Convenio suscripto entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Hispano Argentina Mutual y Cultural de Santa Rosa La Pampa

Convenio suscripto entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Hispano Argentina Mutual y Cultural de Santa Rosa La Pampa

SANTA ROSA. 8 de Agosto de 2008-

VISTO:

El expediente N° 4687/88 III cuerpo en el cual obran antecedentes de convenio suscripto con la Asociación Hispano Argentina Mutual Social y Cultural de Santa Rosa La Pampa; y

CONSIDERANDO:

Que el referido convenio vence el día II de agosto del corriente año;
Que es de .fundamental importancia para el Municipio contar con la mencionada sala dado que la actividad que ésta comuna desarrolla en la misma, contribuye a la promoción y difusión de la cultura en la ciudad, alcanzando con sus efectos también a toda la provincia de La Pampa;
Que se ha procedido a suscribir un nuevo convenio por el término de diez (10) años, similar al anterior convenio, con el fin de seguir utilizando las instalaciones del Teatro Español.
Que se trata de un bien inmueble declarado en el año 2007 por el Senado de la Nación Argentina y ratificado por el Gobierno Nacional COO Bien de Interés Histórico Arquitectónico Nacional”
Que el referido convenio se realiza de acuerdo al artículo 34, inciso C). subinciso 5, apartado h) de la Ley N0 3 de contabilidad y sus modificatorías;
Que. a fojas 421 obra afectación preventiva que hace posible el gasto del presente convenio;
Que. el Comisionado Municipal ostenta competencia suficiente para ci dictado de esta resolución, en base a los obletivos que fija la intervención y a las facultades y potestades establecidas en la Constitución Provincial Ley N° 1597- Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento-;

POR ELLO:

EL COMISIONADO MUNICIPAL
DE LA CLUDAT) DE SANTA ROSA
RESUELVE:

Artículo 1º: Apruébase en todos sus términos el convenio suscripto entre la Municipalidad de Santa Rosa y la Asociación Hispano Argentina Mutual y Cultural de Santa Rosa La Pampa, para uso y goce de la sala del Teatro Español ciudad, que como anexo 1 forma parte de la presente.

Articulo 2ºEl gasto que demande la presente será imputado a la partida presupuestaria D-O-O-02- 000 -1-01-011 -02-01-0-(1941 Servicios no personales fijos.

Artículo 3°: La presente resolución será refrendad por los Secretarios de Gobierno y
Acción Social y de Hacienda y Abastecimiento.

Artículo 4°: Registrese. comuniquese. publíquese y pase a la Secretaria de Gobierno Acción Social para su diligenci amiento. Cumplido. archivese,

Resolución N° 5 7 5

CONVENIO
Entre ¡a Municipalidad de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, representada en este acto por el Sr. Comisionado Lic. Gustavo FERNANDEZ MENDIA, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” por una parte. y por la otra la Asociación Hispano Argentina Mutual Social y Cultural de Santa Rosa La Pampa, representada en este acto por su Presidente Arq, Luis Ricardo TIERNO y Secretario Abel Alberto ALVAREZ, en adelante LA ASOCIACION”, se acuerda entre las partes celebrar el presente CONVENIO conforme a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: LA ASOCIACION, propietaria del Teatro Español sito en calle Hilario Lagos n° 44 de la ciudad de Santa Rosa, cede el uso y goce de la sala y demás dependencias a LA MUNICIPALIDAD. por el término de diez (10) años, a partir del día 12 de agosto de 2008, finalizando el presente con fecha 11 de agosto del año 2018.-

SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD abonará a LA ASOCIACION, en concepto de contraprestación por la cesión la suma de PESOS CINCO MIL ($5000) mensuales monto que podrá ser sujeto a revisión y/o actualización cada dos (2) años. Asimismo LA MUNICIPALIDAD eximirá a LA ASOCIACION del pago de tasas municipales y servicios sanitarios correspondientes a las referencias N° 1177, 1 525 y 1526, durante la vigencia del presente convenio.

TERCERA: LA MUNICIPALIDAD tomará a su cargo la realización de las tareas necesarias para l mantenimiento, conservación y mejoras edilicias del Teatro Español (declarado en 2007 por el Senado de la Nación Argentina y ratificado por el Gobierno Nacional como “Bien de Interés Histórico Arquitectónico Nacional”). Las mejoras realizadas sobre el Teatro Español por LA MUNICIPALIDAD pasarán a ser propiedad de LA ASOCIACION sin posibilidad de reclamar indemnización alguna por tales conceptos. hallándose obligada LA MUNICIPALIDAD a requerir autorización a LA ASOCIACION para el caso de realizar cualquier tipo de modificación edilicia al Teatro Español.

CUARTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a mantener el nombre tradicional de “TEATRO ESPAÑOL”, como también previo a comprometer el uso de la sala deberá verificar que la programación a realizarse sea de
caracter cultural o que, por sus características garantice la moral y buenas
costumbres, excluyéndose la realización de actos partidarios internos. LA MUNICIPALIDAD asimismo podrá subalqullar la sala a terceros por día o función, exclusivamente para actos culturales.

QUINTA: LA MUNICIPALIDAD se compromete a contratar un seguro por daños, incendio ylo responsabilidad civil, quedando expresamente liberada LA ASOCIACION de cualquier tipo de responsabilidad que pudiera reclamarse, debiendo LA MUNICIPALIDAD presentar comprobantes de pago del seguro mencionado dentro de los treInta (30) días de suscripto el presente convenio y en cada oportunidad de su renovación hasta su finalización.

SEXTA: LA ASOCIACION tendrá derecho a usar la sala sin cargo alguno hasta cuatro (4) veces en el año, para la realización de programaciones previamente determinadas, comprometiéndose LA MUNIC1PALIDAD a dejar a su disponibilidad el tercer sábado del mes de mayo. primer sábado del mes de agosto. segundo sábado del mes de octubre y tercer sábado del mes de diciembre. La utilización en las fechas consignadas será notificada con una antelación no menor a treinta (30) dias por LA ASOCIACION, a fin de que para el caso de no hacer uso de la sala LA MUNICIPALIDAD pueda realizar otros eventos.

SEPTIMA: Queda autorizada a la conformación de una Comisión de Amigos del Teatro, dentro d& ámbito de LA ASOCIACION, que trabajará en colaboración con LA MUNICIPALIDAD, pero sin atribuciones en relación a las actividades por ésta última desarrolladas, quedando la Comisión sujeta a las determinaciones y lineamientos finales dispuestos por LA MUNICIPALIDAD.

OCTAVA LA MUNICIPALIDAD se compromete a otorgar la cantidad de entradas que considere pertinentes para espectáculos culturales a desarrollarse en el Teatro Español que por sus características considere de interes para LA ASOCIACION y sus integrantes.

NOVENA: LA MUNICIPALIDAD comunicará a LA ASOCIACION el nombre encargada del Teatro Español como también de las tareas de debiendo informar inmediatamente a LA ASOCIACION de bienes de dicho inmueble.
DECIMA: A los efectos del presente convenio LA MUNICIPALIDAD y LA ASOCIACION constituyen sus domicilios en Avda San Martin nº 50 e Hilario Lagos nº 237 de la ciudad de Santa Rosa, respectivamente.
En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. En la ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa a los ocho días del mes de agosto del año dos mil ocho.-

Ar. Luis Ricardo TIERNO
Presidente
Asoc. Hispano Arg.
Lic. Gustavo FERNANDEZ MENDIA
Comisionado Municipal

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