ACTA Nº 1390 SEPTIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1390
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con quince minutos, da comienzo la Séptima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA ACTA Nº 1390 SEPTIMA SESION ORDINARIA REUNION Nº 1390 En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil diecinueve, siendo la hora diez con quince minutos, da comienzo la Séptima Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Santa Rosa correspondiente al Período 2019, bajo la Presidencia de su titular Concejal Jorge Enrique DOMINGUEZ, Secretaría a cargo de la Sra. María Cecilia ROIGE, con la presencia de los Concejales y Concejalas Miguel Adolfo BRAVO, Marcos Rubén CUELLE, Araldo Ariel ELENO ARROLA, Alba Beatriz FERNANDEZ, Laura Azucena GALLUCCIO, Claudia Bibiana GIORGIS, Cristina Andrea LEZCANO, Jorge Eduardo RODRIGUEZ, Roberto Eugenio TORRES y Félix VILLATORO. Se encuentra ausente por razones de salud, la Concejala Ibarguren.
Conforme una invitación de la Presidencia, el Concejal Miguel Adolfo Bravo procede a izar el Pabellón Nacional en el Mástil del Recinto.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Lezcano.
CONCEJALA LEZCANO: Sí, señor Presidente. Es, para pedir un minuto de silencio por nuestro compañero Diego Loza, que hoy inicia el juicio. Y, desde el Concejo Deliberante pedimos justicia.
De acuerdo a la solicitud de la Concejala, se realiza el minuto de silencio.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejal Alba Fernández.
CONCEJALA FERNÁNDEZ: Gracias, señor Presidente. Queremos en el día de hoy recordar y celebrar la Ley de Identidad de Género de la Argentina, sancionada el nueve de mayo del dos mil doce durante el gobierno de Cristina Fernández. Esta Ley, que lleva el número veintiséis mil setecientos cuarenta y tres, permite que las personas trans sean inscriptas en sus documentos con el nombre y el género de elección. Además, de ordenar que todos los tratamientos médicos de adecuación a la visión de género sean incluidos en el Programa Médico Obligatorio, garantizando la cobertura en todo el sistema de salud tanto público como privado. Desde esta perspectiva, anhelamos que el Ejecutivo Municipal implemente de una vez por todas, la Ordenanza cinco mil cuarenta y tres, de Cupo Laboral Trans, la que deberá prever en cada incorporación anual de personal, la reserva de una proporción no inferior al uno por ciento para personas travestis, transexuales y transgénero, debiéndose garantizar el ingreso de al menos una persona de este grupo en igual período. Finalmente, señor Presidente, y desde otro ángulo; y luego de que nuestro Bloque presidiera durante tres años la Comisión de Derechos Humanos, festejamos que casi finalizando este período legislativo, los diversos Bloques trabajando en conjunto, estén a punto de derogar hasta la última Ordenanza generada durante la dictadura cívico-militar. Reafirmando de este modo, que la democracia es el único camino que tenemos que seguir, aún cuando haya que sortear dificultades sociales y políticas de diversa índole. Muchas gracias.
A continuación se pone a consideración el Acta Nº 1389, correspondiente a la Sexta Sesión Ordinaria del período 2019. La misma es aprobada por unanimidad sin observaciones.
ASUNTOS ENTRADOS I.- DE LAS COMUNICACIONES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.
I.1.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6095/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1653/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Eliseo Tello. Expte Nº 08-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.2.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6096/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1651/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Alberto Sanchez, Ignacia Cayupán, Orlando Hernández y Enrique Lucero. Expte Nº 06-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.3.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6097/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1597/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Virgen de Fátima. Expte Nº 02-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.4.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6098/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1654/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Monseñor Miguel Ángel Alemán. Expte Nº 09-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.5.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6099/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1660/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Juan Carlos Neveu. Expte Nº 13-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo I.6.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6100/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 190/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Alicia Moreau de Justo, Emilio Civit, Utracán, y Juan Bautista Alberdi. Expte Nº 56-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.7.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6101/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 053/2019, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle Juan O. Caligaris. Expte Nº 17-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo I.8.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6102/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1650/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Orlando Hernández, Enrique Lucero, Ignacia Cayupán y Pedro Bertón. Expte Nº 05-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.9.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6103/19 mediante la cual se Ratifica la Resolución Nº 1598/2018, dictada “Ad-Referéndum” del HCD., declarando de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles Víctor Lordi y Hugo del Carril. Expte Nº 03-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.10.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6104/19 mediante la cual se modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 5107/2014 designando nombre de barrios y calles de nuestra ciudad. Expte Nº 198-2/2014 (HCD). Pasa a Archivo.
