ACTA Nº 1378 TRIGESIMA TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1378
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, siendo la hora diez con cuarenta minutos, da comienzo la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2018
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1378 TRIGESIMA TERCERA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1378 En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los quince días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho, siendo la hora diez con cuarenta minutos, da comienzo la Trigésima Tercera Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2018, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA Alba Beatriz FERNÁNDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, María Celia IBARGUREN, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Féliz VILLATORO. Se encuentra ausente con aviso la Concejala Cristina Andrea LEZCANO.
Conforme una invitación de la Presidencia, el Concejal Roberto Eugenio Torres procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
A continuación se pone a consideración el Acta Nº 1377 correspondiente a la Trigésima Segunda Sesión Ordinaria del Período 2018. La misma es aprobada por unanimidad sin observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I. DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 1326/18 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 5958/18, mediante la cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra Proyecto de Restitución del Canal Sur y Canales Afluentes ? Entubamiento, Desagües Cloacales de Planta de Tratamiento Norte de la ciudad de Santa Rosa. Expte Nº 223-1/2018 (HCD). Pasa a Archivo.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de las Resoluciones 44, 45 y 46/2018, mediante las cuales se asigna el reconocimiento a “Vecino/a Destacado/a de la ciudad de Santa Rosa, Instituciones Destacadas y al Valor y/o Arrojo. Expte Nº 85-3/2004 (HCD). Pasa a Archivo.
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.
II.1.- Nota presentada por el Sr. Diego Dal Santo mediante la cual requiere que por intermedio del HCD, se solicite a la Fuerza Aérea Argentina la cesión en comodato de un Avión Mirage (en cualquiera de sus variantes) que haya intervenido en la Guerra de Malvinas para ser instalado en Homenaje a los ex combatientes. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
II.2.- Nota presentada por el Consejo Profesional de Ingenieros y Técnicos La Pampa (CPITLP), mediante la cual solicitan información sobre la Ordenanza de Obras de Arte en edificaciones públicas y privadas. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
II.3.- Nota presentada por la Iglesia Evangélica Asamblea de Dios, ubicada en Posta de Yatasto y Acuña, mediante la cual solicitan un permiso de uso del Templo hasta regularizar los trámites legales para su habilitación. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
II.4.- Nota presentada por la Sra. Susana Formiglia, adjuntando copia del Recurso de Amparo presentado ante los Tribunales Ordinarios del Poder Judicial, a fin de que se restablezcan los derechos constitucionales que les han sido vulnerados y la derogación de la Ordenanza Nº 5460/16. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
II.5.- Nota presentada por la Sra. Paola Ruiz Díaz, representante de La Pampa mediante la cual solicita se declare de Interés Municipal “UN DÍA PARA DAR”, a celebrarse el día 27 de Noviembre en el Parque Oliver de 17 a 21 hs. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.
III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se le otorga en comodato a la Liga Cultural de Fútbol una superficie de 5 Has. sobre el predio ubicado en el Parque Don Tomás de nuestra ciudad. Expte Nº 4013/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se modifica el Artículo 98º y se incorpora el Capítulo 18, Artículo 006, Inc. 24, Par. a1, Par a2 y Par a3, de la Ordenanza Tarifaria 5767/18. Expte Nº 5157/2018/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
IV.- DE LOS PROYECTOS DE Resolución ? COMUNICACIâN Y DISPOSICIâN.
IV.1.- Proyecto de Comunicación presentado por el Bloque Frente Pampeano para la Victoria, mediante el cual se solicita al DE, se haga efectivo el cumplimiento de la Ordenanza Nº 5643/17, garantizando el cupo trans. Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
IV.2.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Frente Pampeano para la Victoria, mediante el cual se declara de Interés Municipal el Encuentro de la Red Internacional de Periodistas a realizarse en nuestra ciudad entre los días 23 y 25 del corriente año. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
IV.3.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque Frente Pampeano para la Victoria, mediante el cual se declara de Interés Municipal las actividades a realizarse el día 23 de Noviembre en el marco del Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer. Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
ORDEN DEL DÍA.
- Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle PEDRO MARÍA IMAZ. Expte Nº 224-1/2018 (HCD) y 3666/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle PEDRO MARÍA IMAZ, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Curacó, 50 metros, según plano operativo y memoria descriptiva obrantes en el Expte. N° 3666/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JUJUY. Expte Nº 229-1/2018 (HCD) y 4199/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y de la Obra de Gas Natural en calle JUJUY, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Tierra del Fuego, 10 metros de ésta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 4199/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JORGE SALVEIRE. Expte Nº 230-1/2018 (HCD) y 4200/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JORGE SALVEIRE, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Estefanía Maldonado, 20 metros de ésta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 4200/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles TELEN, ALICIA MOREAU DE JUSTO, JUAN BAUTISTA ALBERDI y JUAN FACUNDO QUIROGA. Expte Nº 226-1/2018 (HCD) y 3731/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles TELEN, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Juan Facundo Quiroga, ALICIA MOREAU DE JUSTO, vereda Suroeste, entre Telén y Juan Bautista Alberdi, JUAN BAUTISTA ALBERDI, vereda Noroeste, entre Alicia Moreau de Justo y Juan Facundo Quiroga, JUAN FACUNDO QUIROGA, vereda Noreste, desde Juan Bautista Alberdi hacia Telén, JUAN FACUNDO QUIROGA, vereda Suroeste, desde Juan Bautista Alberdi hacia Telén, 525 metros, incluye cruce por Alicia Moreau de Justo y Juan Facundo Quiroga, conforme a memoria descriptiva y plano operativo obrantes en el Expte. N° 3731/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calles ANTONIO GRASSI y FEDERICO CHOPIN. Expte Nº 234-1/2018 (HCD) y 4269/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ANTONIO GRASSI, vereda Oeste, desde Federico Chopin hacia Julio Verne y FEDERICO CHOPIN, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Antonio Grassi, 71 metros de ésta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 4269/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle CLEMENTE J. ANDRADA. Expte Nº 225-1/2018 (HCD) y 3711/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CLEMENTE J. ANDRADA, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Urbano Sequeira, 42 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 3711/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle JOSE ANTONIO WILDE. Expte Nº 233-1/2018 (HCD) y 4268/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JOSE ANTONIO WILDE, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia Luis Alberto Ferrando, 80 metros de ésta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 4268/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle DR. MARIANO CASTEX. Expte Nº 227-1/2018 (HCD) y 3830/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle DR. MARIANO CASTEX, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Nicolás Toscano, 25 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 3830/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
9) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle GUATRACHE. Expte Nº 231-1/2018 (HCD) y 4201/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle GUATRACHE, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Juan Facundo Quiroga, 25 metros de ésta Ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 4201/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
10) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI. Expte Nº 228-1/2018 (HCD) y 3116/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle TIMOTEO “DINO” SALUZZI, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Raúl Isidoro D’atri, TIMOTEO “DINO” SALUZZI, vereda Noroeste, desde Raúl Isidoro D’atri hacia Juan Manuel Fangio, TIMOTEO “DINO” SALUZZI, vereda Noroeste, desde Juan Manuel Fangio hacia Fernando Domínguez, 588 metros, incluye cruce por Timoteo “Dino” Saluzzi y Fernando Domínguez, 25 metros, según plano operativo y memoria descriptiva obrantes en elExpte.N° 3116/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior,conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
