitución de Plazos Fijos y la realización de inversiones en cualquier entidad financiera que se rija por la Ley Nacional. Aún cuando luego se prioricen el Banco de La Pampa, el Banco de La Nación, el Hipotecario y los cooperativos, seguimos sosteniendo señor Presidente -como lo señalamos en la respectiva Comisión donde se trató el tema-, que es excesivamente amplia esa habilitación. Y de ese modo, en aras de no perder el poder adquisitivo de los dineros municipales en el contexto inflacionario actual, terminará el Municipio beneficiando a la banca extranjera. Contrariamente, si se habilitara exclusivamente a los que en la propuesta se priorizan, esos fondos del pueblo de Santa Rosa quedarían por lo menos en La Pampa y en el país. Por eso, como dije anteriormente Señor Presidente, el Bloque del partido Humanista en el Frente para la Victoria rechaza esta propuesta. Muchas Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.-
CONCEJAL TORRES: Si, la verdad es que adhiero a las palabras de la Concejala Alba Fernández y también voy a rechazar esta propuesta pensando en que una de las cosas que decía la Concejala Giorgis es que es un blanqueo de las cosas que se venían haciendo. Y la verdad es que nosotros queremos dejar en claro que si las cosas no se venían haciendo bien, no hace falta blanquearlas y continuarlas. Las tenemos que empezar a hacer bien. Si algo se hacía mal hay que cambiarlo. Y creemos que la sociedad de Santa Rosa se beneficia -y la sociedad pampeana en general- cuando nosotros podemos tomar al instrumento financiero que es el Banco de La Pampa, que por Ley está definido para que pueda ser ese instrumento en beneficio de todas las Municipalidades de la Provincia. Por eso creo que conforme al Compre Pampeano, al que siempre decimos adherir y el cual estamos buscando -de hecho ayer el Intendente propuso la creación de un mercado que pueda facilitar a todos aquellos que producen en nuestra Provincia y en nuestra ciudad-, me parece que tenemos que ir en línea con esto y no que los depósitos de la Municipalidad terminen financiando obras en otro lado del país o en el exterior debido a los capitales de los Bancos que se proponen. Muchas gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Galluccio.-
CONCEJALA GALLUCCIO: Si, señor Presidente. Es para fundamentar el voto negativo, también, del Bloque del Partido Justicialista. Analizando la normativa relacionada con esta Ordenanza que se pretende sancionar, nosotros consideramos que es violatoria del Artículo 14 de la Ley 1949 en la que se dispone que el Banco de La Pampa es el agente financiero del Estado Provincial, de los Municipios y Comisiones de Fomento, y es la caja obligada para el ingreso de las Rentas Fiscales de todos estos organismos. Consideramos que este Artículo 14 es de aplicación obligatoria para todas las Municipalidades, incluida por supuesto, la de Santa Rosa. Por lo tanto, consideramos que no podemos sancionar una Ordenanza que vaya en contra de lo que estipula una Ley Provincial. Ese es el motivo. Gracias.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. Para aclarar dos cuestiones. Primero, el Banco de La Pampa es agente oficial del Gobierno Provincial. Y segundo -por las manifestaciones del Concejal Torres-, no es que nosotros estamos blanqueando lo que se hacía mal. Eso fue justamente lo que se detectó como irregularidad en el Cuerpo de Relatores. Es decir, no es que esté mal que la Municipalidad pueda operar con el Banco Hipotecario, que es lo que estamos confirmando con esta norma. Lo que estaba mal era que no lo informaran, que por lo tanto estuviera fuera de control y que a partir de las obligaciones negociables de Y.P.F después se usara para Plazo Fijo y no se informara, porque por la interna política del ex Intendente con el ex Gobernador, era una forma en que el ex Intendente le ocultaba las cuentas al ex Gobernador para pedirle plata. Eso es lo que está mal. No es que esté mal que nosotros digamos que lo autorizamos a trabajar con el Banco Hipotecario. Pero sí, que tienen que remitirnos esta información al Concejo Deliberante, y lo mismo al órgano de control, que es el Cuerpo de Relatores. Digo, porque de la misma manera que habíamos quedado presos del tema del agua -ustedes fíjense que se cortó once veces el Acueducto en el año 2015, y fíjense lo que fue el 2016-, muchas de esas veces fue producto de que tenían -como con las cuentas- una casita cerrada donde por la famosa interna, nos hicieron rehenes a todos los ciudadanos de Santa Rosa, porque no se comunicaban cómo estaban las reservas del agua. Se hacían trampa. También se hacían trampa con esto, y eso es lo que nosotros decimos que fue una irregularidad.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.-
