ACTA Nº 1338 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1338

ACTA Nº 1338 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1338

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1338 TRIGÉSIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1338 En la Ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los nueve días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete, siendo la hora once con diez minutos, da comienzo la Trigésima Segunda Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2017, bajo la Presidencia de su titular, Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de María Cecilia ROIGÉ, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO.
Conforme una invitación formulada por la Presidencia, el Concejal Roberto Eugenio Torres procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
PRESIDENCIA: Se invita al vecino Pablo Tueros a hacer uso de la Banca del Vecino, en cumplimiento de la Ordenanza 4849 -La Voz del Vecino-.
SR. PABLO TUEROS (Vecino):Sí, buenos días. Yo soy Pablo Tueros. Soy arquitecto. Ejerzo mi profesión acá, en el medio. Bueno, el tema que me preocupa es un tema archiconocido de Santa Rosa, el estado de la red de agua potable y cloacas, lamentablemente. Si bien nosotros trabajamos acá desde que nos recibimos y sabemos la deficiencia del sistema, tuvimos que vivir una situación de emergencia para tomar real conciencia de lo que sucede y del riesgo en el que estamos insertos los santarroseños, y la simpleza que tiene la solución, digamos. Es de público conocimiento, que hubo una rotura de un caño en un obra en la Avenida España, que nos llevó a darnos cuenta que no había ninguna posibilidad de interrumpir el servicio de agua para trabajar sobre una emergencia. Eso provocó que se volcaran, aproximadamente, tres millones de litros en menos de diez horas, en una obra que por suerte, estaba el pozo y tenía capacidad de recepción. La emergencia se complicó por el paro del personal de DAGSA. Pero, aún haciendo averiguaciones posteriores, no hubiese habido ninguna posibilidad de cortar el agua, porque el setenta por ciento de las válvulas esclusas se encuentran enterradas bajo el asfalto. Cuando se ha asfaltado en Santa Rosa, no se ha tomado la precaución de aprovechar el balizamiento de cada una de las válvulas. Y, no se le ha dado participación a los organismos pertinentes para proteger eso y dejarlo en funcionamiento. Obviamente, eso conlleva una imposibilidad de mantenimiento o reparación. Cualquier posibilidad de acceso a las válvulas esclusas, es a través del rompimiento del asfalto con una retroexcavadora. Con lo cual, cualquier situación de emergencia se complejiza de una forma absolutamente irracional. Digamos, una cosa tan simple de funcionar como una válvula esclusa, que uno la cierra y corta el agua, en Santa Rosa no es posible. Se agravó todavía más la situación, cuando descubrimos que tampoco se podía cortar el agua desde los tanques centrales de Circunvalación y Palacios más que por un tiempo acotado, ya que tampoco se puede cortar el agua del Acueducto, porque entonces rebalsan los tanques. Donde se corta un poco el suministro de agua a la ciudad, rebalsan los tanques porque no se puede cortar el agua del Acueducto. Esa es, por lo menos, la información que tenemos. Con lo cual, complejiza mucho más la situación. Entonces -como son cinco minutos los que tenemos-, no me voy a extender demasiado en contar pormenores de la situación que son, por demás gráficos. Que sé yo, tengo hasta el plano que nos acercaron en ese momento para poder solucionar y cortar las válvulas. Y, realmente, tiene poca seriedad ésto. Profundizando un poco más en el tema, y averiguando un poco más cómo se había generado esta situación, concluimos -con la poca información que tenemos- que esto empieza cuando Obras Sanitarias Nacional delega en la Provincia y las municipalidades el control de los sistemas de agua. Hasta ese momento, había protocolos sistemáticos de mantenimiento y control. Hasta había un cargo que se le llamaba el “valvulero”, digamos que, hasta tiene nombre y apellido en Santa Rosa -es archiconocido-, cuando uno empieza a investigar esto, donde tenían protocolos de mantenimiento de válvulas y registros en libros. Una tarea tan simple como esa que no se lleve a cabo y que ponga en el grado de peligro que pone, por no poder cortar un caño de ciento sesenta milímetros echando agua a presión desde dos lados, porque viene a romperse la malla interconecta y fluye el agua a presión. Yo digo, hay que imaginarse un caño de ciento sesenta milímetros echando un chorro a dos metros de distancia de cada lado, digamos puede, si se rompe…Si eso se produce en esta vereda, hoy no estamos en este edificio. Y, es una cosa de una simpleza absoluta. Hay que ponerse a trabajar. Está