11) Despacho de la Comisión de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la Obra de Gas Natural en calle RUFINO GUIDO. Expte Nº 232-1/2018 (HCD) y 4462/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RUFINO GUIDO, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Eliseo Tello, 73 metros, según plano operativo y memoria descriptiva u demás documentación obrantes en el Expte. N° 4462/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
12) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza al DE a donar con cargo a la Fundación Aportes a la Humanidad y Calfucurá Rugby Club Asociación Civil, dos automóviles marca Ford, modelo Focus Ambiente 2007. Expte Nº 235-1/2018 (HCD) y 1860/2018/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a donar con cargo a la Fundación Aportes a la Humanidad, 1 (un) automóvil Marca Ford, Año 2007, Modelo Focus Ambiente 5P, 1.6L, N, tipo Sedan 5 PTAS, chasis 8AFDZZFHA7J096352, Motor 7J096352, Dominio GML 170. Artículo 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a donar con cargo a Calfucurá Rugby Club Asociación Civil, 1 (un) automóvil Marca Ford, Año 2007, Modelo Focus Ambiente 5P, 1.6L, N, tipo Sedan 5 PTAS, chasis 8AFDZZFHA7J098934, Motor 7J098934, Dominio GML 174. Artículo 3º: Todos los gastos que pudieran surgir para el trámite de transferencia serán soportados por las Fundaciones beneficiarias. Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
13) Despacho de la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se autoriza al DE a entregar en donación el inmueble sito en calle Victorica Nº 2012, al Sr. Jesús Alberto FUENTES. Expte Nº196-1/2014 (HCD) y 6107/2013/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a entregar en donación el inmueble identificado como Ejido 047- Circunscripción III- Radio f ? Manzana 66 ? Parcela 4, propiedad de la Municipalidad de Santa Rosa, al Señor JESÚS ALBERTO FUENTES, con cargo de no vender la propiedad en un plazo de diez (10) años desde el otorgamiento de la escritura pública. Artículo 2º.- Remítase la deuda existente en concepto de tasas por Servicios Municipales, Sanitarios y Contribución de Mejoras de la Parcela 4 hasta la fecha de otorgamiento de la escritura traslativa de dominio a favor del donatario. Artículo 3º.- Exímase al donatario del pago de sellados y multa por construcción sin permiso y derechos de construcción. El donatario deberá deberá presentar los planos conforme a obra, en el término de seis (6) meses, a partir de haber obtenido el título de propiedad. Artículo 4º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los instrumentos públicos y privados que sean necesarios, tendientes a facilitar los trámites correspondientes. Artículo 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Es para solicitarle al resto de mis pares, que me den la posibilidad de abstenerme del presente Proyecto, porque indudablemente me genera un gran conflicto interno. Por un lado, reconocer el largo camino que ha hecho Jesús Fuentes para poder obtener el terreno, y que es sumamente meritorio pero, por otro lado, hemos aprobado una Ordenanza que es la 5665, en la cual justamente proponíamos, a través de la misma, regularizar todas las tierras que se encontraban ocupadas por los vecinos, que fue sancionada en julio del año dos mil diecisiete. Preveía como método para avanzar en ese sentido, la tasación por venta. Y, estamos avanzando con una donación. Así, que por estos motivos pido al resto de mis pares que me den la posiblidad de abstenerme de votar este Proyecto.
Puesta a consideración, la moción del Concejal Cuelle es aprobada por unanimidad.