I.11.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6105/19 mediante la cual se designa con el nombre de PROCREAR, al Barrio ubicado entre Avda. Circunvalación Santiago Marzo Este, y calles Entre Ríos, C. Carman Norte, P.Torroba, N. Rubio Norte y M. Duarte de nuestra ciudad. Expte Nº 198-2/2014 (HCD). Pasa a Archivo.
I.12.- Providencia del Departamento Ejecutivo informando Promulgación de Ordenanza Nº 6106/19 mediante la cual se concede al DE. la prórroga solicitada hasta el 30/04/19 para la presentación de la Cuenta Inversión. Expte Nº 97-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.13.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 08/2019 mediante la cual se declara de Interés Municipal el 1º Taller de Capacitación para Guardavidas. Expte. Nº 267-1/2005 (HCD). Pasa a Archivo.
I.14.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Resolución Nº 07/2019 mediante la cual se declara Huésped de Honor al Muralista y Pintor Abel Jorge Magnani. Expte Nº 118-1/2019 (HCD). Pasa a Archivo.
I.15.- Providencia del Departamento Ejecutivo tomando conocimiento de los términos de la Disposición Nº 4 mediante la cual se aprueba la reserva en Comisión Administrativa el Expte Caratulado S/Demandas Iniciadas al Municipio. Expte Nº 154-27/1998 (HCD). Pasa a Archivo.
I.16.- Providencia del Departamento Ejecutivo remitiendo para conocimiento del HCD. Expte. Caratulado S/Comunica Inicio de Actuaciones Judiciales, “FREZZI Gloria Raquel c/ Municipalidad de Santa Rosa s/ Amparo”. Expte Nº 2340/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión Administrativa y Reglamentaciones.
I.17.- Nota remitida por la Dirección de Recursos Humanos, referente al Expte Nº 2622/2018/1-1 “S/ Incorporación de los Agentes contratados bajo la modalidad Resolución Nº 247/93 a Planta Permanente de este Municipio”. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.18.- Providencia del Departamento Ejecutivo adjuntando copia de la Resolución Nº 459/2019 mediante la cual se Incrementa el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el corriente ejercicio. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
I.19.- Providencia del Departamento Ejecutivo elevando a consideración del HCD expediente referente a Cuenta Inversión 2018. Expte Nº 1585/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
II.- DE LAS PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.
II.1.- Nota presentada por el Sr. Carlos Sergio Martínez, Gerente de Médano Azul S.R.L. (Agua Natural) solicitando una respuesta acerca de las notas enviadas relacionadas con la problemática de limpieza en su barrio y con el pago de Tasas Municipales. Pasa a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas.
III.- DE LOS PROYECTOS DE ORDENANZA.
III.1.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles PADRE FARINATTI y MAESTROS PUNTANOS. Expte Nº 900/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.2.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles BLANCO ENCALADA SUR, ANTONIO CAVERO y HECTOR DE LA IGLESIA. Expte Nº 568/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
III.3.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se otorga a Instituciones de bien público y/o privadas el uso de la sala del Teatro Español para eventos alusivos a celebraciones. Expte Nº 2401/2019/1-1 (DE). Pasa a la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario.
III.4.- Proyecto de Ordenanza presentado por el Bloque de Concejalas y Concejales del Frepam, mediante el cual se modifica el Artículo 30 de la Ordenanza Nº 4226/2010 relacionada con las nuevas Licencias de Taxis. Pasa a la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos.
PRESIDENCIA: Tiene la palabra la Concejala Galluccio.
CONCEJALA GALLUCCIO: Gracias, señor Presidente. Es, para solicitar el ingreso y tratamiento de una solicitud de Declaración de Interés Municipal realizada por parte del Club Leo Santa Rosa para declarar, precisamente, de Interés Municipal la Conferencia Distrital de Clubes Leo que se va a llevar a cabo en los primeros días del mes de julio.
Puesto a consideración, el Ingreso sobre tablas del Proyecto de Resolución es aprobado por unanimidad.-
IV.1.- Proyecto de Resolución presentado por el Bloque de Concejales/as del Partido Justicialista mediante el cual se declara de Interés Municipal la Conferencia Distrital de Clubes Leo.