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Yo creo que las cuestiones técnicas son entendibles. Podemos coincidir o no, pero son respetables, en una posición de quien argumenta técnicamente por qué no cree conveniente acompañar esta norma. Lo que no voy a dejar pasar, señor Presidente, es el componente político de quienes han argumentado en contra de este Proyecto de Ordenanza. Señor Presidente, a mí no me cabe ninguna duda que este Gobierno o cualquiera que venga en el futuro del mismo signo político al que pertenezco, no va a ir a la banca privada. Va a ir a las bancas que están en esta Ordenanza. Ahora, si tienen miedo de que algunos de otros partidos vayan a la banca privada, que los condenen y les pidan respuesta, porque no es el caso nuestro. Hemos pedido justamente, en el marco de las leyes vigentes, por estos cuatro bancos; porque no me lo imagino al Tesorero ni al Secretario pidiéndole a veinticinco bancos diferentes a ver cuál es el que mejor cotiza, porque tampoco les sería útil ni les rendiría el tiempo, para poder mantener el valor del dinero de la Municipalidad de Santa Rosa. Por eso, señor Presidente, si el miedo es si vamos a ir a la banca privada, que se queden tranquilos que no es lo que pretende este Gobierno, y pongo las manos en el fuego que ninguno de los que sean de mi signo político, en la ciudad de Santa Rosa. Ahora, la otra cuestión es: ¿qué tiene que ver el chancho con la velocidad del chorizo?… Digo, ¿qué tiene que ver el Compre Pampeano con que tengamos que poner dineros para cuidar los fondos de la Municipalidad? Me parece, señor Presidente, que tal como lo reflejaba la Concejal Giorgis, lo que está mal hay que denunciarlo y hay que ir a donde haya que ir, y lo que está bien hay que celebrarlo. El problema, es que no es que esto esté mal: esto no estaba blanqueado. Y lo que está haciendo justamente el Ejecutivo es decir: esto que se hacía por la costumbre, por el uso, por el paso del tiempo, dejémoslo plasmado en una norma, para que quede claro dónde tenemos fondos y de qué naturaleza. Por eso, señor Presidente, me parece que acepto los fundamentos técnicos. Creo que la Ley que citaba la Concejala es la Carta Orgánica del Banco de La Pampa, con lo cual no es de aplicación general y aparte es una norma, o una Ley, a la cual la Municipalidad de Santa Rosa tampoco ha adherido formalmente. Pero yo lo respeto a eso. Lo que me parece, es que si no nos gustan las normas nacionales que le dan cabida a los bancos y a la banca privada para que las inversiones se vayan fuera del país, diez años tuvieron para cambiarla, con mayoría en ambas Cámaras, y desde 1983 a la fecha no han perdido nunca la mayoría. Si no les gusta la Ley, tuvieron todo el tiempo del mundo para poder cambiar y hacer una Ley que defienda los intereses de los argentinos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Galluccio.-
CONCEJALA GALLUCCIO: Si, señor Presidente. En función de lo que expresó la Concejala Giorgis -que el Banco de La Pampa es el agente financiero del Estado Provincial- quería, si me permite, leer el Artículo 14 de la Ley Provincial 1949, que si bien sanciona la Carta Orgánica del Banco de La Pampa, es una Ley Provincial de cumplimiento obligatorio. Y en su Artículo 14 dice: “El Banco de La Pampa es el agente financiero del Estado Provincial, organismos descentralizados y autárquicos, Municipalidades y Comisiones de Fomento de la Provincia de La Pampa, y la caja obligada para el ingreso de las Rentas Fiscales y de los dineros, títulos y depósitos de todas estas reparticiones oficiales”. Es como para aclarar que es también el agente obligado de las Municipalidades. Gracias.-
Puesto a votación en general y en particular, el Proyecto resulta votado afirmativamente por los/as Concejales/as Bravo, Cuelle, Domínguez, Giorgis, Ibarguren y Villatoro y negativamente por los/as Concejales/as Eleno Arrola, Fernández, Galluccio, Lezcano, Rodríguez y Torres, por lo que se produce un empate.-
PRESIDENCIA: Se pone a debate nuevamente el Despacho.-
CONCEJAL CUELLE: Si, señor Presidente. Simplemente es para aclarar que todos los ingresos de la Municipalidad van por el Banco de La Pampa. Y es el agente recaudador, y ahí van nuestros ingresos de la Municipalidad. El drama es qué hacemos con esos recursos una vez que están dentro del Banco de La Pampa, por un lado. Y por el otro lado, la verdad es que el Banco de La Pampa no siempre se ha comprometido con las Municipalidades. Porque cuando tuvimos que buscar un leasing para poder hacer el EMHSU en la ciudad de Santa Rosa, tuvimos que recurrir a la banca del Credicoop, porque justamente se nos negó sistemáticamente el acceso, porque no tenía esa figura el Banco de La Pampa -del leasing-, para poder tener la maquinaria de la Municipalidad. Y además, me parece que si las mejores opciones no están en el Banco de La Pampa para hacer una inversión, me parece que, o bien aggiornamos el Banco de La Pampa, o demos la posibilidad para que haya un mejor aprovechamiento de los recursos que tiene en disponibilidad la Municipalidad. Era simplemente esa aclaración.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Galluccio.-
