Estableciendo monto máximo de bienes no inventariables.

Estableciendo monto máximo de bienes no inventariables.

ORDENANZA Nº 216/1985
Sancionada por el H. Concejo Deliberante de Santa Rosa
el dia 29 de Noviembre de 1985.

ARTICULO 1º.- Establecer que los bienes Municipales cuyo valor no supere los Veinte Australes (20,00) serán considerados, a los fines contables patrimoniales como no inventariables, debiendo ser imputados a las partidas de erogaciones corrientes.

ARTICULO 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo para que mediante el índice de Precios al por Mayor Nivel General del I.N.D.E.C., actualice periódicamente el monto establecido por él articulo anterior.

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese. Cumplido: Archívese.

María Teresa ROO Ing. Nestor Mario BOSIO
Secretaria Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

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