A continuación,por Secretaría se da lectura al Proyecto de Resolución, de acuerdo a los siguientes términos: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la CONFERENCIA DISTRITAL DE LOS CLUBES LEO DE LA PATAGONIA, organizada por el Club Leo Santa Rosa, a desarrollarse los días 6, 7 y 8 de Julio del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente al Club Leo Santa Rosa, organizador del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a consideración, el Proyecto es aprobado por unanimidad.
ORDEN DEL DÍA.
Por Secretaría se informa que los puntos 1) a 18) del Orden del Día serán puestos a votación de manera conjunta, por tratarse de Obras de Gas Natural en distintas calles de la ciudad.-
- Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles MARIA ELENA WALSH, FERNANDO DOMINGUEZ, VIOLETA PARRA, JUAN MANUEL FANGIO e ISLA SOLEDAD. Expte Nº 100-1/2019 (HCD) y 6056/2018/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MARIA ELENA WALSH, vereda noroeste, entre Juan Manuel Fangio y Fernando Dominguez; MARIA ELENA WALSH, vereda sureste, entre Juan Manuel Fangio y Fernando Dominguez; FERNANDO DOMINGUEZ, vereda suroeste, desde punto de empalme hacia Violeta Parra; VIOLETA PARRA, vereda noroeste, entre Fernando Dominguez e Isla Soledad; VIOLETA PARRA, vereda noroeste, entre Isla Soledad y Juan Manuel Fangio; JUAN MANUEL FANGIO, vereda noreste, entre Violeta Parra y María Elena Walsh; JUAN MANUEL FANGIO, vereda noreste, desde María Elena Walsh hacia Timoteo “Dino” Saluzzi; ISLA SOLEDAD, vereda suroeste, entre Violeta Parra y María Elena Walsh; ISLA SOLEDAD, vereda noreste, entre Violeta Parra y María Elena Walsh, 914 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 6056/2018/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes”. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
2) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle MARIA ELENA WALSH. Expte Nº 101-1/2019 (HCD) y 901/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MARIA ELENA WALSH, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Curacó, 45 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 901/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L.., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
3) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle CARLOS GAICH. Expte Nº102-1/2019 (HCD) y 569/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CARLOS GAICH, vereda Sur, desde Punto de Empalme hacia Juan Savioli Sur, 100 metros, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 569/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
4) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle JUANA AZURDUY. Expte Nº103-1/2019 (HCD) y 588/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JUANA AZURDUY, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Antonio Felice, 26 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 588/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L.., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
5) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle CURACâ. Expte Nº104-1/2019 (HCD) y 285/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CURACO, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Valerio Zocchi, 51 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 285/2019/1-1 (DE).- Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butalo S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L.., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
6) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle ORLANDO HERNANDEZ. Expte Nº 105-1/2019 (HCD) y 1082/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ORLANDO HERNANDEZ, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Adolfo César Meringer, 100 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 1082/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
7) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle FRANCISCO MARCOS DONATI. Expte Nº 106-1/2019 (HCD) y 210/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle FRANCISCO MARCOS DONATI, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia (Cacique) CATRIEL, incluye cruce por Francisco Donati, 152 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 210/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
8) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle PADRE JUAN VAIRA. Expte Nº 107-1/2019 (HCD) y 793/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Padre JUAN VAIRA, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Ricardo Oses, 30 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 793/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
9) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle REALICO. Expte Nº 108-1/2019 (HCD) y 978/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle REALICO, vereda Sureste, desde Punto de Empalme hacia Avenida Santiago Marzo, 12 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 978/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa EMSA Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa EMSA Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
10) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle MERCEDES SOSA. Expte Nº109-1/2019 (HCD) y 791/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle MERCEDES SOSA, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Luis Sánchez, MERCEDES SOSA, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia Luis Sánchez, 116 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 791/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
11) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles MANUEL VALERGA, MONSEÑOR SERAFFINI, RICARDO OSES y PADRE SALVEIRE. Expte Nº 110-1/2019 (HCD) y 209/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calles MANUEL VALERGA, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Monseñor Seraffini, MONSEÑOR SERAFFINI, vereda Oeste, entre Manuel Valerga y Ricardo Oses, RICARDO OSES, vereda Sur, entre Monseñor Seraffini y Padre Salveire, PADRE SALVEIRE, vereda Este, entre Ricardo Oses y Manuel Valerga, incluye cruce por Padre Salveire, 462 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 209/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
12) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle RUCANELO. Expte Nº 111-1/2019 (HCD) y 1118/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle RUCANELO, vereda Noroeste, desde Punto de Empalme hacia Miguel Ángel Alemán. 65 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 1118/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
13) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calles ITALIA y CARLOS CHAPLIN. Expte Nº 112-1/2019 (HCD) y 795/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calles ITALIA, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Carlos Chaplin, y CARLOS CHAPLIN, vereda Norte, desde Italia hacia Francia, 134 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 795/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
14) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle FRANCISCO MARCOS DONATI. Expte Nº 113-1/2019 (HCD) y 794/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle Padre FRANCISCO MARCOS DONATI, vereda Este, desde Punto de Empalme hacia Juan Bonnet, 42 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 794/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
15) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle JULIAN ARMANDO MUÑOZ. Expte Nº 114-1/2019 (HCD) y 321/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle JULIAN ARMANDO MUÑOZ, vereda Suroeste, desde Punto de Empalme hacia Máximo Onischuk, 90 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 321/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
16) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle IGNACIA CAYUPAN. Expte Nº 115-1/2019 (HCD) y 1146/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la Ejecución de la Obra de Gas Natural en calle IGNACIA CAYUPAN, vereda Noreste, desde Punto de Empalme hacia Adolfo César Meringer, 90 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrantes en el Expte. N° 1146/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra, será financiada y ejecutada por la Empresa Nisca Construcciones S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Nisca Construcciones S.R.L., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
17) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle ENRIQUETA SCHMIDT. Expte Nº 116-1/2019 (HCD) y 245/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle ENRIQUETA SCHMIDT, vereda Oeste, desde Punto de Empalme hacia Alejandro Colombato, 45 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 245/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa BK. Construcciones S.H., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa BK Construcciones S.H., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
18) Despacho de la Comisión de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Proyecto de Ordenanza mediante el cual se declara de Interés General y Utilidad Pública la obra de Gas Natural en calle CLEMENTE ANDRADA. Expte Nº 117-1/2019 (HCD) y 1119/2019/1-1 (DE).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1º: Declárase de Interés General y Utilidad Pública la ejecución de la Obra de Gas Natural en calle CLEMENTE J. ANDRADA, vereda Norte, desde Punto de Empalme hacia Alberto Grassi (Sur), 12 metros, de esta ciudad, según plano operativo, memoria descriptiva y demás documentación obrante en el Expte Nº 1119/2019/1-1 (DE). Artículo 2º: Autorízase la realización de la Obra de Gas Natural prevista en el Artículo anterior, dentro de los términos establecidos en la citada Ordenanza, conforme al plano autorizado por Camuzzi Gas Pampeana S.A. Artículo 3º: La Obra será financiada y ejecutada por la Empresa Materiales Butaló S.R.L., corriendo por su cuenta toda remoción de cables, cañerías u otras instalaciones que resultare necesario, como así la obtención de permisos correspondientes, debiendo efectuar las reparaciones de pavimento y veredas por donde correrá el tendido del ramal de alimentación. Artículo 4º: La Empresa Materiales Butaló S.R.L.., deberá solicitar el permiso respectivo para utilizar la vía pública con 72 hs. de anticipación al uso de la misma, como asimismo adjuntar el diagrama de desvíos del tránsito para publicarlo adecuadamente, y arbitrar las medidas necesarias para el balizamiento reglamentario de obra, debiendo responder por cualquier accidente y/o daños que pudiera ocasionar a terceros. Artículo 5º: Comuníquese al S.I.G. ? Sistema de Información Georreferenciado ? para la actualización de la base de datos correspondientes. Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
19) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal la “9º EDICIâN DEL FESTIVAL ANUAL DE DANZA Y CANTO ESPERANDO EL 9 DE JULIO” a realizarse el día 8 de Julio del corriente año. Expte Nº 98-1/2019 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal la “9ª EDICIâN DEL FESTIVAL ANUAL DE DANZA Y CANTO ESPERANDO EL 9 DE JULIO”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa el día 08 de de Julio del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la Agrupación Folklórica Estrella Sureña, organizadora del mismo. Artículo 3º,- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
20) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal el “XX CONGRESO NACIONAL y X LATINOAMERICANO DE SOCIOLOGÍA JURÍDICA” a realizarse los días 26, 27 y 28 de Septiembre del corriente año. Expte Nº 96-1/2011 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal el “XX CONGRESO NACIONAL Y X LATINOAMERICANO DE SOCIOLOGÍA JURÍDICA”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa los días 26, 27 y 28 de Septiembre del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente a la Sociedad Argentina de Sociología Jurídica, organizadora del mismo. Artículo 3º .- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
21) Despacho de la Comisión de Acción Social y Desarrollo Comunitario. Proyecto de Resolución mediante el cual se declara de Interés Municipal las “III JORNADAS NACIONALES DE INFANCIAS Y ADOLESCENCIAS ? PADECERES DE LA EPOCA, SUBJETIVIDADES IMPLICADAS Y PERSPECTIVAS DE ABORDAJE”, a realizarse los días 25, 26 y 27 de Julio del corriente año. Expte Nº 119-1/2019 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de Resolución: “Artículo 1º.- Declárase de Interés Municipal las “III JORNADAS NACIONALES DE INFANCIAS Y ADOLESCENCIAS ? PADECERES DE LA EPOCA, SUBJETIVIDADES IMPLICADAS Y PERSPECTIVAS DE ABORDAJE”, a realizarse en la ciudad de Santa Rosa los días 25, 26 y 27 de Julio del corriente año. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente al Colegio de Psicólogos de La Pampa, organizador del mismo. Artículo 3º.- Regístrese. Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad.