el equipamiento humano disponible, porque la Municipalidad tiene en el personal afectado a DAGSA -por lo que estuvimos averiguando-, absoluta capacidad de poner en funcionamiento eso. Sólo hay que hacer el relevamiento del setenta por ciento de válvulas tapadas por el asfalto, descubrirlas y ponerlas en funcionamiento. A algunas habrá que hacerles un simple mantenimiento. Otras, habrá que cambiarlas. Pero, no podemos dejar ésto sin atender porque puede pasar algo. Es una cosa fácil, simple, rápida. No hace falta ni licitación. Hace falta que el Municipio, por Administración y con el personal que tiene, elabore un plan de emergencia -que no es una emergencia-, en realidad, es un plan de poner en funcionamiento el sistema existente. No hay que hacer Plan de Mitigación. No hay que hacer Plan Director. No hay que hacer Plan Estratégico. Hay que destapar las válvulas y ponerlas en funcionamiento; y elaborar una documentación gráfica y también informática que permita rápidamente abordar estas cosas. Simplemente, hay que cerrar llaves de paso. Si en treinta minutos cierran las llaves de paso, en tres horas está solucionado el problema, que duró, veinticuatro horas. Que terminó resolviendo los actores privados, porque el Municipio no se hizo cargo del tema. No puso nada de su servicio. Y, se enteraron por nosotros cuándo se solucionó el problema. Yo estoy preocupado y ocupado. Y, me parece que es una cosa de simple solución. Yo tomé conciencia a raíz de ese episodio. No tenía conciencia. Nunca pensé que no se hubiese podido cortar el agua. No se me cruzó por la cabeza pensar que no se podía cortar el agua en Santa Rosa. Entonces, los invito a compartir la preocupación, el compromiso y aunar criterios y esfuerzos para poner rápidamente en servicio las válvulas que existen. Sólo hay que poner en funcionamiento las válvulas que existen. Muchas gracias. Les hice un mini resumen de esto, que si a alguno le interesa, desde los Bloques, se los puedo dejar. Muchas gracias.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Giorgis.
CONCEJALA GIORGIS: Si, señor Presidente. Antes de dar continuación al Temario, quería hacer una breve alusión al veintiséis de Octubre que fue nuestra última Sesión. Cuando nos retirábamos de aquí, del Recinto, a unas pocas horas llegaba la noticia a la familia de Lucia Tartaglia de la aparición de su hija -de la hija de Lucia-, nieta de María. Es, para Abuelas, el nieto o nieta que estaban buscando, ciento veinticinco. Quería recordarlo, porque este Concejo Deliberante fue muy parte en uno de los períodos que me tocó ser Concejal con anterioridad, en el período dos mil tres, dos mil siete. Seguramente, las secretarias de las Comisiones y los empleados del Concejo lo recuerdan. Fue un período donde se trabajó mucho en torno al pedido de aparición del hijo o hija de Lucía Tartaglia. De hecho, la Comisión de Derechos Humanos del Concejo Deliberante fue creada en ese período a instancias, básicamente, de ésto. Y, fue muy fructífero. No voy a mencionar Concejales en particular, porque fueron proyectos y alocuciones de diferentes Bloques. Porque, realmente fue un tema tomado como debe ser, institucionalmente desde el Concejo. Simplemente, hacer mención a algunas de esas acciones del Concejo Deliberante; en el año dos mil cuatro, en el marco de la Semana de la Memoria Popular, el Concejo organizó una conferencia de Abuelas de Plaza de Mayo, y se pedía por la aparición con vida del hijo o hija de Lucía Tartaglia. En el mismo año, se declararon de interés municipal los actos programados en el Colegio Nacional, del que ella era egresada, presentados por sus compañeros de promoción del colegio. Compañeros de Lucía Tartaglia y Daniel Elias, detenidos desaparecidos. En el dos mil cinco, el Concejo Deliberante de Santa Rosa declaró de interés municipal la biografía de Lucía Tartaglia. Es un libro realizado por Oscar Gatica que se llamó “Lucía, una historia de militancia y alegría”. También, en el año dos mil cinco, se presentó un proyecto dirigido al titular de la Unidad Especial de Investigaciones y Búsqueda de Niños Desaparecidos a fin de solicitarle las diligencias tendientes a la obtención de una fotografía del progenitor del hijo o hija de Lucía Tartaglia. Después, se obtiene el dato. También, en el año dos mil cinco, se presentó en el Concejo Deliberante y se aprobó, un pedido a la Cámara de Diputados de la Provincia para adherir a la Ley Nacional veintiséis mil uno, mediante la cual se declaraba el veintidós de octubre de cada año, como el Día Nacional del Derecho a la Identidad. Fueron varias las acciones. También, en el año dos mil cuatro, allí por noviembre, se impone el nombre de Lucía Tartaglia a un pasaje sin nombre de nuestra ciudad. Voy a leer, nada más, unos breves párrafos que decíamos