Habilitar el sistema alternativo de cancelación de deuda aprobado por Ordenanza Nº 3624/2007 y dentro del marco del articulo 1º de la Ordenanza 3712/07, desde el día 14/04/08 y por el termino de 30 días hábiles fijando como fecha de vencimiento el día 26
Habilitar el sistema alternativo de cancelación de deuda aprobado por Ordenanza Nº 3624/2007 y dentro del marco del articulo 1º de la Ordenanza 3712/07, desde el día 14/04/08 y por el termino de 30 días hábiles fijando como fecha de vencimiento el día 26
SANTA ROSA, 10 de abril de 2008-04-17
VISTO:
El expediente nº 1914/2007, y
CONSIDERANDO:
Que, por Ordenanza Nº 3627/07 se establece un sistema alternativo de cancelación de deudas para las obligaciones definidas en el articulo 2º de la misma;
Que, por Ordenanza nº 3712/2007 el Honorable Concejo Deliberante autorizaba al Departamento Ejecutivo a prorrogar los beneficios dispuestos por la Ordenanza Nº 3627/2007 por el termino de 90 días hábiles;
Que, por Resolución Nº 749/07 – 989/07 – 40/08 se habilito el sistema alternativo de cancelación fijando como fecha de vencimiento definitivo el día 11/03/08;
Que, el vencimiento fijado en el periodo de transición impidió planificar una adecuada campaña de información a los señores vecinos;
Que, se ha evaluado la necesidad de instrumentar los beneficios de las mismas por un periodo de 30 días hábiles;
Que, el Comisionado Municipal, ostenta competencia suficiente para el dictado de esta Resolución, en base a los objetivos que fija la intervención y a las facultades y potestades establecidas en la Constitución Provincial y Ley Nº 1597 – Orgánica de Municipalidades y Comisiones de Fomento;
POR ELLO:
EL COMISIONADO MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA
RESUELVE
Articulo 1º.- Habilitar el sistema alternativo de cancelación de deuda aprobado por Ordenanza Nº 3624/2007 y dentro del marco del articulo 1º de la Ordenanza 3712/07, desde el día 14/04/08 y por el termino de 30 días hábiles fijando como fecha de vencimiento el día 26/05/2008.
Articulo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Abastecimiento.
Articulo 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y pase a la Dirección de Rentas a sus efectos.-
Resolución Nº 216/2007
– Los textos incluidos en este sitio web tienen carácter exclusivamente informativo y su difusión no les otorga validez legal. Para obtener información oficial y con pleno valor jurídico, consulte las correspondientes publicaciones en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Santa Rosa. Los textos pueden contener errores u omisiones y se actualizan periódicamente. –