22) Despacho de la Comisión de Administrativa y Reglamentaciones. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se desafecta del Inventario de Inmuebles de Interés Arquitectónico y Natural, a la vivienda de propiedad del Señor DOGLIOLO, Horacio Favio. Expte Nº 15/89 Bis (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Desaféctase del Inventario de Inmuebles de Interés Arquitectónico y Natural aprobado por Ordenanza Nº 936/91, el inmueble designado catastralmente como Ejido 047 ? Circ I – Radio P ? Manzana 52 ? Parcela 8, superficie del terreno 241,75 m2, propiedad del Señor DOGLIOLO, Horacio Favio, D.N.I. Nº4.287.204. Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
23) Despacho de la Comisión de Derechos Humanos. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se establece con carácter de permanente la actividad “PAÑUELOS DE LA MEMORIA”, en el marco de la Semana de la Memoria Popular.- Expte Nº 20-1/2018 (HCD). Por Secretaría se da lectura.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: ” Artículo 1º.- Establécese con carácter de permanente la actividad “PAÑUELOS DE LA MEMORIA” que consistirá en la pintada de los pañuelos con el nombre de las y los desaparecidos pampeanos alrededor del Monumento al General San Martín en la plaza central de nuestra ciudad en el marco de la “Semana de la Memoria Popular”. Artículo 2º .- El Departamento Ejecutivo será el encargado de realizar anualmente el mantenimiento de las pintadas de los “PAÑUELOS DE LA MEMORIA” previo a la “Semana de la Memoria Popular”. Artículo 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
24) Despacho de Mayoría de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Establece la obligatoriedad de tramitación del Certificado de Servicios Cloacales y Agua (C.S.C.A).
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: Establécese la obligatoriedad de tramitación del Certificado de Servicios Cloacales y Agua (en adelante C.S.C.A.). Artículo 2°: Entiéndese por Certificado la documentación emitida por la Autoridad de Aplicación para la realización de Obras Complementarias para el mejoramiento de la infraestructura sanitaria del Servicio de Agua y Cloacas relacionado con las solicitudes que efectuaren los particulares, profesionales, instituciones oficiales, sean éstas dependientes del Estado Nacional, Provincial o Municipal, en relación a una obra a construir y /o modificar y a los fines del mejoramiento de estos servicios tanto a los nuevos usuarios como a los vecinos residentes en la zona. El C.S.C.A. será solicitado y emitido conjuntamente con el comunicado que aprueba la documentación final de servicios sanitarios. Este paso es excluyente para el inicio de la obra. Artículo 3°: Quedan exceptuados de la tramitación del C.S.C.A. los Usuarios Residenciales con una vivienda unifamiliar por parcela. Artículo 4°: Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza la Dirección de Agua y Saneamiento o dependencia que en el futuro la reemplace. Artículo 5°: La Autoridad de Aplicación, según la magnitud de la obra a realizar por el interesado, determinará el Aporte Fondo para el Desarrollo de la Infraestructura Sanitaria que deberá contribuir aquél para el mejoramiento del servicio de cloacas y agua potable de la ciudad de Santa Rosa. El Aporte Fondo para el Desarrollo de la Infraestructura Sanitaria se calculará en base a la siguiente fórmula: AFDIS= NT x F y será destinado para compra de materiales, alquiler de maquinarias, contratación de obras y servicios y todo aquello que la Autoridad de Aplicación considere necesario a fin del mejoramiento de los servicios de agua potable y cloacas de la ciudad de Santa Rosa. A tal efecto se creará una partida presupuestaria a dichos fines. AFDIS: Aporte para el Desarrollo de la Infraestructura Sanitaria, en Unidades Fijas (según lo establecido en la Ordenanza Tarifaria vigente). NT: NT= ? N. Se contabilizará de acuerdo al uso y cantidad de departamentos viviendas, locales, etc. N: Factor que depende del uso que tendrá la obra a construir. F: Factor que depende de la magnitud de la obra a construir, determinado por la