diferentes Concejales en ese momento: “Lucía, egresó del Colegio Nacional en la promoción del año setenta. Al año siguiente viajó a La Plata, donde inicia su carrera de abogacía. A fines de mil novecientos setenta y dos, comienza su acercamiento a la actividad política en un marco histórico nacional de hechos conmocionantes. Recordemos, por ejemplo, la masacre de Trelew, el veintidós de agosto del mismo año; y el diecisiete de noviembre, el regreso de Perón a la Argentina, después de diecisiete años de exilio. Muchos jóvenes, como Lucía, tomaron conciencia en esos años de la situación de marginación de las mayorías populares, forjadas sus conciencias en principios cristianos de amor al prójimo, de fraternidad y justicia. Ésta decisión estuvo fuertemente influenciada, también, por la denominada “Opción por los Pobres” que propiciaban los curas del tercer mundo como Carlos Mujica, como figura emblemática. Lucía, en aquel ambiente estudiantil de los años setenta en La Plata, comenzó su militancia contra la dictadura Lanusista y por la recuperación de la democracia, que se concretara el once de marzo de mil novecientos setenta y tres. Esos años, entre el setenta y tres y el setenta y seis, fueron de intensa actividad política. Cuando llegó el golpe de estado, el veinticuatro de marzo -el terrorismo de estado con la creación de cientos de centros clandestinos de detención en todo el país-, ella fue una de sus víctimas. Fue secuestrada entre el veinticuatro y el veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y siete. Fue llevada primero, al centro conocido como “Club Atlético”. Luego al “Banco”. Luego al “Olimpo”. Y, finalmente, en mil novecientos setenta y ocho fue sacada para tener familia, hacia el Hospital Militar. Así dijeron sus captores y, testimoniaron los sobrevivientes del “Olimpo””. Finalmente, los Concejales en aquel momento, decíamos: “Nuestro pueblo ha repudiado siempre, por instinto, la violencia. No seamos espectadores del flujo de lo que acontece. Tenemos la obligación de remontar una y otra vez. Por todo lo expuesto, decíamos, por nuestro reconocimiento, no solo por su condición de víctima de los crímenes de lesa humanidad que perpetró la dictadura procesista, sino en honor a esa generación de hermanos y hermanas que fueron sacrificados, los exhortamos a que tengamos una conducta fuerte y sincera. A que no volvamos a decir que no sabemos lo que está pasando. A que tengamos la fuerza para marcar, para castigar a aquellos que nos quieren cambiar el rumbo que debemos tener. Porque ésa, es la voluntad de los que ya no están. Por la que militaron durante muchísimo tiempo, y pusieron sus ideas, su espíritu, su corazón y su vida, al servicio de un proyecto para una Argentina diferente.”. Éstos, eran parte de los argumentos cuando votamos la imposición del nombre de la calle Lucía Tartaglia. Creo que, justamente, puede ser un consenso de opinión, también, para que el Concejo se exprese hoy. Y, trayendo esto a la actualidad también en materia de Derechos Humanos, no quiero dejar pasar que seguimos abogando por la investigación pronta y responsable, del caso de Santiago Maldonado.
A continuación se puso a consideración el Acta Nº 1337 correspondiente a la Trigésima Primera Sesión Ordinaria del Período 2017. La misma resulta aprobada por unanimidad sin Observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Comunicación Nº 30/2017, mediante la cual se solicita al D.E que incorpore al Consejo Consultivo Municipal representantes del Consejo de Lonkos de Comunidades Indígenas de La Pampa. Expte Nº 205-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Comunicación Nº 31/2017 mediante la cual se solicita al D.E que en la próxima reunión de paritarias, incluya en el orden del día como tema de tratamiento, la reorganización de la Dirección de Agua y Saneamiento. Expte N.º 219-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 45/2017 mediante la cual se Declara de Interés Municipal “LA PRIMERA FERIA DEL LIBRO DEL AUTOR PAMPEANO”. Expte Nº 204-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 46/2017 mediante la cual se Rechaza el Decreto 794/2017 del Poder Ejecutivo Nacional que pretende privatizar Vialidad Nacional. Expte Nº 211-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 47/2017 mediante la cual se Declara de Interés Municipal la “CAPACITACION EN STEEL FRAME”. Expte Nº 210-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 48/2017 mediante la cual se Declara de Interés Municipal la “Celebración de los 500 años de la Reforma Protestante”. Expte Nº 215-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 49/2017 mediante la cual se Declara de Interés Municipal “EL CICLO DE COMPLEMENTACIâN CURRICULAR DE LA CARRERA DE TRABAJO SOCIAL”. Expte Nº 155-1/2017 (HCD) . Pasa a Archivo.
