Ajústese giro a la izquierda en el funcionamiento de los semáforos.
Estableciendo giro a la izquierda en el funcionamiento de los semáforos.
ORDENANZA Nº 1012/91 Sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 28 de Noviembre de 1991.
ARTICULO 1º.- Modifíquese a tres (3) posiciones o movimientos permitiendo el giro a la izquierda, en ciclos de sesenta segundos y con los sentidos de rotación que en cada caso se indican, el funcionamiento de los semáforos instalados en las siguientes intersecciones de calles y avenidas:
- Avenida General José de San Martín y Rivadavia, rotación negativa;
- Avenida General José de San Martín y Coronel Gil, rotación negativa;
- Avenidas General José de San Martín / Julio A. Roca y Bartolomé Mitre/ Avellaneda, rotación
negativa;
d) Avenida Julio A. Roca y Villegas, rotación positiva;
e) Avenida Pedro O. Luro y Corrientes / Hipolito Yrigoyen, rotación positiva.-
ARTICULO 2º.- Ajústese el funcionamiento del sistema de los semáforos ubicados en Avenidas Julio A. Roca y General José de San Martín, a la rotación dispuesta en el artículo 1º, incisos a), b), c) y d) y a la sincronización prevista en el gráfico que como Anexo I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 3º.- Ajústese el funcionamiento del sistema de los semáforos ubicados en Avenida Pedro O. Luro, entre Pueyrredon y Lisandro de la Torre, a la rotación siguiente:
- Avenida Pedro O. Luro y Pueyrredon, rotación negativa;
- Avenida Pedro O. Luro y Córdoba / Mansilla, rotación negativa;
- Avenida Pedro O. Luro y Corrientes / Hipólito Yrigoyen, rotación positiva;
- Avenida Pedro Luro y Lisandro de La Torre / Padre Angel Buodo, rotación negativa.
La sincronización del sistema de los semáforos detallados precedentemente, se ajustará a lo previsto en el gráfico, que como Anexo II, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 4º.-Incorpórense flechas verdes, permitiendo el giro anticipado a la derecha con rotación positiva, en cada una de las posiciones o movimientos del semáforo ubicado en la intersección de Avenida Pedro O. Luro y España / Argentino Valle, conforme el gráfico que se agrega como Anexo III.
ARTICULO 5º.- Instálese un semáforo, en una columna con frente al sur, en la intersección de Avenida Pedro O. Luro y Dante Alighieri, con funcionamiento simultaneo al instalado en Avenida Luro y Pedro Medici.
ARTICULO 6º.- Instálese un sistema de semáforos de cuatro (4) posiciones o movimientos con rotación negativa, en ciclos de sesenta (60) segundos, con posibilidad de giro a la izquierda, en la intersección de Avenida España / Uruguay, Lagos García y Bolivia / Bartolomé Mitre.
ARTICULO 7º.- Retírese de funcionamiento el sistema de semáforos instalado la intersección de Avenida Uruguay y calle Pellegrini.
ARTICULO 8º.- El Departamento Ejecutivo dará cumplimiento a lo ordenado en los artículos precedentes en el lapso de ciento veinte (120) días corridos a partir de la promulgación de la presente Ordenanza .
ARTICULO 9º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto vigente, facultándose al Departamento Ejecutivo a efectuar reestructuras presupuestarias que fueran necesarias a esos efectos.
ARTICULO 10º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo. Regístrese. Publíquese y cumplido: Archívese.
ANENO I: SISTEMA AVENIDA ROCA / SAN MARTIN ANEXO II: SISTEMA AVENIDA PEDRO O. LURO ANEXO III: FLECHA VERDE: GIRO ANTICIPADO (Artículo 4º)
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