Escala de Factor, definida más adelante. En caso que posteriormente o con el paso del tiempo se modifique el plano original, cambie el destino y/o uso de lo originariamente construido y resulte necesario adecuar los servicios de cloacas y agua, deberá contribuirse la diferencia que pudiere surgir al Aporte Fondo para el Desarrollo de la Infraestructura Sanitaria. Tipos de Obra: *Usuarios Residenciales:. – Casa Habitación: N=1. – Departamento Monoambiente: N =1. – Departamento un Dormitorio: N= 1. – Departamento dos Dormitorios: N= 1.5. – Departamento tres Dormitorios: N= 2. – Departamento de más de tres Dormitorios: N= 3. – Vivienda Portero: N= 1. * Usuarios oficiales Instituciones Públicas: – Hospitales y otros establecimientos asistenciales: N= 50. – Dependencias de las Fuerzas Armadas, de Segurida Penitenciarias: N=20. – Escuelas con internos: N=20. – Otros Institutos de enseñanza Primaria, Secundaria, Terciaria, Universitaria o especial: N= 20. – Instituciones religiosas: N= 5. – Oficinas Públicas Nacionales: N= 10. – Oficinas Públicas Provinciales: N= 10. – Asociaciones Culturales, Profesionales, Sindicales, Deportivas, Filantrópicas, etc.: N= 5. – Salones de Usos Múltiples (SUM): N= 10. * Comercios en general: – Kioscos y locales de galerías comerciales sin servicio individual: N= 1. – Tiendas, zapaterías y otros establecimientos comerciales no especificados en otras subclasificaciones: N= 2. – Instituciones privadas de Educación, Guarderías y Jardines de infantes: N=4. – Cines, teatros y otras salas de Espectáculos: N = 4. – Estudios técnicos, profesionales y otras oficinas: N= 2. – Consultorios médicos, y otros: N= 4. – Consultorios odontológicos: N= 4. – Peluquerías: N= 2. – Supermercados: N = 4. * Comercios especiales: – Hoteles, Hospedajes y otras casas de Alojamiento: N= 10 – Clínicas, sanatorios y otros establecimientos asistenciales privados_N= 50 – Gimnasios, Casas de baños y otros similares: N= 10 – Restaurantes, confiterías, bares y otras casas de comidas: N= 5 – Rotiserías: N=6 – Lavanderías: N=10 – Estaciones de servicio y lavaderos de autos: N= 20 – Clubes sociales y deportivos: N=10. -Geriátricos: N= 10 * Usuarios industriales: – Panaderías, Heladerías, Fábricas de pastas y otros establecimientos que elaboran alimentos: N=10. – Soderías y fraccionadoras: N=10. – Embotelladoras: N= 10. – Industrias que no consumen agua en su proceso de producción: N=10. – Fábricas y cualquier clase de establecimiento que utilicen total o parcialmente agua para fines industriales N=20. * Para los casos de usos no contemplados explícitamente en la presente reglamentación se utilizará el valor de N correspondiente a usos similares. * Usuarios exentos: – Dependencias de la Dirección de Agua y Saneamiento: N=0. – Otras dependencias municipales: N=0. – Parques, plazas y paseos públicos: N=0. Escala del Factor F: * Usuarios Residenciales: Para un valor de N de 2 a 4: F=50. – Para un valor de N de 5 a 9: F=100. – Para un valor de N de 10 a 19: F=250. – Para un valor de N de 20 a 29: F=300. – Para un valor de N de 30 a 39: F=350.- Para un valor de N de 40 a 49: F=400.- Para un valor de N de 50 a 59: F=450.- Para un valor de N de 60 a 69: F=500. – Para un valor de N de 70 a 79: F=550. – Para un valor de N de 80 a 89: F=600. – Para un valor de N de 90 a 99: F=650. – Para un valor de N de 100 o más: F=700 * Otros Usos.- N < 20 se aplicará F= 300. – 20 ? N < 50 se aplicará F= 450. -N ? 50 se aplicará F= 650. Artículo 6º: Aquellos que hubieren suscripto compromisos de obras complementarias con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza y no hubieran llegado a ejecutar el compromiso asumido, deberán optar por dejar sin efecto aquello y contribuir conforme lo establecido precedentemente. Artículo 7°: Los ingresos recaudados que se obtengan por la tramitación del Certificado de Servicios Cloacales y Agua, se afectarán a una Cuenta Especial, creada a tal efecto, denominada Aporte Fondo para el Desarrollo de la Infraestructura Sanitaria. Artículo 8°: Incorpórase al Anexo I de la Ordenanza Tarifaria vigente el siguiente texto: “Cap 3 art 20 L-N i Lo recaudado por la tramitación del Certificado de Servicios Cloacales y Agua (CSCyA), según la fórmula establecida en la Ordenanza …, se destinará a la Cuenta Especial Aporte Fondo para el Desarrollo de la Infraestructura Sanitaria (AFDIS), cuyo fin será la realización de obras de infraestructura sanitaria.” Artículo 9°: Deróganse las Ordenanzas N°4705/2012 y 5907/2018. Artículo 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido. Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