I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de la Resolución Nº 49/2017 mediante la cual se Declara de Interés Municipal la “VII JORNADA NACIONAL DE EQUINOTERAPIA Y DOMA RACIONAL EN LA PAMPA TEâRICO-PRÁCTICO”. Expte Nº 92-1/2016 (HCD). Pasa a Archivo.
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5736/17, Autorizando al Departamento Ejecutivo a firmar un Convenio con la Asociación Civil Club Argentino de esta ciudad. Expte Nº 275-1/2016 y 325-1/1993 (HCD). Pasa a Archivo.
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5737/17, Derogando la Ordenanza Nº 5599/2017, mediante la cual se aprobó el otorgamiento de crédito al Sr. DIAZ, Raúl Alfredo en el marco de la Ley Provincial Nº 2870-de Promoción Económica-. Expte Nº 42-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5738/17, Modificando la Ordenanza Nº 5603 -Otorgando crédito al Sr. Gatica, Cristian Gabriel para financiar el proyecto productivo “Servicios Audiovisuales, Fotográficos y de Impresión”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 -de Promoción Económica- en el Artículo 4º en relación a “Garantías”. Expte Nº 40-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5739/17, Aprobando el otorgamiento de un crédito a la Sra. Natalia V. CAGIAO BASSA destinado a financiar el proyecto “Salón Estilista”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Expte. Nº 216-1/2017 (HCD). Pasa a Archivo.
I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5740/17, Regulando las operaciones de carga y descarga en el área delimitada por las siguientes arterias: PEDRO LURO- Avda. ESPAÑA/URUGUAY- JOAQUIN V. GONZALEZ-ALSINA/MARCELO T. DE ALVEAR-. Expte Nº 289-1/2009 /HCD). Pasa a Archivo.
I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5741/17, Modificando el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1558/95 -Aceptando donación a la Municipalidad de Santa Rosa de un inmueble, por el Sr. Antonio Sarasola-. Expte Nº 294/94 (HCD). Pasa a Archivo.
I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando la promulgación de la Ordenanza Nº 5742/17, Aprobando el otorgamiento de un crédito al Sr. GIROLDI, Pedro Miguel destinado a financiar el proyecto “Pastelería Artesanal”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Expte Nº 217-1/2017 (HCD) Pasa a Archivo.
II. DE LA COMUNICACIONES OFICIALES.
II.1.- Nota presentada por el Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante remitiendo copia de nota presentada por propietarios de licencias de taxis con unidades para el transporte de personas con capacidad reducida. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
II.2.- Nota presentada por la Concejala Cristina Lezcano del Partido Justicialista remitiendo copia de la nota presentada por vecinos en la cual elevan proyecto de ordenanza sobre regulación del Espacio Público para las concesionarias de vehículos de nuestra ciudad. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II.3.- Nota presentada por el Concejal Jorge Rodríguez del Partido Justicialista remitiendo copia de nota presentada por la Federación Argentina de Guardavidas Filial La Pampa, solicitando se Declare de interés municipal la “Jornada de capacitación acuática”, a llevarse a cabo en el mes de noviembre en la ciudad de Santa Rosa.
PRESIDENCIA: Por despacho de Labor Parlamentaria, se incorpora como punto 3 del Orden del Día.
II.4.- Nota presentada por el Sr. Conrado Caione, Sub-director de Juventud de la Municipalidad de Santa Rosa, elevando los proyectos que fueron presentados por el Concejo Juvenil en la Sesión del día 26 de octubre.
PRESIDENCIA: Se reserva en Secretaría para la emisión a las Comisiones pertinentes.