CONCEJALA GALLUCCIO: Considero que estamos hablando de dos cosas diferentes. Una cosa son las herramientas financieras para la toma de créditos, que es cierto, el Banco de La Pampa no tenía y aún no tiene el leasing. Acá, lo que estamos proponiendo en la Ordenanza y lo que nosotros no estamos de acuerdo, es que las inversiones se hagan en otros bancos. No la toma de créditos. Nosotros consideramos que el Banco de La Pampa, por sí o a través de gestiones con otros organismos, puede generar las inversiones que le sean necesarias al Municipio. Así que consideramos que no hace falta tener colocaciones en otros bancos.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.-
CONCEJAL TORRES: Estamos hablando de excepciones, y las excepciones se traen a considerar. Entonces, meter todo en una misma bolsa me parece que no es adecuado. Por otro lado, me parece que habría que extender las propuestas de cuáles son esas necesidades de herramientas financieras que tiene la Municipalidad para con el Banco de La Pampa, para ver la oportunidad de que el Banco pueda tener esas mismas herramientas para ofrecernos como Municipalidad. Eso es todo.-
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.-
CONCEJALA GIORGIS: Sí, señor Presidente. En principio para decir -aunque todos lo saben-, que esencialmente el Municipio de Santa Rosa trabaja con el Banco de La Pampa. El informe que dio el Tesorero en la Comisión de Hacienda, que remite al análisis jurídico de la norma en la Secretaría de Hacienda, es que esta Ley Provincial que cita la Concejala Galluccio, no es de orden público y que durante todos estos años el Municipio no ha adherido a la misma.-
PRESIDENCIA: Se pone a consideración nuevamente el Despacho de Comisión, en general y en particular. Los que estén por la afirmativa, sírvanse levantar la mano.-
Votan afirmativamente los/as Concejales/as Bravo, Cuelle, Domínguez, Giorgis, Ibarguren y Villatoro.-
PRESIDENCIA: Por la negativa…-
Votan en forma negativa los/as Concejales/as Eleno Arrola, Fernández, Galluccio, Lezcano, Rodríguez y Torres.-
PRESIDENCIA: Bueno, este Presidente usa las atribuciones que le da el Artículo 110 del Reglamento Interno, usando el doble voto. Voto afirmativamente.-
El Proyecto resulta así aprobado por mayoría, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declaran de Interés Municipal las actividades a realizarse en el marco del “DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”. Expte. Nº 175-1/2015 (HCD). Por Secretaria se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º .- Decláranse de Interés Municipal las actividades a realizarse el 25 de Noviembre del corriente año en el marco del “DIA INTERNACIONAL DE LA ELIMINACION DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER”. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a las organizaciones sociales e institucionales organizadoras del citado evento. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.-
4) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se dona al Gobierno de la Pcia. de La Pampa, una porción del inmueble ubicado entre las calles Tita Merello, General Acha, Hugo del Carril y Luis Ferrando (Barrio Plan 5000), para la construcción de una Escuela en nuestra Ciudad. Exptes Nº 67/2014/1-1 y 909/2016/1-1 (DE). Por Secretaria se da lectura.-
–Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Dónase al Gobierno de la Provincia de La Pampa, una porción del Inmueble identificado catastralmente como Ejido 047, Circ. III, Ch. 25, Parc. 7, Ref. Municipal Nº 35516, Partida Nº 730038 identificado con la letra “A”, en el croquis de ubicación que como Anexo I forma parte de la presente, para la construcción de una escuela en la ciudad de Santa Rosa, y se cede la superficie que corresponda a calle a continuación de la calle UNANUE. Artículo 2º: La parcela objeto de la donación referida en el Artículo precedente, será la que surja oportunamente del plano de mensura y subdivisión correspondiente, las medidas aproximadas de las mismas son de 130 mts x 47,50 mts. Artículo 3º: El Gobierno de la Provincia de La Pampa, se hará cargo de todos los gastos que generen los trámites de mensura y subdivisión y de escrituración del inmueble que será donado y cuya descripción surgirá del plano respectivo, como así también de la apertura de calle cedida y la ejecución de cordón cuneta de la misma. Aprobado que sea el plano de mensura y subdivisión se concretará la donación en cuestión. Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las gestiones y/o tramitaciones que sean necesarias a los fines de la donación respectiva y en el marco de lo establecido en el Artículo 1553 del Código Civil y Comercial de la Nación. Artículo 5º: De no llevarse a cabo la ejecución de la obra destinada a la construcción de una escuela por parte del donatario, en un plazo de 2 años, será causal suficiente para que la Municipalidad ejerza el derecho de revocación de la presente donación. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: archívese.”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.-
No habiendo más asuntos que tratar y siendo la hora once con cincuenta y cinco minutos, se da por finalizada la Sesión.-