25) Despacho de la Comisión de Labor Parlamentaria. Proyecto de Ordenanza mediante el cual se Otorgan subsidios a toda organización social que persiga finalidades culturales, educacionales, sanitarias, benéficas o deportivas; o que preste servicios de interés publico o desarrolle una actividad de interés comunitario; y a personas físicas.
Transcripción del Proyecto de ORDENANZA: “Artículo 1°: El Departamento Ejecutivo podrá subsidiar a través de las reparticiones municipales, que cuenten con partida específica para ello, gastos de funcionamiento de toda organización social que persiga finalidades culturales, educacionales, sanitarias, benéficas o deportivas, como así también a toda entidad que preste un servicio de interés público o desarrolle una actividad de interés comunitario, y a personas físicas que se encontraren en situación de desamparo y en estado de necesidad.- Artículo 2°: Las actuaciones donde se tramite la entrega de un subsidio, deberán contener como mínimo: – Pedido formulado por la persona o entidad que percibirá el beneficio donde conste la finalidad para lo cual se lo solicita y el monto solicitado, y: a.- Si se trata de una persona física: – Fotocopia del documento de identidad. – Domicilio real o constituido, indicando calle y número. – Nota en carácter de Declaración Jurada que no es un agente de la Administración Publica. b.- Si la Institución solicitante posee Personería Jurídica:- Copia autenticada del Estatuto vigente. – Nómina actualizada de los miembros de la Comisión Directiva indicando domicilio real o constituido, indicando calle y número. – Acta de la Entidad donde se designe quién va a solicitar, recibir y rendir el subsidio. – Informe de la Dirección de Personas Jurídicas, o en su futuro el área que la reemplace, que acredite que la Institución está al día con la documentación. c.- Si la Institución solicitante no cuenta con Personería Jurídica: – Copia autenticada del Estatuto vigente. – Nómina actualizada de los miembros de la Comisión Directiva indicando domicilio real o constituido,- Acta de la Entidad donde se designe quién va a solicitar, recibir y rendir el subsidio. – Constancia de su inscripción en la Coordinación de Fiscalización Registro de Entidades de Bien Público del Ministerio de Desarrollo Social, o en su futuro el área que la reemplace, como entidad de bien público. d.- Si la Institución es una Comisión Vecinal: – Deberá contar con personería municipal.- Nómina de los integrantes de la comisión, con domicilio real o constituido.- Acta de la Comisión donde se designe quién va a solicitar, recibir y rendir el subsidio. – Acta de la Comisión donde conste el destino que se le dará al subsidio. Artículo 3°: Las instituciones mencionadas en el artículo 2°, inciso b-, c.- y d.- podrán gestionar igualmente ante las reparticiones municipales que cuenten con partidas presupuestarias para ello, subsidios para la construcción, ampliación o refacción de edificios e instalaciones destinadas al cumplimiento de sus fines específicos, siempre y cuando presenten informe del Cuerpo de Relatores del Honorable Concejo Deliberante de que no existen subsidios pendientes de rendición. Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo podrá otorgar el monto solicitado o uno menor a su solo criterio, conforme a las circunstancias del caso, calidad del peticionante y recursos disponibles. Artículo 5°: Las personas o instituciones que hubieren recibido otros subsidios nacionales, provinciales o municipales con el mismo fin, dentro de los últimos 6 (seis) meses anteriores a la fecha de la solicitud, deberán denunciar tal circunstancia con carácter de Declaración Jurada y al momento de la solicitud del subsidio.