II.5.- Nota presentada por la Concejala Laura Galluccio del Partido Justicialista remitiendo copia de nota presentada por el Club Unión Voley, solicitando la donación de un terreno para la construcción de instalaciones. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
III. DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.
III.1.- Nota presentada por la Federación de Asociaciones de Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de La Pampa, solicitando la donación de un terreno destinado a la construcción de la Sede Social y Sede Provincial de Capacitación. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
III.2.- Nota presentada por la Fundación Acción, solicitando se retire el cargo que pesa sobre el terreno donado a esta Fundación según Ordenanza Nº 3145/2003. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
III.3.- Nota presentada por el Colegio de Arquitectos de La Pampa, solicitando se declare de interés municipal la visita de “VIKING BIKE ACADEMY”, de Henrik Lundorff Kristensen, Asesor de políticas de movilidad y diseño urbano. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
IV.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.
IV.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a subastar, compactar o afectar transitoriamente para su uso municipal, aquellos vehículos que hayan sido objeto de secuestro o retención por la Autoridad Municipal. Expte Nº 4954/2017/1-1 (D.E). Pasa a las Comisiones de Hacienda, Presupuesto y Cuentas y Administrativa y Reglamentaciones.
IV.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba el otorgamiento de un crédito a la Sra. Natalia I. PIERALIGI, destinado a financiar el proyecto productivo “Retacería -Telas Naisa”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Expte Nº 3575/2017/1-1 (D.E).
PRESIDENCIA: Por despacho de Labor Parlamentaria, se incorpora como punto 4 del Orden del Día.
IV.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba el otorgamiento de un crédito al Sr. Ricardo N. JUAN, destinado a financiar el proyecto productivo “Vitivinícola”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Expte Nº 3515/2017/1-1 (D.E).
PRESIDENCIA: Por despacho de Labor Parlamentaria, se incorpora como punto 5 del Orden del Día.
IV.4.-Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Aprueba el otorgamiento de un crédito al Sr. Andrés CASARROTA, destinado a financiar el proyecto productivo “Eguzki Energías Renovables”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica. Expte Nº 4044/2017/1-1 (D.E).
PRESIDENCIA: Por despacho de Labor Parlamentaria se incorpora como punto 6 del Orden del Día.
IV.5.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se Declara de Interés General y Utilidad Pública y se Autoriza la ejecución de la Obra: Alumbrado Público en calle ALELIES. Expte Nº 4347/2017/1-1 (D.E). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
IV.6.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Partido Justicialista mediante el cual se Adhiere a la Ley Provincial Nº 889, la cual deroga la Norma Jurídica de Facto Nº 807/77. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
ORDEN DEL DÍA.

  1. Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 5515/16. Expte Nº 381-1/2005 (HCD) y 9821/2005/1-1 (D.E). Por Secretaría se da lectura.

Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Sustitúyese el Artículo 6° del texto aprobado por Ordenanza Nº 5515/16, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 6°: VIGENCIA: La presente Ordenanza tendrá vigencia desde su promulgación hasta el 31 de diciembre de 2017, con efectos retroactivos al 1° de enero de 2017″. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Autoriza al Departamento Ejecutivo a ceder en comodato a la Policía Federal Argentina un espacio en la Terminal de âmnibus de la ciudad de Santa Rosa. Expte Nº 221-1/2017 (HCD) y 2592/2017/1-1 (D.E). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder en comodato a la Policía Federal Argentina un espacio en la Terminal de âmnibus de la ciudad de Santa Rosa sita en Av. Luro y Corrientes de esta ciudad identificado con la letra A en el plano que como ANEXO forma parte del Contrato de Comodato referido en el Artículo siguiente de la presente. Artículo 2°: Apruébese el modelo de Contrato de Comodato que como Anexo I forma parte de la presente, autorizando al Departamento Ejecutivo a suscribir el mismo, con las formas y alcances previstos en aquél. Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese. ANEXO I. CONTRATO COMODATO. Entre la MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Ing. Leandro Martín ALTOLAGUIRRE, DNI N° ………………….., constituyendo domicilio a efectos del presente en Av. San Martín N° 50 de la Ciudad Santa Rosa, Provincia de La Pampa, en adelante “LA COMODANTE”, por una parte; y LA Policía Federal Argentina, representada en este acto por …, DNI Nº …, con domicilio en…, en adelante “LA COMODATARIA”, y ambas conjuntamente referenciadas como “LAS PARTES”, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE COMODATO, sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: “LA COMODANTE” da en comodato gratuito a “LA COMODATARIA” un espacio en la Terminal de âmnibus de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, el cual se identifica con la letra “A”, según plano adjunto que forma parte del presente Contrato como ANEXO. “LA COMODATARIA” acepta y recibe, en este mismo acto, el bien otorgado en uso en el estado en que se encuentra, lo que declara conocer y aceptar. SEGUNDA: El presente Contrato de Comodato será válido por el término de CINCO (5) años, y comenzará su vigencia a partir de la fecha de su suscripción, renovándose automáticamente por igual período de tiempo salvo que sea rescindido en forma expresa por alguna de “LAS PARTES”. Las partes se reservan el derecho de rescindirlo en cualquier momento, sin que ello genere responsabilidad alguna para ninguna de ellas, en tanto se notifique dicha decisión a la otra parte en forma fehaciente y con un plazo de SESENTA (60) días corridos de antelación a la fecha en que se pretenda la devolución del inmueble objeto de este convenio. TERCERA: “LA COMODATARIA” se obliga a destinar el inmueble objeto de este contrato, exclusivamente para el desarrollo de sus tareas de control, revisión y requisa de equipajes, encomiendas y pasajeros que transiten por la Terminal de âmnibus de la ciudad de Santa Rosa. CUARTA: Queda prohibido a “LA COMODATARIA” efectuar en el inmueble construcciones fijas de carácter permanente y/o modificar las existentes sin la previa autorización de “LA COMODANTE”. Las construcciones y mejoras introducidas quedarán en propiedad del otorgante, sin derecho a indemnización de ninguna especie al concluir el Contrato por la causa que fuere, comprometiéndose la COMODATARIA a restituir el espacio en el mismo estado en que lo recibe. QUINTA: “LA COMODATARIA” deberá mantener por su cuenta y cargo el inmueble en perfecto estado de conservación, higiene y presentación, debiendo acatar inmediatamente todas las indicaciones que en tal sentido le hiciera “LA COMODANTE”. SEXTA: Los servicios de energía eléctrica, gas, telefonía e internet, y cualquier otro servicio que solicite, serán a nombre y a cargo exclusivo de “LA COMODATARIA”, no asumiendo deuda alguna por dichos conceptos por períodos devengados con anterioridad a la firma del presente contrato. SÉPTIMA: Queda prohibido a “LA COMODATARIA” transferir o ceder total o parcialmente los derechos emergentes del presente Contrato, ni arrendar, ni subarrendar el espacio cedido; salvo autorización previa y por escrito de “LA COMODANTE”, bajo pena de solicitar la restitución inmediata del inmueble objeto del presente, sin derecho a reclamo ni indemnización alguna de parte de la misma, ni de los terceros involucrados. OCTAVA: Las partes se comprometen a poner máximo empeño en resolver de común acuerdo toda controversia que pudiera originarse con motivo del presente. Para el caso de conflicto derivado del presente CONTRATO, las PARTES acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de La Pampa, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción. NOVENA: “LA COMODANTE” se reserva el derecho de inspeccionar el inmueble en forma periódica, debiendo “LA COMODATARIA” comunicarle cualquier daño o desperfecto que ocurriera en el mismo dentro de las SETENTA Y DOS (72) horas de producido, ya sea por su culpa, por el hecho de terceros, por caso fortuito o fuerza mayor. Los daños producidos por culpa de “LA COMODATARIA” y/o terceros, que por cualquier motivo se encuentren en el inmueble con autorización de “LA COMODATARIA”, serán a cargo exclusivo de la misma. DÉCIMA: “LA COMODATARIA” asume expresamente toda responsabilidad derivada del uso del espacio cedido, de su funcionamiento y del desarrollo de la actividad que en ella se realicen. “LA COMODATARIA” se compromete a contratar y mantener en vigencia durante toda la duración del presente Contrato de Comodato, un seguro de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros. DÉCIMA PRIMERA: En caso de incumplimiento por parte de “LA COMODATARIA” de cualquiera de las cláusulas establecidas en el presente contrato, deberá restituir el el espacio cedido a “LA COMODANTE” en forma inmediata sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna; sin perjuicio del derecho de “LA COMODANTE” de accionar judicialmente por los daños y perjuicios que pudiere ocasionarle. DÉCIMA SEGUNDA: Todas las notificaciones que deban cursarse en el marco del presente contrato serán remitidas a los domicilios especiales que figuran en el epígrafe de este Contrato, donde serán válidas todas las notificaciones. En prueba de conformidad, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de la Pampa, a los ………. días del mes de ……………….. de 2017.”.