A continuación se pone a votación el Proyecto, el que resulta aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los/as Concejales/as Bravo, Dominguez, Eleno Arrola, Fernández, Galluccio, Giorgis, Ibarguren, Rodriguez, Torres y Villatoro; absteniéndose el Concejal Cuelle. El Proyecto queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.-
14) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal el evento “FEST FEM”. a realizarse el día 1º de Diciembre del corriente en nuestra ciudad. Expte Nº 174-1/2018 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el evento “FEST FEM”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa, el día 1º de diciembre del corriente año. Artículo 2º: Remítase copia de la Presente a la Asociación Simple Biblioteca León Alado, organizador del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
15) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la participación de la Fundación VIDANIMAL en la “Convención Nacional UNA SOLA SALUD” a llevarse a cabo los días 23, 24 y 25 de Noviembre en la ciudad de Vicente López. Expte Nº 236-1/2018 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la participación de la FUNDACIâN VIDANIMAL, en la “Convención Nacional UNA SOLA SALUD”, a realizarse los días 23, 24 y 25 de Noviembre del corriente año en la ciudad de Vicente López, Buenos Aires. Artículo 2º: Invítase a las personas funcionarias de los Departamentos Ejecutivo y Legislativo que intervienen en la temática a participar de la convención mencionada en el Artículo 1º. Artículo 3º: Remítase copia de la Presente a la Fundación Vidanimal. Artículo 4º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
16) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se adhiere a la Ley Provincial Nº 3042 y sus modificatorias creando la Licencia para Víctimas de Violencia de Género. Expte Nº 220-1/2018 (HCD) y 4887/2018/1-1 (DE). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º.- Adherir a la Ley Nº 3042 y sus modificatorias, creando la licencia para víctimas de violencia de género, según texto que como Anexo I forma parte de la presente. Artículo 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese. ANEXO I. LEY N° 3042: CREANDO LA “LICENCIA PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”. Artículo 1°: Créase la “licencia para víctimas de violencia de género” destinada a la protección de todas las trabajadoras pertenecientes al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial, Entes Autárquicos y Descentralizados de la Provincia, cualquiera sea el régimen estatutario al cual pertenezcan, que se encuentren inmersas en una situación de violencia de género, entendiéndose por esta última la definida por el artículo 4° de la Ley 26485 y por “identidad de género” la definición contenida en el artículo 2° de la Ley 26743. Artículo 2°:Sustitúyese el artículo 114 de la Ley 643 por el siguiente: “El agente tiene derecho a las siguientes licencias, justificaciones y franquicias: a) Franco Compensatorio; b) Licencia par descanso anual; c) Licencia por Enfermedad; d) Licencia para víctimas de violencia de género establecida por Ley especial; e) Licencia por Maternidad; f) Licencias Especiales; g) Justificaciones de Inasistencias y Faltas de Puntualidad; y h) Franquicias”. Artículo 3°: La trabajadora que sufriera violencia de género y debiera ausentarse de su trabajo por tal motivo, debido a su situación física o psicológica, le serán consideradas justificadas dichas faltas cuando así lo determinen los servicios administrativos y/o judiciales de atención a la víctima, los centros de salud, fiscalías, unidades funcionales de género, niñez y adolescencia y/o comisarías. En igual sentido, serán justificadas las faltas de puntualidad en el horario de trabajo. La licencia se otorgará por un plazo máximo de quince (15) días, con goce de sueldo. La remuneración que en estos casos corresponda abonar a la trabajadora se liquidará conforme a lo que perciba al momento de la interrupción de los servicios, con más los aumentos que durante el período de interrupción fueren acordados. Según la complejidad y la gravedad del caso y una vez cumplimentado este plazo, se podrá prorrogar la licencia por violencia de género, así como también, de corresponder, la reducción de la jornada laboral por tiempo determinado, la readecuación del tiempo de trabajo o el lugar de prestación del mismo, sin que ello afecte los haberes que perciba la trabajadora. Artículo 4°: La licencia entrará en vigencia a partir de la comunicación de la situación de violencia de género ante las autoridades del organismo y/o dependencia en la que la víctima presta servicios y/o ante el área encargada de personal, pudiéndose efectuar dicha comunicación de manera personal o por interpósita persona. En el plazo de cinco (5) días deberá presentar ante dichas autoridades certificado emitido por organismo o dependencia administrativo/a con competencia para la atención y asistencia a las mujeres en situación de violencia de género y/o judicial correspondiente o cualquier centro de salud, no siendo necesario la presentación de documentación que acredite denuncia penal. Artículo 5°: Frente a la solicitud de la “licencia para víctimas de violencia de género”, el organismo empleador procurará preservar el derecho a la intimidad de la trabajadora en situación de violencia debiendo evitar conductas que conlleven a su re victimización, no pudiendo alterarse sus condiciones laborales. La autoridad administrativa del lugar en el que preste servicios la víctima, dispondrá medidas y acciones para el acompañamiento, seguimiento, información y abordaje integral a través de los organismos competentes. Artículo 6°: El uso de la licencia por violencia de género no afectará la remuneración que corresponda abonar a la trabajadora ni eliminará, ni compensará aquellas otras a que la misma pueda tener derecho según la legislación vigente. Para el goce de esta licencia no se requerirá registrar un mínimo de antigüedad en el empleo. Artículo 7°: La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y será de aplicación a las situaciones en curso de ejecución, debiendo adecuarse en cada caso a los derechos establecidos en el presente régimen. Artículo 8°: Invítase a los Municipios y Comisiones de Fomento de la Provincia a adherirse a la presente norma”.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Torres.
