Plazo para presentar rendiciones de cuentas al Honorable Concejo Deliberante.
Plazo para presentar rendiciones de cuentas al Honorable Concejo Deliberante.
ORDENANZA Nº 1/1984
Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante
el 30 de Diciembre de 1983.
ARTICULO 1º.- El Departamento Ejecutivo deberá presentar al Honorable Concejo Deliberante, para verificación y control, antes de la hora 11 del día siguiente, la rendición de cuentas diaria y dentro de los quince días corridos del mes siguiente, la correspondiente rendición de cuentas mensual.
ARTICULO 2º.- Con relación al período comprendido entre los días 10 y 31 de diciembre de 1983, deberán presentar las rendiciones diarias antes del 4 de enero de 1984.
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo y archívese.
MARIA TERESA R. DE MAYER NESTOR M. BOSIO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
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