NOTA: El Anexo será incorporado al final de la presente Acta.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Lezcano.
CONCEJAL LEZCANO: Sí, señor Presidente. Es para adelantar mi voto negativo al Proyecto mencionado. Y, fundamentar. Considerando que el requerimiento para un espacio físico que obre como oficina para la Policía Federal -y en ese sentido no se tuvo en cuenta, la posibilidad de ser utilizado el mismo espacio por la Policía de la Provincia de La Pampa, y máxime si se observa que el actual espacio que ocupa en la Terminal-, es un espacio reducido. Tampoco, el Ejecutivo Municipal tuvo en cuenta la coordinación que prescribe la Ley de la Policía Federal y que en jurisdicción provincial, sólo puede actuar articuladamente con la Policía de La Pampa. Considero, entonces, que el Ejecutivo Municipal no evaluó el trabajo en conjunto que ambas fuerzas policiales, tanto provincial como federal, llevan adelante. Y que si, desde un principio se hubiese analizado correctamente, lo conveniente era también incluir a la policía provincial en ese espacio físico requerido. Por eso, es que no voy a acompañar el Proyecto mencionado.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los Concejales/as Bravo, Cuelle, Dominguez, Eleno Arrola, Galluccio, Giorgis, Ibarguren, Rodriguez, Torres y Villatoro, votando en forma negativa las Concejalas Fernández y Lezcano. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Resolución mediante el cual se Declara de Interés Municipal la Jornada de Capacitación Acuática. Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1°: Declaráse de Interés Municipal la “JORNADA DE CAPACITACION ACUÁTICA” a desarrollarse el 18 de noviembre de 2017. Artículo 2°: Remítase copia de la presente a la Federación Argentina de Guardavidas Filial La Pampa. Artículo 3°: Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido. Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
4) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba el otorgamiento de un crédito a la Sra. Natalia I. PIERALIGI, destinado a financiar el proyecto productivo “Retacería -Telas Naisa”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Apruébase el otorgamiento de un crédito de PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL ($145.000,00), a la señora PIERALIGI, NATALIA ISABEL, D.N.I. N.º 29.074.351, CUIT N.º 27-29074351-1, domiciliada en calle Delfín Gallo N° 1293 de esta ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “Retacería-Telas Naisa”, en el marco de la Ordenanza N.º 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial N.º 2870 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto N.º 266/16 y de la Resolución Municipal N.º 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial N.º 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 2°: El préstamo otorgado será reintegrado en un plazo de seis años, pagaderos en SETENTA Y DOS (72) cuotas mensuales y consecutivas, con un período de gracia de veinticuatro (24) meses para el inicio del pago del capital. Artículo 3°: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la Tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%). Artículo 4°: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria en primer grado de privilegio que se constituirá -previo desembolso de los fondos- sobre un automotor de titularidad registral de la Sra. PIERALIGI, Natalia Isabel, D.N.N. N°29.074.351, CUIT N.º 27-29074351-1, Marca VOLKSWAGEN -MODELO VOYAGE 1 1.6 L/3 Confortline P -Dominio MWN 699- Modelo Año 2013, inscripto por ante el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Seccional Santa Rosa N.º 2, y como fiador personal el Sr. FERREIRO, Marcos Nicolás, D.N.I. N.º 25.851.260, CUIL N.º 20-25851260-0, agente de la Administración Pública Nacional. Artículo 5°: La beneficiaria PIERALIGI, Natalia Isabel, D.N.I. N.º 29.074.351, CUIT N.º 27-29074351-1, deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía prendaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo, c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual. Artículo 6°: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio. Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas. Artículo 8°: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto. Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5)Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba el otorgamiento de un crédito al Sr. Ricardo N. JUAN, destinado a financiar el proyecto productivo “Vitivinícola”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Apruébase el otorgamiento de un crédito de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000,00), al Señor JUAN, RICARDO NÉSTOR, D.N.I. Nº 10.269.168, CUIT Nº 20-10269168-8, domiciliado en calle Sucre N° 460 de esta ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “Vitivinícola”, en el marco de la Ordenanza N.º 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial N.º 2870 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto N.º 266/16 y de la Resolución Municipal N.