CONCEJAL TORRES:Sí, señor Presidente. Es para poder dejar sentada mi posición. No voy a acompañar este pedido porque me parece que -como hemos hablado en Comisión-, podemos trabajar -y de hecho me comprometo a la brevedad posible-, para presentar un Proyecto que sea superador, que sea inclusivo, que atienda por supuesto esta necesidad de la violencia doméstica. Pero, que pueda alcanzar a todos los que forman parte de la nómina de trabajadores de la Municipalidad. Entonces, me parece que se puede trabajar en algo que verdaderamente sea superador y que no contenga situaciones que quedan en gris, como el tema de la identidad de género, donde por una cuestión de autorpercepción -no importa lo que diga mi ADN-, yo puedo autopercibirme de otra manera. Entonces, no importan mis características físicas, mi fuerza o todo lo yo pueda tener. Eso, puede hacer que varíen las definiciones. Entonces, me parece que yendo a algo bien científico y biológicamente comprobable, sustentable, podemos ir hacia una Ordenanza verdaderamente superadora y que contenga toda esta problemática. Gracias.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra el Concejal Cuelle.
CONCEJAL CUELLE: Gracias, señor Presidente. Celebramos que alguien pretenda trabajar en la ampliación de derechos. Pero, esta Ordenanza que vamos a votar, que es producto de la adhesión a una Ley Provincial, surge como la ampliación de derechos para las personas víctimas de violencia. En realidad, la Ley que la sustenta es la 26485, que es bien conocida como la Ley de Violencia de Género. Pero, es un eufemismo para no decir que es una Ley de violencia machista; o una Ley de violencia patriarcal; o simplemente, una Ley de violencia contra la mujer. Básicamente, porque la Ley 26485 está sustentada por la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la mujer, la CEDAW, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en mil novecientos setenta y nueve; y ratificada por el Estado Argentino. También, por la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer aprobada en mil novecientos noventa y cuatro en Belem Do Para por la Asamblea General de los Estados Americanos, incorporada también al derecho argentino. En síntesis, esta Ley brinda derechos y garantías a un sujeto más débil en una relación. Aquí nace la naturaleza de este tipo de normas que tratan de proteger al más débil cuando hay una inequidad estructural de poder. Esto es así, señor Presidente, porque si nos ponemos a discutir identidades, seguramente las personas heterosexuales no sufren violencia por ser tales; tampoco sufren violencia las personas que son cisgénero por el hecho de serlo, como sí sufren violencia otros tipos de minorías. Entonces, me parece que está bien que el Estado actúe para proteger al más débil. Y, me parecer que en este caso, la aprobación de la Ley 26485 está sustentada por la estadística que ha publicado el propio Estado en la cual, en el término de cinco años se cuadruplicó la cifra de denuncias por violencia hacia la mujer. Entonces, me parece que en ese sentido, la propuesta que ha llegado desde el Ejecutivo de adherir a la Ley 3042, es básicamente una ampliación de derechos para mujeres víctimas de violencia. Nada más, señor Presidente.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por mayoría en general y en particular, con el voto afirmativo de los/as Concejales/as Bravo, Cuelle, Dominguez, Eleno Arrola, Fernández, Galluccio, Giorgis, Ibarguren, Rodriguez y Villatoro; y el voto negativo del Concejal Torres. Queda así, sancionado con fuerza de Ordenanza.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora once con cinco minutos.