- Artículo 6°: Las personas o instituciones beneficiadas con un subsidio de los reglamentados en la presente Ordenanza, deberán rendir cuenta documentada del mismo al Cuerpo de Relatores del Honorable Concejo Deliberante en los plazos que determine el respectivo acto administrativo; cuando, tratándose de personas físicas, el monto sea superior a $5.000 (PESOS CINCO MIL) y en caso de entidades mencionadas en el Artículo 2°, inciso b.-, c.- y d.- cuando el monto sea superior a $10.000 (PESOS DIEZ MIL).- Artículo 7°: Respecto al procedimiento para el estudio de las rendiciones, se deberán tener en cuenta: – Control numérico de los comprobantes. – El respaldo documental se basará en facturas originales que cumplan los requisitos establecidos en la Resolución General 1415/03, sus modificatorias y complementarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.). No obstante lo cual, toda factura o documento equivalente que no reúna tales requisitos, será aceptada como documentación fehaciente de la operación siempre que permita individualizar la operación realizada y la entidad jurídica de las partes intervinientes. Dicha autorización tendrá carácter excepcional y deberá ser solicitada y fundamentada por la autoridad que realiza la contratación en cada caso. Sólo podrán tomarse estos comprobantes hasta un 20% del monto del subsidio. – En cuanto a la pertinencia de los comprobantes agregados respecto de la finalidad para la que fue otorgado el subsidio, deberá tener concordancia con la Resolución o Disposición que lo dispuso. Artículo 8°: El Cuerpo de Relatores deberá comunicar a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuentas del Honorable Concejo Deliberante de los incumplimientos en la rendición de subsidios que hubieran sido notificados a efectos de que la Comisión envíe al Departamento Ejecutivo la orden de corte de nuevos subsidios. Si transcurridos treinta (30) días desde la notificación con opción a prórroga fundamentada por escrito de otros treinta (30) días, las beneficiarias de subsidios no hubieren presentado la rendición, se procederá a intimar nuevamente a los mismos y en forma solidaria a las autoridades designadas por dicha institución para recibir y rendir el subsidio para que procedan a su rendición y/o restitución del importe al Municipio. En caso de incumplimiento de la rendición y/o restitución del importe, el Departamento Ejecutivo iniciará las acciones judiciales correspondientes. Artículo 9 °: A los fines de la presente Ordenanza se considerará que las personas físicas se encuentran en situación de desamparo y necesidad cuando no cuenten con recursos económicos suficientes y se hallaren afectadas por cualquier tipo de contingencias. Los subsidios se otorgarán previo estudio socio económico que determine la necesidad apuntada y la imposibilidad de resolverlo por otros medios, pudiendo exceptuarse del mismo cuando los subsidios no superen el importe establecido en el artículo 6° de esta Ordenanza y la Secretaría de Desarrollo Social o la autoridad que la reemplace en el futuro considere por decisión fundada que se encuentra acreditada la situación de desamparo y el estado de necesidad. Artículo 10°: Deróganse la Ordenanza 3436/2006, artículos 2°, 3º y 4° de la Ordenanza N° 3987/2009, artículo 2° de la Ordenanza N° 5629/2017 y la Ordenanza N.º 3523/2006. Artículo 11°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese. Cumplido: Archívese.”.
Puesto a votación, el Proyecto resulta aprobado por unanimidad en general y en particular, quedando sancionado con fuerza de Ordenanza.
Antes de finalizar, desde Secretaría se da lectura a una invitación a los miembros del Cuerpo Legislativo realizada por APANI, con el fin de invitarlos a participar de la jornada sobre derecho animal a desarrollarse el día 17 de mayo a las 17:30 hs. en el Salón del Concejo Deliberante, donde disertará la abogada Ivalú Turnes, especialista en derecho animal.
No habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la Sesión siendo la hora diez con treinta minutos.