º 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial N.º 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 2°: El préstamo otorgado será reintegrado en un plazo de seis años, pagaderos en SETENTA Y DOS (72) cuotas mensuales y consecutivas, con un período de gracia de doce (12) meses para el inicio del pago del capital. Artículo 3°: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la Tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%). Artículo 4°: El crédito otorgado, se respaldará con garantía prendaria en primer grado de privilegio que se constituirá -previo desembolso de los fondos- sobre bienes a adquirir según las siguientes cotizaciones y características: 1) 5 Tq. De 1000 lts para fermentación c/Patas. 2) 2 Tq. De 1500 lts para fermentación c/Patas y sobre bienes existentes correspondientes 1) un tanque para fermentación de 1.000 lts de Acero Inoxidable c/Patas, 2) un intercambiador de temperatura en tubo de 3 mts de largo con reloj de temperatura marca Metal Liniers, la cual se encuentra en funcionamiento, y como refuerzo de garantía fiador personal la Sra. BUSETTI, Margarita Rosa, DNI N.º 11.462.420, CUIL N.º 27-11462420-4 agente jubilada. Artículo 5°: El beneficiario JUAN, RICARDO NÉSTOR, D.N.I. Nº 10.269.168, CUIT Nº 20-10269168-8, deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía prendaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo, c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual. Artículo 6°: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio. Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas. Artículo 8°: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto. Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Aprueba el otorgamiento de un crédito al Sr. Andrés CASARROTA, destinado a financiar el proyecto productivo “Eguzki Energías Renovables”, en el marco de la Ordenanza Nº 5356/16 de adhesión a la Ley Provincial Nº 2870 de Promoción Económica.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Apruébase el otorgamiento de un crédito de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000,00), al Señor CASARROTA, ANDRÉS, D.N.I. Nº 29.757.408, CUIT Nº 20-29757408-7, domiciliado en calle Roque Saenz Peña Nº 1228 de esta ciudad, destinado a financiar el proyecto productivo “Eguzki Energías Renovables”, en el marco de la Ordenanza N.º 5356/2016 de adhesión a la Ley Provincial N.º 2870 de Promoción Económica, reglamentada por Decreto N.º 266/16 y de la Resolución Municipal N.º 624/2016, en cumplimiento del Artículo 36, inc. 42, de la Ley Provincial N.º 1597 y lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 2°: El préstamo otorgado será reintegrado en un plazo de seis años, pagaderos en SESENTA (60) cuotas mensuales y consecutivas, con un período de gracia de doce (12) meses para el inicio del pago del capital. Artículo 3°: La tasa de interés que se aplicará será variable y surgirá de bonificar el CUARENTA POR CIENTO (40%) de la Tasa de Encuesta Plazo Fijo 60 o más días, publicada por el Banco Central de la República Argentina de forma mensual. El porcentaje de bonificación de la Tasa de interés no podrá representar más de doce (12) puntos de la tasa base, como así también la tasa de interés mínima a pagar por el beneficiario no podrá ser inferior al seis por ciento (6%). Artículo 4°: El crédito otorgado, se respaldará con garantía hipotecaria que se constituirá -previo desembolso de los fondos- sobre la nuda propiedad de un inmueble de titularidad registral de la Señora CASARROTA, Maite DNI Nº 28.194.300, CUIL Nº 27-28194300-1, la Señora CASARROTA, Ana Soledad, DNI Nº 27.103.794, CUIL Nº 27-27103794-0 y el Señor CASARROTA, Andrés, DNI Nº 29.757.408, CUIT Nº 20-29757408-7, PARTIDA Nº 552149, inscripto por ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de La Pampa, Matrícula II 8448 Sección A, Nomenclatura Catastral Ejido 047-Circ. III-Radio e-Manzana 0-parcela 3 Artículo 5°: El beneficiario CASARROTA, ANDRÉS, D.N.I. Nº 29.757.408, deberá contratar un seguro a favor de la Municipalidad de Santa Rosa por un monto equivalente al determinado para la garantía prendaria, que cubra los conceptos: a) incendio, b) robo, c) destrucción total y/o parcial, el cual será de renovación anual. Artículo 6°: El recupero del préstamo otorgado se garantiza al Gobierno de la Provincia de La Pampa con los fondos correspondientes a la coparticipación que corresponda al Municipio. Artículo 7°: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a través del área correspondiente, informe trimestral al Honorable Concejo Deliberante sobre el cumplimiento del pago de las cuotas. Artículo 8°: Las imputaciones correspondientes al presente préstamo serán realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal en las partidas presupuestarias creadas al efecto. Artículo 9: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese”.-
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con cincuenta minutos.

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